picture_as_pdf 2013-05-17

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


POR

JORGE ALBERTO ROMERO


Por orden señor Juez Primera Instancia Distrito Civil y Comercial Segunda Nom. Rosario, el secretario suscribiente hace saber que en autos caratulados: PAZZAGLIA, MIGUEL A. c/OTRO s/EJEC. HIPOTECARIA Expte. 239/12 se ha dispuesto que el martillero Jorge Alberto Romero, (Mat. 161-R-6), venda en pública subasta al último y mejor postor en la Sala de Remates de la Asociación de Martilleros de Rosario (Entre Ríos 238 Rosario) el día Cuatro de Junio de 2013 a las 17 hs. El inmueble hipotecado a favor de la actora consistente en: Un lote de terreno con lo edificado, clavado y plantado, y que según plano de mensura confeccionado por los Agrimensores Héctor Zabala, Bibiana Singh y Carlos Downes, inscripto en el Departamento Topográfico de la ciudad de Rosario, bajo el Nº 137.174 del año 1995, se designa como Lote Seis de la Manzana 164, ubicada en el interior de la manzana formada por las calles Dr. Vila; Medrano, Castagnino y Anchoris. Mide: 7,02 mts. en cada uno de sus lados Este y Oeste, por 16,29 mts. en sus costados Norte y Sud.- Linda: al Norte, con el lote N° 3; al Sud, en parte con lote 8 y en parte con lote 7 (Pasillo), al Este, con el lote 5 y al Oeste, con parte del lote N° 7 (Pasillo), todos de la misma manzana y plano.- Y Un Medio Indiviso sobre el Lote 7, Manzana 164 (Pasillo), ubicado a los 35,18 mts. de calle Castagnino hacia el Sud y mide 2,80 mts. de frente al Este, por 28,01 mts. de fondo, lindando: al Norte, en parte con lotes 6 y 5; al Sud, en parte con lotes 9 y 10; al Oeste, con el lote 8, todos de la misma manzana y plano y al Este, con calle Anchoris. Superficie: 78,43 ms2. cuyo dominio consta inscripto en el Registro General de la Propiedad de Rosario al Tomo 806 Folio 106 Número 386.985 Dep. Rosario. Registrando: las siguientes hipotecas: 1) Tomo 586 B, Folio 282, Número 398706 de fecha 25/11/2010 por U$S 13.360, escritura 291 de fecha 12/10/2010, escribana Paviolo, Rosana. Acreedor: Calzada, Raúl Eduardo D.N.I. 13.794.803 y 2) Tomo 588 B, Folio 127, Número 374545, de fecha 08/09/2011, por U$S 7.800, Escritura 209 del 28/07/2011, Escribana Paviolo, Rosana, a favor de la actora. Observaciones: relacionado con hipoteca de primer grado T° 586 B, F° 282. El inmueble se subastará en el estado de ocupación en el que se encuentra conforme constatación obrante en autos. Saldrá a la venta con la base única de $ 15.932,11 (a.i.i.) adjudicándose al último y mejor postor, quien deberá abonar en el acto de la subasta el 10% del precio de su compra en concepto de seña y como a cuenta de la misma, con más el 3% de comisión de ley, todo en dinero efectivo en pesos y/o cheque certificado, los gastos por impuestos, tasas, contribuciones y demás conceptos que adeude el inmueble, son a cargo exclusivo del comprador, así como gastos e impuestos de transferencia, e I.V.A. si correspondiere. Téngase presente que las ofertas no podrán ser inferiores a $ 500 y la vigencia de la comunicación “A” 5147 del 23/11/10 por lo cual de superar el importe de $ 30.000 deberá realizarse por transferencia interbancaria. Los gastos y sellados producidos por la transferencia dominial del inmueble subastado, serán exclusivamente a cargo del comprador en subasta como así también los que puedan resultar por nuevas mensuras, regularización de planos y/o medianeras en su caso. En el supuesto de comprar en comisión se deberá indicar los datos del comitente en ese mismo acto. El saldo de precio deberá ser depositado dentro de los 5 días de notificada la aprobación de la subasta y si intimado el adquiriente no efectuare el pago, se dejará sin efecto la misma, con el apercibimiento del art. 497 C.P.C.C. La exhibición del inmueble dos días hábiles anteriores a la subasta en el horario de 12 a 13 hs. En autos se encuentra copia de la escritura de hipoteca, y en donde se relaciona el título de propiedad, advirtiéndose que luego de la subasta no se atenderá reclamo alguno por falta y/o insuficiencia de títulos. Conforme resolución AFIP 745, CUIT martillero 20-11270660-8, DNI propietario 10064853. Todo lo que se hace saber a los efectos legales. Rosario, 02/05/13. Liliana Carmen Reynoso, secretaria.

$ 540 198390 May. 17 May. 21

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POR

BENITEZ OSMAR ISDAL


Por orden Juzg. de 1ra. Inst. en lo C. y C. de Dist. de la 11ra. Nom. de Rosario, Secretaria suscripta hace saber que en autos COMUNA DE PUEBLO ESTHER c/OTRO s/APREMIO, (Expte. 675/12), se ha dispuesto que el Martillero Benítez Osmar Isdal Mat. 981-B-88, C.U.I.T. 20-06044372-7 subaste el día 23 de Mayo del 2013 a las 11hs. en las puertas del Juzg. Comunal de la Localidad de Pueblo Esther y de resultar el día fijado inhábil o afectado por medidas de fuerza mayor se realizará el día hábil siguiente en igual hora y lugar el siguiente bien: un lote de terreno, el cual según planilla de loteo obrante a fs. 11 de autos esta compuesto de una Sup. Total de 432mts2 señalado como Lote n° 8 de la Manzana “K” del Loteo “Country 16” s/plano nº 64.129/70, inscripto dominio T° 321 B F° 1004 N° 128069 Dpto. Rosario, el Lote de referencia esta comprendido dentro de una mayor área formada por una fracción de terreno de campo que comprende al Lote n° 116 y parte del Lote n° 117 del plano que cita su título, siendo señalada con la letra “A” en el plano n° 53.967/68, mide 450mts de frente al Norte, en línea inclinada, lindando con la Ruta Pcial. n° 16 en medio, con Segundo Giovacchini, en el costado Oeste mide 556,50mts, lindando con Carlos Soressi, en el lado Este mide 506,12mts, lindando con el Lote “B” y su contrafrente Sur es de 441mts, por donde linda con camino público en medio con Angel Giovacchini. Sup. Total: 23has, 60as, 12cas y 91dm2 libre de ensanche de camino. Registro Gral. Informa: inmueble descripto en el dominio indicado a nombre de los demandados, se registra Embargo: T° 119 E F° 2617 N° 346795 fecha 17/06/2010 orden Juzg. Ejec. Civil 1ra. Nom. Rosario autos Comuna de Pueblo Esther c/Petinichio Walter s/Apremio (Expte. 2670/09), por $ 3.258,21 Inhibiciones 1°) T° 120 I F° 8315 N° 380133 de fecha 28/08/2008, orden Juzg. C. C. y Laboral 5ta. Nom. de Rafaela (Pcia. de Sta. Fe) autos Balbina Angel F. c/Martínez Miñón Luis s/Laboral (Expte. 756/1998) por $ 22.500. 2°) T° 123 I F° 7611 N° 393946 de fecha 04/11/2011, orden Juzg. Dist. 7ma. Nom. Rosario, autos Taverna Andrea G. c/Martínez Víctor F. s/Apremio (Expte. 244/2011), por $ 11.000. 3) T° 10 IC F° 844 N° 368568 de fecha, 08/08/2000, orden Tribunal Colegiado de Familia 3ra. Nom. Rosario sin monto autos Martínez Luis Jacinto s/Insania (Expte.75/2000). Hipoteca no registra. El inmueble saldrá a la venta en el estado de ocupación de acuerdo a las constancias en autos, terreno baldío, con una Base de $ 2.670,30 igual a 5 veces el (A.F.) $ 534,06. Seguidamente en caso de no haber postores, con una retasa del 25% de ese valor y de persistir la falta de oferente, seguidamente saldrá a la venta con una última Base equivalente al 20% del (A.F.), retirándose de la venta en caso de reticencia. Se deja constancia que si por culpa del postor a quien se hubieran adjudicados los bienes, no tuviere efecto la venta, se procederá a nuevo remate. Aquel será responsable, por vía ejecutiva, de la disminución de precio, de los intereses acaecidos y de las costas causadas. En el acto del remate el comprador, deberá abonar el 20% del importe total de la compra, con más el 3% de comisión al Martillero actuante en efectivo o cheque certificado. Para el caso que dicha suma supere el valor de $ 30.000, no podrá realizarse en efectivo (comunicación “A” 5147 B.C.R.A.) optando por los medios de pago mencionados o en su defecto acreditar en el acto de subasta la transferencia bancaria del monto en la cuenta judicial, que previamente deberá abrir el Martillero en el Banco Municipal de Rosario, Sucursal Caja de Abogados, para estos autos y a nombre del Juzgado. Se deja aclarado que no integran a los fines de determinar el porcentaje de comisión del Martillero los importes de las deudas que posea el inmueble, con relación al saldo de precio, deberá ser depositado por el adquirente una vez aprobada la subasta en el término de (5) días, mediante depósito en cuenta judicial del Bco. Municipal de Rosario Sucursal Colegio de Abogados para estos autos, caso contrario deberá abonarse por el retraso en concepto de interés la tasa activa que cobra el Bco. Nac. Argentina en las operaciones de documentos a 30 días desde la fecha de la subasta y bajo el apercibimiento contenido en el art. 497 del C.P.C.C. en caso que dicho monto supere el importe de $ 30.000 y a tenor de lo dispuesto por la comunicación “A” 5147 del B.C.R.A. deberá realizarse por transferencia intercambiaría. Si se incumpliese con dicha disposición se hace saber de manera expresa que la infracción será comunicada por el Tribunal y/o el Martillero actuante al A.F.I.P. Se hace saber asimismo, que los títulos del inmueble, se encuentran agregados a autos, no siendo admisible planteo alguno por falta o insuficiencias de los mismos en el acto del remate o con posterioridad. El oferente deberá encontrarse presente en el remate, bajo apercibimiento de tenerlo por desistido en ese mismo acto. Efectúense las comunicaciones del art. 506 y del art. 488 del C.P.C.C., librándose los despachos pertinentes con la debida antelación, debiendo acompañarse las constancias del diligenciamiento antes de la subasta, bajo apercibimiento de suspenderse la misma a costa del Martillero, ello sin perjuicio de lo dispuesto por el art. 503 del C.P.C.C. El expediente deberá ser entregado al Juzgado cinco días antes de la subasta a los fines de los arts. 494 y 495 del C.P.C.C. y permanecerá en Secretaría. Los Impuestos, tasas, contribuciones y otro gravamen que pesen sobre el bien inmueble adeudados (nacionales, provinciales, municipales o comunales) I.V.A. si correspondiere y gastos, como asimismo los gastos, sellados y honorarios notariales producidos por la transferencia dominial del inmueble subastado, serán exclusivamente a cargo del comprador en subasta. También serán a su cargo los que puedan resultar por nuevas mensuras, desgloses, regularización de planos y/o medianería en su caso. Entre los impuestos a cargo del comprador inclúyase, entre otros que correspondan, los siguientes: impuesto nacional a la transferencia de inmuebles de personas físicas y sucesiones indivisas (Ley 23.905) o ganancias, impuesto provincial sobre ingresos brutos en caso de corresponder su aplicación (art. 125 inc. “f Código Fiscal). El adquirente del inmueble subastado, deberá recurrir a escribano público para confeccionar la escritura pública que instrumentará la transferencia de dominio a su favor, consecuentemente reexcluye en autos la opción prevista en el art. 505 2° párrafo del C.P.C.C. Publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL y en el Hall de Tribunales en el transparente habilitado a tal efecto en la forma proscripta por al art. 67 del C.P.C.C. reformado por la ley Provincial 11.287 por el término y bajo los apercibimientos de ley. Notifíquese por cédula a las partes en el domicilio real ad litem, al titular del dominio e interesados, sin perjuicio de la publicidad adicional que se propone y que se autoriza. Se fijan el día hábil previo a la subasta en el horario de 10 hs. a 12 hs. a los fines de exhibición. De los inmuebles. Ofíciese a la Sra. Juez Comunal de la Localidad de Pueblo Esther. Expte. 675/12, todo lo cual se hace saber a los fines de que por derecho hubiere lugar, firmado Dra. Delia M. Giles (Juez) y Dr. Juan Pablo Hollmann. Secretario en Rosario a los 23 días del mes de Mayo del 2013.

S/C 198505 May. 17 May. 21

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