JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
POR
EDGARDO NORBERTO LUIS CATOY
Por orden del Juzgado de 1° Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 4° Nom. de Rosario, en autos: BORDON, MARIA LUISA s/Incidente de Realización de Bienes, Expte: 202/10, el Martillero Edgardo Norberto Luis Catoy, DNI. 6.255.439, subastará el día 06 de Octubre de 2014 a las 15:30 hs., en la Sala de Remates de la Asociación de Martilleros de Rosario; Entre Ríos 238, la Mitad Indivisa de la propiedad inmueble que se describe según titulo: “Un lote de terreno con todo lo en el edificado, clavado y plantado, situado en esta ciudad, en la calle Primero de Mayo entre las de Gaboto y Garay, designado según plano confeccionado por el Agrimensor Carlos O. Petrali como 1B, plano registrado con el número cuarenta, y tres mil Seiscientos del año mil novecientos sesenta y cinco, ubicado a los diez metros treinta y seis centímetros de calle Gaboto hacia el Sud, compuesto de un metro cuarenta centímetros de frente por calle Primero de Mayo al Oeste, veinticinco metros setenta centímetros en su costado Norte; y por el Sud, formado por una línea quebrada que desde el frente parte con quince metros sesenta centímetros hacia el Este, de donde baja al Sud, con siete metros veintisiete centímetros y se une con el fondo con una línea de diez metros quince centímetros encerrando la figura al fondo con ocho metros sesenta y siete centímetros. Linda al frente con calle Primero de Mayo al Oeste; al Norte con Teresa de Barroso; al Sud con Donato Portapila y al Este con Eduardo Warnes, encerrando una superficie de ciento nueve metros ochenta y cuatro decímetros cuadrados. Inscripto en el Registro de la Propiedad al T° 499 F° 375 Nº 105571 Dpto. Rosario, a nombre de la demandada (50% Indiviso). No registra Hipoteca. Embargos: al Tº 119 E F° 6314 Nº 411432 del 30-12-2010 autos “Cía. Financiera S.A. c/otro s/Juicio Ejecutivo” Expte. 153/1995- Juzgado Distrito 2° Nominación Rosario. Inhibiciones: 1) Al T° 125 I- Fº 2967 Nº 335775 del 14/5/2013 por $ 3.668,00 autos “E.P.E. c/Otro s/Demanda Ejecutivas - Expte. 850/2008 - Juzgado de Ejecución Civil Primera Nominación de Rosario, Profesional Nazario, Juan, 2) al T° 19 IC F° 251 N° 338225 ADEL 22/05/2009, sin monto por estos autos y actuados y 3°) al T° 124 I F° 3195 N° 340007 del 17/05/2012 por pesos 48.991,77 - autos “Banco de la Nación Argentina c/otro s/Demanda Ejecutiva, Expte. 75713/1997 - Juzgado Federal N° 1 de Rosario. Hágase saber que la propiedad saldrá a la venta en el carácter de ocupación que surge del acta de constatación. Asimismo, impónese como condiciones de subasta que: 1°) El inmueble saldrá a la venta con la base del quíntuplo del avalúo fiscal informado por la A.P.I., $ 68.783 de no haber postores con una retasa del 25% $ 51.587 y de subsistir tal falta de postores con una última base del 30% de la base o sea $ 20.635 precio mínimo en que podrá salir a la venta el inmueble; quien resulte adquirente deberá abonar finalizada la subasta, el 20% del precio ofertado más la comisión del 3% al Martillero en pesos o cheque certificado. Para el caso que la suma ut supra mencionada supere el valor de $ 30.000, no podrá realizarse en efectivo, debiendo efectuarse por medio de cheque certificado o en su defecto deberá depositar al día siguiente de la subasta dicho monto en el Banco Municipal de Rosario- Sucursal 80 - Caja de Abogados - a la orden de este Juzgado y para estos autos conforme disposición del Banco Central de la República Argentina según comunicación “A” 5147 de fecha 23/11/10. 2°) Los impuestos, tasas, servicios de agua y cloacas, contribuciones y eventualmente expensas comunes que se adeudaren por el inmueble a subastar desde el auto declarativo de quiebra del demandado como así también los gastos e impuestos por transferencia quedarán a cargo exclusivo de quién resulte adquirente; y deberá el martillero actuante, como obligación inherente a su cargo, hacer saber tal circunstancia en el momento de martillar así como a cuanto asciende el importe de lo adeudado. 3°) Para el caso de compras por terceros, fíjase como condición de subasta que el adquirente designe en el acto de remate la identidad de la persona por la que adquiere, estableciéndose el término de cinco días para la ratificación por la persona indicada. Transcurrido este término sin la ratificación correspondiente, todos los efectos de la subasta se producirán respecto del adquirente que participó personalmente en el acto de remate. 4°) El martillero advertirá antes de comenzar el acto de remate y en los edictos a publicarse que el saldo de precio que deberá pagar el adquirente será abonado al aprobarse la subasta de conformidad con el art. 499 del C.P.C. y si intimado no efectuare el pago, se dejará sin efecto la misma con los efectos previstos por el art. 497 del C.P.C. Dicho saldo deberá depositarse en El Banco Municipal de Rosario, Suc 80 Caja de Abogados a la orden de este Juzgado y para estos autos, dejándose constancia; que respecto del saldo de precio deberá asimismo cumplimentarse con lo dispuesto por la comunicación “A” 5147 del B.C.R.A. por lo cual de superar el importe de $ 30.000 deberá realizarse por transferencia interbancaria. En caso de incumplirse dicha disposición se hace saber de manera expresa que la infracción a la normativa vigente será comunicado por este Tribunal y/o Martillero actuante a la A.F.I.P. Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL y Diario Judicial El Forense. El adquirente del inmueble subastado deberá acudir a escribano público para confeccionar la escritura pública que instrumentará la transferencia de dominio a su favor. Títulos, informes previos, constatación y demás constancias de ley se encuentran agregados a autos para ser revisados por interesados en Secretaría, no admitiéndose luego de realizada la subasta reclamos por falta o insuficiencia de ellos. Exhibición: Días 1, 2 y 3 de Octubre de 2014, de 13 a 14 horas. Informes: Tel: 0341-155001560-4487443. Edictos en el BOLETÍN OFICIAL (Sin Cargo). Rosario, 9/9/14. Firmado: Dra. Daniela A. Jaime, secretaria.
S/C 240770 Set. 17 Set. 19
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