EMPRESA
PROVINCIAL DE LA ENERGIA
CONCURSO DE
PRECIOS N° 6312
Objeto: Contratación de un utilitario
tipo pick up, modelo 1992 en adelante por un período aproximado de 3000 horas,
con destino a la localidad de Marcelino Escalada Agencia San Justo.
Apertura: 28/11/03 Hora: 9
Consultas y presentación de ofertas:
Empresa Provincial de la Energía de Santa Fe - Primera Junta 2558 - 1° Piso -
Of. 7 - Santa Fe - Tel.
0342-4505849.
S/C 30386 Nov.
17 Nov. 19
_________________________________________
SECRETARIA
DE ESTADO DE PROMOCION COMUNITARIA
NOTIFICACIONES
Corresponde Expediente N° 01501-0019122-2 con cuerda floja N°
01501-0019121-1, caratulado, Escuela de Servicio Social - Zehringer
- Ref: Solicita dictado de norma legal donde se
establezca la continuidad de adscripto al asistente
social Diego Alejandro Zehringer - Escuela de
Servicio Social - Martinez - Ref:
Solicita dictado norma legal donde se establezca la continuidad de adscripto “ad honorem” al
asistente social Antonio Oscar Martinez.
La Subdirectora General de Despacho
a/c, de la Secretaría de Estado de Promoción Comunitaria, Dra. Liliana Bellone, notifica por este medio al señor ANTONIO OSCAR
MARTINEZ, que para su conocimiento y demás fines se le informa que en el
Decreto N° 1973 de fecha 16 de julio de 2003, se ha
dispuesto lo siguiente.
ARTICULO 1°: Desígnase,
en carácter “Ad-Honorem” en la Dirección Provincial
de la Escuela de Servicio Social dependiente de la Secretaría de Estado de
Promoción Comunitaria a los Asistentes Sociales DIEGO ALEJANDRO ZEHRINGER (M.I. N° 23.092.863) para
desempeñarse en la asignatura Antropología Filosófica de 1er. Año Comisiones I
y II - de la Carrera de Servicio Social y ANTONIO OSCAR MARTINEZ (M.I. N° 22.629.902) para
desempeñarse en la misma asignatura Comisiones III y IV; conforme a lo
establecido por Decreto N° 0229 de fecha 26 de
febrero de 1996.
Señor ANTONIO OSCAR MARTINEZ (M.I. N° 22.629.902), Asistente
Social Adscripto Ad-Honorem
en la asignatura Antropología Filosófica de 1er. año - Comisiones III y IV
Escuela de Servicio Social.
Fdo. Dra. Liliana Bellone. Magister en
Administración Pública. Subdirectora General de Despacho A/C. Secretaría de
Estado de Promoción Comunitaria.
Santa Fe, 05 de noviembre de 2003.
S/C 30326 Nov
17
_________________________________________
Corresponde Expediente N° 01501-0028943-5, caratulado, Dirección Pcial. Prev. y
Asist. Adicciones - Ref:
solicita licencia sin goce de haberes de la agente Liliana Edit
Minacore.
La Subdirectora General de Despacho
a/c, de la Secretaría de Estado de Promoción Comunitaria, Dra. Liliana Bellone, notifica por este medio a la señora LILIANA EDIT
MINACORE, que para su conocimiento y demás fines se le informa que en
Resolución N° 000221 de fecha 14 de octubre de 2003,
emanado de la Secretaría de Estado de Promoción Comunitaria, se ha dispuesto lo
siguiente.
ARTICULO 1°: Exceptuar la presente
gestión de lo dispuesto por el Decreto-Acuerdo N°
0469/91, en el marco de lo instituido por el Decreto-Acuerdo N° 2462/93.
ARTICULO 2°: Otorgar Licencia
Extraordinaria sin Goce de Haberes, desde el 1° de diciembre de 2003 y por el
término de un (1) año, en favor de la señora LILIANA EDIT MINACORE (Clase 1957
- M.I. N° 13.543.864),
personal de Planta Permanente de la Dirección Provincial del Menor, la Mujer y
la Familia, Categoría 03 del Agrupamiento Hospitalario-Asistencial del
Escalafón en vigencia, con funciones Administrativas, afectada a la Dirección
Provincial de Prevención y Asistencia de las Adicciones y Otros Comportamientos
de Alto Riesgo -Delegación Zona Sur Rosario- por Resolución N°
000888 de fecha 26 de diciembre de 1997; en el marco de lo establecido por el
Artículo 53° inciso a) del Decreto-Acuerdo N° 1919/89
-Régimen de Licencias, Justificaciones y Franquicias para el Personal de la
Administración Pública Provincial-.
Señora LILIANA EDIT MINACORE (Clase
1957 - M.I. N° 13.543.864),
personal de Planta Permanente de la Dirección Provincial del Menor, la Mujer y
la Familia.
Fdo. Dra. Liliana Bellone. Magister en
Administración Pública. Subdirectora General de Despacho A/C. Secretaría de
Estado de Promoción Comunitaria.
Santa Fe, 05 de noviembre de 2003.
S/C 30327 Nov.
17
_________________________________________
UNIVERSIDAD
NACIONAL DE ROSARIO
FACULTAD DE
PSICOLOGIA
INSCRIPCION A
CONCURSO
La Facultad de Psicología de la UNR,
mediante Resoluciones 348/2003 C.S., 349/2003 C.S. y 121/2003 C.D. ha
establecido la apertura de inscripción en el Concurso para proveer cargos
docentes en la asignatura y dedicación que se detallan a continuación:
Departamento: Psicología Educativa
Area: de la Psicología Educativa
Asignatura: Psicología Educativa I
Cargos: 1
(uno) Profesor Titular - Dedicación Semiexclusiva
2
(dos) Profesores Adjuntos - Dedicación Semiexclusiva
3
(tres) Jefe de Trabajos Prácticos - Dedicación Semiexclusiva
Inscripción: Oficina de Concursos de la
Facultad, sita en Riobamba 250 bis de la ciudad de Rosario, en el horario de
09.00 a 13.00 hs. Apertura de inscripción:
16/12/2003, y durará siete días corridos a partir de dicha fecha, según
Ordenanzas 524 y 525 C.S.
$ 30 30325 Nov.
17
_________________________________________
FACULTAD DE
CIENCIAS MEDICAS
RESOLUCION C.D. N° 735/2003
ROSARIO, 6 de noviembre de 2003.
VISTO: que por resolución C.D. N° 705/2003 se dispuso el
llamado a concurso abierto de oposición y antecedentes para la provisión de dos
(2) cargos de Profesor Titular - dedicación Semiexclusiva-
para la Disciplina Pediatría, de los Ciclos Promoción de la Salud, Prevención
de la Enfermedad, Diagnóstico, Tratamiento y Recuperación y Práctica Final, de
la carrera de Medicina -Plan de Estudio 2001- de esta Facultad de Ciencias
Médicas, Uno (1) con funciones en la 1ra. Cátedra de Pediatría con asiento en
el Hospital Provincial del Centenario y Uno (1) con funciones en la 2da.
Cátedra de Pediatría con asiento en el Policlínico “Eva Perón”, respectivamente;
QUE, Secretaría Administrativa comunica
mediante informe obrante a fs. dos (2) de estos
actuados que, en razón de los acontecimientos que fueron de público
conocimiento, no ha podido darse cumplimiento a lo dispuesto en el artículo N° 4 de la Ordenanza N° 525
(Texto Ordenado) de la Universidad Nacional de Rosario - “Reglamento General de
Concursos para Profesores Titulares, Asociados y Adjuntos”; y
CONSIDERANDO:
QUE, Departamentos Concursos y Gestión
Docente propone, teniendo en cuenta lo informado precedentemente, un nuevo
cronograma de apertura y cierre para la inscripción de aspirantes a los
concursos de referencia, conforme la normativa vigente;
POR ELLO, y teniendo en cuenta lo
acordado en sesión del día de la fecha;
EL CONSEJO
DIRECTIVO
RESUELVE:
ARTICULO 1ro.-. Rectificar el artículo
2do. de la resolución C.D. N° 705/2003, el que quedará redactado conforme se indica a
continuación:
“ARTICULO 2do.- La inscripción de
aspirantes a los concursos de referencia se abrirá por el término de siete (7) días,
a partir de la fecha de apertura, según se establece seguidamente”:
Apertura: 15 de Diciembre de 2003, a
las 8.00 horas”.
Cierre: 22 de Diciembre de 2003, a las
12.00 horas”.
ARTICULO 2do., Regístrese, comuníquese,
déjese constancia al pie de la resolución C.D. N° 705/2003, remítase copia al Consejo Superior de la
Universidad Nacional de Rosario y gírese al Departamento Concursos y Gestión
Docente a sus efectos.
Prof. RAQUEL MADIS CHIARA
Decana
$ 25 30305 Nov.
17
_________________________________________
MINISTERIO
DE EDUCACION
RESOLUCION
Nº 146
SANTA FE, 31
OCT 2003
V I S T O:
El Expediente Nº 00401-0128469-3 del
registro de este Ministerio, en cuyas actuaciones el Director Provincial de
Educación Superior, Perfeccionamiento Docente, Programación y Desarrollo
Curricular, en su carácter de Coordinador Técnico de la Subsecretaría de
Educación (Resolución N° 01/03) solicita se convoque
a concurso para cubrir cargos directivos de establecimientos educativos dependientes
de la Dirección Provincial de Educación Inicial, Primaria, Especial y Física; y
CONSIDERANDO:
Que al respecto manifiesta dicha
necesidad en razón de que desde el año 1987 no se realizan concursos para
cubrir vacantes de tales cargos en las ex Escuelas Primarias Comunes Diurnas de
Jornada Completa (hoy Escuelas de E.G.B. de Jornada
Completa) con o sin albergue anexo, quedando consecuentemente en tal carácter
una importante cantidad de cargos directivos en distintas categorías;
Que asimismo tal situación se repite en
los correspondientes a la Escuela Hogar Nº 9020 de Granadero Baigorria, lo que justifica ampliamente su cobertura por
concurso;
Que debido a la jerarquía del rol de
conducción, por ser de su responsabilidad la instrumentación de la Política
Educativa Provincial, resulta sumamente necesario realizar la adecuada
selección de personal, proceso que debe ser superador del criterio que opera
exclusivamente sobre la antigüedad de los agentes; para apreciar la
capacitación alcanzada en la carrera y los conocimientos y competencias
indispensables para un desempeño de calidad en la gestión directiva;
Que, asimismo, resulta imprescindible
generar procedimientos de ascenso que se orienten al desempeño de los
aspirantes en las áreas geográficas de residencia;
Que las vacantes a afectar en el
presente concurso serán determinadas por la Dirección General de Recursos
Humanos de esta Jurisdicción, siendo las remanentes
del último movimiento de traslado que hubiere correspondido, recategorizadas de acuerdo con la reglamentación vigente;
Que asimismo, deben consagrarse medidas
tendientes a asegurar la continuidad de las funciones que desempeñan los
agentes convocados como miembros de Jurados;
Que cabe destacar que por no contarse
con propuesta de representante sindical para integrar dicho Cuerpo, su
designación se producirá por acto posterior del Titular Jurisdiccional si la
misma es formulada oportunamente por la entidad gremial, más representativa del
sector, caso contrario se tornarán aplicables las soluciones consagradas en el
Artículo 12º del Decreto Nº 89/02;
Que la gestión se encuadra en los
términos de la Ley Nº 8927 y su Decreto Reglamentario Nº 89/02 -modificado por
su similar Nº 2466/03- normas que rigen el sistema de concursos de ascenso;
Que ha tomado intervención la Dirección
General de Asuntos Jurídicos, expidiéndose mediante Dictamen Nº 792/03;
Atento a ello:
EL MINISTRO DE
EDUCACIÓN
R E S U E L V E :
1º) - Convocar a concurso de ascenso,
antecedentes y oposición, en el ámbito de la
Dirección Provincial de Educación Inicial, Primaria, Especial y Física
de la Subsecretaría de Educación, para cubrir cargos vacantes Directivos de
Escuelas de Educación General Básica de Jornada Completa con o sin albergue
anexo (ex Primarias Comunes Diurnas de Jornada Completa con o sin albergue
anexo) en las Categorías 1era.; 2da. y 3era. de conformidad con las normas establecidas en la Ley Nº 8927
y en su Decreto Reglamentario Nº 89/02 -modificado por similar Nº 2466/03- y
con las disposiciones particulares que se consignan en el Anexo I, que en diez
(10) fojas forma parte de este decisorio.
2º) - Las vacantes a afectar al
concurso convocado por el apartado precedente serán determinadas por la
Dirección General de Recursos Humanos de esta Cartera Ministerial, siendo las
remanentes del último movimiento de traslado que hubiere correspondido, recategorizadas de acuerdo con la reglamentación vigente.
3º) - Convocar a concurso de ascenso,
antecedentes y oposición, en el ámbito de la
Dirección Provincial de Educación Inicial, Primaria, Especial y Física
de la Subsecretaría de Educación, para cubrir cargos directivos vacantes de la
Escuela Hogar Nº 9020 de Granadero Baigorria de
conformidad con las normas establecidas en la Ley Nº 8927 y en su Decreto
Reglamentario Nº 89/02 -modificado por similar Nº 2466/03- y con las
disposiciones particulares que se consignan en el Anexo II, que en nueve (9)
fojas integra la presente.
4º) - Los cargos a afectar al concurso
convocado por el Apartado 3º de esta resolución, serán los existentes en la
planta de la Escuela Hogar Nº 9020 que determine la Dirección General de
Recursos Humanos de este Ministerio.
5º) - Facultar a la Subsecretaría de
Educación para entender en todas las situaciones o casos no previstos y todo
asunto o aspecto específico no
contemplado en este decisorio.
6º) -
Hágase saber y archívese.
JULIO CESAR ZAPATA
Ministro de Educación
ANEXO I
Convocatoria a concurso de ascenso de
antecedentes y oposición, para cubrir cargos Directivos de Escuelas de
Educación General Básica de Jornada Completa con o sin albergue anexo (ex
Primarias Comunes Diurnas de Jornada Completa con o sin albergue anexo) de
1era., 2da. y 3era. Categorías.
CAPÍTULO I
De los cargos a concursar
1.- Se concursan los cargos vacantes de
Directores de Escuelas de E.G.B. de Jornada Completa
con o sin albergue anexo (ex Primarias Comunes Diurnas de Jornada Completa con
o sin albergue anexo) de 1era., 2da. y 3era.
Categorías dependientes de la Dirección Provincial de Educación Inicial,
Primaria, Especial y Física de la Subsecretaría de Educación.
CAPÍTULO II
De los aspirantes
2.- Condiciones:
Para participar en el concurso y acceder
a los cargos que se concursan, los interesados deberán acreditar los requisitos
que se exponen en los ítems siguientes, los que en todos los casos deberán
referirse exclusivamente a los que registren como docentes de Escuelas de E.G.B. de Jornada Completa con o sin albergue anexo (ex
Primarias Comunes Diurnas de Jornada Completa con o sin albergue anexo) de
1era., 2da. y 3era. Categorías dependientes de la
Dirección Provincial de Educación Inicial, Primaria, Especial y Física de la
Subsecretaría de Educación.
2.1 Generales
2.1.1 No encontrarse inhabilitado a la
fecha de esta convocatoria.
2.1.2 No haber presentado su renuncia a
la docencia por acogerse a la jubilación
2.1.3 No revistar en tareas diferentes.
2.2 Específicas
2.2.1. Revistar a la fecha de la convocatoria,
en Escuelas de E.G.B. de Jornada Completa con o sin
albergue anexo (ex Escuelas Primarias Comunes Diurnas de Jornada Completa con o
sin albergue anexo) de 1era., 2da. y 3era. Categorías
dependientes de la Dirección Provincial de Educación Inicial, Primaria,
Especial y Física de la Subsecretaría de Educación, en el cargo y con la
antigüedad que en cada caso se detalla:
2.2.1.1. Para Directores de Escuelas de
E.G.B. de Jornada Completa con o sin albergue anexo
(ex Escuelas Primarias Comunes Diurnas de Jornada Completa con o sin albergue
anexo) de 1era. Categoría:
· Director titular de 2da. o 3era.
Categorías.
· Maestro de Año (ex grado) con tres
(3) años de antigüedad inmediata anterior como titular en el cargo y quince
(15) años reconocidos en la modalidad y nivel.
2.2.1.2. Para Directores de Escuelas de
E.G.B. de Jornada Completa con o sin albergue anexo
(ex Escuelas Primarias Comunes Diurnas de Jornada Completa con o sin albergue
anexo) de 2da. Categoría:
· Director titular de 3era. categoría.
· Maestro de Año (ex grado) con tres
(3) años de antigüedad inmediata anterior como titular en el cargo y diez (10)
años reconocidos en la modalidad y nivel.
2.2.1.3. Para Directores de Escuelas de
E.G.B. de Jornada Completa con o sin albergue anexo
(ex Escuelas Primarias Comunes Diurnas de Jornada Completa con o sin albergue
anexo) de 3era. Categoría:
· Maestro de Año (ex grado) con tres
(3) años de antigüedad inmediata anterior como titular en el cargo y cinco (5)
años reconocidos en la modalidad y
nivel.
3.- De la inscripción:
3.1 La inscripción se realizará en la
Sede del Jurado o en la Sede de la Dirección Regional de Educación y Cultura en
la que cada aspirante se domicilia, a partir del 24 de noviembre de 2003 y por
el término de quince (15) días hábiles, personalmente o por intermedio de
representante con poder otorgado ante autoridad competente.
3.2 Los aspirantes podrán inscribirse
en una o más de una categoría de dirección, incluidas en este concurso, sólo
para los cargos y categorías de la Región de Educación y Cultura donde tiene
fijado el domicilio y otra a elección.
3.3
A tal fin deberán presentar:
3.3.1 Solicitud de inscripción, en el
formulario especial provisto por el Jurado, la
que tendrá carácter de Declaración Jurada.
3.3.2 Fotocopia del Documento de
Identidad, que certifique: número y tipo de documento, nombres y apellido,
fecha de nacimiento y domicilio (el que será tomado para habilitar inscripción
y valorar residencia según punto 6.1.)
3.3.3
Fotocopia del título, con número de registro de este Ministerio.
3.3.4 Declaración Jurada de antigüedad
por desempeño en cargos de Maestros de Año o Directivos, titulares o suplentes,
en Escuelas de E.G.B. de Jornada Completa con o sin
albergue anexo (ex Escuelas Primarias Comunes Diurnas de Jornada Completa con o
sin albergue anexo).
3.3.5. Constancia de suplencias
realizadas en cargos directivos de Escuelas de E.G.B.
de Jornada Completa con o sin albergue anexo (ex Escuelas Primarias Comunes
Diurnas de Jornada Completa con o sin albergue anexo), extendida por la
autoridad superior inmediata.
3.3.6. Antecedentes, según el Punto 6
de esta convocatoria.
3.4. La documentación probatoria,
debidamente autenticada, se presentará en carpeta ordenada de acuerdo con los
aspectos consignados precedentemente. Deberá además, estar foliada
correlativamente e incluir, por duplicado, el índice correspondiente. Este
duplicado, firmado por el responsable de la inscripción, se devolverá al
interesado como constancia de la documentación presentada y verificada en dicho
acto.
3.5. Con posterioridad al período de
inscripción no podrán agregarse otros antecedentes.
3.6. Los inscriptos deberán comunicar
formalmente al Jurado todo cambio de domicilio, bajo apercibimiento de que, en
caso de no hacerlo, el Cuerpo Colegiado quedará liberado de toda
responsabilidad por cualquier error u omisión en que pudiere incurrir por tal
motivo.
3.7. Concluido el período de
inscripción el Director de cada Sede Regional, personalmente o por Coordinación
de Regionales, remitirá al Jurado las inscripciones recibidas y las carpetas de
antecedentes.
3.8. El Jurado procederá al análisis de
la documentación presentada conforme los requisitos de esta Convocatoria y
resolverá en primera instancia la pertinencia de la habilitación como
concursante de cada uno de los inscriptos. A quienes sean excluidos, se
los notificará en la forma prevista por
el Decreto-Acuerdo N° 10204/58.
CAPÍTULO III
Del Jurado
4.-
Constitución y funcionamiento:
4.1. A los fines de la sustanciación
del presente concurso se constituye un único Jurado, cuya integración y sede se especifica:
Sede: Escuela N°
96- Buenos Aires 2027- Rosario- TE:
0341-4728621
Miembros titulares:
v Gutiérrez,
Adriana María, D.N.I. N°
11.397.396, Supervisora titular de EGB de la Sección A, Región II.
v Bocchino, María del Carmen, D.N.I. N° 5.207.573,
Supervisora titular de EGB de la Sección F, Región II.
v Minnozzi, Egle Liliana, D.N.I. N° 11.710.965, Supervisora titular de EGB de la Sección A,
Región I.
Miembros suplentes:
v Mamprin, María del Carmen, D.N.I.
N° 4.898.160, Supervisora titular de EGB de la
Sección N, Región VI.
v Falcón, Silvia
Beatriz, L.C. N° 5.986.907,
Supervisora titular de EGB de la Sección G, Región VI.
v Flores, Paulina
Clelia, L.C N° 4.873.905, Directora titular de la Escuela de EGB N° 824 de 1ra. Categoría, Rosario- Supervisora suplente de
EGB de la Sección L, Región VI.
Presidente: Sra. Gutiérrez, Adriana
María.
4.2.El Jurado
desarrollará sus actividades de acuerdo con lo especificado en el Decreto N° 89/02, su modificatorio Nº 2466/03 y en la presente
convocatoria.
4.3.Todas las
etapas de proceso concursal estarán a cargo de la
Coordinadora General de Concursos designada por Resolución Ministerial Nº
13/03.
CAPÍTULO IV
De la Oposición
5.-
Serán de aplicación en este punto las normas contenidas en los Capítulos
III y IV del Anexo Único del Decreto Nº 89/02 y las siguientes
particularidades:
5.1. El 23 de abril de 2004, a las
8.30, en la ciudad de Santa Fe, tendrá lugar la prueba de oposición. El lugar
será publicado con una antelación de 15 días.
5.2
La prueba de oposición será escrita.
5.3. Se elaborará una única prueba de
oposición para las Categorías 1era., 2da. y 3era. Los temarios no serán
inferiores a tres (3), los cuales, certificados por todos los intervinientes, se mantendrán en forma reservada y en sobre
cerrado hasta el momento del sorteo de los mismos e inicio de su aplicación.
5.4. La prueba escrita tendrá una
duración máxima de cuatro (4) horas reloj y será de carácter teórico-práctico,
considerando las funciones y tareas propias del cargo y categoría que se
concursa.
5.5. La prueba se realizará según lo establecido en el Punto 5.3.
a) Los participantes deberán estar
presentes con una anticipación de no menos de
treinta (30) minutos de la hora fijada para su realización, munidos de: Documento de Identidad, Constancia de
Inscripción, útiles y elementos necesarios para la redacción.
Si por imprevistos o motivos ajenos a
su voluntad llegaren con posterioridad a la hora de iniciación de la prueba, su
aceptación para participar de la misma quedará supeditada a la decisión del
Jurado, el que evaluará los motivos e implicancias del caso, no pudiendo, si
fuere aceptado, prolongar su estada más
allá de la hora fijada para su finalización.
b) En presencia de los participantes se
dará lugar al sorteo y apertura de los sobres que se desestimen, dándose
lectura de los temas.
El sobre seleccionado contendrá el
temario que se hará conocer simultáneamente en los distintos grupos de
concursantes y después de impartir las instrucciones pertinentes para la
realización de la prueba.
c) El Jurado realizará las aclaraciones
que considere convenientes y responderá las inquietudes que manifiesten
públicamente los concursantes.
d) Las pruebas escritas se firmarán con
seudónimo al que se agregará un número de cuatro cifras elegido al azar.
e) En un sobre que se cerrará, cada
concursante colocará una tarjeta con el seudónimo, el número elegido y sus
datos de identificación.
f) Los sobres con los datos de
identificación se depositarán en una urna o sobre que el Jurado cerrará en
presencia de dos participantes.
g) El Jurado abrirá los sobres de
identificación en acto público, cuando haya calificado todas las pruebas. A
este acto podrán asistir los interesados, para lo cual deberá fijarse fecha y
hora respectiva.
h) En el momento de la prueba, no se
permitirá a los concursantes el uso de apuntes o de otros medios o dispositivos
auxiliares de ningún tipo, ni tampoco intercambiar consultas o pedir
referencias a los miembros del Jurado o a sus colaboradores.
i) Sólo podrán redactarse borradores en
el margen o en la parte superior de las hojas autorizadas, los que serán
anulados antes de entregar la prueba.
j) Terminadas las pruebas y en presencia
de dos concursantes que actúen como testigos, serán colocadas en un sobre o
caja, debidamente cerrado y sin ningún tipo de identificación exterior, el que
será abierto al momento de iniciarse la corrección.
5.6. Corrección de las pruebas.
a) A los efectos de la corrección de
las pruebas de oposición escritas, cada miembro del Jurado dejará asentada la
valoración, discriminada por ítems, del trabajo de cada participante.
b) La calificación de los concursantes
en las pruebas de oposición, será el promedio de la otorgada por cada uno de
los miembros del Jurado, computándose hasta los centésimos.
c) Cuando la calificación otorgada por
un miembro del Jurado tuviere una diferencia de dos (2) o más puntos con la que
resulte de promediar la adjudicada por los restantes, el miembro en desacuerdo
fundamentará la calificación asignada.
5.7. Se calificará de uno (1) a treinta
(30) puntos y será eliminatoria para el caso de obtenerse menos del 40 % de
dicho puntaje.
5.8. Comunicación del puntaje de la
oposición.
a) El día, hora y lugar determinados
para ello, el Jurado dará a conocer, en acto público, el puntaje obtenido en la
oposición.
b) En la lista figurará el puntaje
ordenado según seudónimo y número aleatorio elegido por el concursante, y la
nota en números y letras, y dos columnas más en
blanco, espacios destinados a asentar la identidad y el número de
documento correspondiente a cada seudónimo.
c) Verificada dicha lista en presencia
de los interesados (o sus representantes o apoderados), el Jurado abrirá los
sobres de identificación procediendo a asentar en los lugares dispuestos a tal
efecto, la identidad de cada participante.
d) Se firmará un ejemplar y dos (2)
copias de dicha lista, el que tendrá carácter de acta pública.
e) A partir de la finalización de este
acto quedará habilitado el período de notificación en el recinto y, desde el
día siguiente, en la Sede del Jurado y por el término de cinco (5) días hábiles.
5.9. Los aspirantes que no aprueben la
oposición serán comunicados individualmente, en la forma de notificación
prevista por el Decreto-Acuerdo N° 10204/58.
5.10. Las calificaciones acordadas en
las pruebas de oposición por el Jurado serán irrecurribles.
CAPÍTULO V
De los antecedentes
6. Cada Jurado considerará y valorará
los antecedentes de cero (0) a veintitrés (23) puntos según los aspectos y
puntajes que se detallan a continuación:
6.1. Residencia:
Se otorgará tres (3)) puntos, sólo al
aspirante que se haya inscripto para los cargos y categorías de la Región de
Educación y Cultura donde tiene fijado el domicilio. El mismo deberá ser
justificado, a la fecha de la convocatoria, con Documento Nacional de
Identidad.
6.2. Antigüedad:
Los puntajes de cada uno de los items siguientes son acumulativos, hasta un máximo de cinco
con sesenta centésimos (5,60) puntos, siempre que el desempeño sea acreditado
en Escuelas deE.G.B. de
Jornada Completa con o sin albergue anexo (ex Escuelas Primarias Comunes
Diurnas de Jornada Completa con o sin albergue anexo) de gestión oficial y no
haya sido simultáneo.
a) Como Director titular de una
categoría inferior a la que se concursa
o en función de Supervisión: 0,30 punto por cada año de
servicio reconocido o fracción mayor de seis (6) meses, hasta un máximo de 3 puntos.
b) Como Director titular de dos
categorías inferiores a la que se
concursa, 0,30 punto por cada año de servicio
reconocido o fracción mayor de seis (6) meses, hasta un máximo de 2,70 puntos.
c) Como Director suplente (interino o
reemplazante) en la categoría que se concursa, en una superior, 0,30 punto por
cada año de servicio reconocido o fracción mayor a seis (6) meses, hasta un
máximo de 2,70 puntos.
d) Como Director suplente (interino o
reemplazante) en una o más categorías
inferiores a la que se concursa, 0,25 punto por cada año de servicio
reconocido o fracción mayor de seis (6) meses, hasta un máximo de 2,50 puntos.
e) Como Maestro de Año de Escuela de E.G.B. de Jornada Completa con o sin albergue anexo (ex
grado), 0,12 punto por cada año de servicio reconocido o fracción mayor de seis
(6) meses hasta un máximo de 2,40 puntos
6.3. Cursos asistidos o dictados con
reconocimiento oficial.
Sólo serán considerados los
certificados de asistencia o dictado de cursos donde consten las horas de
duración y la evaluación final en su caso. Los cursos de menos de doce (12)
horas de duración no tienen puntaje.
En todos los casos se considerarán
horas-reloj. A éstas, se homologarán las horas cátedra.
6.3.1. Cursos Asistidos: hasta un
máximo de cinco (5) puntos.
6.3.1.1. Con evaluación.
a) De más de 150 horas, 0,75 punto, por
cada curso.
b) De 100 a 150 horas, 0,50 punto, por
cada curso.
c) De 40 a 99 horas, 0,25 punto, por
cada curso.
d) De 25 a 39 horas, 0,20 punto, por
cada curso.
e) De 12 a 24 horas, 0,15 punto, por cada
curso.
6.3.1.2. Sin evaluación.
a) De más de 40 horas, 0,15 punto, por
cada curso.
b) De 25 a 40 horas, 0,10 punto, por
cada curso.
c) De 12 a 24 horas, 0,05 punto, por
cada curso.
6.4. Cursos Dictados: hasta un máximo
de dos puntos con sesenta y cinco centésimos (2,65).
a) Más de 40 horas, 0,30 punto, por
cada curso.
b) De 25 a 40 horas, 0,20 punto, por
cada curso.
c) De 12 a 24 horas, 0,15 punto, por
cada curso.
6.5. Otros antecedentes profesionales:
máximo de un (1) punto.
6.5.1. Asistencia o dictado de
Seminarios; Talleres; Jornadas; de más
de 12 horas de duración : 0,15 punto por cada uno.
6.5.2. Asistencia a Congresos o
simposios en los cuales el aspirante haya tenido participación activa como
expositor o con presentación de trabajos
aprobados: 0,15 punto por cada uno.
6.5.3. Asistencia pasiva a Congresos o
simposios: 0,10 punto por cada uno.
6.5.4. Dictado de conferencias
relacionadas con la función del cargo al que aspira: 0,10 punto
por cada uno.
6.6. Publicaciones, Investigaciones:
hasta un máximo de 2,50 puntos:
6.6.1. Publicaciones relacionadas con
temas de educación y con la función para la que concursa:
a) Libros. Como autor único: 1 punto;
en forma colectiva (coautor): el puntaje anterior dividido por el número de
coautores. Deberán contener pie de imprenta, lugar de impresión o publicación y
año.
b) Publicaciones en revistas de
carácter científico-técnico o folletos de menos de 50 páginas: 0,50 punto por cada uno.
c) Artículos periodísticos (diarios o
revistas de divulgación masiva): 0,10 punto por cada
uno.
6.6.2. Trabajos de investigación,
publicados o presentados ante autoridad competente, relacionados con temas de
la especialidad del aspirante o con temas de educación: 0,50 punto
por cada trabajo hasta un máximo de un (1) punto.
El aspirante deberá acreditar el
trabajo con copia autenticada del mismo y certificación del organismo
respectivo.
No se tendrán en cuenta los trabajos de
investigación que respondan a exigencias para la obtención de un título o
aprobación de cursos o seminarios. La presentación de la publicación de una
investigación será evaluada en una sola de las bases: publicaciones (6.6.1.) o
investigación (6.6.2).
6.7. Otros títulos docentes: superiores
al título base Maestro Normal o Profesor de Enseñanza Primaria (o análogo)
hasta un máximo de 2,50 puntos:
- Licenciaturas o Postítulos Superiores
en gestión educativa (o análogos): 1,50 punto.
- Título de Profesor Superior No
Universitario o Universitario: 1 punto.
- Título Docente de Nivel Superior con
Planes de Estudio de:
a) hasta tres (3) años de duración:
0,50 punto.
b) más de tres (3) años de duración: 1
punto.
- Licenciaturas, con contenidos que
impliquen profundización y/o actualización de los correspondientes al título docente de base
del nivel y especialidad: 1 punto.
6.8. Tareas especiales encomendadas:
hasta un máximo de 0,75 puntos: Comprende designaciones como miembros de
Jurados de Concursos y representación de Organismos del Ministerio, mediante Disposición o Resolución de organismos o
autoridades ministeriales, que valoricen a juicio del Jurado la carrera docente: 0,25 punto por cada
una.
6.9. Se valorarán los antecedentes
indicados en los puntos 6.3., 6.4.,
6.5., 6.6. y 6.8. de los últimos
diez (10) años y que tengan directa relación con las funciones del cargo que se
concursa.
6.10. La evaluación de los antecedentes
será realizada con posterioridad a las pruebas de oposición y para aquellos
concursantes que hayan aprobado.
6.11. El puntaje de este rubro no es
eliminatorio.
CAPÍTULO VI
Del temario de las pruebas
7. El temario general para la prueba de
oposición comprende los siguientes ejes de contenidos:
7.1. Base normativa del sistema
educativo: La transformación educativa a partir de la Ley Federal de Educación.
7.2. Estructura del sistema educativo
provincial:
Las instituciones educativas del nivel
y modalidad:
7.3. La Escuela hogar: contexto,
finalidades, objetivos y organización.
La gestión integral -Rol del equipo
directivo.
Dimensiones de intervención:
· Organización y gestión institucional.
· Pedagógico curricular.
· Procesos de apoyo: a la gestión
pedagógica y a la gestión administrativa.
· Extensión a la comunidad.
· Relaciones Interinstitucionales.
7.4. Legislación escolar básica. Se
pretende que los aspirantes conozcan la existencia de las principales normas
que reglamentan el funcionamiento de las instituciones
a) Referida a los alumnos.
b) Referida al personal escolar
(docente y no docente). Planta funcional. derechos y
deberes. Legislación de uso escolar.
Legislación Escolar Básica para la
Escuela Hogar, Decretos: N° 456/86 (Regionalización
de la Supervisión Escolar); N° 4762/82 (Régimen de
Suplencias del Personal Docente); N° 2824/84 y
modificatorio (Régimen de Suplencias Personal No Docente); N°
0874/86 (Reglamento Asociaciones Cooperadoras); N°
4597/83 (Régimen de Licencias para el Personal Docente); N°
1077/78 y modificatorio (Excursiones Escolares); N°
10.204/58 (Tramitaciones Administrativas); N° 254/96
(Implementación de la Ley Federal de Educación en la Provincia); Nros. 2041/98 y 3340/99 y Resolución N°
356/01 (Régimen de Calificación, Promoción y Egreso de Alumnos), Leyes N° 10.290 (Disciplina);
Encuadre bibliográfico:
a) Material distribuido a la escuela
por el Ministerio de Educación (Provincial y Nacional) .
b) Otra bibliografía referida al
temario previsto.
CAPÍTULO VII
De los escalafones
8. El
Jurado confeccionará el escalafón correspondiente, en orden a la
sumatoria de los puntajes finales obtenidos por cada concursante en los rubros
oposición y antecedente, según se detalla:
8.1.
En el escalafón se consignarán los
siguientes datos:
a) Número de orden que haya
correspondido al concursante en virtud de la suma total de puntos obtenidos.
b) Apellido y nombres del concursante.
c) Documento de Identidad. Tipo y
número.
d) Puntaje obtenido en la valoración de
cada uno de los aspectos previstos en el Punto 8.
e) Puntaje obtenido en la prueba
escrita.
f) Puntaje Final.
8.2.
Las situaciones de empate se resolverán teniendo en cuenta el siguiente
orden:
a) Puntaje obtenido en la prueba de
oposición.
b) Antigüedad por suplencias realizadas en cargos
directivos en la Escuela Hogar Nº 9020.
c) Antigüedad total del concursante en
la Escuela Hogar Nº 9020.
d) Antigüedad total en la modalidad y
nivel.
e) Antigüedad total en el nivel.
f) Sorteo.
8.3. El escalafón será elevado por el
Jurado a la Coordinación General de Concursos y por su intermedio, a la
Subsecretaría de Educación para su aprobación.
8.4. La Subsecretaría de Educación
aprobará y dispondrá la exhibición de los escalafones durante diez (10) días
hábiles a los efectos de posibilitar los reclamos que pudieren corresponder.
8.5. Durante el lapso establecido en el
apartado anterior, el concursante se notificará personalmente o por apoderado
acreditado legalmente de la calificación obtenida y del lugar que ocupa en el
escalafón, debiendo concurrir a tales efectos a la Sede del Jurado
CAPÍTULO VIII
De los ofrecimientos
9. Aprobado definitivamente el
escalafón, el Ministerio de Educación dispondrá el ofrecimiento
correspondiente, por intermedio de la Dirección General de Recursos Humanos,
hasta agotar las vacantes o el respectivo escalafón.
10. Mientras dure la vigencia del
escalafón del concurso, el aspirante mantendrá el lugar en el mismo, con
derecho a ascender en un cargo de mayor categoría al que hubiere aceptado en
primera instancia.
CAPÍTULO IX
Normas Generales
11. Todos los términos establecidos en
la presente, lo serán en días hábiles para la Administración Pública, en la
localidad Sede del Jurado.
12. Las antigüedades docentes
requeridas, se contarán hasta la fecha de la presente convocatoria en años, meses y días,
considerándose en todos los casos como años de servicio toda fracción final
mayor de seis (6) meses.
13. Las designaciones emergentes del
presente concurso se ajustarán a las disposiciones de la Ley N° 11237 -Régimen de Acumulación de Cargos y Funciones del
Personal Docente.
14. No se computará inasistencia a los docentes que se presenten a rendir la prueba de
oposición del concurso, suspendiéndose las actividades escolares en las
secciones que atienden esos docentes.
15. El Director Regional de Educación y
Cultura -Región VI- dispondrá la afectación del establecimiento escolar que se
requiera para la realización de la prueba de oposición y para ello, la suspensión de las actividades
escolares en el día hábil en que se realice la misma.
S/C 30506 Nov. 17 Nov. 19
_________________________________________
CAJA
DE ASISTENCIA SOCIAL
RESOLUCION
DE DIRECCION GENERAL N° 327
REF.: APROBANDO
PROGRAMACIONES DE SORTEOS DE LA QUINIELA DE SANTA FE” CORRESPONDIENTES AL MES
DE NOVIEMBRE DE 2003.
VISTO:
Las actuaciones obrantes en el
Expediente Nro. 00302-0048920-0- del registro de esta
Caja de Asistencia Social, mediante el cual se elevan para su aprobación las
Programaciones de Sorteos de la “Quiniela de Santa Fe”, proyectada por la
Gerencia respectiva para el mes de NOVIEMBRE de 2003; y,
CONSIDERANDO:
Que el proyecto de referencia prevé la
realización de jugadas de Quiniela Matutina por Sorteos Propios de Quiniela y
Sorteos Especiales de Quiniela de Lotería Nacional y Provincia de Buenos Aires
de lunes a viernes; de Quiniela Vespertina por Sorteos Especiales de Quiniela
de Lotería Nacional, de Lotería Provincia de Buenos Aires, Sorteos Propios de
Quiniela y por Quiniela y/o Lotería de Montevideo de lunes a viernes y de
Quiniela Nocturna de lunes a sábados por Lotería o Especiales de Quiniela de
Lotería Nacional, Lotería Provincia de Buenos Aires y Lotería de Santa Fe,
Sorteos de las Loterías de Córdoba y Santiago del Estero y Sorteos de Quiniela
de Montevideo;
Que a tal efecto se han tenido en
cuenta las Programaciones de los respectivos Organismos Emisores, en algunos casos
no comunicados oficialmente pero anticipadas telefónicamente por sus
funcionarios;
Que para el sorteo Nro.
6028 de Quiniela Nocturna programado para el día 01/11/03, se captarán apuestas
para los códigos de Lot. 1 (Sorteo Especial para
Quiniela de Lotería Nacional), 2 (Sorteo Especial para Quiniela de Lotería
Provincia de Buenos Aires), 3 (Sorteo Propio Lotería de Santa Fe) y 4 (Quiniela
de Montevideo). Los sorteos que corresponden a los Códigos 1, 2 y 3 se llevarán
a cabo a la hora 20.00 y el que respecta al Código 4 a la hora 18.00;
Que a partir del día 03/11/03, los
sorteos de Quiniela Vespertina correspondientes al Código de Lotería 3, (Sorteo
Propio Quiniela de Santa Fe) se llevará a cabo a la hora 17.30, conjuntamente con los Sorteos
Especiales de Quiniela de Lotería Nacional (Cod. 1),
y Sorteos Especiales de Quiniela de Lotería Provincia de Buenos Aires (Cód. 2). Con respecto al Código de Lotería 4 (Quiniela de
Montevideo) por Resolución de la Dirección Nacional de Loterías y Quinielas de
Montevideo, los mismos se llevarán a cabo a la hora 21.00;
Que para los Sorteos Nros. 2562, 2568 y 2578 de Quiniela Vespertina, a
realizarse los días 7, 14 y 28 de Noviembre, el Código de Lotería 4
corresponderá a sorteos de Quiniela de Montevideo, en razón de no programarse
para las citadas fechas los sorteos habituales de Lotería;
Que para el Sorteo Nro.
2573 de Quiniela Vespertina a realizarse en fecha 21/11/03, el Código de
Lotería 4 corresponderá a Lotería de Montevideo (4 cifras);
Que el Sorteo Nro.
2563 de Quiniela Vespertina a realizarse el día 08/11/03 se resolverá a través
de los Códigos de Lotería 1 (Sorteo Tradicional Lotería Nacional - 5 cifras -
60 millares) y 4 (Quiniela de Montevideo) realizándose los mismos a las 20.00 y
21.00 horas respectivamente;
Que en el Sorteo Nro.
6034 de Quiniela Nocturna a realizarse en fecha 08/11/03, se captarán apuestas
para los Códigos de Lotería 1 (Sorteo La Grande de Nacional - 6 cifras - 300
millares) , 2 (Sorteo Especial de Quiniela de Lotería
Provincia de Buenos Aires) y 3 (Sorteo Propio Lotería de Santa Fe). Los
Organismos citados llevarán a cabo sus sorteos a la hora 20.45.
Que los Sorteos Nros.
6040, 6046 y 6052 de Quiniela Nocturna a realizarse los días sábados 15, 22 y
29 de Noviembre de 2003, en lo que corresponde al Código de Lotería 1, se
resolverán mediante los resultados de Sorteos Especiales de Quiniela de Lotería
Nacional;
Que a partir del día 15/11/03, los
Sorteos del Código de Lotería 3 (Sorteo Propio Lotería y/o Quiniela de Santa
Fe), que recaen en días sábados se realizarán a la hora 21.00;
Que también se programan Concursos
Extras de la Quiniela de Santa Fe con los tickets no
ganadores de sorteos realizados en determinados períodos, instituyéndose dinero
en efectivo, en todos sus premios;
Por todo ello, y de conformidad a la
facultad emergente del Decreto Acuerdo Nro. 1651/82
LA DIRECCION
GENERAL DE LA CAJA DE ASISTENCIA SOCIAL
RESUELVE
ARTICULO 1°.- Aprobar las
Programaciones de Sorteos de la “Quiniela de Santa Fe” para el mes de NOVIEMBRE
2003, obrantes en el Anexo I, el que forma parte integrante de la presente
Resolución.
ARTICULO 2°.- Disponer que para los
Concursos Extras continúen en vigencia las modificaciones al Reglamento de
Concursos Extras, previstas en la Resolución de Dirección General Nro. 402/02 y artículo 1° de la Resolución de Dirección
General Nro. 020/03, otorgándose la suma de PESOS
CINCO MIL al primer premio, PESOS MIL al segundo premio, PESOS QUINIENTOS al
tercer premio, PESOS TRESCIENTOS CINCUENTA al cuarto y quinto premio
respectivamente y PESOS QUINIENTOS para el Premio Estímulo Agencieros, para
cada una de las zonas.
ARTICULO 3°.- Regístrese, comuníquese y
archívese.
C.P.N. JORGE
ALBERTO BOSSIO
A/c Gerencia General
Caja de Asistencia Social
PROGRAMACION
SORTEOS DE
QUINIELAS NOVIEMBRE / 2003
|
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|
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Débitos |
|
Sorteo |
Fecha |
Loterías Intervinientes |
|
Hora |
Prescrip. |
Sta.Fe/Ros. |
Interior |
|
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|
*6028 |
01/11/03 |
1 NAC. 2
BS.AS. 3 STA.FE |
4- MONTEVIDEO |
20.00 |
17/11/03 |
05/11/03 |
05/11/03 |
1918 |
03/11/03 |
1 NAC. 2 BS.AS.
3 STA. FE |
|
14.00 |
18/11/03 |
07/11/03 |
10/11/03 |
2558 |
03/11/03 |
1 NAC. 2
BS.AS. 3 STA.FE |
4- MONTEVIDEO |
17.30 |
18/11/03 |
07/11/03 |
10/11/03 |
6029 |
03/11/03 |
1 NAC. 2
BS.AS. 3 STA.FE |
|
21,00 |
18/11/03 |
07/11/03, |
10/11/03 |
1919 |
04/11/03 |
1 NAC. 2
BS.AS. 3 STA. FE |
|
14.00 |
19/11/03 |
07/11/03 |
10/11/03 |
2559 |
04/11/03 |
1 NAC. 2
BS.AS, 3 STA.FE |
4-
MONTEVIDEO |
17.30 |
19/11/03 |
07/11/03 |
10/11/03 |
6030 |
04/11/03 |
1 NAC. 2
BS.AS. 3 STA.FE |
|
21.00 |
19/11/03 |
07/11/03 |
10/11/03 |
1920 |
05/11/03 |
1 NAC. 2
BS.AS. 3 STA.FE |
|
14.00 |
20/11/03 |
10/11/03 |
12/11/03 |
2560 |
05/11/03 |
1 NAC. 2
BS.AS. 3 STA.FE |
4-
MONTEVIDEO |
17.30 |
20/11/03 |
10/11/03 |
12/11/03 |
6031 |
05/11/03 |
1 NAC. 2
BS.AS. 3 STA.FE |
4- CORDOBA |
22.00 |
20/11/03 |
10/11/03 |
12/11/03 |
1921 |
06/11/03 |
1 NAC. 2
BS.AS. 3 STA. FE |
|
14.00 |
21/11/03 |
11/11/03 |
12/11/03 |
2561 |
06/11/03 |
1 NAC. 2
BS.AS. 3 STA.FE |
4-
MONTEVIDEO |
17.30 |
21/11/03 |
11/11/03 |
12/11/03 |
6032 |
06/11/80 |
1 NAC. 2
BS.AS. 3 STA.FE |
|
21.00 |
21/11/03 |
11/11/03 |
12/11/03 |
1922 |
07/11/03 |
1 NAC. 2
BS.AS. 3 STA.FE |
|
14.00 |
24/11/03 |
12/11/03 |
12/11/03 |
2562 |
07/11/03 |
1 NAC. 2
BS.AS. 3 STA.FE |
4-
MONTEVIDEO |
17.30 |
24/11/03 |
12/11/03 |
12/11/03 |
6033 |
07/11/03 |
1 NAC. 2
BS.AS. 3 STA. FE |
4- SANTIAGO |
21.00 |
24/11/03 |
12/11/03 |
12/11/03 |
*2563 |
08/11/03 |
1 NAC. |
4-
MONTEVIDEO |
20.00 |
24/11/03 |
12/11/03 |
12/11/03 |
*6034 |
08/11/03 |
1 NAC. 2
BS.AS. 3 STA.FE |
|
20.45 |
24/11/03 |
12/11/03 |
12/11/03 |
1923 |
10/11/03 |
1 NAC. 2
BS.AS. 3 STA. FE |
|
14.00 |
25/11/03 |
13/11/03 |
17/11/03 |
2564 |
10/11/03 |
1 NAC. 2
BS.AS. 3 STA.FE |
4-
MONTEVIDEO |
17.30 |
25/11/03 |
13/11/03 |
17/11/03 |
6035 |
10/11/03 |
1 NAC. 2
BS.AS. 3 STA. FE |
|
21.00 |
25/11/03 |
13/11/03 |
17/11/03 |
1924 |
11/11/03 |
1 NAC. 2
BS.AS. 3 STA. FE |
|
14.00 |
26/11/03 |
14/11/03 |
17/11/03 |
2565 |
11/11/03 |
1 NAC. 2
BS.AS. 3 STA.FE |
4-
MONTEVIDEO |
17.30 |
26/11/03 |
14/11/03 |
17/11/03 |
6036 |
11/11/03 |
1 NAC. 2
BS.AS. 3 STA. FE |
|
21.00 |
26/11/03 |
14/11/03 |
17/11/03 |
1925 |
12/11/03 |
1 NAC. 2
BS.AS. 3 STA.FE |
|
14.00 |
27/11/03 |
17/11/03 |
19/11/03 |
2566 |
12/11/03 |
1 NAC. 2
BS.AS. 3 STA.FE |
4-
MONTEVIDEO |
17.30 |
27/11/03 |
17/11/03 |
19/11/03 |
6037 |
12/11/03 |
1 NAC. 2
BS.AS. 3 STA.FE |
4- CORDOBA |
22.00 |
27/11/03 |
17/11/03 |
19/11/03 |
1926 |
13/11/03 |
1 NAC. 2
BS.AS. 3 STA.FE |
|
14.00 |
28/11/03 |
18/11/03 |
19/11/03 |
2567 |
13/11/03 |
1 NAC. 2
BS.AS. 3 STA.FE |
4-
MONTEVIDEO |
17.30 |
28/11/03 |
18/11/03 |
19/11/03 |
6038 |
13/11/03 |
1 NAC. 2
BS.AS. 3 STA.FE |
|
21.00 |
28/11/03 |
18/11/03 |
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1927 |
14/11/03 |
1 NAC. 2
BS.AS. 3 STA.FE |
|
14.00 |
1/12/03 |
19/11/03 |
19/11/03 |
2568 |
14/11/03 |
1 NAC. 2
BS.AS. 3 STA.FE |
4-
MONTEVIDEO |
17.30 |
01/12/03 |
19/11/03 |
19/11/03 |
6039 |
14/11/03 |
1 NAC. 2
BS.AS. 3 STA. FE |
4- SANTIAGO |
21.00 |
01/12/03 |
19/11/03 |
19/11/03 |
*6040 |
15/11/03 |
1 NAC. 2
BS.AS. 3 STA. FE |
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21:00 |
01/12/03 |
19/11/33 |
19/11/03 |
1928 |
17/11/03 |
1 NAC. 2
BS.AS. 3 STA. FE |
|
14.00 |
02/12/03 |
20/11/03 |
24/11/03 |
2569 |
17/11/03 |
1 NAC. 2
BS.AS, 3 STA.FE |
4- MONTEVIDEO |
17.30 |
02/12/03 |
20/11/03 |
24/11/03 |
6041 |
17/11/03 |
1 NAC. 2
BS.AS, 3 STA. FE |
|
21.00 |
02/12/03 |
20/11/03 |
24/11/03 |
1929 |
18/11/03 |
1 NAC. 2
BS.AS. 3 STA.FE |
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14.00 |
03/12/03 |
21/11/03 |
24/11/03 |
2570 |
18/11/03 |
1 NAC. 2
BS.AS. 3 STA.FE |
4-
MONTEVIDEO |
17.30 |
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21/11/03 |
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6042 |
18/11/03 |
1 NAC. 2
BS.AS, 3 STA. FE |
|
21.00 |
03/12/03 |
21/11/03 |
24/11/03 |
1930 |
19/11/03 |
1 NAC. 2
BS.AS. 3 STA. FE |
|
14.00 |
04/12/03 |
24/11/03 |
26/11/03 |
2571 |
19/11/03 |
1 NAC. 2
BS.AS. 3 STA.FE |
4-
MONTEVIDEO |
17.30 |
04/12/03 |
24/11/03 |
26/11/03 |
6043 |
19/11/03 |
1 NAC. 2 BS.AS.
3 STA. FE |
4- CORDOBA |
22.00 |
04/12/03 |
24/11/03 |
26/11/03 |
1931 |
20/11/03 |
1 NAC. 2
BS.AS. 3 STA.FE |
|
14.00 |
05/12/03 |
25/11/03 |
26/11/03 |
2572 |
20/11/03 |
1 NAC. 2
BS.AS. 3 STA. FE |
4-
MONTEVIDEO |
17.30 |
05/12/03 |
25/11/03 |
26/11/03 |
6044 |
20/11/03 |
1 NAC. 2
BS.AS. 3 STA. FE |
|
21.00 |
05/12/03 |
25/11/03 |
26/11/03 |
1932 |
21/11/03 |
1 NAC. 2
BS.AS. 3 STA.FE |
|
14.00 |
09/12/03 |
26/11/03 |
26/11/03 |
2573 |
21/11/03 |
1 NAC. 2
BS.AS. 3 STA.FE |
4- MONTEVIDEO |
17.30 |
09/12/03 |
26/11/03 |
26/11/03 |
6045 |
21/11/03 |
1 NAC. 2 BS.AS.
3 STA. FE |
4- SANTIAGO |
21.00 |
09/12/03 |
26/11/03 |
26/11/03 |
*6046 |
22/11/03 |
1 NAC. 2 BS.AS.
3 STA. FE |
4- MONTEVIDEO |
21.00 |
09/12/03 |
26/11/03 |
26/11/03 |
1933 |
24/11/03 |
1 NAC. 2
BS.AS. 3 STA.FE |
|
14.00 |
09/12/03 |
27/11/03 |
01/12/03 |
2574 |
24/11/03 |
1 NAC. 2
BS.AS. 3 STA- FE |
4-
MONTEVIDEO |
17.30 |
09/12/03 |
27/11/03 |
01/12/03 |
6047 |
24/11/03 |
1 NAC. 2
BS.AS. 3 STA. FE |
|
21.00 |
09/12/03 |
27/11/03 |
01/12/03 |
1934 |
25/11/03 |
1 NAC. 2
BS.AS. 3 STA.FE |
|
14.00 |
10/12/03 |
28/11/03 |
01/12/03 |
2575 |
25/11/03 |
1 NAC. 2
BS.AS. 3 STA.FE |
4-
MONTEVIDEO |
17.30 |
10/12/03 |
28/11/03 |
01/12/03 |
6048 |
25/11/03 |
1 NAC. 2
BS.AS. 3 STA.FE |
|
21.00 |
10/12/03 |
28/11/03 |
01/12/03 |
1935 |
26/11/03 |
1 NAC. 2 BS.AS.
3 STA. FE |
|
14.00 |
11/12/03 |
01/12/03 |
03/12/03 |
2576 |
26/11/03 |
1 NAC. 2 BS.AS.
3 STA. FE |
4- MONTEVIDEO |
17.30 |
11/12/03 |
01/12/03 |
03/12/03 |
6049 |
26/11/03 |
1 NAC. 2 BS.AS.
3 STA. FE |
4- CóRDOBA |
22.00 |
11/12/03 |
01/12/03 |
03/12/03 |
1936 |
27/11/03 |
1 NAC. 2
BS.AS. 3 STA.FE |
|
14.00 |
12/12/03 |
02/12/03 |
03/12/03 |
2577 |
27/11/03 |
1 NAC. 2
BS.AS. 3 STA. FE |
4-
MONTEVIDEO |
17.30 |
12/12/03 |
02/12/03 |
03/12/03 |
6050 |
27/11/03 |
1 NAC. 2
BS.AS. 3 STA.FE |
|
21.00 |
12/12/03 |
02/12/03 |
03/12/03 |
1937 |
28/11/03 |
1 NAC. 2
BS.AS. 3 STA. FE |
|
14.00 |
15/12/03 |
03/12/03 |
03/12/03 |
2578 |
28/11/03 |
1 NAC. 2
BS.AS. 3 STA. FE |
4-
MONTEVIDEO |
17.30 |
15/12/03 |
03/12/03 |
03/12/03 |
6051 |
28/11/03 |
1 NAC. 2
BS.AS. 3 STA. FE |
4- SANTIAGO |
21.00 |
15/12/03 |
03/12/03 |
03/12/03 |
*6052 |
29/11/03 |
1 NAC. 2
BS.AS. 3 STA.FE |
4-
MONTEVIDEO |
21.00 |
15/12/03 |
03/12/03 |
03/12/03 |
OBSERVACIONES:
SORTEO NRO. 6028 de Quiniela Nocturna a
realizarse en fecha 01/11/03 : se captarán apuestas
para los codigos de LOTERIA 1 (sorteo especial para
Quiniela de Lotería Nacional), 2 (Sorteo Especial para Quiniela de Lotería
Provincia de Buenos Aires). 3 (Sorteo Propio Lotería de Santa Fe) Y 4 (Quiniela
de Montevideo). Los sorteos que corresponden a los códigos 1, 2 y 3 se llevarán
a cabo a la hora 20.00 en el que respeta al código 4 a la hora 18.00. A partir
del día 03/11/03, los sorteos de Quiniela Vespertina correspondientes al código
de Lotería 3 (Sorteo Propio Quiniela de Santa Fe) se llevarán a cabo a la hora
17.30, conjuntamente con los sorteos especiales de Quiniela de Lotería Nacional
(cód. 1) y sorteos especiales de Quiniela de Lotería
Provincia de Buenos Aires (cód. 2). Con respecto al
código de Lotería 4 (Quiniela de Montevideo) por Resolución de la Dirección
Nacional de Loterías y Quinielas de Montevideo, los mismos se llevarán a cabo a
la hora 21.00.
SORTEOS NROS. 2562, 2568 Y 2578 de
Quiniela Vespertina, a realizarse los días viernes 7, 14 y 28 de noviembre de
2003: El código de Lotería 4 corresponderá a sorteos de Quiniela de Montevideo,
en razón de no programarse para las citadas fechas los sorteos habituales de
Lotería.
SORTEO NRO. 2573 de Quiniela
Vespertina, a realizarse en fecha 21/11/03: el código de Lotería 4
corresponderá a sorteo de Lotería de Montevideo (4 cifras).
SORTEO NRO. 2563 de Quiniela Vespertina
a realizarse en fecha 08/11/03. Se captarán apuestas para los códigos de
Lotería 1 (Sorteo Tradicional Lotería Nacional - 5 cifras - 60 millares) y 4
(Quiniela de Montevideo) realizándose a las 20.00 y 21.00 horas
respectivamente.
SORTEO NRO. 6034 de Quiniela Nocturna a
realizarse en fecha 08/11/03, se captarán apuestas para los códigos de Lotería
1 (la Grande de Nacional - 6 cifras - 300 millares), 2 (Sorteo Especial para
Quiniela de Lotería Provincia de Buenos Aires) y 3 (Sorteo Propio Lotería de
Santa Fe). Los organismos citados llevarán a cabo sus sorteos a la hora 20.45.
SORTEOS NROS. 6040,6046 Y 6052 de
Quiniela Nocturna a realizarse los días sábados 15, 22 y 29 de noviembre de
2003, en lo que corresponde al código de Lotería 1, se resolverán mediante los
resultados de sorteos especiales para Quiniela de Lotería Nacional.
A partir del 15/11/03, los sorteos del
código de Lotería 3 (Sorteo Propio Lotería y/o Quiniela de Santa Fe), que
recaen en días sábados se realizarán a la hora 21.
|
|
Matutina |
Vespert. |
Nocturna |
Lotería Nacional |
Lunes a viernes |
14.00 hs. |
17.30 hs. |
21.00 hs. |
|
Sábado 1° |
|
|
20.00 hs. |
|
Sábado 15, 22 y 29 |
|
|
21.00 hs. |
Lotería Provincia de Buenos Aires |
Lunes a viernes |
14.00 hs. |
17.30 hs. |
21.00 hs. |
|
Sábado 1° |
|
|
20.00 hs. |
|
Sábado 15, 22 y 29 |
|
|
21.00 hs. |
Lotería de Córdoba |
miércoles |
|
|
21.30 hs. |
|
|
|
|
|
Lotería de Santiago del Estero |
Viernes |
|
|
22.45 hs. |
|
|
|
|
|
Lotería de Montevideo desde 03/11/03 |
Lunes a Viernes |
|
|
21.00 hs. |
|
Sábados |
|
|
21.00 hs. |
Lotería de Santa Fe |
Lunes y Martes |
14.00 hs. |
17.30 hs. |
21.00 hs. |
|
miércoles |
14.00 hs. |
17.30 hs. |
22.00 hs. |
|
Jueves y Viernes |
14.00 hs. |
17.30 hs. |
21.00 hs. |
|
Sábados |
|
|
21.00 hs. |
HORARIOS DE CIERRES DE TRANSMISION DE
APUESTAS
QUINIELA
MATUTINA ON LINE: 13.30 hs.
OFF LINE: 13.15 hs.
QUINIELA VESPERTINA: ON LINE: Cód. 1, 2, 3 y 4 17.00
hs.
OFF
LINE: Cód. 1, 2, 3 y 4 16.45 hs.
QUINIELA NOCTURNA: Lunes a Sábados ON LINE: 20.30
hs.
Desde
03/11/03 Cód. 1, 2, 3 y 4 OFF LINE: 20.15
hs.
Horarios de cierres de Transmisión de
Apuestas Sábado 1° noviembre de 2003
SORTEO NRO. 6028 DE QUINIELA NOCTURNA:
ON LINE: COD. LOT. 1, 2 y 3 19.30
hs.
COD.
LOT. 4 17.30 hs.
OFF LINE: COD. LOT. 1, 2 y 3 19.15 hs.
COD. LOT. 4 17.15 hs.
Horarios de cierres de Transmisión de
Apuestas Sábado
8 de noviembre de 2003
SORTEO NRO. 2563 DE QUINIELA
VESPERTINA:
ON LINE: COD. LOT. 1 Y 4 19.30 hs.
OFF LINE: COD. LOT. 1 Y 4 19.15 hs.
SORTEO NRO. 6034 DE QUINIELA NOCTURNA
ON LINE: COD. LOT. 1, 2 Y 3 20.15
hs-
OFF LINE: COD. LOT. 1, 2 Y 3 19.15 hs.
CONCURSOS EXTRAS
NOVIEMBRE/2003
SORTEO |
FECHA |
PERIODO |
|
COMPRENDIDO |
598* |
05/11/03 |
24/10/03 |
al |
30/10/03 |
599* |
12/11/03 |
31/10/03 |
al |
06/11/03 |
600* |
19/11/03 |
07/11/03 |
al |
13/11/03 |
601* |
26/11/03 |
14/11/03 |
al |
20/11/03 |
Participan además los tickets no ganadores correspondientes a jugadas del periodo
inmediato anterior que no hubieran sido depositados en las urnas por los
señores apostadores.
DETALLE DE
PREMIOS PARA CADA ZONA:
PRIMER PREMIO: $ 5.000 (PESOS CINCO MIL)
SEGUNDO PREMIO: $ 1.000 (PESOS UN MIL)
TERCER PREMIO: $ 500 (PESOS QUINIENTOS)
CUARTO PREMIO: $ 350 (PESOS TRESCIENTOS CINCUENTA)
QUINTO PREMIO: $ 350 (PESOS TRESCIENTOS CINCUENTA)
PREMIO ESTIMULO PARA AGENCIEROS. $ 500
(PESOS QUINIENTOS)
Se realizarán en sus horarios
habituales, ante escribano público, en la sala de sorteos de la Caja de
Asistencia Social - Lotería de Santa Fe - y serán transmitidos por Canal 13
Santa Fe de la Vera Cruz el correspondiente a Santa Fe y zona norte, y por
Canal 5 de la ciudad de Rosario el realizado para Rosario y zona sur.
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