MINISTERIO DE ECONOMIA
RESOLUCION Nº 117
SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional, 26 Febrero de 2015
VISTO:
El Expediente Nº 00302-0116642-7 del registro Sistema de Información de Expedientes de la Caja de Asistencia Social - Lotería de Santa Fe, mediante el cual se gestiona el llamado a concurso interno para cubrir el cargo vacante de DIRECTOR GENERAL DE ASESORIA JURIDICA en el ámbito de esta Jurisdicción; y;
CONSIDERANDO:
Que mediante el dictado del Decreto Nº 1729/09 homologatorio del Acta Acuerdo N° 005/09 se dispuso, entre otras cosas, el reemplazo del Capítulo XIV “Régimen de Concursos” del Escalafón del Personal Civil de la Administración Pública;
Que en el artículo 27° del citado Decreto, se estableció la derogación del Decreto Nº 3924/87, modificado por Decreto Nº 88/87, mediante el cual se imponían restricciones en la materia, facultándose al titular de la Jurisdicción a efectuar los llamados a concursos;
Que asimismo mediante el Decreto Nº 2480/09 se modificó la Estructura Orgánico-Funcional de la Caja de Asistencia Social - Lotería de Santa Fe, tendiente a organizar las distintas áreas y actualizar las misiones y funciones de las mismas;
Que encontrándose vacantes cargos cuyas funciones son esenciales para el normal funcionamiento del Organismo, resulta procedente realizar de manera paulatina y en función a las necesidades del Organismo los respectivos llamados a concursos;
Que el cargo que resulta necesario cubrir en el presente llamado es el siguiente: DIRECTOR GENERAL DE ASESORIA JURIDICA, Nivel 9; Agrupamiento Administrativo;
Que a tal fin, se procedió a elaborar la descripción del perfil del puesto con la participación de las entidades sindicales, conforme a lo acordado en el punto 4, inc. e) del Acta Acuerdo Nº 005/09, de la Comisión Paritaria Central, con el objetivo de garantizar la capacidad e idoneidad del agente que cubrirá el cargo vacante;
Que en la presente gestión han intervenido las áreas competentes de la Institución, a efectos de cumplir con los requisitos técnicos administrativos previos;
Que asimismo, ha tomado la intervención de su competencia la Subsecretaría de Recursos Humanos y la Función Pública del Ministerio de Economía, ejerciendo el correspondiente control técnico sobre los aspectos formales e instrumentales del procedimiento;
Que la composición del Jurado para el cargo que se concursa se ha dispuesto conforme a lo establecido en el Artículo 94° del Decreto-Acuerdo Nº 2695/83 modificado por el Decreto Nº 1729/09, integrándose parcialmente el mismo con personas que poseen en su actividad jerarquías equivalentes a la requerida y especialidades afines a la concursada, por no haber resultado posible cumplimentar con las condiciones especificadas en el 1° párrafo del citado artículo;
Que a tal efecto, las entidades sindicales propusieron a los miembros del Jurado que actuarán en su representación;
POR ELLO:
EL MINISTRO DE ECONOMIA
RESUELVE:
ARTICULO 1°.- Llamar a concurso interno, en los términos del Capítulo XIV del Escalafón Decreto-Acuerdo Nº 2695/83, modificado por Decreto Nº 1729/09, para la cobertura del cargo: DIRECTOR GENERAL DE ASESORIA JURIDICA, Nivel 9, Agrupamiento Administrativo.
ARTICULO 2°.- Aprobar el Perfil del Puesto que como Anexo I forma parte integrante de la presente Resolución.
ARTICULO 3°.- Aprobar la Composición del Jurado, las Etapas de Evaluación, el Cuadro de Ponderación relativa de la misma y el Cronograma de Actividades previstas para el Procedimiento, conforme al detalle que como Anexo II forma parte integrante de la presente Resolución.
ARTICULO 4°.- Establecer que, en caso de existir inconvenientes con las fechas estipuladas, para la evaluación de antecedentes, técnica, psicotécnica y entrevista personal, el jurado del concurso podrá cambiar las mismas mediante el acta pertinente y con notificación fehaciente a los postulantes.
ARTICULO 5°.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
C.P. Angel José Sciara
Ministro de Economía
ANEXO I
CONCURSO INTERNO MINISTERIO
DE ECONOMIA
CAJA DE ASISTENCIA SOCIAL
LOTERIA DE SANTA FE
Cargo a cubrir:
Director General de Asesoría Jurídica - Nivel 9
Agrupamiento Administrativo.
Lugar de prestación del servicio: C.A.S. Lotería de Santa Fe, calle Primera Junta 2724 - 9° Piso - Santa Fe.
A. Misión:
Asesorar a la Caja de Asistencia Social en todos los aspectos legales relacionados con la juridicidad de los actos administrativos, produciendo los respectivos dictámenes.
B. Funciones;
1) Asistir a la Vicepresidencia Ejecutiva y a las Direcciones Generales de la Caja de Asistencia Social en materia de interpretación y aplicación de actos administrativos, decretos y leyes, cualquiera sea su origen.
2) Supervisar la correcta elaboración de los documentos jurídicos que dicta la Institución, relacionados con las actividades propias de la misma.
3) Participar en el análisis y elaboración de contratos y/o convenios jurisdiccionales y/o interjurisdiccionales, que hagan al desarrollo de las actividades de la C.A.S.
4) Vincular la Asesoría Jurídica con su homóloga del Ministerio de Economía, como la de cualquier otra Repartición Provincial. Asimismo, asistir a Fiscalía de Estado en todo requerimiento que la misma formule a esta Institución.
5) Conducir al personal que se desempeñe en la Asesoría Jurídica de la Caja de Asistencia Social, asignándole a cada agente las correspondientes tareas, a fin de garantizar el normal y eficiente desenvolvimiento del Area.
6) Dictaminar y asesorar en todo asunto que refiera a la aplicación e interpretación de normas legales o contractuales.
7) Intervenir en los casos de comunicaciones libradas por los Organos Jurisdiccionales.
8) Intervenir en la instrucción de sumarios administrativos que dispongan las autoridades de la Institución.
9) Participar en la elaboración de proyectos de leyes, decretos, reglamentos, resoluciones y producir informes en tal sentido.
10) Recopilar y ordenar la información específica que pudiere contribuir a un mejor desarrollo de la actividad del Organismo.
11) Intervenir en las actuaciones de pedidos de autorizaciones de rifas, tómbolas, bonos, etc.
12) Intervenir en el análisis de la documental que presenten los Permisionarios.
13) Intervenir en el análisis de la eficacia de las garantías ofrecidas por los Permisionarios que comercializan los juegos que explota o administra la Caja de Asistencia Social.
14) Asistir a la Vicepresidenta Ejecutiva de la C.A.S. en los temas relacionados con las cuestiones administrativas - técnicas - legales, vinculadas a la publicidad del Organismo y oficiar de nexo entre las dependencias administrativas del Area Prensa y Publicidad y la Vicepresidenta Ejecutiva de la C.A.S.
15) Ejercer, a través de delegación superior, toda otra función que se le asigne relativa a su competencia.
C. Formación Particular;
1. Conocimiento de la normativa general de funcionamiento de la Administración Pública Provincial;
• De la Organización del Estado:
. Constitución de la Provincia de Santa Fe;
• Ley Nº 12.817 y Nº 13.240 - Ley de Ministerios.
• Del Personal:
• Ley N° 8525 - Estatuto del Personal de la Administración Pública;
• Decreto Nº 2695/83 y modificatorios - Escalafón del Personal Civil de la Administración Pública;
• Decreto Nº 1729/09 “Régimen de Concurso” y Dcto. Nº 0291/09 “Régimen de Selección para Ingreso y Promoción de la Administración Pública”;
• Decreto Nº 1919/89 y modificatorios Régimen de Licencias, Justificaciones y Franquicias para los agentes comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo - Ley 10.052 y modificatorias;
• Decreto Nº 0584/98 - Declaraciones Juradas de Bienes Patrimoniales.
• Del Trámite y la gestión:
• Decreto Acuerdo Nº 10.204/58 - Reglamento para el Trámite de Actuaciones Administrativas;
• Ley Nº 12.510 de Administración, Eficiencia y Control del Estado y Decreto Ley N° 1757/56 - Ley de Contabilidad. Decreto Nº 2809/78 y modificatorios. Decreto N° 3226/05 y modificatorios;
• Decreto Nº 916/08 y modificatorios;
• Decreto Nº 132/94 y modificatorios;
. Ley N° 11875.
2. Conocimiento general de la normativa específica inherente a la Jurisdicción:
. Decreto Nº 4057/89;
. Ley Nº 8269;
. Reglamentos de los juegos administrados por la Caja de Asistencia Social;
• Decreto Nº 1179/2011 Reglamentos de los Permisionarios;
• Decreto Nº 2513/94 y modificatorios - Régimen de Emisión de Ordenes de Publicidad y Decreto Nº 1132/10;
. Resolución de Vicepresidencia Ejecutiva Nº 029/01 - Requisitos básicos para la iniciación de Gestiones por Contrataciones Publicitarias;
. Decreto Nº 565/14 - Normas sobre Certificación de Emisión de Publicidad;
• Conocimiento Decreto Nº 2480/09 - Modificación Estructura Orgánico Funcional Caja de Asistencia Social - Lotería de Santa Fe;
. Ley Nº 11.998 y modificatorias y Decreto Nº 3897/02;
• Decreto Nº 3925/86 Reglamentación de Rifas y Bingos;
• Ley N° 25246 y N° 26.683 - Lavado de Dinero - y Modificatorias Decretos y Resoluciones Reglamentarias. Resolución de Vicepresidencia Ejecutiva de la C.A.S. Nº 440/14.
3. Conocimientos técnicos no específicos;
• Manejo de herramientas informáticas: procesador de textos, planillas de cálculo y bases de datos tipo Microsoft Office u Open Office, Internet y correo electrónico;
• Excelente nivel de expresión oral y escrita;
• Conocimientos y aptitud para el desarrollo de proyectos, incluyendo el diseño de procesos.
D. Requisitos:
• Título de Abogado (excluyente);
• Cursos de actualización, especialización o postgrado vinculados a las funciones del puesto (preferentemente);
• Experiencia en el desempeño en servicios de asesoramiento jurídico del Estado (preferentemente).
E. Competencias actitudinales y personales:
• Capacidad para la toma de decisiones, liderazgo y delegación;
• Capacidad para la comunicación, programación y organización del trabajo;
• Capacidad de análisis y resolución de conflictos;
• Capacidad para la integración, colaboración y conformación de equipos de trabajo multidisciplinarios;
• Capacidad para el aprendizaje, apertura mental, pragmatismo;
. Iniciativa y proactividad.
ANEXO II
LLAMADO A CONCURSO INTERNO
a) INTEGRACIÓN DEL JURADO:
Para el cargo;
DIRECTOR GRAL. ASESORIA JURIDICA - Nivel 9 - Agrupamiento Administrativo.
Presidente:
Vicepresidente Ejecutivo de la Caja de Asistencia Social- Dr. Alvaro Gaviola y/o quien este designe.
Miembros por la Caja de Asistencia Social:
Titulares:
• Secretario de Coordinación y Control de Gestiones Administrativas, Dr. Pablo Rangel o en su reemplazo y en carácter de suplente el Secretario de Regulación e Innovación Normativa del Mtrio. de Salud Dr. Ezequiel Ruani;
• Director Gral. de la Función Pública Dr. Francisco Berraz Montyn o en su reemplazo y en carácter de suplente la Directora General Asesoría Letrada del Ministerio de Economía Dra. Magdalena Guadalupe De Paúl;
• Director Pcial. de Auditoría y Control de Gestión de la C.A.S. Lotería Dr. Alberto Molinas o en su reemplazo y en carácter de suplente la Abogada Fiscal de Tribunal de Cuentas de la Provincia Dra. María Delia Costa;
• Director General de Asesoría de Fiscalía de Estado Dr. Enrique Omar Aragón o en su reemplazo y en carácter de suplemente el Procurador General de la Provincia (Fiscalía de Estado), Dr. Juan Carlos Carbone.
Miembros por las Entidades Sindicales:
U.P.C.N.
Titulares:
• Sra. Mónica Payá
. Sra. María Eva Camozzi
. Sr. Hugo Rodríguez
Suplentes:
• Sra. Patricia Gutiérrez
• Sr. Roberto Francucci
• Sr. Luis Blatter
A.T.E.:
Titular:
. Marcelo Delfor
Suplente:
. Sergio Tirelli
b) ETAPAS DE EVALUACION:
• Evaluación de Antecedentes
• Evaluación Técnica
• Evaluación Psicotécnica
. Entrevista Personal
c) PONDERACION DE CADA ETAPA:
CARGO Director Gral. de Asesoría Jurídica
Evaluación de Antecedentes 30%
Evaluación Técnica 40%
Evaluación Psicotécnica 20%
Entrevista Personal 10%
Total 100%
d) CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES:
Se deja establecido, respecto del presente cronograma, que los plazos y actividades determinadas por el mismo se contabilizarán y realizarán exclusivamente dentro del período determinado por el artículo 87°, in fine, del Régimen de Concursos aprobado por Decreto N° 1729/09, modificatorio del Capítulo XIV del Escalafón Decreto-Acuerdo Nº 2695/83. Excluidos los meses de Enero y Febrero.
1. Difusión: 10 (diez) días hábiles contados a partir de la publicación fehaciente de la Resolución de la Convocatoria, en la Portada del sitio Web de la Provincia como así también en el de Lotería de Santa Fe y en la cartelería de la Repartición.
2. Inscripción; Las inscripciones se recibirán durante el período de difusión y hasta 5 (cinco) días hábiles después de su finalización. Desde el 02 de Marzo de 2015 hasta el 20 de Marzo de 2015, en horario de 7:30 hs. a 12:00 hs. en la Mesa de Movimientos de la Caja de Asistencia Social - Lotería de Santa Fe,sito en calle 1era. Junta 2724, 1° Piso, Santa Fe o en la Delegación Rosario de la Caja de Asistencia Social Lotería de Santa Fe, sita en calle Avda. Pellegrini 947 - Planta Baja, según corresponda.
Los interesados deberán formalizar la postulación al cargo, mediante la presentación del Formulario de Inscripción a Concursos Internos FC-01, el que se encuentra en la pagina WEB de la Provincia de Santa Fe, adjuntando el Curriculum Vitae, una (1) fotocopia de las dos primeras hojas del DNI o su equivalente o último cambio de domicilio y de todos los antecedentes relativos a los datos consignados en el referido Curriculum (Ej. certificados de estudios, diplomas, constancia de títulos en trámites, certificados de trabajos desempeñados y demás comprobantes pertinentes). Toda fotocopia presentada en la documentación deberá estar debidamente certificada por la Institución emisora, por Tribunales Provinciales o Federales, Juzgados Comunitarios de las Pequeñas Causas o Escribanos Públicos, y toda certificación deberá estar extendida por autoridad competente, bajo apercibimiento, de considerar inválida la presentación acorde a lo normado por el artículo 100°, Capítulo XIV del Escalafón Decreto-Acuerdo N° 2695/83, modificado por Decreto Nº 1729/09 (Régimen de Concursos). La documentación deberá presentarse en un sobre cerrado que contenga la leyenda “Concurso” seguido del cargo, a cubrir, apellido, nombre y número de D.N.I. del postulante, todas las hojas deberán estar numeradas y firmadas indicándose la totalidad de hojas que componen la presentación. De existir imposibilidad de adjuntar alguno de los antecedentes documentales, podrán acreditarlos posteriormente durante el proceso de evaluación. Dicha imposibilidad deberá estar debidamente justificada a través de una nota, incluida en el sobre de inscripción. No se admitirá la invocación de nuevos títulos, antecedentes con posterioridad del plazo de inscripción.
3. Evaluación de Antecedentes: La evaluación de antecedentes se realizará desde el día 25 de Marzo de 2015 hasta el 31 de Marzo de 2015,
4. Evaluación Técnica; para el cargo Director Gral. Asesoría Jurídica, la evaluación técnica será en calle 1ra. Junta 2724, 3° Piso de la ciudad de Santa Fe, el día 06 de Abril 2015 en el horario de las 13.00 hs.
5. Evaluación Psicotécnica; el día 16 de Marzo de 2015 tendrá lugar la evaluación psicotécnica, que se realizará en la Caja de Asistencia Social-Lotería de Santa Fe sita en calle 1era Junta 2724-Santa Fe, en el horario de las 12:00 horas. El resultado de este examen tiene carácter reservado. Cada postulante, cuando así lo solicite, podrá conocer los resultados que le conciernen personalmente.
6. Entrevista Personal: Las entrevistas personales se realizarán a partir del día 23 de Abril del 2015, la realización de las mismas será en calle 1era. Junta 2724, 3° Piso de la ciudad de Santa Fe, a partir de las 12:00 horas. El Jurado tendrá un plazo de 10 (diez) días hábiles computados a partir de la Entrevista Personal para elaborar el Orden de Méritos, el que será comunicado fehacientemente en la Portada del sitio Web de la Provincia como así también en el sitio web oficial de la Lotería de Santa Fe.
Lo establecido en el presente Anexo se encuentra en un todo de acuerdo a lo establecido en el Decreto Nº 1729/09, modificatorio del capítulo XIV del Escalafón Decreto-Acuerdo Nº 2695/83 (Régimen de Concursos).
S/C 12934 Mar. 17
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DIRECCION PROVINCIAL
DE REGISTROS
DISPOSICIÓN N° 0001
SANTA FE, “Cuna de la Constitución
Nacional”, 10/03/2015
VISTO:
El expediente Nº 01501-0068047-2 del registro del Sistema de Información de Expedientes, en virtud del cual la Comunidad MOCOVI “NAINIC” de la Localidad de Reconquista Provincia de Santa Fe, solicita su inscripción en el Registro Especial de Comunidades Aborígenes (R.E.C.A) dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de Santa Fe; y
CONSIDERANDO:
Que, mediante Disposición Nº 009 de fecha 22 de mayo de 2014, se inscribió a la comunidad MOCOVI “NAINIC” de la Localidad de Reconquista, Provincia de Santa Fe, en el Registro Especial de Comunidades Aborígenes de Santa Fe;
Que, en dicha Disposición se advierte la existencia de un error involuntario en su Art. 1º, donde se le otorga el Legajo Nº 30 a dicha comunidad, cuando en formalidad le corresponde el Legajo Nº 32;
Que, dicha rectificación se peticiona, en función de la adecuada registración de la comunidad en el Registro Especial de Comunidades Aborígenes;
Que, atento a lo expresado, corresponde tomar las medidas conducentes a los fines de subsanar el error material en el que se ha incurrido;
POR ELLO:
LA DIRECTORA PROVINCIAL
DE REGISTROS
DISPONE:
ARTICULO 1: Rectificar la Disposición Nº 0009 de fecha 22 de mayo de 2014 en el apartado donde expresa (…) otorgándole el Legajo Nº 30; el cual deberá decir: (…) otorgándole el Legajo Nº 32.-
ARTICULO 2: La comunidad MOCOVI “NAINIC” de la Localidad de Reconquista, deberá informar de manera fehaciente a este Registro Especial de Comunidades Aborígenes toda modificación relativa a lo dispuesto por el artículo 6º del Decreto Provincial Nº 2325/12.-
ARTICULO 3: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
S/C. 12957 Mar. 17 Mar. 18
__________________________________________
DISPOSICIÓN N° 0002
SANTA FE, “Cuna de la Constitución
Nacional”, 10/03/2015
VISTO:
El expediente Nº 01501-0063314-2 del Sistema de Información de Expedientes, por el que la COMUNIDAD MOCOVI DE LA COLONIA FRANCESA de la Localidad de Colonia Francesa, Departamento San Javier, Provincia de Santa Fe, solicita su inscripción en el Registro Especial de Comunidades Aborígenes (R.E.C.A) dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de Santa Fe; y
CONSIDERANDO:
Que, mediante Disposición Nº 007 de fecha 13 de mayo de 2014, se inscribió a la comunidad MOCOVI “COLONIA FRANCESA” de la Localidad de COLONIA FRANCESA, Dpto. SAN JAVIER Provincia de Santa Fe, en el Registro Especial de Comunidades Aborígenes de Santa Fe;
Que, en dicha Disposición se advierte la existencia de un error involuntario en el artículo 1º de la misma, donde se le otorga el legajo Nº 32 a dicha comunidad, cuando en formalidad le correspondería el Legajo Nº 34;
Que, dicha rectificación se peticiona, en función de la adecuada registración de la comunidad en el Registro Especial de Comunidades Aborígenes;
Que, este Registro constituye una herramienta de política pública dirigido a mejorar las condiciones de existencia de las comunidades aborígenes, a memorializar sus prácticas, cultura y organización.
Que, el Decreto Provincial Nº 2325/12, modificatorio el Decreto Nº 1175 transfiere el Registro Especial de Comunidades Aborígenes de la Provincia de Santa Fe bajo la dependencia de la Dirección Provincial de Registros del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos;
Que, la Comunidad MOCOVI “COLONIA FRANCESA” ha presentado toda la documentación exigida por el Decreto Provincial Nº 1175/09 y sus modificatorias, acompañando además el acta de reconocimiento, la correspondiente aprobación de las pautas de organización y designación de autoridades;
Que han intervenido los Consejeros del Instituto Provincial de Aborígenes Santafesinos a fs 48 y 51 respectivamente, emitiendo una opinión favorable respecto de la presentación de marras, aconsejando su inscripción en el R.E.CA;
POR ELLO:
LA DIRECTORA PROVINCIAL
DE REGISTROS
DISPONE:
ARTICULO 1: Rectificar la Disposición Nº 0007 de fecha 13 de mayo de 2014 en el apartado que donde expresa (…) otorgándole el Legajo Nº 32; el cual deberá decir: (…) otorgándole el Legajo Nº 34.-
ARTICULO 2: La comunidad MOCOVI “COLONIA FRANCESA” de la Localidad de COLONIA FRANCESA, Dpto. SAN JAVIER, deberá informar de manera fehaciente a este Registro Especial de Comunidades Aborígenes toda modificación relativa a lo dispuesto por el artículo 6 del Decreto Provincial 2325/12.-
ARTICULO 3: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
S/C. 12958 Mar. 17 Mar. 18
__________________________________________
DISPOSICIÓN N° 0003
SANTA FE, “Cuna de la Constitución
Nacional”, 10/03/2015
VISTO:
El expediente Nro. 02001-0025369-6 y agregado Nº 01501-0052145-6 del registro del sistema de información de expedientes, por el que la Comunidad TOBA “NATOCOI” domiciliada realmente en el Barrio San Antonio de la Localidad de FLORENCIA, Provincia de Santa Fe, solicita rectificación de nombre en el Registro Especial de Comunidades Aborígenes (R.E.C.A) dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de Santa Fe; y
CONSIDERANDO:
Que, se ha advertido la existencia de un error en la inscripción en la Disposición Nº 0002 de fecha 28 de diciembre de 2009 por la que mediante el expediente mencionado se solicita la RECTIFICACION de la misma y en relación al nombre de la comunidad;
Que, corresponde según obra en expediente originario Nº 01501-0052145-6 la denominación de NATOCOI;
Que, la Ley Provincial Nº 11.078 regula las relaciones colectivas e individuales de las comunidades aborígenes de la provincia. Reconoce su propia organización y su cultura, propiciando su efectiva inserción social;
Que, la mencionada Ley sostiene que se considerará aborigen a toda persona perteneciente a las etnias que habiten el territorio provincial, sean de origen puro o mestizo. También se considerará aborigen a toda persona que, independientemente de su residencia habitual, se defina como tal y sea reconocida por su familia, el asentamiento o comunidad a la cual pertenezca, en virtud de los mecanismos que la comunidad instrumente para su admisión;
Que, este Registro constituye una herramienta de política pública dirigido a mejorar las condiciones de existencia de las comunidades aborígenes, a memorializar sus prácticas, cultura y organización;
Que, el Decreto Provincial Nº 2325/12, modificatorio el Decreto Nº 1175 transfiere el Registro Especial de Comunidades Aborígenes de la Provincia de Santa Fe bajo la dependencia de la Dirección Provincial de Registros del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos;
Que, oportunamente la Comunidad TOBA “NATOCOI” de la Localidad de FLORENCIA ha presentado toda la documentación exigida por el Decreto Provincial Nº 1175/09 y sus modificatorias, acompañando además el acta de reconocimiento, la correspondiente aprobación de las pautas de organización y designación de autoridades;
POR ELLO:
LA DIRECTORA PROVINCIAL
DE REGISTROS
DISPONE:
ARTICULO 1: Rectificar el articulo Nº 1 de la Disposición Nº 0002 de fecha 28 de diciembre de 2009 en el apartado que expresa:” Inscribir a la comunidad aborigen NATOCI (…)”, el cual deberá decir: Inscribir a la comunidad aborigen NATOCOI.-
ARTICULO 2: Rectificar el articulo Nº 2 de la Disposición Nº 0002 de fecha 28 de Diciembre de 2009, y colocar en su lugar que: La comunidad TOBA NATOCOI domiciliada realmente en Barrio San Antonio de la Localidad de FLORENCIA, Provincia de Santa Fe, deberá informar de manera fehaciente a este Registro Especial de Comunidades Aborígenes toda modificación relativa a lo dispuesto por el artículo 6º del Decreto Provincial Nº 2325/12.-
ARTICULO 3: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.-
S/C. 12959 Mar. 17 Mar. 18
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