picture_as_pdf 2010-08-17

REGISTRADA BAJO EL Nº 13096

 

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA

CON FUERZA DE

L E Y :

 

ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Convenio Institucional de Educación suscripto el 14 de octubre de 2008 en la ciudad de Santa Fe (departamento La Capital), entre el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Santa Fe y Gendarmería Nacional Argentina, en el cual Gendarmería Nacional Argentina se compromete a impartir, a través de la División de Policía Científica de la Región II, Cursos de Capacitación dirigidos a los miembros de la institución policial, que comprende la ejecución aperiódica de Jornadas Criminalísticas dirigidas a ofrecer a un número limitado de postulantes por curso, conocimientos básicos en materia de: "Inspección Ocular del Lugar del Hecho", "Accidentología Vial", "Análisis de Voces", "Documentología", "Revenidos Químicos", "Drogas de Abuso", "Metodología de la Investigación", "Localización, Preservación y Levantamiento de Huellas Latentes" y aquellos temarios que al efecto fueran incluidos en el futuro.

El documento, inscripto en el Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdisccionales en fecha 27 de enero de 2009, bajo el Nº 3522, Folio 63, Tomo VII, forma parte de esta ley.

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS VEINTIDOS DÍAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIEZ.

Eduardo Alfredo Di Pollina

Presidente

Cámara de Diputados

Griselda Tessio

Presidenta

Cámara de Senadores

Lisandro Rudy Enrico

Secretario Parlamentario

Cámara de Diputados

Ricardo H. Paulichenco

Secretario Legislativo

Cámara de Senadores 

 

DECRETO Nº 1371

 

SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”, 06 AGO 2010

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

VISTO:

La aprobación de la Ley que antecede Nº 13.096 efectuada por la H. Legislatura;

DECRETA:

Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.-

BINNER

Alvaro Gaviola

La presente Ley se publica sin la documentación anexa quedando a disposición de los interesados en la Dirección General de Técnica Legislativa - Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado - 3 de Febrero 2649- 2° Piso - Santa Fe - Tel. 0342-4506607 - e-mail:ditecleg@arnetbiz.com.ar

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