picture_as_pdf 2003-11-17

EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGIA

 

CONCURSO DE PRECIOS 6312

 

Objeto: Contratación de un utilitario tipo pick up, modelo 1992 en adelante por un período aproximado de 3000 horas, con destino a la localidad de Marcelino Escalada Agencia San Justo.

Apertura: 28/11/03 Hora: 9

Consultas y presentación de ofertas: Empresa Provincial de la Energía de Santa Fe - Primera Junta 2558 - 1° Piso - Of. 7 -  Santa Fe - Tel. 0342-4505849.

S/C         30386    Nov. 17 Nov. 19

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SECRETARIA DE ESTADO DE PROMOCION COMUNITARIA

 

NOTIFICACIONES

 

Corresponde Expediente 01501-0019122-2 con cuerda floja 01501-0019121-1, caratulado, Escuela de Servicio Social - Zehringer - Ref: Solicita dictado de norma legal donde se establezca la continuidad de adscripto al asistente social Diego Alejandro Zehringer - Escuela de Servicio Social - Martinez - Ref: Solicita dictado norma legal donde se establezca la continuidad de adscripto “ad honorem” al asistente social Antonio Oscar Martinez.

La Subdirectora General de Despacho a/c, de la Secretaría de Estado de Promoción Comunitaria, Dra. Liliana Bellone, notifica por este medio al señor ANTONIO OSCAR MARTINEZ, que para su conocimiento y demás fines se le informa que en el Decreto 1973 de fecha 16 de julio de 2003, se ha dispuesto lo siguiente.

ARTICULO 1°: Desígnase, en carácter “Ad-Honorem” en la Dirección Provincial de la Escuela de Servicio Social dependiente de la Secretaría de Estado de Promoción Comunitaria a los Asistentes Sociales DIEGO ALEJANDRO ZEHRINGER (M.I. 23.092.863) para desempeñarse en la asignatura Antropología Filosófica de 1er. Año Comisiones I y II - de la Carrera de Servicio Social y ANTONIO OSCAR MARTINEZ (M.I. 22.629.902) para desempeñarse en la misma asignatura Comisiones III y IV; conforme a lo establecido por Decreto 0229 de fecha 26 de febrero de 1996.

Señor ANTONIO OSCAR MARTINEZ (M.I. 22.629.902), Asistente Social Adscripto Ad-Honorem en la asignatura Antropología Filosófica de 1er. año - Comisiones III y IV Escuela de Servicio Social.

Fdo. Dra. Liliana Bellone. Magister en Administración Pública. Subdirectora General de Despacho A/C. Secretaría de Estado de Promoción Comunitaria.

Santa Fe, 05 de noviembre de 2003.

S/C         30326    Nov 17

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Corresponde Expediente 01501-0028943-5, caratulado, Dirección Pcial. Prev. y Asist. Adicciones - Ref: solicita licencia sin goce de haberes de la agente Liliana Edit Minacore.

La Subdirectora General de Despacho a/c, de la Secretaría de Estado de Promoción Comunitaria, Dra. Liliana Bellone, notifica por este medio a la señora LILIANA EDIT MINACORE, que para su conocimiento y demás fines se le informa que en Resolución 000221 de fecha 14 de octubre de 2003, emanado de la Secretaría de Estado de Promoción Comunitaria, se ha dispuesto lo siguiente.

ARTICULO 1°: Exceptuar la presente gestión de lo dispuesto por el Decreto-Acuerdo 0469/91, en el marco de lo instituido por el Decreto-Acuerdo 2462/93.

ARTICULO 2°: Otorgar Licencia Extraordinaria sin Goce de Haberes, desde el 1° de diciembre de 2003 y por el término de un (1) año, en favor de la señora LILIANA EDIT MINACORE (Clase 1957 - M.I. 13.543.864), personal de Planta Permanente de la Dirección Provincial del Menor, la Mujer y la Familia, Categoría 03 del Agrupamiento Hospitalario-Asistencial del Escalafón en vigencia, con funciones Administrativas, afectada a la Dirección Provincial de Prevención y Asistencia de las Adicciones y Otros Comportamientos de Alto Riesgo -Delegación Zona Sur Rosario- por Resolución 000888 de fecha 26 de diciembre de 1997; en el marco de lo establecido por el Artículo 53° inciso a) del Decreto-Acuerdo 1919/89 -Régimen de Licencias, Justificaciones y Franquicias para el Personal de la Administración Pública Provincial-.

Señora LILIANA EDIT MINACORE (Clase 1957 - M.I. 13.543.864), personal de Planta Permanente de la Dirección Provincial del Menor, la Mujer y la Familia.

Fdo. Dra. Liliana Bellone. Magister en Administración Pública. Subdirectora General de Despacho A/C. Secretaría de Estado de Promoción Comunitaria.

Santa Fe, 05 de noviembre de 2003.

S/C         30327    Nov. 17

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UNIVERSIDAD NACIONAL DE ROSARIO

 

FACULTAD DE PSICOLOGIA

 

INSCRIPCION A CONCURSO

 

La Facultad de Psicología de la UNR, mediante Resoluciones 348/2003 C.S., 349/2003 C.S. y 121/2003 C.D. ha establecido la apertura de inscripción en el Concurso para proveer cargos docentes en la asignatura y dedicación que se detallan a continuación:

Departamento: Psicología Educativa

Area:       de la Psicología Educativa

Asignatura:           Psicología Educativa I

Cargos: 1 (uno) Profesor Titular - Dedicación Semiexclusiva

                2 (dos) Profesores Adjuntos - Dedicación Semiexclusiva

                3 (tres) Jefe de Trabajos Prácticos - Dedicación Semiexclusiva

Inscripción: Oficina de Concursos de la Facultad, sita en Riobamba 250 bis de la ciudad de Rosario, en el horario de 09.00 a 13.00 hs. Apertura de inscripción: 16/12/2003, y durará siete días corridos a partir de dicha fecha, según Ordenanzas 524 y 525 C.S.

$ 30        30325    Nov. 17

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FACULTAD DE CIENCIAS MEDICAS

 

RESOLUCION C.D. 735/2003

 

ROSARIO, 6 de noviembre de 2003.

VISTO: que por resolución C.D. 705/2003 se dispuso el llamado a concurso abierto de oposición y antecedentes para la provisión de dos (2) cargos de Profesor Titular - dedicación Semiexclusiva- para la Disciplina Pediatría, de los Ciclos Promoción de la Salud, Prevención de la Enfermedad, Diagnóstico, Tratamiento y Recuperación y Práctica Final, de la carrera de Medicina -Plan de Estudio 2001- de esta Facultad de Ciencias Médicas, Uno (1) con funciones en la 1ra. Cátedra de Pediatría con asiento en el Hospital Provincial del Centenario y Uno (1) con funciones en la 2da. Cátedra de Pediatría con asiento en el Policlínico “Eva Perón”, respectivamente;

QUE, Secretaría Administrativa comunica mediante informe obrante a fs. dos (2) de estos actuados que, en razón de los acontecimientos que fueron de público conocimiento, no ha podido darse cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 4 de la Ordenanza 525 (Texto Ordenado) de la Universidad Nacional de Rosario - “Reglamento General de Concursos para Profesores Titulares, Asociados y Adjuntos”; y

CONSIDERANDO:

QUE, Departamentos Concursos y Gestión Docente propone, teniendo en cuenta lo informado precedentemente, un nuevo cronograma de apertura y cierre para la inscripción de aspirantes a los concursos de referencia, conforme la normativa vigente;

POR ELLO, y teniendo en cuenta lo acordado en sesión del día de la fecha;

EL CONSEJO DIRECTIVO

RESUELVE:

ARTICULO 1ro.-. Rectificar el artículo 2do. de la resolución C.D. 705/2003, el que quedará redactado conforme se indica a continuación:

“ARTICULO 2do.- La inscripción de aspirantes a los concursos de referencia se abrirá por el término de siete (7) días, a partir de la fecha de apertura, según se establece seguidamente”:

Apertura: 15 de Diciembre de 2003, a las 8.00 horas”.

Cierre: 22 de Diciembre de 2003, a las 12.00 horas”.

ARTICULO 2do., Regístrese, comuníquese, déjese constancia al pie de la resolución C.D. 705/2003, remítase copia al Consejo Superior de la Universidad Nacional de Rosario y gírese al Departamento Concursos y Gestión Docente a sus efectos.

Prof. RAQUEL MADIS CHIARA

Decana

$ 25        30305    Nov. 17

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MINISTERIO DE EDUCACION

 

RESOLUCION Nº 146

 

SANTA FE, 31 OCT 2003

V I S T O:

El Expediente Nº 00401-0128469-3 del registro de este Ministerio, en cuyas actuaciones el Director Provincial de Educación Superior, Perfeccionamiento Docente, Programación y Desarrollo Curricular, en su carácter de Coordinador Técnico de la Subsecretaría de Educación (Resolución 01/03) solicita se convoque a concurso para cubrir cargos directivos de establecimientos educativos dependientes de la Dirección Provincial de Educación Inicial, Primaria, Especial y Física; y

CONSIDERANDO:

Que al respecto manifiesta dicha necesidad en razón de que desde el año 1987 no se realizan concursos para cubrir vacantes de tales cargos en las ex Escuelas Primarias Comunes Diurnas de Jornada Completa (hoy Escuelas de E.G.B. de Jornada Completa) con o sin albergue anexo, quedando consecuentemente en tal carácter una importante cantidad de cargos directivos en distintas categorías;

Que asimismo tal situación se repite en los correspondientes a la Escuela Hogar Nº 9020 de Granadero Baigorria, lo que justifica ampliamente su cobertura por concurso;

Que debido a la jerarquía del rol de conducción, por ser de su responsabilidad la instrumentación de la Política Educativa Provincial, resulta sumamente necesario realizar la adecuada selección de personal, proceso que debe ser superador del criterio que opera exclusivamente sobre la antigüedad de los agentes; para apreciar la capacitación alcanzada en la carrera y los conocimientos y competencias indispensables para un desempeño de calidad en la gestión directiva;

Que, asimismo, resulta imprescindible generar procedimientos de ascenso que se orienten al desempeño de los aspirantes en las áreas geográficas de residencia;

Que las vacantes a afectar en el presente concurso serán determinadas por la Dirección General de Recursos Humanos de esta Jurisdicción, siendo las remanentes del último movimiento de traslado que hubiere correspondido, recategorizadas de acuerdo con la reglamentación vigente;

Que asimismo, deben consagrarse medidas tendientes a asegurar la continuidad de las funciones que desempeñan los agentes convocados como miembros de Jurados;

Que cabe destacar que por no contarse con propuesta de representante sindical para integrar dicho Cuerpo, su designación se producirá por acto posterior del Titular Jurisdiccional si la misma es formulada oportunamente por la entidad gremial, más representativa del sector, caso contrario se tornarán aplicables las soluciones consagradas en el Artículo 12º del Decreto Nº 89/02;

Que la gestión se encuadra en los términos de la Ley Nº 8927 y su Decreto Reglamentario Nº 89/02 -modificado por su similar Nº 2466/03- normas que rigen el sistema de concursos de ascenso;

Que ha tomado intervención la Dirección General de Asuntos Jurídicos, expidiéndose mediante Dictamen Nº 792/03;

Atento a ello:

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN

R E S U E L V E :

1º) - Convocar a concurso de ascenso, antecedentes y oposición, en el ámbito de la  Dirección Provincial de Educación Inicial, Primaria, Especial y Física de la Subsecretaría de Educación, para cubrir cargos vacantes Directivos de Escuelas de Educación General Básica de Jornada Completa con o sin albergue anexo (ex Primarias Comunes Diurnas de Jornada Completa con o sin albergue anexo) en las Categorías 1era.; 2da. y 3era. de conformidad con las normas establecidas en la Ley Nº 8927 y en su Decreto Reglamentario Nº 89/02 -modificado por similar Nº 2466/03- y con las disposiciones particulares que se consignan en el Anexo I, que en diez (10) fojas forma parte de este decisorio.

2º) - Las vacantes a afectar al concurso convocado por el apartado precedente serán determinadas por la Dirección General de Recursos Humanos de esta Cartera Ministerial, siendo las remanentes del último movimiento de traslado que hubiere correspondido, recategorizadas de acuerdo con la reglamentación vigente.

3º) - Convocar a concurso de ascenso, antecedentes y oposición, en el ámbito de la  Dirección Provincial de Educación Inicial, Primaria, Especial y Física de la Subsecretaría de Educación, para cubrir cargos directivos vacantes de la Escuela Hogar Nº 9020 de Granadero Baigorria de conformidad con las normas establecidas en la Ley Nº 8927 y en su Decreto Reglamentario Nº 89/02 -modificado por similar Nº 2466/03- y con las disposiciones particulares que se consignan en el Anexo II, que en nueve (9) fojas integra la presente.

4º) - Los cargos a afectar al concurso convocado por el Apartado 3º de esta resolución, serán los existentes en la planta de la Escuela Hogar Nº 9020 que determine la Dirección General de Recursos Humanos de este Ministerio.

5º) - Facultar a la Subsecretaría de Educación para entender en todas las situaciones o casos no previstos y todo asunto  o aspecto específico no contemplado en este decisorio.

6º) -  Hágase saber y archívese.

 

JULIO CESAR ZAPATA

Ministro de Educación

ANEXO I

Convocatoria a concurso de ascenso de antecedentes y oposición, para cubrir cargos Directivos de Escuelas de Educación General Básica de Jornada Completa con o sin albergue anexo (ex Primarias Comunes Diurnas de Jornada Completa con o sin albergue anexo) de 1era., 2da. y 3era. Categorías.

CAPÍTULO I

De los cargos a concursar

1.- Se concursan los cargos vacantes de Directores de Escuelas de E.G.B. de Jornada Completa con o sin albergue anexo (ex Primarias Comunes Diurnas de Jornada Completa con o sin albergue anexo) de 1era., 2da. y 3era. Categorías dependientes de la Dirección Provincial de Educación Inicial, Primaria, Especial y Física de la Subsecretaría de Educación.

CAPÍTULO II

De los aspirantes

2.- Condiciones:

Para participar en el concurso y acceder a los cargos que se concursan, los interesados deberán acreditar los requisitos que se exponen en los ítems siguientes, los que en todos los casos deberán referirse exclusivamente a los que registren como docentes de Escuelas de E.G.B. de Jornada Completa con o sin albergue anexo (ex Primarias Comunes Diurnas de Jornada Completa con o sin albergue anexo) de 1era., 2da. y 3era. Categorías dependientes de la Dirección Provincial de Educación Inicial, Primaria, Especial y Física de la Subsecretaría de Educación.

2.1 Generales

2.1.1 No encontrarse inhabilitado a la fecha de esta convocatoria.

2.1.2 No haber presentado su renuncia a la docencia por acogerse a la jubilación

2.1.3 No revistar en tareas diferentes.

2.2 Específicas

2.2.1. Revistar a la fecha de la convocatoria, en Escuelas de E.G.B. de Jornada Completa con o sin albergue anexo (ex Escuelas Primarias Comunes Diurnas de Jornada Completa con o sin albergue anexo) de 1era., 2da. y 3era. Categorías dependientes de la Dirección Provincial de Educación Inicial, Primaria, Especial y Física de la Subsecretaría de Educación, en el cargo y con la antigüedad que en cada caso se detalla:

2.2.1.1. Para Directores de Escuelas de E.G.B. de Jornada Completa con o sin albergue anexo (ex Escuelas Primarias Comunes Diurnas de Jornada Completa con o sin albergue anexo) de 1era. Categoría:   

· Director titular de  2da. o 3era. Categorías. 

· Maestro de Año (ex grado) con tres (3) años de antigüedad inmediata anterior como titular en el cargo y quince (15) años reconocidos  en la  modalidad y nivel.

2.2.1.2. Para Directores de Escuelas de E.G.B. de Jornada Completa con o sin albergue anexo (ex Escuelas Primarias Comunes Diurnas de Jornada Completa con o sin albergue anexo) de 2da. Categoría:

· Director titular de  3era. categoría.

· Maestro de Año (ex grado) con tres (3) años de antigüedad inmediata anterior como titular en el cargo y diez (10) años reconocidos  en la  modalidad y nivel.

2.2.1.3. Para Directores de Escuelas de E.G.B. de Jornada Completa con o sin albergue anexo (ex Escuelas Primarias Comunes Diurnas de Jornada Completa con o sin albergue anexo)  de 3era. Categoría:

· Maestro de Año (ex grado) con tres (3) años de antigüedad inmediata anterior como titular en el cargo y cinco (5) años reconocidos en la  modalidad y nivel.

3.- De la inscripción:

3.1 La inscripción se realizará en la Sede del Jurado o en la Sede de la Dirección Regional de Educación y Cultura en la que cada aspirante se domicilia, a partir del 24 de noviembre de 2003 y por el término de quince (15) días hábiles, personalmente o por intermedio de representante con poder otorgado ante autoridad competente.

3.2 Los aspirantes podrán inscribirse en una o más de una categoría de dirección, incluidas en este concurso, sólo para los cargos y categorías de la Región de Educación y Cultura donde tiene fijado el domicilio y otra a elección.

3.3  A tal fin deberán presentar:

3.3.1 Solicitud de inscripción, en el formulario especial provisto por el Jurado, la   que tendrá carácter de Declaración Jurada.

3.3.2 Fotocopia del Documento de Identidad, que certifique: número y tipo de documento, nombres y apellido, fecha de nacimiento y domicilio (el que será tomado para habilitar inscripción y valorar residencia según punto 6.1.)

3.3.3  Fotocopia del título, con número de registro de este Ministerio.

3.3.4 Declaración Jurada de antigüedad por desempeño en cargos de Maestros de Año o Directivos, titulares o suplentes, en Escuelas de E.G.B. de Jornada Completa con o sin albergue anexo (ex Escuelas Primarias Comunes Diurnas de Jornada Completa con o sin albergue anexo).

3.3.5. Constancia de suplencias realizadas en cargos directivos de Escuelas de E.G.B. de Jornada Completa con o sin albergue anexo (ex Escuelas Primarias Comunes Diurnas de Jornada Completa con o sin albergue anexo), extendida por la autoridad superior inmediata.

3.3.6. Antecedentes, según el Punto 6 de esta convocatoria.

3.4. La documentación probatoria, debidamente autenticada, se presentará en carpeta ordenada de acuerdo con los aspectos consignados precedentemente. Deberá además, estar foliada correlativamente e incluir, por duplicado, el índice correspondiente. Este duplicado, firmado por el responsable de la inscripción, se devolverá al interesado como constancia de la documentación presentada y verificada en dicho acto.

3.5. Con posterioridad al período de inscripción no podrán agregarse otros antecedentes.

3.6. Los inscriptos deberán comunicar formalmente al Jurado todo cambio de domicilio, bajo apercibimiento de que, en caso de no hacerlo, el Cuerpo Colegiado quedará liberado de toda responsabilidad por cualquier error u omisión en que pudiere incurrir por tal motivo.

3.7. Concluido el período de inscripción el Director de cada Sede Regional, personalmente o por Coordinación de Regionales, remitirá al Jurado las inscripciones recibidas y las carpetas de antecedentes.

3.8. El Jurado procederá al análisis de la documentación presentada conforme los requisitos de esta Convocatoria y resolverá en primera instancia la pertinencia de la habilitación  como  concursante de cada uno de los inscriptos. A quienes sean excluidos, se los notificará en la forma  prevista por el Decreto-Acuerdo 10204/58.

CAPÍTULO III

Del Jurado

4.-  Constitución y funcionamiento:

4.1. A los fines de la sustanciación del presente concurso se constituye un único Jurado, cuya  integración y sede  se especifica:

Sede: Escuela 96-  Buenos Aires 2027- Rosario- TE: 0341-4728621

Miembros titulares:

v Gutiérrez, Adriana María, D.N.I. 11.397.396, Supervisora titular de EGB de la Sección A, Región II.

v Bocchino, María del Carmen, D.N.I.  5.207.573, Supervisora titular de EGB de la Sección F, Región II.

v Minnozzi, Egle Liliana, D.N.I.  11.710.965, Supervisora titular de EGB de la Sección A, Región I.

Miembros suplentes:

v Mamprin, María del Carmen, D.N.I. 4.898.160, Supervisora titular de EGB de la Sección N, Región VI.

v Falcón, Silvia Beatriz, L.C. 5.986.907, Supervisora titular de EGB de la Sección G, Región VI.

v Flores, Paulina Clelia, L.C 4.873.905, Directora titular de la Escuela de EGB 824 de 1ra. Categoría, Rosario- Supervisora suplente de EGB de la Sección L, Región VI.

Presidente: Sra. Gutiérrez, Adriana María.

4.2.El Jurado desarrollará sus actividades de acuerdo con lo especificado en el Decreto 89/02, su modificatorio Nº 2466/03 y en la presente convocatoria.

4.3.Todas las etapas de proceso concursal estarán a cargo de la Coordinadora General de Concursos designada por Resolución Ministerial Nº 13/03.

CAPÍTULO IV

De la Oposición 

5.-  Serán de aplicación en este punto las normas contenidas en los Capítulos III y IV del Anexo Único del Decreto Nº 89/02 y las siguientes particularidades:

5.1. El 23 de abril de 2004, a las 8.30, en la ciudad de Santa Fe, tendrá lugar la prueba de oposición. El lugar será publicado con una antelación de 15 días.

5.2  La prueba de oposición será escrita.

5.3. Se elaborará una única prueba de oposición para las Categorías 1era., 2da. y 3era.                      Los temarios no serán inferiores a tres (3), los cuales, certificados por todos los intervinientes, se mantendrán en forma reservada y en sobre cerrado hasta el momento del sorteo de los mismos e inicio de su aplicación.

5.4. La prueba escrita tendrá una duración máxima de cuatro (4) horas reloj y será de carácter teórico-práctico, considerando las funciones y tareas propias del cargo y categoría que se concursa.

5.5. La prueba se realizará  según lo establecido en el Punto 5.3.

a) Los participantes deberán estar presentes con una anticipación de no menos de  treinta (30) minutos de la hora fijada para su realización, munidos de: Documento de Identidad, Constancia de Inscripción, útiles y elementos necesarios para la redacción.

Si por imprevistos o motivos ajenos a su voluntad llegaren con posterioridad a la hora de iniciación de la prueba, su aceptación para participar de la misma quedará supeditada a la decisión del Jurado, el que evaluará los motivos e implicancias del caso, no pudiendo, si fuere aceptado,  prolongar su estada más allá de la hora fijada para su finalización.

b) En presencia de los participantes se dará lugar al sorteo y apertura de los sobres que se desestimen, dándose lectura de los temas.

El sobre seleccionado contendrá el temario que se hará conocer simultáneamente en los distintos grupos de concursantes y después de impartir las instrucciones pertinentes para la realización de la prueba.

c) El Jurado realizará las aclaraciones que considere convenientes y responderá las inquietudes que manifiesten públicamente los concursantes.

d) Las pruebas escritas se firmarán con seudónimo al que se agregará un número de cuatro cifras elegido al azar.

e) En un sobre que se cerrará, cada concursante colocará una tarjeta con el seudónimo, el número elegido y sus datos de identificación.

f) Los sobres con los datos de identificación se depositarán en una urna o sobre que el Jurado cerrará en presencia de dos participantes.

g) El Jurado abrirá los sobres de identificación en acto público, cuando haya calificado todas las pruebas. A este acto podrán asistir los interesados, para lo cual deberá fijarse fecha y hora respectiva.

h) En el momento de la prueba, no se permitirá a los concursantes el uso de apuntes o de otros medios o dispositivos auxiliares de ningún tipo, ni tampoco intercambiar consultas o pedir referencias a los miembros del Jurado o a sus colaboradores.

i) Sólo podrán redactarse borradores en el margen o en la parte superior de las hojas autorizadas, los que serán anulados antes de entregar la prueba.

j) Terminadas las pruebas y en presencia de dos concursantes que actúen como testigos, serán colocadas en un sobre o caja, debidamente cerrado y sin ningún tipo de identificación exterior, el que será abierto al momento de iniciarse la corrección.

5.6. Corrección de las pruebas.

a) A los efectos de la corrección de las pruebas de oposición escritas, cada miembro del Jurado dejará asentada la valoración, discriminada por ítems, del trabajo de cada participante.

b) La calificación de los concursantes en las pruebas de oposición, será el promedio de la otorgada por cada uno de los miembros del Jurado, computándose hasta los centésimos.

c) Cuando la calificación otorgada por un miembro del Jurado tuviere una diferencia de dos (2) o más puntos con la que resulte de promediar la adjudicada por los restantes, el miembro en desacuerdo fundamentará la calificación asignada.

5.7. Se calificará de uno (1) a treinta (30) puntos y será eliminatoria para el caso de obtenerse menos del 40 % de dicho puntaje.

5.8. Comunicación del puntaje de la oposición.

a) El día, hora y lugar determinados para ello, el Jurado dará a conocer, en acto público, el puntaje obtenido en la oposición.

b) En la lista figurará el puntaje ordenado según seudónimo y número aleatorio elegido por el concursante, y la nota en números y letras, y dos columnas más en  blanco, espacios destinados a asentar la identidad y el número de documento correspondiente a cada seudónimo.

c) Verificada dicha lista en presencia de los interesados (o sus representantes o apoderados), el Jurado abrirá los sobres de identificación procediendo a asentar en los lugares dispuestos a tal efecto, la identidad de cada participante.

d) Se firmará un ejemplar y dos (2) copias de dicha lista, el que tendrá carácter de acta pública.

e) A partir de la finalización de este acto quedará habilitado el período de notificación en el recinto y, desde el día siguiente, en la Sede del Jurado y por el término de  cinco (5) días hábiles.

5.9. Los aspirantes que no aprueben la oposición serán comunicados individualmente, en la forma de notificación prevista por el Decreto-Acuerdo 10204/58.

5.10. Las calificaciones acordadas en las pruebas de oposición por el Jurado serán irrecurribles.

CAPÍTULO V

De los antecedentes

6. Cada Jurado considerará y valorará los antecedentes de cero (0) a veintitrés (23) puntos según los aspectos y puntajes que se detallan a continuación:

6.1. Residencia:

Se otorgará tres (3)) puntos, sólo al aspirante que se haya inscripto para los cargos y categorías de la Región de Educación y Cultura donde tiene fijado el domicilio. El mismo deberá ser justificado, a la fecha de la convocatoria, con Documento Nacional de Identidad.

6.2. Antigüedad:

Los puntajes de cada uno de los items siguientes son acumulativos, hasta un máximo de cinco con sesenta centésimos (5,60) puntos, siempre que el desempeño sea acreditado en Escuelas deE.G.B. de Jornada Completa con o sin albergue anexo (ex Escuelas Primarias Comunes Diurnas de Jornada Completa con o sin albergue anexo) de gestión oficial y no haya sido simultáneo.

a) Como Director titular de una categoría  inferior a la que se concursa o en función de Supervisión: 0,30 punto por cada año de servicio reconocido o fracción mayor de seis  (6) meses, hasta un máximo de 3 puntos.

b) Como Director titular de dos categorías  inferiores a la que se concursa, 0,30 punto por cada año de servicio reconocido o fracción mayor de seis (6) meses, hasta un máximo de 2,70  puntos.

c) Como Director suplente (interino o reemplazante) en la categoría que se concursa, en una superior, 0,30 punto por cada año de servicio reconocido o fracción mayor a seis (6) meses, hasta un máximo de 2,70 puntos.

d) Como Director suplente (interino o reemplazante) en una o más categorías  inferiores a la que se concursa, 0,25 punto por cada año de servicio reconocido o fracción mayor de seis (6) meses, hasta un máximo de 2,50 puntos.

e) Como Maestro de Año de Escuela de E.G.B. de Jornada Completa con o sin albergue anexo (ex grado), 0,12 punto por cada año de servicio reconocido o fracción mayor de seis (6) meses hasta un máximo de 2,40 puntos

6.3. Cursos asistidos o dictados con reconocimiento oficial.

Sólo serán considerados los certificados de asistencia o dictado de cursos donde consten las horas de duración y la evaluación final en su caso. Los cursos de menos de doce (12) horas de duración no tienen puntaje.

En todos los casos se considerarán horas-reloj. A éstas, se homologarán las horas cátedra.

6.3.1. Cursos Asistidos: hasta un máximo de cinco (5) puntos.

6.3.1.1. Con evaluación.

a) De más de 150 horas, 0,75 punto, por cada curso.

b) De 100 a 150 horas, 0,50 punto, por cada curso.

c) De 40 a 99 horas, 0,25 punto, por cada curso.

d) De 25 a 39 horas, 0,20 punto, por cada curso.

e) De 12 a 24 horas, 0,15 punto, por cada curso.

6.3.1.2. Sin evaluación.

a) De más de 40 horas, 0,15 punto, por cada curso.

b) De 25 a 40 horas, 0,10 punto, por cada curso.

c) De 12 a 24 horas, 0,05 punto, por cada curso.

6.4. Cursos Dictados: hasta un máximo de dos puntos con sesenta y cinco centésimos (2,65).

a) Más de 40 horas, 0,30 punto, por cada curso.

b) De 25 a 40 horas, 0,20 punto, por cada curso.

c) De 12 a 24 horas, 0,15 punto, por cada curso.

6.5. Otros antecedentes profesionales: máximo de un (1) punto.

6.5.1. Asistencia o dictado de Seminarios; Talleres; Jornadas; de  más de 12 horas de duración : 0,15 punto por cada uno.

6.5.2. Asistencia a Congresos o simposios en los cuales el aspirante haya tenido participación activa como expositor o con presentación de trabajos  aprobados: 0,15 punto por cada uno.

6.5.3. Asistencia pasiva a Congresos o simposios: 0,10 punto por cada uno.

6.5.4. Dictado de conferencias relacionadas con la función del cargo al que aspira: 0,10 punto por cada uno.

6.6. Publicaciones, Investigaciones: hasta un máximo de 2,50 puntos:

6.6.1. Publicaciones relacionadas con temas de educación y con la función para la que concursa:

a) Libros. Como autor único: 1 punto; en forma colectiva (coautor): el puntaje anterior dividido por el número de coautores. Deberán contener pie de imprenta, lugar de impresión o publicación y año.

b) Publicaciones en revistas de carácter científico-técnico o folletos de menos de 50 páginas: 0,50 punto por cada uno.

c) Artículos periodísticos (diarios o revistas de divulgación masiva): 0,10 punto por cada uno.

6.6.2. Trabajos de investigación, publicados o presentados ante autoridad competente, relacionados con temas de la especialidad del aspirante o con temas de educación: 0,50 punto por cada trabajo hasta un máximo de un (1) punto.

El aspirante deberá acreditar el trabajo con copia autenticada del mismo y certificación del organismo respectivo.

No se tendrán en cuenta los trabajos de investigación que respondan a exigencias para la obtención de un título o aprobación de cursos o seminarios. La presentación de la publicación de una investigación será evaluada en una sola de las bases: publicaciones (6.6.1.) o investigación (6.6.2).

6.7. Otros títulos docentes: superiores al título base Maestro Normal o Profesor de Enseñanza Primaria (o análogo) hasta un máximo de 2,50 puntos:

- Licenciaturas o Postítulos Superiores en gestión educativa (o análogos): 1,50   punto.

- Título de Profesor Superior No Universitario o Universitario: 1 punto.

- Título Docente de Nivel Superior con Planes de Estudio de:

a) hasta tres (3) años de duración: 0,50 punto.

b) más de tres (3) años de duración: 1 punto.

- Licenciaturas, con contenidos que impliquen profundización y/o actualización de los   correspondientes al título docente de base del nivel y especialidad: 1 punto.

6.8. Tareas especiales encomendadas: hasta un máximo de 0,75 puntos: Comprende designaciones como miembros de Jurados de Concursos y representación de Organismos del Ministerio, mediante  Disposición o Resolución de organismos o autoridades ministeriales, que valoricen a juicio del Jurado la carrera docente:  0,25 punto por cada una.

6.9. Se valorarán los antecedentes indicados en los puntos  6.3., 6.4., 6.5., 6.6. y 6.8. de los últimos diez (10) años y que tengan directa relación con las funciones del cargo que se concursa.

6.10. La evaluación de los antecedentes será realizada con posterioridad a las pruebas de oposición y para aquellos concursantes que hayan aprobado.

6.11. El puntaje de este rubro no es eliminatorio.

CAPÍTULO VI

Del temario de las pruebas

7. El temario general para la prueba de oposición comprende los siguientes ejes de contenidos:

7.1. Base normativa del sistema educativo: La transformación educativa a partir de la Ley Federal de Educación.

7.2. Estructura del sistema educativo provincial:

Las instituciones educativas del nivel y modalidad:

7.3. La Escuela hogar: contexto, finalidades, objetivos y organización.

La gestión integral -Rol del equipo directivo.

Dimensiones de intervención:

· Organización y gestión institucional.

· Pedagógico curricular.

· Procesos de apoyo: a la gestión pedagógica y a la gestión administrativa.

· Extensión a la comunidad.

· Relaciones Interinstitucionales.

7.4. Legislación escolar básica. Se pretende que los aspirantes conozcan la existencia de las principales normas que reglamentan el funcionamiento de las instituciones

a) Referida a los alumnos.

b) Referida al personal escolar (docente y no docente). Planta funcional. derechos y deberes. Legislación de uso escolar.

Legislación Escolar Básica para la Escuela Hogar, Decretos: 456/86 (Regionalización de la Supervisión Escolar); 4762/82 (Régimen de Suplencias del Personal Docente); 2824/84 y modificatorio (Régimen de Suplencias Personal No Docente); 0874/86 (Reglamento Asociaciones Cooperadoras); 4597/83 (Régimen de Licencias para el Personal Docente); 1077/78 y modificatorio (Excursiones Escolares); 10.204/58 (Tramitaciones Administrativas); 254/96 (Implementación de la Ley Federal de Educación en la Provincia); Nros. 2041/98 y 3340/99 y Resolución 356/01 (Régimen de Calificación, Promoción y Egreso de Alumnos), Leyes 10.290 (Disciplina);

Encuadre bibliográfico:

a) Material distribuido a la escuela por el Ministerio de Educación (Provincial y Nacional) .

b) Otra bibliografía referida al temario previsto.

CAPÍTULO VII

De los escalafones

8. El  Jurado confeccionará el escalafón correspondiente, en orden a la sumatoria de los puntajes finales obtenidos por cada concursante en los rubros oposición y antecedente, según se detalla:

8.1.  En el escalafón se consignarán los  siguientes datos:

a) Número de orden que haya correspondido al concursante en virtud de la suma total de puntos obtenidos.

b) Apellido y nombres del concursante.

c) Documento de Identidad. Tipo y número.

d) Puntaje obtenido en la valoración de cada uno de los aspectos previstos en el Punto 8.

e) Puntaje obtenido en la prueba escrita.

f) Puntaje Final.

8.2.  Las situaciones de empate se resolverán teniendo en cuenta el siguiente orden:

a) Puntaje obtenido en la prueba de oposición.

b) Antigüedad  por suplencias realizadas en cargos directivos en la Escuela Hogar Nº 9020.

c) Antigüedad total del concursante en la Escuela Hogar Nº 9020.

d) Antigüedad total en la modalidad y nivel.

e) Antigüedad total en el nivel.

f) Sorteo.

8.3. El escalafón será elevado por el Jurado a la Coordinación General de Concursos y por su intermedio, a la Subsecretaría de Educación para su aprobación.

8.4. La Subsecretaría de Educación aprobará y dispondrá la exhibición de los escalafones durante diez (10) días hábiles a los efectos de posibilitar los reclamos que pudieren corresponder.

8.5. Durante el lapso establecido en el apartado anterior, el concursante se notificará personalmente o por apoderado acreditado legalmente de la calificación obtenida y del lugar que ocupa en el escalafón, debiendo concurrir a tales efectos a la Sede del Jurado

CAPÍTULO VIII

De los ofrecimientos

9. Aprobado definitivamente el escalafón, el Ministerio de Educación dispondrá el ofrecimiento correspondiente, por intermedio de la Dirección General de Recursos Humanos, hasta agotar las vacantes o el respectivo escalafón.

10. Mientras dure la vigencia del escalafón del concurso, el aspirante mantendrá el lugar en el mismo, con derecho a ascender en un cargo de mayor categoría al que hubiere aceptado en primera instancia. 

CAPÍTULO IX

Normas Generales

11. Todos los términos establecidos en la presente, lo serán en días hábiles para la Administración Pública, en la localidad Sede del Jurado.

12. Las antigüedades docentes requeridas, se contarán hasta la fecha de la presente  convocatoria en años, meses y días, considerándose en todos los casos como años de servicio toda fracción final mayor de seis (6) meses.

13. Las designaciones emergentes del presente concurso se ajustarán a las disposiciones de la Ley 11237 -Régimen de Acumulación de Cargos y Funciones del Personal Docente.

14. No se computará  inasistencia a los docentes  que se presenten a rendir la prueba de oposición del concurso, suspendiéndose las actividades escolares en las secciones que atienden  esos  docentes.

15. El Director Regional de Educación y Cultura -Región VI- dispondrá la afectación del establecimiento escolar que se requiera para la realización de la prueba de oposición y  para ello, la suspensión de las actividades escolares en el día hábil en que se realice la misma.

S/C              30506         Nov. 17 Nov. 19

_________________________________________

 

 

CAJA DE ASISTENCIA SOCIAL

 

RESOLUCION DE DIRECCION GENERAL 327

 

REF.: APROBANDO PROGRAMACIONES DE SORTEOS DE LA QUINIELA DE SANTA FE” CORRESPONDIENTES AL MES DE NOVIEMBRE DE 2003.

VISTO:

Las actuaciones obrantes en el Expediente Nro. 00302-0048920-0- del registro de esta Caja de Asistencia Social, mediante el cual se elevan para su aprobación las Programaciones de Sorteos de la “Quiniela de Santa Fe”, proyectada por la Gerencia respectiva para el mes de NOVIEMBRE de 2003; y,

CONSIDERANDO:

Que el proyecto de referencia prevé la realización de jugadas de Quiniela Matutina por Sorteos Propios de Quiniela y Sorteos Especiales de Quiniela de Lotería Nacional y Provincia de Buenos Aires de lunes a viernes; de Quiniela Vespertina por Sorteos Especiales de Quiniela de Lotería Nacional, de Lotería Provincia de Buenos Aires, Sorteos Propios de Quiniela y por Quiniela y/o Lotería de Montevideo de lunes a viernes y de Quiniela Nocturna de lunes a sábados por Lotería o Especiales de Quiniela de Lotería Nacional, Lotería Provincia de Buenos Aires y Lotería de Santa Fe, Sorteos de las Loterías de Córdoba y Santiago del Estero y Sorteos de Quiniela de Montevideo;

Que a tal efecto se han tenido en cuenta las Programaciones de los respectivos Organismos Emisores, en algunos casos no comunicados oficialmente pero anticipadas telefónicamente por sus funcionarios;

Que para el sorteo Nro. 6028 de Quiniela Nocturna programado para el día 01/11/03, se captarán apuestas para los códigos de Lot. 1 (Sorteo Especial para Quiniela de Lotería Nacional), 2 (Sorteo Especial para Quiniela de Lotería Provincia de Buenos Aires), 3 (Sorteo Propio Lotería de Santa Fe) y 4 (Quiniela de Montevideo). Los sorteos que corresponden a los Códigos 1, 2 y 3 se llevarán a cabo a la hora 20.00 y el que respecta al Código 4 a la hora 18.00;

Que a partir del día 03/11/03, los sorteos de Quiniela Vespertina correspondientes al Código de Lotería 3, (Sorteo Propio Quiniela de Santa Fe) se llevará a cabo a  la hora 17.30, conjuntamente con los Sorteos Especiales de Quiniela de Lotería Nacional (Cod. 1), y Sorteos Especiales de Quiniela de Lotería Provincia de Buenos Aires (Cód. 2). Con respecto al Código de Lotería 4 (Quiniela de Montevideo) por Resolución de la Dirección Nacional de Loterías y Quinielas de Montevideo, los mismos se llevarán a cabo a la hora 21.00;

Que para los Sorteos Nros. 2562, 2568 y 2578 de Quiniela Vespertina, a realizarse los días 7, 14 y 28 de Noviembre, el Código de Lotería 4 corresponderá a sorteos de Quiniela de Montevideo, en razón de no programarse para las citadas fechas los sorteos habituales de Lotería;

Que para el Sorteo Nro. 2573 de Quiniela Vespertina a realizarse en fecha 21/11/03, el Código de Lotería 4 corresponderá a Lotería de Montevideo (4 cifras);

Que el Sorteo Nro. 2563 de Quiniela Vespertina a realizarse el día 08/11/03 se resolverá a través de los Códigos de Lotería 1 (Sorteo Tradicional Lotería Nacional - 5 cifras - 60 millares) y 4 (Quiniela de Montevideo) realizándose los mismos a las 20.00 y 21.00 horas respectivamente;

Que en el Sorteo Nro. 6034 de Quiniela Nocturna a realizarse en fecha 08/11/03, se captarán apuestas para los Códigos de Lotería 1 (Sorteo La Grande de Nacional - 6 cifras - 300 millares) , 2 (Sorteo Especial de Quiniela de Lotería Provincia de Buenos Aires) y 3 (Sorteo Propio Lotería de Santa Fe). Los Organismos citados llevarán a cabo sus sorteos a la hora 20.45.

Que los Sorteos Nros. 6040, 6046 y 6052 de Quiniela Nocturna a realizarse los días sábados 15, 22 y 29 de Noviembre de 2003, en lo que corresponde al Código de Lotería 1, se resolverán mediante los resultados de Sorteos Especiales de Quiniela de Lotería Nacional;

Que a partir del día 15/11/03, los Sorteos del Código de Lotería 3 (Sorteo Propio Lotería y/o Quiniela de Santa Fe), que recaen en días sábados se realizarán a la hora 21.00;

Que también se programan Concursos Extras de la Quiniela de Santa Fe con los tickets no ganadores de sorteos realizados en determinados períodos, instituyéndose dinero en efectivo, en todos sus premios;

Por todo ello, y de conformidad a la facultad emergente del Decreto Acuerdo Nro. 1651/82

LA DIRECCION GENERAL DE LA CAJA DE ASISTENCIA SOCIAL

RESUELVE

ARTICULO 1°.- Aprobar las Programaciones de Sorteos de la “Quiniela de Santa Fe” para el mes de NOVIEMBRE 2003, obrantes en el Anexo I, el que forma parte integrante de la presente Resolución.

ARTICULO 2°.- Disponer que para los Concursos Extras continúen en vigencia las modificaciones al Reglamento de Concursos Extras, previstas en la Resolución de Dirección General Nro. 402/02 y artículo 1° de la Resolución de Dirección General Nro. 020/03, otorgándose la suma de PESOS CINCO MIL al primer premio, PESOS MIL al segundo premio, PESOS QUINIENTOS al tercer premio, PESOS TRESCIENTOS CINCUENTA al cuarto y quinto premio respectivamente y PESOS QUINIENTOS para el Premio Estímulo Agencieros, para cada una de las zonas.

ARTICULO 3°.- Regístrese, comuníquese y archívese.

C.P.N. JORGE ALBERTO BOSSIO

A/c Gerencia General

Caja de Asistencia Social

 

PROGRAMACION

 

SORTEOS DE QUINIELAS NOVIEMBRE / 2003

 

 

 

 

 

 

 

   Débitos

 

Sorteo

Fecha

       Loterías Intervinientes

 

Hora

Prescrip.

Sta.Fe/Ros.

Interior

 

 

 

 

 

 

 

 

*6028

01/11/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA.FE

4- MONTEVIDEO

20.00

17/11/03

05/11/03

05/11/03

1918

03/11/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA. FE

 

14.00

18/11/03

07/11/03

10/11/03

2558

03/11/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA.FE

4- MONTEVIDEO

17.30

18/11/03

07/11/03

10/11/03

6029

03/11/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA.FE

 

21,00

18/11/03

07/11/03,

10/11/03

1919

04/11/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA. FE

 

14.00

19/11/03

07/11/03

10/11/03

2559

04/11/03

1 NAC. 2 BS.AS, 3 STA.FE

4- MONTEVIDEO

17.30

19/11/03

07/11/03

10/11/03

6030

04/11/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA.FE

 

21.00

19/11/03

07/11/03

10/11/03

1920

05/11/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA.FE

 

14.00

20/11/03

10/11/03

12/11/03

2560

05/11/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA.FE

4- MONTEVIDEO

17.30

20/11/03

10/11/03

12/11/03

6031

05/11/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA.FE

4- CORDOBA

22.00

20/11/03

10/11/03

12/11/03

1921

06/11/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA. FE

 

14.00

21/11/03

11/11/03

12/11/03

2561

06/11/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA.FE

4- MONTEVIDEO

17.30

21/11/03

11/11/03

12/11/03

6032

06/11/80

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA.FE

 

21.00

21/11/03

11/11/03

12/11/03

1922

07/11/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA.FE

 

14.00

24/11/03

12/11/03

12/11/03

2562

07/11/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA.FE

4- MONTEVIDEO

17.30

24/11/03

12/11/03

12/11/03

6033

07/11/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA. FE

4- SANTIAGO

21.00

24/11/03

12/11/03

12/11/03

*2563

08/11/03

1 NAC.

4- MONTEVIDEO

20.00

24/11/03

12/11/03

12/11/03

*6034

08/11/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA.FE

 

20.45

24/11/03

12/11/03

12/11/03

1923

10/11/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA. FE

 

14.00

25/11/03

13/11/03

17/11/03

2564

10/11/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA.FE

4- MONTEVIDEO

17.30

25/11/03

13/11/03

17/11/03

6035

10/11/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA. FE

 

21.00

25/11/03

13/11/03

17/11/03

1924

11/11/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA. FE

 

14.00

26/11/03

14/11/03

17/11/03

2565

11/11/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA.FE

4- MONTEVIDEO

17.30

26/11/03

14/11/03

17/11/03

6036

11/11/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA. FE

 

21.00

26/11/03

14/11/03

17/11/03

1925

12/11/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA.FE

 

14.00

27/11/03

17/11/03

19/11/03

2566

12/11/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA.FE

4- MONTEVIDEO

17.30

27/11/03

17/11/03

19/11/03

6037

12/11/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA.FE

4- CORDOBA

22.00

27/11/03

17/11/03

19/11/03

1926

13/11/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA.FE

 

14.00

28/11/03

18/11/03

19/11/03

2567

13/11/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA.FE

4- MONTEVIDEO

17.30

28/11/03

18/11/03

19/11/03

6038

13/11/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA.FE

 

21.00

28/11/03

18/11/03

19/11/03

1927

14/11/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA.FE

 

14.00

1/12/03

19/11/03

19/11/03

2568

14/11/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA.FE

4- MONTEVIDEO

17.30

01/12/03

19/11/03

19/11/03

6039

14/11/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA. FE

4- SANTIAGO

21.00

01/12/03

19/11/03

19/11/03

*6040

15/11/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA. FE

4- MONTEVIDEO

21:00

01/12/03

19/11/33

19/11/03

1928

17/11/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA. FE

 

14.00

02/12/03

20/11/03

24/11/03

2569

17/11/03

1 NAC. 2 BS.AS, 3 STA.FE

 4- MONTEVIDEO

17.30

02/12/03

20/11/03

24/11/03

6041

17/11/03

1 NAC. 2 BS.AS, 3 STA. FE

 

21.00

02/12/03

20/11/03

24/11/03

1929

18/11/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA.FE

 

14.00

03/12/03

21/11/03

24/11/03

2570

18/11/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA.FE

4- MONTEVIDEO

17.30

03/12/03

21/11/03

24/11/03

6042

18/11/03

1 NAC. 2 BS.AS, 3 STA. FE

 

21.00

03/12/03

21/11/03

24/11/03

1930

19/11/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA. FE

 

14.00

04/12/03

24/11/03

26/11/03

2571

19/11/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA.FE

4- MONTEVIDEO

17.30

04/12/03

24/11/03

26/11/03

6043

19/11/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA. FE

4- CORDOBA

22.00

04/12/03

24/11/03

26/11/03

1931

20/11/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA.FE

 

14.00

05/12/03

25/11/03

26/11/03

2572

20/11/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA. FE

4- MONTEVIDEO

17.30

05/12/03

25/11/03

26/11/03

6044

20/11/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA. FE

 

21.00

05/12/03

25/11/03

26/11/03

1932

21/11/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA.FE

 

14.00

09/12/03

26/11/03

26/11/03

2573

21/11/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA.FE

 4- MONTEVIDEO

17.30

09/12/03

26/11/03

26/11/03

6045

21/11/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA. FE

4- SANTIAGO

21.00

09/12/03

26/11/03

26/11/03

*6046

22/11/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA. FE

4- MONTEVIDEO

21.00

09/12/03

26/11/03

26/11/03

1933

24/11/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA.FE

 

14.00

09/12/03

27/11/03

01/12/03

2574

24/11/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA- FE

4- MONTEVIDEO

17.30

09/12/03

27/11/03

01/12/03

6047

24/11/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA. FE

 

21.00

09/12/03

27/11/03

01/12/03

1934

25/11/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA.FE

 

14.00

10/12/03

28/11/03

01/12/03

2575

25/11/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA.FE

4- MONTEVIDEO

17.30

10/12/03

28/11/03

01/12/03

6048

25/11/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA.FE

 

21.00

10/12/03

28/11/03

01/12/03

1935

26/11/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA. FE

 

14.00

11/12/03

01/12/03

03/12/03

2576

26/11/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA. FE

4- MONTEVIDEO

17.30

11/12/03

01/12/03

03/12/03

6049

26/11/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA. FE

4- CóRDOBA

22.00

11/12/03

01/12/03

03/12/03

1936

27/11/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA.FE

 

14.00

12/12/03

02/12/03

03/12/03

2577

27/11/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA. FE

4- MONTEVIDEO

17.30

12/12/03

02/12/03

03/12/03

6050

27/11/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA.FE

 

21.00

12/12/03

02/12/03

03/12/03

1937

28/11/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA. FE

 

14.00

15/12/03

03/12/03

03/12/03

2578

28/11/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA. FE

4- MONTEVIDEO

17.30

15/12/03

03/12/03

03/12/03

6051

28/11/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA. FE

4- SANTIAGO

21.00

15/12/03

03/12/03

03/12/03

*6052

29/11/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA.FE

4- MONTEVIDEO

21.00

15/12/03

03/12/03

03/12/03

 

OBSERVACIONES:

SORTEO NRO. 6028 de Quiniela Nocturna a realizarse en fecha 01/11/03 : se captarán apuestas para los codigos de LOTERIA 1 (sorteo especial para Quiniela de Lotería Nacional), 2 (Sorteo Especial para Quiniela de Lotería Provincia de Buenos Aires). 3 (Sorteo Propio Lotería de Santa Fe) Y 4 (Quiniela de Montevideo). Los sorteos que corresponden a los códigos 1, 2 y 3 se llevarán a cabo a la hora 20.00 en el que respeta al código 4 a la hora 18.00. A partir del día 03/11/03, los sorteos de Quiniela Vespertina correspondientes al código de Lotería 3 (Sorteo Propio Quiniela de Santa Fe) se llevarán a cabo a la hora 17.30, conjuntamente con los sorteos especiales de Quiniela de Lotería Nacional (cód. 1) y sorteos especiales de Quiniela de Lotería Provincia de Buenos Aires (cód. 2). Con respecto al código de Lotería 4 (Quiniela de Montevideo) por Resolución de la Dirección Nacional de Loterías y Quinielas de Montevideo, los mismos se llevarán a cabo a la hora 21.00.

SORTEOS NROS. 2562, 2568 Y 2578 de Quiniela Vespertina, a realizarse los días viernes 7, 14 y 28 de noviembre de 2003: El código de Lotería 4 corresponderá a sorteos de Quiniela de Montevideo, en razón de no programarse para las citadas fechas los sorteos habituales de Lotería.

SORTEO NRO. 2573 de Quiniela Vespertina, a realizarse en fecha 21/11/03: el código de Lotería 4 corresponderá a sorteo de Lotería de Montevideo (4 cifras).

SORTEO NRO. 2563 de Quiniela Vespertina a realizarse en fecha 08/11/03. Se captarán apuestas para los códigos de Lotería 1 (Sorteo Tradicional Lotería Nacional - 5 cifras - 60 millares) y 4 (Quiniela de Montevideo) realizándose a las 20.00 y 21.00 horas respectivamente.

SORTEO NRO. 6034 de Quiniela Nocturna a realizarse en fecha 08/11/03, se captarán apuestas para los códigos de Lotería 1 (la Grande de Nacional - 6 cifras - 300 millares), 2 (Sorteo Especial para Quiniela de Lotería Provincia de Buenos Aires) y 3 (Sorteo Propio Lotería de Santa Fe). Los organismos citados llevarán a cabo sus sorteos a la hora 20.45.

SORTEOS NROS. 6040,6046 Y 6052 de Quiniela Nocturna a realizarse los días sábados 15, 22 y 29 de noviembre de 2003, en lo que corresponde al código de Lotería 1, se resolverán mediante los resultados de sorteos especiales para Quiniela de Lotería Nacional.

A partir del 15/11/03, los sorteos del código de Lotería 3 (Sorteo Propio Lotería y/o Quiniela de Santa Fe), que recaen en días sábados se realizarán a la hora 21.

 

 

 

Matutina

Vespert.

Nocturna

Lotería Nacional

Lunes a viernes

14.00 hs.

17.30 hs.

21.00 hs.

 

Sábado 1°

 

 

20.00 hs.

 

Sábado 15, 22 y 29

 

 

21.00 hs.

Lotería Provincia de Buenos Aires

Lunes a viernes

14.00 hs.

17.30 hs.

21.00 hs.

 

Sábado 1°

 

 

20.00 hs.

 

Sábado 15, 22 y 29

 

 

21.00 hs.

Lotería de Córdoba

miércoles

 

 

21.30 hs.

 

 

 

 

 

Lotería de Santiago del Estero

Viernes

 

 

22.45 hs.

 

 

 

 

 

Lotería de Montevideo desde 03/11/03

Lunes a Viernes

 

 

21.00 hs.

 

Sábados

 

 

21.00 hs.

Lotería de Santa Fe

Lunes y Martes

14.00 hs.

17.30 hs.

21.00 hs.

 

miércoles

14.00 hs.

17.30 hs.

22.00 hs.

 

Jueves y Viernes

14.00 hs.

17.30 hs.

21.00 hs.

 

Sábados

 

 

21.00 hs.

 

HORARIOS DE CIERRES DE TRANSMISION DE APUESTAS

 

QUINIELA MATUTINA         ON LINE:               13.30 hs.

                OFF LINE:             13.15 hs.

 

QUINIELA VESPERTINA:   ON LINE:               Cód. 1, 2, 3 y 4     17.00 hs.

 

                OFF LINE:             Cód. 1, 2, 3 y 4     16.45 hs.

 

QUINIELA NOCTURNA:     Lunes a Sábados               ON LINE:               20.30 hs.

Desde 03/11/03   Cód. 1, 2, 3 y 4     OFF LINE:             20.15 hs.

 

Horarios de cierres de Transmisión de Apuestas Sábado 1° noviembre de 2003

 

SORTEO NRO. 6028 DE QUINIELA NOCTURNA:

ON LINE:               COD. LOT. 1, 2 y 3               19.30 hs.

                COD. LOT. 4         17.30 hs.

OFF LINE:             COD. LOT. 1, 2 y 3               19.15 hs.

COD. LOT. 4                         17.15 hs.

 

Horarios de cierres de Transmisión de Apuestas  Sábado 8 de noviembre de 2003

 

SORTEO NRO. 2563 DE QUINIELA VESPERTINA:

 

ON LINE:               COD. LOT. 1 Y 4  19.30 hs.

OFF LINE:             COD. LOT. 1 Y 4  19.15 hs.

 

SORTEO NRO. 6034 DE QUINIELA NOCTURNA

 

ON LINE:               COD. LOT. 1, 2 Y 3              20.15 hs-

OFF LINE:             COD. LOT. 1, 2 Y 3              19.15 hs.

 

CONCURSOS EXTRAS

 

NOVIEMBRE/2003

 

SORTEO

FECHA

PERIODO

 

COMPRENDIDO

598*

05/11/03

24/10/03

al

30/10/03

599*

12/11/03

31/10/03

al

06/11/03

600*

19/11/03

07/11/03

al

13/11/03

601*

26/11/03

14/11/03

al

20/11/03

 

Participan además los tickets no ganadores correspondientes a jugadas del periodo inmediato anterior que no hubieran sido depositados en las urnas por los señores apostadores.

 

DETALLE DE PREMIOS PARA CADA ZONA:

 

PRIMER PREMIO: $ 5.000 (PESOS CINCO MIL)

SEGUNDO PREMIO: $ 1.000 (PESOS UN MIL)

TERCER PREMIO: $ 500 (PESOS QUINIENTOS)

CUARTO PREMIO: $ 350   (PESOS TRESCIENTOS CINCUENTA)

QUINTO PREMIO: $ 350    (PESOS TRESCIENTOS CINCUENTA)

 

PREMIO ESTIMULO PARA AGENCIEROS. $ 500 (PESOS QUINIENTOS)

 

Se realizarán en sus horarios habituales, ante escribano público, en la sala de sorteos de la Caja de Asistencia Social - Lotería de Santa Fe - y serán transmitidos por Canal 13 Santa Fe de la Vera Cruz el correspondiente a Santa Fe y zona norte, y por Canal 5 de la ciudad de Rosario el realizado para Rosario y zona sur.

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