DECRETO N°
0801
Santa Fe, 6 de Mayo de 2005
VISTO:
El Expediente Nº 00320-0003584-5 del
registro del Sistema de Información de Expedientes, relacionado con las
remuneraciones del personal que se desempeña en el Sistema Provincial de
Informática; y
CONSIDERANDO:
Que, en acta de fecha 4 de octubre de
2004 el Gobierno de la Provincia y la Unión del Personal Civil de la Nación -
Seccional Santa Fe, acordaron solucionar el problema existente en la
liquidación de haberes del personal del Sistema Provincial de Informática;
Que según se desprende del acta de
Comisión Jurisdiccional del Ministerio de Hacienda y Finanzas de fecha 21 de
abril próximo pasado, se arribó a un acuerdo con relación a dicho problema,
Que la gestión se encuadra en las
disposiciones contenidas en el Decreto Nº 3.924/87 y su modificatorio, Decreto
Nº 88/87, en el Decreto Nº 877/90, y en el Decreto Nº 72/96, complementado por
el. Decreto Nº 235/96, encuadrándose en el artículo 72º, inciso 1, de la
Constitución Provincial, y en el artículo 48° del Decreto Ley Nº 1.757/56 - Ley
de Contabilidad, ratificado en su vigencia para el año 2004 por la Ley Nº
12.262, complementaria del Presupuesto 2004;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1º - Apruébase
el acuerdo alcanzado en el seno de la Comisión Jurisdiccional del Ministerio de
Hacienda y Finanzas - Resolución Ministerial Nº 191/04 que obra en el acta de
fecha 21 de abril próximo pasado, que como Anexo se agrega e integra el
presente Decreto.
Artículo 2º - El gasto que demande el
presente será atendido mediante la reducción de créditos compensatorios, con
saldo afectable en el Presupuesto de la Administración Pública Provincial.
Artículo 3º - Las jurisdicciones
respectivas elaborarán mediante pedido de contabilización, las modificaciones
presupuestarias pertinentes, por aplicación de las disposiciones del presente
Decreto, debiendo remitirlas al ministerio de Hacienda y Finanzas, en un plazo
no mayor de 20 días.
Artículo 4º - Autorízase,
hasta tanto se dispongan la modificaciones presupuestarias necesarias para
atender las erogaciones derivadas de este decreto, a imputar el gasto
resultante en las respectivas partidas específicas del Presupuesto vigente o,
en caso de no contar con crédito suficiente, con cargo al saldo disponible en
cualquier partida de dicho Presupuesto.
Artículo 5º - Regístrese, comuníquese,
publíquese y archívese.
OBEID
C.P.N. Walter Alfredo Agosto
ACTA DE COMISIÓN JURISDICCIONAL
DEL MINISTERIO DE HACIENDA
Y FINANZAS
En la ciudad de Santa Fe, siendo las
11.00 hs. del día 21 de abril de 2005, se reúne la
comisión Jurisdiccional aprobada por Resolución Ministerial Nº 191/04, a la que
asisten por parte del Ministerio de Hacienda y Finanzas su miembro titular: el
Señor Subsecretario de la Función Pública, Cr. Luis Bonino, con la presencia del Señor Secretario de Hacienda, Cr. Rubén Michlig; y por la UPCN
sus miembros titulares: el Señor Secretario Gremial, Pedro Ainzemberg,
y el Señor Subsecretario Gremial, Osvaldo Bonadeo,
con la presencia del Señor Secretario Adjunto, Jorge Molina.
El objeto de la reunión es dar
tratamiento de solución al reclamo salarial planteado por el personal de
Servicio Provincial de Informática, en un todo de acuerdo con lo establecido en
el acta Paritaria Central del mes de octubre de 2004.
Al respecto se informa a la entidad
gremial que dicho reclamo se tramitó a través de los canales administrativos
pertinentes y, como resultado de ello, el expediente iniciado a tal efecto se
encuentra a resolución, contando a la fecha con un dictamen de la Fiscalía de
Estado en el cual se aconseja el rechazo de lo peticionado.
Los representantes gremiales
manifiestan que, no obstante ello, es necesario encontrar una solución al
conflicto y, además, solicitan retrotraer en general la situación a la existente
antes del conflicto, incluyendo el pago de los $ 100 otorgados por el Decreto
Nº 288/05 y la devolución de los haberes descontados en el mes de marzo de
2005, por los días de paro que se realizaron.
Las autoridades del gobierno ofrecen
complementar el Suplemento Especial Remunerativo que actualmente perciben los
agentes del SPI, incorporando una suma no remunerativa igual al monto
correspondiente al Suplemento Plan equiparación ajustado por el coeficiente que
para cada categoría se indica a continuación: 02-1,62589; 03-1,44635;
04-1,36669; 05-1,56699; 06-1,75517; 07-1,77810; 08-1,8742-3; dejando
expresamente aclarado que el monto resultante de la aplicación de lo acordado
precedentemente, no se tomará como base de cálculo de ningún otro adicional,
suplemento y/o compensación vigente o a crearse.
En otro orden de cosas pero también con
el propósito de solucionar el conflicto, se propone incorporar a la planta
permanente de la Administración en el agrupamiento SPI del Escalafón “Decreto Acuerdo
Nº 2.695/83”, en el plazo que demande el trámite administrativo
correspondiente, a los agentes que alimente se desempeñan en calidad de
“contratados” y cuenten con una antigüedad mayor de un año en tal condición,
incluidos aquéllos que, bajo otra denominación, trabajen en idénticas
condiciones.
Igualmente, se propone incorporar en el
agrupamiento SPI del Escalafón “Decreto Acuerdo Nº 2.695/83”, en el plazo que
demande el trámite administrativo correspondiente y cuando ello corresponda, al
personal que, perteneciendo a otros agrupamientos o escalafones, actualmente
desempeña funciones informáticas en el ámbito del Sistema Provincial de
Informática.
Por último, los representantes del
gobierno proponen continuar con el análisis de la estructura orgánica y
salarial del Sistema Provincial de Informática en el ámbito previsto por la Ley
Nº 10.052.
La representación gremial manifiesta
que acepta la propuesta realizada, y solicitan una respuesta respecto de la
devolución de los $ 100 y de los salarios, descontados.
Las autoridades responden que, de
aprobarse la propuesta presentada, se procederá a la liquidación de los
salarios descontados como así también al pago de los $ 100 dispuesto por el
Decreto Nº 288/05, expresando, además, que la solución del conflicto implica
garantizar la adecuada prestación de los servicios a cargo del Sistema,
otorgando especial prioridad a los siguientes:
Actividades informáticas relacionadas
con el proceso electoral a desarrollarse durante el corriente año.
Elaboración del Nuevo Sistema
Informático para la Administración Provincial de Impuestos.
Funcionamiento del Sistema Provincial
de Administración Financiera.
Implementación del Sistema de
Administración de Recursos Humanos SARH en el Ministerio de Salud y
posteriormente en el resto de las Jurisdicciones.
Los representantes gremiales
manifiestan su acuerdo con todo lo expresado.
Siendo las 11:30 hs.,
se da por concluida la reunión, firmándose de conformidad dos ejemplares de la
presente del mismo tenor y a un solo efecto.
LUIS BONINO
Subsecretario de la Función Pública
PEDRO AIZENBERG
Secretario Gremial
RUBÉN MICHLIG
Secretario de Hacienda
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