REGISTRADA BAJO EL Nº 12186
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1.- Apruébase el Convenio de Servidumbre
de Tránsito, suscripto en fecha 16 de octubre de 2002, entre la Dirección
Provincial de Obras Hidráulicas en representación del Ministerio de Obras,
Servicios Públicos y Vivienda y los señores María Julia Landó de Funes y Fernando José Funes,
propietarios de una fracción de campo (predio dominante)-, y que tiene como
objeto constituir servidumbre de tránsito sobre el canal ubicado en la zona
rural de Serodino, Distrito Serodino
- departamento Iriondo, propiedad del Estado Provincial.
Dicho Convenio, aprobado por el Poder Ejecutivo mediante Decreto Nº
0457/03, se adjunta a la presente ley pasando a formar parte integrante de la
misma.
ARTICULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE,
A LOS TRECE DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL TRES.-
Alberto Nazareno Hammerly
Presidente
Cámara de Diputados
Norberto Betique
Presidente Provisional
Cámara de Senadores
Avelino Lago
Secretario Parlamentario
Cámara de Diputados
Ricardo Paulichenco
Secretario Legislativo
Cámara de Senadores
DECRETO Nº 4217
SANTA FE, 03 dic 2003
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
V I S T O :
La aprobación de la Ley que antecede Nro. 12.186
efectuada por la H. Legislatura;
D E C R E T A :
Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el
sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes
corresponde observarla y hacerla observar.-
REUTEMANN
Edgardo Wilfredo Berli
La presente Ley se publica sin la documentación anexa, quedando a
disposición de los interesados en la Dirección General de Técnica Legislativa -
Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto - 3 de Febrero 2649 - 2° Piso - Santa
Fe - Tel.0342-4506607 - e-mail:ditecleg@arnet.com.ar
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