DECRETO Nº 2705
SANTA FE, "Cuna de la Constitución
Nacional", 09 SEP 2013
VISTO:
El Expediente Nº 00701-0089553-2 del Sistema de Información de Expedientes, mediante el cual la Secretaría del Sistema de Turismo, Comercio y Servicio del Ministerio de la Producción, solicita se declare como fiesta provincial a la "Fiesta de la Milonga y del Teatro" y a la Comuna de Villa Trinidad como Sede Permanente de la misma, a llevarse a cabo en la Localidad de Villa Trinidad, Departamento San Cristóbal, Provincia de Santa Fe, en el transcurso de los meses de septiembre y octubre de cada año; y
CONSIDERANDO:
Que la Comuna de Villa Trinidad desde hace cinco años viene organizando espectáculos culturales relacionados con el género del tango, el último evento se presentó en el mes de diciembre del 2011 conjuntamente con "Los Amigos del Tango", grupo de personas amantes del género y además desde el Área de Cultura, hace dos años se incluyó dentro de los talleres culturales un espacio para enseñar el baile del tango;
Que recientemente la Comisión Comunal declaró de interés cultural el desarrollo de estos eventos dado el fuerte impulso que tiene esta actividad cultural en nuestra localidad;
Que por tal motivo, la Secretaría del Sistema de Turismo, Comercio y Servicios del Ministerio de la Producción, mediante Disposición Nº 035/13 recomienda se declare al mencionado evento como fiesta;
Que el Gobierno de la Provincia a través del Ministerio de la Producción, considera que eventos de esta naturaleza que constituyen un estímulo para quienes en la diversas actividades colaboran con esfuerzo y dedicación al afianzamiento del turismo provincial deben ser reconocidas desde el ámbito oficial;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA
ARTICULO 1º.- Declárase como fiesta provincial a la "Fiesta de la Milonga y del Teatro", que organizada por la Comuna de Villa Trinidad, se llevará a cabo en el transcurso de los meses de septiembre y octubre de cada año, en la Localidad de Villa Trinidad, Departamento San Cristóbal, Provincia de Santa Fe.-
ARTICULO 2º.- Declárase a la Comuna de Villa Trinidad, Departamento San Cristóbal, Provincia de Santa Fe, como sede permanente de la "Fiesta Provincial de la Milonga y del Teatro".-
ARTICULO 3º.- Regístrese, comuníquese y archívese.-
BONFATTI
Carlos Fascendini
10058
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