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DECRETO 0801

 

Santa Fe, 6 de Mayo de 2005

VISTO:

El Expediente Nº 00320-0003584-5 del registro del Sistema de Información de Expedientes, relacionado con las remuneraciones del personal que se desempeña en el Sistema Provincial de Informática; y

CONSIDERANDO:

Que, en acta de fecha 4 de octubre de 2004 el Gobierno de la Provincia y la Unión del Personal Civil de la Nación - Seccional Santa Fe, acordaron solucionar el problema existente en la liquidación de haberes del personal del Sistema Provincial de Informática;

Que según se desprende del acta de Comisión Jurisdiccional del Ministerio de Hacienda y Finanzas de fecha 21 de abril próximo pasado, se arribó a un acuerdo con relación a dicho problema,

Que la gestión se encuadra en las disposiciones contenidas en el Decreto Nº 3.924/87 y su modificatorio, Decreto Nº 88/87, en el Decreto Nº 877/90, y en el Decreto Nº 72/96, complementado por el. Decreto Nº 235/96, encuadrándose en el artículo 72º, inciso 1, de la Constitución Provincial, y en el artículo 48° del Decreto Ley Nº 1.757/56 - Ley de Contabilidad, ratificado en su vigencia para el año 2004 por la Ley Nº 12.262, complementaria del Presupuesto 2004;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º - Apruébase el acuerdo alcanzado en el seno de la Comisión Jurisdiccional del Ministerio de Hacienda y Finanzas - Resolución Ministerial Nº 191/04 que obra en el acta de fecha 21 de abril próximo pasado, que como Anexo se agrega e integra el presente Decreto.

Artículo 2º - El gasto que demande el presente será atendido mediante la reducción de créditos compensatorios, con saldo afectable en el Presupuesto de la Administración Pública Provincial.

Artículo 3º - Las jurisdicciones respectivas elaborarán mediante pedido de contabilización, las modificaciones presupuestarias pertinentes, por aplicación de las disposiciones del presente Decreto, debiendo remitirlas al ministerio de Hacienda y Finanzas, en un plazo no mayor de 20 días.

Artículo 4º - Autorízase, hasta tanto se dispongan la modificaciones presupuestarias necesarias para atender las erogaciones derivadas de este decreto, a imputar el gasto resultante en las respectivas partidas específicas del Presupuesto vigente o, en caso de no contar con crédito suficiente, con cargo al saldo disponible en cualquier partida de dicho Presupuesto.

Artículo 5º - Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

OBEID

C.P.N. Walter Alfredo Agosto

 

ACTA DE COMISIÓN JURISDICCIONAL

DEL MINISTERIO DE HACIENDA

Y FINANZAS

 

En la ciudad de Santa Fe, siendo las 11.00 hs. del día 21 de abril de 2005, se reúne la comisión Jurisdiccional aprobada por Resolución Ministerial Nº 191/04, a la que asisten por parte del Ministerio de Hacienda y Finanzas su miembro titular: el Señor Subsecretario de la Función Pública, Cr. Luis Bonino, con la presencia del Señor Secretario de Hacienda, Cr. Rubén Michlig; y por la UPCN sus miembros titulares: el Señor Secretario Gremial, Pedro Ainzemberg, y el Señor Subsecretario Gremial, Osvaldo Bonadeo, con la presencia del Señor Secretario Adjunto, Jorge Molina.

El objeto de la reunión es dar tratamiento de solución al reclamo salarial planteado por el personal de Servicio Provincial de Informática, en un todo de acuerdo con lo establecido en el acta Paritaria Central del mes de octubre de 2004.

Al respecto se informa a la entidad gremial que dicho reclamo se tramitó a través de los canales administrativos pertinentes y, como resultado de ello, el expediente iniciado a tal efecto se encuentra a resolución, contando a la fecha con un dictamen de la Fiscalía de Estado en el cual se aconseja el rechazo de lo peticionado.

Los representantes gremiales manifiestan que, no obstante ello, es necesario encontrar una solución al conflicto y, además, solicitan retrotraer en general la situación a la existente antes del conflicto, incluyendo el pago de los $ 100 otorgados por el Decreto Nº 288/05 y la devolución de los haberes descontados en el mes de marzo de 2005, por los días de paro que se realizaron.

Las autoridades del gobierno ofrecen complementar el Suplemento Especial Remunerativo que actualmente perciben los agentes del SPI, incorporando una suma no remunerativa igual al monto correspondiente al Suplemento Plan equiparación ajustado por el coeficiente que para cada categoría se indica a continuación: 02-1,62589; 03-1,44635; 04-1,36669; 05-1,56699; 06-1,75517; 07-1,77810; 08-1,8742-3; dejando expresamente aclarado que el monto resultante de la aplicación de lo acordado precedentemente, no se tomará como base de cálculo de ningún otro adicional, suplemento y/o compensación vigente o a crearse.

En otro orden de cosas pero también con el propósito de solucionar el conflicto, se propone incorporar a la planta permanente de la Administración en el agrupamiento SPI del Escalafón “Decreto Acuerdo Nº 2.695/83”, en el plazo que demande el trámite administrativo correspondiente, a los agentes que alimente se desempeñan en calidad de “contratados” y cuenten con una antigüedad mayor de un año en tal condición, incluidos aquéllos que, bajo otra denominación, trabajen en idénticas condiciones.

Igualmente, se propone incorporar en el agrupamiento SPI del Escalafón “Decreto Acuerdo Nº 2.695/83”, en el plazo que demande el trámite administrativo correspondiente y cuando ello corresponda, al personal que, perteneciendo a otros agrupamientos o escalafones, actualmente desempeña funciones informáticas en el ámbito del Sistema Provincial de Informática.

Por último, los representantes del gobierno proponen continuar con el análisis de la estructura orgánica y salarial del Sistema Provincial de Informática en el ámbito previsto por la Ley Nº 10.052.

La representación gremial manifiesta que acepta la propuesta realizada, y solicitan una respuesta respecto de la devolución de los $ 100 y de los salarios, descontados.

Las autoridades responden que, de aprobarse la propuesta presentada, se procederá a la liquidación de los salarios descontados como así también al pago de los $ 100 dispuesto por el Decreto Nº 288/05, expresando, además, que la solución del conflicto implica garantizar la adecuada prestación de los servicios a cargo del Sistema, otorgando especial prioridad a los siguientes:

Actividades informáticas relacionadas con el proceso electoral a desarrollarse durante el corriente año.

Elaboración del Nuevo Sistema Informático para la Administración Provincial de Impuestos.

Funcionamiento del Sistema Provincial de Administración Financiera.

Implementación del Sistema de Administración de Recursos Humanos SARH en el Ministerio de Salud y posteriormente en el resto de las Jurisdicciones.

Los representantes gremiales manifiestan su acuerdo con todo lo expresado.

Siendo las 11:30 hs., se da por concluida la reunión, firmándose de conformidad dos ejemplares de la presente del mismo tenor y a un solo efecto.

LUIS BONINO

Subsecretario de la Función Pública

PEDRO AIZENBERG

Secretario Gremial

RUBÉN MICHLIG

Secretario de Hacienda

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