picture_as_pdf 2013-04-17

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE

CONTRATACIONES Y GESTION

DE BIENES


DISPOSICIÓN Nº 108


Santa Fe, “Cuna de la Constitución

Nacional”, 10/04/2013

VISTO:

Los informes elevados por el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia, solicitando la inscripción de dos (02) firmas como nuevas proveedoras y la renovación de antecedentes de otras; y

CONSIDERANDO:

Que dicho Registro manifiesta que las mismas han cumplido con los requisitos exigidos por el Decreto Nº 5100/55 y Disposición DPCyS Nº 221/09, quedando debidamente encuadradas en las disposiciones vigentes;

Que los distintos estamentos técnicos y jurídicos han tomado la respectiva intervención sin observaciones que formular;

Que la presente se dicta en uso de las facultades emergentes de los Decretos N° 5100/55 y 2479/09;

POR ELLO:

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE

CONTRATACIONES Y GESTIÓN

DE BIENES

DISPONE:

ARTÍCULO 1: Inscríbase en el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia de Santa Fe, por el término de dieciocho (18) meses a partir de la presente, a la siguiente firma: HOLCIM (ARGENTINA) S.A. CUIT N° 30-50111112-7.

ARTÍCULO 2: Inscríbase en el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia de Santa Fe, por el término de doce (12) meses a partir de la presente, a la siguiente firma: “DISTRIBUIDORA BALMA” de BALMA FRANCISCO CUIT N° 20-25459664-8.

ARTÍCULO 3: Renuévese la inscripción en el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia de Santa Fe, por el término de dieciocho (18) meses a partir de la presente, a las siguientes firmas: ACRILPAL S.A. CUIT N° 30-70826927-8; ALTOBELLO VICTORIO CUIT N° 23-10557366-9; AUDITAR S.R.L. CUIT N° 30-70748208-3; CANTERAS SAN NICOLAS S.R.L. CUIT N° 30-56717574-6; CIRUGIA CARDIOVASCULAR S.R.L. CUIT N° 30-67839922-8; “COMUNICACIONES GRAFICAS” de CONIGLIO ENRIQUE DANIEL JUAN CUIT N° 20-06059904-2; INGENIERIA CAPE S.R.L. CUIT N° 30-70948821-6.

ARTÍCULO 4: Renuévese la inscripción en el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia de Santa Fe, por el término de doce (12) meses a partir de la presente, a la siguiente firma: LABORATORIOS FILAXIS S.A. CUIT N° 30-62069870-5.

ARTÍCULO 5: Regístrese, comuníquese y archívese.

S/C. 9060 Ab. 17 Ab. 18

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DIRECCION PROVINCIAL

DE VIALIDAD


NOTIFICACION


En relación a los autos administrativos Nº 16101-0136332-7 del Registro del Sistema de Información de Expedientes, caratulados Acta de Constatación de Infracción Nº 1950 de fecha 14/08/2012 se procede a notificar fehacientemente por este medio conforme lo preceptuado en los artículos 20° inc. e) y 28º del Decreto Nº 10.204/58, al infractor Sra. ROSA MABEL LINOK, con último domicilio conocido en Ruta. 95 Km. 1077, de la localidad de O’Higgins, Provincia de Chaco, de lo establecido en la Resolución Nº 169 dictada el 19 de Marzo de 2013 por el Ing. Juan José Bertero, Adminastrador General de la Dirección Provincial de Vialidad y que textualmente en su parte pertinente expresa lo siguiente: Visto... y Considerando... Resuelve... ARTICULO 1º.- Rechazar el recurso de la revocatoria interpuesto mediante apoderado por Ricardo Gabriel Donizzetti y Eduardo Alberto Erramuspe, contra el Acta de Infracción Nº 1950 de fecha 14 de Agosto de 2012, por los motivos ya invocados en los considerandos que anteceden y elevar las actuaciones al M.O.P. y V. en virtud de la apelación planteada subsidiariamente. ARTICULO 2°- Aprobar el Acta de infracción Nº 1950 de fecha Nº 14/08/2012, conforme la legislación vigente. ARTICULO 3º.- Intimar al Sr. Ricardo Gabriel Donizzetti, en carácter de conductor, con domicilio en Constituyentes 1285 de la localidad de Tres Arroyos, Provincia de Buenos Aires, al transportista Sr. Eduardo Alberto Erramuspe, con domicilio en León 151 de la localidad de Tres Arroyos, Provincia de Buenos Aires, y al cargador Sosa Mabel Linok, con domicilio en Ruta 95 Km, 1077, de la localidad de O`Higgins, Provincia de Chaco, para que en el plazo perentorio e improrrogable de 20 (veinte) días de recibida la presente abonen la suma de $ 40.895,54 (Pesos Cuarenta Mil Ochocientos Noventa y Cinco con 54/100), con más el 1% de interés mensual desde el momento en que se cometió la infracción y hasta la fecha de su efectivo pago, bajo apercibimiento de procederse a la ejecución para el cobro por vía judicial. El pago deberá efectuarse en el domicilio de la Dirección General de Finanzas y Presupuesto de la Dirección Provincial de Vialidad, Bv. Mattis Nº 880, de esta ciudad de Santa Fe, mediante cheque de cualquier Banco y Plaza que se extenderá a nombre de la Dirección Provincial de Vialidad de Santa Fe con la aclaración al dorso “para ser depositado en la Cta. 9716/07”, pudiendo suscribir convenio de pago en cuotas. ARTICULO 4º- La falta de pago en el término acordado dará lugar a la iniciación del juicio ejecutivo, a cuyo efecto se autoriza a la Dirección de Asuntos Jurídicos a promoverlo contra el conductor del camión marca Mercedes Benz, Modelo 1634, Dominio Chasis ETV 074, Dominio Acoplado FNU 574, Sr. Ricardo Gabriel Donizzetti, con domicilio en Constituyentes 1285 de la localidad, de Tres Arroyos, Provincia de Buenos Aires, el transportista Sr. Eduardo Alberto Erramuspe, con domicilio en León 151 de la localidad de Tres Arroyos, Provincia de Buenos Aires y el cargador Rosa Mabel Linok, con domicilio en Ruta 95 Km. 1077 de la localidad de O`Higgins, Provincia de Chaco, tendiente al cobro de la suma de $ 40.895,54 (Pesos Cuarenta Mil Ochocientos Noventa y Cinco con 54/100), con más los intereses que correspondan desde la fecha en que se cometió la infracción y hasta el momento de su efectivo pago. ARTICULO 5º.- Regístrese, notifíquese y archívese. Lo que se publica en el BOLETIN OFICIAL, a sus efectos y por el término y apercibimientos legales.

S/C 9063 Abr. 17 Abr. 18

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