REGISTRADA BAJO EL Nº 12748
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
ARTÍCULO 1º - Autorízase a la Comuna de Arroyo Leyes, a donar al Arzobispado de Santa Fe de la Vera Cruz el siguiente inmueble: Lote 1 del Plano Nº 75700, Partida Inmobiliaria 735455/0049-5, ubicado sobre Ruta Pcial. Nº 1 Km 19 y cuyas dimensiones y límites son: al Oeste: 16,15 mts., limitando con la Ruta Pcial. Nº 1, al Este: 16,04 mts., limitando con Lote 3, al Norte: 38,78 mts., limitando con Lote 2 y al Sur: 40,78 mts., limitando con Calle Pública Nº 112, conforme lo dispuesto por la Ordenanza Nº 16/2005 de fecha 06 de mayo de 2005.
ARTÍCULO 2º - La donación dispuesta en el artículo anterior, se efectúa con cargo de construir en el mismo una Capilla, no pudiendo ser destinado a otros fines.
ARTÍCULO 3º - Los gastos que demande esta donación, serán a cargo del donatario.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS TRECE DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL SIETE.
EDMUNDO CARLOS BARRERA
Presidente
Cámara de Diputados
NORBERTO BETIQUE
Presidente Provisional
Cámara de Senadores
DIEGO A. GIULIANO
Secretario Parlamentario
Cámara de Diputados
RICARDO PAULICHENCO
Secretario Legislativo
Cámara de Senadores
SANTA FE, 10 de octubre de 2007
De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el Boletín Oficial.
JORGE ALBERTO OBEID
Gobernador de Santa Fe
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