DECRETO Nº 3370
SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”,
10 NOV 2017
VISTO:
El Expediente N° 00701-0107707-0 del registro del Sistema de Información de Expedientes, mediante el cual obra nota del Presidente Comunal de Llambi Campbell, Adrián A. TAGLIARI, por la que solicita se declare de carácter Provincial a la Fiesta del Cerdo a la Estaca, que se realiza en dicha Comuna; y
CONSIDERANDO:
Que esta fiesta se encuentra organizada por la Comuna de Llambi Campbell junto con la colaboración de instituciones educativas de la localidad, la cual se realiza desde hace cinco años en forma ininterrumpida con amplia convocatoria regional;
Que el citado evento nació en el año 2013 llevándose a cabo durante el mes de julio, convocando a habitantes de la localidad y pueblos vecinos y cuya recaudación se distribuye entre las instituciones colaboradoras;
Que es importante turísticamente para la región ya que reúne a más de 1.400 personas, las cuales participan de un espacio de expresión artística, apreciando la actuación de artistas locales y regionales y cuyo menú es el cerdo a la estaca, actividad productiva que se ha ido incrementando en los últimos tiempos;
Que por Disposición N° 073/17, la Secretaría de Turismo del Ministerio de la Producción, ha declarado de Interés Turístico y recomienda se declare de carácter Provincial a la Fiesta del Cerdo a la Estaca y a la localidad de Llambi Campbell, Departamento La Capital, Provincia de Santa Fe, como sede permanente;
Que es interés del Poder Ejecutivo, apoyar eventos de esta naturaleza que constituyen un estímulo para quienes en las diversas actividades colaboran con esfuerzo y dedicación al afianzamiento del turismo provincial;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Declárese de carácter provincial a la Fiesta del Cerdo a la Estaca, la cual se realiza todos los años durante el mes de julio en la localidad de Llambi Campbell, Departamento La Capital, Provincia de Santa Fe.-
ARTÍCULO 2°.- Declárese a la localidad de Llambi Campbell, Departamento La Capital como sede permanente de la Fiesta Provincial del Cerdo a la Estaca.-
ARTÍCULO 3°.- Regístrese, comuníquese y archívese.-
LIFSCHITZ
Luis Gustavo Contigiani
20902
__________________________________________