picture_as_pdf 2017-05-17

JUZGADO LABORAL


El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Laboral de la 5ta. Nominación de la ciudad de Santa Fe (Prov. de Santa Fe), cita y emplaza a los herederos de Reynoso Juan Alcides, DNI Nº 08.507.398, para que dentro del término de tres (3) días después de la última publicación comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimientos de rebeldía y de designación de un Defensor Ad-Hoc, en los autos caratulados: “REYNOSO, JUAN ALCIDES c/ISA, MARCELO ANTONIO s/Cobro de Pesos - Rubros Laborales” CUIJ 21-04673750-1. Se publican los edictos por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL y atento al Art. 67 del C.P.C. Santa Fe, 26 de Abril de 2017. Dra. Patricia de Petre (Jueza); Dra. Ma. Alejandra Cerqua de Pappa (Secretaria).

S/C 323267 May. 17 May. 23

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TRIBUNAL COLEGIADO


Por disposición de la Dra. Susana Romero, Jueza del Tribunal Colegiado de Familia Nº 3, sito en calle Tucumán Nº 2.846 de la ciudad de Santa Fe, a cargo en autos caratulados “Expte CUIJ Nº 21-10693958-4 - GAVILAN JAZMIN y GAVILAN ARIADNA MAGALI s/Control de legalidad de resolución. Definitiva de medida de protección excepcional” se notifica por edicto a Gladys Beatriz Gavilán, D.N.I. N° 29.06.1.767, con domicilio actual desconocido, de lo ordenado en autos: “Santa Fe, 29 de Marzo de 2017. Hágase saber que en virtud de no haberse instrumentado hasta la fecha lo dispuesto en el último párrafo del art. 65 de la Ley 12.967 (Ref. por Ley Nº 13.237), por el presente se dispone que el diligenciamiento, notificación y realización de todos los actos impulsorios y procedimentales estarán a cargo del organismo compareciente. Por presentada, domiciliada y en el carácter invocado, acuérdasele participación de ley. Por iniciada demanda de control de legalidad de resolución definitiva de la medida de protección excepcional de derecho adoptada por la Subsecretaría de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de la Provincia de Santa Fe (Resolución N° 3 de fecha 02/02/17 -fs. 56/60) respecto de las jóvenes Jazmín Gavilán y Ariadna Magali Gavilán. Córrase traslado a la progenitora de las menores nombradas a fin de que exprese lo que considere menester, por el término de diez días y bajo apercibimientos de ley. Agréguese la documental acompañada. Téngase presente la autorización con cedida en el punto 3. Al punto 5) Téngase presente para su oportunidad. Dése intervención a Defensorio General. A la acumulación solicitada: No ha lugar. Únase por cuerda floja a los autos: “Gavilán Jazmín y Gavilán Ariadna Magali s/Medida de Protección Excepcional” -E/CUIJ Nº 21-106879423-3). Tómese razón en el sistema informático. Notifiquen empleadas Farias, Gon, Gufanti y/o Masseroni. Notifíquese. “Fdos.: Della Siega, Juez; Drewanz, Secretario. Santa Fe, 26 de Abril de 2017. Atento lo manifestado, constancias de autos y a los fines solicitados publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley y de conformidad a las previsiones del Art. 67 del C.P.C.C. Notifíquese. Fdo.: Romero, Jueza a/c; Drewanz, Secretario. Dra. Lorenz, Prosecretaria.

S/C 19531 May. 17 May. 19

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En los autos caratulados “S.D.N.A.F. (BACIGALUPPI, V.I.) s/Control de Legalidad” (CUIJ Nº 21-10690345-7), de trámite por ante el Tribunal Colegiado de Familia Nro. 5 Secretaría Nro. 2 de la ciudad de Santa Fe, se hace saber al Sr. Víctor Hugo Bacigaluppi que, en los autos mencionados se ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, 21 de Marzo de 2017. Autos y Vistos:... Considerando:... Resuelve: 1) Tener por efectuado el control de legalidad de la medida de protección excepcional adoptada por Disposición N° 000101 de 28 de Julio de 2016, respecto de Virginia Itati Bacigaluppi. 2) Requerir a la peticionante para que en el término de diez días informe las medidas adoptadas, atento el vencimiento del plazo de 90 días previsto en la medida, acompañando en su caso, la documental pertinente en los términos del art. 607 del C.C.C.N. 3) Notifíquese por Secretaría a la peticionante, a los progenitores de la adolescente, por cédula y a la Defensora General en su público despacho. Protocolícese, agréguese copia, notifíquese en los términos del art. 66 de la Ley Nº 12.967. Oportunamente archívese.” Dra. Herz (Jueza); Dra. Ebenegger (Secretaria).

S/C 19530 May. 17 May. 19

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Por disposición de la Dra. Susana Romero, Jueza del Trámite del Tribunal Colegiado de Familia Nº 3, sito en calle Tucumán Nº 2.846 de la ciudad de Santa Fe, en autos caratulados: Expte CUIJ Nº 21-10689423-7.- SDNAF c/RODRÍGUEZ DOMINGO ALFREDO s/Medida de protección excepcional, se notifica por edicto a Domingo Alfredo Rodríguez, D.N.I. N° 16.263.949, con domicilio actual desconocido, de la resolución recaída en autos Santa Fe, 09 de Febrero de 2017. Y Vistos:... Considerando:... Resuelvo: 1) Tener por efectuado el control de legalidad de la medida de protección excepcional adoptada con relación a Abril Juana de Dios Rodríguez (D.N.I. Nro. 45.829.749) adoptada por Disposición N° 000105, de fecha 16 de agosto de 2016, ratificándose la misma. 2) Protocolícese, agréguese copia, notifíquese. Oportunamente archívese.” Fdo.: Susana Romero, Jueza; Silvina Loza, Secretaria. Dra. Lorenz, Prosecretaria.

S/C 19529 May. 17 May. 19

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Por disposición del Dr. Fabio M. Della Siega, Juez de Trámite del Tribunal Colegiado N° 3, Segunda Secretaría, sito en calle Tucumán N° 2846 de la ciudad de Santa Fe, en autos caratulados: “SUBSECRETARÍA DE LOS DCHOS. DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA c/FERNÁNDEZ, LEÓNIDAS ALBERTO y Otra s/Medida de protección excepcional -Control de legalidad-“ Expte. N° 506/2015, unido por cuerda floja a “SUBSECRETARÍA DE LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA c/MAGALLANES LUCIANA MARISA y FERNÁNDEZ, LEÓNIDAS A. s/Medida de protección excepcional -Resolución definitiva-“ Expte. Nº 559/2016,”SUBSECRETARIA DE LOS DCHOS. DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA c/FERNÁNDEZ, LEÓNIDAS ALBERTO y Otra s/Medida de protección excepcional -Control de legalidad-“ Expte. N° 506/2015, unido por cuerda floja a “SUBSECRETARÍA DE LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA c/MAGALLANES LUCIANA MARISA y FERNÁNDEZ, LEÓNIDAS A. s/Medida de protección excepcional -Resolución definitiva-“ Expte. N° 559/2016, se notifica por edictos al Sr. Leónidas Alberto Fernández, con DNI. N° 11.083.174, con domicilio actualmente desconocido, progenitor de la joven Rocío Celeste Fernández, que se ha ordenado lo siguiente: “Santa Fe, 12 de abril de 2017. Y Vistos:... Considerando:... Resuelvo: 1) Declarar el cese de la Medida de Protección Excepcional establecida mediante Resolución Administrativa Nro. 000065 de fecha 13.04.2015 (fs. 49/53 - CUIJ. Nro. 21-10553719-8) cuyo control de legalidad fue dispuesto mediante Resolución Judicial de fecha 14/09/2015 (Fs. 65 - CUIJ. Nro. 21-10553719-8), sustentado en el hecho de que la joven Rocío Celeste Fernández - DNI. N° 41.515.434- ha adquirido la mayoría de edad en fecha 21.01.2017 (fs. 18 CUIJ. Nro. 21-10553719-8). Protocolícese, agréguese copia, notifíquese a la Defensoría General Actuante y a la Subsecretaría de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia y oportunamente archívese. Dr. Fabio M. Della Siega, Juez, Dra. Silvina Loza, Secretaria. Santa Fe, 04 de Abril de 2017. Dra. Bonnin, Prosecretaria.

S/C 19528 May. 17 May. 19

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Por disposición del Dr. Raúl F. Fosero, Juez de Trámite del Tribunal Colegiado N° 3, Primera Secretaria, sito en calle Tucumán N° 2846 de la ciudad de Santa Fe, en autos caratulados: LUQUE, LUZ MILAGROS s/Control de legalidad de medida de protección (Ley 12.967)“ Expte. Nº 676/2016 unido por cuerda floja al “LUQUE, LUZ MILAGROS s/Resolución definitiva de medida de protección excepcional” Ex. CUIJ. N° 21-10693268-6 se notifica por edictos a Sra. Daiana Ayelén Luque, con DNI. N° 38.897.961, con domicilio actualmente desconocido, que se ha ordenado lo siguiente: “Santa Fe, 10 de marzo de 2017. Hágase saber en virtud de no haberse instrumentado hasta la fecha lo dispuesto en el último párrafo del art. 65 Ley 12967, (ref. Por Ley 13237), por el presente se dispone que el diligenciamiento, notificación y la realización de todos los actos impulsorios y procedimentales estarán a cargo del organismo compareciente. Con los autos requeridos (Expte. 676/2016) a la vista y proveyendo fs. 86/87: Por presentada domiciliada, en el carácter invocada acuérdasele la participación legal correspondiente. Por iniciada resolución definitiva de las Medidas Excepcionales adoptadas para la niña Luz Milagros Luque conforme disposición administrativa Nro. 000169 de fecha 22/12/16 adoptada por la Subsecretaría de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de la Provincia de Santa Fe, respecto de la niña prenombrada (v. fs. 79/82). Cítase y emplácese a la progenitora de la niña nombrada a comparecer a estar a derecho, expedirse sobre la medida definitiva propuesta por la autoridad de aplicación y ofrecer prueba en el término de diez días, bajo apercibimiento de resolver sin más en caso de falta de contestación. Al punto 2) Agréguese la documental acompañada. Al punto 3) Téngase presente la autorización concedida. Al punto 4) Unase el presente por cuerda floja a los autos conexos (Exptes. 676/2016) y tómese razón en Mesa de Entrada. Al punto 5) Téngase presente la propuesta de declaración de tutela judicial a favor de la niña Luz Milagros Luque. Al punto 6) Dése intervención a la Defensoría General. Juez de Trámite, Dr. Raúl F. Foesro. Notifiquen las empleadas: Masseroni, Farías, Gufanti y/o Gon. Notifíquese. Dr. Raúl F. Forsero, Juez y Dr. Adolfo Drewanz, Secretario” Otro decreto: “Santa Fe, 22 de Marzo de 2017. Atento a lo manifestado, constancia de autos (v. fs. 86/87) y a los fines solicitados publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de ley y bajo apercibimientos de ley y conformidad a las previsiones del art. 67 del C.P.C.C. Notifíquese. Dr. Raúl F. Forsero, Juez y Dr. Adolfo Drewanz, Secretario. Santa Fe, 26 de Abril de 2017. Dr. Lorenz, Prosecretaria.

S/C 19532 May. 17 May. 19

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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial de la 3ra. Nominación de Santa Fe, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de los causantes JOSÉ GIORDA y (DI 2.672.492) y TERESA MACAGNO, (DNI N° 4.374.574), para que dentro del término y bajo apercibimientos de ley, comparezcan a hacer sus derechos en los autos “GIORDA, José y Otro s/SUCESORIO”, Expte. CUIJ 21-01978484-0. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Santa Fe, 15 de Diciembre de 2016. Fdo.: Dra. Viviana Naveda Marcó (Secretaria).

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados: “Culasso Ricardo Ramón c/Zabala Hector y Otros s/Escrituración” (Expte. CUIJ nº 21-01962775-3), se ha ordenado lo siguiente: “Santa Fe, 25 de Septiembre de 2015. Agréguese. Habiéndose cumplimentado con lo ordenado en autos, se provee escrito introductorio: por presentado, domiciliado, en el carácter invocado, en mérito al poder acompañado, acuérdasele al compareciente la participación legal correspondiente. Por iniciada demanda ordinaria de escrituración contra Héctor Zabala, Eduardo Victorio Alegre y Adela Forentina Schnell. Cítese a los demandados, para que en el término de ley, comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimientos de rebeldía. Notifiquen: Balestieri, Crespi y/o Berardo. Notifíquese” Firmado: Dr. Diego Raúl Aldao (Juez) - Dra. Alicia Isabel Roteta (Secretaria). Otro Decreto: “Santa Fe, 13 de Diciembre de 2016. Agréguese el oficio acompañado. Téngase presente, no obstante ello, respecto al demandado Héctor Zabala se publicarán edictos. Notifíquese. Firmado: Dr. Diego Raúl Aldao (Juez) - Dra. Alicia Isabel Roteta (Secretaria). Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 11.287 y el acuerdo ordinario del 7/2/96, Acta/n° 3. Santa Fe, 27 de 2017. Dra. Roteta, Secretaria.

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Por disposición de la Sra. Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial Nro. 1 en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación de la Ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados “CABRERA, SAMANTA s/Solicitud Propia Quiebra” (Expte. N° CUIJ 21-01985199-8) se ha declarado la quiebra en fecha 09/05/2017 de Samanta Cabrera, DNI Nº 24.377.657, argentina, soltera, mayor de edad, domiciliada realmente en calle B° El Pozo, Manzana 7, Vivienda 37 y legalmente en calle 4 de Enero no 1753, oficina PB, ambos de la ciudad de Santa Fe. Se dispuso el día 17.05.2017 como fecha en la que se realizará el sorteo del Síndico que intervendrá en la quiebra. Se estableció que los acreedores pueden requerir la verificación de sus créditos al Síndico hasta el día 16.06.2017. Se ordenó a la fallida y, en su caso, a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquél que estuvieren en su poder. Prohibir hacer pagos a la fallida, bajo apercibimientos de resultar éstos ineficaces. Disponer la liquidación de los bienes de la fallida en la forma que se determinará, una vez que el Síndico realice el inventario de los bienes de la fallida. Disponer que la fallida no pueda ausentarse del país sin autorización judicial en los casos y términos del Art. 103 de la Ley Nº 24.522, oficiándose a sus efectos. Ordenar la publicación de edictos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de cinco días (art. 89 LCQ). Santa Fe, 9 de Mayo de 2017. Fdo. Dr. Carlos F. Marcolin (Juez) - Dr. Jorge A. Gómez (Secretario).

S/C 323220 May. 17 May. 23

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Por disposición del Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nro. 1 en lo Civil y Comercial de la 7ma. Nominación de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, Dr. Luciano F. Pagliano, se hace saber que en los autos caratulados: “MOURELO, ANGEL DEL TRANSITO c/Sucesores de GERÓNIMA RAMÍREZ y/o GERÓNIMA VENTURA RAMÍREZ y Otros s/Prescripción adquisitiva (Exp. Nro. 21-01972263-2/año 2016)“, se ha resuelto: “Santa Fe, 09 de Marzo de 2017. Haciendo efectivos los apercibimientos decretados declárase rebelde a la demandada y sus herederos Ramón José Mourelo, José Alberto Mourelo y Silvia Guadalupe Mourelo... Notifíquese. Fdo.: Dr. Pagliano-Juez - Dr. Gómez - Secretario. Lo que se publica por el término de ley. Fdo.: Dr. Pagliano-Juez - Dr. Gómez - Secretario. Santa Fe, 13 de Marzo de 2017.

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Civil y Comercial 2da Nom, de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados “PÉREZ, SANDRA PAOLA y Otros c/MARTÍNEZ, VÍCTOR HUGO s/Juicio Sumario” (Expte: 21-01976111-5) ha dispuesto lo siguiente: Santa Fe, 19 de Octubre de 2016 Atento las constancias de autos y lo dispuesto por los arts. 25, 69, 70, 101 inc. b y 103 del CCyCN y proveyendo: Déjese sin efecto el proveído de fecha 16/09/16 y en su lugar: Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovida juicio sumario a los fines de cambiar el apellido paterno “Martínez” por el materno “Pérez” de la menor L.A.M con DNI Nº 43.377.058, contra Víctor Hugo Martínez, a quien se cita y emplaza para que en el término de tres días comparezca a estar a derecho, bajo apercibimientos de ley. Publíquense edictos en el Boletín Oficial una vez por mes durante dos meses de conformidad con lo dispuesto por el art. 70 del CCyCN. Dése intervención al Ministerio Público de Menores y al Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas. Asimismo, ofíciese al Registro General a los fines de informar sobre la existencia de medidas cautelares que pesen sobre la actora. A sus efectos, autorízase al Dr. Jordán Grasso Finsterwald a intervenir en el diligenciamiento. Notifíquese. Santa Fe, 11 de Abril de 2017.

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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, en los autos caratulados “ASAMBUYO, MARIO DANIEL s/Quiebra” (CUIJ 21-01982771-9), se ha ordenado lo siguiente: “Santa Fe, 09/05/17. Autos y Vistos:... Resulta... Considerando... Resuelvo: 1- Declarar la quiebra de Mario Daniel Asambuyo, apellido materno Andrada, argentino, DNI N° 27.413.012, casado, mayor de edad, empleado en la Municipalidad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, domiciliado realmente en calle Nro. 27 e intersección con calle 10 de la localidad de Sauce Viejo, Provincia de Santa Fe y constituyendo domicilio legal en calle Crespo 4 de Enero 1753, de esta ciudad. 2- Mandar anotar la presente sentencia de quiebra a los Registros correspondientes, oficiándose. 3- Decretar la inhibición general de bienes del fallido, oficiándose a sus efectos para la toma de razón a los Registros pertinentes. 4- Ordenar a los terceros que tengan en su poder bienes y documentos del fallido los entreguen al Síndico. 5- Intimar al fallido para que dentro de las 24 hs. de aceptado el cargo por el Síndico, ponga sus bienes a disposición del funcionario concursal. 6- Prohibir al fallido la realización de pagos, reputando ineficaces los que eventualmente pudiera efectuar. 7- Ordenar interceptar la correspondencia, las comunicaciones dirigidas al fallido, que deberán ser entregadas al Síndico. A sus efectos se oficiara. 8- Hacer saber al fallido que sólo podrá ausentarse del país previa autorización de este Tribunal, y de conformidad a lo dispuesto por los arts. 25 y 103 de la Ley Nº 24.522. Practíquese las pertinentes comunicaciones a la Jefatura de Policía de la Pcia. de Santa Fe, a la Delegación Santa Fe de la Policía Federal y a la Oficina de Migraciones del Ministerio del Interior, oficiándose. 9- Designar al Oficial de Justicia en tumo para que efectúe el inventario e incautación de los bienes y papeles del fallido con los alcances previstos en el art. 177 de la Ley 24.522 sin perjuicio de que en el término de 30 días el 3índico realiza el inventario ordenado en el inc. 10 del Art. 88 de LCQ. 10- Designar el día 10/05/17 a las 10:00 hs. para que tenga lugar la audiencia por la que se sorteará el Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales existentes en el Juzgado. Comuníquese al Consejo de Profesionales de Ciencias Económicas. 11- Fijar el día 1/06/17 inclusive, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos, así como los títulos pertinentes (art. 32 Ley 24.522). 12 - Fijar el día 21/06/17 como fecha hasta la cual el fallido y los acreedores podrán impugnar las solicitudes formuladas. 13- Señalar el día 09/08/17 como fecha en la cual la Sindicatura deberá presentar los informes individuales de los créditos (art. 35 ley 24.522) y designar el día 06/09/17 como fecha para que el Síndico presente el informe general (art. 39 de la ley concursal). 14- Exhortar a los Juzgados donde se tramiten juicios de contenido patrimonial contra el fallido a los fines de que procedan a la remisión de los mismos en los términos y con los alcances del art. 132 de la Ley 24.522. 15- Disponer la publicación de Edictos durante cinco días en el BOLETÍN OFICIAL de la Pcia. de Santa Fe, de acuerdo a los normado por el art. 89 de la LCQ. 16- Aceptado el cargo por parte de la Sindicatura designada, córrase vista a los fines dispuestos en los incisos 11 y 12 del artículo 14 de la LCQ. Hágase saber, insértese, expídase copia. Ofíciese a los Registros correspondientes. Comuníquese a la A.P.I. (Art. 23 Ley 3.456) y al Concejo Profesional de Ciencias Económicas (acordada 195, punto 2 de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Pcia. del 19 de Noviembre de 1.986. Comuníquese a la empleadora oficiándose a sus efectos. Otro Decreto: Santa Fe, 10/05/17. “Habiendo resultado sorteado el síndico Gabriela Verónica Trivisonno para intervenir en autos “ASAMBUYO, MARIO DANIEL s/Pedido de quiebra” (CUIJ 21-01982771-9) desígnaselo en tal carácter. Comparezca a aceptar el cargo cualquier día y hora de audiencia con las formalidades y bajo los apercibimientos de ley. Notifíquese.” Fdo. Bermúdez (Juez) - Pacor Alonso (Secretaria).

S/C 323278 May. 17 May. 23

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación de la Ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados: “AMHERDT GLADYS ROSA y Otros c/ROMANO MARÍA s/Ordinario prescripción adquisitiva2 CUIJ 21-00870764-9 - año 2.014. Declárese rebelde a la demandada María Romano y/o sus herederos y/o propietarios del inmueble que se transcribe de: “Una fracción de terreno ubicada en la Comuna de San Jerónimo del Sauce ubicado en calle San Miguel S/N y que de acuerdo al plano de mensura forma una superficie de 6753,44 m2, lindando al Norte con calle San Miguel (Pav); al Sur con calle de la Paz (S/Pav); al Oeste con calle Primero (S/Pav), todos de la misma Manzana, conforme al Plano de Mensura confeccionada por el Ingeniero Agrimensor Arón E. Waisman Tello de la ciudad de Santa Fe. Santa Fe, 27 de Abril de 2.017. Dra. Pacor Alonso, Secretaria.

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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, en los autos caratulados “SAUCEDO ROQUE AGUSTÍN s/Solicitud propia quiebra”- (CUIJ 21-01983080-9), se ha ordenado lo siguiente: “Santa Fe, 09 de Mayo de 2017. Autos y Vistos... Resulta... Considerando... Resuelvo: 1- Declarar la quiebra de Saucedo Roque Agustín, argentino, apellido materno Miño, DNI Nº 27.863.991, CUIL 20-27863991-7 mayor de edad, casado, empleado del Ministerio de Seguridad, domiciliado realmente en calle Sarmiento S/n casa Nº 003 de Santa Rosa de Calchines -Provincia de Santa Fe- y constituyendo domicilio legal en calle Moreno Nº 3636 de esta ciudad. 2- Mandar anotar la presente sentencia de quiebra a los Registros correspondientes, oficiándose. 3- Decretar la inhibición general de bienes del fallido, oficiándose a sus efectos para la toma de razón a los Registros pertinentes. 4- Ordenar a los terceros que tengan en su poder bienes y documentos del fallido los entreguen al Síndico. 5- Intimar al fallido para que dentro de las 24 hs. de aceptado el cargo por el Síndico, ponga sus bienes a disposición del funcionario concursal. 6- Prohibir al fallido la realización de pagos, reputando ineficaces los que eventualmente pudiera efectuar. 7- Ordenar interceptar la correspondencia, las comunicaciones dirigidas al fallido, que deberán ser entregadas al Síndico. A sus efectos se oficiará. 8- Hacer saber al fallido que sólo podrá ausentarse del país previa autorización de este Tribunal, y de conformidad a lo dispuesto por los arts. 25 y 103 de la Ley 24.522. Practíquese las pertinentes comunicaciones a la Jefatura de Policía de la Pcia. de Santa Fe, a la Delegación Santa Fe de la Policía Federal y a la Oficina de Migraciones del Ministerio del Interior, oficiándose. 9- Designar al Oficial de Justicia en tumo para que efectúe el inventario e incautación de los bienes y papeles, del fallido con los alcances previstos en el art. 177 de la ley 24.522 sin perjuicio de qué en el término de 30 días el Síndico realiza el inventario ordenado en el inc. 10 del art. 88 de LCQ. 10- Designar el día 10.05.2017 a las 10:00 hs. para que tenga lugar la audiencia por la que se sorteará el Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales existentes en el Juzgado. Comuníquese al Consejo de Profesionales de Ciencias Económicas. 11- Fijar el día 23.06.2017 inclusive, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos, así como los títulos pertinentes (art. 32 Ley 24.522). 12 - Fijar el día 26.07.2017 como fecha hasta la cual el fallido y los acreedores podrán impugnar las solicitudes formuladas. 13- Señalar el día 04.09.2017 como fecha en la cual la Sindicatura deberá presentar los informes individuales de los créditos (art. 35 Ley 24.522) y designar el día 23.10.2017 como fecha para que el Síndico presente el informe general (art. 39 de la Ley concursal). 14- Exhortar a los Juzgados donde se tramiten juicios de contenido patrimonial contra el fallido a los fines de que procedan a la remisión de los mismos en los términos y con los alcances del art. 132 de la ley 24.522.15- Disponer la publicación de Edictos durante cinco días en el BOLETÍN OFICIAL de la Pcia. de Santa Fe, de acuerdo a los normado por el art. 89 de la LCQ. 16 -Aceptado el cargo por parte de la Sindicatura designada, córrase vista a los fines dispuestos en los incisos 11 y 12 del artículo 14 de la L.C.Q. Hágase saber, insértese, expídase copia. Ofíciese a los Registros correspondientes. Comuníquese a la A.P.I. (Art. 23 Ley 3.456) y al Concejo Profesional de Ciencias Económicas (acordada 195, punto 2 de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Pcia. del 19 de Noviembre de 1.986. Comuníquese a la empleadora oficiándose a sus efectos.- -Fdo. Bermúdez (Juez) - Pacor Alonso (Secretaria). Otro Decreto: Santa Fe, 10 de Mayo de 2017: “Habiéndose realizado en el día de la fecha el sorteo correspondiente a un Sindico que intervendrá en autos, ha sido sorteado el Sindico CPN Pierella Raúl Eduardo domiciliado en calle Saavedra Nº 2015 a quien se designa en tal carácter, debiendo comparecer a aceptar el cargo cualquier día y hora de audiencia con las formalidades y bajo los apercibimientos de ley. Notifíquese - Fdo. Bermúdez (Juez) - Pacor Alonso (Secretaria).

S/C 323276 May. 17 May. 23

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Por así estar dispuesto en los autos “Rodríguez, José Luis s/ Quiebra (Expte. Nº 21-01984627-7) la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación, Dra. Beatriz Forno de Piedrabuena, ha ordenado lo siguiente: “Santa Fe, 5 de Mayo de 2017. Autos y Vistos:...; Considerando:...; Resuelvo: 1) Declarar la quiebra de José Luis Rodríguez, apellido materno López, argentino, D.N.I. Nº 31.155.454, C.U.I.L. Nº 23-31155454-9, mayor de edad, empleado, con domicilio real en Pje. Público 9700 Barrio Yapeyú y/o Barrio San Luis Gonzaga y legal en calle Monseñor Zazpe 2670. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes del fallido y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Se libraran a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar a la fallida y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 4) Intimar a la deudora para que cumplimente los requisitos a que refiere el art. 86 L.C. 5) Intimar a la deudora para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 6) Disponer la prohibición de hacer pagos a la fallida los que serán ineficaces. 7) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia de la fallida y su entrega al Síndico. 8) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del art. 103 L.C.Q. 9) Disponer que el inventario que prevé el inc. 10) del art. 88 L.C.Q. se efectúe por el Sr. Oficial de Justicia al momento de efectuarse la entrega de los bienes al Síndico según lo dispuesto en el pto. 13) de la presente. 10) Diferir el modo de realización de los bienes, para luego de producida la incautación. 11) Intimar al fallido para que dentro de las cuarenta y ocho horas constituya domicilio procesal en el lugar de tramitación del juicio, con apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del Juzgado. 12) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría “B”, para el día 10/05/2017 a las 10.00 hs. 13) Disponer la inmediata incautación de los bienes del fallido por medio del Sr. Oficial de Justicia o Juez Comunal correspondiente, a cuyo fin se librará el mandamiento y/o oficio respectivo, quien deberá hacer entrega de los bienes al Sindico en la forma prevista por el inc. 2) del art. 177 L.C.Q.- Asimismo, se librará oficio a la empleadora a los fines de que proceda a suspender la aplicación de códigos de descuentos, en las remuneraciones afectables que percibe el mismo, por el pago de deudas anteriores a la declaración de quiebra debiendo retener en concepto de incautación, el 20% de tales remuneraciones y depositarse los importes resultantes en una cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Sucursal Tribunales- para estos autos y a la orden del Juzgado, oficiándose a sus efectos. Asimismo, se oficiará, en su caso, a la entidad bancaria pertinente, a los fines de que, de existir, cese los débitos automáticos correspondientes a deudas contraídas con anterioridad a la fecha de declaración de la presente quiebra. Hágase saber a la empleadora y al banco correspondientes que la retención en concepto de incautación durará un año contado a partir de la fecha del primer depósito, debiendo cesar automáticamente cumplido que sea el plazo indicado, salvo comunicación expresa del Juez de la quiebra en sentido contrario. Encomiéndase a la Sindicatura su inmediato diligenciamiento. 14) Fijar el día 27/06/2017, como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. A tal fin, se fija el arancel previsto en la Ley 27.170, en el 10% del salario mínimo, vital y móvil, excluyéndose del mismo a los créditos de causa laboral, y a los equivalentes a menos de tres salarios mínimos, vitales y móviles. 15) Fijar el día 25/07/2017 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 16) Señalar el día 23/08/2017 como fecha hasta la cual Sindico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 05/10/2017 para la presentación del Informe General. 17) Requiérase informes a las Mesas de Entradas Única de Distrito, Circuito, Laboral, Tribunales Colegiados Extracontractual y Juzgados Federales sobre la radicación de causas contra el fallido, a sus efectos ofíciese. Fecho: exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra la fallida a los fines previstos y con las excepciones contempladas por los art. 132 y por su remisión el art. 21 ambos de la L.C.Q.. Ordenar que, por Secretaria, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 18) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. 19) Notifíquese a la Administración Provincial de Impuestos y al Registro de Proveedores de la Provincia de Santa Fe. 20) Encomendar al Síndico la tarea de librar, firmar y diligenciar toda cédula u oficio que sea menester a fin de cumplimentar las comunicaciones dispuestas en la presente resolución, de conformidad con las facultades que así le confiere el art. 275 inc. 1 y 2 LCQ., con las únicas excepciones allí dispuestas. Insértese el original. Agréguese copia. Notifíquese. Fdo: Beatriz Forno de Piedrabuena: Jueza.- Viviana Naveda Marcó: Secretaria. Conste: Que en la audiencia realizada el día 10 de Mayo de 2017 para sorteo de Síndico, en estos autos resultó designada Sindica la C.P.N. Adur, María Lucía con domicilio en calle Juan de Garay 2855 de esta ciudad. Dra. Marcó, Secretaria.

S/C 323274 May. 17 May. 23

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Por así estar dispuesto en los autos “ESTEBAN, PILAR MAGDALENA s/ Quiebra (Expte. N° 21-01979533-8) la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación, Dra. Beatriz Forno de Piedrabuena, ha ordenado lo siguiente: “Santa Fe, 5 de Mayo de 2017. Autos y Vistos:...; Considerando:...; Resuelvo: 1) Declarar la quiebra de Pilar Magdalena Esteban, apellido materno García, argentina, D.N.I. N° 5.699.618, C.U.I.L. Nº 23-05699618-4, mayor de edad, empleada, con domicilio real en San Jerónimo 3734 y legal en calle San Jerónimo 3730. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes del fallido y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar a la fallida y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 4) Intimar a la deudora para que cumplimenté los requisitos a que refiere el art. 86 L.C. 5) Intimar a la deudora para que entregue al Sindico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 6) Disponer la prohibición de hacer pagos a la fallida los que serán ineficaces. 7) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia de la fallida y su entrega al Síndico. 8) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del art. 103 L.C.Q. 9) Disponer que el inventario que prevé el inc. 10) del art. 88 L.C.Q. se efectúe por el Sr. Oficial de Justicia al momento de efectuarse la en entrega de los bienes al Síndico según lo dispuesto en el pto. 13) de la presente. 10) Diferir el modo de realización de los bienes, para luego de producida la incautación. 11) Intimar al fallido para que dentro de las cuarenta y ocho horas constituya domicilio procesal en el lugar de tramitación del juicio, con apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del Juzgado. 12) Designar audiencia para el sorteo de Sindico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría “B”, para el día 10/05/2017 a las 10.00 hs. 13) Disponer la inmediata incautación de los bienes del fallido por medio del Sr. Oficial de Justicia ó Juez Comunal correspondiente, a cuyo fin se librará el mandamiento y/o oficio respectivo, quien deberá hacer entrega de los bienes al Síndico en la forma prevista por el inc. 2) del art. 177 L.C.Q.- Asimismo, se librará oficio a la empleadora a los fines de que proceda a suspender la aplicación de códigos de descuentos, en las remuneraciones afectables que percibe el mismo, por el pago de deudas anteriores a la declaración de quiebra debiendo retener en concepto de incautación, el 20% de tales remuneraciones y depositarse los importes resultantes en una cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Sucursal Tribunales- para estos autos y a la orden del Juzgado, oficiándose a sus efectos. Asimismo, se oficiará, en su caso, a la entidad bancaria pertinente, a los fines de que, de existir, cese los débitos automáticos correspondientes a deudas contraídas con anterioridad a la fecha de declaración de la presente quiebra. Hágase saber a la empleadora y al banco correspondientes que la retención en concepto de incautación durará un año contado a partir de la fecha del primer depósito, debiendo cesar automáticamente cumplido que sea el plazo indicado, salvo comunicación expresa del Juez de la quiebra en sentido contrario. Encomiéndase a la Sindicatura su inmediato diligenciamiento. 14) Fijar el día 27/06/2017, como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. A tal fin, se fija el arancel previsto en la Ley 27.170, en el 10% del salario mínimo, vital y móvil, excluyéndose del mismo a los créditos de causa laboral, y a los equivalentes a menos de tres salarios mínimos, vitales y móviles. 15) Fijar el día 25/07/2017 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 16) Señalar el día 23/08/2017 como fecha hasta la cual Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 05/10/2017 para la presentación del Informe General. 17) Requiérase informes a las Mesas de Entradas Única de Distrito, Circuito, Laboral, Tribunales Colegiados Extracontractual y Juzgados Federales sobre la radicación de causas contra el fallido, a sus efectos ofíciese. Fecho: exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra la fallida a los fines previstos y con las excepciones contempladas por los art. 132 y por su remisión el art. 21 ambos de la L.C.Q.. Ordenar que, por Secretaria, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 18) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. 19) Notifíquese a la Administración Provincial de Impuestos y al Registro de Proveedores de la Provincia de Santa Fe. 20) Encomendar al Síndico la tarea de librar, firmar y diligenciar toda cédula u oficio que sea menester a fin de cumplimentar las comunicaciones dispuestas en la presente resolución, de conformidad con las facultades que así le confiere el art. 275 inc. 1 y 2 LCQ., con las únicas excepciones allí dispuestas. Insértese el original. Agréguese copia. Notifíquese. Fdo: Beatriz Forno de Piedrabuena: Jueza.- Viviana Naveda Marcó: Secretaria. Conste: Que en la audiencia realizada el día 10 de Mayo de 2017 para sorteo de Síndico, en estos autos resultó designada Sindica la C.P.N. Maldonado, Marcela Beatriz con domicilio en calle Vieytes 2231 de esta ciudad. Dra. Marcó, Secretaria.

S/C 323275 May. 17 May. 23

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Por estar así dispuesto en los autos caratulados: CLUB ALTETICO COLON s/Continuación del concurso preventivo con opción de la Ley N° 25.284, Expte. 21-01071572-2, que se tramita por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 1 en lo Civil y Comercial de la Undécima Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que habiendo sido aprobado el plan de cancelación de deudas y proyecto de distribución, los señores acreedores incluidos en el mismo deberán informar al Juzgado los datos de identificación de las cuentas de su titularidad y su Clave Bancaria Uniforme (CBU). Para mayor recaudo se transcribe parte del decreto que así lo dispone: “Santa Fe, 02 de Mayo de 2017. ...Por lo demás y atento haber sido aprobado el plan de cancelación de deuda y proyecto de distribución por resolución del 9 de Febrero de 2017, requiérase a los acreedores cuyos créditos han sido incluidos en el referido plan que informen a este Juzgado los datos de identificación de las cuentas de titularidad de los beneficiarios y su Clave Bancaria Uniforme (CBU) - Comunicación “A” N° 5147 de fecha 23/11/10 del BCRA y su modificatoria nº 5212 de fecha 01/08/11. Notifíquese”. Fdo.: Dra. Ana Rosa Alvarez, Jueza; Dr. Walter Eduardo Hrycuk, Secretario.

S/C 323273 May. 17 May. 19

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Por disposición del Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de San Justo, Provincia de Santa Fe, y en los autos caratulados: SCURATI, ROBERTO ENRIQUE s/Sucesorio” (Expte. Nro.: 858 - Año 2016), se cita y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del señor Roberto Enrique Scurati, DNI. Nº 11.281.043, para que comparezcan a hacer valer sus derechos, dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y hall del Juzgado. San Justo (SF) a los 5 días del mes de Mayo de 2017. Fdo.: María Alejandra Gioda- Secretaria.

$45 323261 May. 17 May. 23

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Décimo Primera Nominación, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de don Roberto Luis Marioni, D.N.I. N° 06.219.431, en autos caratulados: “MARIONI, ROBERTO LUIS s/Sucesorio”, Expte. N° 21-01984393-6, tramitados por ante este Juzgado para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y hall de Tribunales. Santa Fe, 5 de Mayo de 2017. Dra. Borsotti, Prosecretaria.

$45 323223 May. 17 May. 23

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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de santa fe, en autos caratulados: “HERRERA ANTONIA HIGINIA s/Sucesorio”, Expte. N° 21-01973643-9, año 2016, se cita y emplaza a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el fallecimiento de la causante Antonia Higinia Herrera, DNI Nº F 6.595.323, para que dentro del término de ley hagan valer sus derechos los que se publican en el BOLETÍN OFICIAL y se exhiben en el hall de tribunales a sus efectos. Santa Fe, 28 de Octubre de 2016. Dr. Daniel Maurutto, Secretario.

$45 323224 May. 17 May. 23

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Por disposición del Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nro. 1 en lo Civil y Comercial de la 4ta. Nominación de la ciudad de Santa Fe, en autos caratulados: “ALDAO, ALEJANDRO ALBERTO s/Sucesorio (Expte. Nro. 21-01984984-5/año 2017)“, se cita y emplaza a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante don Alejandro Alberto Aldao, Documento Nacional de Identidad Nro. 6.206.759, para que comparezcan a estar a derecho en autos, dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica en el BOLETÍN OFICIAL por el término de ley. Santa Fe, 9 de Mayo de 2017. Dra. Pacor Alonso, Secretaria.

$45 323226 May. 17 May. 23

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación de la ciudad de Santa Fe, se cita, llama, y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de la causante Miguelina Demetria Roldan, L.C. 7.563.722, para que dentro del término y bajo apercibimiento de ley, comparezcan a hacer valer sus derechos en los, autos “ROLDAN, MIGUELINA DEMETRIA s/Sucesorio” CUIJ 21-01956719-9. Dra. Roteta, Secretaria.

$45 323277 May. 17 May. 23

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de Santa Fe en los autos caratulados “ CARDOZO BASILIO ENRIQUE y Otros s/Sucesorio; C.U.I.J. 21-01982385 se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de don Basilio Enrique Cardozo, L.E. Nº 2.391.416 y doña Carmen Baldramina Del Barco, L.C. Nº 6.127.321, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y hall de Tribunales. Santa Fe, 9 de Mayo de 2017. Dra. Marcó, Secretaria.

$45 323238 May. 17

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados: “CECCONI, ENRI RAUL s/Sucesorio”, CUIJ 21-01984859-8, se cita, llama y emplaza a todos los herederos, legatarios y acreedores que se consideren con derecho a los bienes de la herencia del Señor Enri Raúl Cecconi, DNI Nº 6.227.016, para que comparezcan a hacerlos valer dentro del término y bajo los apercibimientos de ley. Publíquense edictos por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL y en el hall de Tribunales (arts. 592 y 67 mod. Ley 11.287 CPCC). Santa Fe, 8 de Mayo de 2017. Dra. Balestieri, Prosecretaria.

$45 323285 May. 17 May. 23

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Por disposición del Señor Juez de Primera; Instancia de Distrito Judicial Nro. Uno en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación de la ciudad de Santa Fe, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del Señor Angel Enrique Splendiani, DNI 06.262.532, para que comparezcan a hacer valer sus derechos, dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL y hall de Tribunales. Autos caratulados: “SPLENDIANI, ANGEL ENRIQUE s/Declaratoria de herederos” CUIJ: 21-01984755-9. Santa Fe, 27 de Abril de 2017. Dra. Roteta, Secretaria.

$45 323269 May. 17

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial Nro. Uno en lo Civil y Comercial de la Décimo Primera Nominación de la ciudad de Santa Fe, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de la Señora Mabel del Carmen Doldán, DNI 12.503.301 para que comparezcan a hacer valer sus derechos, dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL y hall de Tribunales. Autos caratulados: “DOLDAN, Mabel del Carmen s/Declaratoria de Herederos y Sucesorio”, CUIJ: 21-01984250-6. Santa Fe, 26 de Abril de 2017. Dr. Hrycuk, Secretario.

$45 323272 May. 17 May. 23

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Por disposición del Juez de Distrito de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de la ciudad de Santa Fe, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Carmen Julia Elba Micieli, L.C. N° 2.447.060, para que comparezcan en el Expte. N° 21-01984340-5 MICIELI, CARMEN JULIA ELBA s/Sucesorio” a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Santa Fe, 9 de Mayo de 2017. Santa Fe, “Santa Fe, 22 de Marzo de 2017. (...). Estando acreditado el fallecimiento de Micieli Carmen Julia Elba, declárase abierto su juicio de declaratoria de herederos. Publíquense edictos por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL, exhíbanse conforme lo dispone la Ley 11.287 y la Acordada vigente. Cumpliméntese Ley 8.744. (...). Notifíquese. Fdo. Dra. Marcó, Secretaria - Dra. Forno de Piedrabuena, Jueza.

$45 323292 May. 17 May. 23

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El Juzgado Civil y Comercial de la 7ma. Nominación de Distrito Judicial Número 1 de la ciudad de Santa Fe en los autos caratulados: ACOSTA, CONSTANCIO s/Declaratoria de herederos“ (CUIJ 21-01978499-9), se cita, llama y emplaza a los herederos, legatarios y acreedores de don Constancio Acosta, L.E. 2.327.975, viudo, fallecido el día 9 de Enero de 1937 en la localidad de Centeno, Provincia de Santa Fe; para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Fdo.: Dr. Luciano F. Pagliano, Juez.- Dr. Jorge Alberto Gómez, Secretario. Santa Fe, 23 de Marzo de 2017. Dr. Salzman, Prosecretario.

$45 323271 May. 17

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación de ésta ciudad de Santa Fe, en autos caratulados: SANZ, CASTO s/Declaratoria de herederos, Expte. CUIJ 21-01976089-5 Año: 2016, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, Sr. Casto Sanz, L.E. Nº 4.408.984, fallecido en fecha 5 de noviembre de 2010, para que comparezcan a hacer valer sus derechos y lo acrediten dentro de los treinta días. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Santa Fe, 23 de Mayo de 2017. Dr. Salzman, Prosecretaria.

$45 323221 May. 17 May. 23

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SAN JORGE

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


El Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y del Trabajo Distrito N° 11 de la ciudad de San Jorge, Pcia. de Santa Fe, cita y emplaza a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por el fallecimiento de Elsa Josefa Bossi, Doc Ident. Nº 6.319.906 y Admirado Juan Domingo Baudino, DNI N° M2.447.817, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en los autos caratulados: BOSSI, ELSA JOSEFA y BAUDINO, ADMIRADO JUAN DOMINGO s/Sucesorio; Expte. N° 1547/2016, en el término y bajo apercibimiento de ley. San Jorge, 26 de Abril de 2017. Dra. Piazzo, Secretaria.

$45 323260 May. 17 May. 23

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito N° 11, en lo Civil, Comercial y del Trabajo de la ciudad de San Jorge, se cita, se llama y emplaza a los herederos, legatarios y acreedores de la Sra. Nora Rosa Nota, DNI N° F3.499.704, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término y bajo los apercibimientos de ley, por estar así ordenado en los autos caratulados: NOTA, NORA ROSA s/Sucesorio; (Expte. Nº 243/2017). Juez: Dr. Tristán Regulo Martínez; Secretaria: Dra. Daniela G. Piazzo. San Jorge, 3 de Mayo de 2017.

$ 93,60 323287 May. 17 May. 23

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RAFAELA

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


La señora Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 3ra. Nominación de la ciudad de Rafaela, en autos: Expte. N° 1279-2016 SANTIANO TEODOLINDO FERMÍN s/Sucesorio, cita, y emplaza a estar a derecho á herederos, acreedores y legatarios del causante Santiano Teodolindo Fermín, DNI M6.280.210, por el término de ley para que comparezcan a hacer valer sus derechos. Sucesorio iniciado con el patrocinio de la Dra. Lilián del Rosario Landa. Publicaciones de ley. Ana Laura Mendoza Juez; Carolina Castellano, Secretaria. Rafaela, 3 de Mayo de 2017.

$45 323280 May. 17 May. 23

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RECONQUISTA

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito 4° Civil y Comercial, Segunda Nominación de esta ciudad de Reconquista (SF), se hace saber que en los autos caratulados: CARTHERY, OMAR ALBERTO s/Concurso Preventivo - Hoy Quiebra; (Expte. N° 81/1996), lo siguiente: Reconquista, 02 de Mayo de 2017. De manifiesto por el término de ley el proyecto de distribución definitivo practicado en fecha 08 de Junio de 2016. Publíquense edictos conforme Art. 218 LCQ. Notifíquese. Firmado: Dra. Patricia Vanrrell, Secretaria. Dr. José María Zarza, Juez. Reconquista (SF), 9 de Mayo de 2017.

S/C 323225 May. 17 May. 18

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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Distrito N° 4 Civil y Comercial de la ciudad de Reconquista (SF), Primera Nominación, se cita, llama y emplaza a todos los que se consideren con derechos a los bienes dejados por el fallecimiento de don Muchutti, Enrique Luis, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en los autos caratulados: MUCHUTTI, ENRIQUE LUIS s/Declaratoria de Herederos; (Expte. N° 114/2017). Lo que se publican a sus efectos legales. Fdo.: Dra. Patricia Vanrrell, Secretaria. Dr. José María Zarza, Juez. Reconquista (SF), 9 de Mayo de 2017.

$45 323228 May. 17 May. 23

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