DECRETO N° 0138
Santa Fe, “Cuna de la Constitución Nacional”
10 de febrero de 2009
V I S T O:
El Decreto N° 0048 de fecha 29 enero de 2009, que dispuso la apertura en el ámbito de la Secretaría de Comunicación Social del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado, de un Registro de Medios de Comunicación, Agencias de Publicidad y Productoras de Contenidos de la Provincia; y
CONSIDERANDO:
Que el mencionado decreto estableció en su art. 2°, como fecha límite para la inscripción obligatoria en dicho registro, el día 15 de Febrero de 2009;
Que resulta necesario que todos los medios de comunicación, agencias de publicidad y productoras de contenido existentes en el territorio provincial, tengan la posibilidad de formalizar la inscripción en el registro cuya apertura se dispuso;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A
ARTICULO 1°: Prorrógase el plazo de inscripción en el Registro de Medios de Comunicación, Agencias de Publicidad y Productoras de Contenidos de la Provincia de Santa Fe, hasta el 30 de Abril de 2009.
ARTICULO 2°: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
BINNER
Dr. Antonio Juan Bonfatti
2682
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