JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
POR
OSMAR ISDAL BENITEZ
Por orden Juzg. de 1ª. Inst. C. y C. de Dist. de la 14ª. Nom. de Rosario, Secretaría suscripta, hace saber que autos caratulados: COMUNA DE PUEBLO ESTHER c/Otro s/Apremio (Expte. 492/12), se ha dispuesto que el Martillero Benítez Osmar Isdal Mat. 981-B-88, subaste el día 27 de Junio del 2013 a las 11 hs. en el Juzg. Comunal de Pueblo Esther y de resultar el día fijado, inhábil o afectado por medidas de fuerza mayor, se realizará el día siguiente hábil en igual hora y lugar el siguiente bien: un lote de terreno, sito en Distrito Gral. Lagos Localidad Pueblo Esther, del Dpto. Rosario, designado s/plano Nº 62.326/70 como Lote Nº 3 de la Manzana “24”, compuesto según planilla de loteo obrante en autos a fs. 26, de una Sup. Total de 401,96 mts2. y esta comprendido dentro de una mayor área formada por dos fracciones de terrenos, la que según título obrante a fs. 50 de autos, son señaladas en el plano Nº 61.633/70 como: Primero: Fracción (A”) es irregular, mide 208,33 mts. en su lado Sur, sobre un camino Público que la separa de la Sucesión de Bricchi Hnos., teniendo su extremo Oeste de este costado, un punto situado en la intersección de dicho camino Público con la Ruta Nac. N° 9, en su costado Sur-Este, mide 562,05 mts. y linda con un canal que lo separa de la Fracción (A’ 1), por su costado Norte, mide 651,76 mts, lindando en parte con camino en medio, con Italo y Mario Scocia y en el resto con Isabel Adela G. de Pignolo, su lado Oeste, esta formado por una línea quebrada de tres tramos, el 1° de ellos, parte del extremo Oeste del costado Sur, va hacia el Nor-Este y mide 85,14 mts, enseguida y hacia el Nor-Oeste, parte el 2° tramo que mide 175,14 mts. y a continuación de este, parte el 3° tramo, que va hacia el Norte mide 182,64 mts. y cierra la figura al unirse con el extremo Oeste del lado Norte, lindando por estos tres tramos, es decir por el costado Oeste con la Fracción A’) Sup. Total: 17has, 6as, 57cas, 42 dm2. 2do) FRACCIÓN (A’ 1): es irregular, mide 1.272,53 mts. en su lado Sur, sobre un camino Público que la separa de Carlos A. Macoc, Santiago Mollino y Sucesión de Bricchi Hnos. por el costado Nor-Oeste mide 562,05 mts, lindando con un canal que la separa de la Fracción (A”), su costado Norte mide 559,09 mts, lindando con Isabel Adela G. de Pignolo, estando su extremo Este, formado por una línea quebrada de tres tramos, el 1° de ellos parte del extremo Este del costado Norte, va hacia el Sur y mide 164,49 mts, a continuación de este y hacia el Este, parte el 2do. tramo que mide 320 mts. y a continuación de este, parte el 3er. tramo que va hacia el Sur, cierra la figura al unirse con el extremo Este del costado Sur y mide 235,49 mts. lindando por estos tres tramos con la Fracción (A’ 2) Sup. Total: 37has, 96as, 4cas, 32dm2, Dominio: T° 327 F° 444 Nº 114137 Dpto. Rosario, Registro Gral. informa: que el inmueble descripto en el dominio indicado consta inscripto a nombre del demandado, registra Embargos: 1°) T° 121E F° 4657 Nº 403177 de fecha de insc. 28/11/2012, por $ 11.423,45.- Orden Juzg. Dist. 14ta. Nom. Rosario autos: COMUNA DE PUEBLO ESTHER c/ERCOLANO S.C.A. s/Apremio (Expte. 492/2012). Inhibiciones e Hipotecas no registra. El inmueble saldrá a la venta en el estado de ocupación atento al acta de constatación obrante en autos, con una Base 5 x(A.F.) $ 881,65.- Retasa del 25% o una última Base igual al 20% del (A.F.), quien resulte comprador, abonará en el acto el 20% del precio de compra en carácter de seña con mas el 3% de comisión al Martillero, todo en dinero en efectivo o cheque certificado y el saldo dentro de los 5 días de notificada la aprobación de la subasta, previo a la aprobación de subasta, deberá Oficiarse al Registro General con copia certificada del acta de subasta, ordenando la inscripción marginal de la subasta a nombre del comprador, sin que esto signifique transferencia a su favor, a) para el caso que el precio de subasta supere el valor de $ 30.000, el pago no podrá realizarse en efectivo, pudiendo optarse por cheque certificado o cancelatorio, o en su defecto, se deberá depositar previo al día de la subasta dicho monto, en el Bco. Municipal sucursal Colegio de Abogados, a la orden de este Juzgado y para estos autos conformes disposición del Bco. Central de la Rep. Argentina según comunicación “A” 5147 de fecha 23/11/2010, dejándose constancia, que respecto del saldo de precio también deberá asimismo con lo dispuesto por la comunicación “A” 5147 del BCRA por lo cual, de superar los $ 30.000, deberá realizarse por transferencia interbancaria. En caso de incumplirse esta disposición, se hace saber de manera expresa, que la infracción a la normativa vigente, será comunicado por este Tribunal y/o el Martillero actuante ante la AFIP. b) Son a cargo del comprador si lo hubiere lo adeudado en concepto de Impuestos, tasas contribuciones, servicio de agua y cloaca, gastos y honorarios por reclamos judiciales y/o extrajudiciales, pago de liquidación de mejoras, gastos de escrituración y toda otra deuda fiscal relacionada al inmueble. Son también a cargo del comprador, la regularización y/o confección de planos y/o medianerías si fuese necesario, toma de posesión, levantamiento de gravámenes, gastos, sellados y honorarios correspondientes a la transferencia e IVA si correspondiere, d) En caso de cesión de los derechos y acciones de la subasta, la misma deberá realizarse por escritura pública, solo se admitirá la compra en comisión, cuando se denunciare nombre, domicilio y número de documento del comitente en el acta de remate, e) El inmueble saldrá a la venta en el estado de ocupación que consta en autos, f) El adquirente del inmueble subastado, deberá acudir a escribano público para confeccionar la escritura que instrumentará la transferencia de dominio a su favor, consecuentemente, se excluye en autos la opción prevista en el art. 505 2° párrafo del CPCC. en autos en Secretaría, a disposición de los interesados con 5 días de antelación a la fecha de subasta a los fines de los arts. 494 y 495 del CPCC, se encuentran los autos de referencia, en los cuales obran acta de constatación de la que se dará lectura en el acto de la subasta y copia de títulos, no aceptándose luego de la subasta, reclamos por faltas o insuficiencias en ellas, exhibición del inmueble el día hábil anterior a la fecha de subasta, en el horario de 10 hs. a 12 hs. todo lo cual se hace saber, a los fines de que por derecho hubiere lugar. Dr. Marcelo Quaglia, Juez. Dra. Jorgelina Entrocasi, Secretaria. Rosario, junio de 2013. Jorgelina Entrocasi, secretaria.
S/C 201508 Jun. 17 Jun. 19
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VILLA CONSTITUCION
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
POR
GUILLERMO E. CASTELVI
El Juzgado de 1ª. Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la 1ª. Nominación de Villa Constitución en autos caratulados: TUCCORI, NELSON W. c/Otro, Expte. 827/10, ha dispuesto que el Martillero Público Guillermo E. Castelvi, matrícula N° 864-C-87, DNI: 6.062.196, CUIT: 23-06062196-9, proceda a la venta en subasta pública el día 26 de Junio de 2013 a las 13.15.hs. en el Hall de del Tribunal de Villa Constitución, y de resultar inhábil, el día hábil posterior a la misma hora y lugar, a los fines de la realización de la subasta ordenada en autos: 1) El 100% indiviso de un inmueble situado en la ciudad de Villa Constitución, Dpto. Constitución, Pcia. de Santa Fe, que corresponde a la siguiente descripción: Lote 20 Manzana “D”, ubicado a los diez metros de la esquina formada por una calle sin nombre y la Avenida del Trabajo hacia el Sud-Oeste y mide: nueve metros de frente al Sud-Este, por veinticinco metros seiscientos treinta y cinco milímetros de fondo, lo que forma una superficie de doscientos treinta metros setenta y un decímetros cuadrados. Linda además: al Sud-Oeste con el lote diecinueve, al Nord-Oeste con CILSA y al Nord-Este con el lote veintiuno. Inscripto al T° 196 F° 86 N° 192746 Departamento Constitución a nombre del demandado. No registra Hipoteca e Inhibición. Embargo: T° 117 E, F° 3981 N° 363239 del 11/07/2008 por $ 157.780.- por estos autos y actuados. 2) El 50% indiviso sobre un lote de terreno con todo lo en él clavado, plantado, edificado y demás adherido al suelo, situado en la ciudad de Villa Constitución, Dpto. Constitución, Pcia. de Santa Fe, que corresponde a la siguiente descripción: Lote 21 Manzana “D”, afecta la forma de un rectángulo y se encuentra formando esquina con las calles avenida de Trabajo y Colón, hacia el Este; y mide diez metros de frente al Sud-Este sobre Avenida del Trabajo por veinticinco metros seiscientos treinta y cinco milímetros en su contrafrente al Nord-Este sobre calle Colón; encerrando una superficie total de doscientos cincuenta y seis metros cuadrados treinta y cinco decímetros cuadrados; lindando por los demás rubros al Nord-Oeste con la fábrica de tejidos CILSA, lote cinco según título y al Sud-Oeste con el lote veinte, todos de la misma manzana y plano, cuyo dominio consta inscripto al Tomo 221 Folio 5 N° 200234 Dpto. Constitución a nombre del demandado. No registra Hipoteca e Inhibición. Embargo: al T° 117 E, F° 3980 N° 363240 del 11/07/2008 por $ 157.780.- por estos autos y actuados. El inmueble deslindado en primer orden saldrá a la venta en el estado de ocupación que se encuentra de acuerdo a las constancias de autos, con la base de $ 360.000. Seguidamente en caso de no haber postores, con una retasa del 25% ($ 270.000) y de persistir la falta de interesados a continuación con una última base de $ 120.000; el deslindado en segundo de orden saldrá a la venta en el estado de ocupación que se encuentra de acuerdo a las constancias de autos, con la base de $ 600.000.- Seguidamente en caso de no haber postores con una retasa del 25% (450.000) y de persistir la falta de interesados a continuación con una última base de $ 100.000.- En el acto de remate el comprador deberá abonar el 10% del importe total de la compra, con más la comisión del martillero actuante (3%), en efectivo o cheque certificado. Se deja aclarado que no integran a los fines de determinar el porcentaje de comisión del martillero los importes de las deudas que posea el inmueble. Para el caso que la suma ut-supra mencionada supere el valor de $ 30.000, no podrá realizarse en efectivo, optando por el cheque certificado o cancelatorio, efectivo (solo si no supera la cantidad de $ 30.000) y/o en su defecto se deberá depositar previo al día de la subasta dicho monto en el Nuevo Banco de Santa Fe, sucursal Villa Constitución a la orden de este Juzgado y para estos autos conforme disposición del Banco Central de la República Argentina según comunicación “A” 5147 de fecha 23/11/2010 y circular Nro. 91 del Poder Judicial de la Provincia de Santa Fe. Con relación al saldo de precio, deberá ser depositado por el adquirente una vez aprobada la subasta en el término de cinco días, mediante depósito en cuenta judicial del Nuevo Banco de Santa Fe S.A. Sucursal Villa Constitución para estos autos y a la orden de este Juzgado, caso contrario deberá abonarse por el retraso en concepto de interés la tasa activa que percibe el Banco de la Nación Argentina en las operaciones de descuento de documentos a 30 días desde la fecha de subasta y bajo apercibimiento contenido en el art. 497 del CPCC. Asimismo que la compra podrá efectuarse “en comisión” indicando nombre, apellido, domicilio y D.N.I. del comitente. Se deja constancia que respecto del saldo de precio deberá asimismo cumplimentarse con lo dispuesto por la comunicación “A” 5147 del B.C.R.A. Por lo cual de superar el importe de $ 30.000 deberá realizarse por transferencia intercambiaría. En caso de incumplirse dicha disposición se hace saber de manera expresa que la infracción a la normativa vigente será comunicado por este Tribunal y/o el martillero actuante a la AFIP. Previo a la aprobación de la subasta deberá oficiarse al Registro General de la Propiedad Inmueble respectivo, con copia certificada del acta de remate, a fin que tome razón de la misma, sin que implique transferencia a favor del adquirente. Se hace saber asimismo que los títulos de los inmuebles se encuentran agregados a autos, no siendo admisible planteo alguno por falta o insuficiencia de los mismos en el acto de remate o con posterioridad. Efectúense las comunicaciones del art. 488 y 506 del CPCC, librándose los despachos pertinentes con la debida antelación, debiendo acompañarse las constancias del diligenciamiento antes de la subasta, bajo apercibimiento de suspenderse la misma a costa del martillero, ello sin perjuicio de lo dispuesto por el art. 503 del CPCC. El expediente deberá ser entregado al Juzgado cinco días antes de la subasta a los fines del los arts. 494 y 495 del CPCC. y permanecerá en Secretaría. Impuestos, tasas, contribuciones y/o cualquier otro gravamen que pesen sobre el inmueble adeudados a la fecha del remate (nacionales, provinciales, municipales y/o comunales), serán a cargo del comprador. Además los honorarios, gastos y tributos de cualquier índole que graven la transferencia dominial del/los inmueble/s subastados/s serán exclusivamente a cargo del comprador en subasta, como así también los que puedan resultar por nuevas mensuras, regularizaciones de planos y/o medianerías en su caso. Asimismo hágase saber que los comparecientes a la subasta judicial deberán acudir munidos de su Documento Nacional de identidad. Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL, y en el transparente habilitado a tal efecto en la forma prescripta por el art. 67 del C.P.C.C. reformado por Ley Provincial N° 11.287, por el término y bajo los apercibimientos de ley, siendo responsabilidad del martillero asegurar su correcta publicación y con la debida anticipación. Autorizase al martillero a realizar la publicidad extraordinaria peticionada, con cargo de oportuna y documentada redición de cuentas. Hágase saber a los ocupantes del inmueble que los tres días hábiles anteriores a la subasta y en horario a coordinar con el Martillero actuante, deberán permitir al mismo y/o a quien este designe a mostrar los inmuebles a los interesados. Junio 10 de 2013. Fdo: Dra. Mirta Griselda Armoa, secretaria.
$ 600 201514 Jun. 17 Jun. 19
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