DECRETO Nº 2703
SANTA FE, “Cuna de la Constitución
Nacional”, 09 SEP 2013
VISTO:
El Expediente Nº 00701-0087823-6 del Sistema de Información de Expedientes, mediante el cual la Secretaría del Sistema de Turismo, Comercio y Servicios del Ministerio de la Producción, solicita se declare de carácter provincial a la “Fiesta del Tallarín” y a la ciudad de San Cristóbal, Departamento San Cristóbal, Provincia de Santa Fe, como sede permanente; y
CONSIDERANDO:
Que esta fiesta se realiza en la segunda semana de septiembre en las instalaciones del “Club Atlético Independiente” de la ciudad de San Cristóbal y este año se celebra la 10ª edición;
Que además cuenta con una amplia convocatoria que permite la asistencia, participación y reencuentro en la única fiesta gastronómica de la ciudad, de un elevado número de público de la localidad, la región y de provincias vecinas;
Que el objetivo de los organizadores es sostener la mesa con unos de los platos de comida más tradicional de nuestro país “los Tallarines”;
Que mediante Disposición N° 014/12, la Secretaría del Sistema de Turismo, Comercio y Servicios del Ministerio de la Producción, recomienda se declare como fiesta provincial a la “Fiesta del Tallarín” y a la ciudad de San Cristóbal como sede permanente de la misma;
Que es interés del Poder Ejecutivo a través del Ministerio de la Producción, apoyar todas las manifestaciones que constituyen un estímulo para quienes en las diversas actividades colaboran con esfuerzo y dedicación al afianzamiento del turismo provincial;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA
ARTICULO 1º.- Declárase de carácter provincial a la “Fiesta del Tallarín”, la que es organizada en forma conjunta por la “Municipalidad de San Cristóbal” y el “Club Atlético Independiente”, y se lleva a cabo anualmente en el mes de septiembre en la ciudad de San Cristóbal, Departamento San Cristóbal, Provincia de Santa Fe.-
ARTICULO 2º.- Declárase a la ciudad de San Cristóbal, Departamento San Cristóbal, Provincia de Santa Fe, sede permanente de la “Fiesta Provincial del Tallarín”.-
ARTICULO 3º.- Regístrese, comuníquese y archívese.-
BONFATTI
Carlos Fascendini
10056
__________________________________________