DIRECCION PROVINCIAL
DE CONTRATACIONES
Y GESTION DE BIENES
DISPOSICIÓN Nº 291
SANTA FE “Cuna de la Constitución Nacional”, 01 de
Diciembre de 2010
V
I S T O:
Los informes elevados por el Registro
Oficial de Proveedores de la Provincia, solicitando la inscripción de una (01)
firma y la renovación de antecedentes de otras; y
CONSIDERANDO:
Que dicho Registro manifiesta que las mismas
han cumplido con los requisitos exigidos por el Decreto Nº 5100/55 y
Disposición DPCyS Nº 221/09, quedando debidamente encuadradas en las
disposiciones vigentes;
Que los distintos
estamentos técnicos y jurídicos han tomado la respectiva intervención sin
observaciones que formular;
Que la presente se
dicta en uso de las facultades emergentes de los Decretos 5100/55 y 2479/09;
POR ELLO:
EL DIRECTOR PROVINCIAL DE CONTRATACIONES Y
GESTIÓN DE BIENES
D I S P O N E:
ARTÍCULO 1º: Inscríbase en el Registro Oficial de
Proveedores de la Provincia de Santa Fe,
por el término de dieciocho (18) meses a partir de la presente, a la siguiente
firma: (2.742) SAGE S.R.L.
ARTÍCULO 2º:
Renuévese la inscripción en el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia de Santa Fe, por el término
de dieciocho (18) meses a partir de la presente a las siguientes firmas:
(1.685) EXCELL PHARMA S.A.; (1.892) GOMA PAZ S.R.L.; (2.449) WM ARGENTINA S.A.
ARTÍCULO 3º: Regístrese, comuníquese, publíquese y
archívese.
C.P. Emiliano Arzuaga
Director Provincial de
Contrataciones y Gestión de Bienes
S/C 5634 Dic. 16 Dic. 17
__________________________________________
DISPOSICIÓN Nº 298
SANTA FE “Cuna de la Constitución Nacional”, 09 de
Diciembre de 2010
V
I S T O:
Los informes elevados
por el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia, solicitando la
inscripción de tres (03) firmas y la renovación de antecedentes de otras; y
CONSIDERANDO:
Que dicho Registro manifiesta que las mismas
han cumplido con los requisitos exigidos por el Decreto Nº 5100/55 y
Disposición DPCyS Nº 221/09, quedando debidamente encuadradas en las
disposiciones vigentes;
Que los distintos
estamentos técnicos y jurídicos han tomado la respectiva intervención sin
observaciones que formular;
Que la presente se
dicta en uso de las facultades emergentes de los Decretos 5100/55 y 2479/09;
POR ELLO:
EL DIRECTOR PROVINCIAL DE
CONTRATACIONES Y
GESTIÓN DE BIENES
D I S P O N E:
ARTÍCULO 1º: Inscríbase en el Registro Oficial de
Proveedores de la Provincia de Santa Fe,
por el término de dieciocho (18) meses a partir de la presente, a las
siguientes firmas: (2.743) “SANTA FE INSUMOS Y SERVICIOS”, de BUSTAMANTE
ALBANA; (2.744) MARIUTTI HNOS. S.R.L.;
(2.745)“SURGYCORD”, de SEGURA HORACIO GABRIEL.
ARTÍCULO 2º:
Renuévese la inscripción en el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia de Santa Fe, por el término
de dieciocho (18) meses a partir de la presente a las siguientes firmas:
(1.289) CONSULTAR S.H. de ROCHA DARIO DARDO Y MERENDINO CLAUDIO RUBEN; (2.409)
DROGUERIA APONOR S.A.; (2.520) TECHNO HEALTH S.R.L.
ARTÍCULO 3º: Regístrese, comuníquese, publíquese y
archívese.
C.P. Emiliano Arzuaga
Director Provincial de
Contrataciones y Gestión de Bienes
S/C 5635 Dic. 16 Dic. 17
__________________________________________
MINISTERIO DE ECONOMIA
RESOLUCION Nº 737
Santa Fe, 7 de diciembre de 2010.
VISTO:
El Expediente Nº
00302-0084875-7 del Sistema de Información de Expedientes de la Caja de
Asistencia Social - Lotería de Santa Fe, mediante el cual se promueve el
llamado a concurso para cubrir cargos vacantes en el, ámbito de esta
Jurisdicción; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el
dictado del Decreto Nº 1729/09 homologatorio del Acta-Acuerdo N° 005/2009, se
dispuso, entre otras cosas, el reemplazo del Capítulo XIV “Régimen de
Concursos” del Escalafón del Personal Civil de la Administración Pública;
Que en el artículo
27° del citado Decreto, se dispuso la derogación del Decreto N° 3924/87,
modificado por Decreto N° 88/87, mediante el cual se imponían restricciones en
la materia, facultándose al titular de la Jurisdicción a efectuar los llamados
a concursos;
Que en virtud de lo
expuesto en el Decreto Nº 2480/09, se modificó la Estructura Orgánico-Funcional
de la Caja de Asistencia Social - Lotería de Santa Fe tendiente a organizar las
distintas áreas y actualizar las misiones y funciones de las mismas;
Que en virtud de lo
expuesto en el Decreto Nº 2480/09, se encuentran vacantes, cargos cuyas
funciones son esenciales para el normal funcionamiento del Organismo, por lo
que resulta procedente realizar de manera paulatina y en función a las
necesidades del Organismo los respectivos llamados a concurso;
Que los cargos que
resultan necesario cubrir en el presente llamado son los siguientes: Jefe
Departamento Revisiva Categoría 6 - Agrupamiento Administrativo, Jefe División
Mesa de Entrada Categoría 4 - Agrupamiento Administrativo, jefe de División
Premios Mayores y Particulares Categoría 4 -Agrupamiento Administrativo, Jefe
División Escribanía Categoría 4 - Agrupamiento Administrativo Jefe División
Juego Responsable Categoría 4 - Agrupamiento Administrativo, Jefe Sección
Personal Categoría 3 - Agrupamiento Administrativo, Jefe de Sección Juegos
Instantáneos Categoría 3 - Agrupamiento Administrativo, Jefe de Sección
Loterías e Impresos Categoría 3 - Agrupamiento Administrativo, Jefe de Sección
Movilidad Categoría 3 - Agrupamiento Mantenimiento y Producción y Jefe Sección
Técnica Categoría 3 - Agrupamiento Mantenimiento y Producción;
Que a tal fin, se
procedió a elaborar la descripción de los perfiles de los puestos con la
participación de las entidades sindicales, conforme a lo acordado en el punto 4
inc. e) del Acta Acuerdo N° 005/09, de la Comisión Paritaria Central, con el
objetivo de garantizar la capacidad e idoneidad de los agentes que cubrirán los
cargos vacantes;
Que en la presente
gestión han intervenido las áreas competentes de la Institución, a efectos de
cumplir con los requisitos técnicos administrativos previos;
Que asimismo, ha
tomado la intervención de su competencia la Subsecretaría de Recursos Humanos y
la Función Pública del Ministerio de Economía, ejerciendo el correspondiente
control técnico sobre los aspectos formales e instrumentales del procedimiento;
Que la composición
del Jurado para los cargos que se concursan se ha dispuesto conforme a lo
establecido en el Artículo 94° del Decreto-Acuerdo Nº 2695/83 modificado por el
Decreto Nº 1729/09, integrándose parcialmente los mismos con personas que
poseen en su actividad jerarquías equivalentes a la requerida y especialidades
afines a las concursadas, por no haber resultado posible cumplimentar con las
condiciones especificadas en el 1° párrafo del citado artículo;
Que a tal efecto, las
entidades sindicales propusieron a los miembros del Jurado que actuarán en su
representación;
POR ELLO;
EL MINISTRO DE ECONOMIA
RESUELVE:
ARTICULO 1) - Llamar
a concurso interno, en los términos del Capítulo XIV del Escalafón Decreto
Acuerdo Nº 2695/83, modificado por Decreto Nº 1729/09, para la cobertura de los
cargos: Jefe Departamento Revisiva Categoría 6 - Agrupamiento Administrativo,
Jefe División Mesa de Entrada Categoría 4 - Agrupamiento Administrativo, Jefe
de División Premios Mayores y Particulares Categoría 4 -Agrupamiento
Administrativo, Jefe División Escribanía Categoría 4 - Agrupamiento
Administrativo, Jefe División Juego Responsable Categoría 4 - Agrupamiento
Administrativo, Jefe Sección Personal
Categoría 3 - Agrupamiento Administrativo, Jefe de Sección Juegos Instantáneos
Categoría 3 - Agrupamiento Administrativo, Jefe Sección Loterías y Preimpresos
categoría 3 - Agrupamiento Administrativo, Jefe de Sección Movilidad Categoría
3 - Agrupamiento Mantenimiento y Producción y Jefe Sección Técnica Categoría 3
- Agrupamiento Mantenimiento y Producción.
ARTICULO 2) - Aprobar
los Perfiles de Puestos que como Anexo I forma parte integrante de la presente
Resolución.
ARTICULO 3) - Aprobar
la Composición del Jurado, las Etapas de Evaluación, el Cuadro de Ponderación
relativa de las mismas y el Cronograma de Actividades previstas para el
Procedimiento, conforme al detalle que como Anexo II forma parte integrante de
la presente Resolución;
ARTICULO 4)
Establecer que, en caso de existir inconvenientes con las fechas estipuladas.
Para la evaluación de antecedentes, técnica, psicotécnica y entrevista personal
el jurado del concurso podrá cambiar las mismas, mediante el acta pertinente y
con notificación fehaciente a los postulantes.
ARTICULO 5) -
Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
CR. ANGEL JOSE SCIARA
Ministro de Economía
Pcia. Santa Fe
CONCURSO INTERNO MINISTERIO
DE ECONOMIA
CAJA DE ASISTENCIA SOCIAL
LOTERIA DE SANTA FE
Cargo a cubrir: Jefe
Departamento Revisiva - Categoría 6 - Agrupamiento Administrativo.
Lugar de prestación
de servicios: C. A. S. Lotería de Santa Fe, sita en calle 1ra. Junta 2724 -
Santa Fe.
Cantidad de Cargos: 1
(uno)
A. Misión
Coordinar y
supervisar la aplicación de los mecanismos de revisión de los gastos, abarcando
los aspectos contables y financieros, que establece la legislación vigente,
relativa a las rendiciones de cuentas, informando a la Dirección General de la
C.A.S. sobre la labor desarrollada.
B. Funciones
1) Entender en la
elaboración de los balances de Movimientos de Fondos con la intervención de la
Dirección General de la C.A.S.
2) Actuar como nexo
permanente entre la Delegación Fiscal del Tribunal de Cuentas de la Provincia y
las distintas áreas del Organismo.
3) Organizar el
registro de los trámites y el archivo correspondiente de los expedientes
relacionados con publicidad, gastos, transferencias corrientes, erogaciones
figurativas, sueldos, por cualquier consulta de tipo administrativo, fiscal,
contable o jurídica que se deba realizar.
4) Informar a la
Contaduría General de la Provincia sobre los ingresos producidos por
recaudaciones propias, así como los montos rendidos al Tribunal de Cuentas de
la Provincia.
5) Verificar la
presentación en término de la rendición, junto con la documentación
respaldatoria y todo otro documento requerido por el Tribunal de Cuentas.
6) Verificar las
formalidades mínimas exigidas para los comprobantes, así como el cumplimiento
de los requisitos impositivos y provisionales vigentes, observando si los
mismos llevan la firma del Tesorero y del Director General, o de su
reemplazante natural.
7) Verificar si los
comprobantes de pago de gastos en personal cumplen con los requisitos exigidos
por la reglamentación vigente.
8) Realizar las
funciones y tareas que le sean encomendadas por la superioridad, en el marco de
sus atribuciones.
C) Formación
Particular
1- Conocimiento de la
normativa general de funcionamiento de la Administración Pública Provincial:
De la organización
del Estado:
• Ley de Ministerios
- Ley N° 12.817
Del personal:
. Decreto N° 2695/83
- Escalafón del Personal Civil de la Administración Pública.
• Ley N° 8525 -
Estatuto del Personal de la Administración Pública.
• Decretos Aros.
0291/09 y 1729/09 (y normas concordantes) - Régimen de selección para ingreso y
promoción de agentes de la Administración Pública.
• Decreto N° 1919/89
y modificatorios - Régimen de Licencias, Justificaciones y Franquicias.
Del trámite y la
gestión:
• Ley 12.510 de
Administración, Eficiencia y Control del Estado, y su reglamentación; y Decreto
Ley N° 1757/56 - Ley de Contabilidad en lo que aun fuera aplicable.
. Decreto Acuerdo Nº
10.204 - “Reglamentación para el trámite de actuaciones administrativas”
2- Conocimiento
general de la normativa específica inherente a la Jurisdicción y a las
funciones:
• Ley Viáticos Nº
7914.
• Resolución Tribunal
de Cuentas de la Provincia N° 08/06.
. Decreto 2480/09 -
Modificación Estructura Orgánica de la Caja de Asistencia Social - Lotería de
Santa Fe.
3- Conocimientos
técnicos no específicos:
• Manejo de
herramientas informáticas: procesador de textos, planillas de cálculo y bases
de datos tipo Microsoft Office u Open Office, Internet y correo electrónico.
. Excelente nivel de
expresión oral y escrita.
• Conocimientos y
aptitud para propiciar el desarrollo de proyectos dentro del Area.
D) Requisitos:
• Titulo Secundario
Excluyente.
. Experiencia en
funciones especificas en el sector público / privado (no excluyente).
E) Competencias
actitudinales y personales:
. Capacidad para la
toma de decisiones.
. Capacidad para la
organización del trabajo.
. Capacidad de
análisis y resolución de problemas.
CONCURSO INTERNO
MINISTERIO DE ECONOMIA CAJA DE ASISTENCIA SOCIAL - LOTERIA DE SANTA FE
Cargo a cubrir: Jefe
División Mesa de Entrada - Categoría 4 - Agrupamiento Administrativo.
Lugar de prestación
de servicios: C. A. S. Lotería de Santa Fe, sita en calle 1ra. Junta 2724 -
Santa Fe.
Cantidad de Cargos: 1
(uno).
A. Misión
Intervenir en el
registro de los movimientos de los expedientes, notas y cualquier otra
documentación específica que ingrese o se origine en la Caja de Asistencia
Social - Lotería de Santa Fe.
B. Funciones
1) Intervenir en la
clasificación, registro y expedición de toda documentación que se acepte o se
origine dentro de la Unidad de Organización, procediendo a su derivación a las
áreas correspondientes.
2) Organizar y
mantener en funcionamiento un sistema de control de documentación que permita
un adecuado y eficaz desarrollo de los movimientos administrativos que escapen
al sistema de información de expedientes.
3) Intervenir en el
trámite relacionado con el desglose y agregación de actuaciones, vistas,
traslados y notificaciones, cuando así se disponga, y en la confección de
providencias, notas y comunicaciones que como consecuencia de ello se originen.
4) Supervisar la
provisión de datos al Sistema de Información de Expedientes.
5) Disponer por sí o,
en los casos por funcionarios competentes, la formación de expedientes,
dándoles el destino que a cada caso corresponda.
6) Cumplir y hacer
cumplir las normas generales y específicas que rigen en materia de actuaciones
administrativas.
7) Reservar
transitoriamente los expedientes y demás documentos, cuando así lo disponga la
autoridad competente.
8) Autorizar, cuando
así lo dispongan las autoridades responsables, el retiro de expedientes y/o
legajos.
9) Intervenir en la
recepción, control, registro y distribución de valores por pagos de los
Permisionarios, cuando correspondiere.
C) Formación
Particular
1- Conocimiento de la
normativa general de funcionamiento de la Administración Pública Provincial:
De la organización
del Estado:
Ley de Ministerios - Ley Nº 12.817
Del personal:
. Decreto N° 2695/83
- Escalafón del Personal Civil de la Administración Pública.
• Ley Nº 8525 -
Estatuto del Personal de la Administración Pública.
• Decretos Nros.
0291/09 y 1729/09 (y normas concordantes) - Régimen de selección para ingreso y
promoción de agentes de la Administración Pública.
• Decreto N° 1919/89
y modificatorios.
Del trámite y la
gestión:
• Decreto Acuerdo Nº
10.204 - “Reglamentación para el trámite de actuaciones administrativas”
2- Conocimiento
general de la normativa específica inherente a la Jurisdicción y a las
funciones:
• Decreto 2480/09 -
Modificación Estructura Orgánica de la Caja de Asistencia Social - Lotería de
Santa Fe.
3- Conocimientos
técnicos no específicos:
• Manejo de
herramientas informáticas: procesador de textos, planillas de cálculo y bases
de datos tipo Microsoft Office u Open Office, Internet y correo electrónico.
• Excelente nivel de
expresión oral y escrita.
• Conocimientos y
aptitud para el desarrollo de proyectos.
D) Requisitos:
• Título Secundario
Excluyente.
E) Competencias
actitudinales y personales:
. Discreción y
seriedad.
• Trato amable y
respetuoso.
CONCURSO INTERNO
MINISTERIO DE ECONOMIA CAJA DE ASISTENCIA SOCIAL - LOTERÍA DE SANTA FE
Cargo a cubrir: Jefe
División Premios Mayores y Particulares - Categoría 4 - Agrupamiento
Administrativo
Lugar de prestación
de servicios: C. A. S. Lotería de Santa Fe, sita en calle 1ra. Junta
2724 - Santa Fe.
Cantidad de Cargos: 1
(uno)
A. Misión
Organizar los
sistemas de validación, control, liquidación y pago de premios mayores y
particulares.
B. Funciones
1) Controlar la
confección de las pertinentes planillas de premios mayores que se utilizan en
la determinación de los importes netos a pagar.
2) Recepcionar los
soportes de juegos con premios mayores presentados al cobro.
3) Controlar la
legitimidad, con los medios disponibles a tal efecto, de los premios presentados
al cobro en Lotería, Quini-6, Tómbola,
Loterías Instantáneas, concursos extras y todo otro juego que administre la
Caja de Asistencia Social.
4) Verificar y
validar mediante los respectivos elementos de control los importes a pagar.
5) Elevar informe
mensual de premios proscriptos de Quini-6, Brinco, Loto y Loto 5.
6) Realizar las
funciones encomendadas por el superior jerárquico, relativas a su competencia.
C. Formación
Particular:
1 - Conocimiento de
la normativa general de funcionamiento de la Administración Pública Provincial:
De la organización
del Estado:
* Ley de Ministerios
- Ley N° 12.817
Del personal:
* Decreto N° 2695/83
- Escalafón del Personal Civil de la Administración Publica.
* Ley Nº 8525 -
Estatuto del Personal de la Administración Pública.
* Decretos Nros.
0291/09 y 1729/09 (y normas concordantes) - Régimen de selección para ingreso y
promoción de agentes de la Administración Pública.
* Decreto Nº 1919/89
y modificatorios -
Del trámite y la
gestión:
* Decreto
Acuerdo N° 10.204 - “Reglamentación
para el trámite de actuaciones administrativas”
2. Conocimiento
General de la normativa específica inherente a la Jurisdicción:
* Reglamento de todos
los juegos comercializados por la C.A.S
* Memo de dirección
general Nº 012/01.
* Resoluciones de
Dirección general Nros. 133/90 y 158/90
* Decreto Nº 1919/92
- Reglamento de Permisionarios
* Ley Nº 8269
* Resoluciones de
Vicepresidencia Ejecutiva Nros. 20/79 y 24/79
* Ley Nacional Nº
20.630
* Ley Nacional Nº
24.800
* Ley Nacional Nº
23.351
* Ley Provincial Nº
11.264
* Conocimiento
Decreto N° 2480/09 - Modificación Estructura Orgánico
* Funcional Caja de
Asistencia Social - Lotería de Santa Fe.
3. Conocimientos
técnicos no específicos:
* Manejo de
herramientas informáticas: procesador de textos, planillas de cálculo y bases
de datos tipo Microsoft Office u Open Office, Internet y correo electrónico.
* Excelente nivel de
expresión escrita.
* Conocimientos y
aptitud para el desarrollo de proyectos, incluyendo el diseño de procesos.
D - Requisitos:
* Título Secundario
(excluyente)
E. Competencias
actitudinales y personales:
* Trato afable y
Cordial
* Excelente expresión
oral.
* Discreción y
seriedad.
CONCURSO INTERNO
MINISTERIO DE ECONOMIA CAJA DE ASISTENCIA SOCIAL - LOTERIA DE SANTA FE
Cargo a cubrir: Jefe
División Escribanía- Categoría 4 - Agrupamiento Administrativo
Lugar de prestación
de servicios: C. A. S. Lotería de Santa Fe, sita en calle 1ra. Junta 2724 -
Santa Fe.
Cantidad de Cargos: 1
(uno)
A. Misión
Participar en la
fiscalización de los sorteos propios de la Caja de Asistencia Social y en la
certificación de la documentación que se le requiera.
B. Funciones
1) Fiscalizar los
sorteos propios de la Caja de Asistencia Social - Lotería de Santa Fe que le
sean encomendados por el superior jerárquico.
2) Certificar firmas
y documentos, labrando actas notariales y/o administrativas, protocolares y/o
extra protocolares, cuando las circunstancias así lo requieran.
3) Realizar todas las
tareas que se encuentran detalladas en el Reglamento de Sorteos de la C.A.S.,
para garantizar la transparencia de los mismos.
4) Confeccionar las
actas de sorteos, las cuales constituyen prueba definitiva de las extracciones
realizadas, rubricar las mismas conjuntamente con el jefe de sorteos y
autoridad interviniente.
5) Intervenir en la
autorización de los Extractos Oficiales.
6) Resolver cualquier
dificultad que se presentase en el sorteo, adoptando las medidas pertinentes en
forma conjunta con las autoridades presentes en el acto.
7) Intervenir en las
tareas de control de las esferas de caucho y de plástico, en lo atinente a su peso,
diámetro y dureza, realizando las planillas correspondientes y rubricando las
mismas conjuntamente con el personal de apoyatura técnica y el agente designado
por la Sección Coordinación de Sorteos.
8) Ordenar el archivo
de todas las actas realizadas.
9) Labrar actas
administrativas encomendadas por el superior jerárquico.
10) Controlar los
números cargados en el tablero electrónico del sorteo respectivo.
11) Ejercer cualquier
otra función encomendada por su superior, relativa a su competencia.
C) Formación
Particular:
1-Conocimiento de la
normativa general de funcionamiento de la Administración Pública Provincial:
De la organización
del Estado:
* Ley de Ministerios
- Ley N° 12.817
Del personal:
* Decreto Nº 2695/83
- Escalafón del Personal Civil de la Administración Pública
* Ley N° 8525 -
Estatuto del Personal de la Administración Pública
* Decretos Nros.
0291/09 y 1729/09 (y normas concordantes) - Régimen de selección para ingreso y
promoción de agentes de la Administración Pública.
* Decreto Nº 1919/89
y modificatorios -
Del trámite y la
gestión:
* Decreto Acuerdo Nº
10.204 - “Reglamentación para el trámite de actuaciones administrativas”
2 - Conocimiento
general de la normativa específica inherente a la jurisdicción:
* Conocimiento
Decreto N° 2480/09 - Modificación Estructura Orgánico
* Funcional Caja de
Asistencia Social - Lotería de Santa Fe.
* Curso obligatorio
para acceso al Registro Notarial, previsto en el Artículo 19 de la ley 10905
* Formalidades para
certificación de firmas y copias
* Ley Orgánica
Notario Nº 6989: Formas Especificas de confeccionar las Actas de Sorteos,
* Decreto Nº 1612
Reglamento Notarial modificatorio Nº 2115/05 para
* Requerimientos,
formalidades, valor Procesal. Rogación y Diligencia de las Actas.
* Código Civil
artículo 979 y ss y cc.
3 - Conocimientos
técnicos no específicos:
* Manejo de
herramientas informáticas: procesador de textos, planillas de cálculo y bases
de datos tipo Microsoft Office u Open Office, Internet y Correo electrónico.
* Excelente nivel de
expresión oral y escrita,
* Conocimiento y
aptitud para el desarrollo de proyectos, incluyendo el diseño de procesos.
D) Requisitos
Escribano público (excluyente)
Titular del Registro
Notarial con asiento en la ciudad de Santa Fe
E. Competencias
actitudinales y personales:
* Trato afable y
Cordial
* Excelente expresión
oral.
* Discreción y
seriedad.
CONCURSO INTERNO
MINISTERIO DE ECONOMIA CAJA DE ASISTENCIA SOCIAL - LOTERIA DE SANTA FE
Cargo a cubrir: Jefe
División Juego Responsable- Categoría 4 - Agrupamiento Administrativo.
Lugar de prestación
de servicios: C. A. S. Lotería de Santa Fe, sita en calle 1ra. Junta 2724 -
Santa Fe.
Cantidad de Cargos: 1
(uno).
A. Misión
Entender en la
elaboración e implementación de programas de concienciación sobre el juego
responsable.
B. Funciones
1) Intervenir en la
elaboración de políticas para la prevención de casos de ludopatía.
2) Implementar
medidas preventivas tendientes a concienciar al público apostador de asumir
responsablemente su participación en los juegos de azar.
3) Asegurar la
adopción de programas para la prevención de casos de ludopatía por parte de los
Concesionarios.
4) Verificar la
aplicación de un trato cortes al público apostador, vigilando que el
concesionario preserve el respeto por las normas mínimas de cortesía en las
relaciones humanas.
C. Formación
Particular:
1- Conocimiento de la
normativa general de funcionamiento de la Administración Pública Provincial:
De la organización
del Estado:
• Ley de Ministerios
- Ley N° 12.817.
Del personal:
• Decreto N° 2695/83
- Escalafón del Personal Civil de la Administración Pública.
• Ley N° 8525 -
Estatuto del Personal de la Administración Pública.
• Decretos Nros.
0291/09 y 1729/09 (y normas concordantes) - Régimen de selección para ingreso y
promoción de agentes de la Administración Pública.
• Decreto N° 1919/89
y modificatorios.
Del trámite y la
gestión:
. Decreto Acuerdo Nº
10.204 - “Reglamentación para el trámite de actuaciones administrativas”.
2. Conocimiento
General de la normativa específica inherente a la Jurisdicción:
• Conocimiento
Decreto N° 2480/09 - Modificación Estructura Orgánico Funcional Caja de
Asistencia Social - Lotería de Santa Fe.
• Conocimientos de
los Reglamentos de Juegos explotados por la Caja de Asistencia Social.
• Ley Nº 11998/01 y
Decreto reglamentario.
3. Conocimientos
técnicos no específicos:
. Manejo de
herramientas informáticas: procesador de textos, planillas de cálculo y bases
de datos tipo Microsoft Office u Open Office, Internet y Correo electrónico.
Excelente nivel de
expresión oral y escrita.
Conocimiento y
aptitud para el desarrollo de proyectos, incluyendo el diseño de procesos.
D- Requisitos:
• Título Secundario
(excluyente).
E. Competencias
actitudinales y personales:
. Discreción y
seriedad.
. Trato amable y
respetuoso.
. Buena presentación
personal.
CONCURSO INTERNO
MINISTERIO DE ECONOMIA CAJA DE ASISTENCIA SOCIAL - LOTERIA DE SANTA FE
Cargo a cubrir: Jefe
Sección Personal - Categoría 3 - Agrupamiento Administrativo.
Lugar de prestación
de servicios: C. A. S. Lotería de Santa Fe, sita en calle 1ra. Junta 2724 -
Santa Fe.
Cantidad de Cargos: 1
(uno).
A. Misión
Entender en la
ejecución de las políticas vinculadas a la administración del personal de la
Organización.
B. Funciones
1) Efectuar todos los
registros en los libros habilitados, volcando en los mismos las novedades que
surgieran respecto al movimiento de los agentes.
2) Registrar los
turnos de extensión semanal, extensión horaria y guardias pasivas.
3) Asistir a la
División Personal en la confección de informes sobre procedencia o
improcedencia de solicitudes presentadas.
4) Elevar,
debidamente conformadas, las liquidaciones de comisiones y viáticos al
Departamento Revisiva.
5) Efectuar el
control y registro de las comisiones de servicios de todos los agentes de la
Institución.
6) Realizar toda otra
tarea que le sea encomendada por su superior directo, relativa a la
administración del personal.
C- Formación
Particular:
1- Conocimiento de la
normativa general de funcionamiento de la Administración Pública Provincial:
De la organización
del Estado:
. Ley de Ministerios
- Ley N° 12.817.
Del personal:
. Decreto Nº 2695/83
- Escalafón del Personal Civil de la Administración Pública.
. Ley N° 8525 -
Estatuto del Personal de la Administración Pública.
. Decreto Nº 1919/89
y modificatorios.
Del trámite y la
gestión:
. Decreto Acuerdo Nº
10.204 - “Reglamentación para el trámite de actuaciones administrativas”
2- Conocimiento
general de la normativa específica inherente a la Jurisdicción y a las
funciones:
• Conocimientos Ley
Nº 6915 Jubilaciones y Pensiones de la Provincia.
• Decreto Nº 0584/98
Declaraciones Juradas Bienes Patrimoniales.
• Decreto 2480/09 -
Modificación Estructura Orgánica de la Caja de Asistencia Social - Lotería de
Santa Fe.
3- Conocimientos
técnicos no específicos:
• Manejo de
herramientas informáticas: procesador de textos, planillas de cálculo y bases
de datos tipo Microsoft Office u Open Office, Internet y correo electrónico.
• Excelente nivel de
expresión oral y escrita.
D) Requisitos:
• Título Secundario
Excluyente.
E) Competencias
actitudinales y personales:
• Discreción y
seriedad.
. Trato amable y
respetuoso.
Cargo a cubrir: Jefe
Sección Juegos Instantáneos- Categoría 3 - Agrupamiento Administrativo
Lugar de prestación
de servicios: C. A. S. Lotería de Santa Fe, sita en calle 1ra. Junta 2724 -
Santa Fe.
Cantidad de Cargos: 1
(uno)
A. Misión
Realizar la logística
relativa a la recepción y comercialización de los juegos de resolución
inmediata administrados por la C.A.S.
B. Funciones
1) Recibir de su
superior jerárquico los juegos de resolución inmediata remitidos por los Entes
emisores.
2) Controlar la
cantidad recibida conforme a lo declarado en los respectivos remitos,
verificando la calidad de los soportes.
3) Atender los
pedidos de tickets de los Permisionarios de la ciudad de Santa Fe e interior,
conforme a los formularios respectivos previamente autorizados.
4) Registrar la
totalidad de las entregas efectuadas a los Agentes Oficiales.
5) Atender en forma
directa los pedidos de mostrador, únicamente a Agentes Oficiales o dependientes
autorizados, bajo constancia expresa de la entrega.
6) Entregar los
pedidos a enviar al interior, bajo constancia fehaciente.
7) Preparar y
entregar los pedidos para la Sede Rosario.
8) Confeccionar y
elevar informes diarios de ventas realizadas, con indicación de ingresos,
egresos y saldos por cada juego de resolución inmediata.
9) Recibir y mantener
bajo su custodia y responsabilidad el stock de cupones de los juegos
instantáneos que se le entreguen para el movimiento operativo diario.
10) Entregar a su
superior jerárquico bajo conformidad, los tickets no vendidos al final de cada
día, para la guarda en depósito.
11) Realizar las
funciones encomendadas por el superior jerárquico, relativas a su competencia.
C. Formación
Particular:
1 - Conocimiento de
la normativa general de funcionamiento de la Administración Pública Provincial:
De la organización
del Estado:
* Ley de Ministerios
- Ley N° 12.817
Del personal:
* Decreto Nº 2695/83
- Escalafón del Personal Civil de la Administración Pública
* Ley N° 8525 -
Estatuto del Personal de la Administración Pública
* Decreto Nº 1919/89
y modificatorios
Del trámite y la
gestión:
* Decreto Acuerdo Nº
10.204 - “Reglamentación para el trámite de actuaciones administrativas”
2. Conocimiento
General de la normativa específica inherente a la Jurisdicción:
* Reglamento de todos
los juegos de resolución inmediata que comercializa la C.A.S.
* Memo de dirección
general Nº 012/01.
* Convenios de
Comercialización de juegos de resolución inmediata celebrados con los Entes
Emisores
* Conocimiento
Decreto N° 2480/09 - Modificación Estructura Orgánico
* Funcional Caja de
Asistencia Social - Lotería de Santa Fe.
3. Conocimientos
técnicos no específicos:
* Manejo de
herramientas informáticas: procesador de textos, planillas de cálculo y bases
de datos tipo Microsoft Office u Open Office, Internet y correo electrónico.
* Excelente nivel de
expresión oral y escrita.
* Conocimientos y
aptitud para el desarrollo de proyectos, incluyendo el diseño de procesos.
D. Requisitos:
* Título Secundario
(excluyente)
E. Competencias
actitudinales y personales:
* Trato afable y
Cordial
* Excelente expresión
oral.
* Discreción y
seriedad.
Cargo a cubrir: Jefe
Sección Loterías y Preimpresos - Categoría 3 - Agrupamiento Administrativo
Lugar de prestación
de servicios: C. A. S. Lotería de Santa Fe, sita en calle 1ra. Junta 2724 -
Santa Fe.
Cantidad de Cargos: 1
(uno)
A. Misión
Distribuir y
comercializar los juegos de loterías Tradicional y Chica de Santa Fe y de los
juegos preimpresos que se comercializan por Convenios con otras Provincias.
B. Funciones
1) Recepcionar las
emisiones de juegos preimpresos de los distintos proveedores y/o Instituciones
que los emiten.
2) Realizar la
conformación y entrega de los repartos de los diferentes juegos.
3) Diligenciar los
pedidos de juegos de resolución inmediata efectuados por los Agentes Oficiales.
4) Realizar los
arqueos de existencias.
5) Colaborar en la
resolución de los reclamos por diferencias entre cantidades devueltas,
declaradas por los Permisionarios, y las contabilizadas.
6) Resguardar la
totalidad de las existencias comercializables.
7) Controlar el
cumplimiento de los plazos de entrega de los juegos por parte de las
Instituciones y/o empresas responsables.
8) Controlar los
plazos de los repartos y/o juegos por parte de los Agentes Oficiales e informar
a su superior.
9) Realizar las
funciones encomendadas por el superior jerárquico, relativas a su competencia.
C. Formación
Particular:
1 - Conocimiento de
la normativa general de funcionamiento de la Administración Pública Provincial:
De la organización
del Estado:
* Ley de Ministerios
- Ley N° 12.817
Del personal:
* Decreto Nº 2695/83
- Escalafón del Personal Civil de la Administración Pública
* Ley Nº 8525 - Estatuto
del Personal de la Administración Pública
* Decreto N° 1919/89
y modificatorios -
Del trámite y la
gestión:
* Decreto Acuerdo Nº
10.204 - “Reglamentación para el trámite de actuaciones administrativas”
2. Conocimiento
General de la normativa específica inherente a la Jurisdicción:
* Conocimiento
Decreto N° 2480/09 - Modificación Estructura Orgánico Funcional Caja de
Asistencia Social - Lotería de Santa Fe.
* Conocimientos de
los Reglamentos de Juegos explotados por la Caja de Asistencia Social.
* Ley N° 11998/01 y
Decreto reglamentario
3. Conocimientos
técnicos no específicos:
* Manejo de
herramientas informáticas: procesador de textos, planillas de cálculo y bases
de datos tipo Microsoft Office u Open Office, Internet y Correo electrónico.
* Excelente nivel de
expresión oral y escrita
* Conocimiento y
aptitud para el desarrollo de proyectos, incluyendo el diseño de procesos.
D - Requisitos:
* Título Secundario
(excluyente)
E. Competencias
actitudinales y personales:
* Discreción y
seriedad.
* Trato amable y
respetuoso.
* Buena presentación
personal.
Cargo a cubrir: Jefe
Sección Movilidad - Categoría 3 - Agrupamiento Mantenimiento Y Producción.
Lugar de prestación
de servicios: C. A. S. Lotería de Santa Fe, sita en calle 1ra. Junta 2724 -
Santa Fe.
Cantidad de Cargos: 1
(uno)
A. Misión
Realizar el servicio
de movilidad de la C.A.S., tanto en lo referente a valores como a personal de
la misma.
B. Funciones
1) Entender en el
mantenimiento, conservación y renovación del parque automotor de la C.A.S.
2) Vigilar el buen
funcionamiento de los vehículos de la Caja de Asistencia Social.
3) Asignar los
distintos medios de movilidad con que cuenta la C.A.S. al personal de choferes
y/o a los funcionarios habilitados para conducir automóviles oficiales.
4) Instruir a los
choferes de la C.A.S. sobre los cometidos diarios de las tareas asignadas,
fijándole los gastos de movilidad y viáticos de ley, de acuerdo a la hoja de
ruta.
5) Entender en el
cumplimiento de la normativa vigente en el área.
6) Entender en los
rendimientos, control de funcionamiento, servicios prestados y custodia de los
vehículos, elevando informes periódicos.
7) Intervenir en la
movilidad operativa de la Caja de Asistencia Social - Lotería que se realice
con vehículos propios o de terceros.
8) Llevar una
planilla por cada vehículo con el detalle de todos los movimientos.
9) Archivar y
resguardar toda la documentación concerniente a su área.
C - Formación
Particular:
1 - Conocimiento de
la normativa general de funcionamiento de la Administración Pública Provincial:
De la organización
del Estado:
* Conocimientos de la
Ley N° 12817 de Ministerios y Decreto N° 0103/10.
Del Personal:
* Ley N° 8525 -
Estatuto del Personal de la Administración Pública.
* Decreto N° 2695/83
y modificatorios - Escalafón del Personal Civil de la Administración Pública.
* Decreto Nº 1919/89
y modificatorios
2 - Conocimiento
general de la normativa específica inherente a la Jurisdicción y a las
funciones:
* Conocimientos del
Decreto N° 2480/09 Modificación de la Estructura Orgánica de la CAS
* Normativa General
de Tránsito: Ley Nacional de Tránsito N° 24449, Decreto Reglamentario y
Adhesión Parcial Ley Provincial N° 11583 y Decreto N° 2311/99.
3 - Conocimientos
técnicos no específicos:
* Nociones de
Mecánica Ligera.
* Nociones sobre
caminos nacionales y provinciales, en especial de la Provincia de Santa Fe.
* Manejo de
herramientas informáticas: procesador de textos, planillas de cálculo y bases
de datos tipo Microsoft Office u Open Office, Internet y correo electrónico.
D) Requisitos:
* Carnet de conductor
habilitado Clase B2 otorgado en la Provincia de Santa Fe.
* Estudios Primarios
Completos Excluyente. Preferentemente poseer experiencia en servicios
similares.
E) Competencias actitudinales
y personales:
* Trato amable y
respetuoso.
* Buena presentación
personal.
Cargo a cubrir: Jefe
Sección Técnica - Categoría 3 - Agrupamiento Mantenimiento y Producción
Lugar de prestación
de servicios: C. A. S. Lotería de Santa Fe, sita en calle 1ra. Junta 2724 -
Santa Fe.
Cantidad de Cargos: 1
(uno)
A. Misión
Brindar asistencia
técnica en todas las actividades vinculadas a los sorteos que realiza la C.A.S.
y realizar el mantenimiento de los servicios de las distintas áreas del
Organismo.
B. Funciones
1) Realizar el
mantenimiento del equipamiento para los sorteos: bolilleros, consolas,
conexiones, maletines de bolillas, etc.
2) Realizar
asistencia técnica para el pesaje y medición de las bolillas.
3) Intervenir en la
asistencia técnica en los sorteos de todos los juegos.
4) Realizar el
mantenimiento de los servicios de las distintas áreas de la C.A.S.
5) Realizar las
funciones encomendadas por el superior jerárquico, relativas a su competencia.
C. Formación
Particular:
1 - Conocimiento de
la normativa general de funcionamiento de la Administración Pública Provincial:
De la organización
del Estado:
* Ley de Ministerios
- Ley N° 12.817
Del personal:
* Decreto N° 2695/83
- Escalafón del Personal Civil de la Administración Pública
* Ley N° 8525 -
Estatuto del Personal de la Administración Pública
* Decreto Nº 1919/89
y modificatorios -
2. Conocimiento
General de la normativa específica inherente a la Jurisdicción:
* Conocimiento
Decreto N° 2480/09 - Modificación Estructura Orgánico
* Funcional Caja de
Asistencia Social - Lotería de Santa Fe.
3. Conocimientos
técnicos no específicos:
* Conocimiento sobre
Metrología:
* Deberá tener
conocimientos básicos de elementos de medición Calibres, Micrómetros,
Durómetros aplicado al caucho natural, Galgas,
* Conocimientos de
materiales eléctricos como: contactores, relevos térmicos, temporizadores,
relees, Micros, etc.
* Deberá saber
interpretar tableros de comando y eléctricos
* Conocimiento de
herrería y carpintería metálica.
D - Requisitos:
* Título Primario
completo (excluyente).
* Experiencia en
funciones similares
E. Competencias
actitudinales y personales:
* Trato afable y
Cordial
* Excelente expresión
oral.
* Discreción y
seriedad.
ANEXO II
PROCESO DE SELECCION DE PERSONAL
a) INTEGRACION DEL
JURADO
Para los cargos:
Jefe Departamento
Revisiva
Jefe División Mesa de
Entrada
Jefe de División
Premios Mayores y Particulares
Jefe División
Escribanía
Jefe División Juego
Responsable
Jefe Sección Persona]
Jefe de Sección
Juegos Instantáneos
Jefe de Sección
Loterías y Preimpresos
Jefe de Sección
Movilidad
Jefe Sección Técnica
Presidente:
Vicepresidente Ejecutivo de la Caja de Asistencia Social -
Sr. Luis Alfredo
Cecchi y/o quien éste designe.
Miembros por la Caja
de Asistencia Social:
- Director General de
Juegos de Azar CPN. Jorge Bossio.
- Directora General
de Asesoría Letrada - Ora. Estela Del Favero.
- Coordinador General
Notarial - Ecno. Oscar Barroso
- Director Provincial
de Administración y Relaciones Institucionales - Sr. Hugo Rodríguez
Suplentes:
- Director Provincial
de Juegos y Explotación - Señor Héctor Belletti.
- Directora General
de Casinos - Señor Gustavo Rivera.
- Sub Director
General de Asesoría Letrada Ecno. Luis García
- Sub Directora
Económico Financiera - CPN Noemí Ramírez
Miembros por las
Entidades Sindicales
UPCN
Titulares:
- Sra. Mónica Paya
- Sr. Hugo Rodríguez.
- Sr. Pedro Aizemberg
Suplentes:
- Dr. Roberto
Francucci
- Sr. Marcelo
Piccardi.
-
CPN. Daniel Berenguer.
ATE
Titular:
Sr. Darío Galarza
Suplente:
- Sr. Rubén Pereyra.
Para los cargos:
Jefe Departamento
Revisiva
Jefe División Mesa de
Entrada
Jefe de División
Premios Mayores y Particulares
Jefe División
Escribanía
Jefe División Juego
Responsable
Jefe Sección Personal
Jefe de Sección
Juegos Instantáneos
Jefe de Sección
Loterías y Preimpresos
Jefe de Sección
Movilidad
Jefe Sección Técnica
b) ETAPAS DE
EVALUACIÓN
Evaluación de
Antecedentes
Evaluación Técnica
Evaluación
Psicotécnica
Entrevista Personal
C) PONDERACIÓN DE
CADA ETAPA
Cargo Evaluación Evaluación Evaluación Entrevista Total
Antecedentes Técnica Psicotécnica Personal
Jefe
Departamento 30% 40% 20% 10% 100%
Revisiva
Jefe División
Mesa de Entrada 30% 50% 20% 100%
Jefe División
Premios
Mayores y 30% 50% 20% 100%
Particulares
Jefe Divisón
Escribanía 30% 50% 20% 100%
Jefe División
Juego 30% 50% 20% 100%
Responsable
Jefe Sección
Personal 30% 50% 20% 100%
Jefe Sección
Juegos 30% 50% 20% 100%
Instantáneos
Jefe Sección
Loterías y 30% 50% 20% 100%
Preimpresos
Jefe Sección
Movilidad 30% 50% 20% 100%
Jefe Sección
Técnica 30% 505 20% 100%
d) CRONOGRAMA DE
ACTIVIDADES
Se deja establecido,
respecto del presente cronograma, que los plazos y actividades determinadas por
el mismo se contabilizarán y realizarán exclusivamente dentro del período
determinado por el art. 87, in fine, del Régimen de Concursos aprobado por
Decreto N° 1729/09, modificatorio del
Capítulo XIV del Escalafón Decreto - Acuerdo Nº 2695/83. Excluido los
meses
De Enero y Febrero.
1. Difusión: 10
(diez) días hábiles contados a partir de la publicación fehaciente de la
Resolución de la Convocatoria, en el sitio Web de la Provincia y en la
cartelería de la Repartición.
2. Inscripción: Las
inscripciones se recibirán durante el periodo de difusión y hasta 5 (cinco)
días hábiles después de su finalización. Desde el 07-12-2010 hasta el
29-12-2010, en horario de 7.30 hs. a 12.30 hs. en Mesa de Movimientos de la
Caja de Asistencia Social- Lotería de Santa Fe, sito en calle 1era. Junta 2724,
Planta Baja, Santa Fe. Los interesados deberán formalizar la postulación al
cargo, mediante la presentación del Formulario de Inscripción a Concursos
Internos FC-01, el que se encuentra en la pagina WEB de Lotería de Santa Fe,
adjuntando el Curriculum Vitae, una (1) fotocopia de las dos primeras hojas del
DNI o su equivalente o último cambio de domicilio y de todos los antecedentes
relativos a los datos consignados en el referido Curriculum (Ej. certificados
de estudios, diplomas, constancia de títulos en tramites, certificados de
trabajos desempeñados y demás comprobantes pertinentes). Toda fotocopia
presentada en la documentación deberá estar debidamente certificada por la
Institución emisora, por Tribunales Provinciales o Federales, juzgados de Paz o
Escribanos Públicos, y toda certificación deberá estar extendida por autoridad
competente, bajo apercibimiento de considerar inválida la presentación acorde a
lo normado por el articulo 100°, Capitulo XIV del Escalafón Decreto-Acuerdo N°
2695/83, modificado por Decreto Nº 1729/09 (Régimen de Concurso). La
documentación deberá presentarse en un sobre cerrado que contenga la leyenda
Concurso seguido del cargo a cubrir, apellido, nombre y número de DNI del
postulante, todas las hojas deberán estar numeradas y firmadas indicándose la
totalidad de hojas que componen la presentación. De existir imposibilidad de
adjuntar alguno de los antecedentes documentales, podrán acreditarlos
posteriormente durante el proceso de evaluación. Dicha imposibilidad deberá
estar debidamente justificada a través de una nota, incluida en el sobre de
inscripción. No se admitirá la invocación de nuevos títulos, antecedentes o
trabajos con posterioridad al cierre del plazo de inscripción.
3. Evaluación de
Antecedentes: La evaluación de antecedentes se realizará desde el día
01/03/2011 hasta el 03/03/2011.
4. Evaluación
Técnica: El día 07/03/2011 se realizará la evaluación técnica para el cargo:
Jefe Departamento Revisiva, el día 09/03/2011 para los cargos de Jefe de
División Mesa de Entrada, Jefe División Premios Mayores y Particulares, Jefe
División Escribanía, Jefe División Juego Responsable y el día 11/03/2011 para
los cargos de Jefe Sección Personal, Jefe Sección Juegos Instantáneos, Jefe
Sección Loterías e Impresos; Jefe Sección Movilidad y Jefe Sección Técnica. El
lugar de realización de las evaluaciones técnicas será en calle 1ra. Junta 2724
de la ciudad de Santa Fe. El horario de las evaluaciones técnicas será a partir
de las 10:00 hs.
5. Evaluación
Psicotécnica: Día 17/03/2011 tendrá lugar la evaluación psicotécnica del Nivel
6- Jefe Departamento Revisiva en la Caja de Asistencia Social - Lotería de
Santa Fe sita en calle 1era. Junta 2724 - Santa Fe a las 10,00 hs. El resultado
de este examen tiene carácter reservado. Cada postulante, cuando así lo
solicite, podrá conocer los resultados que le conciernen personalmente.
6. Entrevista
Personal: Las entrevistas personales se realizarán desde el día 21/03/11 hasta
el día 31/03/2011, inclusive de realización de las mismas será en calle 1ra.
Junta 2724, Santa Fe, a partir de las 10:00 hs.
El Jurado tendrá un
plazo de 10 (diez) días hábiles computados a partir de la Entrevista Personal
para elaborar el Orden de Méritos, el que será comunicado fehacientemente a
cada interesado.
Lo establecido en el
presente Anexo se encuentra en un todo de acuerdo a lo establecido en el
Decreto Nº 1729/09, modificatorio del Capítulo XIV del Escalafón Decreto
Acuerdo Nº 2695/83 (Régimen de Concursos).
S/C- 5604 Dic.
16
__________________________________________
RESOLUCION N° 724
Santa Fe, 25 de noviembre de 2010.
VISTO:
El expediente N°
00306-0004121-5, registro del Sistema de Información de Expedientes, mediante
el cual se propicia el Llamado a Concurso para cubrir diversos cargos vacantes
del Agrupamiento Administrativo de la Dirección Provincial de Contrataciones y
Gestión de Bienes; y
CONSIDERANDO:
Que las categorías a
concursar se encuentran contempladas en la Estructura Orgánica Funcional del
citado Organismo, aprobado por Decreto N° 2479/09, las cuales se encuentran vacantes
y cuyas funciones son esenciales para el normal funcionamiento de la
Repartición, como así también del Ministerio;
Que de conformidad a
las disposiciones del artículo 61° del Decreto - Acuerdo N° 2695/83 y a los
efectos de la cobertura definitiva de los cargos vacantes, corresponde llevar a
cabo un concurso interno, el cual se efectivizará bajo el Régimen de Concursos
establecido;
Que la Subsecretaría
de Recursos Humanos y la Función Pública han tomado intervención en autos,
ejerciendo el correspondiente control técnico sobre los aspectos formales e
instrumentales del procedimiento;
Que por otra parte,
las entidades sindicales U.P.C.N. y A.T.E. deberán proponer a los miembros de
su Comisión Directiva que integrarán el Jurado del Concurso como miembros
titulares y suplentes del mismo;
Que la gestión
encuadra en las disposiciones establecidas por el Capítulo XIV “Régimen de
Concursos” del Decreto-Acuerdo N° 2695/83, modificado por su similar N° 1729/09
que faculta al titular de la Jurisdicción a efectuar llamados a concurso;
POR ELLO:
EL MINISTRO DE ECONOMIA
RESUELVE:
ARTICULO 1° - Llamar
a concurso interno para cubrir los cargos vacantes de la Dirección Provincial
de Contrataciones y Gestión de Bienes que a continuación se detallan:
• Jefe de
Departamento Bienes Inmuebles, Categoría 6 - Agrupamiento Administrativo.
• Jefe de
Departamento Bienes Muebles, Categoría 6 - Agrupamiento Administrativo.
ARTICULO 2° - La
descripción de los puestos y determinación de perfiles solicitados, así como
las condiciones generales y particulares exigibles, se encuentran detallados en
el “Anexo I”. La composición del Jurado, el procedimiento de inscripción, las
etapas de selección, fecha, lugar y hora en que se llevará a cabo cada una de
ellas y la ponderación relativa correspondiente para la determinación del orden
de mérito según la Categoría a concursar, se explicitan en el “Anexo II” de la
presente, ambos formando parte integrante de la misma.
ARTICULO 3° -
Establecer que, en caso de existir inconvenientes con las fechas estipuladas
para las evaluaciones de antecedentes, técnica y psicotécnica, y entrevista
personal, el jurado del concurso mediante acta podrá cambiar la misma, con
notificación fehaciente a los postulantes.
ARTICULO 4° -
Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
CR. ANGEL JOSE SCIARA
Ministro de Economía
Pcia. Santa Fe
ANEXO
I
Dirección: Dirección
Provincial de Contrataciones y Gestión de Bienes.
Cargo a cubrir:
Categoría 6 - Agrupamiento Administrativo - Jefe de Departamento Bienes
Inmuebles.
Lugar de prestación
de servicios: Mendoza 2905 - 1° Piso de la ciudad de Santa Fe, Provincia de
Santa Fe.
Horario de trabajo:
Según reglamentación vigente.
MISIÓN DEL PUESTO:
• Intervenir en el
registro, verificación, mantenimiento, reasignación, racionalización,
saneamiento y perfeccionamiento dominial, legal y catastral de los bienes
inmuebles de propiedad del Estado Provincial.
DESCRIPCION DE LAS
FUNCIONES DEL PUESTO:
• Participar en la
elaboración de nomencladores y clasificadores de bienes inmuebles y pautas para
valuaciones, amortizaciones y actualizaciones de los bienes relevados.
• Implementar y
mantener actualizado un sistema de registro e información de inmuebles fiscales
mediante el cual se censen las condiciones catastrales, legales y dominiales de
los mismos y la pertinente afectación a cada una de las Jurisdicciones o Entidades.
El sistema incluirá información de los inmuebles alquilados por el Estado
Provincial en carácter de locatario.
• Implementar el
sistema de verificaciones físicas.
• Organizar y
verificar la actualización permanente de los archivos de documentación
correspondiente a los inmuebles del Estado Provincial.
• Controlar la
aplicación de las normas vigentes sobre administración de bienes inmuebles de
la hacienda pública.
• Elevar proyectos de
actos administrativos para la regularización dominial, catastral y registral de
los bienes inmuebles.
• Elevar proyectos de
normas sobre mantenimiento y conservación de los bienes inmuebles, asignación
de responsabilidades en la tenencia de los mismos, así como propuestas de
manuales e instructivos.
• Proponer y
participar en actividades de capacitación en temáticas referentes a la gestión
de bienes inmuebles del Estado Provincial.
• Elevar propuestas
para eventuales aseguramientos de bienes inmuebles conforme a la reglamentación
respectiva.
Asistir en los
procedimientos de asignación o reasignación de bienes vacantes o sin afectación
específica.
Intervenir en la
declaración de bienes de propiedad del Estado que hacen al patrimonio cultural
de la Provincia.
Intervenir en los
trámites de altas y bajas, gratuitas u onerosas de bienes inmuebles de la
Provincia.
Intervenir en la
organización e implementación de sistemas de información georeferenciados
(SIG), referidos a datos relacionados a inmuebles del Estado Provincial.
Formular
recomendaciones con el objeto de optimizar el aprovechamiento de los inmuebles,
evitando la emisión de actos contradictorios al respecto.
Elaborar la
información de su competencia para su publicación en el sitio web de la
Provincia.
Realizar toda otra
tarea que resulte necesaria para el cumplimiento de las funciones de su
competencia.
Conocimientos
Generales
. Ley de
Administración, Eficiencia y control del Estado N° 12510.
. Decreto-Ley N°
1757/56 (Título IV - Patrimonio de la Provincia).
. Ley de Ministerios
N° 12817.
. Constitución
Provincial.
. Ley de Expropiación
N° 7534 y modificatorias.
. Ley de Catastro N°
2996 y modificatorias.
. Ley Nº 6594 y
Decreto N° 1646/74 (donaciones bienes inmuebles).
. Decreto N° 10065/64
(donaciones de bienes al Estado).
. Decreto N° 916/2008
(delegación de facultades).
. Ley N° 8525 -
Estatuto del Personal de la Administración Pública.
. Decreto-Acuerdo N°
2695/83 - Escalafón del Personal civil de la Administración Pública.
• Conocimientos
informáticos (word, excel, correo electrónico, internet).
Requisitos personales
y competencias
• Título secundario
(excluyente).
Características
Generales y Competencias:
• Marcada capacidad
de trabajo y gestión.
• Responsabilidad y
compromiso.
. Iniciativa,
creatividad e innovación.
. Integridad,
honestidad y ética.
. Trato amable y
respetuoso.
. Capacidad para
resolución de problemas y conflictos.
. Buena presencia
personal.
. Facilidad de
expresión escrita y oral.
ANEXO I
Dirección: Dirección
Provincial de Contrataciones y Gestión de Bienes
Cargo a cubrir:
Categoría 6 - Agrupamiento Administrativo - Jefe de Departamento Bienes Muebles
Lugar de prestación
de servicios: Mendoza 2905 - 1° Piso de la ciudad de Santa Fe, Provincia de
Santa Fe.
Horario de trabajo:
Según reglamentación vigente
MISION DEL PUESTO:
* Intervenir en la
administración y gestión de los bienes muebles de propiedad estatal,
optimizando y racionalizando su adquisición, mantenimiento y utilización.
DESCRIPCION DE LAS
FUNCIONES DEL PUESTO:
* Asistir y asesorar
en la temática de su competencia.
* Determinar los
bienes muebles de propiedad estatal objeto del relevamiento.
* Confeccionar los
nomencladores y clasificadores de bienes muebles, así como sus actualizaciones.
* Diseñar e
implementar un sistema de información y registro de bienes muebles de propiedad
estatal.
* Elaborar proyectos
normativos referidos a relevamientos y modificaciones en los inventarios de
bienes muebles.
* Implementar un
sistema de verificaciones físicas y realizar los controles necesarios.
* Intervenir en las
gestiones de reasignación de bienes muebles de acuerdo a las necesidades de las
Jurisdicciones y Entidades.
* Elevar proyectos de
normas e instructivos sobre incorporación, mantenimiento, conservación,
registración, modificación y bajas de bienes muebles.
* Elevar proyectos de
actos administrativos para la regularización registral de los bienes muebles.
* Controlar la
aplicación de normas vigentes sobre administración de bienes muebles de la
hacienda pública.
* Proponer y
participar en actividades de capacitación en materia de gestión de bienes
muebles.
* Formular
recomendaciones con el objeto de optimizar el aprovechamiento de los bienes
muebles evitando la emisión de actos contradictorios al respecto.
* Evaluar y aconsejar
se declaren innecesarios ciertos bienes participando en su venta, donación o
cesión gratuita, si aquella no fuera procedente.
* Analizar y proponer
eventuales aseguramientos de bienes muebles.
* Asistir en la
definición de pautas referidas a valuaciones, amortizaciones, devalúos,
revalúos, actualizaciones de los bienes mueble relevados, en coordinación con
la Contaduría General de la Provincia.
* Intervenir en las
actividades de enajenación de bienes muebles registrables y en aquellas
operaciones de venta que por su importancia así lo requieran.
* Elaborar
información relativa a la gestión de bienes, a publicarse en el sitio web de la
provincia.
* Realizar toda otra
tarea que resulte necesaria para el cumplimiento de las funciones de su
competencia.
Conocimientos
Generales:
* Ley de
Administración, Eficiencia y Control del Estado N° 12510.
* Decreto-Ley No
1757/56 (Título IV - Patrimonio de la Provincia).
* Ley de Ministerios
N° 12817.
* Decreto N° 12533/61
(bienes en desuso).
* Decreto N° 10065/64
(donaciones de bienes).
* Ley N° 7866/76
(Artículos 1 y 2).
* Decreto-Ley
Nacional N° 6582 y sus modificatorias.
* Decreto N° 916/2008
(delegación de facultades)
* Ley N° 8525 -
Estatuto del Personal de la Administración Pública
* Decreto-Acuerdo N°
2695/83 - Escalafón del Personal Civil de Administración Pública Conocimientos
informáticos (word, excel, correo electrónico, internet).
Requisitos, estudios
y/o experiencia:
* Título secundario
(excluyente)
Características
Generales y Competencias:
* Marcada capacidad
de trabajo.
* Responsabilidad y
compromiso.
* Iniciativa,
creatividad e innovación.
* Integridad,
honestidad y ética.
* Trato amable y
respetuoso.
* Capacidad para
resolución de problemas y conflictos.
* Buena presencia
personal.
* Facilidad de
expresión escrita y oral.
ANEXO II
COMPOSICION DEL JURADO
El Jurado estará
integrado para todos los cargos de la siguiente manera:
Presidente: El Señor
Secretario de Administración Financiera Institucional C.P.N. PABLO ANDRES
OLIVARES
Titulares:
1) El Señor Director
Provincial de Contrataciones y Gestión de Bienes C.P.N. EMILIANO IGNACIO
ARZUAGA.
2) El Señor
Subdirector General de Contrataciones: Dr. ALBERTO OSCAR TURINA.
3) La Señora
Subdirectora General de Gestión de Bienes: DIANA ESTHER CHIAPPERO.
4) La Señora
Directora General de Administración C.P.N. IVANNA LILIAN ARCE de FASSINO
Suplentes:
1) El Señor Director
General de Despacho y Servicio Interministerial a/c: Dr. ERNESTO GASPAR
FRANCISCO LUNA
2) La Señora
Directora General de Asesoría Letrada Dra. MAGDALENA GUADALUPE DE PAUL
3) La Señora
Subdirectora General de Administración C.P.N. ANA MARIA GIANDOMENICO
4) La Señora
Coordinadora de Unidades de Contrataciones de la Dirección Provincia de Contrataciones y Gestión de Bienes C.P.N. MARIANA
MABEL LIRUSSO
Lugar y Fecha de
Presentación de la Documentación
* Dirección
Provincial de Contrataciones y Gestión de Bienes, sita en calle Mendoza N° 2905
- 1° Piso - de la ciudad de Santa Fe, para todos los cargos.
* Desde el 10/03/2011
hasta el 23/03/2011, en horario a determinar por el jurado.
Se deberá bajar el
Formulario de Inscripción de la página web oficial o podrán ser retirados en el
lugar mencionado, en el horario de 8,30 hs. a 12,30 hs.
Esta Jurisdicción
tendrá a su cargo la difusión del concurso, y enviará copia del llamado, dentro
de las veinticuatro (24) horas de aprobado, a la Subsecretaría de Recursos
Humanos y Función Pública y a las entidades sindicales con personería gremial -
con ámbito de actuación provincial- precisados en la Ley N° 10.052 y
modificatorias.
El llamado a concurso
se difundirá durante diez (10) días, a partir del 01/03/2011 y la inscripción
permanecerá abierta hasta cinco (5) días posteriores al fin de su difusión. Se
realizará por los medios más idóneos que aseguren el conocimiento del mismo por
parte de los interesados, debiendo publicarse a su vez, en cartelería instalada
en la sede de la Jurisdicción y en la Página Web Oficial de la Provincia.
Los postulantes
deberán acompañar al formulario de inscripción, una copia impresa de su
Curriculum Vitae, una fotocopia de las dos primeras hojas de su D.N.I. o
documento equivalente, con constancia del último cambio de domicilio realizado;
y de todos los antecedentes relativos a los datos consignados en el referido formulario
(ejemplo: certificados de estudios, diplomas, constancias de titulo en trámite,
certificados de trabajo desempeñados y demás comprobantes pertinentes). Las
fotocopias requeridas deberán encontrarse debidamente certificadas por la
Institución Emisora respectiva, por la Oficina de Certificaciones de los
Tribunales Provinciales o por Escribano Público. La documentación deberá
presentarse en un sobre cerrado que contenga la leyenda: “CONCURSO”, seguido de
la identificación del puesto a concursar, apellido, nombre y número de D.N.I.
del postulante, todas las hojas deberán estar numeradas y firmadas, indicándose
la totalidad de las hojas que componen la presentación (ejemplo: 1 de 10 ó 1/10).
No serán considerados los antecedentes respecto de los cuales no se acompañe
documentación probatoria.
Los aspirantes, en
ocasión de registrar su inscripción, deberán constituir domicilio legal y
dirección de correo electrónico a todos los efectos emergentes de la
convocatoria, en el que se tendrán por válidas todas las notificaciones que se
efectúen.
Se emitirá una
constancia firmada y sellada por el Ministerio de Economía en la que se
consignará la fecha de recepción, siendo ésta la única documentación admitida a
los efectos de acreditar la inscripción.
No se admitirá la
invocación de nuevos títulos, antecedentes o trabajos con posterioridad al
cierre del plazo de inscripción.
Todos los datos
denunciados por los aspirantes tendrán carácter de Declaración Jurada.
Cualquier falsedad
incurrida en ellos será causal inmediata de eliminación del Concurso, de lo que
será debidamente notificado el postulante alcanzado, con mención de la causal.
No constituirá causal
de nulidad del procedimiento la ausencia de alguno de los integrantes del
órgano de selección durante el desarrollo de las etapas establecidas, pudiendo
ser reemplazado por otro funcionario que se designe oportunamente.
La presentación de la
solicitud de inscripción en la convocatoria importa el pleno conocimiento y
aceptación de los aspirantes de las bases establecidas en el presente
procedimiento, como asimismo la modalidad de designación resultante, el área en
que han de prestar servicios y las tareas exigidas.
La falta de
documentación debidamente certificada, que acredite la posesión de los
requisitos exigidos en la convocatoria para la inscripción, invalidará la
presentación al concurso.
ETAPAS DEL LLAMADO A
CONCURSO INTERNO
Etapa I: Evaluación
de Antecedentes:
Fecha: A partir del
28/03/2011, en horario a determinar por el jurado.
Lugar: Sala de
Reuniones del Ministerio de Economía, sita en calle Avda. Pte. Arturo Illia Nº
1151 - 6to. Piso - Centro Cívico Gubernamental- de la ciudad de Santa Fe, en
horario a confirmar.
La calificación de
antecedentes será numérica de 0 a 100 puntos, discriminándolos de la siguiente
manera:
PUNTAJE PUNTAJE
TOTAL ITEM COMPONENTES
1.1 Educación
Formal 20
40 1.Estudios y 1.2.1. Cursos
Capacitación 1.2. Capacitación 1.2.2. Jornadas, Seminarios, específica Congresos 20
2.1.1.
En el organismo
2.1. Posición 2.1.2.En la
Administración
escalafonaria Provincial 25
60 2. Antecedentes 2.2. Desempeño 2.1. Actual
laborales específico 2.2.2.
Ultimos 5 años 20
2.3. Antigüedad
en la Administración Provincial 5
2.4. Otros 5
2.5. Docentes y
de investigación 5
Etapa II: Evaluación
Técnica:
Fecha: A partir del
12/04/2011, en horario a determinar por el jurado.
Lugar A confirmar por
el jurado del Concurso, de acuerdo a la cantidad de participantes inscriptos,
para todos los cargos. Se notificará a los postulantes junto con la evaluación
de antecedentes.
La calificación será
numérica de 0 a 100 puntos. Indagará con mayor profundidad el ajuste de los
aspirantes a los requerimientos de conocimientos y competencias técnicas del
puesto, determinando si el postulante puede aplicar sus conocimientos,
habilidades y formación a situaciones concretas según los requerimientos
típicos del puesto. Será elaborada por el Jurado, teniendo como base los
requerimientos establecidos en el perfil del puesto. Las evaluaciones escritas
deberán ser anónimas, mediante la utilización de claves convencionales de
identificación que permitan identificar a cada uno de los postulantes sólo
después de su evaluación. Los aspirantes que se hubieran identificado en los
exámenes escritos serán excluidos del proceso de concurso.
Para acceder a la
siguiente etapa se deberá obtener un mínimo de 60 puntos.
Etapa III: Evaluación
Psicotécnica:
Lugar y Fecha: A
partir del 26/04/2011, en horario a determinar por el jurado.
Se calificará de 0 a
100 puntos. Estará a cargo de profesionales con amplio conocimiento en la
temática, y obtendrá a partir de herramientas psicométricas un conocimiento más
profundo sobre las capacidades cognitivas y de relación propias de la
personalidad del concursante, en relación a las exigencias del puesto
específico que se concursa y al ámbito en que deberá prestar sus servicios. El
resultado de estos exámenes tendrá carácter reservado. Cada postulante, cuando
así lo solicite, podrá conocer los resultados que le conciernan personalmente.
El Jurado
interviniente podrá solicitar a los profesionales, un informe ampliatorio del
resultado de la evaluación de las competencias laborales si lo considerase
necesario.
Etapa IV: Entrevista
Personal:
Fecha: A partir del
11/05/2011, en horario a determinar por el jurado.
Lugar: Sala de
Reuniones del Ministerio de Economía, sita en calle Avda. Pte. Arturo Illia N°
1151 - 6to. Piso - Centro Cívico Gubernamental- de la ciudad de Santa Fe, para
todos los cargos. Se notificará oportunamente a los postulantes.
Se calificará de 0 a
100 puntos. Se orienta a conocer a los candidatos y a establecer el grado de
ajuste global -experiencia, comportamientos, características de personalidad si
así se requiriese y motivación- de los mismos a los requerimientos y
condiciones del cargo. El Jurado del Concurso elaborará una Guía de Entrevista,
pautando las características a observar y evaluar en el postulante. Deberá
permitir obtener información que complemente la apreciación de los antecedentes
académicos, la experiencia laboral y las competencias laborales específicas o
generales, exigidas por el cargo al cual se postula, distribuyendo entre esas
características los cien (100) puntos previstos para la etapa. Este puntaje
deberá ser resuelto al finalizar cada entrevista o, en su defecto, en el mismo
día que se efectuará.
Orden de Méritos:
El Jurado tendrá un
plazo de diez (10) días hábiles computados a partir de la Entrevista Personal
para elaborar el Orden de Méritos.
En esta fase, se
deberá calcular el puntaje bruto ponderado de cada Etapa.
Para ello se
multiplicará el puntaje bruto de cada Etapa por la ponderación relativa
establecida previamente. Se sumarán los puntajes brutos ponderados y se
obtendrá el puntaje global ponderado. Con este puntaje global se realizará el
Orden de Mérito.
El Orden de Mérito se
confeccionará con los puntajes globales ponderados cuyo valor sea igual o mayor
a 60 puntos, para la cobertura del cargo Categoría 06 y mayor o igual a 50
puntos para el cargo de Categoría 04. En el caso de que ninguno de los
concursantes alcance este puntaje, el concurso se declarará desierto, debiendo
precederse a convocar a concurso abierto.
Cada etapa tendrá el
siguiente peso relativo porcentual para la conformación del Orden de Méritos:
Evaluación
Antecedentes 30%
Evaluación Técnica 40%
Evaluación
Personalidad 20%
Entrevista Personal 10%
Total 100%
La participación de
los concursantes en todas las etapas previstas es obligatoria, pudiendo ser
causal de exclusión del concurso la no concurrencia a alguna de ellas. La
dependencia en que reviste el agente que se presente a concurso, autorizará y
facilitará su participación en todas las etapas del concurso, debiendo el mismo
presentar al efecto las constancias pertinentes.
S/C 5603 Dic. 16
__________________________________________
DIRECCION PROVINCIAL DE
VIVIENDA Y URBANISMO
RESOLUCION Nº 2966
Santa Fe, 7 de diciembre de 2010.
VISTO:
El Expediente N°
15201-0094338-6 y su agregado Nº 15201-0141256-8 del Sistema de Información de
Expedientes; y
CONSIDERANDO:
Que han sido
detectadas situaciones de irregularidad respecto de la unidad habitacional
identificada como: VIVIENDA Nº 26 - (3D) - PLAN 0096 - 28 VIVIENDAS - SASTRE -
(Dpto. SAN MARTIN), asignada por Resolución N° 0645/82 a los señores GONZALEZ,
LUIS NICOLAS - CAGLIERO, CRISTINA BEATRIZ, según Boleto de Compra- venta de
fojas 3, consistentes en falta de pago y ocupación del bien;
Que al tomar
intervención las áreas competentes del Organismo detectan la irregularidad
ocupacional (fs. 39/40) y agregan el informe sobre el estado de la cuenta
(fs.38);
Que atento a ello, la
Dirección General de Asuntos Jurídicos mediante Dictamen N° 080444 (fs. 42)
manifiesta que al respecto, cabe mencionar que las prohibiciones contempladas
en el Artículo 37 del Reglamento de Adjudicación, Ocupación y Uso tienen una
directa relación con el deber de ocupación que constituye una obligación
jurídica derivada del reglamento y del boleto suscripto, de cumplimiento
forzoso y necesario por parte del titular adjudicatario y cuya consecuencia se
sanciona con la desadjudicación tal cual lo prevé el mismo cuerpo de normas
sumado al incumplimiento del Artículo 29 que los obliga al pago de las cuotas
de amortización, ambas normas reflejadas en el boleto de compra-venta que
suscribieron;
Que dado las
consecuencias de autos, el tiempo que lleva la situación irregular, el total
desinterés de los adjudicatarios en su vivienda, la inexistencia de un
domicilio donde cursar una intimación que resulte efectiva más allá de lo
formal, este servicio jurídico haciendo uso de la opción prevista por el
Artículo 39 inc. b) del Reglamento de Adjudicación, Ocupación y Uso, recomienda
proceder sin más trámites a la desadjudicación de la unidad por incumplimiento
de las obligaciones impuestas reglamentaria y contractualmente (Artículos 29 y
37 del Reglamento de Adjudicación, Ocupación y Uso y cláusulas del contrato
concordantes);
Que tal como se
presenta el caso, en el que se ignora el domicilio del interesado y a los
efectos de la notificación del acto, deviene aplicable la forma que contempla
el Decreto N° 10204/58 en sus Artículos 20, inc. e) y 28, es decir, mediante
edictos que se publicarán en el BOLETIN OFICIAL. Mediante este procedimiento se
estará garantizando al administrado su derecho de defensa;
Que en consecuencia,
en mérito a lo expuesto, aconseja obviar la intimación previa, desadjudicando
al grupo mencionado por falta de pago y de ocupación por aplicación de los
Artículos 29 y 37 y cláusulas ccdtes. del boleto suscripto, que se rescindirá y
autorizarla para el lanzamiento por el procedimiento del Artículo 27 de la Ley
Nº 21581 a la que adhiere la Provincia por Ley Nº 11102. La resolución
contendrá además, un artículo que disponga notificar el decisorio al domicilio
contractual y por edictos, conforme Artículos 20 inc. e) y 28 del Decreto Nº
10204/58, debiendo ser verificada la efectiva publicación por Secretaría de
Despacho;
Por ello y de
conformidad a las facultades conferidas por el Artículo 8vo. de la Ley 6690;
LA DIRECTORA PROVINCIAL DE
VIVIENDA Y URBANISMO
RESUELVE:
ARTICULO 1°:
Desadjudicar la unidad habitacional identificada como:
VIVIENDA Nº 26 - (3D)
- PLAN 0096 - 28 VIVIENDAS - SASTRE - (Dpto. SAN MARTIN), a los señores
GONZALEZ, LUIS NICOLAS (L.E. Nº 6.299.616) - CAGLIERO, CRISTINA BEATRIZ (L.C.
N° 5.457.179), por infracción de los Artículos 29 y 37 del Reglamento de
Adjudicación, Ocupación y Uso y cláusulas concordantes del Boleto de Compra -
Venta oportunamente suscripto, el que se da por rescindido y por modificada en
tal sentido la Resolución N° 0645/82.
ARTICULO 2°: En caso
de no producirse la restitución pacífica del bien inmueble, previa
individualización por el Area Social, del grupo familiar que propicie como
adjudicatario de la vivienda a recuperar, autorizar a la Jefatura de la
Dirección General de Asuntos Jurídicos para que personalmente o a través del
profesional que este designe y por aplicación del Artículo 27 de la Ley 21.581
homologada por Ley Provincial N° 11.102 que expresa:
“Quedan facultados
los Organismos por medio de los que se hubieran ejecutado o ejecuten programas
habitacionales financiados con recursos del FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA, para
requerir y obtener el auxilio de la fuerza pública, y éstas obligadas a prestarlo,
con el objeto de posibilitar la ejecución inmediata de todas las cláusulas
insertas en los boletos de compra-venta, contratos de préstamo de uso o
comodato y actos de entrega de tenencia precaria / aprobados por la SECRETARIA
DE ESTADO DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA que suscriban con los beneficiarios
de las viviendas. En tal sentido el auxilio de la fuerza pública podrá ser
requerido, también, para producir el lanzamiento de aquellos que hubieren
ocupado las viviendas, edificios, construcciones o terrenos, sin estar
autorizados para ello por autoridad competente. Asimismo, para la ejecución de
las hipotecas que pudieran constituir a su favor, dichos organismos tendrán la
posibilidad de instrumentar el mismo procedimiento que tiene establecido en sus
operatorias el BANCO HIPOTECARIO NACIONAL.
proceda a tomar los
siguientes recaudos:
* Remitir un oficio a
la seccional de la jurisdicción para que preste el auxilio de la fuerza pública
a los fines del desalojo y debida toma de posesión del inmueble.
* Actuar como oficial
del desalojo, con facultad de utilizar cerrajero que proceda a la apertura del
acceso a la vivienda, cambio de cerradura y realizar cualquier otra medida que
sea conducente para facilitar el cometido.
ARTICULO 3°: Al
efecto de cumplimentar con lo normado por la Ley N° 12071 se transcribe a
continuación el Decreto N° 10204/58 en sus partes pertinentes- ARTICULO 42: El
recurso de revocatoria podrá interponerse contra los decretos y resoluciones
dictados en los expedientes o actuaciones administrativas y, en general, contra
cualquier decisión dictada por autoridad administrativa competente, que niegue
un derecho o imponga obligaciones, dentro del término de diez días de la
notificación. ARTICULO 47: Para que proceda, el recurso de apelación deberá ser
interpuesto en tiempo y forma ante la autoridad administrativa que hubiera
dictado la resolución motivo del mismo, pudiendo interponerse también
subsidiariamente con el recurso de revocatoria. Artículo 55: El recurso
jerárquico ante el Poder Ejecutivo procederá cuando exista una denegación
tácita del derecho postulado, por parte de la autoridad administrativa que deba
resolver, o una retardación de la resolución.”
ARTICULO 4°: El
presente decisorio se notificará al domicilio contractual y por Edictos,
conforme Artículos 20 inc. e) y 28 del Decreto Nº 10204/58, debiendo ser
verificada la efectiva publicación por Secretaría de Despacho.
ARTICULO 5°:
Regístrese, comuníquese y archívese.
Arq. ALICIA DEL CARMEN PINO
Directora Provincial
S/C 5627 Dic. 16 Dic. 20
__________________________________________
RESOLUCION Nº 2954
Santa Fe, 7 de diciembre de 2010
VISTO:
El Expediente Nº
15201-0101922-4 del Sistema de Información de Expedientes; y
CONSIDERANDO:
Que han sido
detectadas situaciones de irregularidad respecto de la unidad habitacional
identificada como: MANZANA I C - LOTE 54 - (3D) - (Colón 584) - PLAN 0248 - 239
VIVIENDAS - SAN JORGE - (Dpto. SAN MARTIN), asignada por Resolución Nº 1692/08
(fs. 35/36) a los señores CHUARD, GASTON ROLANDO - TEMPO, ALICIA MARIA, los que
no suscribieron el correspondiente contrato (fs. 36), consistentes en falta de
pago y ocupación del bien;
Que a fs. 42 obra
presentación de los señores Schmithalter, Edgardo Miguel - Ferrero, Claudia
Adriana, solicitando la adjudicación de la vivienda;
Que la Secretaría
General de Servicio Social en oportunidad de la constatación efectuada en Mayo
de 2010 (fs. 54) encuentra habitando el inmueble al último grupo mencionado,
quienes ingresaron luego de habérsela comprado a Chuard, realizándole arreglos
a la unidad que se encontraba muy deteriorada. Perciben ingresos suficientes
para afrontar el pago de las cuotas lo que se acredita a fs. 46;
Que la Dirección
General de Asuntos Jurídicos mediante Dictamen N° 081451 (fs. 57) en
consecuencia, y si bien los beneficiarios no suscribieron el comodato, no está
probado en el expediente la supuesta venta a los ocupantes, por lo que este
servicio jurídico aconseja derogar la Resolución 1692/08 y disponer el
lanzamiento por el Artículo 27 de la Ley N° 21581 a la que adhiere la Provincia
por Ley Nº 11102, deviniendo aplicable para la notificación, la forma que
contempla el Decreto Nº 10204/58 en sus Artículos 20 inc. e) y 28, es decir,
mediante edictos que se publicarán en el BOLETIN OFICIAL, garantizando al
administrado su derecho de defensa. También se notificará al domicilio
contractual. Cumplido y vencidos los plazos, se estará en condiciones de cubrir
la vacante;
Por ello y de
conformidad a las facultades conferidas por el Artículo 8vo. de la Ley 6690;
LA DIRECTORA PROVINCIAL DE VIVIENDA Y URBANISMO
RESUELVE:
ARTICULO 1°: Derogar
la Resolución Nº 1692/08 mediante la cual se dispuso la asignación en Comodato
de la unidad habitacional identificada como: MANZANA I C - LOTE 54 - (3D) -
(Colón 584) - PLAN 0248 - 239 VIVIENDAS - SAN JORGE - (Dpto. SAN MARTIN), a
favor de los señores CHUARD, GASTON ROLANDO (D.N.I. Nº 6.290.532) - TEMPO,
ALICIA MARIA (D.N.I. Nº 5.133.125), de conformidad a las consideraciones que
anteceden.
ARTICULO 2°: En caso
de no producirse la restitución pacífica del bien inmueble, previa
individualización por el Area Social, del grupo familiar que propicie como
adjudicatario de la vivienda a recuperar, autorizar a la Jefatura de la
Dirección General de Asuntos Jurídicos para que personalmente o a través del
profesional que este designe y por aplicación del Artículo 27 de la Ley 21.581
homologada por Ley Provincial Nº 11.102 que expresa:
Quedan facultados los
Organismos por medio de los que se hubieran ejecutado o ejecuten programas
habitacionales financiados con recursos del FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA, para
requerir y obtener el auxilio de la fuerza pública, y éstas obligadas a
prestarlo, con el objeto de posibilitar la ejecución inmediata de todas las
cláusulas insertas en los boletos de compra-venta, contratos de préstamo de uso
o comodato y actos de entrega de tenencia precaria / aprobados por la
SECRETARIA DE ESTADO DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA que suscriban con los
beneficiarios de las viviendas. En tal sentido el auxilio de la fuerza pública
podrá ser requerido, también, para producir el lanzamiento de aquellos que
hubieren ocupado las viviendas, edificios, construcciones o terrenos, sin estar
autorizados para ello por autoridad competente. Asimismo, para la ejecución de
las hipotecas que pudieran constituir a su favor, dichos organismos tendrán la
posibilidad de instrumentar el mismo procedimiento que tiene establecido en sus
operatorias el BANCO HIPOTECARIO NACIONAL.
proceda a tomar los
siguientes recaudos:
* Remitir un oficio a
la seccional de la jurisdicción para que preste el auxilio de la fuerza pública
a los fines del desalojo y debida toma de posesión del inmueble.
* Actuar como oficial
del desalojo, con facultad de utilizar cerrajero que proceda a la apertura del
acceso a la vivienda, cambio de cerradura y realizar cualquier otra medida que
sea conducente para facilitar el cometido.
ARTICULO 3°: Al
efecto de cumplimentar con lo normado por la Ley Nº 12071 se transcribe a
continuación el Decreto N° 10204/58 en sus partes pertinentes. “ARTICULO 42: El
recurso de revocatoria podrá interponerse contra los decretos y resoluciones
dictados en los expedientes o actuaciones administrativas y, en general, contra
cualquier decisión dictada por autoridad administrativa competente, que niegue
un derecho o imponga obligaciones, dentro del término de diez días de la
notificación. ARTICULO 47: Para que proceda, el recurso de apelación deberá ser
interpuesto en tiempo y forma ante la autoridad administrativa que hubiera
dictado la resolución motivo del mismo, pudiendo interponerse también
subsidiariamente con el recurso de revocatoria. Artículo 55: El recurso
jerárquico ante el Poder Ejecutivo procederá cuando exista una denegación
tácita del derecho postulado, por parte de la autoridad administrativa que deba
resolver, o una retardación de la resolución.
ARTICULO 4°: El
presente decisorio se notificará al domicilio contractual y por Edictos,
conforme Artículos 20 inc. e) y 28 del Decreto Nº 10204/58, debiendo ser
verificada la efectiva publicación por Secretaría de Despacho.
ARTICULO 5°:
Regístrese, comuníquese y archívese.
Arq. ALICIA DEL CARMEN PINO
Directora Provincial
S/C 5628 Dic. 16 Dic. 20
__________________________________________
RESOLUCION 2946
SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional” 07 Dic.
2010
VISTO:
El Expediente N°
15201-0132668-5 del Sistema de Información de Expedientes; y
CONSIDERANDO:
Que han sido
detectadas situaciones de irregularidad respecto de la unidad habitacional
identificada como: “MANZANA 12 - 3° PISO - DEPARTAMENTO N° 0065 - (4D) - PLAN
N° 0055 - 1289 Viviendas - B° CENTENARIO - SANTA FE - DPTO. LA CAPITAL”,
asignada por Resolución N° 1173/94 a la señora ROSANA GONZALEZ, según Boleto de
Compra-Venta de fojas 6, consistentes en falta de pago y ocupación del bien;
Que al tomar
intervención las áreas competentes del Organismo detectan la irregularidad
ocupacional y agregan el informe sobre el estado de la cuenta;
Que la Dirección
General de Asuntos Jurídicos mediante Dictamen N° 079916 (fs. 15) manifiesta
“que las prohibiciones contempladas en el Artículo 37 del Reglamento de
Adjudicación, Ocupación y Uso tienen una directa relación con el deber de
ocupación que constituye una obligación jurídica derivada del reglamento y del
boleto suscripto, de cumplimento forzoso y necesario por parte del titular
adjudicatario y cuya consecuencia se sanciona con la desadjudicación tal cual
lo prevé el mismo cuerpo de normas sumado al incumplimiento del Artículo 29 que
los obliga al pago de las cuotas de amortización, ambas normas reflejadas en el
boleto de compraventa que suscribieron”;
Que “dado las
constancias de autos, el tiempo que lleva la situación irregular, el total desinterés
de los adjudicatarios en su vivienda, la inexistencia de un domicilio donde
cursar una intimación que resulte efectiva más allá de lo formal, este servicio
jurídico haciendo uso de la opción prevista por el Artículo 39 inc. b) del
Reglamento de Adjudicación, Ocupación y Uso, recomienda proceder sin más
trámites a la desadjudicación de la unidad por incumplimiento de las
obligaciones impuestas reglamentaria y contractualmente (Artículos 29 y 37 del
Reglamento de Adjudicación, Ocupación y Uso, y cláusulas del contrato
concordantes)“;
Que “tal como se
presenta el caso, en el que se ignora el domicilio del interesado y a los
efectos de la notificación del acto, deviene aplicable la forma que contempla
el Decreto N° 10.204/58 en sus Artículos 20 inc. e) y 28, es decir, mediante
edictos que se publicarán en el BOLETIN OFICIAL. Mediante este procedimiento se
estará garantizando al administrado su derecho de defensa”;
Que “en consecuencia,
en mérito a lo expuesto, aconsejo obviar la intimación previa, desadjudicando
al grupo mencionado por falta de pago y de ocupación por aplicación de los
Artículos 29 y 37 y cláusulas concordantes del boleto suscrito, que se rescindirá.
Se nos autorizará para el lanzamiento por el procedimiento del Artículo 27 de
la Ley N° 21.581 a la que adhiere la Provincia por la Ley N° 11.102. La
resolución contendrá además, un artículo que disponga notificar el decisorio al
domicilio contractual y por edictos, conforme Artículos 20 inc. e) y 28 del
Decreto N° 10.204/58, debiendo ser verificada la efectiva publicación por
Secretaría de Despacho”;
Por ello y de
conformidad a las facultades conferidas por el Artículo 8vo. de la Ley 6690;
LA DIRECTORA PROVINCIAL DE VIVIENDA Y URBANISMO
RESUELVE:
ARTICULO 1°:
Desadjudicar la unidad habitacional identificada como: “MANZANA 12 - 3° PISO -
DEPARTAMENTO N° 0065 - (4D) -PLAN N° 0055 - 1289 Viviendas - B° CENTENARIO -
SANTA FE - DPTO. LA CAPITAL”, a la señora ROSANA GONZALEZ (DNI. N° 14.397.419),
por infracción de los Artículos 29 y 37 del Reglamento de Adjudicación,
Ocupación y Uso, y cláusulas concordantes del Boleto de Compra-Venta suscrito,
el que se da por rescindido y por modificada en tal sentido la Resolución Nº
1173/94.
ARTICULO 2°: En caso
de no producirse la restitución pacífica del bien inmueble, previa
individualización por el Area Social, del grupo familiar que propicie como
adjudicatario de la vivienda a recuperar, autorizar a la Jefatura de la
Dirección General de Asuntos Jurídicos para que personalmente o a través del
profesional que este designe y por aplicación del Artículo 27 de la Ley 21581
homologada por Ley Provincial N° 11102 que expresa:
“Quedan facultados
los Organismos por medio de los que se hubieran ejecutado o ejecuten programas
habitacionales financiados con recursos del FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA, para
requerir y obtener el auxilio de la fuerza pública, y éstas obligadas a prestarlo,
con el objeto de posibilitar la ejecución inmediata de todas las cláusulas
insertas en los boletos de compra-venta, contratos de préstamo de uso o
comodato y actos de entrega de tenencia precaria aprobados por la SECRETARIA DE
ESTADO DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA que suscriban con los beneficiarios de
las viviendas. En tal sentido el auxilio de la fuerza pública podrá ser
requerido, también, para producir el lanzamiento de aquellos que hubieren
ocupado las viviendas, edificios, construcciones o terrenos, sin estar
autorizados para ello por autoridad competente. Asimismo, para la ejecución de
las hipotecas que pudieran constituir a su favor, dichos organismos tendrán la
posibilidad de instrumentar el mismo procedimiento que tiene establecido en sus
operatorias el BANCO HIPOTECARIO NACIONAL.
proceda a tomar los
siguientes recaudos:
* Remitir un oficio a
la seccional de la jurisdicción para que preste el auxilio de la fuerza pública
a los fines del desalojo y debida toma de posesión del inmueble.
* Actuar como oficial
del desalojo, con facultad de utilizar cerrajero que proceda a la apertura del
acceso a la vivienda, cambio de cerradura y realizar cualquier otra medida que
sea conducente para facilitar el cometido.-
ARTICULO 3°: Al
efecto de cumplimentar con lo normado por la Ley N° 12.071 se transcribe a
continuación el Decreto N° 10.204/58 en sus partes pertinentes: “ARTICULO 42:
El recurso de revocatoria podrá interponerse contra los decretos y resoluciones
dictados en los expedientes o actuaciones administrativas y, en general, contra
cualquier decisión dictada por autoridad administrativa competente, que niegue
un derecho o imponga obligaciones, dentro del término de diez días de la
notificación. ARTICULO 47: Para que proceda, el recurso de apelación deberá ser
interpuesto en tiempo y forma ante la autoridad administrativa que hubiera
dictado la resolución motivo del mismo, pudiendo interponerse también
subsidiariamente con el recurso de revocatoria. ARTICULO 55: El recurso
jerárquico ante el Poder Ejecutivo procederá cuando exista una denegación
tácita del derecho postulado, por parte de la autoridad administrativa que deba
resolver, o una retardación en la resolución.”
ARTICULO 4°:
Comunicar el presente decisorio mediante Notificador Oficial al domicilio
contractual y por edictos que se publicarán en el BOLETIN OFICIAL, conforme
Artículos 20 inc. e) y 28 del Decreto N° 10.204/58, debiendo ser verificada la
efectiva publicación por Secretaría de Despacho.-
ARTICULO 5°:
Regístrese, comuníquese y archívese.
Arq. ALICIA DEL CARMEN PINO
Directora Provincial
S/C 5629 Dic. 16 Dic. 20
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MINISTERIO DE AGUA,
SERVICIOS PUBLICO
Y MEDIO AMBIENTE
AUDIENCIA PUBLICA ANUAL
SOBRE PESCA
17 de diciembre de 2010, 9 a 12 hs.
Sala Auditorio ATE,
San Luis 2854 Santa Fe.
Listado de Oradores y
Orden de Exposiciones:
Biasatti, Ricardo 12.476.421
Biani, Ricardo 6.080.339
Tábares, Pablo 22.168.450
Rouzic Tournon,
Marcelo 03.166.640
Espíndola, Adolfo 12.181.533
Millocco, Carlos
Fabián 16.630.023
Pecorari, Carlos
Ramón 12.147.858
La presidencia de la
Audiencia Pública será ejercida por el Lic. Ricardo Biasatti, Subsecretario de
Recursos Naturales de la Secretaría de Medio Ambiente del Ministerio de Agua
Servicios Públicos y Medio Ambiente.
S/C 5639 Dic. 19 Dic. 17
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