picture_as_pdf 2010-11-17

CAJA DE ASISTENCIA SOCIAL - LOTERIARESOLUCION DE DIRECCION GENERAL N° 264/10REF.: APROBANDO PROGRAMACION DE SORTEOS DE LA "QUINIELA DE SANTA FE" CORRESPONDIENTES AL MES DE NOVIEMBRE 2010.-V I S T O:Las actuaciones obrantes en el Expediente N° 00302-0084563-5- del S.I.E, mediante el cual se elevan para su aprobación Programación de Sorteos de la "Quiniela de Santa Fe", proyectada por la Gerencia respectiva para el mes de NOVIEMBRE/10; y,CONSIDERANDO:Que el proyecto de referencia prevé la realización de jugadas de Quiniela El Primero por Sorteos de Quiniela de Lotería Nacional S E, Provincia de Buenos Aires y Sorteos Propios de Quiniela de Santa Fe de lunes a sábados; de Quiniela Matutina por Sorteos Propios de Quiniela/ Sorteos de Quiniela de Lotería Nacional y Provincia de Buenos Aires de lunes a sábados y Lotería de Montevideo de lunes a viernes; de Quiniela Vespertina por Sorteos de Quiniela de Lotería Nacional S E/ de Lotería Provincia de Buenos Aires y Sorteos Propios de Quiniela de Santa Fe de lunes a viernes; de Quiniela Nocturna de lunes a sábados por Quiniela o Lotería de Lotería Nacional S E., Quiniela de Lotería Provincia de Buenos Aires, Quiniela o Lotería de Santa Fe, Quiniela o Lotería de Montevideo, Lotería de Córdoba y Lotería de Santiago del Estero y Quiniela Poceada Federal que se resolverá por Quiniela y/o Lotería de Lotería de Santa Fe y Quiniela (Tómbola) de Lotería de Entre Ríos, de lunes a sábados; asimismo se programan sorteos de Tómbola Santafesina, los días martes, jueves y sábados de cada semana, resolviéndose los mismos a través de los resultados de Quiniela Nocturna y/o Lotería Tradicional de Lotería de Santa Fe;Que a tal efecto, se han tenido en cuenta las Programaciones de los respectivos Organismos Emisores, en algunos casos no comunicadas oficialmente, pero anticipadas telefónicamente por sus funcionarios;Que el Sorteo N° 4025 de Quiniela Matutina de fecha 02/11/10, se resolverá por los Códigos de Loterías 1, 2 y 3, en raz6n de ser Feriado Nacional en la República Oriental del Uruguay;Que el Sorteo N° 8165 de Quiniela Nocturna de fecha 02/11/10, se resolverá por los Códigos de Loterías 1,2, 3, atento a lo expresado en el considerando anterior;Que de acuerdo a los convenios celebrados oportunamente con el I.A.F.A.S, durante el mes de Noviembre /10, los sorteos de la Quiniela Poceada Federal serán realizados por esta Caja de Asistencia Social - Lotería de Santa Fe;Que también se programan Concursos Extras de la Quiniela de Santa Fe con los tickets no ganadores de sorteos realizados en determinados períodos, instituyéndose dinero en efectivo en todos sus premios;Que se ha dispuesto mantener la política de premios implementada a partir del Sorteo N° 855 de los Concursos Extras de la Quiniela de Santa Fe que establece para cada una de las zonas, la suma de PESOS QUINCE MIL ($15.000) para el primer premio, PESOS DIEZ MIL ($ 10.000) para el segundo premio, PESOS CINCO MIL ($ 5.000) para el tercer premio, PESOS DOS MIL ($2.000) para los premios cuarto y quinto respectivamente, PESOS UN MIL para los premios sexto al décimo, respectivamente y un premio estimulo para agencieros de PESOS UN MIL QUINIENTOS (1.500); Que por Resolución de Vicepresidencia Ejecutiva Nº 312/10, se ha instituido un Premio Adicional Especial, consistente en un Auto 0Km Volkswagen Gol Power 1.6 o similar - Modelo Año 2010, a otorgarse en forma alternada para Santa Fe y Zona Norte y Rosario y Zona Sur, en el último sorteo de los meses de Junio a Noviembre 2010;Que las apuestas a cinco cifras se aceptarán únicamente en Quiniela Nocturna al Código de Lotería 3, en oportunidad de realizarse sorteos propios de Quiniela de Santa Fe, abonándose los aciertos a cinco cifras Diez Mil (10.000) veces, incluido el monto apostado;Que la partida presupuestaria correspondiente cuenta con saldo suficiente para hacer frente a los premios establecidos en esta programación;Por todo ello, y de conformidad a la facultad emergente del Decreto-Acuerdo N° 1651/82,LA DIRECCION GENERAL DE LA CAJA DE ASISTENCIA SOCIALRESUELVEARTICULO 1°.- Aprobar la Programación de Sorteos de la "Quiniela de Santa Fe" para el mes de NOVIEMBRE/10, obrante en el Anexo I, el que forma parte integrante de la presente Resolución.-ARTICULO 2°.- Disponer que los aciertos a las apuestas de cinco cifras se abonarán Diez Mil (10.000) veces, incluido el monto apostado y dichas apuestas se aceptarán únicamente en Quiniela Nocturna al Código de Lotería 3, en oportunidad de realizarse sorteos propios de la Quiniela de Santa Fe.ARTICULO 3°.- Disponer que para los Concursos Extras continúen en vigencia las modificaciones que fueran previstas en el Artículo 5° de la Resolución de Dirección General N° 170/08, otorgándose la suma de PESOS QUINCE MIL al primer premio, PESOS DIEZ MIL al segundo premio, PESOS CINCO MIL al tercer premio, PESOS DOS MIL al cuarto y quinto premio respectivamente y PESOS UN MIL para los premios sexto al décimo, respectivamente/ y PESOS UN MIL QUINIENTOS para el Premio Estímulo Agencieros, para cada una de las zonas, política de premios que rige a partir del Sorteo N° 855.ARTICULO 4°.- Disponer para Rosario y Zona Sur en el Sorteo del Concurso Extra N° 965 de fecha 24/11/10, una nueva extracción adicional a efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución de Vicepresidencia Ejecutiva N° 312/10.-ARTICULO 5°.- El gasto que demande la presente gestión se imputará al Carácter 2 - Organismos Descentralizados, Jurisdicción 36 - Ministerio de Economía, Institución 353 - Caja de Asistencia Social - Lotería, Programa 16, Actividad 04 - Art. 3° Ley 25917, Fuente de Financiamiento 214, Finalidad 04, Función 7, Inciso 8 - Otros Gastos, Partida Principal 04 - Otras Perdidas, Partida Parcial 06 - Perdidas Operativas- Premios.ARTICULO 6°.- Regístrese, comuníquese y archívese. SANTA FE, 01 de Noviembre de 2010.-C.P.N. JORGE ALBERTO BOSSIODirector Gral. de Juegos de AzarCaja de Asistencia SocialQUINIELA: Programa de sorteos del mes de noviembre de 2010FECHA DIA EL PRIMERO MATUTINA VESPERTINA NOCTURNA Poceada Tómbola Prescrip. DEBITOS Obs. Sorteo Hora Lotería Sorteo Hora Lotería Sorteo Hora Lotería Sorteo Hora Lotería Federal Sfe.Ros.Int.01-nov lunes 632 11,30 1-2-3 4024 14,00 1-2-3-4 4310 17,30 1-2-3 8164 21,00 1-2-3-4 288 16-nov 04-nov02-nov martes 633 11,30 1-2-3 4025* 14,00 1-2-3 4311 17,30 1-2-3 8165* 21,00 1-2-3 289 2631 17-nov 05-nov03-nov miércoles 634 11,30 1-2-3 4026 14,00 1-2-3-4 4312 17,30 1-2-3 8166 22,00 1-2-3-4-5C 290* 18-nov 08-nov04-nov jueves 635 11,30 1-2-3 4027 14,00 1-2-3-4 4313 17,30 1-2-3 8167 21,00 1-2-3-4 291 2632 19-nov 09-nov05-nov viernes 636 11,30 1-2-3 4028 14,00 1-2-3-4 4314 17,30 1-2-3 8168 21,00 1-2-3-4-5S 292 22-nov 10-nov06-nov sábado 637 11,30 1-2-3 4029 15,00 1-2-3 8169 21,00 1-2-3-4 293 2633 22-nov 10-nov08-nov lunes 638 11,30 1-2-3 4030 14,00 1-2-3-4 4315 17,30 1-2-3 8170 21,00 1-2-3-4 294 23-nov 11-nov09-nov martes 639 11,30 1-2-3 4031 14,00 1-2-3-4 4316 17,30 1-2-3 8171 21,00 1-2-3-4 295 2634 24-nov 12-nov10-nov miércoles 640 11,30 1-2-3 4032 14,00 1-2-3-4 4317 17,30 1-2-3 8172 22,00 1-2-3-4-5C 296* 25-nov 16-nov11-nov jueves 641 11,30 1-2-3 4033 14,00 1-2-3-4 4318 17,30 1-2-3 8173 21,00 1-2-3-4 297 2635 26-nov 16-nov12-nov viernes 642 11,30 1-2-3 4034 14,00 1-2-3-4 4319 17,30 1-2-3 8174 21,00 1-2-3-4-5S 298 29-nov 17-nov13-nov sábado 643 11,30 1-2-3 4035 15,00 1-2-3 8175 21,00 1-2-3-4 299 2636 29-nov 17-nov15-nov lunes 644 11,30 1-2-3 4036 14,00 1-2-3-4 4320 17,30 1-2-3 8176 21,00 1-2-3-4 300 30-nov 18-nov16-nov martes 645 11,30 1-2-3 4037 14,00 1-2-3-4 4321 17,30 1-2-3 8177 21,00 1-2-3-4 301 2637 01-dic 19-nov17-nov miércoles 646 11,30 1-2-3 4038 14,00 1-2-3-4 4322 17,30 1-2-3 8178 22,00 1-2-3-4-5C 302* 02-dic 22-nov18-nov jueves 647 11,30 1-2-3 4039 14,00 1-2-3-4 4323 17,30 1-2-3 8179 21,00 1-2-3-4 303 2638 03-dic 23-nov19-nov viernes 648 11,30 1-2-3 4040 14,00 1-2-3-4 4324 17,30 1-2-3 8180 21,00 1-2-3-4-5S 304 06-dic 24-nov20-nov sábado 649 11,30 1-2-3 4041 15,00 1-2-3 8181 21,00 1-2-3-4 305 2639 06-dic 24-nov22-nov lunes 650 11,30 1-2-3 4042 14,00 1-2-3-4 4325 17,30 1-2-3 8182 21,00 1-2-3-4 306 07-dic 25-nov23-nov martes 651 11,30 1-2-3 4043 14,00 1-2-3-4 4326 17,30 1-2-3 8183 21,00 1-2-3-4 307 2640 09-dic 26-nov24-nov miércoles 652 11,30 1-2-3 4044 14,00 1-2-3-4 4327 17,30 1-2-3 8184 22,00 1-2-3-4-5C 308* 09-dic 29-nov25-nov jueves 653 11,30 1-2-3 4045 14,00 1-2-3-4 4328 17,30 1-2-3 8185 21,00 1-2-3-4 309 2641 10-dic 30-nov26-nov viernes 654 11,30 1-2-3 4046 14,00 1-2-3-4 4329 17,30 1-2-3 8186 21,00 1-2-3-4-5S 310 13-dic 01-dic27-nov sábado 655 11,30 1-2-3 4047 15,00 1-2-3 8187 21,00 1-2-3-4 311 2642 13-dic 01-dic29-nov lunes 656 11,30 1-2-3 4048 14,00 1-2-3-4 4330 17,30 1-2-3 8188 21,00 1-2-3-4 312 14-dic 02-dic30-nov martes 657 11,30 1-2-3 4049 14,00 1-2-3-4 4331 17,30 1-2-3 8189 21,00 1-2-3-4 313 2643 15-dic 03-dicCódigos de Loterías:El código de Lotería de Córdoba y Santiago del Estero sigue siendo 5, se enuncian aquí como 5c y 5s al solo efecto de su diferenciaciónObservaciones:* Los días miércoles los sorteos se llevan a cabo a la hora 20,00Poceada Federal: Durante el mes de Noviembre Sortea por Lotería de Santa Fe y resuelve apuestas de las Jurisdicciones de Santa Fe y Entre Ríos.Tómbola: sortea conjuntamente con Quiniela Nocturna.-Sorteo Nº 4025 de Quiniela Matutina a realizarse el día 02/11/10 se resolverá por los Códigos de Lotería 1,2 y 3, en razón de ser Feriado Nacional en la República Oriental del Uruguay.Sorteo Nº 8165 de Quiniela Nocturna de fecha 02/11/10, se resolverá por los Códigos 1,2,3 (Sorteo de Quiniela de Lotería Nacional SE, Lotería Provincia de Buenos Aires y Lotería de Santa Fe) por lo expuesto precedentemente.PRESCRIPCIONESSemanalmente se emitirá un comunicado por Terminal que indicará los importes pagados y prescriptos para cada una de las modalidades del juego de quiniela.A las setenta y dos (72) horas se emitirá el débito correspondiente en concepto de "prescripción".Durante los quince (15) días corridos posteriores a la emisión del memo, la Gerencia de Quiniela recepcionará los reclamos pertinentes.Los débitos en concepto de prescripciones de sorteos de Quiniela y Pozo de la Quiniela, se emitirán conforme al siguiente detalle:Nocturna Vespertina Matutina El Primero Pozo Quiniela Poceada Fed. Tómbola Fecha Memo Fecha Débito8162 al 8167 4309 al 4313 4022 al 4027 0630 al 0635 2955 al 2966 0286 al 0291 2630 al 2632 22/11/10 25/11/108168 al 8173 4314 al 4318 4028 al 4033 0636 al 0641 2967 al 2978 0292 al 0297 2633 al 2635 29/11/10 02/12/108174 al 8179 4319 al 4323 4034 al 4039 0642 al 0647 2979 al 2990 0298 al 0303 2636 al 2638 06/12/10 10/12/108180 al 8185 4324 al 4328 4040 al 4045 0648 al 0653 2991 al 3002 0304 al 0309 2639 al 2641 13/12/10 16/12/10Disponible a partir de las 14,00 horasSanta Fe, 1 de Noviembre de 2010.-CONCURSOS EXTRAS DE TICKETS NO GANADORES DE LA QUINIELA DE SANTA FEDETALLE DE SORTEOSConcurso Fecha Período comprendido962 03/11/10 08/10/10 al 30/10/10963 10/11/10 15/10/10 al 06/11/10964 17/11/10 22/10/10 al 13/11/10965 24/11/10 29/10/10 al 20/11/10DETALLE DE PREMIOSPrimero $15.000Segundo $10.000Tercero $5.000Cuarto $2.000Quinto $2.000Sexto al Décimo $1.000En el Concurso Extra N° 965, se sortea además un automóvil 0Km Volkswagen Gol Power 1,6 o similar - Modelo 2010 para Rosario y Zona SurEstímulo: $ 1.500,00 (PESOS UN MIL QUINIENTOS)De los sorteos: Se realizarán ante Escribano y Autoridades de la Caja de Asistencia Social - Lotería de Santa Fe en su Sala de Sorteos. Ganadores: Las Nominas de Ganadores se darán a conocer de la siguiente manera: Ciudad de Santa Fe y Zona Norte por Canal 13 Santa Fe de la Vera Cruz. Ciudad de Rosario y Zona Sur por Canal 5 de la ciudad de Rosario.Santa Fe, 1 de Noviembre de 2010.-S/C 5443 Nov. 17

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SECRETARIA DE TECNOLOGIAS PARA

LA GESTION

RESOLUCION N° 0109

Santa Fe, 10 de Noviembre de 2010.

VISTO:

El Expediente N° 00301-0061673-7 del Sistema de Información de Expedientes, mediante el cual la Subsecretaría de Gasto Público del Ministerio de Economía de la Provincia de Santa Fe gestiona autorización para utilizar software propietario; y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Provincial N° 12.360, referida al uso de software libre, expresa en su Título IV - Excepciones -, Artículo 4° "La Autoridad de Aplicación será el encargado de establecer los casos en que podrá utilizarse software propietario...", atribución que fuera encomendada al Ministerio de Hacienda y Finanzas, en el Título III - Autoridad de Aplicación - Artículo 3°;

Que la ley N° 12.817, en su artículo 17°, incisos 30 y 31, asigna al Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado las competencias específicas de entender en la definición y gestión de los estándares tecnológicos, procesos y procedimiento aplicables a la mejora de la gestión y a la incorporación de las Nuevas tecnologías de la Información y de las Comunicaciones (TICS) y de entender en la formulación y desarrollo de políticas informáticas;

Que a los fines del desarrollo de las competencias que se le asignan al Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado se aprobó su organigrama funcional por Decreto N° 0038/07, creándose diversos órganos intraministeriales y entre ellos, la Secretaría de Tecnologías para la Gestión bajo la dependencia directa e inmediata de su titular;

Que el Decreto N° 0205/07, en su Artículo 1° transfiere a la órbita de la Secretaría de Tecnologías para la Gestión del Ministerio de Gobierno y Reforma del estado a la Dirección General de Informática dependiente del ex Ministerio de Hacienda y Finanzas;

Que la autorización solicitada por la Subsecretaría de Gasto Público del Ministerio de Economía de la Provincia de Santa Fe, está relacionada con la solicitud de adquisición de dos (2) licencias de Ms Office Standard última versión en español, que se gestionan por este mismo expediente;

Que sobre las licencias de MS Office Standard, siempre a tenor de cumplir con la Ley Nº 12360, el motivo por el que se podría autorizar la excepción es el establecido en el Art. 4° inciso -f- "Razones de fuerza mayor debidamente justificadas del Decreto Nº 1820/2005;

Que en cuanto a política informática la Provincia mantiene desde hace varios años la utilización preferente del software libre, lo que ha permitido la elaboración de diversas aplicaciones informáticas que comprenden varios miles de programas, que se encuentran hoy Instalados en diversos Organismos que desarrollan sus actividades en toda la Administración.

Que esta tecnología ha creado un notable grado de independencia y autonomía con relación a los productos propietarios y consecuentemente de sus proveedores y si bien requiere de una significativa inversión en capacitación, en el largo plazo redundará en importantes ahorros de recursos para el Estado Provincial;

Que si bien aún se mantiene una gran cantidad de programas y sistemas propietarios heredados, tal cuestión obedece a que las funcionalidades cubiertas por los mismo no pueden ser abandonadas ni convertidas en el corto plazo, no obstante lo cual la Secretaría de Tecnologías para la Gestión recomienda enfáticamente la elaboración de planes de migración que faciliten la transición de la situación actual a una que se ajuste a la legislación vigente en el más corto lapso de tiempo posible;

Que los planes de migración deben permitir superar las limitaciones existentes en materia de software libre dando la solución adecuada a las necesidades actuales sin condicionar, modificar o contradecir la política general fijada para el sector y ya en ejecución, dirigida a sustituir los modelos denominados propietarios por otros que brinden la más amplia libertad de su utilización a la Provincia;

Que conforme lo expuesto, se considera procedente autorizar a la Subsecretaría de Gasto Publico del Ministerio de Economía de la Provincia de Santa Fe en carácter de excepción a adquirir y usar el software propietario peticionado;

Por ello:

EL SECRETARIO DE TECNOLOGIAS PARA LA GESTION

RESUELVE:

ARTICULO 1°.- Autorizar a la Subsecretaría de Gasto Público del Ministerio de Economía de la Provincia de Santa Fe, a utilizar software propietario de conformidad al siguiente detalle:

MS Office Standard última versión en español, dos (2) licencias.

ARTICULO 2°.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

Ing. JAVIER ECHANIZ

Secretario de Tecnologías

para la Gestión

S/C 5445 Nov. 17

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RESOLUCION Nº 0110

Santa Fe, 10 de noviembre de 2010

VISTO:

El Expediente N° 00306-0004062-9 del Sistema de Información de Expedientes, mediante el cual la Secretaría de Tecnologías para la Gestión del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado gestiona autorización para utilizar software propietario; y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Provincial N° 12.360, referida al uso de software libre, expresa en su Título IV - Excepciones -, Artículo 4° "La Autoridad de Aplicación será el encargado de establecer los casos en que podrá utilizarse software propietario...", atribución que fuera encomendada al Ministerio de Hacienda y Finanzas, en el Titulo III - Autoridad de Aplicación - Artículo 3º;

Que la ley Nº 12.817, en su artículo 17°, incisos 30 y 31, asigna al Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado las competencias especificas de entender en la definición y gestión de los estándares tecnológicos, procesos y procedimiento aplicables a la mejora de la gestión y a la incorporación de las Nuevas tecnologías de la Información y de las Comunicaciones (TICS) y de entender en la formulación y desarrollo de políticas informáticas;

Que a los fines del desarrollo de las competencias que se le asignan al Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado se aprobó su organigrama funcional por Decreto N° 0038/07, creándose diversos órganos intraministeriales y entre ellos, la Secretaría de Tecnologías para la Gestión bajo la dependencia directa e inmediata de su titular;

Que el Decreto N° 0205/07, en su Artículo 1° transfiere a la órbita de la Secretaría de Tecnologías para la Gestión del Ministerio de Gobierno y Reforma del estado a la Dirección General de Informática dependiente del ex Ministerio de Hacienda y Finanzas;

Que la autorización solicitada por la Secretaria de Tecnologías para la Gestión del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado está relacionada a la renovación del Servicio de Soporte Técnico y Actualización para cuarenta (40) licencias de Herramienta de Modelado para el Proceso de Desarrollo de Software marca Enterprise Architec, correspondiente al software que fue adquirido mediante Licitación Pública Nº 96/2008;

Que el motivo de la excepción está contemplado por el Decreto 1820/2005, Artículo 4°, a) "...O aún cuando se haya podido encontrar un software en los términos del Artículo 1° de la Ley, no sea posible adquirir el necesario soporte y/o respaldo Técnico por parte del fabricante o de un tercero equivalente,..."

Que en cuanto a política informática la Provincia mantiene desde hace varios años la utilización preferente del software libre, lo que ha permitido la elaboración de diversas aplicaciones informáticas que comprenden varios miles de programas, que se encuentran hoy instalados en diversos Organismos que desarrollan sus actividades en toda la Administración.

Que esta tecnología ha creado un notable grado de independencia y autonomía con relación a los productos propietarios y consecuentemente de sus proveedores y si bien requiere de una significativa inversión en capacitación, en el largo plazo redundará en importantes ahorros de recursos para el Estado Provincial;

Que si bien aún se mantiene una gran cantidad de programas y sistemas propietarios heredados, tal cuestión obedece a que las funcionalidades cubiertas por los mismo no pueden ser abandonadas ni convertidas en el corto plazo, no obstante lo cual la Secretaría de Tecnologías para la Gestión recomienda enfáticamente la elaboración de planes de migración que faciliten la transición de la situación actual a una que se ajuste a la legislación vigente en el más corto lapso de tiempo posible;

Que los planes de migración deben permitir superar las limitaciones existentes en materia de software libre dando la solución adecuada a las necesidades actuales sin condicionar, modificar o contradecir la política general fijada para el sector y ya en ejecución, dirigida a sustituir los modelos denominados propietarios por otros que brinden la más amplia libertad de su utilización a la Provincia;

Que conforme lo expuesto, se considera procedente autorizar a la Secretaría de Tecnologías para la Gestión del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado en carácter de excepción, a adquirir y usar el software propietario peticionado;

Por ello;

EL SECRETARIO DE TECNOLOGIAS PARA LA GESTION

RESUELVE:

ARTICULO 1°.- Autorizar a la Secretaría de Tecnologías para la Gestión del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado, a utilizar software propietario de conformidad al siguiente detalle:

Herramienta de Modelado para el Proceso de Desarrollo de Software marca Enterprise Architec, cuarenta (40) Licencias.

ARTICULO 2°.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

Ing. JAVIER ECHANIZ

Secretario de Tecnologías

para la Gestión

S/C 5446 Nov. 17

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Colegio de Martilleros

de Santa Fe

INSCRIPCION DE MARTILLEROS

A los fines previstos en el Art. 7° de la Ley 7547, y en lo pertinente a la Ley Nac. Nº 20.266, modificada por Ley Nac. N° 25.028, hace saber que la señorita COLELLA, MARIA MERCEDES, DNI: 29.483.341, argentina, soltera, nacida el día 08/07/1982, en Santa Fe, de apellido materno Fanjul, con domicilio real en calle Las Heras 3183 y legal en calle San Jerónimo 2711 - 9° A - ambos de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, ha solicitado su Inscripción en el Registro de Matrículas que lleva el Colegio de Martilleros de Santa Fe. Las oposiciones a la misma, deberán interponerse dentro de los cinco días posteriores a la última publicación del presente edicto, en la sede del Colegio de Martilleros de Santa Fe, calle 3 de Febrero 2717 de la ciudad de Santa Fe. Hugo J. Milia, Pro Secretario.

$ 22 118515 Nov. 17 Nov. 18

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ASOCIACION MUTUAL

VILLA ELOISA

COMUNICADO

En cumplimiento de lo Estatuido por el Art. 18 del Reglamento de Servicio de Sepelio, comunica a sus Asociados El/ Los siguiente/s Fallecimiento/s:

1) CELESTINO TOMASSETTI, el 08 de Noviembre de 2010.

$ 15 118503 Nov. 17

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MINISTERIO DE AGUAS,

SERVICIOS PUBLICOS

Y MEDIO AMBIENTE

SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE

RESOLUCION N° 110

SANTA FE, "Cuna de la Constitución Nacional", 10 Nov. 2010

VISTO:

El expediente N° 02101-000011443-7 del Sistema de Información de Expedientes; y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución N° 101 de fecha 1 de Noviembre de 2010, mediante el cual el Secretario de Medio Ambiente, en convoca a la Audiencia Anual de Pesca, conforme lo establece la Ley Nº 11.717, artículo 6º párrafo 3º de la Ley Nº 12.212, y artículo 26º de la Ley Nº 12.817, ;

Que se ha omitido en la resolución mencionada en el considerando precedente, la designación como Moderadora de dicha Audiencia Pública, a la señora Directora General de Desjudicialización de la Solución de los Conflictos Interpersonales del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Lic. Nilda Santoro

Que por lo expuesto en los considerandos precedentes, corresponde ampliar la Resolución N° 101/10, agregando un artículo a la misma, designando a la Lic. Nilda Santoro en las funciones que se mencionan en el considerando que antecede;

Que la competencia en la materia surge de lo establecido en las .Leyes Nº 11.717 y Nº 12.212, Decreto Nº 0025/07 y artículo 1º inciso 17 de la Resolución Nº 0083/08, ampliada por su similar Nº 0498/09, ambas del Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente;

POR ELLO:

EL SECRETARIO DE MEDIO AMBIENTE

RESUELVE:

ARTICULO 1°.- Ampliar la Resolución N° 101 de fecha 1 de Noviembre de 2010, de la Secretaría de Medio Ambiente del Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente, incorporando un Artículo 5º, el quedará redactado de la siguiente forma:

"ARTICULO 5º.- Designar como Moderadora de la Audiencia Pública referida en el artículo 1º del presente decisorio, a la señora Directora General de Desjudicialización de la Solución de los Conflictos Interpersonales del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Lic. Nilda Santoro.-"

ARTICULO 2°.- Regístrese, notifíquese, publíquese y archívese.-

Ing. CESAR E. MACKLER

Secretario de Medio Ambiente

S/C 5444 Nov. 17

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