DECRETO Nº 0924
SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”, 09 JUN
2010
VISTO:
Lo actuado en el
expediente Nº 02001-0006585-1 del registro del Ministerio de Justicia y
Derechos Humanos en el que la Corte Suprema de Justicia solicita la designación
de jueces subrogantes conforme las previsiones del Artículo 217 de la Ley
Orgánica del Poder Judicial –Nº 10.160- (t.o. Decreto 46/98 y sus
modificatorias); y
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo a la
norma citada y al Artículo 86 de la Constitución de la Provincia el Poder
Ejecutivo, a través del Decreto Nº 2351 de fecha 07-12-2009, conformó las
Listas de Jueces Subrogantes para los Juzgados de Primera Instancia de Distrito
en lo Civil y Comercial; Tribunales Colegiados de Instancia Unica; Juzgados de
Primera Instancia de Circuito y de Ejecución Civil de las Circunscripciones
Judiciales Nros. 1 y 2;
Que asimismo el
Artículo 217 de la Ley Orgánica del Poder Judicial dispone: "Los
integrantes del Poder Judicial a los que se alude precedentemente no tendrán la
calidad de jueces hasta tanto no se produzca la designación del Poder Ejecutivo
como suplentes para un cargo de juez determinado”;
Que la Corte Suprema
de Justicia comunica que en el Acuerdo Ordinario de fecha 04-05-2010 (Acta Nº
15) resolvió solicitar al Poder Ejecutivo la designación de jueces subrogantes
en cargos vacantes, por jubilación ordinarias de los titulares, en la Circunscripción
Judicial Nº 1;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA
ARTICULO 1º -
Desígnanse jueces subrogantes del Poder Judicial, conforme las previsiones
contenidas en el Artículo 217 inc. 1) y 1.a) de la Ley Orgánica del Poder
Judicial –Nº 10160-:
Circunscripción
Judicial Nº 1
TRIBUNALES CON
ASIENTO EN LA CIUDAD DE SANTA FE
Distrito Judicial Nº
1
JUEZ SUBROGANTE DEL
TRIBUNAL COLEGIADO DE RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL Nº 4:
Doctor JORGE LUIS
TOMAS PIOVANO (Clase 1952 - M.I. 10.234.851)
JUEZA SUBROGANTE DEL
TRIBUNAL COLEGIADO DE RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL Nº 1:
Doctora MARIEL
ALEJANDRA RODRIGUEZ OCAMPO (Clase 1971 - M.I. 22.168.234)
ARTICULO 2º -
Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
BINNER
Dr. Héctor Carlos Superti
4691
__________________________________________