JUZGADO LABORAL
Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Laboral de la Primera Nominación, Distrito Judicial Nro. 1 de la ciudad de Santa Fe, se cita y emplaza a los herederos del Sr. Sánchez, José Luis, DNI 6.247.719, a comparecer a estar a derecho, bajo apercibimiento de rebeldía. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL conforme a lo dispuesto en el Art. 45 CPL y 597 del CPC y C. Corresponde a los autos caratulados: PEREZ, RENE ANTONIO c/SANCHEZ, JOSE LUIS s/Cobro de Pesos - Rubros Laborales; (CUIJ 21-04765646-7). Santa Fe, 3 de Abril de 2017. Anibal M. López, Secretario.
S/C 320043 Abr. 17 Abr. 19
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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 11ra. Nominación de Santa Fe y para los autos caratulados: “BERRON, RAQUEL DE LOURDES s/Declaratoria de herederos”, Expte. CUIJ Nro. 21-01983-453-8 año 2017, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Raquel de Lourdes Berron, D.N.I. Nº 5.598.657, para que se presenten a hacer valer, sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Se publica en el BOLETIN OFICIAL y se exhibe en puertas del Juzgado. Santa Fe, 11 de Abril de 2017. Dra. Hrycuk, Secretaria.
$ 45 320453 Abr. 17
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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial N° 1 en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados Expte. CUIJ 2101978370-4 - Año 2016; FRANCIA, RAQUEL ANGÉLICA s/Sumaria Información, se hace saber la iniciación de éstos actuados, a los efectos de acreditar que el último Domicilio de la causante Raquel Angélica Francia, DNI F 1.532.170, lo era en calle San Martín 2693, 4to. Piso, Departamento “A”, de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL con jurisdicción en la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, por el término de ley. Firmado: Dr. Luciano Pagliano, Juez; Dr. Jorge Gómez, Secretario. Santa Fe, 28 de Marzo de 2017.
$ 33 319968 Abr. 17 Abr. 19
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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Distrito N° 1 en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación de Santa Fe, se hace saber que en los autos CUIJ 21-01965390-8; SEGOVIA, LAUTARO NAHUEL GABRIEL s/Solicitud Propia Quiebra, se ha dispuesto publicar edictos (por dos (2) días, conforme a las normas vigentes), informando que se ha presentado el Proyecto de Distribución previsto en el Art. 218 de la Ley Nº 24.522 y que se han regulados los honorarios del Síndico C.P.N. Néstor Eduardo Amut en la suma de $ 34.289,31 y del Dr. Alejandro Agustín González en la suma de $ 14.695,42. Santa Fe, 5 de Abril de 2017. Pablo Silvestrini, secretario subrogante.
$ 45 320011 Abr. 17 Abr. 18
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Por disposición del Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los Autos caratulados CASTRO FIDEL HORACIO s/Quiebra 21-01955040-8, en la fecha 06 de Marzo de 2017, la señora Jueza a resuelto lo siguiente: Santa Fe, 06 de Marzo de 2017. Agréguese. De manifiesto por el término de ley el proyecto de distribución efectuado por Sindicatura. Atento a lo previsto por el Art. 218 LCQ, publíquense edictos por el término de ley en el BOLETIN OFICIAL y hall de Tribunales. Notifíquese. Firmado. Dra. Viviana Marín, Jueza; Daniel R. Maurutto, Secretario.
S/C 320076 Abr. 17 Abr. 21
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Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados TOTTEREAU, LUIS RUBEN s/Solicitud Propia Quiebra; (CUIJ Nº 21-01983666-2), atento lo ordenado en fecha 14 de Marzo de 2017, se ha dispuesto publicar el presente de conformidad con el Art. 89 de la ley 24.522, haciendo saber que: 1º) Se ha declarado la quiebra de Luis Rubén Torrereau, D.N.I. N° 28.855.724, de apellido materno Romero. 2°) Se ordena al fallido y a terceros la entrega al síndico de los bienes de pertenencia del primero, y se intima al deudor para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas de que aquel acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad. 3º) Se ordena la prohibición de hacer pagos al fallido, bajo el apercibimiento de ser ineficaces. 4°) Se ha fijado hasta el 16 de Mayo de 2017 la fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación. 5°) Se ha designado síndico al C.P.N. Cristian Guillermo Cuello, con domicilio en calle Monseñor Zaspe N° 2770, Plana Baja, de esta ciudad. Fdo: Dra. Viviana Marin, Jueza; Dr. Daniel R. Maurutto, Secretario. Lo que se publica es a los efectos legales. Publíquense edictos por el término de cinco días en el BOLETIN OFICIAL, sin cargo (Art. 89 ley 24522). Santa Fe, 5 de Abril de 2017. Daniel Maurutto, secretario.
S/C 319978 Abr. 17 Abr. 21
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Por orden del señor Juez de Primera Instancia de Distrito N° 1, Civil y Comercial de la Primera Nominación de esta ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, se notifica que el día 07.03.2017, se ha declarado abierto el concurso preventivo de DISTRIBUIDORA IDEAL S.R.L., con domicilio social en Corrientes N° 2448 de esta ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, habiéndose fijado el día 10.05.2017 como fecha hasta la cual quienes se consideren acreedores de la concursada, presenten sus pedidos de verificación de sus créditos al Síndico; los días 28.06.2017 y 25.08.2017, para que el Síndico presente los Informes Individual y General, respectivamente y el día 08.03.2018 a las 11.00 horas para celebrar la audiencia informativa. Además, se informa que la concursada solicitó la formación y apertura del concurso preventivo el día 20.12.2017, habiendo sido designado Síndico el C.P.N. Alfio Martín Re, quien constituyó domicilio en calle San Martín N° 3464 de esta ciudad. Santa Fe, 6 de Abril de 2017. Daniel Maurutto, secretario.
S/C 319975 Abr. 17 Abr. 21
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Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados TOTTEREAU, LUIS RUBEN s/Solicitud Propia Quiebra; (CUIJ Nº 21-01983666-2), atento lo ordenado en fecha 14 de Marzo de 2017, se ha dispuesto publicar el presente de conformidad con el Art. 89 de la ley 24.522, haciendo saber que: 1°) Se ha declarado la quiebra de Luis Rubén Tottereau, D.N.I. N° 28.855.724, de apellido materno Romero. 2°) Se ordena al fallido y a terceros la entrega al síndico de los bienes de pertenencia del primero, y se intima al deudor para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas de que aquel acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad. 3°) Se ordena la prohibición de hacer pagos al fallido, bajo el apercibimiento de ser ineficaces. 4°) Se ha fijado hasta el 16 de Mayo de 2017 la fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación. 5°) Se ha designado síndico al C.P.N. Cristian Guillermo Cuello, con domicilio en calle Monseñor Zaspe Nº 2770, Plana Baja, de esta ciudad. Fdo: Dra. Viviana Marin, Jueza; Dr. Daniel R. Maurutto, Secretario. Lo que se publica es a los efectos legales. Publíquense edictos por el término de cinco días en el BOLETIN OFICIAL sin cargo (Art. 89 ley 24522). Santa Fe, 5 de Abril de 2017. Daniel Maurutto, secretario.
S/C 319977 Abr. 17 Abr. 21
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Por disposición del Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de la ciudad de Santa Fe, se ha dictado en autos KOCH LUCAS DANIEL s/Quiebra; CUIJ 21-01979178-2, la siguiente resolución: Santa Fe, 5 de Abril de 2017; Visto:... Resulta:... Considerando:... Resuelvo: 1- Declarar la quiebra de Daniel Lucas Koch, DNI 31.610.296, con domicilio real en calle Chubut N° 7049, y domicilio legal en calle Regimiento 12 de Caballería N° 970, ambos de la ciudad de Santa Fe. 5- Ordenar a los terceros que tengan en su poder bienes y documentos del fallido para que los entreguen al síndico. 6- Intimar al fallido para que dentro de las veinticuatro horas de aceptado el cargo por el Síndico, ponga sus bienes a disposición del funcionamiento concursal. A esos efectos, líbrese mandamiento al Sr. Oficial de Justicia para que se haga efectiva la medida (Art. 117 inc. 2°). 7- Prohibir hacer pagos al fallido, reputándose ineficaces aquéllos que hiciera. 10- Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista correspondiente a la categoría “B” para el día 19 de Abril de 2.017 a las 10.00 horas. 11- Fijar el día 09 de Junio de 2017 como fecha hasta la cual los acreedores deben presentar al Síndico las solicitudes de verificación de créditos, así como los títulos pertinentes (Art. 32 Ley 24522). 12- Fijar el día 27 de Junio de 2017 como fecha hasta la cual el fallido y los acreedores podrán formular por escrito las impugnaciones a las solicitudes formuladas. 13- Señalar el día 07 de Agosto de 2017 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito (Art. 35 ley 24522) y el 19 de Septiembre de 2.017 para la presentación del Informe General (Art. 39 Ley 24522). 17- Ordenar la publicación de edictos durante cinco días en el BOLETIN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe, de acuerdo a lo normado por el Art. 89 de la Ley 24522. Fdo: Dr. Gabriel O. Abad (Juez); Dra. Mariana Nelli (Secretaria).
S/C 320025 Abr. 17 Abr. 21
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Por así estar dispuesto en los autos LECUMBERRI, OLGA YONE s/Quiebra; (Expte. Nº 21-01977795-9) la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación, Dra. Beatriz Forno de Piedrabuena, ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, 31 de Marzo de 2017.Autos y Vistos:...; Considerando:...; Resuelvo: 1) Declarar la quiebra de Olga Yone Lecumberri, apellido materno Campos, argentina, D.N.I. Nº 9.998.637, CUIL N° 27-09998637-4, mayor de edad, jubilada, con domicilio real en Laprida 4789 -Planta Alta-, y legal en calle Güemes 3171, ambos de esta ciudad de Santa Fe. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes del fallido y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar a la fallida y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 4) Intimar a la deudora para que cumplimente los requisitos a que refiere el Art. 86 L.C. 5) Intimar a la deudora para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 6) Disponer la prohibición de hacer pagos a la fallida los que serán ineficaces. 7) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia de la fallida y su entrega al Síndico. 8) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del Art. 103 L.C.Q. 9) Disponer que el inventario que prevé el inc. (10) del Art. 88 L.C.Q., se efectúe por el Sr. Oficial de Justicia al momento de efectuarse la entrega de los bienes al Síndico según lo dispuesto en el pto. 13) de la presente. 10) Diferir el modo de realización de los bienes, para luego de producida la incautación. 11) Intimar al fallido para que dentro de las cuarenta y ocho horas constituya domicilio procesal en el lugar de tramitación del juicio, con apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del Juzgado. 12) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría “B”, para el día 5/04/2017 a las 10.00 hs. 13) Disponer la inmediata incautación de los bienes del fallido por medio del Sr. Oficial de Justicia ó Juez Comunal correspondiente, a cuyo fin se librará el mandamiento y/o oficio respectivo, quien deberá hacer entrega de los bienes al Síndico en la forma prevista por el inc. 2) del Art. 177 L.C.Q. Asimismo, se librará oficio a la empleadora a los fines de que proceda a suspender la aplicación de códigos de descuentos, en las remuneraciones afectables que percibe el mismo, por el pago de deudas anteriores a la declaración de quiebra debiendo retener en concepto de incautación, el 20% de tales remuneraciones y depositarse los importes resultantes en una cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Sucursal Tribunales- para estos autos y a la orden del Juzgado, oficiándose a sus efectos. Asimismo, se oficiará, en su caso, a la entidad bancaria pertinente, a los fines de que, de existir, cese los débitos automáticos correspondientes a deudas contraidas con anterioridad a la fecha de declaración de la presente quiebra. Hágase saber a la empleadora y al banco correspondientes que la retención en concepto de incautación durará un año contado a partir de la fecha del primer depósito, debiendo cesar automáticamente cumplido que sea el plazo indicado, salvo comunicación expresa del Juez de la quiebra en sentido contrario. Encomiéndase a la Sindicatura su inmediato diligenciamiento. 14) Fijar el día 24/05/2017, como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. A tal fin, se fija el arancel previsto en la ley 27.170, en el 10% del salario mínimo, vital y móvil, excluyéndose del mismo a los créditos de causa laboral, y a los equivalentes a menos de tres salarios mínimos, vitales y móviles. 15) Fijar el día 08/06/2017 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 16) Señalar el día 07/07/2017 como fecha hasta la cual Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 04/09/2017 para la presentación del Informe General. 17) Requiérase informes a las Mesas de Entradas Unica de Distrito, Circuito, Laboral, Tribunales Colegiados Extracontractual y Juzgados Federales sobre la radicación de causas contra el fallido, a sus efectos ofíciese. Fecho: exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra la fallida a los fines previstos y con las excepciones contempladas por los Art. 132 y por su remisión el Art. 21 ambos de la L.C.Q. Ordenar que, por Secretaria, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 18) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el Art. 89 L.C.Q en el BOLETIN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. 19) Notifíquese a la Administración Provincial de Impuestos y al Registro de Proveedores de la Provincia de Santa Fe. 20) Encomendar al Síndico la tarea de librar, firmar y diligenciar toda cédula u oficio que sea menester a fin de cumplimentar las comunicaciones dispuestas en la presente resolución, de conformidad con las facultades que así le confiere el Art. 275 inc. 1 y 2 LCQ., con las únicas excepciones allí dispuestas. Insértese el original. Agréguese copia. Notifíquese. Fdo: Beatriz Forno de Piedrabuena, Jueza; Viviana Naveda Marcó, Secretaria. Conste: Que en la audiencia realizada el día 5 de Abril de 2017 para sorteo de Síndico, en estos autos resultó designada Síndica la C.P.N. Kofman, Judit con domicilio en calle Corrientes 3265 - Piso 13 - Depto. “D” de esta ciudad. Viviana Naveda Marcó, Secretaria.
S/C 320021 Abr. 17 Abr. 21
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Por así estar dispuesto en los autos FERNANDEZ, SILVIA LEONOR s/Quiebra; (Expte. N° 21-01983270-5) la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación, Dra. Beatriz Forno de Piedrabuena, ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, 31 de Marzo de 2017. Autos y Vistos:...; Considerando:...; Resuelvo: 1) Declarar la quiebra de Silvia Leonor Fernández, apellido materno Ferré, argentina, D.N.I. N° 20.319.829, CUIL N° 27-20319829-4, mayor de edad, empleada, con domicilio real en Ayacucho 6045, y legal en calle Corrientes 2733, ambos de esta ciudad de Santa Fe. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes del fallido y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar a la fallida y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 4) Intimar a la deudora para que cumplimente los requisitos a que refiere el Art. 86 L.C. 5) Intimar a la deudora para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 6) Disponer la prohibición de hacer pagos a la fallida los que serán ineficaces. 7) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia de la fallida y su entrega al Síndico. 8) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del Art. 103 L.C.Q. 9) Disponer que el inventario que prevé el inc. 10) del Art. 88 L.C.Q. se efectúe por el Sr. Oficial de Justicia al momento de efectuarse la entrega de los bienes al Síndico según lo dispuesto en el pto. 13) de la presente. 10) Diferir el modo de realización de los bienes, para luego de producida la incautación. 11) Intimar al fallido para que dentro de las cuarenta y ocho horas constituya domicilio procesal en el lugar de tramitación del juicio, con apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del Juzgado. 12) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría “B”, para el día 5/04/2017 a las 10.00 hs. 13) Disponer la inmediata incautación de los bienes del fallido por medio del Sr. Oficial de Justicia ó Juez Comunal correspondiente, a cuyo fin se librará el mandamiento y/o oficio respectivo, quien deberá hacer entrega de los bienes al Síndico en la forma prevista por el inc. 2) del Art. 177 L.C.Q. Asimismo, se librará oficio a la empleadora a los fines de que proceda a suspender la aplicación de códigos de descuentos, en las remuneraciones afectables que percibe el mismo, por el pago de deudas anteriores a la declaración de quiebra debiendo retener en concepto de incautación, el 20% de tales remuneraciones y depositarse los importes resultantes en una cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Sucursal Tribunales- para estos autos y a la orden del Juzgado, oficiándose a sus efectos. Asimismo, se oficiará, en su caso, a la entidad bancaria pertinente, a los fines de que, de existir, cese los débitos automáticos correspondientes a deudas contraídas con anterioridad a la fecha de declaración de la presente quiebra. Hágase saber a la empleadora y al banco correspondientes que la retención en concepto de incautación durará un año contado a partir de la fecha del primer depósito, debiendo cesar automáticamente cumplido que sea el plazo indicado, salvo comunicación expresa del Juez de la quiebra en sentido contrario. Encomiéndase a la Sindicatura su inmediato diligenciamiento. 14) Fijar el día 24/05/2017, como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos asi como los títulos pertinentes. A tal fin, se fija el arancel previsto en la ley 27.170, en el 10% del salario mínimo, vital y móvil, excluyéndose del mismo a los créditos de causa laboral, y a los equivalentes a menos de tres salarios mínimos, vitales y móviles. 15) Fijar el día 08/06/2017 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 16) Señalar el día 07/07/2017 como fecha hasta la cual Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 04/09/2017 para la presentación del Informe General. 17) Requiérase informes a las Mesas de Entradas Unica de Distrito, Circuito, Laboral, Tribunales Colegiados Extracontractual y Juzgados Federales sobre la radicación de causas contra el fallido, a sus efectos ofíciese. Fecho: exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra la fallida a los fines previstos y con las excepciones contempladas por los Art. 132 y por su remisión el Art. 21 ambos de la L.C.Q. Ordenar que, por Secretaría, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 18) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el Art. 89 L.C.Q en el BOLETIN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. 19) Notifíquese a la Administración Provincial de Impuestos y al Registro de Proveedores de la Provincia de Santa Fe. 20) Encomendar al Síndico la tarea de librar, firmar y diligenciar toda cédula u oficio que sea menester a fin de cumplimentar las comunicaciones dispuestas en la presente resolución, de conformidad con las facultades que así le confiere el Art. 275 inc. 1 y 2 LCQ., con las únicas excepciones allí dispuestas. Insértese el original. Agréguese copia. Notifíquese. Fdo: Beatriz Forno de Piedrabuena, Jueza; Viviana Naveda Marcó, Secretaria. Conste: Que en la audiencia realizada el día 5 de Abril de 2017 para sorteo de Síndico, en estos autos resultó designada Síndica la C.P.N. Maldonado, Marcela Beatriz con domicilio en calle Vieytes 2231 de esta ciudad. Viviana Naveda Marcó, Secretaria.
S/C 320019 Abr. 17 Abr. 21
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Por disposición del Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de la ciudad de Santa Fe se ha dictado en autos ESCOBAR RUTH DAIANA s/Quiebra - (Expte. CUIJ Nº 21-01984000-7) - Año 2017, la siguiente resolución: Santa Fe, 6 de Abril de 2017; Visto:... Resulta:... Considerando:... Resuelvo: 1- Declarar la quiebra de Ruth Daiana Escobar DNI N° 37.194.277, con domicilio en calle Giaccino 3577 de esta ciudad y domicilio legal en calle 3 de Febrero 2950 de esta ciudad. 5- Ordenar a los terceros que tengan en su poder bienes y documentos de la fallida para que los entreguen al Síndico. 6- Intimar a la fallida para que dentro de las veinticuatro horas de aceptado el cargo por el Síndico, ponga sus bienes a disposición del funcionario falencial. A esos efectos, líbrese mandamiento al señor Oficial de Justicia para que se haga efectiva la medida (Art. 177, inc. 2, LCQ).7- Prohibir hacer pagos a la fallida, reputándose ineficaces aquéllos que hiciera. 10- Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista correspondiente a la categoría “B” para el día 19 de Abril 2017 a las 10.00 horas. 11- Fijar el día 09 de Junio de 2017 como fecha hasta la cual los acreedores deben presentar al Síndico las solicitudes de verificación de créditos, así como los títulos pertinentes (Art. 32 ley 24522). 12- Fijar el día 27 de Junio de 2017 como fecha hasta la cual la fallida y los acreedores podrán formular por escrito las impugnaciones a las solicitudes formuladas. 13- Señalar el día 07 de Agosto de 2017 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito (Art. 35 Ley 24522) y el 19 de Septiembre de 2017 para la presentación del Informe General (Art. 39 Ley 24522). 17- Ordenar la publicación de edictos durante cinco días en el BOLETIN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe, de acuerdo a lo normado por el Art. 89 de la ley 24522. Hágase saber, insértese, expídase copias para los autos principales y el legajo pertinente -Art. 279 Ley 24522- líbrense los mandamientos, oficios y exhortos ordenados y practíquense comunicaciones a la Administración Provincial de Impuestos y al Consejo Profesional de Ciencias Económicas (acordada N° 195, punto 2° de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe del 10/11/86). Fdo: Dr. Gabriel O. Abad (Juez); Dra. Mariana Nelli (Secretaria).
S/C 320023 Abr. 17 Abr. 21
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Por disposición de la Jueza de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Undécima Nominación de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados MAGLIANESI, SERGIO MANUEL s/Quiebra; (Expte. 21-01983513-5), se ha resuelto lo siguiente: Santa Fe, 07 de Abril de 2017: 1) Declarar, a su propio pedido, Sergio Manuel Maglianesi, DNI 16.400.498, argentino, mayor de edad, jubilado, domiciliado en calle Fonavi Don Bosco, Monoblock G, primer piso, departamento 260 de la ciudad de Santa Fe, y con domicilio ad litem constituido en calle 25 de Mayo 2423 de la ciudad de Santa Fe. 3) Disponer como fecha para que tenga lugar el sorteo de un Contador Público Nacional que actuará como Síndico el día 12 de Abril de 2017 a las 10 horas. 5) Prohibir hacer pagos al fallido, bajo apercibimientos de ser éstos ineficaces. 10) Fijar el día 24 de Mayo de 2017 como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar las peticiones de verificación de sus créditos al Síndico. 11) Fijar el día 07 de Julio de 2017 como fecha en que la Sindicatura deberá presentar el informe individual de los créditos y el 18 de Agosto de 2017 para que presente el informe general. 13) Disponer la publicación de edictos en el BOLETIN OFICIAL, dentro de las veinticuatro horas y en la forma prevista por el Art. 89 de la Ley 24.522, computándose el plazo que tiene el deudora para ello desde el día de notificación posterior a la aceptación del cargo por el Síndico, dado que los edictos deberán contener su nombre y domicilio. Fdo. Ana Rosa Alvarez, Jueza; Marina A. Borsotti Secretario. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y de acuerdo a la Ley 11827, en el lugar habilitado por la CSJP en el Palacio de Tribunales. Santa Fe, 07 de Abril de 2017. Marina A. Borsotti, prosecretaria.
S/C 319988 Abr. 17 Abr. 21
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Por estar así dispuesto en los autos caratulados AGUIRRE, CRISTIAN GERMAN s/Quiebra; (CUIJ 21-00870814-9) que se tramitan ante el Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, se ha resuelto lo siguiente: Santa Fe, 23 de Marzo de 2017. Agréguese el informe final y proyecto de distribución presentado por la Sindicatura. A disposición de los interesados. Publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL y lugar designado por la CSJ. Notifíquese. Firmado: Dr. Claudio Bermudez (Juez) - Dra. María Alfonsina Pacor Alonso (Secretaria). Santa Fe, 4 de Abril de 2017.
S/C 320027 Abr. 17 Abr. 18
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Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nº 18 en lo Civil, Comercial y Laboral, de la ciudad de San Justo, se hace saber que en los autos: DIAZ, PABLO FERNANDO s/Quiebra; (Expte. Nº 27 - Año 2017), se ha dispuesto: 1: Disponer la apertura de la quiebra de Pablo Fernando Díaz, D.N.I. Nº 27.521.509, con domicilio en calle Independencia Nº 1140 de la localidad de Gobernador Crespo y a los efectos legales en calle Iriondo N° 2190 de esta ciudad de San Justo, provincia de Santa Fe. 3) Ordenar al fallido y a terceros la entrega al Síndico de los bienes de pertenencia del primero. Intimar al deudor para: a) que entregue a Sindicatura, dentro de las veinticuatro horas de que aquel acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad; b) que cumpla con los requisitos del artículo 86 Ley 24.522 en el plazo de ley. 4) Ordenar la prohibición de hacer pagos al fallido, bajo el apercibimiento de ser ineficaces, excepto salario con las especificaciones del párrafo. 12) Disponer la intercepción de la correspondencia, la que será entregada al Síndico a los efectos del artículo 114 de la ley 24.522. 8) Fijar hasta el día 15 de Mayo de 2017 la fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos pertinentes al Síndico, en la forma establecida en el artículo 200. El día siguiente hábil al vencimiento del plazo, la Sindicatura presentará la lista de los peticionantes, y copia simple de la demanda verificatoria. Firmado: Dra. Laura Alessio, Juez; Dra. Maria Alejandra Gioda, Secretaria. Secretaría, 06 de Abril de 2017.
S/C 319966 Abr. 17 Abr. 21
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Por disposición del Sr. Juez de 1ra. Instancia de Distrito N° 19 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de Esperanza, Santa Fe, en los autos caratulados FOOS, ESTELA GUILLERMINA s/Sucesorio; Expte. N° 1189/2016, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de la causante, Sra. Estela Guillermina Foos, DNI N° 3.696.798, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y espacio destinado a tal fin. Esperanza, 15 de Marzo de 2017. Julia Fascendini, prosecretaria.
$ 45 320035 Abr. 17
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Por disposición de la señora Juez de Primera Instancia de Distrito N° 17 en lo Civil, Comercial y Laboral, en autos CULACIATTI ANTONIO C. c/URDANIZ LUIS Y OTROS s/Usucapión; (Expte. N° 907/2016), se ha ordenado: Villa Ocampo, 27 de Marzo de 2017. Haciendo efectivos los apercibimientos oportunamente decretados, declarase rebelde a los demandados. Fdo. Dr. María Isabel Arroyo, Juez; Dr. Gastón Germán Caglia, Secretario. Villa Ocampo, 4 de Marzo de 2017. Se publicará tres veces en cinco días.
$ 45 319980 Abr. 17 Abr. 21
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Por disposición de la Sra. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación de Santa Fe, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de la Sr. Marcelino Joaquín Giordanino LE 2.437.700; y de la Sra. María Catalina Monasterolo LC 6.318.488, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimiento legal (autos GIORDANINO, MARCELINO JOAQUÍN Y OTROS s/Sucesorio; (Expte. CUIJ Nº 21-01967093-4, Año 2015). Se publicará en el BOLETIN OFICIAL y se exhibirá en el hall de planta baja de Tribunales. Fdo. Dr. Bermudez, Juez; Dra. Pacor Alonso, Secretaria. Santa Fe, 27 de Marzo de 2017.
$ 45 319973 Abr. 17 Abr. 21
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial de la Undécima nominación de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados: AYALA, EDUARDO IGNACIO s/Sucesorio; (CUIJ 21-01983875-4), se cita, llama y emplaza a los herederos, legatarios y/o acreedores del causante: Eduardo Ignacio Ayala, DNI Nº 6.083.208, de apellido materno Copponi, para que comparezcan a hacer valer sus derechos por el término y bajo apercibimientos de ley. Santa Fe, 6 de Abril de 2017. Marina A. Bassotti, prosecretaria.
% 45 320004 Abr. 17 Abr. 21
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial 11 Nominación de Santa Fe, en los autos ABALO RUBEN RAMON s/Sucesorio; (Expte. CUIJ Nº 21-01984011-2), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante don Abalo Rubén Ramón, DNI Nº 8.500.489, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y Sede Judicial (Conf. Art. 67 del C.P.C.C. Ref. Ley 11287). Fdo. Dra. Ana Rosa Alvarez, Juez; Dr. Walter Eduardo Hrycuk, Secretario. Santa Fe, 3 de Abril de 2017. Marina A. Bossotti, prosecretaria.
$ 45 320046 Abr. 17 Abr. 21
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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 11va Nominación de la Ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados “Folador Juan José s/Sucesorio”, CUIJ N° 21-01977203-6, se ha dispuesto citar y emplazar durante cinco veces en diez días, a todos los herederos, acreedores y/o legatarios del Señor FOLADOR JUAN JOSÉ, L.C. Nº 4.157.679, para que dentro del término y bajo apercibimientos de ley comparezca a hacer valer sus derechos en ésta causa. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de ley referido ut supra. Santa Fe, 5 de Abril de 2017. Marina A. Borsotti, Prosecretaria.
$ 45 320009 Ab. 17 Ab. 21
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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 8ª Nominación, en los autos “QUINTANA, PIO FRANCISCO SOLANO y Otros s/Sucesorio” CUIJ 21-01977811-5 se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de los señores Pío Francisco Solano Quintana, D.N.I. 6.211.003, Antonia Josefa Córdoba, D.N.I. 1.720.224 para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL de conformidad con lo dispuesto en la ley 11.287. Santa Fe 29 de Noviembre de 2016 Proveyendo escrito cargo N° 12576: Agréguese. Estando acreditado el fallecimiento de Pío Francisco Solano Quintana y Antonia Josefa Córdoba con las partidas de defunción acompañadas, téngase por iniciada Declaratoria de Herederos Líbrese comunicación al Registro de Procesos Universales y dese intervención a los Ministerios Públicos. Recábense los informes previstos por la Caja de Asistencia Social, por la Administración Provincial de Impuestos y por el Registro de Actos de Última Voluntad. A sus efectos ofíciese. Publíquense edictos por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL (art. 67 CPC y C. modificado por ley 11.287) y exhíbase en el hall de Tribunales en el lugar dispuesto por la Corte Suprema de Justicia. Asimismo, en los términos del artículo 2340 del Código Civil y Comercial, manifieste el peticionante si concurren otros herederos a la presente sucesión. Notifíquese. Dr. Abad Juez. Dra. Nelli, secretaria. 03 de Marzo de 2017. María Soledad Priu Mántaras, Prosecretaria.
$ 45 320050 Ab. 17
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Por Disposición del señor Juez de Primera Instancia de Distrito, Civil y Comercial de la 6ta. Nominación de Santa Fe, en los autos caratulados: PAMATER, Miguel Oreste Ex. CUIJ 21-00934232-7/1994, y su acumulado “SEDRAN, Bruna Rosa s/sucesorio”, expte. 21-01982473-7/2016, se llama, cita y emplaza, a todos aquellos que se consideren con derecho a los bienes quedados por fallecimiento de BRUNA ROSA SEDRAN, DNI 93.494.516, ocurrida en Santa Fe, el día 4 de diciembre de 2016, para que en el término de ley los hagan valer. Secretaria, 04 de abril de 2017. Pablo C. Silvestrini, secretario subrogante.
$ 45 320063 Ab. 17 Ab. 21
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Por disposición del Juez a cargo del Juzgado de Primera instancia de Distrito en lo civil y comercial de la Tercera Nominación de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe en autos caratulados: “MONDINO HUGO LEONARDO s/SUCESORIO” (CUIJ: 21-01978120-5) se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del Sr. Mondino Hugo Leonardo, LE: 06.273.243 para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y hall de Tribunales, Art. 2340 Código Civil y Comercial de la Nación” Fdo: Dra. Viviana Naveda Marcó- Secretaria; Dra. Beatriz Forno de Piedrabuena- Jueza. Santa Fe, 06 de Abril de 2017.
$ 45 320061 Ab. 17 Ab. 21
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Nro 1 en lo Civil y Comercial de la Décima Nominación de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, en autos caratulados “MACHENA EMETERIO MIGUEL s/SUCESORIO” (Cuij 21-01984019-8) se cita, llama y emplaza a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Sr. Machena Emeterio Miguel, DNI 3.243.137, fallecido en la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, el 21 de febrero de 2017, para que comparezcan a hacer valer sus derechos. Lo que se publica a los efectos legales en el BOLETÍN OFICIAL. Conforme ley 11.287 y Acuerdo Ordinario celebrado el 07/02/96. Acta Nº 3. Santa Fe, 6 de Abril de 2017. María Ester Noé de Ferro, secretaria.
$ 45 320052 Ab. 17 Ab. 21
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil de la Quinta Nominación, Santa Fe, en los autos “MACHUCA, MIGUEL ÁNGEL s/Declaratoria de Herederos” CUIJ-21-01982963-1; se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Miguel Ángel Machuca, Documento: de Identidad: DNI. M. 32.058.943; para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y en el Hall de Planta Baja del Tribunal (art. 67 CPC mod. por ley 11.287). Santa Fe, 31 de Marzo de 2017. Alicia Roteta, secretaria.
$ 45 320028 Ab. 17
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Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación de Santa Fe, en los autos caratulados:”SOTTOCORNO, OLGA EVA s/Sucesorio” (Expte. CUIJ Nº 21-01983670-0; año 2017), se cita, llama y emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y/o todos aquellos que se consideren con derechos a los bienes de la herencia de la causante Olga Eva Sottocorno, D.N.I. N° 6.089.338, para que comparezcan a hacer valerlos por el término ley y bajo apercibimientos de ley. Santa Fe, 31 de Marzo de 2017. Alicia Roteta, secretaria.
$ 45 320079 Ab. 17
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Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación de Santa Fe, en los autos caratulados:”SAVOIE, PABLO EUGENIO s/SUCESORIO” (Expte. CUIJ Nº 21-01982386-2; año 2016), se cita, llama y emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y/o todos aquellos que se consideren con derechos a los bienes de la herencia del causante Pablo Eugenio Savoie, D.N.I. N° 6.256.407, para que comparezcan a hacer Valerlos por el término ley y bajo apercibimientos de ley. Santa Fe, 03 de Abril de 2017. Pablo C. Silvestrini, secretario subrogante.
$ 45 320078 Ab. 17
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 7ma. Nominación, en los autos caratulados: SERENO, TERESA MATILDE s/Declaratoria de Herederos (cuij 21-01983373-6), se cita y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Doña Teresa Matilde Sereno, D.N.I. Nº 6.089.377 para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL Ley 11.287. Santa Fe, 05 de Abril de 2017. Lisandro Satzman, Prosecretario.
$ 45 320003 Ab. 17
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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 8ª Nominación de la ciudad de Santa Fe se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de don JOSÉ ALBERTO MONELLA (L.E. 6.239.714) para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Santa Fe, 5 de Abril de 2017. Dr. Gabriel O. Abad, Juez, Dra. Mariana Nelli, secretaria.
$ 45 320080 Ab. 17 Ab. 21
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de Santa Fe, se cita, llama y emplaza a los herederos, legatarios y acreedores de Horacio Antonio Volonte DNI Nº 11.178.064 para que en los autos caratulados “VOLONTE, HORACIO ANTONIO s/Sucesorio” Expte. CUIJ 21-01978147-7 Año 2016 que se tramitan por ante el Juzgado de referencia, comparezcan a hacer valer sus derechos, dentro del término y bajo los apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y hall de planta baja de tribunales de la ciudad de Santa Fe.
$ 45 319979 Ab. 17 Ab. 21
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TOSTADO
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito n° 15 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de Tostado, Dpto. 9 de Julio, Pcia. de Santa Fe, haciendo efectivos los apercibimientos decretados, declárese rebelde al demandado Sr. LEONARDO MARCELO GÓMEZ, en los autos CÍA. COMERCIAL S.R.L. c/GÓMEZ LEONARDO M. y Otro s/Ejecutivo. Expte. N° 363 Año 2014. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe y espacio destinado para tal fin. Tostado, 03 de Abril de 2017. Marcela A. Barrera, secretaria.
$ 33 319925 Ab. 17 Ab. 19
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SAN JORGE
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 11 en lo Civil, Comercial y Laboral de San Jorge (SF), en los autos caratulados “Delmastro Maximiliano Rodrigo c/Díaz, Amelia Eduarda s/Usucapión” Expte. Nº 38/2017, se hace saber que el Señor Juez, cita, llama y emplaza a AMELIA EDUARDA DÍAZ, DNI 6.322.290 y/o sus sucesores y/o sus legatarios y/o quien resulte jurídicamente propietarios del inmueble a usucapir, para que comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimientos de rebeldía. Inmueble a Usucapir, identificado con la partida inmobiliaria N° 12-15-00-172881/0000-0, sin inscripción dominial al Tomo 110 Impar Folio 506 N° 11689 del Registro de Propiedad de Santa Fe, ubicado en la ciudad de El Trébol, Departamento San Martín, Pcia. de Santa Fe. Lo que se publica en el BOLETÍN OFICIAL por el término de Ley. San Jorge, 10 de Marzo de 2017. Daniela Guadalupe Piazzo, secretaria.
$ 45 319345 Ab. 17 Ab. 21
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VERA
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Juzgado en lo Civil, Comercial y Laboral de la 2ª Nominación de la ciudad de Vera, Santa Fe, Secretaría a cargo de la Dra. Beatriz Deiber y conforme lo dispuesto en autos “BRUSCOLI, Liliana Rosana c/DAVALLE, Miguel Ángel s/divorcio vincular”, Expte. 476/15 se ha resuelto lo siguiente “Vera, 15 de diciembre de 2016.- … RESUELVO: Decretar el divorcio vincular de los cónyuges Miguel Ángel Davalle, DNI Nº 16.911.800 y Lilia Rosa Bruscoli, DNI Nº 20.146.621 matrimonio celebrado en Avellaneda, Departamento General Obligado, Provincia de Santa Fe, el día 15 de agosto de 2008, conforme Acta Nº 54, Tomo I, Año 2008 2.- Declarar disuelto el régimen de comunidad de ganancias el día 01 de marzo de 2012.- 3.- Hágase saber, insértese y resérvese el original. Fdo. Dr. Juan Manuel Rodrigo, Juez; Dra. Beatriz Deiber, Secretaria. Vera, 13 de febrero de 2017.-
S/C 319927 Ab. 17 Ab. 21
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Por disposición del Juzgado en lo Civil, Comercial y Laboral de la 2° Nominación de la ciudad de Vera, Santa Fe, Secretaría a cargo de la Dra. Beatriz Deiber y conforme lo dispuesto en autos “ROMERO, NILDA LUISA c/GODOY, LEANDRO ORESTES s/Divorcio Vincular”. Expte. 117/15 se ha dispuesto lo siguiente “Vera, 07 de febrero de 2017.- … RESUEVO: Decretar el divorcio vincular de los cónyuges Leonardo Orestes Godoy, DNI Nº 20.645.294 y Nilda Luisa Romero, DNI Nº 25.233.030 matrimonio celebrado en la localidad de Toba, Departamento Vera, Provincia de Santa Fe, el día 30 de septiembre de 1994, inscripto en el Registro del Estado Civil bajo el Acta Nº 1, Tomo I, Año 1994. 2.- Declarar disuelto el régimen de comunidad de ganancias al día 01 de marzo de 2006. Ofíciese a los fines de su inscripción al Registro Civil correspondiente. 3- Costa por su orden. Hágase saber, insértese y resérvese el original. Fdo. Dr. Juan Manuel Rodrigo, Juez; Dra. Beatriz Deiber, Secretaria. Vera, 08 de marzo de 2017.-
S/C 319928 Ab. 17 Ab. 21
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RAFAELA
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición de la Sra. Jueza de la Primera Instancia de Distrito nº 5 en lo Civil y Comercial Cuarta Nominación de la Ciudad de Rafaela; en los autos: “Expte. 1382/2016. GARCÍA, ANTONIO LEOPOLDO s/Sucesión” se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derechos a los bienes dejados por los causantes, para que acrediten su carácter dentro del término de 30 días: de García, Antonio Leopoldo DNI Nº 12.659.604, para que comparezcan a hacer valer sus derechos por el término bajo apercibimientos de ley (art. 67 CPC y C). Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y en Sede Judicial por el término de ley. Fdo. Juez Dra. María José Alvarez Tremea. Secretaría Abog. Carina Gerbaldo.- Rafaela, 03 de abril de 2017. Agostina Silvestre, Prosecretaria.
$ 45 320017 Ab. 17 Ab. 21
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Por disposición de la Sra. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de esta ciudad de Rafaela, provincia de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados “Expte. N° 860- Año 2.015 Tessaro, Raúl Juan Carlos s/Pedido de Quiebra” se ha dictado la siguiente resolución: Rafaela, 05 de abril de 2017.- Y VISTOS: Estos caratulados “Expte. Nº 860 Año 2.015 Tessaro, Raúl Juan Carlos s/Pedido de Quiebra”; RESULTA: … ; CONSIDERANDO: … ; RESUELVO: 1.- Declarar la quiebra de Raúl Juan Luis Tessaro, D.N.I. N° 6.294.030, de apellido materno Piovano, dedicado a la actividad agropecuaria de comercialización de semillas (siembra, trilla y venta, con domicilio real en calle Ciudad de Esperanza N° 357 y con domicilio legal 26 de Enero N° 40, ambos de esta ciudad de Rafaela, Provincia de Santa Fe. 2.- Ordenar la anotación de la quiebra e inhabilitación del fallido en el Registro de Procesos Universales; y la inhibición general de bienes el Registro General de la Propiedad. Comunicar la presente declaración en quiebra a la Administración Provincial de Impuestos (art. 29 Código Fiscal -texto ordenado decreto 2350/97-) y precédase a dejar constancia en el caratulado y en el registro informático del juzgado. 3.- Ordenar al fallido y a terceros la entrega al Síndico de los bienes de pertenencia del primero. Intimar al deudor para: a) que entregue a Sindicatura, dentro de las veinticuatro horas, la documentación relacionada con su contabilidad. 4.- Ordenar la prohibición de hacer pagos al fallido, bajo el apercibimiento de ser ineficaces. 5.- Disponer la interceptación de la correspondencia, la que será entregada al Síndico a los efectos del artículo 114 de la Ley 24.522. 6.- Disponer la prohibición al fallido de ausentarse del país, en las condiciones del art. 103 Ley Concursos y Quiebras. A sus efectos, se librarán de inmediato los oficios pertinentes a las autoridades de control de fronteras que corresponda. 7.- Disponer la continuación de la Síndica C.P.N. Jaquelin Baruffato. 8.- Previo a ordenar la realización de los bienes, deberá proceder Sindicatura conforme a los arts. 177 y sgtes. de la Ley 24.522 a los efectos de que determine el patrimonio del fallido. A sus fines. Sindicatura conjuntamente con el Sr. Oficial de Justicia o el Funcionario que por jurisdicción corresponda al domicilio del fallido y de ubicación de los bienes, procederá de inmediato a la realización de inventario de los bienes, con el desapoderamiento previsto en los arts. 88 inc. 10, 106, 107, siguientes y concordantes de la ley 24.522. A sus efectos se habilitarán días y horas que fueren menester para tal cometido. Ofíciese a tales fines, facultando al funcionario interviniente a allanar domicilio, hacer uso de la fuerza pública de ser necesario y con la debida moderación. 9.- Fijar hasta el día 31 de mayo de 2017 la fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos pertinentes al Síndico, en la forma establecida en el artículo 200. El día siguiente hábil al vencimiento del plazo, la Sindicatura presentará la lista de los peticionantes, y copia simple de la demanda verificatoria. 10.- Fijar los días: 27 de julio de 2017 para la presentación de los informes individuales; y el 08 de septiembre de 20175 para la presentación del informe general. 11.- Ordenar la publicación de edictos, conforme lo prescribe el art. 89 de la ley 24.522, por Secretaria, dentro del término de veinticuatro (24) horas de dictada la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL y en Sede Judicial, por el plazo y en los términos del mencionado artículo. 12.- Exhortar a los tribunales ante los cuales tramitan causas contra el fallido a los fines previstos y con las excepciones contempladas por el art. 132 de la Ley de Concursos y Quiebras. Ordenar que, por Secretaría, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 13.- Encuadrar el presente proceso en la categoría de Pequeña Quiebra, conforme a las disposiciones de los artículos 288 y Fdo. Carolina Castellano, secretaria.
S/C 319962 Ab. 17 Ab. 21
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RECONQUISTA
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por estar así ordenado en los autos caratulados “Expte. Nº 3543/2012- LACELLI GABRIEL ÁNGEL s/HOMICIDIO CULPOSO- LESIONES GRAVES CULPOSAS- LESIONES LEVES CULPOSAS”, de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 4 en lo Penal Correccional de la ciudad de Reconquista (SF), a cargo del Dr. Jorge A. Galbusera, Juez, Secretaría del Dr. Marino Celli, se hace saber que S.S. ha ordenado lo siguiente: “Reconquista, 08 de marzo de 2017....notifíquese por edictos a los presuntos herederos de la víctima Marta Margarita Chamorro de la Resolución de fecha 27/06/2016, en la cual se dispone la conversión de la acción penal a favor del imputado LACELLI GABRIEL ÁNGEL, pudiendo constituirse como querellantes dentro del plazo de 60 días hábiles desde la notificación. Los edictos se publicarán tres veces en el BOLETÍN OFICIAL y en Diario de circulación de la ciudad de Las Toscas y el término vencerá cinco días después de la última publicación. Molifíquese. Fdo. Jorge A. Galbusera, Juez- Marino Celli, Secretario.
S/C 319890 Ab. 17 Ab. 19
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