DIRECCION PROVINCIAL
DE VIALIDAD
NOTIFICACIONES
En relación a los autos administrativos Nº 16102-0016861-2 del registro del Sistema de Información de Expedientes, caratulados Acta de Constatación de Infracción Nº 1101 de fecha 16/08/2005 se procede a notificar fehacientemente por este medio, conforme a lo preceptuado en los artículos 20º inc e) y 28º del Decreto - Nº 10.204/58, al Sr. OTAZO BRUNO RUPERTO con último domicilio conocido en Chaco - Tres Isletas - Maipú Barrio Sur de lo establecido en la Resolución Nº 0206/06 dictada el 8 de Febrero de 2006 por el Administrador General de la Dirección Provincial de Vialidad Ing. Antonio Grbavac y que textualmente en su parte pertinente expresa lo siguiente: Visto:... y Considerando:... Resuelve:... Artículo Nº 1.- Intimar al Sr. OTAZO BRUNO RUPERTO en carácter de conductor con domicilio en Avenida Roca Nº 134 de la Ciudad de Santiago del Estero, Provincia de Santiago del Estero, a los transportistas Sr. D'AURIA HÉCTOR DANIEL, con domicilio en Calle Paso de los Andes Nº 357 de la Ciudad de San Miguel de Tucumán, Provincia de Tucumán y FRANCKR S.A. con domicilio en Ruta Nº 9 Km. 1286 de la Localidad de Cruz Alta, Provincia de Tucumán y al Cargador KARBOTRAK S.R.L. con domicilio en la Localidad de Tintina, Provincia de Santiago del Estero para que abonen en el plazo perentorio e improrrogable de 20 (veinte) días de recibida la presente la suma de $ 4.533,08.- (Pesos Cuatro Mil Quinientos Treinta y Tres con 08/100), con más el 1% de interés mensual desde la fecha en que se cometió la infracción y hasta la fecha de su efectivo pago, bajo apercibimiento de procederse a la ejecución para el cobro por vía judicial. El pago deberá efectuarse en el domicilio de la Dirección General de Finanzas y Presupuesto de la Dirección Provincial de Vialidad, calle Salta Nº 2951 - 9º Piso - Palacio Municipal de esta ciudad de Santa Fe mediante cheque de cualquier Banco y Plaza que se extenderá a nombre de la Dirección Provincial de Vialidad de Santa Fe con la aclaración al dorso "para ser depositado en la Cta. 9716/07", pudiendo suscribir convenio de pago en cuotas. Artículo 2º.- La falta de pago en el término acordado dará lugar a la iniciación del juicio ejecutivo, a cuyos efectos se autoriza a la Dirección de Asuntos Jurídicos a promoverlo contra el conductor del vehículo marca SCANIA Modelo T 113 H, Dominio Chasis REW 621, dominio acoplado BWK 849, Sr. OTAZO BRUNO RUPERTO con domicilio en Avenida Roca Nº 134 de la Ciudad de Santiago del Estero, Provincia de Santiago del Estero, a los transportistas Sr. D´AURIA HECTOR DANIEL, con domicilio en Calle Paso de los Andes Nº 357 de la Ciudad de San Miguel de Tucumán, Provincia de Tucumán y FRANCKR S.A. con domicilio en Ruta Nº 9 Km. 1286 de la Localidad de Cruz Alta, Provincia de Tucumán y el Cargador KARBOTRAK S.R.L. con domicilio en la Localidad de Tintina, Provincia de Santiago del Estero tendiente al cobro de la suma de $ 4.533,08.- (Pesos Cuatro Mil Quinientos Treinta y Tres con 08/100), con más los intereses que correspondan desde la fecha en que se cometió la infracción y hasta el momento de su efectivo pago. Artículo 4º.- Regístrese, comuníquese, notifíquese y archívese. Lo que se publica en el BOLETIN OFICIAL a sus efectos y por el término y apercibimientos legales.
S/C 1002 Mar. 17 Mar. 18
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En relación a los autos administrativos Nº 16101-0018666-3 del Registro del Sistema de Información de Expedientes, caratulados Acta de Constatación de Infracción Nº 1153 de fecha 30/03/06 se procede a notificar fehacientemente por este medio conforme lo preceptuado en los artículos 20º inc. e) y 28º del Decreto - Nº 10.204/58, al Sr. Juan Bautista Turco, con último domicilio conocido en calle Cangallo Nº 6024 de la localidad de Salcipuedes, Pcia. de Córdoba, de lo establecido en la Resolución Nº 1386 dictada el 16 de junio de 2006 por el Ingeniero Antonio Grbavac, Administrador de la Dirección Provincial de Vialidad y que textualmente en su parte pertinente expresa lo siguiente: Visto:... y Considerando:... Resuelve:... Artículo 1º.- Intimar al Sr. Turco Franco Marcelo en carácter de conductor y transportista, con domicilio en Cerrito Nº 45 de la Localidad de Salsipuedes, y/o Italia Nº 6101 de la localidad de Río Ceballos, Pcia. de Córdoba, al transportista Sr. Turco Juan Bautista, con domicilio en Cangallo Nº 6024 de la localidad de Salsipuedes, Pcia. de Córdoba y al cargador Sr. Vespasiani Mario, con domicilio en Ardiles Nº 381 de la localidad de Villa Mercedes, Pcia. de San Luis para abonen en el plazo perentorio e improrrogable de 20 (veinte) días de recibida la presente la suma de $ 16.187,71 (Pesos Dieciseis Mil Ciento Ochenta y Siete con 71/100) con más el 1% de interés mensual desde la fecha en que se cometió la infracción y hasta su efectivo pago, bajo apercibimiento de procederse a la ejecución para el cobro por vía judicial. El pago deberá efectuarse en el domicilio de la Dirección General de Finanzas y Presupuesto de la Dirección Provincial de Vialidad con la aclaración al dorso "para ser depositado en la Cta. 9716/07", pudiendo suscribir convenio de pago en cuotas. Artículo 2º.- La falta de pago en el término acordado dará lugar a la iniciación del juicio ejecutivo, a cuyo efecto se autoriza a la Dirección de Asuntos Jurídicos a promoverlo contra el conductor y transportista del vehículo marca Fiat, Modelo 614, Dominio Chasis WTA 240, Dominio Acoplado WYA 838 , Sr. Turco Franco Marcelo, con domicilio en Cerrito Nº 45 de la localidad Salsipuedes y/o Italia Nº 6101 de la localidad de Río Ceballos, Pcia. de Córdoba, el transportista Sr. Turco Juan Bautista, con domicilio en Cangallo Nº 6024 de la localidad de Salsipuedes, Pcia. de Córdoba y el cargador Sr. Vespasiani Mario, con domicilio en Ardiles Nº 381 de la localidad de Villa Mercedes, Provincia de San Luis, tendiente al cobro de la suma de $ 16.187,71 (Pesos Dieciséis Mil Ciento Ochenta y Siete con 71/100), con más los intereses que correspondan desde la fecha en que se cometió la infracción y hasta su efectivo pago. Artículo 3º. Regístrese, comuníquese y archívese. Lo que se publica en el BOLETIN OFICIAL a sus efectos y por el término y apercibimientos legales.
S/C 1099 Mar. 17 Marzo 18
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En relación a los autos administrativos Nº 16102-0013514-2 del Registro del Sistema de Información de Expedientes, caratulados Acta de Constatación de Infracción Nº 0747 de fecha 23/03/04 se procede a notificar fehacientemente por este medio conforme lo preceptuado en los artículos 20º inc) e y 28º del Decreto - Nº 10.204/58, a la Sra. Ester Gartner, con último domicilio conocido en Calle 25 de Mayo s/nº de la localidad de Darregueira, provincia de Buenos Aires, de lo establecido en la Resolución Nº 665/05 dictada el 22 de abril de 2005 por el Ingeniero Antonio Grbavac, Administrador de la Dirección Provincial de Vialidad y que textualmente en su parte pertinente expresa lo siguiente: Visto:... y Considerando:... Resuelve:... Artículo 1º.- Rechazar el reclamo efectuado por el Sr. Mario Alberto Duval, por los motivos invocados en el considerando. Artículo 2º.- Intimar al Sr. Mario Alberto Duval, en carácter de conductor, con domicilio en Laprida Nº 289, de la localidad de Darregueira, Pdo. de Puan, Pcia. de Buenos Aires y/o Avda. Uruguay Nº 798 de la localidad de Isla Verde - Provincia de Córdoba, a los transportistas, Sra. Ester Gartner, con domicilio en 25 de Mayo s/nº de la localidad de Darregueira - Pcia. de Buenos Aires y Horacio Walter Duval, con domicilio en Laprida Nº 420 de la localidad de Darregueira - Prov. de Buenos Aires y al cargador Don Regino SCA, con domicilio en Víctor Manuel Nº 798 de la localidad de Cafferata - Prov. de Santa Fe, para que en el plazo perentorio e improrrogable de 20 días de recibida la presente, abonen la suma de $ 9.344,232 (Pesos Nueve Mil Trescientos Cuarenta y Cuatro con 232/1000), con más el 1% de interés mensual desde la fecha en que se cometió la infracción y hasta su efectivo pago, bajo apercibimiento de procederse a la ejecución para el cobro por vía judicial. El pago deberá efectuarse en el domicilio de la Dirección General de Finanzas y Presupuesto de la Dirección Provincial de Vialidad con la aclaración al dorso "para ser depositado en la Cta. 9716/07", pudiendo suscribir convenio de pago en cuotas.
Artículo 3º.- La falta de pago en el término acordado dará lugar a la iniciación del juicio ejecutivo, a cuyo efecto se autoriza a la Dirección de Asuntos Jurídicos a promoverlo contra el conductor del vehículo Nissan, modelo CPC14HHLT - DIESEL, Dominio Chasis ANA480, Dominio Acoplado URE777, Sr. Mario Alberto Duval, con domicilio en Laprida Nº 289, de la localidad de Darregueira Pdo. de Puan - Prov. de Buenos Aires y/o Avda. Uruguay Nº 798 de la localidad de Isla Verde - Prov. de Córdoba, los transportistas, Sra. Ester Gartner con domicilio en 25 de Mayo s/nº de la localidad de Darregueira - Prov. de Buenos Aires y Horacio Walter Duval con domicilio en Laprida Nº 420 de la localidad de Darregueira - Prov. de Buenos Aires y el cargador Don Regino SCA, con domicilio en Víctor Manuel Nº 798 de la localidad de Cafferata - Pcia. de Santa Fe, tendiente al cobro de la suma de $ 9.344,232 (Pesos Tres Mil Trescientos Cuarenta y Cuatro con 232/1000), con más los intereses que correspondan desde la fecha en que se cometió la infracción y hasta su efectivo pago. Artículo 3º.- Regístrese, comuníquese y archívese. Lo que se publica en el BOLETIN OFICIAL a sus efectos y por el término y apercibimientos legales.
S/C 1100 Mar. 17 Mar. 18
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En relación a los autos administrativos Nº 16102-0021242-9 del Registro del Sistema de Información de Expedientes, caratulados Acta de Constatación de Infracción Nº 1141 de fecha 18/01/07 se procede a notificar fehacientemente por este medio conforme lo preceptuado en los artículos 20º inc. e) y 28º del Decreto Nº 10.204/58, al Sr. José Luis Fumis, con último domicilio conocido en calle Ejército Argentino s/nº de la localidad de Calchaquí, provincia de Santa Fe, al Sr. René Javier Pighin, con último domicilio conocido en calle Roque Saenz Peña Nº 986 de la localidad de Vera, provincia de Santa Fe, y a la firma "Nobille", con domicilio en Reconquista, provincia de Santa Fe, de lo establecido en la Resolución Nº 2202 dictada el 25 de septiembre de 2007 por la C.P.N. Patricia D. Bonni, Sub-Administradora de la Dirección Provincial de Vialidad y que textualmente en su parte pertinente expresa lo siguiente: Visto:... y Considerando:... Resuelve:... Artículo 1º.- Aprobar el Acta de Infracción Nº 1141 de fecha 18/01/07, conforme a la legislación vigente.
Artículo 2º.- Intimar al Sr. Fumis, José Luis, en carácter de conductor con domicilio en Ejército Argentino s/nº de la Localidad de Calchaquí, Provincia de Santa Fe, al transportista Piguin, René Javier con domicilio en Roque Saenz Peña Nº 986, de la Ciudad de Vera, Provincia de Santa Fe, y al cargador "Nobille", con domicilio en la Ciudad de Reconquista, Provincia de Santa Fe, para que en el plazo perentorio e improrrogable de 20 (veinte) días de recibida la presente abonen la suma de $ 9.421,12 (Pesos Nueve Mil Cuatrocientos Veintiuno con 12/100) con más el 1% de interés mensual desde la fecha en que se cometió la infracción y hasta su efectivo pago, bajo apercibimiento de procederse a la ejecución para el cobro por vía judicial. El pago deberá efectuarse en el domicilio de la Dirección General de Finanzas y Presupuesto de la Dirección Provincial de Vialidad con la aclaración al dorso "para ser depositado en la Cta. 9716/07", pudiendo suscribir convenio de pago en cuotas. Artículo 3º.- La falta de pago en el término acordado dará lugar a la iniciación del juicio ejecutivo, a cuyo efecto se autoriza a la Dirección de Asuntos Jurídicos a promoverlo contra el conductor del Camión Marca Fiat, Modelo ISON, Dominio Chasis RZF 320, Dominio Acoplado UBC 529, Sr. Fumis, José Luis, con domicilio en E. Argentino s/nº de la localidad de Calchaquí, Provincia de Santa Fe, el transportista, Sr. Piguin René Javier, con domicilio en calle Roque Saenz Peña Nº 986, de la localidad de Vera, Provincia de Santa Fe, y el cargador "Nobille", con domicilio en la Ciudad de Reconquista, Provincia de Santa Fe, tendiente al cobro de la suma de $ 9.421,12 (Pesos Nueve Mil Cuatrocientos Veintiuno con 12/100), con más los intereses que correspondan desde la fecha en que se cometió la infracción y hasta su efectivo pago. Artículo 3º.- Regístrese, comuníquese y archívese. Lo que se publica en el BOLETIN OFICIAL a sus efectos y por el término y apercibimientos legales.
S/C 1001 Mar. 17 Mar. 18
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