picture_as_pdf 2017-10-17

CÁMARA DE APELACIÓN


La Cámara Apelaciones Civil y Comercial (Sala III), en autos caratulados: BANCO PATAGON1A S.A. c/GÓMEZ SERGIO NICOLÁS s/Cobro de pesos; Expte Nro. 21-04966774-1, ha dispuesto notificar al señor Sergio Nicolás Gómez, D.N.I. Nº 33.961.512, que se ha dictado sentencia en autos, en fecha 15 días del mes de Septiembre de 2017, la cual lleva el N° 184, en la cual, se ha Resuelto: Hacer lugar al recurso interpuesto, revocando parcialmente la sentencia y ordenando que el monto adeudado devengará, hasta su efectivo pago, un interés equivalente a la tasa pactada por las partes con las limitaciones señaladas en los considerandos precedentes. Insértese, hágase saber, bajen y déjese nota marginal de esta resolución en el protocolo del juzgado de origen. (“BANCO PATAGONIA S.A. c/GÓMEZ SERGIO NICOLÁS s/Cobro de pesos”, Expte. N° 304/15 CUIJ 21-04966774-1). Fdo.: Dr. Dr. Molina - Dr. Cinalli - Dr. Chaumet, Jueces de Cámara - Dra. Sabrina Campbell - Secretaria. Rosario, 27 de Septiembre de 2017. Dra. Campbell, Secretaria.

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JUZGADO FEDERAL


El Juzgado Federal de Primera Instancia Nº 1 de Rosario, a cargo del Dr. Aurelio Antonio Cuello Murua (Juez Subrogante), Secretaría “C” de la suscripta, sito en la calle Entre Ríos 730 de la ciudad de Rosario, en autos caratulados: BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA c/PEREYRA VALERIA MERCEDES s/Ejecuciones Varias; Expte. N° 28860/2016, cita y emplaza a la Sra. Pereyra Valeria Mercedes, D.N.I. N° 25.192.954, para que en el término de dos (2) días a partir de la publicación del presente edicto, comparezca a estar a derecho, oponga excepciones y constituya domicilio en el radio del Juzgado bajo apercibimiento de dar intervención al Defensor Oficial. Rosario, 21 de Setiembre de 2017. Dra. Gimeno, Secretaria.

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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


El Juzgado de Primera Inst. Circuito Nº 1 de Rosario por el presente hace saber que dentro de los autos VELOZO IRMA A. c/PRATO HERNAN y Otros s/Daños y perjuicios CUIJ 21-12236032-3, se ha dispuesto a citar y emplazar por edictos a Hernán Oscar Prato, DNI 24.198.858, para que comparezca a estar a derecho dentro del término de (5) días desde la ultima publicación, bajo apercibimiento de declararla en rebeldía (art. 73 CPCCSF). Publíquense los edictos en el BOLETÍN OFICIAL y en el hall de Tribunales por el término de tres (3) días y en la forma proscripta por el art. 67 del Código Procesal Civil y Comercial. Rosario, 04 de Octubre de 2017. Fdo. Dra. Gabriela María Kabichian, Secretaria.

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Se hace saber que el Juzgado de Primera Instancia de la 15ta. Nominación de Arroyo Seco, dentro de los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/SALINAS ANGEL s/Apremio; Expte. N° 652/2017, ha dictado la siguiente Resolución: Nº 1517. Arroyo Seco, 26/07/2017. Vista... Resuelvo: 1- Admitirla y, en consecuencia, darle curso. 2- Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que exhibe y se le devuelve, dejando copia en autos. 3- Aceptar el domicilio ad litem constituido. 4- Imprimir a este proceso el trámite previsto en la Ley 5066 de esta provincia. 5- Atento encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 13.732,96, en concepto de capital, con más la suma de $ 6.866,48, estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago al deudor (interpretación armónica Art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble- lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (Art. 27, L5066). 6- Citar de remate al deudor para que oponga excepción legitima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. 7- Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el Boletín Oficial por el término y bajo apercibimientos de ley. 8- Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. Mariana Alvarado, Juez. Fdo. Dra. Mariana Cattani, Secretaria. En tal sentido se cita de remate en los términos del Art. 7 de la ley 5066 y modificatorias a los Sres. Salinas Ángel y/o a sus sucesores y/o a quien resulte ser responsables fiscal de las constancias de deudas, en concepto de tasa municipal consolidada, tasa general de inmueble, agua potable, agua y desagües cloacales, contribución de mejoras, perteneciente al inmueble cuyo N° de partida es 0005861-00, Lote 073, Manzana 003, Ruta 35, sito en calle Rotonda A. Degiacomo 73 de la ciudad de Arroyo Seco, de acuerdo a las constancias de deudas emitidas por la Municipalidad de Arroyo Seco, 29 de Septiembre de 2017. Dra. Cattani, Secretaria.

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Se hace saber que el Juzgado de Primera Instancia de la 15° Nominación de Arroyo Seco, dentro de los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/LAURI HERMINIO s/Apremio; Expte. N° 603/2016, ha dictado la siguiente resolución: Nº 1480. Arroyo Seco, 24/07/2017. Vista... Resuelvo: 1- Admitirla y, en consecuencia, darle curso. 2- Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que exhibe y se le devuelve, dejando copia en autos. 3- Aceptar el domicilio ad litem constituido. 4- Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia. 5- Atento encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 12.252,06, en concepto de capital, con más la suma de $ 6.126,03, estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago al deudor (interpretación armónica Art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble- lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (Art. 27, L5066). 6- Citar de remate al deudor para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. 7- Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETIN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley. 8- Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. Mariana Alvarado, Juez. Fdo. Dra. Mariana Cattani, Secretaria. En tal sentido se cita de remate en los términos del Art. 7 de la ley 5066 y modificatorias a los Sres. Lauri Herminio y/o a sus sucesores y/o a quien resulte ser responsable fiscal de las constancias de deudas Nº 7/000100/2016, 9/001028/2016, 3/001348/2016, en concepto de agua y desagües cloacales, tasa municipal consolidada, tasa general de inmueble, perteneciente al inmueble cuyo N° de partida es 0000044-00, Lote 023, Manzana 014, Ruta 00, sito en calle Sarmiento 646 de la ciudad de Arroyo Seco, de acuerdo con las Constancias de deudas emitidas por la Municipalidad de Arroyo Seco. Secretaría, 29 de Septiembre de 2017. Dra. Cattani, Secretaria.

S/C 337746 Oct. 17 Oct. 23

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Se hace saber que el Juzgado de Primera Instancia de la 15° Nominación de Arroyo Seco, dentro de los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/PIETRAGALLI ANALIA s/Apremio; Expte. Nº 612/2016, ha dictado la siguiente resolución: Nº 1492. Arroyo Seco, 24/07/2017. Vista... Resuelvo: 1- Admitirla y, en consecuencia, darle curso. 2- Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que exhibe y se le devuelve, dejando copia en autos. 3- Aceptar-el domicilio ad litem constituido. 4- Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia. 5- Atento encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 16.039,07, en concepto de capital, con más la suma de $ 8.019,53, estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago al deudor (interpretación armónica Art. 7 y 11, L5066 y Arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble- lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (Art. 27, L5066). 6- Citar de remate al deudor para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. 7- Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETIN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley. 8- Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. Mariana Alvarado, Juez. Fdo. Dra. Mariana Cattani, Secretaria. En tal sentido se cita de remate en los términos del Art. 7 de la Ley 5066 y modificatorias a los Sres. Pietragalli Analía y/o sus sucesores y/o a quien resulte ser responsable fiscal de las constancias de deudas Nros. 0/000088/2016, 3/001386/2016, 9/001065/2016, 7/000129/2016, en concepto de contribución de mejoras, tasa general de inmueble, tasa municipal consolidada, agua y desagües cloacales, perteneciente al inmueble cuyo N° de partida es 0003181-00, Lote 011, Manzana 004, Ruta 01, sito en calle Baigorria 536 de la ciudad de Arroyo Seco, de acuerdo a las Constancias de deudas emitidas por la Municipalidad de Arroyo Seco. Secretaría, 29 de Septiembre de 2017. Dra. Cattani, Secretaria.

S/C 337747 Oct. 17 Oct. 23

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Se hace saber que el Juzgado de Primera Instancia de la 15° Nominación de Arroyo Seco, dentro de los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/RIOS RAUL RAMON s/Apremio; Expte. N° 670/2016, ha dictado la siguiente resolución: Nº 1486. Arroyo Seco, 24/07/2017. Vista... Resuelvo: 1- Admitirla y, en consecuencia, darle curso. 2- Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que exhibe y se le devuelve, dejando copia en autos. 3- Aceptar el domicilio ad litem constituido. 4- Imprimir a este proceso el trámite previsto en la Ley 5066 de esta provincia. 5- Atento encontrar en forma el titulo que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 9.234,37, en concepto de capital, con mis la suma de $ 4.617,18, estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago al deudor (interpretación armónica Art. 7 y 11, L5066 y Arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble- lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (Art. 27, L5066). 6- Citar de remate al deudor para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. 7- Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETIN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley. 8- Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. Mariana Alvarado, Juez. Fdo. Dra. Mariana Cattani, Secretaria. En tal sentido se cita de remate en los términos del Art. 7 de la ley 5066 y modificatorias a los Sres. Ríos Raúl Ramón y/o a sus sucesores y/o a quien resulte ser responsable fiscal de la constancia de deuda Nro. 0/000087/2016, 3/00.1385/2016, 9/001064/2016, 7/000128/2016, en concepto de contribución de mejoras, tasa general de inmueble, tasa municipal consolidada, agua y desagües cloacales, perteneciente al inmueble cuyo N° de partida es 0001894-00, Lote 023, Manzana G, Ruta 02, sito en calle Baigorria 534 de la ciudad de Arroyo Seco, de acuerdo a las Constancias de deudas, emitidas por la Municipalidad de Arroyo Seco. Secretaria, 29 de Septiembre de 2017. Dra. Cattani, Secretaria.

S/C 337749 Oct. 17 Oct. 23

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Se hace saber que el Juzgado de Primera Instancia de la 15° Nominación de Arroyo Seco, dentro de los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/VILLARRUEL LORENZO s/Apremio; Expte. N° 688/2016, ha dictado la siguiente resolución: N° 1495. Arroyo Seco, 24/07/2017. Vista... Resuelvo: 1-Admitirla y, en consecuencia, darle curso. 2- Autorizar la participación del letrado actuante,- atento a la escritura de mandato general que exhibe y se le devuelve, dejando copia en autos. 3- Aceptar el domicilio ad litem constituido. 4- Imprimir a este proceso el trámite previsto en la Ley 5066 de esta provincia. 5- Atento encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 14.306,47, en concepto de capital, con más la suma de $ 7.153,23, estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago al deudor (interpretación armónica Art. 7 y 11, L5066 y Arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble- lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (Art. 27, L5066). 6- Citar de rematé al deudor para que oponga excepción legítima en el término de ocho días; bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. 7- Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETIN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley. 8- Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. Mariana Alvarado, Juez. Fdo. Dra. Mariana Cattani, Secretaria. En tal sentido se cita de remate en los términos del Art. 7 de la ley 5066 y modificatorias a los Sres. Villarruel Lorenzo y/o a sus sucesores y/o a quien resulte ser responsable fiscal de las constancias de deudas Nros. 3/001278/2016, 9/000959/2016 y 7/000053/2016, en concepto de Tasa general de inmueble, tasa municipal consolidada, agua y desagües cloacales, perteneciente al inmueble cuyo N° de partida es 0002994-00, Lote 016, Manzana 003, Ruta 01, sito en calle 3 de Febrero 1481 de la ciudad de Arroyo Seco, de acuerdo a las constancias de deudas emitidas por la Municipalidad de Arroyo Seco. Secretaria, 2 de Octubre de 2017. Dra. Cattani, Secretaria.

S/C 337750 Oct. 17 Oct. 23

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Se hace saber que el Juzgado de Primera Instancia de la 15° Nominación de Arroyo Seco, dentro de los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/MATTETTI OSCAR s/Apremio; Expte. Nº 658/16, ha dictado la siguiente Resolución: N° 2066. Arroyo Seco, 12/09/2017. Vista... Resuelvo: 1- Admitirla y, en consecuencia, darle curso. 2- Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que exhibe y se le devuelve, dejando copia en autos. 3- Aceptar el domicilio ad litem constituido. 4- Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia. 5- Atento encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 9.677,71, en concepto de capital, con más la suma de $ 4.838, estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago al deudor (interpretación armónica Art. 7 y 11, L5066 y Arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble- lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (Art. 27, L5066). 6- Citar de remate al deudor para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. 7- Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETIN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley. 8- Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. Mariana Alvarado, Juez. Fdo. Dra. Mariana Cattani, Secretaria. En tal sentido se cita de remate en los términos del Art. 7 de la ley 5066 y modificatorias a los Sres. Mattetti Oscar y/o a sus sucesores y/o a quien resulte ser responsables fiscal, en concepto de tasa municipal consolidada, tasa general de inmueble, agua potable, agua y desagües cloacales, contribución de mejoras, perteneciente al inmueble cuyo N° de partida es 0003484-00, Lote 013, Manzana 002, Calle 30, sito en calle Juan B. Justo 139 de la ciudad de Arroyo Seco, de acuerdo a las constancias de deudas emitidas por la Municipalidad de Arroyo Seco. Secretaría, 4 de Octubre de 2017. Dra. Cattani, Secretaria.

S/C 337753 Oct. 17 Oct. 23

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Se hace saber que el Juzgado de Primera Instancia de la 15° Nominación de Arroyo Seco, dentro de los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/AGUIRRE GERARDO s/Apremio; Expte. N° 617/2017, ha dictado la siguiente resolución: Nº 1S2S. Arroyo Seco, 26/07/2017. Vista... Resuelvo: 1- Admitirla y, en consecuencia, darle curso. 2- Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que exhibe y se le devuelve, dejando copia en autos. 3- Aceptar el domicilio ad litem constituido. 4- Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia. 5- Atento encontrar en forma el titulo que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 31.751,42, en concepto de capital, con más la suma de $ 15.875,71, estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrí efectivizarse una vez intimado de pago al deudor (interpretación armónica Art. 7 y 11, L5066 y Arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien rodado- lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad Automotor respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (Art. 27, L5066). 6- Citar de remate al deudor para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. 7- Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETIN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley. 8- Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. Mariana Alvarado, Juez. Fdo. Dra. Mariana Cattani, Secretaria. En tal sentido se cita de remate en los términos del Art. 7 de la ley 5066 y modificatorias al Sr. Aguirre Gerardo y/o a sus sucesores .y/o a quien resulte ser responsable fiscal de la constancia de deuda en concepto de impuesto de Patentes única sobre vehículo, perteneciente al dominio KUF-912, de acuerdo al Certificado Municipal de deuda impaga emitida por la Municipalidad de Arroyo Seco. Secretaría, 2 de Octubre de 2017. Dra. Cattani, Secretaria.

S/C 337756 Oct. 17 Oct. 23

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Se hace saber que el Juzgado de Primera Instancia de la 15° Nominación de Arroyo Seco, dentro de los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/CRAIDE ELSA M. s/Apremio; Expte. N° 477/2017, ha dictado las siguientes resoluciones: Nº 1389- Arroyo Seco, 30/06/2017. Vista... Resuelvo: 1- Admitirla y, en consecuencia, darle curso. 2- Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que exhibe y se le devuelve, dejando copia en autos. 3- Aceptar el domicilio ad litem constituido. 4- Imprimir a este proceso el trámite previsto en la Ley 5066 de esta provincia. 5- Atento encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 2.371,00, en concepto de capital, con más la suma de $ 1.185,50, estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago al deudor (interpretación armónica Art. 7 y 11, L5066 y Arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un rodado- lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad -del Automotor-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (Art. 27, L5066). 6- Citar de remate al deudor para que oponga excepción legitima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. 7- Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETIN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley. 8- Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. 9- Resérvese en Secretaría el sobre acompañado y hágase saber. Fdo. Dra. Mariana Alvarado, Juez. Fdo. Dra. Mariana Cattani, Secretaria. Arroyo Seco, 26/07/2017. Por rectificada demanda en los términos expresados. Por denunciado nuevo domicilio del demandado. Practíquese -en él las notificaciones que correspondan. Notifíquese por cédula el presente, conjuntamente con la resolución N° 1389 que antecede. Fdo. Dra. Mariana Alvarado, Juez. Fdo. Dra. Mariana Cattani, Secretaria. En tal sentido se cita de remate en los términos del Art. 7 de la ley 5066 y modificatorias al Sr. Craide Elsa M. y/o a sus sucesores y/o a quien resulte ser responsable fiscal de la constancia de deuda en concepto de impuesto de Patentes única sobre vehículo, perteneciente al dominio THK-368, de acuerdo al Certificado Municipal de deuda impaga emitida por la Municipalidad de Arroyo Seco. Secretaría, 2 de Octubre de 2017. Dra. Cattani, Secretaria.

S/C 337759 Oct. 17 Oct. 23

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Se hace saber que el Juzgado de Primera Instancia de la 15° Nominación de Arroyo Seco, dentro de los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/RETAMAR SANTA HERMENEGILDA s/Apremio; Expte. Nº 676/2016, ha dictado la siguiente resolución: Nº 1497. Arroyo Seco, 24/07/2017. Vista... Resuelvo: 1- Admitirla y, en consecuencia, darle curso. 2- Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que exhibe y se le devuelve, dejando copia en autos. 3- Aceptar el domicilio ad litem constituido. 4- Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia. 5- Atento encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 11.982,81, en concepto de capital, con más la suma de $ 5.991,40, estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago al deudor (interpretación armónica Art. 7 y 11, L5066 y Arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble- lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (Art. 27, L5066). 6- Citar de remate al deudor para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. 7- Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETIN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley. 8- Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. Mariana Alvarado, Juez. Fdo. Dra. Mariana Cattani, Secretaria. En tal sentido se cita de remate en los términos del Art. 7 de la ley 5066 y modificatorias a los Sres. Retamar Santa Hermenegilda y/o a sus sucesores y/o a quien, resulte ser responsable fiscal de las constancias de deudas, en concepto de Tasa general de inmueble, tasa municipal consolidada y agua y desagües cloacales, perteneciente al inmueble cuyo N° de partida es 0003307-00, Lote 020, Manzana 036, Ruta 00, sito en calle 25 de Mayo 32 de la ciudad de Arroyo Seco, de acuerdo a la constancia de deuda emitida por la Municipalidad de Arroyo Seco. Secretaría, 2 de Octubre de 2017. Dra. Cattani, Secretaria.

S/C 337760 Oct. 17 Oct. 23

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Se hace saber que el Juzgado de Primera Instancia de la 15° Nominación de Arroyo Seco, dentro de los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/SEMPIO GERMÁN s/Apremio; Expte. N° 681/2016, ha dictado la siguiente resolución: Nº 1483. Arroyo Seco, 24/07/2017. Vista... Resuelvo: 1- Admitirla y, en consecuencia, darle curso. 2- Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que exhibe y se le devuelve, dejando copia en autos. 3- Aceptar el domicilio ad litem constituido. 4- Imprimir a este proceso el trámite previsto en la Ley 5066 de esta provincia. 5- Atento encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 6.225,35, en concepto de capital, con más la suma de $ 3.112,67, estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo reden podrá efectivizarse una vez intimado de pago al deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble- lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066). 6- Citar de remate al deudor para que oponga excepción legitima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. 7- Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETIN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley. 8- Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. Mariana Alvarado, Juez. Fdo. Dra. Mariana Cattani, Secretaria. En tal sentido se dta de remate en los términos del art. 7 de la ley 5066 y modificatorias a los Sres. SEMPIO GERMÁN y/o a sus sucesores y/o o a quien resulte ser responsable fiscal de la constancias de deudas Nros. 0/000056/2016,3/001337/2016 y 9/001017/2016, en concepto de contribución de mejoras, tasa general de inmueble, tasa municipal consolidada, perteneciente al inmueble cuyo N° de partida es 0008728-00, Lote 021D, Manzana 002, Ruta 30, sito en calle Cardozo 160 de la ciudad. Arroyo Seco, de acuerdo a las Constancias de deudas emitidas por la Municipalidad de Arroyo Seco. Secretaría, 2 de Octubre de 2017. Dra. Cattani, Secretaria.

S/C 337761 Oct. 17 Oct. 23

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 8va. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante Malizia, Sonia Dina (DNI 13.989.945), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: MALIZIA, SONIA DINA s/Declaratoria de Herederos; (CUIJ N° 21-02885642-0). Rosario, 10 de Octubre de 2017. Dr. Santiago Malé Franch, secretario.

$ 45 337754 Oct. 17

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de 1° Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 16ta. Nominación de la ciudad de Rosario, Dr. Pedro A. Boasso, Secretaría de la Dra. María Sol Sedita, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante don Polanc, José Mario (DNI 5.989.482), para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de treinta días a partir de la publicación de edictos, bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de 1 día (Art. 2340 CCy C). (Autos: POLANC, JOSE MARIO s/Declaratoria de Herederos; CUIJ Nº 21-028860068-1). Rosario, 09/10/2017. Dra. Sedita, Secretaria.

$ 45 337755 Oct. 17

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El Sr. Juez de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 10ma. Nominación de Rosario, Dr. Eduardo Oroño, Secretaría Dra. Carla Gussoni Porrez, llama a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes de don/doña: Eduardo Jesús Calcagno (DNI 8.151.484) para que comparezcan a éste Tribunal a hacer valer sus derechos. A los efectos legales se publican edictos cinco veces en diez días en el BOLETIN OFICIAL y se fijan en un espacio habilitado a tal efecto en este Tribunal, conforme lo dispuesto en los Arts. 67 y 592 CPCC. CALCAGNO, EDUARDO JESUS s/Declaratoria de Herederos; (Expte. CUIJ 21-02881771-9). Rosario, 15 de Septiembre de 2017. Dr. Pasotti, Prosecretario.

$ 45 337797 Oct. 17 Oct. 30

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Por disposición del Juzgado de Distrito Civil y Comercial de la 8va. Nom. de Rosario, cita y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Nobrega Juan Carlos, DNI 6.064.742, publicándose edictos por 1 día en el BOLETIN OFICIAL (Art. ,2340 CC y C), para que dentro del término de 30 días comparezcan a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de ley. Expediente NOBREGA JUAN CARLOS s/Declaratoria de Herederos; CUIJ N° 21-02884098-2. Rosario, 06/10/17. Dra. Malé Franch, Secretario.

$ 45 337792 Oct. 17

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de la Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 5ta. Nominación de la ciudad de Rosario, a cargo de la Dra. Lucrecia Mantello (Juez), Dra. Silvina L. Rubulotta (Secretaria) en los autos caratulados: GRIBAUDO, ISABEL s/Declaratoria de Herederos; CUIJ 21-02887287-6, se ha dispuesto citar y emplazar por edicto publicado por un día en el diario de publicaciones oficiales a herederos, acreedores y cualquier otro que se considere con derecho a los bienes dejados por la causante doña Isabel Gribaudo, LC 2.825.551, para que comparezcan ante este Tribunal en el término de 30 días siguientes al vencimiento a hacer valer sus derechos. Rosario, 10 de Octubre de 2017. Eliana Monteporzi, Prosecretaria.

$ 45 337849 Oct. 17

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 14° Nominación de Rosario, se hace saber que en los autos caratulados: MUNIAGURRIA SUSANA COSTANZA s/Declaratoria de Herederos; CUIJ 21-02868896-9, se ordeno la publicación de edictos citatorios, por cinco (5) veces en diez días (10), para que dentro de los 30 días siguientes a su vencimiento se presenten en autos los posibles herederos, acreedores y cualquier otro que se considere con derecho a los bienes dejados por la causante (Art. 1, 2 y 2340 del CC y C y 592 CPCC). Doña Susana Costanza Muniagurria, DNI 5.551.921, lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y en el hall de Tribunales. Rosario, 6 de Octubre de 2017. Dra. Mónaco, Secretaria.

$ 45 337835 Oct. 17 Oct. 23

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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial Nº 14 de Rosario, dentro de los autos RIVAROLA MARI ISABEL y Otros s/Declaratoria de Herederos; CUIJ 21-02886743-0, llama a los posibles herederos, acreedores y cualquier otro que se considere con derecho a los bienes dejados por doña Mari Isabel Rivarola, DNI 16.989.596 y don José Miguel Mastromarino DNI 16.498.442, para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos dentro de los 30 días hábiles siguientes al vencimiento del último edicto. Publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL y hall de Tribunales por 5 veces en 10 días. Rosario, 6 de Octubre de 2017. Dra. M. Jimena Bazán, Prosecretaria.

$ 45 337740 Oct. 17 Oct. 23

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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial Nº 14 de Rosario, dentro de los autos LESCANO, RAUL EMILIO s/Declaratoria de Herederos; CUIJ 21-02887123-3, llama a los posibles herederos, acreedores y cualquier otro que se considere con derecho a los bienes dejados por don Raúl Emilio Lescano, DNI 5.983.335, para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos dentro de los 30 días hábiles siguientes al vencimiento del último edicto. Publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL y hall de Tribunales por 5 veces en 10 días. Rosario, 6 de Octubre de 2017. Dra. M. Jimena Bazán, Prosecretaria.

$ 45 337742 Oct. 17 Oct. 23

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Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de Distrito Civil y Comercial de la 1ra. Nom. de Rosario, cita y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de DI CILLO ANA, publicándose edictos por 1 día en el BOLETIN OFICIAL (Art. 2340 CCYC), para que dentro del término de 30 días comparezcan a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de ley. Rosario, 05/10/17. Elvira Sauan, secretaria.

$ 45 337772 Oct. 17

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Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de Distrito Civil y Comercial de la 1ra. Nom. de Rosario, cita y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de BADUNA RODOLFO FRANCISCO, publicándose edictos por 1 día en el BOLETIN OFICIAL (Art. 2340 CCYC), para que dentro del término de 30 días comparezcan a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de ley. Rosario, 09/10/17. Elvira Sauan, secretaria.

$ 45 337771 Oct. 17

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Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de Distrito Civil y Comercial de la 1ra. Nom. de Rosario, cita y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de DI CILLO NICOLAS y CAMBIEN ILDA BLANCA, publicándose edictos por 1 día en el BOLETIN OFICIAL (Art. 2340 CCYC), para que dentro del término de 30 días comparezcan a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de ley. Rosario, 05/10/17. Elvira Sauan, secretaria.

$ 45 337773 Oct. 17

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Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de Distrito Civil y Comercial de la 1ra. Nom. de Rosario, cita y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de DI BENEDETTO VICTORIO, publicándose edictos por 1 día en el BOLETIN OFICIAL (Art. 2340 CCYC), para que dentro del término de 30 días comparezcan a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de ley. Rosario, 05/10/17. Elvira Sauan, secretaria.

$ 45 337774 Oct. 17

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Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de Distrito Civil y Comercial de la 1ra. Nom. de Rosario, cita y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de CAMPORA JUAN MANUEL, publicándose edictos por 1 día en el BOLETIN OFICIAL (Art. 2340 CCYC), para que dentro del término de 30 días comparezcan a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de ley. Rosario, 05/10/17. Elvira Sauan, secretaria.

$ 45 337777 Oct. 17

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Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de Distrito Civil y Comercial de la 1ra. Nom. de Rosario, cita y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de CORIA JOSE LUIS, publicándose edictos por 1 día en el BOLETIN OFICIAL (Art. 2340 CCYC), para que dentro del término de 30 días comparezcan a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de ley. Rosario, 05/10/17. Elvira Sauan, secretaria.

$ 45 337776 Oct. 17

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FIRMAT

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición de la Sra. Juez de Primera Instancia de Distrito Nro. 16 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de Firmat, Dra. Sylvia Cristina Pozzi, Secretaría de la autorizante, en los autos caratulados JAIME AURELIA ESMERALDA s/Declaratoria de Herederos; Expte. Nº 215/2015, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de doña Aurelia Esmeralda Jaime, para que comparezcan ante este Tribunal a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de ley. 28 de Abril de 2015. Fdo. Sylvia Cristina Pozzi (Juez), Laura M. Barco (Secretaria).

$ 45 337211 Oct. 17 Oct. 23

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CASILDA

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


El Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Civil, Comercial y Laboral N° 2 de la 7ma. Nominación de la ciudad de Casilda, Provincia de Santa Fe, llama a los posibles herederos, acreedores y cualquier otro que se considere con derecho a los bienes dejados por la causante, MORANDO DELFINA, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de ley. A tales efectos publíquense los edictos citatorios por un día a los fines de su acreditación durante el término de treinta días. Casilda, 3 de Octubre de 2017. Dra. Sandra E. González (Secretaria Subrogante).

$ 45 337861 Oct. 17

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El Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Civil, Comercial y Laboral de la Segunda Nominación de la ciudad de Casilda, conforme dispone el Art. 2340 del Código Civil y Comercial de la Nación, llama a los herederos, acreedores y de todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por doña LAUREANA BRAVO viuda de AGUILAR, para que acrediten su vocación y hagan valer sus derechos dentro de los treinta días del presente y bajo apercibimientos de ley. Secretaria, Casilda, 3 de Octubre de 2017. Sandra S. González, secretaria subrogante.

$ 45 337794 Oct. 17

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial N° 7 de la 2da. Nominación de Casilda, se ha dispuesto citar a los herederos, acreedores y legatarios de DAMIAN GABRIEL AYERBE, D.N.I. N° 41.109.400, para que en el término de treinta días a partir de la publicación de edictos, comparezcan ante este Tribunal a hacer valer sus derechos. Publíquense edictos por el término de un día en el BOLETIN OFICIAL y hall de Tribunales conforme Art. 2340 C.C.C. (Expte. Nº 564/2017). Casilda, 25 de Septiembre de 2017. Dra. Sandra S. González, secretaria subrogante.

$ 45 337775 Oct. 17

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RUFINO

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Juzgado de Primera Instancia Civil Comercial y del Trabajo, Distrito N° 9 de Rufino, a cargo del Dr. Luis A. Cignoli, Secretaria de la Dra. Luciana Parenti, en autos caratulados MARCACCINI ISABEL VERONICA s/Sucesorio; (Expte. Nro. 1044/2017), se cita, llama y emplaza, a los herederos, acreedores y legatarios de doña Marcaccini Isabel Verónica, para que en el término y bajo los apercibimientos de ley, comparezcan a hacer valer sus derechos. Rufino, 6 de Octubre de 2017. Luciana P. Parenti, secretaria subrogante.

$ 45 337791 Oct. 17 Oct. 23

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia Civil Comercial y del Trabajo, Distrito N° 9 de Rufino, a cargo del Dr. Luis A. Cignoli, Secretaria de la Dra. Luciana Parenti, en autos caratulados REYNOSO ELSA NELIDA s/Sucesorio; (Expte. Nro. 1013/2017), se cita, llama y emplaza, a los herederos, acreedores y legatarios de doña Elsa Nélida Reynoso, para que en el término y bajo los apercibimientos de ley, comparezcan a hacer valer sus derechos, Rufino, 25 de Septiembre de 2017. Luciana P. Parenti, secretaria subrogante.

$ 45 337790 Oct. 17 Oct. 23

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MELINCUÉ

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del señor Juez de la 1ra. Instancia de Distrito Nº 8 de Melincué, Dra. Analía M. Irrazábal (Juez), en autos caratulados: D´ANGELO JUANA MAYBU DOLLY s/Declaratoria de herederos; Expte. Nro. 884/2017, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de doña Juana Maybu Dolly D´Angelo, por (10) días, para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Publíquese en el BOLETÍN OFICIAL y Tablero del Juzgado. Melincué, 25 de Agosto de 2017. Leandro Carozzo, secretario.

$ 45 337839 Oct. 17 Oct. 23

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VENADO TUERTO

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del señor Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial, Segunda Nominación, de la ciudad de Venado Tuerto, Dr. Federico Bertram, secretaría del autorizante, Dr. A. Walter Bournot, en autos caratulados: ASOCIACIÓN MUTUAL DESARROLLO REGIONAL c/CUTTICA, ALFREDO ENRIQUE s/Demanda Ejecutiva; (Expte. Nº 286/2017), se ha dispuesto lo siguiente: Venado Tuerto, 28 de Septiembre de 2017. Informando en este acto el Actuario que la parte demandada no compareció a estar a derecho, pese a encontrarse debidamente notificada, según edicto que se adjunta y se agrega, previa certificación del Actuario, decláresela rebelde y prosiga el juicio sin su representación. Notifíquese por edictos conforme lo ya ordenado. Expte. Nro. 286/2017. Venado Tuerto, 6 de Octubre de 2017. Fdo. Dr. Federico Bertram, Juez; Dr. A. Walter Bournot, Secretario.

$ 33 337818 Oct. 17 Oct. 23

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Por disposición del señor Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial, Segunda Nominación, de la ciudad de Venado Tuerto, Dr. Federico Bertram, secretaría del autorizante, Dr. A. Walter Bournot, en autos caratulados: ASOCIACIÓN MUTUAL DESARROLLO REGIONAL c/SOSA, ENZO A. y Otro s/Demanda Ejecutiva; (Expte. N° 441/2015), se ha dispuesto lo siguiente: Venado Tuerto, 28 de Septiembre de 2017. Informando en este acto el Actuario que la parte demandada no compareció a estar a derecho, pese a encontrarse debidamente notificada, según edicto que se adjunta y se agrega, previa certificación del Actuario, decláresela rebelde y prosiga el juicio sin su representación. Notifíquese por edictos conforme lo ya ordenado. Expte. Nro. 441/2015. 6 de Octubre de 2017. Fdo. Dr. Federico Bertram, Juez; Dr. A. Walter Bournot, Secretario.

$ 33 337820 Oct. 17 Oct. 23

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Segunda Nominación de Venado Tuerto, a cargo del Dr. Federico G. Bertram, Secretaría del Dr. Walter Bournot, se hace saber por dos días en los autos caratulados: QUINTEROS, CLAUDIO FABIÁN c/PINNA, JOSE FRANCISCO y Ot. s/Pedido de Quiebra; Expte. Nº 1153/13; que se encuentra a disposición de los Sres. Acreedores y del fallido el Proyecto de Distribución de Fondos en los términos del Art. 218 Ley 24.522 y que vencido el plazo de diez días sin que se le formulen observaciones será aprobado sin más trámite. Venado Tuerto, 10 de Octubre de 2017.

$ 66 337871 Oct. 17 Oct. 18

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Circuito N° 3 de Venado Tuerto, a cargo del Dr. Vicente Militello, Secretaría de la Dra. Lidia E. Barroso, hacen saber que en los autos caratulados: COOPERATIVA LIMITADA DE OBRAS SANITARIAS Y SERV. ANEXOS DE VDO. TTO. c/MARTINEZ CARLOS y Otros s/Apremio; (Expte. 1270 - año 2016 CUIJ Nº 21-16801284-2), se ha dictado el siguiente decreto: Venado Tuerto, 25 de Septiembre de 2017. Proveyendo escrito cargo N° 10.813. Agréguese cédula y edicto que acompaña. Certifíquese por la Actuaria. No habiendo sido observada la planilla puesta de manifiesto y vencido el término señalado para hacerlo, apruébese la misma, la que asciende a la suma de ($ 13.710,67). En consecuencia se hace saber que ha sido aprobada la planilla practicada en autos que asciende a la suma de pesos trece mil setecientos diez con sesenta y siete centavos. Fdo. Dr. Vicente Militello, (Juez); Dra. Lidia E. Barroso Secretaria. Lo que a sus efectos se hace saber. Venado Tuerto, 6 de Octubre de 2017. A. Walter Bournot, secretario.

$ 53 337813 Oct. 17 Oct. 23

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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Venado Tuerto, Dra. María Celeste Rosso, Secretaría a cargo de la suscripta, dentro de los autos caratulados: ROS, ENRIQUE GINEZ s/Sucesión; (Expte. N° 393-año 2017), se llama a herederos, acreedores y legatarios de Enrique Ginez Ros, DNI N° 6.125.058, por el término de ley, para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Venado Tuerto, 5 de Octubre de 2017. Andrea G. Chaparro, secretaria.

$ 45 337855 Oct. 17 Oct. 23

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Circuito N° 3 en lo Civil y Comercial de la ciudad de Venado Tuerto, Santa Fe, Dr. Vicente Militello, Secretaría de la Dra. Lidia E. Barroso, se hace saber que en autos caratulados: COOP. PROV. SERV. PÚBL. M. TERESA c/SOTELO, DIEGO JOSE s/Juicio Ejecutivo; (Expte. N° 284/2013), se ha dispuesto lo siguiente: Venado Tuerto, 17 de Agosto de 2017. Proveyendo escrito cargo Nº 9046: Agréguese en Autos las boletas colegiales que acompaña. De manifiesto en la oficina, por el término de ley la planilla de capital, intereses y honorarios que antecede la que asciende a $ 8.153,15. Notifíquese. Fdo. Dr. Vicente Militello, Juez, Dra. Lidia E. Barroso, Secretaria. Venado Tuerto, 28 de Setiembre de 2017. Lidia E. Barroso, secretaria.

$ 45 337762 Oct. 17 Oct. 23

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