MINISTERIO DE GOBIERNO Y
REFORMA DEL ESTADO
RESOLUCION N° 0817
Santa Fe, 30 de diciembre de 2010.
VISTO:
La gestión iniciada a
través del Expediente N° 00101-0206939-7 del registro del Sistema de
Información de Expedientes, mediante el cual se gestiona la realización de un
procedimiento de selección para incorporar personal a la planta permanente en
Categoría 03 - Agrupamiento Profesional - de la SECRETARIA DE INTEGRACION
REGIONAL dependiente del MINISTERIO DE GOBIERNO Y REFORMA DEL ESTADO, dentro
del marco establecido por el Decreto Nº 291/09; y
CONSIDERANDO:
Que la gestión
responde a la urgencia de dar respuesta a las necesidades de organización de la
SECRETARIA DE INTEGRACION REGIONAL, ya que la misma no cuenta aún con una ,
estructura que permita acompañar el crecimiento de las actividades y programas
de trabajo desarrollados por la misma, especialmente los programas de
colaboración e integración que refieran al cumplimiento de los objetivos del
Tratado de Integración Regional de la Región Centro, la integración con los
países del MERCOSUR, con la CRECENEA-CODESUL/LITORAL, demás regiones y
organismos nacionales e internacionales, a las que la Provincia sea invitada a
participar;
Que a tal fin; y en
concordancia con; los principios vertidos en el Decreto Nº 291/2009 que
instaura el Proceso de Selección para el ingreso a la Administración Pública, y
que en su artículo 6° dispone que el Ministerio en donde se cubrirá la vacante
deberá emitir la Resolución convocante a dicho Proceso, corresponde contemplar
cuatro etapas de evaluación: de Antecedentes, Técnica, Psicotécnica y
Entrevista Personal;
Que en este sentido
se considera un derecho y también un deber por parte de todo aspirante el
someterse al procedimiento de selección que acredite la idoneidad para el
desempeño de la función, de conformidad a lo previsto en el Artículo 10° inciso
“a” de la Ley N° 8525 “Estatuto para el Personal, de la Administración Pública
Provincial”;
Que integran la
presente Resolución como anexos el perfil del puesto a cubrir en la citada
SECRETARIA y el procedimiento de selección de Ministerio de Gobierno y Reforma
del Estado aspirantes, que recepta la metodología de evaluación y calificación
de los mismos;
Que la Subsecretaría
de Recursos, Humanos y Función Pública del Ministerio de Economía, de
conformidad a lo normado por el Artículo 5° del Decreto Nº 0291/09, ha tomado
conocimiento y compartido los criterios de elaboración de los perfiles requeridos
y de evaluación de antecedentes;
Que para la
resolución del trámite se considera conveniente modificar la Planta de cargos
de la Jurisdicción 11: MINISTERIO DE GOBIERNO Y REFORMA DEL ESTADO, para
disponer del cargo vacante, conforme a la normativa del Artículo 29° de la Ley
Nº 12.510 de Administración, Eficiencia y Control del Estado, con ajuste a lo
normado en el Artículo 26° de la Ley N° 13.065 y en el marco Decreto-Acuerdo N°
0553/01, ratificado para el año 2010 por Decreto N° 0006/10;
Que oportunamente se
harán las gestiones para contar con la disponibilidad financiera que requiere
esta gestión, dando cumplimiento a los términos de la Resolución N° 010/04 del
ex-Ministerio de Hacienda y Finanzas, ratificada para el año 2010 por
Resolución N° 0002/10 del Ministerio de Economía;
POR ELLO:
EL MINISTRO DE GOBIERNO Y REFORMA DEL ESTADO
RESUELVE:
ARTICULO 1°:
Modifícase a partir del 1° de Noviembre de 2010 el detalle analítico de la
Planta de Personal Permanente del Presupuesto vigente Ley N° 13.065 en la Jurisdicción
11: MINISTERIO DE GOBIERNO Y REFORMA DEL ESTADO, SUPRESION y CREACION, de
conformidad con lo señalado en la Planilla Anexa “A” que forma parte integrante
de la presente norma legal.
ARTICULO 2°: Llámase
a Proceso de Selección abierto en los términos del Decreto N° 291/09 para
cubrir 1 (un) cargo de Planta Permanente en Categoría 03 - Agrupamiento
Profesional, de la SECRETARIA DE INTEGRACION REGIONAL dependiente del
MINISTERIO DE GOBIERNO Y REFORMA DEL ESTADO.
ARTICULO 3°:
Apruébese el perfil del puesto y el procedimiento de selección de personal a
aplicarse en el Proceso de Selección mencionado en el artículo precedente y que
como Anexo I y II, forman parte de la presente.
ARTICULO 4°:
Regístrese, comuníquese, remítase copia de las actuaciones a la Subsecretaría
de Recursos Humanos y Función Pública del Ministerio de Economía, y a la
Subsecretaría de Inclusión para Personas con Discapacidad dependiente del
Ministerio de Salud, a fin de que ésta difunda y facilite el conocimiento de la
convocatoria en el marco de la Ley de Protección Integral del Discapacitado Nº
9325, a la Unión del Personal Civil de la Nación (Delegación Santa Fe) y a la
Asociación de Trabajadores del Estado, publíquese y archívese.
Dr. ANTONIO JUAN BONFANTI
Ministro de Gobierno y
Reforma del Estado
PLANILLA ANEXA “A”
A partir del 01/11/10
J P A F F F E A C
U R C I U U S G L
R O T N N E C R A
I G I A C N A U S DETALLE CANTIDAD IMPORTE IMPORTE
TOTAL
S R V L I T L P E DE CARGOS UNITARIO
D A I I O E A A
I M D D N N F M
C A A A F O I
C D D I N E
I N N
O A T
N N O
C
SUPRESION
011 16 06 01 030 111 02 08 14 Categoría 3 1 2.334,44 2.344,44
(Planta
Permanente) 1 2.334,44
TOTAL
SUPRESION 1 2.334,44
CREACION
011 32 02 01 030 111 02 02 03 Categoría 3 1 2.334,44 2.334,44
(Planta
Permanente) 1 2.334,44
TOTAL
CREACION 1 2.334,44
ANEXO I
JURISDICCION:
MINISTERIO DE GOBIERNO Y REFORMA DEL ESTADO.
SECTOR: SECRETARIA DE
INTEGRACION REGIONAL.
PUESTO A CUBRIR:
Categoría 03 - Asistente Profesional - Agrupamiento Profesional.
NUMERO DE PUESTO A
CUBRIR: UNO (I)
LUGAR DE PRESTACION
DE SERVICIOS: Tucumán Nº 2657 Planta Alta - Ciudad de Santa Fe, Provincia de
Santa Fe.
HORARIO DE TRABAJO:
según reglamentación vigente:
DESCRIPCION DE LAS
FUCIONES ESENCIALES DEL PUESTO:
1. Asesorar técnica y
jurídicamente en la formulación de propuestas, relativas a la fijación de
prioridades en materia de desarrollo e integración regional, organizando las
acciones para la implementación de los propósitos, intenciones, convenios y
programas de colaboración e integración que tengan que ver con el cumplimiento
de los objetivos del Tratado de Integración Regional de la Región Centro, la integración
con los países del MERCOSUR, con la CRECENEA-CODESUL/LITORAL, demás regiones y
organismos nacionales e internacionales, a las que la Provincia sea invitada a
participar.
2. Programar,
controlar y participar en la ejecución de los actos vinculados con la
integración regional.
3. Desarrollar los
instrumentos jurídicos necesarios, para la implementación de los procedimientos
de integración, en cumplimiento de los lineamientos de la Secretaría.
4. Seguimiento y
actualización de la normativa legal regional vigente.
5. Entender en la
elaboración de las Resoluciones, Decisiones, Acuerdos y Convenios regionales.
6. Formular técnica y
normativamente los proyectos o propuestas de programas.
7. Colaborar en la
articulación con las distintas áreas del Gobierno Provincial.
8. Coordinar el
funcionamiento de los distintos Foros de la Sociedad Civil, la utilización de
las herramientas de integración y los programas conjuntos con los países del
MERCOSUR.
9. Organizar la
información sobre las iniciativas existentes en los sectores público y privado.
10. Colaborar en la
articulación y gestión de las vinculaciones jurídico-institucionales.
11. Sugerir las
propuestas relativas al desarrollo de la integración con las distintas
regiones.
12. Asistir a la
Superioridad en las diligencias de las actuaciones de índole administrativa y
legal, recibidas o iniciadas.
13. Comunicar a la
Superioridad, toda referencia de interés para nuestra provincia, en el marco de
las relaciones con otras regiones.
14. Organizar y
actualizar permanentemente el archivo de información de las relaciones con
otras regiones.
15. Analizar
expedientes que ingresen o se deriven a la Secretaría.
CONOCIMIENTOS:
1) Ley orgánica de
Ministerios N° 12.817.
2) Declaración de El
Fortín (09/05/1998).
3) Tratado de Integración
Regional Córdoba-Santa Fe (15/08/1998). Organización de la Región Centro.
4) Protocolo
Adicional de Córdoba (16/08/1998).
5) Anexo I del
Protocolo Adicional de Córdoba - Junta de Gobernadores Región Centro.
6) Anexo II del
Protocolo Adicional de Córdoba - Comité Ejecutivo y Mesa Ejecutiva - Región
Centro.
7) Anexo III del
Protocolo Adicional de Córdoba - Secretaría Administrativa.
8) Acta de
Integración de la Provincia de Entre Ríos (06/04/1999).
9) Reglamento
Comisión Parlamentaria Conjunta Región Centro (28/07/2004, Res. Nº 022/04).
10) Reglamento
Interno de la Sociedad Civil para la Región Centro (27/04/2006).
11) Plan Estratégico
Región Centro (28/02/2007).
12) Tratado para la
Constitución de un Mercado Común (Tratado de Asunción del 26/03/1991).
13) Protocolo de Ouro
Preto, Adicional al Tratado de Asunción sobre la Estructura Institucional del
MERCOSUR (17/12/1994).
14) Formación y
Funcionamiento del FOCEM (CMC DEC. 45/04, Belo Horizonte 16/12/2004; CMC DEC.
18/05, Asunción 19/06/2005; CMC DEC. 24/05, Montevideo 08/12/2005).
15) Formación y
Funcionamiento del FCCR (CMC DEC. 41704, Belo Horizonte 16/12/2004; CMC DEC.
26/07, Montevideo 27/09/2007).
16) Convenio
Constitutivo Nea-Litoral y Reglamento Interno (08/06/1984).
17) Protocolo
Regional Fronterizo N° 23 (29/11/1988); Anexo I (22/08/89) y II (06/07/90).
18) Declaración Pasos
de los Libres de 30 de junio 1995.
19) Técnica en
redacción normativa.
20) Redacción de
informes y preparación de documentos de trabajo.
21) Manejo de
expedientes administrativos.
22) Manejo de PC,
herramientas informáticas de oficina, planilla de cálculo, procesador de texto
y herramientas vinculadas a Internet.
REQUISITOS DE
ESTUDIOS Y/O EXPERIENCIA:
• Título
Universitario de Abogado.
• Experiencia
comprobable como mínimo de un (1) año en el desarrollo de tareas relacionadas a
la integración regional (excluyente).
CARACTERISTICAS
PERSONALES:
• Capacidad de
negociación.
• Marcada capacidad
de trabajo y gestión.
* Profunda
responsabilidad y compromiso.
• Capacidad de
análisis y resolución de problemas.
• Iniciativa y
proactividad.
• Experiencia y
conocimiento de gestiones administrativas específicas.
• Trato amable y
respetuoso.
ANEXO II
El presente establece
las pautas generales que rigen el proceso de selección de personal para cubrir
un puesto de trabajo en la Jurisdicción 11: MINISTERIO DE GOBIERNO Y REFORMA
DEL ESTADO en la SECRETARIA DE INTEGRACION REGIONAL, según el perfil
establecido en el Anexo I:
Secretaría de
Integración Regional.
Agrupamiento
Profesional.
Un (1) - cargo
Categoría 03 - Asistente Profesional.
El personal que
resulte seleccionado, será propuesto para ser designado por el Poder Ejecutivo
Provincial en carácter de Planta Permanente con carácter provisional (Art. 4
Ley Nº 8.525) del Organismo y Categoría precedentemente enunciados, desde su
designación.
2. COMITE DE
SELECCION:
El proceso de
selección estará a cargo de un Comité compuesto por:
Titulares:
1) El Secretario
Legal y Técnico y su respectivo suplente el Subsecretario de Modernización de
Gestión.
2) El Director
Provincial de Recursos Humanos y la Función Pública y su respectivo suplente el
Director General de Recursos Humanos y la Función Pública, ambos del Ministerio
de Economía.
3) La Coordinadora
General de Recursos Humanos de la Dirección General de Administración y su
respectivo suplente el Subdirector de la Dirección General de Administración.
4) El Secretario de
Integración Regional y su respectivo suplente el Secretario Privado del Sr.
Ministro de Gobierno y Reforma del Estado.
Los miembros del
Comité deberán ajustarse a lo normado por el Art. 7° del Decreto Provincial N°
0291/09.
Integran, el Comité
como veedores del proceso de Selección:
1) Tres (3)
representantes de la UPCN y con sus respectivos suplentes.
2) Un (1)
representante de la ATE y con su respectivo suplente.
Un (1) representante
de la SUBSECRETARIA DE INCLUSION PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD dependiente
del MINISTERIO DE SALUD, en los casos en que participen del proceso de
selección postulantes que acrediten encontrarse incluidos dentro de las
disposiciones previstas por. la Ley de Protección Integral del Discapacitado Nº
9.325.
Los veedores serán
informados de manera fehaciente y con 24 hs. de anticipación de todas las
etapas del proceso.
Cualquier miembro del
Comité de Selección podrá excusarse o ser recusado para intervenir cuando
mediaran las causales establecidas en el Código Procesal Civil y Comercial de
la Provincia, o cuando existieren motivaciones atendibles de orden personal.
3. FACTORES DE
EVALUACION Y SU PONDERACION:
Se asignará la
siguiente ponderación porcentual relativa a cada una de las Etapas, de acuerdo
al perfil a seleccionar.
Perfil Asis. Prof.
Agrupamiento Profesional
Evaluación
Antecedentes 30%
Evaluación Técnica 40%
Evaluación
Personalidad 20%
Entrevista Personal 10%
Total 100%
La selección constará
de cuatro (4) etapas sucesivas, cada una de las cuales será eliminatoria de la siguiente, que recibirán
un puntaje de 100 puntos cada una.
Etapa I: Evaluación
de antecedentes (incluye educación formal y experiencia).
Etapa II: Evaluación
Técnica.
Etapa III: Evaluación
de Personalidad.
Etapa IV: Entrevista
Personal.
Las etapas se
superaran con un mínimo del 70% (setenta por ciento) de los puntos, son
consecutivas y eliminatorias.
La evaluación de
personalidad comprenderá una prueba cognitiva, cuya calificación no podrá estar
por debajo del término medio y otra evaluación de las competencias y
comportamentales relacionadas con el perfil del puesto.
En la entrevista
personal, el Comité de Selección podrá plantear a los postulantes todo tipo de
preguntas relacionadas con su formación, experiencia, conocimientos técnicos,
personalidad u otros aspectos que permitan evaluar más profundamente la calidad
profesional y los atributos personales de los entrevistados.
Obtención del puntaje
ponderado por Etapa y Elaboración del Orden de Mérito:
Se multiplicará el
puntaje bruto de cada etapa por la ponderación relativa establecida al inicio
del proceso de selección. Se sumarán los puntajes brutos ponderados y se
obtendrá el puntaje global. Con este puntaje global se realizará el orden de
mérito.
Al finalizar cada
etapa del proceso, se labrará un acta en la que se listarán los candidatos que
pasarán a la etapa siguiente en vista del puntaje obtenido en las diversas
instancias, así como cualquier otra circunstancia que el Comité de Selección
considere pertinente.
Asimismo, dichos
resultados serán publicados en la cartelera del Organismo y en la página web
oficial, www.santafe.gov.ar.
4. PLANIFICACION Y
PAUTAS DE APLICACION:
4.1 - Convocatoria
pública: Se procederá a efectuar la convocatoria el décimo primer día hábil
posterior a la firma de la presente, mediante publicación en el BOLETIN OFICIAL
de la Provincia, en cartelera instalada en la sede del Organismo y en la página
web Oficial, www.santafe.gov.ar. durante 3 (tres) días hábiles, debiendo tomar
intervención la Dirección Provincial de Gobierno Digital. Dicha publicación deberá
contener lugar, día y horario de recepción de las solicitudes así como también
el cargo a cubrir; esto es, perfil, sector y nivel.
La jurisdicción
tendrá la facultad de dejar sin efecto el llamado en cualquier estado del
trámite o declararlo desierto, si a su exclusivo criterio ninguno de los
aspirantes reuniese los requisitos y perfil exigidos; sin que ello de lugar a
ninguna reclamación por los mismos, derivada de esas circunstancias.
4.2 - Inscripción: Se
deberá publicar el Formulario de inscripción en la Página Web Oficial,
www.santafe.gov.ar. pudiéndose imprimir de allí por cada interesado y podrá ser
retirado en la Secretaría de Integración Regional, Provincia de Santa Fe, sita
en calle Tucumán N° 2657 - Planta Alta.
A partir del décimo
día hábil posterior a la finalización de la publicación, se recibirán los
formularios de inscripción en dicha Secretaría, durante cinco días hábiles, en
horario de 9 a 11 hs.
Los postulantes
deberán acompañar el Formulario de Inscripción, una copia impresa de su Currículo
Vitae, una fotocopia de las dos primeros hojas del DNI o su equivalente y
último cambio de domicilio, y de todos los antecedentes relativos a los datos
consignados en el referido formulario (Ej.: certificados de estudios, diplomas,
constancias de título en trámite, certificados de trabajos desempeñados y demás
comprobantes pertinentes).
Toda fotocopia
presentada en la documentación, deberá estar debidamente certificada por la
institución emisora, por tribunales provinciales o federales, juzgados de paz o
escribanos públicos. La documentación deberá presentarse en un sobre cerrado
que contenga la leyenda “Proceso de Selección”, seguido de la identificación
del puesto a concursar, apellido, nombre y número de DNI del postulante. Todas
las hojas deberán estar numeradas y firmadas, indicándose la totalidad de hojas
que componen la presentación (por ejemplo, 1 de 10 o 1/10). No serán
considerados los antecedentes respecto de los cuales no se acompaña
documentación probatoria o respaldatoria.
Todos los datos
denunciados por los aspirantes tendrán carácter de declaración jurada.
Cualquier falsedad
incurrida en ellos será causal inmediata de eliminación del proceso de
selección, de lo que será debidamente notificado el postulante alcanzado, con
mención de la causal.
Se emitirá una
constancia de recepción de las Fichas de Inscripción, firmada y sellada por el
personal autorizado por el organismo convocante, Secretaría de Integración
Regional, en la que se consignará la fecha de recepción, siendo ésta la única
documentación admitida a los efectos de acreditar la inscripción.
No se admitirá la
invocación de nuevos títulos, antecedentes o trabajos con posterioridad al
cierre del plazo de inscripción.
La presentación de la
solicitud en la convocatoria importa el pleno conocimiento y aceptación de los
aspirantes de las bases establecidas en el presente procedimiento, como
asimismo la modalidad de designación resultante, el área en que se han de
prestar servicios y tareas exigidas.
4.3 - Evaluación de
antecedentes: El Comité de Selección deberá realizar esta evaluación a quienes
se hayan inscripto conforme las pautas establecidas en el punto 2.
La misma se realizará
a partir del día hábil subsiguiente a la finalización del período de
inscripción y no podrá exceder los treinta días hábiles posteriores.
4.4 - Notificación de
los resultados: Se deberá publicar en cartelera a instalarse en la Secretaría
de Integración Regional, sita en calle Tucumán N° 2657 - Planta Alta, y en la
Página Web Oficial, www.santafe.gov.ar, el listado de postulantes admitidos.
Del mismo modo se publicará, con determinación del lugar, fecha y hora, por
cada grupo y perfiles postulados y admitidos, la Realización de la Evaluación
Técnica (prueba de oposición) que llevará a cabo el Comité de Selección. La
Evaluación técnica se llevará a cabo una vez finalizada la publicación de los
postulantes admitidos, y por grupos y perfiles de puestos.
4.5 - Evaluación
Técnica: El Comité de Selección evaluará a los postulantes preseleccionados,
debiendo llevarse a cabo según los grupos y en las fechas previamente
notificadas.
4.6 - Notificación de
los resultados: Se deberá publicar en cartelera a instalarse en la Secretaría
de Integración Regional, sita en calle Tucumán N° 2657 - Planta Alta y en la
Página web Oficial www.santafe.gov.ar, el listado de los resultados de la
evaluación técnica de todos los postulantes, con determinación de los
admitidos, y, del mismo modo, del lugar, fecha y hora de la realización de la
Evaluación de Personalidad que llevará a cabo el profesional/profesionales
designado/s conforme el Artículo 11° del Decreto N° 291/09.
4.7 - Evaluación de
la personalidad: Se llevará a cabo a través de exámenes psicotécnicos a los
postulantes seleccionados según el punto anterior.
4.8 - Notificación de
los resultados: Se deberá publicar en cartelera a instalarse en la Secretaría
de Integración Regional, sita en calle Tucumán N° 2657 - Planta Alta, y en la
Página Web Oficial, www.santafe.gov.ar. el listado de aquellos postulantes que
en la Evaluación de Personalidad hayan alcanzado o superado el nivel de ajuste
mínimo entre sus competencias personales y las competencias del perfil del
puesto. Estos serán citados a la entrevista personal, debiéndose determinar el
lugar, fecha y hora por grupo (si existieren) de la realización de la misma.
4.9 - Entrevista
personal: Deberá ser realizada por el Comité de Selección, en el lugar y fecha
establecida en el punto anterior.
4.10 - Dictamen
Final: El Comité de Selección deberá emitir un dictamen final, el que deberá
ser explícito y fundado, y constará en acta que firmarán todos sus integrantes.
Deberá contener una
valoración de las diferentes factores considerados en el procedimiento de
selección para cada uno de los aspirantes, donde el puntaje total obtenido
determinará el orden de mérito para el cargo comprendido en la convocatoria.
Quedarán selecciones para
su designación en carácter permanente los que hayan alcanzado el mayor puntaje
final y conforme a las vacantes existentes en cada caso en esta Jurisdicción.
El orden de méritos
tendrá una vigencia de un año, contado a partir de la fecha en que lo actuado
por el Comité quede firme en sede administrativa.
Dentro de su
vigencia, podrán ofrecerse a los postulantes ubicados en el respectivo listado,
en estricto orden de precedencia, las vacantes que se produzcan en el cargo
comprendido en el presente procedimiento de selección, con posterioridad a la
cobertura dispuesta por la misma. Lo mismo procederá con los que por cualquier
circunstancia se introduzcan en la Jurisdicción involucrada, a condición en
este caso que correspondan a idéntica categoría presupuestaria, requieran
conocimientos y perfil análogos y desarrollen funciones similares a los
comprendidos en el presente llamado. Aquellos postulantes que por cualquier
motivo rechazaren el ofrecimiento por medio fehaciente para ocupar la vacante
perderán su posición en el orden de méritos, pasando a ocupar la última
posición de dicho orden.
En las tres últimas
etapas del proceso de selección, los postulantes deberán, de manera excluyente,
presentarse con Documento Nacional de Identidad o documento personal equivalente.
No constituirá causal
de nulidad del procedimiento la ausencia de alguno de los integrantes del
Organo de Selección durante el desarrollo de las etapas establecidas, pudiendo
ser reemplazado por otro funcionario que se designe oportunamente y siempre que
se mantenga lo establecido en punto 2.
4.11 - Notificación
del Orden de Méritos: Se deberá publicar, mediante cartelera a instalarse en la
Secretaría de Integración Regional, sita en calle Tucumán Nº 2657 -
Planta Alta y en la Página Web Oficial,
www.santafe.gov.ar, el listado de los resultados de la entrevista personal de
todos los postulantes, el puntaje total obtenido y el orden de méritos
resultante para el cargo comprendido en la convocatoria.
4.12 -
Notificaciones: La publicación en la página Web Oficial de la Provincia de
Santa Fe, www.santafe.gov.ar. y en la cartelera a instalarse en la Secretaría
de Integración Regional, sita en calle Tucumán Nº 2657 - Planta Alta, de los
resultados de las etapas, del lugar y fecha de realización de las evaluaciones
y entrevistas y del Orden de méritos final, será notificación fehaciente.
CRITERIOS PE
EVALUACION DE ANTECEDENTES
Agrupamiento:
Profesional.
Asistente
Profesional:
Puntaje total: 100
puntos.
Mínimo Puntaje para
pasar a instancia de Evaluación Técnica: 70 puntos.
a) - Educación Formal
Criterio Puntaje
Título de abogado con
maestrías en Procesos de Integración Regional 60
Título de Abogado. 50
b) - Experiencia
Formal.
Criterio Puntaje
Experiencia
comprobable mayor a 2 (dos) años en el desarrollo de tareas relacionadas a la integración Regional en la
administración pública. 40
Experiencia
comprobable mayor a 2 (años) en el desarrollo de tareas relacionadas a la
integración regional en el ámbito privado. 30
Experiencia
comprobable como mínimo de 1 (un) año y hasta 2 (dos) años en el desarrollo de
tareas relacionadas a la integración regional en el ámbito 25
de la administración
pública. Experiencia comprobable como mínimo de 1 (un) año y hasta 2 (dos) años
en el desarrollo de tareas relacionadas a la integración regional en el ámbito 20
privado. Formulario
de Inscripción disponible en Oficinas de la Secretaría y en la página Web
oficial www.santafe.gov.ar a partir del 17/1/11.
S/C 5803 Ene. 17 Ene. 19
__________________________________________
MINISTERIO DE ECONOMIA
NOTIFICACION
Por la presente, se
comunica al Sr. ARIEL HERNAN ZANDALAZANI, Presidente de la “Sociedad Mutual
Edén” con domicilio en Esmeralda Nº 339, 9º Piso, Oficina 1 de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, lo expresado por el C.P.N. Juan Carlos Pucciarelli,
Subsecretario de Recursos Humanos y Función Pública del Ministerio de Economía
de la Pcia. de Santa Fe en relación a su solicitud de un código de descuento,
con el cual se generó el expediente Nº 00320-0004320-2 del Registro del Sistema
de Información de Expedientes (S.I.E.) que dice: “Por medio de la presente me
dirijo a usted a los fines de poner en su conocimiento que según lo establece
el Decreto Nº 3159/93 en su último considerando, no es posible hacer lugar al
solicitado Código de Descuento, dado que la Sociedad que usted preside no se
trata de una entidad gremial. Sirva la presente de atenta nota. Subsecretaría
de RRHH y Función Pública. Fdo. C.P.N. Juan Carlos Pucciarelli, Subsecretario
de Recursos Humanos y Función Pública - Ministerio de Economía.
S/C 5804 Ene. 17 Ene. 18
__________________________________________