picture_as_pdf 2009-07-17

LA FRONTERA S.R.L.

MODIFICACION DE CONTRATO

Por disposición del Juzgado de 1° Instancia a cargo del Registro Público de Venado Tuerto, Dra. María Celeste Rosso, Secretaría a cargo del Dr. Federico Bertram, por Decreto del día 10 de Junio de 2009, en los Autos Caratulados: "LA FRONTERA S.R.L. s/Reconducción, Aumento capital", Expte. Nº 547/07, se ha ordenado la publicación del presente Edicto a los efectos legales que publicar corresponde: "La Frontera S.R.L.", con domicilio legal en ésta ciudad de Rufino y Sede social en calle España N° 722 de la misma, Departamento General López, Pcia. de Santa Fe y Contrato Social Constitutivo instrumentado mediante Escritura N° 79 de fecha 22 de Abril del 2.002, pasada en esta por ante mi, al folio "158" del protocolo de ése año, en éste mismo Registro N° 190 a mi cargo, inscripta por ante el Registro Público de Comercio de la Ciudad de Venado Tuerto, con fecha 27 de Mayo de 2002 al T° I, F° 24/225, N° 229 de Contratos. I) Instrumento de reconducción: "LA FRONTERA S.R.L." Reconducción, Aumento de Capital, Redacción Texto Ordenado, Cambio de Sede Social. a) Escritura Nº 292 de fecha 12 de Octubre del 2.007, Escribano Gustavo Rubén Dimo, Rufino - Santa Fe, Registro N° 190 a su cargo, en virtud de la cual se resolvieron y aprobaron por Unanimidad, entre otras cuestiones: 1°) la Reconducción de la Sociedad, en cumplimiento de lo dispuesto por los Artículos 94 Inciso 2° y 95 Párrafo 3° de la Ley de Sociedades Comerciales, estableciendo un plazo de duración para la misma de diez (10) años, contados a partir de su inscripción por ante el Registro Público de Comercio de la ciudad de Venado Tuerto, en ésta Provincia. 2) Aumentar el capital Social que a esa fecha era de $ 6.000 elevando el mismo a la suma de pesos ochenta y seis mil ($ 86.000) que acordaron integrar mediante la capitalización de $ 80.000 provenientes de la cuenta "Resultados no asignados" del último Balance cerrado al 30-06-06, correspondiente al Ejercicio Económico N° 5; dando origen dichas actuaciones al Expediente Nº 547/ 07, Caratulado "La Frontera S.R.L. s/Reconducción, Aumento Capital. b) Escritura Complementaria N° 94 del 15-05-09, Escribano Gustavo Rubén Dimo, Rufino Santa Fe, Registro N° 190 a su cargo, en virtud de la cual se procedió a 1) Ratificar la reconducción de la sociedad, modificando en consecuencia la cláusula Tercera del Contrato Social, que queda redactada con el tenor que a continuación se consigna: "Artículo III. Duración: El término de duración de la Sociedad se fija en diez años, contados a partir de la inscripción de la presente reconducción por ante el Registro Público de Comercio. 2) Dejar sin efecto el aumento de capital y la modalidad de integración resulta (capitalización de $ 80.000 provenientes de la cuenta "resultados no asignados" del último Balance cerrado al 30-06-06, correspondiente al Ejercicio Económico N° 5). 3) Aumentar el capital social que actualmente es de pesos seis mil ($ 6.000), elevándolo a la suma de pesos doscientos mil ($ 200.000), mediante el aporte de $ 194.000 que los socios se obligan a efectuar en dinero efectivo de la siguiente forma: a) 25% o sea $ 48.500 en éste acto; y b) El saldo del 75% restante, o sea $ 144.500 dentro del plazo de dos años. Dicho aumento, los socios lo suscriben en idéntica proporción a sus actuales participaciones en la sociedad, de la siguiente forma: A) Sergio Sebastián Aguirre Nobell: suscribe 135.800 cuotas de capital de $ 1 de Valor Nominal cada una, o sea pesos ciento treinta y cinco mil ochocientos ($ 135.800) y B) Fabiana Laura Liva: suscribe 58.200 cuotas de capital de $ 1 de Valor Nominal cada una, o sea pesos cincuenta y ocho mil doscientos ($ 58.200).

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ROSARIO CALL S.R.L.

MODIFICACION DE CONTRATO

Se comunica que los Sres. Claudio Rubén Pérez, argentino, D.N.I. Nº 16.980.697, nacido el 28 de enero de 1965, de profesión comerciante, soltero, con domicilio en calle Marull 286 de la ciudad de Rosario; Javier Alejandro Daher, argentino, D.N.I. Nº 29.403.035, nacido el 22 de febrero de 1982, de profesión comerciante, soltero, con domicilio en Avenida Pellegrini 317 de la ciudad de Rosario; únicos y actuales componentes de Rosario Call S.R.L., constituida según contrato social del día 18 de Julio de 2005, inscripto en Contratos en el T° 156, F° 17.155, N° 1.346, con fecha 18 de Agosto de 2005 y modificaciones de fecha 5 de Julio de 2007, inscripta en Contratos en el T° 158, F° 22.022, N° 1.666, con fecha 14 de septiembre de 2007; de fecha 15 de Julio de 2008, inscripto en Contrato en el T° 159, F° 17.771, N° 1.447, con fecha 19 de agosto de 2008; por un lado y José María Sánchez, argentino,. D.N.I. 14.494.163, nacido el 21 de febrero de 1971, de profesión comerciante, divorciado según resolución 641 del 05/11/93, con domicilio en Juan B. Justo 1773 de esta ciudad de Rosario y Ricardo Daniel Vera, argentino, D.N.I. 14.730.374, nacido el 17 de noviembre de 1961, de profesión comerciante, casado en 1° nupcias con Susana Orlando, con domicilio en calle Chaco 775 de la ciudad de Rosario, por otra parte; han resuelto, el 21 de mayo de 2.009 lo siguiente: Primero: El Sr. Claudio Rubén Pérez, vende, cede y transfiere al Señor José María Sánchez la cantidad de 2.400 cuotas de Capital de $ 10 cada una que tiene en Rosario Call S.R.L., en la cantidad de $ 24.000, transfiriendo todo lo que en la relacionada Sociedad pudiera corresponderle al cedente como titular de las cuotas cedidas a la cesionaria, derechos acciones u obligaciones emergentes de las referidas cuotas, que la cesionaria acepta de conformidad. Se incluye asimismo en el precio de la cesión, cualquier resultado que pudiere corresponderle al Sr. Claudio Rubén Pérez de las 2.400 cuotas cedidas por el ejercicio económico iniciado el 1° de Junio de 2008. Segundo: El Señor Javier Alejandro Daher, vende cede y transfiere al Sr. Ricardo Daniel Vera la cantidad de 600 cuotas de Capital de $ 10 cada una que tiene en Rosario Call S.R.L., en la cantidad de $ 6.000; transfiriendo todo lo que en la relacionada Sociedad pudiera corresponderle al cedente como titular de las cuotas cedidas a la cesionaria, derechos acciones u obligaciones emergentes de las referidas cuotas, que la cesionaria acepta de conformidad. Se incluye asimismo en el precio de la cesión, cualquier resultado que pudiere corresponderle al Sr. Javier Alejandro Daher de las 600 cuotas cedidas por el ejercicio económico iniciado el 1° de Junio de 2.008. Tercero: Su resuelve modificar la quinta cláusula del Contrato Social. Capital Social: $ 30.000, representado por 3.000 cuotas de capital de $ 10 cada una, suscriptas de la siguiente manera: el socio José María Sánchez suscribe 2.400 cuotas de $ 10 cada una y el socio Ricardo Daniel Vera suscribe 600 cuotas de $ 10 cada una. Cuarto: Los Sres. Claudio Rubén Pérez y Javier Alejandro Daher hacen expresa renuncia en este acto al derecho de preferencia establecido en el artículo 194 de la Ley 19.550.

Quinto: El Señor Claudio Rubén Pérez renuncia al cargo de gerente en el que fuera designado el 5 de junio de 2.007, según contrato inscripto en el Registro Público de Comercio de Rosario al T° 158, F° 22.022, N° 1.666, con fecha 14 de septiembre de 2.007; resolviendo los socios designar en el cargo de gerente a José María Sánchez, quien acepta de conformidad.

Sexto: Se resuelve modificar el domicilio legal de la Sociedad, trasladando el mismo a la calle San Lorenzo 822 2° piso 5 de la ciudad de Rosario.

Séptimo: Se ratifican las demás cláusulas del contrato social de Rosario Call S.R.L., no modificadas por el presente.

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POP COMPANY S.A.

MODIFICACION DE ESTATUTO

Por disposición del Juzgado de 1° Instancia a cargo del Registro Público de Venado Tuerto, a cargo de la Dra. María Celeste Rosso, Jueza Subrogante, Secretaría a cargo del Dr. Federico Bertram, por Decreto del día 4 de Junio de 2009, en los Autos Caratulados: "POP COMPANY S.A. s/Reforma, Aumento de Capital" (Expte. N° 485/08), se ha ordenado la publicación del presente Edicto a los efectos legales que publicar corresponde: "POP COMP ANY S.A.", (Titular de la C.U.I.T. N° 30-70891590-0), con domicilio legal y Sede Social en Establecimiento "San José" Ruta Pcial. N° S-2 Zona Rural de ésta Localidad de Santa Isabel; Dpto. General López, Pcia. de Santa Fe y Estatuto Social inscripto por ante el Registro Público de Comercio de la ciudad de Venado Tuerto con fecha 29 de diciembre del 2.004 al "T° II F° 117, N° 312 de Estatutos". Reforma de Estatuto Social Aumento de Capital, Redacción Texto Ordenado, Designación de Sindicatura. 1) Fecha de resolución social aprobatoria de la misma: Asamblea General Extraordinaria N° 2 de "POP COMPANY S.A.", celebrada en fecha 3 de Abril de 2006, en virtud de la cuál la totalidad de los accionistas que representan el 100% del capital de la Sociedad, resolvieron y aprobaron por unanimidad las siguientes cuestiones: a) el aumento del capital de $ 12.000 a la suma de $ 3.582.000 mediante la capitalización de créditos por un monto de $ 3.570.000 de titularidad de la accionista "Hathor S.A"; b) la modificación del Artículo Cuarto del referido Estatuto; y c) la Designación de Sindicatura Atento a que el Aumento de Capital resuelto y aprobado por la citada Asamblea excede el monto que refieren los Artículos 284 (in fine) y 299 inc. 2do de la ley de Sociedades vigente; resolviendo por unanimidad designar al Sr. Wilmar Abadie D.N.I.N° 27.243.073, como sindico Titular y al Sr. Roberto Rodríguez, D.N.I. N° 16.509.272, como Sindico Suplente, quienes presentes en ese acto aceptaron dichos cargos para desempeñarse en tal carácter hasta la finalización del ejercicio a cerrarse el día 31 de diciembre de 2009. Dichas decisiones, fueron ratificadas con posterioridad mediante la Asamblea Extraordinaria Unánime N° 4 de "POP COMPANY S.A.", celebrada en fecha 30 de Marzo de 2007; todo lo cuál fuera aprobado mediante Resolución N° 912 de fecha 10 de Setiembre del 2.007, habida en Expediente N° 53.246/06, de Fiscalía de Estado de ésta Provincia. 2) Instrumento de Modificación: Escritura N° 83 de fecha 11-05-09, pasada en la Localidad de Santa Isabel, Dpto. Gral. López, Santa Fe, por ante el Esc. Pco. Gustavo Rubén Dimo al folio "222" del protocolo corriente en el Registro N° 190 a su cargo. 3) Modificación: Artículo 4° cuyo tenor se transcribe a continuación: "Artículo Cuarto: "El capital social es de Pesos Tres Millones Quinientos Ochenta y Dos Mil ($ 3.582.000) representado en 3.582.000 acciones de pesos uno ($ 1) de valor nominal cada una. El capital puede ser aumentado por decisión de la Asamblea Ordinaria hasta el quíntuplo de su monto, conforme al artículo 188 de la Ley 19.550.

$ 41,32 73733 Jul. 17

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NICEBERRY S.A.

AUMENTO DE CAPITAL

Por disposición del Juzgado de 1° Instancia a cargo del Registro Público de Venado Tuerto, a cargo de la Dra. María Celeste Rosso, Jueza Subrogante, Secretaría a cargo del Dr. Federico Bertram, por Decreto del día "4 de Junio de 2009", en los Autos Caratulados: "NICEBERRY S.A. s/Aumento de Capital" (Expte. N° 489/07), se ha ordenado la publicación del presente Edicto a los efectos legales que publicar corresponde: "NICEBERRY S.A.", (Titular de la C.U.I.T. N° 30-70923157-6), con domicilio legal y Sede Social en Establecimiento "San José" Ruta Pcial. N° S-2 Zona Rural de ésta Localidad de Santa Isabel; Dpto. General López, Pcia. de Santa Fe; y Estatuto Social inscripto por ante el Registro Público de Comercio de la ciudad de Venado Tuerto con fecha 26 de Marzo de 2.004 al T° II, folios 43/44, N° 243 de estatutos", Reforma de Estatuto Social, Aumento de Capital, Redacción texto ordenado, Designación de sindicatura 1) Fecha de resolución social aprobatoria de la misma: Asamblea Extraordinaria de "NICEBERRY S.A.", celebrada en fecha 12 de Diciembre de 2005, en virtud de la cuál la totalidad de los accionistas que representan el 100% del Capital Social, resolvieron y aprobaron por unanimidad las siguientes cuestiones: a) el aumento del capital de $ 12.000 a la suma de $ 2.822.000 mediante la capitalización de créditos de titularidad de la accionista "Hathor S.A"; b) la emisión y suscripción de acciones por parte de la accionista: "Hathor S.A."; c) la modificación del Artículo Cuarto del referido Estatuto. d) la modificación de la fecha del cierre de Ejercicio Económico que operaba el día 30 de Septiembre de cada año, por el "31 de Diciembre de cada año"; y e) la Designación de Sindicatura en virtud de que el Aumento de Capital resuelto y aprobado por la citada Asamblea excede el monto que refieren los Artículos 284 (in fine) y 299 inc. 2do de la ley de Sociedades vigente, resolviendo por unanimidad designar al Sr. Wilmar Abadie D.N.I.N° 27.243.073, como ,síndico Titular y a Sr. Roberto Rodríguez, D.N.I. N° 16.509.272, como sindico suplente, quienes aceptaron dichos cargos por escrito para desempeñarse en tal carácter hasta la finalización del ejercicio a cerrarse el día 31 de diciembre del 2008. Dichas decisiones, fueron ratificadas con posterioridad mediante la Asamblea Extraordinaria Unánime de "NICEBERRY S.A.", celebrada en fecha 4 de Abril de 2006, todo lo cuál fuera aprobado mediante Resolución N° 913 de fecha 19 de Setiembre del 2.007, habida en Expediente N° 53.247/06, de Fiscalía de Estado de ésta Provincia. 2) Instrumento de Modificación: Escritura N° 82 de fecha 11-05-09, pasada en la Localidad de Santa Isabel, Dpto. Gral. López, Santa Fe, por ante el Esc. Pco. Gustavo Rubén Dimo al folio "210" del protocolo corriente en el Registro N° 190 a su cargo. 3) Modificación: Artículos 4° y 16° del Estatuto Social, cuyo nuevo tenor se transcribe a continuación: "Artículo Cuarto: El capital social es de pesos dos millones ochocientos veintidós mil ($ 2.822.000) representado en 2.822.000, acciones de Pesos Uno ($ 1) de valor nominal cada una, divididas en dos clases de acciones: Clase A: Conformada por 2.817.200 acciones; y Clase B: conformada por 4.800 acciones. El capital social puede ser aumentado por decisión de la Asamblea Ordinaria hasta el quíntuplo de su monto, conforme al Art. 188 de la Ley 19.550, respetando la división de las clases antes indicada. La resolución asamblearia deberá elevarse a escritura pública" y "Artículo Décimo Sexto: Al cierre del ejercicio social se confeccionarán los estados contables de acuerdo a las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas en vigencia. Las ganancias realizadas y liquidas se destinarán: a) un cinco por ciento hasta alcanzar el veinte por ciento del capital social al fondo de reserva legal, b) a remuneración del directorio y sindicatura en caso de que hubiera sido designada. c) dividendos preferidos con prioridad de los acumulativos impagos y participación adicional, en su caso. d) el saldo, en todo o en parte, como dividendo de las acciones ordinarias o a fondos de reserva, facultativos o de previsión, de conformidad con el artículo 70 de la ley 19.550 o a cuenta nueva, o al destino que disponga la asamblea. Los dividendos deben ser pagados en proporción a las respectivas integraciones dentro del año de su sanción. El ejercicio social cierra el 31 de Diciembre de cada año.

$ 69,96 73732 Jul. 17

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OSVALDO GORBAN y CIA S.C.

CONTRATO

En Rosario, a 2 días de Julio de 2009, se reúnen los Sres. Pablo Gorban, DNI: 28.565.870, argentino, nacido el 29 de enero de 1980, domiciliado en San Martín 440 7 A de Rosario, soltero, de profesión licenciado en economía y Osvaldo Luis Gorban, DNI: 8.284.615, argentino, nacido el 29 de diciembre de 1949, domiciliado en San Martín 440 7 A de Rosario, casado en 1° nupcias con Mónica Beatriz Pecoraro DNI: 6.246.650, de profesión comerciante, quienes de común acuerdo han resuelto inscribir por este acto el contrato social de OSVALDO GORBAN y CIA S.C., que se regirá con sujeción al siguiente contrato social, la Ley 19.550 y modificatorias y Código de Comercio en todo lo no previsto en aquellos. La sociedad se denomina OSVALDO GORBAN y CIA S.C., teniendo su domicilio en calle San Martín 440 7 piso depto. A de la ciudad de Rosario, su duración de diez (10) años, contados desde la fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio. Tiene por objeto la promoción y comercialización de coberturas médicas. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este contrato. El capital social se fija en la suma de Treinta Mil Pesos ($ 30.000), el que es suscripto e integrado en este acto por los socios, en dinero en efectivo, de la siguiente manera: los señores Pablo Gorban y Osvaldo Luis Gorban, la suma de quince mil pesos ($ 15.000) cada uno. La fiscalización de la sociedad podrá ser ejercida por todos los socios. La dirección y administración de los negocios sociales, así como el uso de la firma social para todos los documentos, actos y contratos inherentes a la sociedad, estará a cargo del socio Osvaldo Luis Gorban, quien actuando en forma individual la obligará, firmando en cada caso con su firma particular, precedida de la razón social OSVALDO GORBAN y CIA S.C., que estampará en sello o se su puño y letra. El mandato es ilimitado, pero el designado no podrá usar la firma social bajo ningún concepto en prestaciones a título gratuito, ni en fianzas o garantías de terceros, ni en negocios ajenos a la sociedad. El ejercicio social cierra el 30 de junio de cada año.

$ 24 73710 Jul. 17

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ARROYO VIEJO S.R.L.

MODIFICACION DE CONTRATO

1) Se incorpora como nuevo socio al señor César Carlos Campagna, argentino, ingeniero agrónomo, casado en 1° nupcias con Mariela Inés Sciara, nacido el 25-11-1968, con domicilio en Wheelwright 1603, Piso 6, Departamento 2 de la ciudad de Rosario, D.N.I. 20.408.981.

2) El señor Mario Artemio Bongiovanni cede 750 cuotas de capital de la sociedad al señor César Carlos Campagna.

3) El señor Guillermo Horacio Torriconi cede 450 cuotas de capital de la sociedad al señor César Carlos Campagna.

4) La señora Isabel Del Luján Bourdet cede 300 cuotas de capital de la sociedad al señor César Carlos Campagna.

5) Nueva Conformación del Capital Social: $ 100.000, dividido en 15.000 cuotas de $ 10, cada una, suscripto de la siguiente manera: Mario Artemio Bongiovanni 6.750 cuotas, Guillermo Horacio Torriconi: 4.050 cuotas, Isabel Del Luján Bourdet: 2.700 cuotas y César Carlos Campagna 1.500 cuotas.

6) Se designa Socio Gerente al señor César Carlos Campagna, quedando en consecuencia la gerencia de la sociedad a cargo de Guillermo Horacio Torriconi y César Carlos Campagna con uso de la firma en forma indistinta.

7) Fecha de instrumento: 12 de Junio de 2009.

$ 19 73706 Jul. 17

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AGRO ARROYO INSUMOS S.R.L.

MODIFICACION DE CONTRATO

1) Se incorpora como nuevo socio al señor César Carlos Campagna, argentino, ingeniero agrónomo, casado en 1° nupcias con Mariela Inés Sciara, nacido el 25-11-1968, con domicilio en Wheelwright 1603, Piso 6, Departamento 2 de la ciudad de Rosario. D.N.I. 20.408.981.

2) El señor Mario Artemio Bongiovanni cede 5 cuotas de capital de la sociedad al señor César Carlos Campagna.

3) El señor Guillermo Horacio Torriconi cede 3 cuotas de capital de la sociedad al señor César Carlos Campagna.

4) La señora Isabel del Luján Bourdet cede 2 cuotas de capital de la sociedad al señor César Carlos Campagna.

5) Nueva Conformación del Capital Social: $ 100.000, dividido en 100 cuotas de $ 100, cada una, suscripto de la siguiente manera: Mario Artemio Bongiovanni: 45 cuotas, Guillermo Horacio Torriconi: 27 cuotas, Isabel del Luján Bourdet: 18 cuotas y César Carlos Campagna 10 cuotas.

6) Fecha de instrumento: 12 de Junio de 2009.

$ 19 73707 Jul. 17

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COMBUSTIBLES DEL LITORAL S.R.L.

CONTRATO

En cumplimiento a lo dispuesto por el art. 10º inc. a) de la Ley de Sociedades Comerciales Nº 19.550, se hace saber de la constitución social de "COMBUSTIBLES DEL LITORAL" S.R.L. de acuerdo al siguiente detalle:

1) Datos personales socios: Marcelo Luis Chera, argentino, D.N.I. N° 17.819.132, nacido el 1° de septiembre de 1966, estado civil soltero, domiciliado en calle 3 de Febrero Nº 175, Piso 1, de Rosario, de profesión Contador Público y Elcio Domingo Brioschi, argentino, D.N.I. Nº 16.645.829, nacido el 23 de mayo de 1964, estado civil casado en 1° nupcias con Sonia Silvana Córdoba, domiciliado en calle Moreno Nº 121 bis, Piso 2, Depto. A, de Rosario, de profesión comerciante.

2) Fecha del instrumento de constitución: 01/06/09.

3) Denominación social: "COMBUSTIBLES DEL LITORAL" S.R.L.

4) Domicilio y Sede Social: 3 de Febrero N° 175, Piso 1, de Rosario.

5) Objeto social: Comercialización de Combustibles y Lubricantes, Derivados del Petróleo y Accesorios: mediante la distribución, logística del transporte y comercialización mayorista de combustibles para todo tipo de vehículos, tales como naftas, gas licuado del petróleo en todas sus versiones y estado (oíl, propano, butano y/o comprimido), diesel oíl, fuel oíl; como así también kerosene, lubricantes, aceites, grasas y cualquier otro derivado del petróleo.

6) Plazo de duración: 20 años a partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio de Rosario.

7) Capital social: es de $ 120.000, dividido en 12.000 cuotas sociales de $ 10 cada una, suscriptas e integradas por los socios de acuerdo al siguiente detalle: Marcelo Luis Chera suscribe 6.000 cuotas sociales que representan $ 60.000; y Elcio Domingo Brioschi suscribe 6.000 cuotas sociales que representan $ 60.000.

8) Administración v fiscalización: La administración social estará a cargo de Marcelo Luis Chera y Elcio Domingo Brioschi, que harán uso de la firma social en forma individual e indistinta cualesquiera de ellos. La fiscalización queda a cargo de los señores socios de acuerdo a las disposiciones del artículo 55 de la Ley 19.550.

9) Representación legal: Corresponde a los socios gerentes, con uso de la firma social en forma indistinta cualesquiera de ellos.

10) Fecha de cierre del ejercicio: el 31 de marzo de cada año.

$ 39 73715 Jul. 17

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MOONLIGHT S.R.L.

CONTRATO

En cumplimiento a lo dispuesto por el art. 10° inc. a) de la Ley de Sociedades Comerciales Nº 19.550, se hace saber de la constitución social de "MOONLIGHT" S.R.L. de acuerdo al siguiente detalle:

1) Datos personales socios: Fernando Raúl Borgonovo, argentino, D.N.I. Nº 12.804.684, nacido el 27 de diciembre de 1958, estado civil divorciado de sus 1° nupcias según sentencia Nº 3161 de fecha 04/11/05, del Tribunal Colegiado de Familia N° 5 de Rosario, domiciliado en calle Rioja Nº 1023, piso 1, oficina 4, de Rosario, de profesión ingeniero químico y Juan Carlos Aimetta, argentino, D.N.I. Nº 13.788.817, nacido el 4 de febrero de 1960, estado civil divorciado de sus 1° nupcias según sentencia N° 726 de fecha 01/11/01 del Tribunal Colegiado de Familia N° 3 de Rosario, domiciliado en calle Tucumán N° 2333, de Rosario, de profesión licenciado en administración.

2) Fecha del instrumento de constitución: 22/06/09.

3) Denominación social: "MOONLIGHT" S.R.L.

4) Domicilio y Sede Social: 3 de Febrero N° 2501 de Rosario.

5) Objeto social: Alojamiento turístico y servicios conexos y complementarios: Alojamiento temporario de personas en general mediante el alquiler de inmuebles que no se encuentren incluidos en la ley de alquileres N° 23.091, y demás formas que las leyes vigentes o futuras establezcan. Se incluye la explotación de hoteles, apart-hoteles, hospedajes, cabañas, departamentos y/o similares y/o anexos, y cualquier otra actividad relacionada con el alojamiento de personas, como alquiler de salones de fiestas, alquiler y/o comodato de oficinas, con o sin personal propio afectado, y organización de excursiones y paseos, tanto para los pasajeros como para los clientes externos.

6) Plazo de duración: 20 años a partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio de Rosario.

7) Capital social: es de $ 60.000, dividido en 6.000 cuotas sociales de $ 10 cada una, suscriptas e integradas por los socios de acuerdo al siguiente detalle: Fernando Raúl Borgonovo suscribe 3.000 cuotas sociales que representan $ 30.000; y Juan Carlos Aimetta suscribe 3.000 cuotas sociales que representan $ 30.000.

8) Administración y fiscalización: La administración social estará a cargo de Fernando Raúl Borgonovo, que hará uso de la firma social en forma individual. La fiscalización queda a cargo de los señores socios de acuerdo a las disposiciones del artículo 55 de la Ley 19.550.

9) Representación legal: Corresponde a los socios gerentes, con uso de la firma social en forma indistinta cualesquiera de ellos.

10) Fecha de cierre del ejercicio: el 30 de Junio de cada año.

$ 41 73714 Jul. 17

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AGROSERVICIOS FIGHIERA S.R.L.

MODIFICACION DE CONTRATO

Agroservicios Fighiera S.R.L., inscripta en el Registro Público de Comercio de la ciudad de Rosario, Pcia. de Santa Fe, en "contratos" al T° 147 F° 8.020, N° 1.534 el 19/09/1996; con domicilio legal en Juárez Celman 449 de la ciudad de Arroyo Seco, Pcia. de Santa Fe.

1) Fecha del Acta (Resolución de la Sociedad) que aprobó la Modificación del contrato social: 8 de Julio de 2009.

2) Modificación Contrato: "Artículo 7: La dirección, administración y representación estará a cargo de Un Gerente Socio o no, quien tendrá el uso de la firma social, anteponiendo siempre a la rúbrica la denominación de la sociedad quien actuará individualmente por el término de dos años.

3) Nuevo gerente: Se designa a Lisandro Leonel Rodríguez, argentino, soltero, de profesión abogado, D.N.I. 27.725.170, nacido el 8 de noviembre de 1979, con domicilio en Boulevard Oroño 3323, abogado, soltero.

$ 15 73708 Jul. 17

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BASCULAS CASADO S.R.L.

CONTRATO

1) Integrantes de la Sociedad: Gustavo Ariel Stampella, argentino, D.N.I. Nº 25.859.922, soltero, nacido el 27 de junio de 1977, de profesión comerciante, con domicilio en Las Heras 3002 de Casilda, departamento Caseros. Pcia. de Santa Fe y Sebastián Jesús Stampella, argentino, D.N.I. Nº 28.568.071, soltero, nacido el 9 de abril de 1981, de profesión comerciante, con domicilio en Padre Manuel 2476 de Casilda, departamento Caseros, Pcia. de Santa Fe.

2) Fecha del instrumento de constitución: 22 de junio de 2009.

3) Denominación Social: "BASCULAS CASADO" S.R.L.

4) Domicilio Social: República Argentina 202 Area Industrial, de Casilda, Pcia. de Santa Fe.

5) Objeto Social: Diseño, fabricación, comercialización, instalación y servicio técnico de sistemas de pesajes, básculas y balanzas, sistemas de control de pesajes, automatización para uso industrial, plataformas y cajas volcadoras.

6) Plazo de duración: 10 (diez) años a partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio.

7) Capital Social: Cien mil pesos ($ 100.000).

8) Administración y Fiscalización: La administración estará a cargo de todos los socios con carácter de socios gerentes actuando en forma conjunta dos de ellos. La fiscalización estará a cargo de todos los socios.

9) Organización de la Representación: Los gerentes obligarán a la sociedad. Usará su firma con el aditamento de "socio-gerente" precedida de la denominación social.

10) Fecha de Cierre del Ejercicio: 30 de junio de cada año.

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CASOLU S.R.L.

EDICTO COMPLEMENTARIO

Se complementa la publicación de edicto en las cláusulas que se detallan a continuación:

3) Razón Social: CASOLU S.R.L.

6) Objeto Social: La sociedad tendrá por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros en el país o en el exterior, a la realización de las siguientes actividades: a) Transporte de carga en general.

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