picture_as_pdf 2013-10-17

DIRECCION PROVINCIAL DE

CONTRATACIONES Y

GESTION DE BIENES


GESTION DIRECTA Nº 57/13


Objeto del Llamado: “Contratación del Servicio de Gestión de Un Sistema Integral de Detección Automático de Flujo de Circulación Vehicular e Infracciones a las Normas de Tránsito y Seguridad Vial, con Destino a la Agencia Provincial de Seguridad Vial Dependiente del Ministerio de Seguridad”.

Fecha de Presentación de Sobres: Hasta el día 08 de Noviembre del año 2013 a las 12:00 horas, en la Dirección Provincial de Contrataciones y Gestión de Bienes: Mendoza 2905 Primer Piso de la ciudad de Santa Fe.

Fecha de Apertura: Día 11 de Noviembre del año 2013 a las 12:00 hors, en la Dirección Provincial de Contrataciones y Gestión de Bienes Mendoza 2905 Primer Piso de la ciudad de Santa Fe.

Informes:

Dirección Provincial de Contrataciones y Gestión de Bienes.

Mendoza 2905 - Primer Piso - de la ciudad de Santa Fe.

Tel/Fax: 0342-457-3722/3725

Correo Electrónico: gestiondecontrataciones@santafe.gov.ar

Sitio Internet: www.santafe.gov.ar

S/C 10277 Oct. 17 Oct. 18

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DIRECCION PROVINCIAL DE VIVIENDA Y URBANISMO


RESOLUCIÓN N° 3249


Santa Fe, “Cuna de la Constitución Nacional”, 03 OCT 2013

VISTO:

El Expte. Nº 15201-0122807-3 y su agregado Nº 15201-0154619-7 del Sistema de Información de Expedientes; y

CONSIDERANDO:

Que han sido detectadas situaciones de irregularidad respecto de la Unidad Habitacional identificada como: MB. 18 - DPTO. 283 - MANZANA 8059 - (3D) - Nº DE CUENTA 0218-0283-6 - PLAN Nº 0218 - 372 VIVIENDAS - Bº ACERIA - SANTA FE - (DPTO. LA CAPITAL), asignada a los señores RAMOS, HÉCTOR RUBÉN y NIERES, ZULMA ORQUÍDEA, según copia del Boleto de Compra-Venta que se agrega a fs. 25, consistentes en falta de ocupación y pago del bien;

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos mediante Dictamen Nº 088391 (fs. 34) manifiesta que el expediente es iniciado por la cotitular NIERES informando que, por razones de seguridad y salud de sus hijos, dejó el departamento y se encuentra domiciliada en una casa prestada en Ángel Gallardo (al respecto informa la Secretaría General de Servicio Social a fs. 18/19);

Que al tomar intervención las áreas competentes del Organismo informan la abultada deuda sin constar que se haya relevado el inmueble y sin mencionar el paradero de RAMOS, quien no se ha presentado en el expediente;

Que así las cosas, sin más trámite, aconseja el dictado de una resolución que desadjudique al grupo mencionado por aplicación de los Artículos 29 y 37, incs. d) y e) del Reglamento de Adjudicación, Ocupación y Uso, rescindiendo el boleto respectivo y disponiendo el lanzamiento por el procedimiento del Artículo 27 de la Ley Nº 21.581 a la que adhiere la Provincia por Ley Nº 11.102, notificando al domicilio contractual y por edictos para resguardar los derechos de RAMOS. Cumplido, si no ingresara recurso alguno, se podrá cubrir esta vacante;

Por ello y de conformidad a las facultades conferidas por el Artículo 8vo. de la Ley 6690;

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE VIVIENDA Y URBANISMO

R e s u e l v e :

ARTICULO 1º: Desadjudicar la Unidad Habitacional identificada como: MB. 18 - DPTO. 283 - MANZANA 8059 - (3D) - Nº DE CUENTA 0218-0283-6 - PLAN Nº 0218 - 372 VIVIENDAS - Bº ACERIA - SANTA FE - (DPTO. LA CAPITAL), a

los señores RAMOS, HÉCTOR RUBÉN (D.N.I. Nº 11.525.122) y NIERES, ZULMA ORQUÍDEA (D.N.I. Nº 11.631.290), por infracción de los Artículos 29 y 37 incs. d) y e) del Reglamento de Adjudicación, Ocupación y Uso, dándose por rescindido el Boleto de Compra-Venta oportunamente suscripto y por modificada en tal sentido la Resolución Nº 3205/88.

ARTICULO 2º: En caso de no producirse la restitución pacífica del bien inmueble, previa individualización por el Área Social, del grupo familiar que propicie como adjudicatario de la vivienda a recuperar, autorizar a la Jefatura de la Dirección General de Asuntos Jurídicos para que personalmente o a través del profesional que este designe y por aplicación del Artículo 27 de la Ley 21.581 homologada por Ley Provincial Nº 11.102 que expresa:

Quedan facultados los Organismos por medio de los que se hubieran ejecutado o ejecuten programas habitacionales financiados con recursos del FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA, para requerir y obtener el auxilio de la fuerza pública, y éstas obligadas a prestarlo, con el objeto de posibilitar la ejecución inmediata de todas las cláusulas insertas en los boletos de compra-venta, contratos de préstamo de uso o comodato y actos de entrega de tenencia precaria / aprobados por la SECRETARIA DE ESTADO DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA que suscriban con los beneficiarios de las viviendas. En tal sentido el auxilio de la fuerza pública podrá ser requerido, también, para producir el lanzamiento de aquellos que hubieren ocupado las viviendas, edificios, construcciones o terrenos, sin estar autorizados para ello por autoridad competente.- Asimismo, para la ejecución de las hipotecas que pudieran constituir a su favor, dichos organismos tendrán la posibilidad de instrumentar el mismo procedimiento que tiene establecido en sus operatorias el BANCO HIPOTECARIO NACIONAL.-

proceda a tomar los siguientes recaudos:

* Remitir un oficio a la seccional de la jurisdicción para que preste el auxilio de la fuerza pública a los fines del desalojo y debida toma de posesión del inmueble.-

* Actuar como oficial del desalojo, con facultad de utilizar cerrajero que proceda a la apertura del acceso a la vivienda, cambio de cerradura y realizar cualquier otra medida que sea conducente para facilitar el cometido.

ARTICULO 3º: Al efecto de cumplimentar con lo normado por la Ley Nº 12071 se transcribe a continuación el Decreto Nº 10.204/58 en sus partes pertinentes- “ARTICULO 42: El recurso de revocatoria podrá interponerse contra los decretos y resoluciones dictados en los expedientes o actuaciones administrativas y, en general, contra cualquier decisión dictada por autoridad administrativa competente, que niegue un derecho o imponga obligaciones, dentro del término de diez días de la notificación. ARTICULO 47: Para que proceda, el recurso de apelación deberá ser interpuesto en tiempo y forma ante la autoridad administrativa que hubiera dictado la resolución motivo del mismo, pudiendo interponerse también subsidiariamente con el recurso de revocatoria.- Artículo 55: El recurso jerárquico ante el Poder Ejecutivo procederá cuando exista una denegación tácita del derecho postulado, por parte de la autoridad administrativa que deba resolver, o una retardación de la resolución.-....”

ARTICULO 4º: El presente decisorio se notificará mediante Notificador Oficial al domicilio contractual y por edictos, por el procedimiento del Artículo 20, inc. e) y 28 del Decreto Nº 10.204/58.

ARTICULO 5º: Regístrese, comuníquese y archívese.

LUCAS PEDRO CRIVELLI

Subdirector Provincial

D.P.V. y U.

S/C 10260 Oct. 17 Oct. 21

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RESOLUCIÓN Nº 3303


Santa Fe, 07 de Octubre de 2013.-

VISTO:

El Expediente Nº 15202-0007126-2 del Sistema de Información de Expedientes ; y

CONSIDERANDO:

Que ha sido detectada una situación de irregularidad consistente en falta de pago y ocupación en la unidad habitacional identificada como: ING. A. ACEVEDO 2920 – CONSORCIO 3 – UNIDAD 7 – PISO 2 – DPTO. 9 – (2D) – CUENTA N° 0279-0091-2 – PLAN 0279 – B° ACINDAR - ROSARIO – DEPARTAMENTO ROSARIO – PROVINCIA DE SANTA FE, asignada por Resolución Nº 0439/90 a los señores ARCE DANIEL (DNI 14.685.645) y DIAZ ALICIA (DNI 16.985.780), según Boleto de Compraventa de fs 18;

Que las presentes actuaciones se inician mediante Nota N° 2772/04 de fecha 16/11/04 (fs. 1), en virtud de la cual se pone en conocimiento de esta Dirección la irregularidad ocupacional existente en la unidad mencionada;

Que el Área de Servicio Social Zona Sur interviene en fecha 15/06/11 (fs 44) indicando que la unidad se encuentra ocupada por terceras personas -conforme acta de constatación domiciliaria a fs 22 y actas testimoniales a fs 41/43- ;

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos interviene mediante Dictamen Nº 083611/11 (fs 45/46) y señala que las prohibiciones contempladas en los Arts. 37 y 29 del Reglamento de Adjudicación, Ocupación y Uso tienen una directa relación con el deber de ocupación que constituye una obligación jurídica derivada del Reglamento y del Boleto suscripto, de cumplimiento necesario por parte del titular adjudicatario y cuya consencuencia se sanciona con la desadjudicación tal cual lo prevé el mismo cuerpo de normas sumado al incumplimiento del Art. 29 que los obliga al pago de las cuotas de amortización, ambas normas reflejadas en el Boleto de Compraventa que suscribieron;

Que asimismo destaca que dadas las constancias de autos, el total desinterés de los adjudicatarios de su vivienda y la inexistencia de un domicilio donde cursar una intimación que resulte efectiva mas allá de lo formal, haciendo uso de la opción prevista por el Art. 39 inc. b) del Reglamento de Adjudicación, Ocupación y Uso, recomienda proceder sin mas trámites a la desadjudicación de la unidad por incumplimiento de las obligaciones impuesta reglamentaria y contractualmente – Arts. 29 y 37 del R.A.O. y U. y clásulas concordantes del Boleto oportunamente suscripto -;

Que tal como se presenta el caso, en el que se ignora el domicilio del interesado y a los efectos de la notificación del acto, deviene aplicable la forma contemplada en los Arts. 20 inc. e) y 28 del Decreto 10.204/58, es decir, mediante edictos que se publicarán en el Boletín Oficial, garantizando de ese modo al administrado su derecho de defensa;

Que por lo expuesto la Dirección General de Asuntos Jurídicos (fs 45/46) aconseja el dictado del presente acto resolutorio que desadjudica a los titulares de la vivienda por infracción a los arts. 29 (falta de pago) y 37 inc d (dejar de habitar el inmueble) del Reglamento de Adjudicación, Ocupación y Uso;

POR ELLO,

y de conformidad a las facultades conferidas por el Artículo 8vo. de la Ley 6690;

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE VIVIENDA Y URBANISMO

R E S U E L V E:

ARTICULO 1°.- Desadjudicar la unidad habitacional identificada como: ING. A . ACEVEDO 2920 – CONSORCIO 3 – UNIDAD 7 – PISO 2 – DPTO. 9 – (2D) – CUENTA N° 0279-0091-2 – PLAN 0279 – B° ACINDAR - ROSARIO – DEPARTAMENTO ROSARIO – PROVINCIA DE SANTA FE, asignada a los señores ARCE DANIEL (DNI 14.685.645) y DIAZ ALICIA (DNI 16.985.780) por infracción a los arts. 29 ( falta de pago) y 37 inc d (dejar de habitar el inmueble) del Reglamento de Adjudicación, Ocupación y Uso rescindiendo el Boleto de Compraventa oportunamente suscripto, y dando por modificada en tal sentido la Resolución Nº 0439/90.-

ARTICULO 2°.- NOTIFICAR el presente decisorio por intermedio de Notificador Oficial en el domicilio contractual y por edictos, conforme a los arts. 20 inc. e) y 28 del Decreto N° 10.204/58, debiendo ver verificada la efectiva publicación por la Secretaría de Despacho, agregando la constancia correspondiente.-

ARTICULO 3°.- En caso de no producirse la restitución pacífica del bien inmueble, previa individualización por el área Social, del grupo familiar que propicie como adjudicatario de la vivienda a recuperar, autorizar a la Jefatura de la Dirección General de Asuntos Jurídicos para que personalmente o a través del profesional que esta designe y por aplicación del Artículo 27 de la Ley 21581 homologada por la Ley Provincial N° 11102 que expresa:

Quedan facultados los Organismos por medio de los que se hubieran ejecutado o ejecuten programas habitacionales financiados con recursos del FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA, para requerir y obtener el auxilio de la fuerza pública, y éstas obligadas a prestarlo, con el objeto de posibilitar la ejecución inmediata de todas las cláusulas insertas en los boletos de compra-venta, contratos de préstamo de uso o comodato y actos de entrega de tenencia precaria aprobados por la SECRETARIA DE ESTADO DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA que suscriban con los beneficiarios de las viviendas. En tal sentido el auxilio de la fuerza pública podrá ser requerido, también, para producir el lanzamiento de aquellos que hubieren ocupado las viviendas, edificios, construcciones o terrenos, sin estar autorizados para ello por autoridad competente.- Asimismo, para la ejecución de las hipotecas que pudieran constituir a su favor, dichos organismos tendrán la posibilidad de instrumentar el mismo procedimiento que tiene establecido en sus operatorias el BANCO HIPOTECARIO NACIONAL.-”

proceda a tomar los siguientes recaudos:

Remitir un oficio a la seccional de la jurisdicción para que preste el auxilio de la fuerza pública a los fines del desalojo y debida toma de posesión del inmueble.-

Actuar como oficial del desalojo, con facultad de utilizar cerrajero que proceda a la apertura del acceso a la vivienda, cambio de cerradura y realizar cualquier otra medida que sea conducente para facilitar el cometido.-

ARTICULO 4°.- Al efecto de cumplimentar con lo normado por la Ley N° 12071 se transcribe a continuación el Decreto N° 10204/58 en sus partes pertinentes- “ARTICULO 42: El recurso de revocatoria podrá interponerse contra los decretos y resoluciones dictados en los expedientes o actuaciones administrativas y, en general, contra cualquier decisión dictada por autoridad administrativa competente, que niegue un derecho o imponga obligaciones, dentro del término de diez días de la notificación. ARTICULO 47: Para que proceda, el recurso de apelación deberá ser interpuesto en tiempo y forma ante la autoridad administrativa que hubiera dictado la resolución motivo del mismo, pudiendo interponerse también subsidiariamente con el recurso de revocatoria.-Artículo 55: El recurso jerárquico ante el Poder Ejecutivo procederá cuando exista una denegación tácita del derecho postulado, por parte de la autoridad administrativa que deba resolver, o una retardación en la resolución.-.....”

ARTICULO 5°.- Regístrese, comuníquese y archívese.-

LUCAS PEDRO CRIVELLI

Subdirector Provincial

D.P.V. y U.

S/C 10261 Oct. 17 Oct. 21

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AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL


RESOLUCIÓN Nº 0084


SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional, 10 OCT 2013

VISTO:

el Expediente Nº 00101-0194364-9 del Sistema de Información de Expedientes mediante el cual la Municipalidad de San Lorenzo gestiona la habilitación de un Centro de Revisión Técnica Vehicular de tipo fijo, en el marco del Decreto Provincial Nº 0869/09, modificado por Decreto Provincial Nº 409/13;

CONSIDERANDO:

Que la revisión técnica vehicular obligatoria resulta imprescindible para garantizar la circulación de los automotores en condiciones de seguridad a lo largo de su vida útil, prevenir siniestros viales y en definitiva velar por la vida y la integridad física de las personas;

Que la Ley Provincial de Tránsito Nº 13.133 y el Decreto Provincial Nº 869/09, modificado por el Decreto Provincial Nº 409/13 establecen un Sistema de Revisión Técnica Vehicular Obligatoria de Jurisdicción Provincial distribuyendo geográficamente vacantes para la instalación de veinticinco (25) Centros de Revisión Técnica, en las (5) regiones de la Provincia;

Que esta distribución tiene sus fundamentos en razones de índole geográfico, considerando la necesidad de cubrir la demanda en toda la Provincia de Centros de Revisión Técnica a fin de que toda la población tenga acceso a este servicio;

Que debe asimismo considerarse, el aseguramiento de la calidad del servicio y la cobertura de la prestación en zonas cuya densidad de población pueda dificultar la rentabilidad del mismo, sobre todo en una Provincia como Santa Fe, en la que la concentración de población es muy variable;

Que el mencionado Centro de Revisión Técnica Vehicular prevé realizar revisiones técnicas acordes a la normativa provincial aplicable, comprensiva de todos los vehículos automotores y motovehículos destinados a circular por la vía pública, de uso particular y oficial, y del servicio de transporte de cargas y pasajeros provincial radicados en al Provincia de Santa Fe, de conformidad con las previsiones establecidas en al Ley Provincial Nº 13.133, en el Decreto Provincial Nº 869/09, modificado por Decreto Nº 409/13 y supletoriamente en la Ley Nacional Nº 24.449 y su Decreto reglamentario Nº 779/95;

Que la Municipalidad de San Lorenzo celebró el convenio respectivo en fecha 28 de octubre de 2011, el cual se encuentra registrado bajo el Nº 4710, al Folio Nº 059, Tomo IX del Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales;

Que conforme el articulo 7º inciso “9” de la Ley Provincial Nº 13.133 es función de la Agencia Provincial de Seguridad Vial “(...) Entender en todo lo atinente al sistema de revisión técnica vehicular obligatoria (RTO), en la gestión y control del proceso que lo involucra, y autorizar el funcionamiento de Centros de Revisión Técnica en el ámbito de la Provincia, correspondientes a todas las categorías de rodados previstas en el artículo 28 del Decreto Nacional N° 779/95, y de conformidad a lo establecido en el artículo 45 de la presente ley y del Decreto Provincial N° 0869/09";

Que habiendo tomado intervención las áreas técnicas y jurídicas de la AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL, no han encontrado objeción que formular con el dictado de la presente resolución;

Que en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley Provincial Nº 13.133 y Decreto Provincial Nº 0869/09 y 0409/13;

POR ELLO:

EL SUBSECRETARIO DE LA

AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL

R E S U E L V E:

ARTICULO 1º: Habilitar a la Municipalidad de San Lorenzo a prestar el Servicio de Revisión Técnica Vehicular Obligatoria (RTO) Provincial, a través del Centro de RTO denominado D.S.G. SRL, de conformidad a lo previsto en la Ley Provincial Nº 13.133, y en el Decreto Provincial Nº 869/09, modificado por Decreto Provincial Nº 409/13

ARTICULO 2º: El Centro de Revisión Técnica Vehicular Obligatoria que prestará el servicio a través de la Empresa D.S.G. SRL., que funcionará en calle Ruta A012 Nº 715 de la Municipalidad de San Lorenzo.

ARTICULO 3º: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

S/C 10267 Oct. 17 Oct. 18

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MINISTERIO PUBLICO

DE LA ACUSACION


RESOLUCIÓN Nº 0058


SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional, 07/10/2013

VISTO:

El expediente N° 02001-0020599-8 del Registro del Sistema de Información de Expedientes -MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS- en virtud del cual se gestiona el llamado a concurso para cubrir el cargo de Jefe de Despacho en el área de Administración de la Infraestructura Tecnológica de la Dirección de Sistemas de Información e Infraestructura Tecnológica del Ministerio Público de la Acusación; y

CONSIDERANDO:

Que, el Ministerio Público de la Acusación es ejercido por el Fiscal General, y que a su vez el órgano, cuenta con autonomía funcional y administrativa y con autarquía financiera dentro del Poder Judicial;

Que el Art. 16° inc 12) de le ley 13013, modificada por el Art. 5° de la ley 13.256, establece que corresponde al Fiscal General elaborar las estructuras necesarias para el funcionamiento del MPA, fijando las misiones y funciones de los cargos que la conforman;

Que el art. 42 de la ley 13013 en su segundo párrafo, faculta al Fiscal General a dictar las reglamentaciones pertinentes a los fines de adaptar las estructuras del MPA a las denominaciones de la legislación vigente, manteniendo las equivalencias entre salario y cargo conforme las previsiones de la Ley 11.196, en tanto éstas no hayan sido fijadas por la ley 13013 incluyendo de esta manera tanto a funcionarios, como a las denominaciones de los cargos de empleados del MPA;

Que, de acuerdo a ello la resolución N° 10 del 14 de marzo de 2012 aprobó la estructura de la Fiscalía General;

Que por ley 13218, se han creado cargos de funcionarios y empleados en la planta de personal permanente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos disponiendo, en el segundo párrafo de su artículo 2°, que los cargos que por la misma se crean deberán transferirse a los Organismos de destino, en este caso el Ministerio Público de la Acusación, una vez llevados a cabo los respectivos concursos;

Que el artículo 3 del Anexo I de la Resolución 30/12 prevé el concurso abierto especial, cuando el cargo a concursar requiera conocimientos que no fueran evaluados en el concurso a que refiere el artículo 2 de la mencionada resolución;

Que, así las cosas, se encuentra en condiciones de llamar a concurso de acuerdo a lo previsto por el art. 6 del Anexo I de la resolución 3/2012 y en el marco de lo establecido en los arts. 1, 2, 3, 16 y 67 y concordantes de la Ley 13013;

POR ELLO:

EL FISCAL GENERAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°: Llámese a concurso abierto especial de antecedentes y oposición para cubrir el cargo de Jefe de Despacho en el área de Administración de la Infraestructura Tecnológica de la Dirección de Sistemas de Información e Infraestructura Tecnológica del Ministerio Público de la Acusación, en el marco de lo dispuesto por la Resolución N° 030/2012 de este Ministerio Público de la Acusación.

ARTÍCULO 2°: Establecer que para participar en el concurso los interesados deberán acreditar los siguientes requisitos:

1. Ciudadanía argentina.

2. Ser mayor de 25 años de edad.

3. Residencia no menor de dos años en la provincia si no hubiere nacido en ella.

4. Buenos antecedentes de conducta acreditados con el certificado respectivo otorgado por la Policía de la Provincia.

5. Certificación de la Oficina Judicial correspondiente de no hallarse incluido en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos.

6. Poseer título universitario oficialmente reconocido de: Analista, Licenciado, o Ingeniero en Ciencias de la Computación, o Sistemas, o Sistemas de Información, o Análisis de Sistemas, o Informática, o Computación, o afines.

7. si el postulante pertenece al Poder Judicial, deberá contar como empleado titular con una antigüedad de dos años calendarios anteriores al de la fecha del llamado a concurso, y dos años calendarios anteriores en el título requerido, previos al de la fecha del llamado a concurso; y si el postulante al cargo referido no pertenece al Poder Judicial, deberá acreditar por lo menos dos años calendarios anteriores de antigüedad en el título, previos al de la fecha del llamado a concurso.

8. No menos de 2 años de experiencia laboral en ámbitos similares al de las funciones que le competen, relacionadas a la gestión de áreas de Infraestructura de Servidores y Telecomunicaciones, con coordinación de equipos de trabajo de al menos 5 personas.

9. Experiencia comprobable en: Virtualización de servidores utilizando Xen y Ganeti. Sistema de monitoreo (Zabbix). Sistema de backup (Bacula). Sistema de seguimiento de proyectos y wiki (redmine). Servidor de correo saliente (smtp) con postfix, y servidor IMAP con dovecot. Servicios de red (DNS (Bind9), DHCP). Sistema de clientes delgados con servidores en cluster (LTSP-cluster). Administración de central telefónica. Gestión ante los proveedores de servicios de telefonía fija/móvil. Diseño de salas de servidores y cableado estructurado. Asesoramiento y recomendación en el proceso de adquisición de hardware de TI. Conducción de personal (mínimo 5 personas a cargo), organización y planificación de proyectos. Administración de firewall. Administración de swtiches de core. Administración y configuración de hardware de alimentación de energía ininterrumpido (UPS) y de sistemas de generación de energía (grupo electrógeno). Administración y configuración de hardware de almacenamiento externo (SAN) y de copias de seguridad.

Conocimiento en las siguientes tecnologías: Servidor de autenticación centralizada (LDAP). Servidores de bases de datos PostgreSQL y MySQL. Sistema de control de versiones (Subversion). Servidores de aplicaciones java (Glassfish). Servidores webs (Apache). Redirector y balanceador de carga web (nginx). OpenVPN. Inventario de activos de red (OCS Inventory y GLPI).

ARTÍCULO 3°: Establézcase que el proceso de selección para el presente concurso, consistirá en la evaluación de los antecedentes presentados por los aspirantes y en la realización de una prueba de oposición que incluye: una exposición oral del plan de trabajo para la potencial gestión y una entrevista.

ARTICULO 4°: Intégrese el órgano de selección del presente concurso, por:

Miembros Titulares: Profesor Horacio César Loyarte, D.N.I. 12.662.107; Profesor Hugo Darío Minni, D.N.I. 17.963.266 y AUS. Marcelo Domingo Re, D.N.I. 22.152.988.

Miembros Suplentes: Profesor Máximo Eduardo Méndez, D.N.I. 14.992.769; Profesora Lucila Judith Romero, D.N.I. 18.242.416 y C.P.N. Carlos Ramón Riboldi, D.N.I. 11.832.411.

ARTÍCULO 5°: Fíjese como sede de inscripción al presente concurso el Ministerio Público de la Acusación, sito en calle 1° de Mayo 2417 de la ciudad de Santa Fe, desde el día 4 de noviembre de 2013 hasta el día 8 de noviembre de 2013 inclusive, en el horario de 8:00 a 12:00 hs., mediante la presentación de un sobre que contenga la leyenda “Proceso de Selección – Cargo: Jefe de Despacho en el área de Administración de la Infraestructura Tecnológica de la Dirección de Sistemas de Información e Infraestructura Tecnológica e indique: I. Apellido; II. Nombre; y III. Tipo y número de documento.-

En el interior del sobre deberán incluirse:

1) Formulario de inscripción completo, que como ANEXO I forma parte de la presente.

2) Una (1) copia impresa del Curriculum Vitae y una copia en formato Word o similar compatible, en soporte CD.

3) Una (1) fotocopia de las dos (2) primera hojas del Documento Nacional de Identidad y de la que contenga el último cambio de domicilio, o en su caso, del anverso y reverso del Documento Nacional de Identidad – Tarjeta.

4) Una (1) copia del título de grado.

5) Fotocopias de todas las constancias de los antecedentes consignados en el CV.

La totalidad de las hojas deberán estar numeradas y cada una de ellas firmada, indicándose el total de páginas (por ejemplo: 1 de 10 o 1/10).

Todas las fotocopias presentadas deberán estar certificadas por Escribano Público o por la Oficina de Certificaciones del Poder Judicial.

La oficina receptora entregará una constancia firmada y sellada en la que consignará la fecha y hora de recepción.

No se admitirá la invocación de nuevos títulos, antecedentes o trabajos con posterioridad a la presentación del formulario de inscripción.

ARTÍCULO 6°: Establézcase el día 9 de diciembre de 2013 como fecha de la prueba de oposición prevista en el artículo 3° de la presente, a partir de las 9:00 hs., en el Ministerio Público de la Acusación, sito en calle 1° de Mayo 2417 de la ciudad de Santa Fe.

ARTÍCULO 7°: Determínese que las impugnaciones y recusaciones previstas en la Resolución N° 0003/2012 del Fiscal General deberán interponerse en la sede del Ministerio Público de la Acusación, sito en calle 1° de Mayo 2417 de la ciudad de Santa Fe en el horario de 8:00 a 12:00 hs.-

ARTICULO 8°: Disponer que el concurso de realizará de acuerdo a las prescripciones contenidas en el reglamento vigente para la Provisión de Cargos de Funcionarios en el Ministerio Público de la Acusación.

ARTÍCULO 9°: Publíquese la convocatoria por un (1) día en el Boletín Oficial y por dos (2) días en un diario de amplia difusión dentro de la Provincia.-

ARTÍCULO 10°: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.-

Nota: Se publica sin el Formulario de Inscripción pudiéndose consultar en el Ministerio.

S/C. 10249 Oct. 17

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RESOLUCIÓN Nº 0062


SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional, 07/10/2013

VISTO:

El expediente N° 02001-0020598-7 del Registro del Sistema de Información de Expedientes -MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS- en virtud del cual se gestiona el llamado a concurso para cubrir el cargo de Jefe de Oficina de Planificación, Ejecución y Evaluación de la Escuela de Capacitación del Ministerio Público de la Acusación; y

CONSIDERANDO:

Que, el Ministerio Público de la Acusación es ejercido por el Fiscal General, y que a su vez el órgano, cuenta con autonomía funcional y administrativa y con autarquía financiera dentro del Poder Judicial;

Que el Art. 16° inc 12) de le ley 13013, modificada por el Art. 5° de la ley 13.256, establece que corresponde al Fiscal General elaborar las estructuras necesarias para el funcionamiento del MPA, fijando las misiones y funciones de los cargos que la conforman;

Que el art. 42 de la ley 13013 en su segundo párrafo, faculta al Fiscal General a dictar las reglamentaciones pertinentes a los fines de adaptar las estructuras del MPA a las denominaciones de la legislación vigente, manteniendo las equivalencias entre salario y cargo conforme las previsiones de la Ley 11.196, en tanto éstas no hayan sido fijadas por la ley 13013 incluyendo de esta manera tanto a funcionarios, como a las denominaciones de los cargos de empleados del MPA;

Que, de acuerdo a ello la resolución N° 10 del 14 de marzo de 2012 aprobó la estructura orgánica de la Fiscalía General con sus misiones y funciones;

Que por ley 13218, se han creado cargos de funcionarios en la planta de personal permanente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos disponiendo, en el segundo párrafo de su artículo 2°, que los cargos que por la misma se crean deberán transferirse a los Organismos de destino, en este caso el Ministerio Público de la Acusación, una vez llevados a cabo los respectivos concursos;

Que, la resolución n° 3 del 2012 y su Anexo I regula el régimen general para la provisión de cargos de funcionarios del Ministerio Público de la Acusación;

Que, en la estructura aprobada y sus modificaciones se prevé el cargo de Jefe de Oficina de Planificación, Ejecución y Evaluación de la Escuela de Capacitación del Ministerio Público de la Acusación, el que se encuentra vacante, y se exponen las misiones y las responsabilidades primarias que tendrá quien ocupe el mismo;

Que, así también en el Anexo II de la mencionada resolución n° 10/12, contempla para los funcionarios no incluidos en la Ley 13013, la equivalencia entre salario y cargo conforme a la Ley 11.196;

Que, así las cosas, se encuentra en condiciones de llamar a concurso de acuerdo a lo previsto por el art. 6 del Anexo I de la resolución 3/2012 y en el marco de lo establecido en los arts. 1, 2, 3, 16 y 67 y concordantes de la Ley 13013;

POR ELLO:

EL FISCAL GENERAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°: Llámese a concurso público de antecedentes y oposición para cubrir el cargo Jefe de Oficina de Planificación, Ejecución y Evaluación de la Escuela de Capacitación del Ministerio Público de la Acusación, en el marco de lo dispuesto por la Resolución N° 0003/2012 de este Ministerio Público de la Acusación, cuyas misiones y funciones – responsabilidad primaria se citan en el Anexo I de la presente.

ARTÍCULO 2°: Determínese que los requisitos que deberán cumplir los aspirantes serán los siguientes:

1. Ser mayor de 25 años de edad.

2. Poseer título de Abogado con dos años de antigüedad.

3. Poseer antecedentes en docencia.

ARTÍCULO 3°: Establézcase que el proceso de selección para el presente concurso consistirá en la evaluación de los antecedentes presentados por los aspirantes y en la realización de una prueba de oposición, que consistirá en un examen escrito y en una entrevista, todo de acuerdo a lo dispuesto en la Resolución n° 3/2012 del Ministerio Público de la Acusación.

ARTÍCULO 4°: Intégrese el órgano de selección del presente concurso por:

Miembros titulares: Dr. Marcelo Ignacio Hidalgo, DNI: 18.779.030

Dr. Diego Hernán Di Siena, DNI: 21.905.234

Dr. Horacio Capanegra Vallé, DNI: 16.938.934

Miembros suplentes: Dr. Mario Martín Barletta, DNI: 27.793.333

Dr. Augusto Oscar Montero, DNI: 24.613.984

Dr. Fabián Alvarez, DNI: 16.550.102

ARTÍCULO 5°: Fíjese como sede de inscripción del presente concurso la Fiscalía General, sita en calle 1° de Mayo 2417 de la ciudad de Santa Fe, desde el día 18 de noviembre de 2013 hasta el día 22 de noviembre de 2013 inclusive, en el horario de 8:00 a 12:00 hs., mediante la presentación de un sobre que contenga la leyenda “Proceso de Selección – Cargo: “Jefe de Oficina de Planificación, Ejecución y Evaluación de la Escuela de Capacitación del Ministerio Público de la Acusación” e indique: I. Apellido; II. Nombre; y III. Tipo y número de documento.-

En el interior del sobre deberán incluirse:

1. Formulario de inscripción completo, que como ANEXO II forma parte de la presente.

2. Una (1) copia impresa del Curriculum Vitae y una copia en formato Word o similar compatible, en soporte CD.

3. Una (1) fotocopia de las dos (2) primera hojas del Documento Nacional de Identidad y de la que contenga el último cambio de domicilio, o en su caso, del anverso y reverso del Documento Nacional de Identidad – Tarjeta.

4. Una (1) copia del título de grado de abogado.

5. Fotocopias de todas las constancias de los antecedentes consignados en el CV.

6. Certificado de antecedentes penales (RNR), Informe del Registro de deudores alimentarios morosos, Certificado policial de conducta e Informe del Registro de Concursos y Quiebras.

La totalidad de las hojas deberán estar numeradas y cada una de ellas firmada, indicándose el total de páginas (por ejemplo: 1 de 10 o 1/10).

Todas las fotocopias presentadas deberán estar certificadas por Escribano Público o por la Oficina de Certificaciones del Poder Judicial.

La oficina receptora entregará una constancia firmada y sellada en la que consignará la fecha y hora de recepción.

No se admitirá la invocación de nuevos títulos, antecedentes o trabajos con posterioridad a la presentación del formulario de inscripción.-

ARTÍCULO 6°: Establézcase el día 9 de diciembre de 2013 a las 9 hs como fecha para la prueba de oposición prevista en el artículo 3° de la presente, en el aula 24 de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional del Litoral, sita en calle Cándido Pujato 2751, 2do Piso, de la ciudad de Santa Fe.-

ARTÍCULO 7°: Determínese que las impugnaciones y recusaciones previstas en la Resolución N° 0003/2012 de la Fiscalía General deberán interponerse en la sede de la Fiscalía General sita en calle 1° de Mayo 2417, de la ciudad de Santa Fe, en el horario de 8:00 a 12:00 hs, dentro del plazo previsto.-

ARTÍCULO 8°: Publíquese la convocatoria por un (1) día en el Boletín Oficial y por dos (2) días en un diario de amplia difusión dentro de la Provincia.-

ARTÍCULO 9°: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.-


ANEXO I

CARGO: Jefe de Oficina de Planificación, Ejecución y Evaluación.

MISIÓN:

Dirigir y coordinar la planificación, ejecución y evaluación de todas las actividades de capacitación y formación del Ministerio Público de la Acusación, las Fiscalías Regionales y, especialmente, de los Órganos Fiscales.

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

1. Diseñar los planes de capacitación y formación continua de todos los integrantes del Ministerio Público de la Acusación.

2. Proponer convenios de cooperación con universidades, públicas y/o privadas, nacionales y/o extranjeras, que colaboren con el proceso de capacitación.

3. Llevar a cabo las acciones de capacitación y formación en la modalidad, formato, tiempos y estructura que permita la ampliación de destrezas, conocimiento y dominio de las cuestiones atinentes a la problemática del Ministerio Público de la Acusación.

4. Diseñar, implementar y ejecutar acciones de capacitación en el marco del e-learning o formación a distancia.

5. Realizar una acción permanente de evaluación de los resultados de la capacitación, de los docentes, de los participantes y de los impactos en las organizaciones del Ministerio Público de la Acusación.

6. Dar cumplimiento a toda tarea que establezca la superioridad, dentro de las funciones que le son propias, en tiempo, forma y contenido.

Nota: Se publica sin el Formulario de Inscripción pudiéndose consultar en el Ministerio.

S/C. 10252 Oct. 17

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RESOLUCIÓN Nº 0059


SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional, 07/10/2013

VISTO:

El expediente N° 02001-0020601-2 del Registro del Sistema de Información de Expedientes -MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS- en virtud del cual se gestiona el llamado a concurso para cubrir dos (2) cargos de Oficial Mayor en el área de Administración de la Infraestructura Tecnológica de la Dirección de Sistemas de Información e Infraestructura Tecnológica del Ministerio Público de la Acusación; y

CONSIDERANDO:

Que, el Ministerio Público de la Acusación es ejercido por el Fiscal General, y que a su vez el órgano, cuenta con autonomía funcional y administrativa y con autarquía financiera dentro del Poder Judicial;

Que el Art. 16° inc 12) de le ley 13013, modificada por el Art. 5° de la ley 13.256, establece que corresponde al Fiscal General elaborar las estructuras necesarias para el funcionamiento del MPA, fijando las misiones y funciones de los cargos que la conforman;

Que el art. 42 de la ley 13013 en su segundo párrafo, faculta al Fiscal General a dictar las reglamentaciones pertinentes a los fines de adaptar las estructuras del MPA a las denominaciones de la legislación vigente, manteniendo las equivalencias entre salario y cargo conforme las previsiones de la Ley 11.196, en tanto éstas no hayan sido fijadas por la ley 13013 incluyendo de esta manera tanto a funcionarios, como a las denominaciones de los cargos de empleados del MPA;

Que, de acuerdo a ello la resolución N° 10 del 14 de marzo de 2012 aprobó la estructura de la Fiscalía General;

Que por ley 13218, se han creado cargos de funcionarios y empleados en la planta de personal permanente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos disponiendo, en el segundo párrafo de su artículo 2°, que los cargos que por la misma se crean deberán transferirse a los Organismos de destino, en este caso el Ministerio Público de la Acusación, una vez llevados a cabo los respectivos concursos;

Que el artículo 3 del anexo I de la Resolución 30/12 prevé el concurso abierto especial, cuando el cargo a concursar requiera conocimientos que no fueran evaluados en el concurso a que refiere el artículo 2 de la mencionada resolución;

Que, así las cosas, se encuentra en condiciones de llamar a concurso de acuerdo a lo previsto por el art. 6 del Anexo I de la resolución 3/2012 y en el marco de lo establecido en los arts. 1, 2, 3, 16 y 67 y concordantes de la Ley 13013;

POR ELLO:

EL FISCAL GENERAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°: Llámese a concurso abierto especial de antecedentes y oposición para cubrir dos (2) cargos de Oficial Mayor en el área de Administración de la Infraestructura Tecnológica de la Dirección de Sistemas de Información e Infraestructura Tecnológica del Ministerio Público de la Acusación, en el marco de lo dispuesto por la Resolución N° 030/2012 de este Ministerio Público de la Acusación.

ARTÍCULO 2°: Establecer que para participar en el concurso los interesados deberán acreditar los siguientes requisitos:

1. Ciudadanía argentina;

2. Ser mayor de 25 años de edad;

3. Residencia no menor de 1 año en la provincia si no hubiere nacido en ella;

4. Buenos antecedentes de conducta acreditados con el certificado respectivo otorgado por la Policía de la Provincia;

5. Certificación de la Oficina Judicial correspondiente de no hallarse incluido en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos.

6. Poseer título universitario oficialmente reconocido de: Analista, Licenciado, o Ingeniero en Ciencias de la Computación, o Sistemas, o Sistemas de Información, o Análisis de Sistemas, o Informática, o Computación, o afines.

7. si el postulante pertenece al Poder Judicial, deberá contar como empleado titular con una antigüedad de dos años calendarios anteriores al de la fecha del llamado a concurso, y un año calendario anterior en el título requerido, previos al de la fecha del llamado a concurso; y si el postulante al cargo referido no pertenece al Poder Judicial, deberá acreditar por lo menos un año calendario anterior de antigüedad en el título, previos al de la fecha del llamado a concurso.

8. No menos de 2 años de experiencia laboral en ámbitos similares al de las funciones que le competen.

9. Experiencia comprobable en: Virtualización de servidores utilizando Xen y Ganeti. Sistema de monitoreo (Zabbix). Sistema de backup (Bacula). Sistema de seguimiento de proyectos y wiki (redmine). Servidor de correo saliente (smtp) con postfix, y servidor IMAP con dovecot. Servicios de red (DNS (Bind9), DHCP). Sistema de clientes delgados con servidores en cluster (LTSP-cluster). Administración de firewall. Administración de swtiches de core. Administración y configuración de hardware de alimentación de energía ininterrumpido (UPS) y de sistemas de generación de energía (grupo electrógeno). Administración y configuración de hardware de almacenamiento externo (SAN) y de copias de seguridad.

Conocimiento en las siguientes tecnologías: Servidor de autenticación centralizada (LDAP). Servidores de bases de datos PostgreSQL y MySQL. Sistema de control de versiones (Subversion). Servidores de aplicaciones java (Glassfish). Servidores webs (Apache). Redirector y balanceador de carga web (nginx). OpenVPN. Inventario de activos de red (OCS Inventory y GLPI).

ARTÍCULO 3°: Establézcase que el proceso de selección para el presente concurso, consistirá en la evaluación de los antecedentes presentados por los aspirantes y en la realización de una prueba de oposición que incluye: una exposición oral del plan de trabajo para la potencial gestión y una entrevista.

ARTICULO 4°: Intégrese el órgano de selección del presente concurso, por:

Miembros Titulares: Profesor Horacio César Loyarte, D.N.I. 12.662.107; Profesor Hugo Darío Minni, D.N.I. 17.963.266 y AUS. Marcelo Domingo Re, D.N.I. 22.152.988.

Miembros Suplentes: Profesor Máximo Eduardo Méndez, D.N.I. 14.992.769; Profesora Lucila Judith Romero, D.N.I. 18.242.416 y C.P.N. Carlos Ramón Riboldi, D.N.I. 11.832.411.

ARTÍCULO 5°: Fíjese como sede de inscripción al presente concurso el Ministerio Público de la Acusación, sito en calle 1° de Mayo 2417 de la ciudad de Santa Fe, desde el día 4 de noviembre de 2013 hasta el día 8 de noviembre de 2013 inclusive, en el horario de 8:00 a 12:00 hs., mediante la presentación de un sobre que contenga la leyenda “Proceso de Selección – Cargo: Oficial Mayor en el área de Administración de la Infraestructura Tecnológica de la Dirección de Sistemas de Información e Infraestructura Tecnológica e indique: I. Apellido; II. Nombre; y III. Tipo y número de documento.-

En el interior del sobre deberán incluirse:

1) Formulario de inscripción completo, que como ANEXO I forma parte de la presente.

2) Una (1) copia impresa del Curriculum Vitae y una copia en formato Word o similar compatible, en soporte CD.

3) Una (1) fotocopia de las dos (2) primera hojas del Documento Nacional de Identidad y de la que contenga el último cambio de domicilio, o en su caso, del anverso y reverso del Documento Nacional de Identidad – Tarjeta.

4) Una (1) copia del título de grado.

5) Fotocopias de todas las constancias de los antecedentes consignados en el CV.

La totalidad de las hojas deberán estar numeradas y cada una de ellas firmada, indicándose el total de páginas (por ejemplo: 1 de 10 o 1/10).

Todas las fotocopias presentadas deberán estar certificadas por Escribano Público o por la Oficina de Certificaciones del Poder Judicial.

La oficina receptora entregará una constancia firmada y sellada en la que consignará la fecha y hora de recepción.

No se admitirá la invocación de nuevos títulos, antecedentes o trabajos con posterioridad a la presentación del formulario de inscripción.-

ARTÍCULO 6°: Establézcase el día 9 de diciembre de 2013 como fecha de la prueba de oposición prevista en el artículo 3° de la presente, a partir de las 13:00 hs., en el Ministerio Público de la Acusación, sito en calle 1° de Mayo 2417 de la ciudad de Santa Fe.

ARTÍCULO 7°: Determínese que las impugnaciones y recusaciones previstas en la Resolución N° 0003/2012 del Fiscal General deberán interponerse en la sede del Ministerio Público de la Acusación, sito en calle 1° de Mayo 2417 de la ciudad de Santa Fe en el horario de 8:00 a 12:00 hs.-

ARTICULO 8°: Disponer que el concurso de realizará de acuerdo a las prescripciones contenidas en el reglamento vigente para la Provisión de Cargos de Funcionarios en el Ministerio Público de la Acusación.

ARTÍCULO 9°: Publíquese la convocatoria por un (1) día en el Boletín Oficial y por dos (2) días en un diario de amplia difusión dentro de la Provincia.-

ARTÍCULO 10°: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.-

Nota: Se publica sin el Formulario de Inscripción pudiéndose consultar en el Ministerio.

S/C. 10250 Oct. 17

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RESOLUCIÓN Nº 0060


SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional, 07/10/2013

VISTO:

El expediente N° 02001-0020600-1 del Registro del Sistema de Información de Expedientes -MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS- en virtud del cual se gestiona el llamado a concurso para cubrir el cargo de Jefe de Despacho en el área de Investigación y Desarrollo de la Dirección de Sistemas de Información e Infraestructura Tecnológica del Ministerio Público de la Acusación;

CONSIDERANDO:

Que, el Ministerio Público de la Acusación es ejercido por el Fiscal General, y que a su vez el órgano, cuenta con autonomía funcional y administrativa y con autarquía financiera dentro del Poder Judicial;

Que el Art. 16° inc 12) de le ley 13013, modificada por el Art. 5° de la ley 13.256, establece que corresponde al Fiscal General elaborar las estructuras necesarias para el funcionamiento del MPA, fijando las misiones y funciones de los cargos que la conforman;

Que el art. 42 de la ley 13013 en su segundo párrafo, faculta al Fiscal General a dictar las reglamentaciones pertinentes a los fines de adaptar las estructuras del MPA a las denominaciones de la legislación vigente, manteniendo las equivalencias entre salario y cargo conforme las previsiones de la Ley 11.196, en tanto éstas no hayan sido fijadas por la ley 13013 incluyendo de esta manera tanto a funcionarios, como a las denominaciones de los cargos de empleados del MPA;

Que, de acuerdo a ello la resolución N° 10 del 14 de marzo de 2012 aprobó la estructura de la Fiscalía General.

Que por ley 13218, se han creado cargos de funcionarios y empleados en la planta de personal permanente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos disponiendo, en el segundo párrafo de su artículo 2°, que los cargos que por la misma se crean deberán transferirse a los Organismos de destino, en este caso el Ministerio Público de la Acusación, una vez llevados a cabo los respectivos concursos;

Que el artículo 3 del Anexo I de la Resolución 30/12 prevé el concurso abierto especial, cuando el cargo a concursar requiera conocimientos que no fueran evaluados en el concurso a que refiere el artículo 2 de la mencionada resolución;

Que, así las cosas, se encuentra en condiciones de llamar a concurso de acuerdo a lo previsto por el art. 6 del Anexo I de la resolución 3/2012 y en el marco de lo establecido en los arts. 1, 2, 3, 16 y 67 y concordantes de la Ley 13013;

POR ELLO:

EL FISCAL GENERAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°: Llámese a concurso abierto especial de antecedentes y oposición para cubrir el cargo de Jefe de Despacho en el área de Investigación y Desarrollo de la Dirección de Sistemas de Información e Infraestructura Tecnológica del Ministerio Público de la Acusación, en el marco de lo dispuesto por la Resolución N° 030/2012 de este Ministerio Público de la Acusación.

ARTÍCULO 2°: Establecer que para participar en el concurso los interesados deberán acreditar los siguientes requisitos:

1. Ciudadanía argentina;

2. Ser mayor de 25 años de edad;

3. Residencia no menor de dos años en la provincia si no hubiere nacido en ella;

4. Buenos antecedentes de conducta acreditados con el certificado respectivo otorgado por la Policía de la Provincia;

5. Certificación de la Oficina Judicial correspondiente de no hallarse incluido en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos.

6. Poseer título universitario oficialmente reconocido de: Analista, Licenciado, o Ingeniero en Ciencias de la Computación, o Sistemas, o Sistemas de Información, o Análisis de Sistemas, o Informática, o Computación, o afines.

7. si el postulante pertenece al Poder Judicial, deberá contar como empleado titular con una antigüedad de dos años calendarios anteriores al de la fecha del llamado a concurso, y dos años calendarios anteriores en el título requerido, previos al de la fecha del llamado a concurso; y si el postulante al cargo referido no pertenece al Poder Judicial, deberá acreditar por lo menos dos años calendarios anteriores de antigüedad en el título, previos al de la fecha del llamado a concurso.

8. No menos de 2 años de experiencia laboral en ámbitos similares al de las funciones que le competen, relacionadas a la gestión de áreas de Infraestructura de Servidores y Telecomunicaciones, con coordinación de equipos de trabajo de al menos 5 personas.

9. Experiencia comprobable en: Gestión de requerimientos. Análisis de sistema. Modelado y Diseño de sistemas. Programación orientada a objetos. Lenguajes de programación: Java. Desarrollo web / Desarrollo en capas. Capa de lógica - EJB - Web Services (SOAP). Capa de presentación - Cliente desktop (swing). Cliente web - Servlet - JSP - JSF / Primefaces - Web rich clients - Vaadin. Base de datos relacionales: PostgreSQL. Servidor de aplicaciones Glassfish. Herramientas de desarrollo: Maven, SVN, IReport / JasperReport. Sistemas operativos Linux. Herramientas de gestión: Redmine / Scrumbler. Metodologías de desarrollo: Scrum.

ARTÍCULO 3°: Establézcase que el proceso de selección para el presente concurso, consistirá en la evaluación de los antecedentes presentados por los aspirantes y en la realización de una prueba de oposición que incluye: una exposición oral del plan de trabajo para la potencial gestión y una entrevista.

ARTICULO 4°: Intégrese el órgano de selección del presente concurso, por:

Miembros Titulares: Profesor Horacio César Loyarte, D.N.I. 12.662.107; Profesor Hugo Darío Minni, D.N.I. 17.963.266 y AUS. Marcelo Domingo Re, D.N.I. 22.152.988.

Miembros Suplentes: Profesor Máximo Eduardo Méndez, D.N.I. 14.992.769; Profesora Lucila Judith Romero, D.N.I. 18.242.416 y C.P.N. Carlos Ramón Riboldi, D.N.I. 11.832.411.

ARTÍCULO 5°: Fíjese como sede de inscripción al presente concurso el Ministerio Público de la Acusación, sito en calle 1° de Mayo 2417 de la ciudad de Santa Fe, desde el día 4 de noviembre de 2013 hasta el día 8 de noviembre de 2013 inclusive, en el horario de 8:00 a 12:00 hs., mediante la presentación de un sobre que contenga la leyenda “Proceso de Selección – Cargo: Jefe de Despacho en el área de Investigación y Desarrollo de la Dirección de Sistemas de Información e Infraestructura Tecnológica e indique: I. Apellido; II. Nombre; y III. Tipo y número de documento.-

En el interior del sobre deberán incluirse:

1) Formulario de inscripción completo, que como ANEXO I forma parte de la presente.

2) Una (1) copia impresa del Curriculum Vitae y una copia en formato Word o similar compatible, en soporte CD.

3) Una (1) fotocopia de las dos (2) primera hojas del Documento Nacional de Identidad y de la que contenga el último cambio de domicilio, o en su caso, del anverso y reverso del Documento Nacional de Identidad – Tarjeta.

4) Una (1) copia del título de grado.

5) Fotocopias de todas las constancias de los antecedentes consignados en el CV.

La totalidad de las hojas deberán estar numeradas y cada una de ellas firmada, indicándose el total de páginas (por ejemplo: 1 de 10 o 1/10).

Todas las fotocopias presentadas deberán estar certificadas por Escribano Público o por la Oficina de Certificaciones del Poder Judicial.

La oficina receptora entregará una constancia firmada y sellada en la que consignará la fecha y hora de recepción.

No se admitirá la invocación de nuevos títulos, antecedentes o trabajos con posterioridad a la presentación del formulario de inscripción.-

ARTÍCULO 6°: Establézcase el día 9 de diciembre de 2013 como fecha de la prueba de oposición prevista en el artículo 3° de la presente, a partir de las 11:00 hs., en el Ministerio Público de la Acusación, sito en calle 1° de Mayo 2417 de la ciudad de Santa Fe.

ARTÍCULO 7°: Determínese que las impugnaciones y recusaciones previstas en la Resolución N° 0003/2012 del Fiscal General deberán interponerse en la sede del Ministerio Público de la Acusación, sito en calle 1° de Mayo 2417 de la ciudad de Santa Fe en el horario de 8:00 a 12:00 hs.-

ARTICULO 8°: Disponer que el concurso de realizará de acuerdo a las prescripciones contenidas en el reglamento vigente para la Provisión de Cargos de Funcionarios en el Ministerio Público de la Acusación.

ARTÍCULO 9°: Publíquese la convocatoria por un (1) día en el Boletín Oficial y por dos (2) días en un diario de amplia difusión dentro de la Provincia.-

ARTÍCULO 10°: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.-

Nota: Se publica sin el Formulario de Inscripción pudiéndose consultar en el Ministerio.

S/C. 10251 Oct. 17

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ADMINSTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS


REMATE POR

JUANA M.B. ANGELONI


Por disposición de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS (Ley 25.239) y con intervención del Juzgado Federal Nº 1 Secretaría de Ejecuciones Fiscales de Santa Fe, se hace saber por dos días, que en autos “Fisco Nacional (AFIP) c/Otro (C.U.I.I. 20-10698847-2) s/Ejec. Fiscal” Expte. 2396/06, tramitados por ante el referido Juzgado, se ha dispuesto que la Martillera Juan M.B. Angeloni (C.U.I.T. 27-17815312-4), proceda a vender en pública subasta el día jueves 24 de octubre de 2013 a las 9,30 hs. en la sala de remates del Colegio de Martilleros calle 9 de julio 1426 de la ciudad de Santa Fe o el día hábil siguiente en el mismo horario y lugar si aquel resultare inhábil, se subastará la mitad indivisa de un inmueble sito en la intersección de las calles Moreno (al norte) y Juan de Garay (al este) de la ciudad de Coronda, se trata de una casa habitación que consta de dos plantas, living comedor, cocina, tres dormitorios, dos baños completos, jardín de invierno, dos cocheras cubiertas, galería, patio con verde y parte con cemento, pileta riñón de aprox. 7 x 2 mts., dos galpón - depósito (chicos). Los techos son en parte teja en parte losa. El estado general es bueno. Servicios y mejoras: gas natural, agua corriente, luz, alumbrado público, tel. y asfalto. Se ubica a poco metros del centro de la ciudad. Al momento de la constatación se encuentra habitada por su propietario. Sup. Terr. 641,76 m2. y sup. Edif.. 311 m2. El bien se encuentra inscripto al dominio Nº 05/46 Fª 1401 Tº 0169 Par San Jerónimo, partida API 11-05-00 148853/0003-3, saldrá con la Base: $ 59.744,92. De no haber postores con la retasa del 25% $ 44.808,69. Visitas libres. Quien resulte adquirente deberá abonar en el acto de subasta el 10% a cuenta del precio con más la comisión de ley del martillero 3% en caso de que dicha comisión resulte inferior al mínimo legal, se aplicará dicho mínimo legal correspondiente (art. 63 inc. 1.1. ley 7547), todo ello en efectivo y el saldo al aprobarse la subasta. Las deudas que pesan sobre el bien serán afrontadas con el producido del remate. Los impuestos nacionales, provinciales, municipales y servicios devengados a partir de la aprobación de la subasta será a cargo del comprador así también los gastos de transferencia del dominio. Se hace saber que el adquirente deberá conformarse con las copias de los títulos obrantes en autos. Edictos, por el término de ley, en el BOLETIN OFICIAL y diario El Litoral. Mayores informes al 0342-154060858. Indispensable concurrir el día de la subasta con documento de identidad. Santa Fe, octubre de 2013. Fdo. Patricia A. Fortuna Agente Fiscal AFIP-DGI.

S/C 212931 Oct. 17 Oct. 18

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