JUZGADO FEDERAL
El Juez Federal a cargo del Juzgado Federal Nº 1 de Rosario, Dr. Héctor Alberto Zucchi (Entre Ríos 730 de Rosario), Secretaría de la Dra. Mercedes Andrada, de conformidad con la ley 346, texto 24.951, hace saber que en el expediente Nº FRO 15215/2016 el/la Sr./a. SHIH LING YEN, nacido el 25/10/1967 en Tichon, Taiwan D.N.I. Nº 93.795.737 domiciliada en calle Moreno 265; Granadero Baigorria, Provincia de Santa Fe, tramita su ciudadanía argentina, así cualquier persona queda facultada para deducir oposición fundada contra la concesión del beneficio y hacer llegar las consideraciones que pudiesen obstar a su concesión. Secretaría, 16 de Septiembre de 2016. Mercedes Andrada, Secretaria.
$ 45 320026 Abril 17
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TRIBUNAL COLEGIADO
Por disposición de la Sra. Jueza de tramite del Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual Nº 1 de Rosario, Dra. Mariana Varela, en los autos BERON, MAURICIO ALEJANDRO c/CRESPO, EUGENIO RICARDO Y OTROS s/Daños; Expte. Nº 2989/2012, se hace saber que se ha ordenado: Rosario, 16 de Marzo de 2017. Cítese a Eugenio Ricardo Crespo, a que comparezca a estar a derecho dentro del término de ley, notifíquese por edictos que se publicarán por el término de ley en el BOLETIN OFICIAL, debiéndose exhibir los mismos en el hall de planta baja de Tribunales. Fdo. Dra. Mariana Varela (Jueza); Dra. Julieta Becerra (Secretaria). En consecuencia se hace saber que se ha citado a Eugenio Ricardo Crespo (DNI 16.627.635) a comparecer a estar a derecho bajo apercibimiento de ley. Rosario, /04/2017. Se deja constancia que el presente edicto reviste de carácter gratuito atento declaratoria de pobreza dictada mediante resolución Nº 353 del 28/02/2014 en autos conexos BERON MAURICIO ALEJANDRO c/CRESPO EUGENIO RICARDO Y OTROS s/Declaratoria de Pobreza; (Expte. Nº 2988/12). Julieta Becerra, secretaria subrogante.
S/C 319930 Ab. 17 Ab. 19
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Por disposición de la Sra. Juez del Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual de la Primera Nominación de Rosario, se notifica por edictos, al Sr. Arnoldo Bacca, que en los autos RIVAS, ANDRÉS FABIÁN c/BACCA, ANROLDO s/Daños y Perjuicios; Expte. Nº 21-11623447-2, se ha dictado auto N° 156 en fecha 15/02/2017. A través del cual se determino que: atento no haber comparecido a estar a derecho ni contestar demanda, pese a estar notificado, se lo ha declarado rebelde y se ha dado por decaído el derecho dejado de usar. Firmado: Dra. Varela (Juez); Julieta Becerra, secretaria subrogante.
$ 33 319940 Ab. 17 Ab. 19
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Por disposición del Sr. Juez del Tribunal Colegiado de Familia de la Tercera Nominación de Rosario, en autos caratulados: ORTIZ, VICTOR QUISPE c/ROJAS, OLGA MARISA s/Divorcio; Expte. Nro. 2653/15, se hace saber a la Sra. Olga Marisa Rojas que se ha dictado la siguiente sentencia: N° 3655 Rosario, 29 de Diciembre de 2016. Y Vistos:... Y Considerando:... Resuelvo: 1) Declarar el divorcio de los cónyuges Víctor Quispe Ortiz (Pasaporte 2331614) y Olga Marisa Rojas (D.N.I. N° 23.711.812). 2) Declarar disuelto el régimen de comunidad de ganancias al día 12 de Diciembre de 2016. 3) Costas por su orden. 4) Tener presente lo expuesto sobre los efectos del divorcio. 5) Regular los honorarios profesionales del Dr. Marcelo David Ganna en la suma de $ 15.500,2, equivalentes a 10 Unidades Jus. Dicha suma deberá ser cancelada en el plazo de 30 días desde su notificación. Vencido dicho término, devengarán un interés del 6% anual. 6) Firme que quede la presente y cumplidos en su caso íntegramente con las obligaciones del Art. 34 de la Ley 6767, líbrense los despachos al Registro Civil. 7) Insértese y hágase saber. Firmado: Dra. María José Diana (Jueza); Dra. Carla Gallardo (Secretaria). Secretaría, 5 de Abril de 2017. María GraciaPaoletti, secretaria.
$ 52,50 320001 Ab. 17 Ab. 19
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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial N° 5 de Rosario, dentro de los autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ROLDÁN c/MARTÍNEZ JOSÉ s/APREMIO Expte. Nº 844/2012, se ha dictado la siguiente resolución: “Rosario, 08 de noviembre de 2016: “No habiendo comparecido la parte demandada (María Muriondo, Ramón Carlos Martínez y José Juan Martínez) a estar a derecho a pesar de encontrarse debidamente notificada y vencido el término para hacerlo, declárasela rebelde, y prosiga el juicio sin su representación. Para sorteo de defensor de oficio, a tenor del art. 597 C.P.C., fíjase fecha para el día 16-03-17 a las 09 hs. Notifíquese por edictos. Fdo. Dr. Iván Kvasina Juez y Dr. Alfredo Farias Secretario. Asimismo, se ha ordenado: “Rosario, 15 de marzo de 2017. Advirtiendo el proveyente que el edicto publicado consigna erróneamente el apellido de la codemandada María Muriondo, precédase a publicar nuevamente edictos en debida forma. Por consiguiente, para sorteo de defensor de oficio, fíjase nueva fecha para el día 20-04-17 a las 09 hs. Notifíquese por edictos”. Publíquese sin cargo por tres días en el BOLETÍN OFICIAL. Artículo 28 Ley N° 5066. Rosario, 22 de marzo de 2017. Alfredo M. Farias, secretario.
S/C 318656 Ab. 17 Ab. 19
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 16ta. Nominación de Rosario, Dr. Pedro A. Boasso (Juez), Secretaria de la Dra. María Sol Sedita, en los autos caratulados SANTANA LORENA ANALIA s/Solicitud Propia Quiebra; (CUIJ 21-02875709-0), por resolución N° 433 de fecha 03/04/2017, se ha dispuesto: 1) Declarar la quiebra de Santana Lorena Analía, argentina, D.N.I. 25.524.615, con domicilio real en calle Soldado Aguirre 1380 de la ciudad de Villa Gobernador Gálvez y legal en calle Balcarce 1505 piso 4° “A”, de la ciudad de Rosario,; 2) Anotar la quiebra en el Registro de Procesos Concursales y demás registros pertinentes; 3) Anotar la inhibición general de bienes de la fallida en el Registro General Rosario, en el Registro de la Propiedad Automotor y/o que corresponda. Ofíciese a sus efectos; 4) Intimar a la fallida y a los terceros que tuvieren bienes y documentación de aquél en su poder a ponerlos a disposición del Síndico a designar; 5) Intimar a la deudora para que cumpla los requisitos a los que se refiere el Art. 86 de la Ley de Concursos y Quiebras y para que, dentro de las 24 hs., entregue al Síndico a designar los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad, si los llevare; 6) Declarar la prohibición de hacer pagos a la fallida, los que serán ineficaces; 7) Ordenar la intercepción de la correspondencia epistolar dirigida a la deudora, entregándose la misma al Síndico y oficiándose a sus efectos al Correo Argentino y/o repartición que corresponda. Hágase saber a la Sindicatura que deberá cumplimentar lo dispuesto por el Art. 114 de la Ley de Concursos y Quiebras; 8) Hacer saber a la fallida que no podrá ausentarse del país sin autorización previa de este tribunal hasta la presentación del informe general por la Sindicatura, efectuándose las comunicaciones necesarias para el cumplimiento del Art. 103 de la Ley de Concursos y Quiebras. Ofíciese a tal fin a la Policía Federal Argentina (Delegación Rosario), Dirección General de Migraciones y/o quien corresponda; 9) Desapoderar a la fallida de sus bienes existentes a la fecha de la declaración de esta quiebra y de los que adquiera hasta su rehabilitación (Art. 107 s.s. y ccs., Ley 24.522); 10) Proceder a la incautación de los bienes y papeles del fallido, poniéndose los mismos en posesión de la Sindicatura. Desígnase como funcionario incautador al Síndico interviniente, a fin de que realice dentro del término de 15 días de notificado, un inventario de la totalidad de los bienes del fallido -que comprenderá sólo los rubros generales- y proceda a la incautación prevista por el Art. 177 de la ley 24.522, llevándose a cabo tales medidas conjuntamente con el oficial de justicia que en turno corresponda, librándose los despachos correspondiente. A los efectos del cumplimiento de sus funciones se faculta al Síndico a allanar el domicilio de la fallida, clausurar sus establecimientos, oficinas y demás lugares donde éste tenga bienes y documentos, solicitar el auxilio de la fuerza pública y utilizar los servicios de cerrajero; 11) Clasificar el presente proceso en la categoría “B” y oficiar a la Presidencia de la Excma. Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial a los fines de que proceda a realizar el sorteo del síndico de la lista correspondiente a la categoría “B”. Las fechas para cumplimiento de los prescripto en el Art. 88 última parte de la ley 24.522, se fijarán por auto ampliatorio de la presente, aceptado que fuera el cargo por el Sr. Síndico. Asimismo, se hará saber al funcionario que resulte designado que, al aceptar el cargo, deberá establecer el horario de atención al público durante todos los días hábiles, el que no deberá ser inferior a las 6 horas diarias y estar comprendido entre las 8 y las 20 horas (Art. 275 inc. 7mo. de la L.C.Q. y Art. 14 de la Reglamentación de la Excma. Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Rosario); 12) Disponer la comunicación de la presente quiebra al Registro Público de Comercio, a la A.F.I.P., a la A.P.I. (a los fines del Art. 23 del Código Fiscal), a la Municipalidad de Rosario y a quien corresponda. Ofíciese; 13) Ordenar la publicación de edictos conforme lo dispuesto en el Art. 89 Ley 24.522 en el BOLETIN OFICIAL por el término de 5 días; 14) Líbrense las comunicaciones correspondientes a los fines de hacer efectivo el fuero de atracción dispuesto por el Art. 132 ley 24.522, autorizándose a la Sindicatura a diligenciar los despachos pertinentes a tales efectos; 15) Encomendar a la Sindicatura el pronto diligenciamiento de los despachos ordenados, bajo responsabilidades de ley. 16) Trábese embargo sobre el sueldo que percibe la fallida en el lugar de trabajo denunciado, en proporción de ley, debiendo depositarse las sumas correspondientes en una cuenta en el Banco Municipal de Rosario -Sucursal Caja de Abogados- a la orden del Juzgado y para estos autos. Líbrense los despachos pertinentes a sus efectos, haciéndose saber al empleador asimismo que atento haberse declarado la quiebra de Santana Lorena Analia deberá abstenerse de efectuar todo descuento derivado de créditos por débito automático y/o cuotas sociales y/o embargos que no sean obligatorios por ley, y que los descuentos que hubieren sido efectivizados con posterioridad a la fecha de declaración de quiebra -el día 03/04/2017- deberán ser reintegrados depositando tales sumas en el Banco Municipal de Rosario. Fdo: Dr. Pedro A. Boasso (Juez); Dra. María Sol Sedita (Secretaria). Rosario, 04/04/2017.
S/C 319943 Ab. 17 Ab. 21
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de Arroyo Seco, dentro de los autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/FREA SERGIO y/o ALGARAÑAS GUILLERMO Y/U OTROS s/APREMIO, Expte. Nº 973/15, se ha dictado lo siguiente: Arroyo Seco, 30/12/2015. Por presentado, en el carácter invocado. Acéptase el domicilio ad lítem constituido. Habida cuenta de que el escrito que se provee debe estar acompañado de los comprobantes que acrediten el cumplimiento de los aportes que determina la ley 10244 (boleta de iniciación de juicio), intímese al Dr. Germán Giggiaro a acompañar el comprobante referido, dentro del término de tres (3) días bajo apercibimiento de tener el escrito cargo nro. 4150/15 por no presentado. (23) Expte. 970/15. Fdo: Dra. Mariana Cattani - Secretaría. Dra. Mariana Alvarado - Juez. Nro. 1383. Arroyo Seco, 30/06/2016. VISTA: La demanda incoada en estos autos caratulados: Municipalidad de Arroyo Seco c/Frea Sergio y/o Algarañas Guillermo s/Apremio, Expte. Nº 970/15. RESUELVO: 1. Admitirla, y en consecuencia darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de Mandato General que exhibe y se le devuelve, dejando copia en autos. 3. Aceptar el domicilio ad lítem constituido; 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de cuatro mil novecientos setenta y siete con setenta y ocho centavos ($ 4.977,78) en concepto de capital, con más la suma de dos mil cuatrocientos ochenta y ocho con ochenta y nueve centavos ($ 2.488,89), estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11 L 5066 y arts.452 y 460 CPC) Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble -lo que se efectiviza directamente en el Registro de la propiedad respectivo-. Intímese previamente el pago en la persona del deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio. (art. 27 L5066). 6. Citar de Remate al deudor para que oponga excepción legitima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el Boletín Oficial por el término y bajo apercibimientos de ley. 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. De la propuesta de martillero téngase presente para su oportunidad. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Firmado: Dra. Mariana Cattani, secretaria. Dra. Mariana Alvarado, Juez. En tal sentido se cita de remate en los términos del art. 7 de la ley 5066 y modificatorias a los Sres. Frea Sergio y/o Algarañas Guillermo, y/o sucesores y/o propietarios y/o responsables fiscales del inmueble catastrado en la Municipalidad de Arroyo Seco bajo la partida 0007081-00, correspondiente al lote 049, de la manzana 001, de la ruta 20. Secretaría, 17 de marzo de 2017. Dra. Mariana S. Cattani, Secretaria.
S/C 319863 Ab. 17 Ab. 19
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de Arroyo Seco, dentro de los autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/FRANZE ROSANA y/o BARTON DELIA y/u OTROS s/APREMIO, Expte. Nº 973/15, se ha dictado lo siguiente: Arroyo Seco, 30/12/2015. Por presentado, en el carácter invocado. Acéptase el domicilio ad lítem constituido. Habida cuenta de que el escrito que se provee debe estar acompañado de los comprobantes que acrediten el cumplimiento de los aportes que determina la ley 10244 (boleta de iniciación de juicio), intímese al Dr. Germán Giggiaro a acompañar el comprobante referido, dentro del término de tres (3) días bajo apercibimiento de tener el escrito cargo nro. 4153/15 por no presentado. (23) Expte. 973/15. Fdo.: Dra. Mariana Cattani, Secretaria. Dra. Mariana Alvarado, Juez. Nro. 1386. Arroyo Seco, 30/06/2016. VISTA: La demanda incoada en estos autos caratulados: “Municipalidad De Arroyo Seco c/ Franze Rosana Y/O Barton Delia s/Apremio: Expte nº 973/15. RESUELVO: 1. Admitirla, y en consecuencia darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de Mandato General que exhibe y se le devuelve, dejando copia en autos. 3. Aceptar el domicilio ad lítem constituido; 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de Seis Mil Setecientos Cinco Con Cincuenta Y Tres Centavos ($ 6.705,53) en concepto de capital, con más la suma de tres mil trescientos cincuenta y dos con setenta y siete centavos ($ 3.352,77), estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art.7 y 11 L 5066 y arts.452 y 460 CPC) Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble -lo que se efectiviza directamente en el Registro de la propiedad respectivo-, Intímese previamente el pago en la persona del deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio. (art.27 L5066). 6. Citar de Remate al deudor para que oponga excepción legitima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley. 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. De la propuesta de martillero téngase presente para su oportunidad. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo.: Dra. Mariana Cattani, Secretaria. Dra. Mariana Alvarado, Juez. En tal sentido se cita de remate en los términos del art. 7 de la ley 5066 y modificatorias a los Sres. Franze Rosana y/o Barton, Delia y/o sucesores y/o propietarios y/o responsables fiscales del inmueble catastrado en la Municipalidad de Arroyo Seco bajo la partida 0007035-00, correspondiente al lote 003, de la manzana 001, de la ruta 20. Secretaria, 17 de Marzo de 2017. Dra. Mariana Cattani, Secretaria.
S/C 319860 Abr. 17 Abr. 19
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de Arroyo Seco, dentro de los autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/ROMAGNOLI OMAR y/o MATTEO M. y/u OTROS s/APREMIO, Expte. Nº 980/15, se ha dictado lo siguiente: Arroyo Seco, 30/12/2015. Por presentado, en el carácter invocado. Acéptase el domicilio ad lítem constituido. Habida cuenta de que el escrito que se provee debe estar acompañado de los comprobantes que acrediten el cumplimiento de los aportes que determina la ley 10244 (boleta de iniciación de juicio), intímese al Dr. Germán Giggiaro a acompañar el comprobante referido, dentro del término de tres (3) días bajo apercibimiento de tener el escrito cargo nro. 4160/15 por no presentado (23) Expte. 980/15. Fdo.: Dra. Mariana Cattani, Secretaria. Dra. Mariana Alvarado, Juez. Nro. 1361. Arroyo Seco, 30/06/2016. VISTA: La demanda incoada en estos autos caratulados: Municipalidad de Arroyo Seco c/Romagnoli Omar y/o Matteo M s/Apremio Expte. Nº 980/15. RESUELVO: 1. Admitirla, y en consecuencia darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de Mandato General que exhibe y se le devuelve, dejando copia en autos. 3. Aceptar el domicilio ad lítem constituido; 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de ocho mil quinientos dieciocho con ochenta y dos centavos ($ 8.518,82) en concepto de capital, con más la suma de cuatro mil doscientos cincuenta y nueve con cuarenta y un centavos ($ 4.259,41), estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art.7 y 11 L 5066 y arts. 452 y 460 CPC) Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble -lo que se efectiviza directamente en el Registro de la propiedad respectivo-, Intímese previamente el pago en la persona del deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio. (art. 27 L5066). 6. Citar de Remate al deudor para que oponga excepción legitima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley. 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. De la propuesta de martillero téngase presente para su oportunidad. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo.: Dra. Mariana Cattani, Secretaria. Dra. Mariana Alvarado, Juez. En tal sentido se cita de remate en los términos del art. 7 de la ley 5066 y modificatorias a los Sres. Romagnoli Omar y/o Matteo Marcelo, y/o sucesores y/o propietarios y/o responsables fiscales del inmueble catastrado en la Municipalidad de Arroyo Seco bajo la partida 0007074-00, correspondiente al lote 042, de la manzana 001, de la ruta 20. Secretaria, 17 de Marzo de 2017. Dra. Mariana Cattani, Secretaria.
S/C 319859 Abr. 17 Abr. 19
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de Arroyo Seco, dentro de los autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/STRAMBI FRANCISCO y/o CORVALAN MARCOS y/u OTROS s/APREMIO, Expte Nº 994/15, se ha dictado lo siguiente: Arroyo Seco, 30/12/201S. Por presentado, en el carácter invocado. Acéptase el domicilio ad lítem constituido. Habida cuenta de que el escrito que se provee debe estar acompañado de los comprobantes que acrediten el cumplimiento de los aportes que determina la ley 10244 (boleta de iniciación de juicio), intímese al Dr. Germán Giggiaro a acompañar el comprobante referido, dentro del término de tres (3) días bajo apercibimiento de tener el escrito cargo nro. 4174/15 por no presentado.(23) Expte. 994/15. Fdo.: Dra. Mariana Cattani, Secretaria. Dra. Mariana Alvarado, Juez. Nro. 1353. Arroyo Seco, 30/06/2016. VISTA: La demanda incoada en estos autos caratulados: Municipalidad de Arroyo Seco c/Strambi francisco y/o Corvalan M s/Apremio Expte. Nº 994/15. RESUELVO: 1. Admitirla, y en consecuencia darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de Mandato General que exhibe y se le devuelve, dejando copia en autos. 3. Aceptar el domicilio ad lítem constituido; 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de cinco mil ochocientos diecinueve con cincuenta centavos ($ 5.819,50) en concepto de capital, con más la suma de dos mil novecientos nueve con setenta y cinco centavos ($ 2.909,75), estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11 L 5066 y arts. 452 y 460 CPC) Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble -lo que se efectiviza directamente en el Registro de la propiedad respectivo-, Intímese previamente el pago en la persona del deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27 L5066). 6. Citar de Remate al deudor para que oponga excepción legitima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley. 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. De la propuesta de martillero téngase presente para su oportunidad. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo.: Dra. Mariana Cattani, Secretaria. Dra. Mariana Alvarado, Juez. En tal sentido se cita de remate en los términos del Art. 7 de la ley 5066 y modificatorias a los Sres. Strambi Francisco y/o Corvalan Marcos y/o sucesores y/o propietarios y/o responsables fiscales del inmueble catastrado en la Municipalidad de Arroyo Seco bajo la partida 0007312-00, correspondiente al lote 020, de la manzana A, de la ruta 05. Secretaria, 17 de Marzo de 2017. Dra. Mariana Cattani, Secretaria.
S/C 319856 Abr. 17 Abr. 19
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de Arroyo Seco, dentro de los autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/BENIGNI EDGARDO y OTROS s/APREMIO E. Nº 710/15, que tramitan ante el Juzgado de Referencia, se ha dictado lo siguiente: Arroyo Seco, 11 de setiembre de 2015. Por presentado en el carácter invocado. Admítase el domicilio ad lítem constituido. Suscriba el profesional el poder general acompañado. Habida cuenta de que el escrito que se provee debe estar acompañado de los comprobantes que acrediten el cumplimiento de los aportes que determina la Ley 10244 (boleta de iniciación de juicio), intímese al Dr. Germán Giggiaro a acompañar el comprobante referido, dentro del término de tres (3) días bajo apercibimiento de tener el escrito cargo nro. 2910/1S por no presentado (23).- Expte. 710/15. Firmado: Mariana Cattani, Secretaria. Dra. Mariana Alvarado, Juez. Nro. 463. Arroyo seco, 29 de marzo de 2016. VISTA la demanda incoada en estos autos caratulados: Municipalidad de Arroyo Seco c/Benigni Edgardo y/u ots. s/Apremio, e. 710/15. RESUELVO: 1.- Agréguese la boleta de iniciación de juicio acompañada. 2.- Admitir la demanda y en consecuencia darle curso. 3.- Autorizar la participación del letrado actuante atento la escritura de mandato general que exhibe y se le devuelve, dejando copia en autos. 4.- Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia. 5 Atento encontrar en forma el titulo que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de pesos tres mil novecientos diez con cuarenta y seis centavos ($ 3.910,46) en concepto de capital con mas la suma de pesos un mil novecientos cincuenta y seis ($ 1.956,00) estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11 L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble -lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad- intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27 L5066) 6.- Citar de remate al deudor para que oponga excepción legitima en el término de ocho días bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. 7.- Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley. 8.- Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo.: Mariana Cattani, Secretaria. Dra. Mariana Alvarado, Juez. En tal sentido se cita de remate en los términos del art. 7 de la ley 5066 y modificatorias a los Sres. Benigni Edgardo, y/o propietario y/o sucesores y/o terceros ocupantes y/o quien o quienes resulten ser responsables fiscales de los inmuebles rurales catastrados en la Municipalidad de Arroyo Seco, bajo las partidas inmobiliario nro. 351146/0026. Secretaria, 23 de febrero de 2017. Dra. Mariana Cattani, Secretaria.
S/C 319854 Abr. 17 Abr. 19
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 16ta. Nominación de Rosario, Dr. Pedro A. Boasso (Juez), Secretaria de la Dra. María Sol Sedita, en los autos caratulados YELLAMO MABEL OLGA s/Concurso Preventivo - Hoy Quiebra; (CUIJ 21-02848859-6), por resolución Nº 429 de fecha 03/04/2017, se ha dispuesto: 1) Declarar la quiebra indirecta de la señora Yellamo Mabel Olga, DNI: 14.055.424, con domicilio en J. M. Gutiérrez Nº 16 Piso 1 Depto 12 M8 de Rosario; 2) Confirmar al síndico designado en autos, C.P.N. Norma Beatriz Martini; 3) Mantener la inhibición general de la fallida en el Registro General Rosario, en el Registro de la Propiedad Automotor y/o que corresponda. Ofíciese; 4) Ordenar la publicación de edictos en la forma prevista en el art. 89 de la ley 24.522 en el Boletín Oficial; 5) Fijar el día 24/05/2017 como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar sus pedidos de verificación de créditos, acompañando los títulos justificativos de los mismos. Los acreedores que hubieran obtenido verificación en el concurso preventivo no tendrán necesidad de verificar nuevamente, procediendo el sindico a recalcular sus créditos según su estado; 6) Tener presente que la sindicatura deberá presentar el informe individual en fecha 24/07/2017 y el informe general el día 05/09/2017. 7) Ordenar se comunique la apertura: de la quiebra al Registro de Procesos Concúrsales; 8) Intimar a la fallida para que en el término de 24hs. entregue al síndico la documentación relacionada con su actividad, sí correspondiere; 9) Declarar la prohibición de hacer pagos a la fallida los que serán ineficaces; 10) Intimar a la fallida y a los terceros para que entreguen a la sindicatura los bienes de aquel; 11) Oficiar a los Juzgados donde tramitaren juicios contra el fallido, a los fines normados por el art. 132 de la ley 24.522; 12) Hacer saber a la fallida que sólo podrá salir del país previa autorización de este Juzgado y en las condiciones previstas por el art. 103 de la ley 24.522, efectuándose a tales fines las comunicaciones pertinentes; 13) Desapoderar a la fallida de los bienes de su propiedad existentes a la fecha de declaración de ésta quiebra y de los que adquiera hasta su rehabilitación (arts. 107, ss. y ees., ley 24.522); 14) Proceder a la incautación de los bienes y papeles de la fallida poniéndose los mismos en posesión de la Sindicatura. En base a las facultades otorgadas en el art. 177 LCQ, desígnese funcionario incautador al Síndico interviniente quien realizará la medida juntamente con el oficial de justicia. A tal fin, líbrese mandamiento al Sr. Oficial de Justicia a fin de que proceda a efectuar, dentro del término de 15 días de notificado, un inventario de la totalidad de los bienes de la fallida -que comprenderá sólo los rubros generales – y proceda a la incautación prevista por el art. 177 de la Ley 24.522, poniendo los mismos en posesión de la sindicatura; 15) Ordenar la intercepción de la correspondencia epistolar, oficiándose a esos efectos, haciéndole saber al síndico que debe cumplimentar lo dispuesto por el art. 114 de la Ley de Concursos y Quiebras; 16) Notificar a la A.P.I. a la -A.F.I.P., y a la Municipalidad de Rosario; 17) Procédase a la realización de la totalidad de los bienes de la fallida; 18) Hágase saber a la fallida que cualquier enajenación, simulación, ocultamiento o discriminación del valor de bienes que componen su activo será considerada incursión en el delito de QUIEBRA FRAUDULENTA y se remitirán los antecedentes a la Justicia de Instrucción; 19) Precédase, por Secretaría, a recaratular estas actuaciones con el aditamento “HOY QUIEBRA”. Rosario, 03/04/2017.- Fdo: Dr. Pedro A. Boasso (Juez), Dra. María Sol Sedita (Secretaria).
S/C 319936 Abr. 17 Abr. 21
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Rosario, 3 de marzo de 2017. Y VISTOS: Los presentes caratulados. Mayorga Sonia Patricia s/Propia Quiebra, Expte. Nº 991/2016, en trámite por ante este Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 4ta. Nominación de Rosario, en los que a fs. 42 la Sindicatura acepta el cargo, constancias obrantes en autos y normas pertinentes.- RESUELVO: 1°) Disponiendo el día 8 de mayo de 2017 como fecha hasta la cual los acreedores del concursado deberán presentar sus pedidos de verificación a la Sra. Síndico actuante CPN Analia B. Crespo, con domicilio constituido en calle 1° de Mayo 983 depto 4 de Rosario, cuyos días y horarios de atención son de lunes a jueves de 14 a 20hs. 2°) Fíjase el día 21 de junio de 2017 como fecha para la presentación del Informe Individual. 3°) Fijase el día 02 de agosto de 2017 como fecha para la presentación del Informe General. 4°) Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL. Insértese, dése copia y hágase saber. Dra. Daniela A. Jaime, Secretaria.
S/C 319948 Abr. 17 Abr. 21
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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Distrito Civil y Comercial de la 12ª Nominación de Rosario, se hace saber que en autos DELLA FELICE, NICOLÁS c/RODOLFI, SARA NELIDA TERESA y otros s/APREMIO, (Expte: CUIJ: 21-02850681-0), se ha decretado lo siguiente: Rosario, 30 de marzo de 2017. Agréguese. Téngase por desistido el recurso de apelación. De manifiesto por el término de ley la liquidación practicada en autos. A la regulación de honorarios, oportunamente, una vez aprobada que fuera la planilla. Notifíquese. Fdo. Dr. Fabián E. D. Bellizia (Juez) - Dra. Agustina Filippini (Secretaria). Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de ley. Rosario, 05 de abril de 2017. Dra. Agustina Filippini, Secretaria.
$ 33 319935 Abr. 17 Abr. 19
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Décima Octava Nominación de Rosario, en autos: Boucher, Mariana Cecilia s/Solicitud Propia Quiebra - cuij: 21-02869877-9 por Auto Nº 845 de fecha 03/04/2017, se ha resuelto: 1) Fijar hasta el día 19 de Mayo de 2017 como fecha tope hasta la cual los acreedores, presenten los pedidos de verificación al síndico debiendo acompañar los títulos justificativos de los mismos en los términos del art. 32 de la L.C.Q. 2) Fijar el día 04 de Julio de 2017 para que la Sindicatura presente el Informe Individual ante este tribunal y el día 30 de Agosto de 2017 para la presentación del Informe General. 3) En caso de existir impugnaciones a los pedidos de verificación, la Sindicatura, a los fines de ordenar el procedimiento, deberá presentar al Tribunal un legajo con cada una de las mismas compuesto de copias del pedido de verificación, de la impugnación, de la contestación del impugnado, si la hubiere, y del respectivo informe individual. 4) Publíquense edictos ampliatorios de la resolución de quiebra en el BOLETÍN OFICIAL haciendo conocer el nombre y domicilio del Síndico. Asimismo, se hace saber que la Síndica designado en los presente autos es el C.P.N. Dionisio Luis Martina, con domicilio en calle Montevideo 1270 de esta Ciudad con horarios de atención de lunes a viernes de 14.30 a 20.30 horas. Publíquense por 5 días - Edicto sin cargo conforme Art. 182 L.C.Q.- Rosario, 03 de Abril de 2017. Dra. Myrian R. Huljich, Secretaria.
S/C 320038 Abr. 17 Abr. 21
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial 6° Nominación de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, en autos caratulados: IBARRA, Héctor Octavio s/Declaratoria de Herederos; Expte. Nº 21-02871092-2, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del Sr. Héctor Octavio IBARRA, LE Nº 6.287.037, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Rosario, 10 de Marzo de 2017. Dra. María Belén Baclini, Secretaria.
$ 45 320081 Abr. 17
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El Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 16ta. Nom. de Rosario, Dr. Pedro Antonio Boasso, llama a los herederos, acreedores o legatarios del Sr. JUAN CARLOS LASSALLE, titular de la LE 6.051.933, a quienes se cita por 30 días, para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Publíquese en el BOLETÍN OFICIAL por 1 día. Rosario, 31 de Marzo de 2017. Secretaria (Autos LASSALLE JUAN CARLOS s/DECLARATORIA DE HEREDEROS, Cuij. 21-02871875-3). Dra. María Sol Sedita, Secretaria.
$ 45 319958 Abr. 17
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 3° Nominación de la ciudad de Rosario, a cargo del Dr. Hernán Carrillo, Secretaría de la Dra. Gabriela Cossovich, (firmado por Juez en Suplencia: Dr. Ivan Kvasina) se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de la causante doña SUAREZ, MARGARITA ROSA (DNI. 2378467), para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de 10 días. (Autos: SUAREZ, MARGARITA ROSA s/DECLARATORIA DE HEREDEROS, CUIJ Nº 21-02864335-4). Rosario, 05/04/2017. Dra. María Sol Sedita, Secretaria.
$ 45 319941 Abr. 17 Abr. 28
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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Quinta Nominación de la ciudad de Rosario, Dr. Ivan Kvasina, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante doña IBAÑEZ, DOLORES CASILDA (DNI 1.515.284) para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de treinta días a partir de la publicación de edictos, bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de 1 día (art. 2340 CCy C). (Autos: IBAÑEZ, DOLORES CASILDA s/Sucesión, Expte. Nº 21-02869490-0). Rosario, 03/04/2017. Dra. María Sol Sedita, Secretaria.
$ 45 319939 Abr. 17
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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 7ma. Nominación de la ciudad de Rosario, Dr. Marcelo Quiroga, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de la causante doña SÁNCHEZ, NELIDA ROSA (DNI 3.580.012), para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. (Expte. Nro. 21-02847217-7). Rosario, 03/04/17.- Dra. María Sol Sedita, Secretaria.
$ 45 319938 Abr. 17 Abr. 28
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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 7ma. Nominación de la ciudad de Rosario, Dr. Marcelo Quiroga, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de la causante doña GOMEZ, MARIA ANTONIA (DNI 5.541.281), para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. (Expte. Nro. 21-02872858-9). Rosario, 03/04/17. Dra. María Sol Sedita, secretaria.
$ 45 319937 Abr. 17 Abr. 28
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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Decimosexta Nominación de Rosario, Dr. Pedro Antonio Boasso, Secretaria de la Dra. María Sol Sedita, en los autos caratulados GIGLIONE, MARIO JOSÉ s/Declaratoria de Herederos; CUIJ Nº 21-02870767-0, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante Mario José Giglione (DNI N° 6.036.597), para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de treinta días a partir de la publicación de edictos, bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL por el término de un día (Art. 2340 CC y C). Rosario, 30 de Marzo de 2017. Dra. María Sol Sedita, secretaria.
$ 45 319934 Abr. 17
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El Juzgado de Distrito de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 17° de la ciudad de Rosario, en los autos caratulados: MINNI, RUBÉN GUILLERMO s/Declaratoria de Herederos; CUIJ 21-02874675-7, cita a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derechos a los bienes dejados por el causante don Rubén Guillermo Minni, DNI 8.506.270, por diez días, para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Rosario, 29 de Marzo de 2017. María Florencia Netri, Prosecretaria.
$ 45 320024 Abr. 17 Abr. 28
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Por disposición del Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial Nº 8 de Rosario, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores o legatarios de doña Ilda Susana Sanrame, D.N.I. Nº 11.775.875, por el término de 30 días para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos y bajo los apercibimientos de ley. Autos: SANRAME ILDA SUSANA s/Declaratoria de herederos; Expte. CUIJ Nro. 21-02877560-9. Rosario, Santiago M. Malé Franch, secretario.
$ 45 319960 Abr. 17
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Se hace saber que por disposición del Juzgado de Distrito en lo Civil y Comercial de la 6ta. Nominación de Rosario, a cargo del Dr. Néstor García, Secretaria de la Dra. Baclini dentro de los autos VANZINI SOFIA c/LA FRANCO AMERICANA SA y/o SINISTER CAR SRL s/Cobro de Pesos; Expte. Nº 475/2014, se ha dictado la siguiente providencia: Rosario, 10 de Marzo de 2017. Autos para sentencia. Notifíquese por cédula. 28 de Marzo de 2017. Fdo. Dr. García (Juez); Dra. Baclini (Secretaria).
$ 45 319961 Abr. 17
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El señor Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 18a. Nominación de Rosario, llama a los herederos, acreedores o legatarios de doña MARÍA LUCCI, por diez días, para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL. Rosario, 28 de Marzo de 2017. Dra. Susana Silvina Gueiler, Juez; Dra. Myrian Raquel Huljich, Secretaria. Silvina L. Rubulotta, prosecretaria.
$ 45 319985 Abr. 17 Abr. 28
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El señor Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Sexta Nominación de Rosario, llama a los herederos, acreedores o legatarios de doña JULIA ROMELIA MIRANDA, por diez días, para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL. Rosario, de Marzo de 2017. Dr. Néstor Osvaldo García, Juez; Dra. María Belén Baclini, Secretaria. Fernando Adrián Bitetti, prosecretario.
$ 45 319987 Abr. 17 Abr. 28
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial de la 18ª. Nom. de Rosario a cargo de la Dra. Susana S. Gueiler, secretaría a cargo de la Dra. Myrian R. Huljich, se llama cita y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de don Rubén Santiago Martínez, para que en el término y bajo apercibimientos de ley se presenten a hacer valer sus derechos. Autos: MARTINEZ, RUBEN SANTIAGO s/DECLARATORIA DE HEREDEROS; CUIJ 21.02875700-7. Fdo. Myrian R. Huljich, Secretaria.
$ 45 318516 Abr. 17 Abr. 28
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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 11ª Nominación, ciudad de Rosario, se cita llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante Virgili María Isabel, para que dentro del término y bajo apercibimiento de ley, comparezcan a hacer valer sus derechos en los autos: VIRGILI MARIA ISABEL s/Declaratoria de Herederos; CUIJ Nº 21-02876005-9. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Rosario, 31 de Marzo de 2017. Dr. Sergio A. González, Secretario.
$ 45 320060 Abr. 17 Abr. 28
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El Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 10ma. Nominación de Rosario, llama a los herederos, acreedores y/o legatarios de don Francisco Gálvez, DNI 6.737.385, por 10 días para que comparezcan a este Tribunal y dentro del expediente GALVEZ FRANCISCO s/Sucesión; CUIJ 21-02865736-3, a hacer valer sus derechos. Rosario, 5 de Abril de 2017. Silvio Pasotti, prosecretario.
$ 45 320066 Abr. 17 Abr. 28
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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Octava Nominación de la ciudad de Rosario, Dr. Luciano D. Juárez, secretaria del Dr. Santiago M. Male Franch se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de los causantes don SCHEIMBERG, JAIME ISIDORO (L.E. 5996175) y doña DIANA, JOSEFA (L.C. 3606710), para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de treinta días a partir de la publicación de edictos, bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de 1 día (art. 2340 C C y C). (Autos: SCHEIMBERG, JAIME ISIDORO y OTROS s/SUCESORIO, CUIJ Nº 21-02870649-6).- Rosario, 22/03/2017.- Dra. María Sol Sedita, Secretaría.
$ 45 318527 Abr. 17
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Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 1° Nominación de la ciudad de Rosario, Dra. María Mondelli, Secretaría de la Dra. Elvira Sauan, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante don SARKISSIAN, JUAN (DNI 5986273), para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de tren días a partir del vencimiento de la publicación de edictos, bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de 1 día (art. 23 C C y C). Autos: SARKISSIAN, JUAN s/SUCESORIO, CUIJ Nº 21-02871233-9. Rosario, 22/03/2017. Dra. María Sol Sedita, Secretaría.
$ 45 318526 Abr. 17
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Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 11ª. Nominación de la ciudad de Rosario, Dra. Delia Matilde Giles, Secretaria del Dr. Sergio A. González, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante don SALINAS, FELIPE BAUTISTA (DNI 10496416), para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de treinta días a partir de la publicación de edictos, bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de 1 día (art. 2340 C C y C). Rosario, 22/03/2017.- Dra. María Sol Sedita, Secretaría.
$ 45 318525 Abr. 17
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Por disposición del Sr. Juez de Distrito Civil y Comercial de la 12a. Nominación de Rosario, se ha dispuesto citar a los herederos, acreedores y legatarios de GIMÉNEZ, CARMEN GABRIELA - DNI Nº 12.268.792 - para que en el término de treinta días a partir de la publicación de edictos, comparezcan ante este Tribunal a hacer valer sus derechos. Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL y Hall de Tribunales por el término de un día (Art. 2340 C. Civil).- (Expte: CUIJ: 21-02876838-6). Rosario, 05 de Abril de 2017. Dra. Agustina Filippini, Secretaria.-
$ 45 319929 Abr. 17
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Por disposición del Sr. Juez de Distrito Civil y Comercial de la 12a. Nominación de Rosario, se ha dispuesto citar a los herederos, acreedores y legatarios de PEREYRA, OSVALDO RODOLFO - DNI Nº 5.410.399 -para que en el término de treinta días a partir de la publicación de edictos, comparezcan ante este Tribunal a hacer valer sus derechos. Publíquense edictos en el Boletín Oficial y Hall de Tribunales por el término de un día (Art. 2340 C. Civil). (Expte: CUIJ: 21-02875756-2). Rosario, 05 de Abril de 2017.- Dra. Agustina Filippini, Secretaria.-
$ 45 319931 Abr. 17
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Por disposición del Sr. Juez de Distrito Civil y Comercial de la 12a. Nominación de Rosario, se ha dispuesto citar a los herederos, acreedores y legatarios de CABRAL, MANUELA ERACLIA - DNI Nº 5.555.272 -para que en el término de treinta días a partir de la publicación de edictos, comparezcan ante este Tribunal a hacer valer sus derechos.- Publíquense edictos en el Boletín Oficial y Hall de Tribunales por el término de un día (Art. 2340 C. Civil). (Expte: CUIJ: 21-02877264-2). Rosario, 05 de Abril de 2017.- Dra. Agustina Filippini, Secretaria.-
$ 45 319933 Abr. 17
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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 18va. Nominación de Rosario, Secretaría a cargo de la Autorizante, se ha dispuesto llamar a los herederos, acreedores y legatarios de POZO NELIDA JUSTA, para que comparezcan dentro del término de diez días a hacer valer sus derechos ante este Tribunal. Rosario, 06.04.2017. Silvina L. Rubulotta, Prosecretaria.
$ 45 320044 Abr. 17 Abr. 28
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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 18va. Nominación de Rosario, Secretaría a cargo de la Autorizante, se ha dispuesto llamar a los herederos, acreedores y legatarios de BUENO PABLO ESTEBAN, para que comparezcan dentro del término de diez días a hacer valer sus derechos ante éste Tribunal. Rosario, 06.04.2017. Silvina L. Rubulotta, Prosecretaria.
$ 45 320042 Abr. 17 Abr. 28
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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 18va. Nominación de Rosario, Secretaría a cargo de la Autorizante, se ha dispuesto llamar a los herederos, acreedores y legatarios de MARTA RAMONA BARONE, para que comparezcan dentro del término de diez días a hacer valer sus derechos ante éste Tribunal. Rosario, 06.04.2017. Silvina L. Rubulotta, Prosecretaria.
$ 45 320040 Abr. 17 Abr. 28
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Por disposición del Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial Nº 4 de Rosario, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores o legatarios de doña Pilar Loza, L.C. Nº 2.391.653, por el término de ley para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos y bajo los apercibimientos de ley. Autos LOZA PILAR s/Sucesorio; Expte. Nro. 1237/2016. Rosario, 03/04/2017. Daniela A. Jaime, secretaria.
$ 45 319949 Abr. 17
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Por disposición del Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial Nº 4 de Rosario, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores o legatarios de don Mario Alejandro Herrera, D.N.I. Nº 10.875.334, por el término de ley para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos y bajo los apercibimientos de ley. Autos HERRERA MARIO ALEJANDRO s/Sucesorio; Expte. Nro. 108/2017. Rosario, 03/04/2017. Daniela A. Jaime, secretaria.
$ 45 319950 Abr. 17
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Por disposición del Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial Nº 4 de Rosario, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores o legatarios de don Jorge Vladimir Gabay, D.N.I. Nº 8.078.472, por el término de ley para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos y bajo los apercibimientos de ley. Autos GABAY JORGE VLADIMIR s/Declaratoria de Herederos; Expte. Nro. 1256/2016. Rosario, 03/04/2017. Daniela A. Jaime, secretaria.
$ 45 319959 Abr. 17
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Por disposición del Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial Nº 4 de Rosario, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores o legatarios de don Rodolfo Gustavo Pace, D.N.I. Nº 13.958.763, por el término de ley para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos y bajo los apercibimientos de ley. Autos PACE RODOLFO GUSTAVO s/Sucesorio; Expte. Nro. 155/2017. Rosario, 03/04/2017. Daniela A. Jaime, secretaria.
$ 45 319952 Abr. 17
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Por disposición del Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial Nº 4 de Rosario, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores o legatarios de doña Nyrba Libera Pura Maschio, D.N.I. Nº 0.741.167, por el término de ley para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos y bajo los apercibimientos de ley. Autos MASCHIO NYRBA LIBERA PURA s/Declaratoria de Herederos; Expte. Nro. 1071/2016. Rosario, 03/04/2017. Daniela A. Jaime, secretaria.
$ 45 319955 Abr. 17
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Por disposición del Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial Nº 3 de Rosario, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores o legatarios de doña Pilar y/o María Pilar Luzar, D.N.I. Nº 2.070.362, por el término de ley para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos y bajo los apercibimientos de ley. Autos LUZAR PILAR s/Declaratoria de Herederos; Expte. Nro. 493/2016. Rosario, 03/04/2017. Daniela A. Jaime, secretaria en suplencia.
$ 45 319951 Abr. 17
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Por disposición del Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial Nº 15 de Rosario, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores o legatarios de doña Esther Verónica Tassile, D.N.I. Nº 1.505.929 y don Antonio Angel Caccin, D.N.I. Nº 3.687.337, por el término de ley para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos y bajo los apercibimientos de ley. Autos CACCIN ANTONIO ANGEL Y OT s/Declaratoria de Herederos; Expte. Nro. 1019/2016. Rosario, 03/04/2017. Daniela A. Jaime, secretaria en suplencia.
$ 45 319956 Abr. 17
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Por disposición del Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial Nº 15 de Rosario, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores o legatarios de don Carlos Hugo Peralta, D.N.I. Nº 6.080.320 y doña Mabel Beatriz Caccin, D.N.I. Nº 6.411.779, por el término de ley para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos y bajo los apercibimientos de ley. Autos CACCIN MABEL BEATRIZ Y OT s/Declaratoria de Herederos; Expte. Nro. 1021/2016. Rosario, 03/04/2017. Daniela A. Jaime, secretaria en suplencia.
$ 45 319957 Abr. 17
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FIRMAT
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Se emplaza a comparecer a estar a derecho en el plazo de tres días y bajo los apercibimientos de nombrar defensor ad-hoc a los herederos y/o sucesores de Manuel Fraga y/o quienes se consideren con derecho sobre el inmueble ubicado en Av. Roque Saenz Peña S/N de la ciudad de Firmat, Departamento General López, comprendido en la manzana 165 B y designado en el plano del año 1960 como lote letra A, identificado en API mediante partida 17-06-00-867142/0013-6 - Datos de dominio Tomo 184, Folio 22, Nº 93444 - Dpto. Gral. López, en los autos: LOPEZ DIVINA c/DI MELLA JAQUELINA MARIA BALBINA s/Demanda de Escrituración; (Expte. Nº 446/16), en trámite por ante el Juzgado de Distrito Nº 16 en lo Civil, Comercial y Laboral de Firmat, a cargo de la Dra. Sylvia Pozzi, secretaría a cargo de la Dra. Laura M. Barco. 7 de Abril de 2017. Dra. Laura M. Barco, Secretaria.
$ 99 320055 Abr. 17 Abr. 29
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Por disposición de la señora Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 16 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de Firmat, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de los causantes don Fortunato Pini y doña Nélida Isabel Bossa, para que dentro del término y bajo apercibimientos de ley, comparezcan a hacer vales sus derechos en los autos caratulados PINI PEDRO y BOSSA NELIDA ISABEL s/Declaratoria de Herederos; Expte. 1717, año 2015. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Firmat, 28 de Marzo de 2017. Dra. Laura M. Barco, Secretaría.
$ 45 319983 Abr. 17 Abr. 21
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CASILDA
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
El señor Juez de Primera Instancia de Distrito Civil, Comercial y Laboral Nro. 2 de Casilda, dentro de los autos caratulados: DISANTI, HUGO R. c/JULIO E. AYALA y ALVAREZ y Ots. s/Demanda de Usucapión, Expte.: 436/2008 ha dictado lo siguiente: Casilda, 22 de Septiembre de 2016: Y Vistos:... Y Considerando:... Fallo: Rechazando la demanda entablada, con costas a la actora (Art. 250 del CPCC. Insértese y hágase saber. 3 de Abril de 2017. Fdo: Dr. Gerardo A. M. Marzi - Juez- Dra. Sandra S. González- Secretaria.
$ 45 320014 Abr. 17
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CAÑADA DE GOMEZ
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil Comercial y Laboral Primera Nominación de Cañada de Gómez, a cargo del Dr. José María Fidelibus, Secretaría del autorizante, se hace saber a la Sra. Marylin Valentín, que en los autos caratulados NUEVO BANCO DE SANTA FE c/VALENTÍN, MARYLIN s/DEMADNA EJECUTIVA, Expte. Nº 286/00, se ha dictado lo siguiente: Cañada de Gómez, 20/08/2015. Previo a todo trámite hágase saber que entenderá en los presentes el Dr. José María Fidelibus, Juez subrogante. Notifíquese por cédula o personalmente. Fdo: Dr. Fidelibus, Dr. Coronel. Cañada de Gómez, 9 de Junio de 2016. Dr. Guillermo Coronel, Secretario.
$ 33 320057 Abr. 17 Abr. 19
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La Sr/a. Juez de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2da. Nominación de Cañada de Gómez, llama a los herederos, acreedores o legatarios de don ORLANDO PABLO BOTTINI, por 10 días para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Cañada de Gómez, 17 de Marzo de 2017. Guillermo R. Coronel, secretario. Cañada de Gómez, 17 de Marzo de 2017. Dr. Guillermo R. Coronel, Secretario.
$ 45 318523 Abr. 17 Abr. 28
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La Sr/a. Juez de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2da. Nominación de Cañada de Gómez, llama a los herederos, acreedores o legatarios de don SIMON AMBROGIO, por 10 días para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Cañada de Gómez, 17 de Marzo de 2017. Mariano Jesús Navarro, secretario.
$ 45 318518 Abr. 17 Abr. 28
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La Sr/a. Juez de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 1ra. Nominación de Cañada de Gómez, llama a los herederos, acreedores o legatarios de doña NILDA ANA CHIAVON, por 10 días para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Cañada de Gómez, 17 de Marzo de 2017. Guillermo R. Coronel, secretario.
$ 45 318522 Abr. 17 Abr. 28
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La Sr/a. Juez de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2da. Nominación de Cañada de Gómez, llama a los herederos, acreedores o legatarios de doña ELSA CRISTINA PUTERO, por 10 días para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Cañada de Gómez, 17 de Marzo de 2017. Mariano Jesús Navarro, secretario.
$ 45 318521 Abr. 17 Abr. 28
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VILLA CONSTITUCION
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
El Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nro. 14 Civil, Comercial y Laboral de la Primera Nominación de la ciudad de Villa Constitución. Por disposición de la Sra. Juez, Dra. Agueda M. Orsaria, secretaría de la Dra. Melisa Peretti, dentro de los autos caratulados: ASOCIACION MUTUAL SOLIDARIA PUERTO PIEDRAS c/DUZEVICH, JUAN JORGE s/Ejecución Prendaria; Expte. Nº 736/2014; Se ha dictado el siguiente decreto: Nº 517, Villa Constitución, 21 de Marzo de 2017. No habiendo la parte demandada, Herederos de Juan Jorge Duzevich, comparecido a estar a derecho, pese a encontrarse debidamente notificada, según informe de la Actuaría en este acto, decláresela rebelde (Art. 77, 78 2do. párrafo y concordantes del C.P.C.C.). Publíquense edictos por el término de ley en el BOLETIN OFICIAL y en el transparente habilitado a tal efecto en la forma prescripta por el Art. 67 del C.P.C.C., reformado por Ley 11.287. Expte. Nº 736/14. (Fdo.: Dra. Agueda M. Orsaria (Jueza); Dra. Melisa Peretti (Secretaria). Secretaría, Villa Constitución.
$ 45 319995 Abr. 17 Abr. 19
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Por disposición de la Sra. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la Segunda Nominación de Villa Constitución, Dra. Griselda Ferrari, Secretaría Dr. Mauro Bonato, dentro de los autos caratulados: LUCHESI YOLI y Otro. s/Sucesión; Expte. 123/2016, se cita a los herederos, acreedores, y/o legatarios de don Ramón Ricardo Soulos D.N.I. 6.143.850 y de doña Yoli Luchesi L.C. 0.911.970, por treinta días para que comparezcan ante este Tribunal a hacer valer sus derechos. Secretaría, 20 de Marzo de 2017. Mauro Bonato, secretario.
$ 45 319990 Abr. 17 Abr. 28
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Por disposición del Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 14 en lo Civil, Comercial y Laboral de la 1° Nominación de Villa Constitución, dentro de los caratulados MANSILLA JUAN JOSÉ s/Declaratoria de Herederos - Sucesión; Expte. N° 883/16, se cita a los herederos, acreedores y/o legatarios de JUAN JOSÉ MANSILLA por treinta días para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Secretaria, Villa Constitución, 03 de Abril de 2017. Dra. Melisa Peretti, Secretaria Subrogante.
$ 45 319991 Abr. 17 Abr. 28
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Por disposición del juzgado de 2da Instancia de Distrito Nº 14 en lo Civil, Comercial y Laboral de la 1ª. Nominación de Villa Constitución, a cargo de la Dra. Griselda Ferrari (Jueza) Dr. Mauro R. Bonato (Secretario), se cita, se llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de los causantes Don ROMÁN CAYETANO CAMPAGNARO y/o ROMÁN C. CAMPAGNARO y Doña LAURINA ANTONIA CAPODIMONTE y/o LAURINA ANTONIA CAPODIMONTI y/o LAURINA A. CAPODIMONTI, para que en el término de treinta días y bajo apercibimientos de ley, comparezcan a este Tribunal para hacer valer sus derechos en los autos caratulados CAMPAGNARO ROMÁN C. y Otro S/DECLARATORIA DE HEREDEROS, Expte. Nº 639/2015.- Lo que se pública a sus efectos.- Villa Constitución, 28 de Marzo de 2017. Mauro R. Bonato. Secretario.
$ 45 319994 Abr. 17 Abr. 28
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El Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Civil, Comercial y Laboral de la 1° Nom. de Villa Constitución, llama a los herederos, acreedores y/o legatarios de Doña NILDA MARÍA VUCETIC, D.N.I. Nº 04.401.644, por Treinta (30) días para que comparezcan ante este Tribunal a hacer valer sus derechos.- (Expte. Nº 32/17, VUCETIC NILDA MARÍA s/ DECLARATORIA DE HEREDEROS Y/O SUCESIÓN). Secretaria, 5 de Abril de 2017. Dra. Melisa Peretti, Secretaria Subrogante.
$ 45 319992 Abr. 17 Abr. 28
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El Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la 2ª. Nominación, cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores, legatarios y/o quienes se consideren con el derecho a los bienes dejados por el fallecimiento de la causante ANGELA HERMINIA FORCONESI, por cinco días para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Publíquese edicto por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL y en el transparente habilitado a tal efecto. Villa Constitución, 14 de marzo de 2017. Dra. Griselda Ferrari, Juez - Dr. Mauro Bonatto Secretario.-
$ 45 319993 Abr. 17 Abr. 28
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RUFINO
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y del Trabajo de Distrito Nº 9 de Rufino 3ª. Circunscripción Judicial, a cargo del Dr. Luis Alberto Cignoli - Juez, Secretaria del Dra. Luciana P. Parenti, en autos caratulados: PRINCIPE SANTIAGO ENRIQUE c/BINOSI, JOVITA Y/O OTROS s/JUICIO DE ESCRITURACIÓN (Expte. 494/2012), se ha Resuelto: “Rufino, 08 de Febrero de 2017. Nº 68. Y VISTOS:...RESULTA:....Y CONSIDERANDO:...FALLO: 1°) Rechazar la excepción de falta de acción y prescripción con costas a su orden; 2°) Haciendo lugar a la demanda y en consecuencia condenar a la parte demandada para que en el término de 10 días de notificada la presente -a través de edictos-, proceda a extender la escritura traslativa de dominio de la propiedad identificada como LOTE 15, inscripto el dominio en el Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario el 29.nov.1973 al Tomo 290, Folio 469, N° 172.786, Dpto. General López, Pcia de Santa Fe. A favor del actor, bajo apercibimiento de ley; 3°) Imponer las costas al demandado con las salvedades expuestas en los considerandos; 4°) Diferir la regulación de honorarios de los profesionales intervinientes hasta tanto sea practicada la planilla definitiva en autos. Insértese, agréguese copia en autos y hágase saber.- (Expte. Nº 494/2012).- Fdo. Dr. Luis A. Cignoli, Juez - Dra. Luciana P. Parenti, Secretaria Subrogante. Rufino, 29 de marzo de 2017.
$ 33 320072 Abr. 17 Abr. 21
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Por disposición del Señor Juez de primera Instancia en lo Civil, Comercial y del Trabajo de Distrito Nº 9 de Rufino, Provincia de Santa Fe, la Secretaría que suscribe cita, llama y emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y a todos cuanto consideren con derecho sobre los bienes de la herencia de la Sra. SILVIA MARÍA LEGUIZAMON, para que dentro del término y bajo apercibimientos de ley comparezcan ante este Tribunal a hacer valer sus derechos.- Fdo.: Dr. Luis Alberto Cignoli (Juez) – Dra. Luciana P. Parenti (Secretaria Subrogante).- Rufino, 28 de Marzo de 2017.
$ 45 320075 Abr. 17 Abr. 21
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MELINCUE
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del Distrito N° 8 de Melincué, el Secretario que suscribe cita a los herederos, legatarios y acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes del causante don INDALECIO CESARIO ROMERO por un días, para que comparezcan ante este Tribunal a hacer valer sus derechos.- Autos: ROMERO, INDALECIO CESARIO s/SUCESIÓN, (Expte. N° 294-2017).- Melincué, 05 de Abril de 2017.- Dr. Leandro Carozzo, Secretario.
$ 45 319954 Abr. 17
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Por disposición del Sr. Juez de Primera instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y del Trabajo de Melincué, Dra. Analía M. Irrazabal (Juez), Secretaría del Dr. Leandro Carozzo que suscribe, se cita, llama y emplaza a herederos, legatarios y acreedores de Don MANTEÑA SANTIAGO L.E. 2.265.480 y de Doña DOMÍNGUEZ CELINA L.C. 5.857.272 para que dentro del término de ley comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos.- Melincué, 09 de marzo de 2017. Dr. Leandro Carozzo, Secretario.
$ 45 319996 Abr. 17 Abr. 21
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