picture_as_pdf 2012-11-16

MINISTERIO DE SEGURIDAD


RESOLUCION Nº 0591


Santa Fe, cuna de la Constitución Nacional 07/NOV/2012

VISTO:

El expediente N° 00201-0153064-4, del Registro del Sistema de Información de Expedientes, Ministerio de Seguridad, cuyas actuaciones están relacionadas con la convocatoria de alumnos para la carrera de Auxiliar en Seguridad del Instituto de Seguridad Pública, para su posterior incorporación al Escalafón General, Subescalafón Seguridad, de la Policía de la Provincia, y

CONSIDERANDO:

Que anualmente ingresan al Instituto de Seguridad Pública sucesivas promociones para cursar la carrera de Auxiliar en Seguridad Pública, siendo responsabilidad exclusiva y excluyente del ISeP el cumplimiento de todas las etapas del Proceso de Selección y del posterior cursado, de acuerdo a lo previsto en la Ley 12.333.

Que mediante el análisis de las necesidades del servicio policial, se concluye que resulta necesaria la incorporación de 1.300 (mil trescientos) alumnos al Instituto de Seguridad Pública para su posterior incorporación a la Administración Pública, con el grado de Suboficial de Policía, del Escalafón General - Subescalafón Seguridad, con el objetivo de cumplir las funciones generales de la Policía de la Provincia de Santa Fe.

Que la convocatoria y posterior incorporación encuentra su marco de sustento normativo en las disposiciones de la Ley 12.521 del Personal Policial, y la Ley N° 12333 de creación y funcionamiento del Instituto de Seguridad Pública;

Que para ello, de acuerdo a los requisitos previstos en la Ley N° 12.333, resulta necesario ordenar al Instituto de Seguridad Pública (ISeP), la convocatoria para cubrir mil trescientas (1.300) vacantes (70% masculinos y 30% femeninos) de la carrera de Auxiliar en Seguridad, para ser incorporados luego de su egreso a la Policía de la Provincia de Santa Fe, con el grado de Suboficial de Policía, Escalafón General - Subescalafón Seguridad.

Que a los fines de la incorporación, el Instituto de Seguridad Pública implementará un Proceso de Selección que se dividirá en diversas etapas, las que finalizarán con la obtención de un orden de mérito, por sexo, para cubrir las vacantes otorgadas.

Que los cadetes convocados percibirán beca mientras dure el cursado, según la reglamentación vigente, de la cual deberán ser debidamente notificados al momento de la incorporación.

Que atento a lo expuesto y contándose con los cargos y crédito presupuestario necesarios, conforme lo indicado por la Dirección General de Administración, y obrando opinión favorable de la Dirección General de Asuntos Jurídicos de este Ministerio Dictamen Nº 1839/2012, corresponde dictar el acto administrativo pertinente;

POR ELLO:

EL MINISTRO DE SEGURIDAD

RESUELVE

ARTICULO 1.- Encomiéndase al Instituto de Seguridad Pública la convocatoria para cubrir mil trescientas (1.300) vacantes (910 masculinos y 390 femeninos) de la carrera de Auxiliar en Seguridad, para ser nombrados, los que se postulasen a su egreso, con el grado de Suboficial de Policía, Escalafón General - Subescalafón Seguridad.

ARTICULO 2.- Los requisitos de ingreso a ser exigido a los postulantes, corresponderán a lo dispuesto por la Ley Nº 12.333 y demás normativas de aplicación. Cuyas especificaciones obran en el ANEXO I “Requisitos para el ingreso a la carrera de Auxiliar en Seguridad” que integra la presente resolución.

ARTICULO 3.- Que a los fines de la incorporación, el Instituto de Seguridad Pública planificará y ejecutará un Proceso de Selección que se dividirá en las siguientes etapas: 1) Difusión y Publicidad, 2) Inscripción, 3) Examen Psicológico, 4) Examen Médico, 5) Examen de Aptitud Física, y 6) Examen Intelectual, siendo todos los exámenes eliminatorios. Que se detallan en el ANEXO II “ Proceso de selección - pautas” que integra la presente resolución.

ARTICULO 4.- Que cumplida la etapa 6), se confeccionará un orden mérito en forma decreciente, por sexo, a fin de cubrir las vacantes otorgadas.

ARTICULO 5. - Regístrese, hágase saber, publíquese en el BOLETIN OFICIAL, en el Portal Web de la Provincia de Santa Fe, en el Portal Web del Instituto de Seguridad Pública, y archívese.

Dr. RAUL LAMBERTO

Ministro de Seguridad


ANEXO I


REQUISITOS PARA EL INGRESO A LA CARRERA DE AUXILIAR EN SEGURIDAD DEL INSTITUO DE SEGURIDAD PUBLICA


1. Para la inscripción:

- Ser argentino, nativo o por opción.

- Tener entre 18 y 28 años de edad cumplidos a la fecha de la inscripción.

- Tener título secundario o polimodal completo (excluyente sin adeudar materias a la fecha de incorporación).

- Poseer condiciones de salud y aptitudes psicofísicas compatibles con el desempeño de las funciones correspondientes al escalafón general, subescalafón seguridad de la Policía de la Provincia de Santa Fe, debiendo superar los exámenes psicológico y médico de ingreso.

- No ser empleado público de la Administración de la Provincia de Santa Fe.

- No haber sido destituido, cesanteado o exonerado de empleo público nacional, provincial o municipal.

- No encontrarse procesado por la justicia nacional o provincial, hasta que obtenga sobreseimiento definitivo o absolución con aclaración cuando la ley lo contemple, que el proceso no afecta su buen nombre y honor.

- No haber sido condenado por la justicia nacional o provincial, por delitos o contravenciones, haya o no cumplido la pena impuesta.

2. Para la incorporación:

- Haber obtenido y presentado su título secundario definitivo (sin adeudar materias).

- Haber aprobado todos los exámenes del Proceso de Selección y haber obtenido un orden de mérito que le permita ser considerado dentro de las vacantes otorgadas.


ANEXO II


PROCESO DE SELECCION - PAUTAS


Cumplida la etapa de INSCRIPCION en las fechas que se indican, se publicarán en las páginas web del ISeP, las fechas, turnos, condiciones, temarios, exigencias y requisitos para la realización de cada una de las etapas siguientes, identificándose a cada postulante mediante su Número de Legajo de Inscripción.

Todos los exámenes serán eliminatorios y se desarrollarán en la sede IseP Zona Sur (Alem 2050 Rosario). Los resultados de cada etapa se publicarán en las web del ISeP, también mediante el Número de Legajo de Inscripción. Para poder participar de cada examen, el postulante deberá presentar siempre su D.N.I. Cronograma del Proceso de Selección:


1. DIFUSION y PUBLICIDAD

La misma se llevará a cabo antes y durante la etapa de inscripción en medios radiales y televisivos a cargo de Secretaría de Comunicación Social (Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado), publicación en la página web del I.Se.P. y de la provincia, más folletería y cartelería. El Instituto dispondrá de personal de Relaciones Pública para ser enviados a aquellas localidades donde sus intendentes y/o presidentes comunales previamente hayan organizado reuniones informativas.

2. INSCRIPCION:

Se realizará a partir del lunes 12 de noviembre hasta el viernes 21 de diciembre de 2012 de lunes a viernes en el horario de 8 a 13 horas, sin perjuicio de ampliar el plazo para facilitar las inscripciones.


Los postulantes de las ciudades de Santa Fe y Rosario deberán inscribirse en las sedes del I.Se.P. correspondientes a dichas localidades, sitas en 9 de Julio 1756 (Santa Fe) y Alem 2050 (Rosario) los días y horarios mencionados.

Los postulantes del resto de la provincia, por razones de proximidad y para facilitar las inscripciones, las mismas serán recibidas en las Oficinas de Personal de las Unidades Regionales de los respectivos Departamentos, de lunes a viernes en el horario de 8 a 13 hs.

Unidad Regional Dirección Localidad


Unidad Regional III - Dpto. Belgrano San Martín 299 Las Rosas

Unidad Regional IV - Dpto. Caseros Cevallos 2199 Casilda

Unidad Regional V - Dpto. Castellanos Santa Fe y Mitre (2300) Rafaela

Unidad Regional VI - Dpto. Constitución Lisandro de la Torre 434 Villa Constitución

Unidad Regional VII - Dpto. Garay Julio A. Roca 813 Helvecia

Unidad Regional VIII - Dpto. General López Rivadavia 551 Melincué

Unidad Regional IX - Dpto. General Obligado Patricio Diez 472 Reconquista

Unidad Regional X - Dpto. Iriondo Ocampo 885 Cañada de Gómez

Unidad Regional XI - Las Colonias San Martín 2455 Esperanza

Unidad Regional XII - Dpto. 9 de Julio San Martín 1561 Tostado

Unida Regional XIII - Dpto. San Cristóbal Las Heras 1294 San Cristóbal

Unidad Regional XIV - Dpto. San Javier 9 de Julio 817 San Javier

Unidad Regional XV - Dpto. San Jerónimo San Martín 1114 Coronda

Unidad Regional XVI - Dpto. San Justo 9 de Julio 588 San Justo

Unidad Regional XVII - Dpto. San Lorenzo Urquiza 749 San Lorenzo

Unidad Regional XVIII - Dpto. San Martín Gral. López 1480 Sastre

Unidad Regional XIX Dpto. Vera Presidente Perón Vera


Sin perjuicio que por resolución aparte se establezca un procedimiento de inscripción articulado de manera conjunta con los Municipios de la Provincia.

Al momento de la inscripción, los postulantes deberán acompañar al Formulario de Inscripción que provee el ISeP en su página web, el original y una fotocopia legalizada de las dos primeras hojas del DNI y último cambio de domicilio, una fotocopia legalizada de la partida de nacimiento, una fotocopia legalizada del Certificado Final de Estudios Secundarios o en trámite, un original de Certificado de Domicilio, y una foto color 4x4 3/4 perfil derecho.

Con el objetivo de brindar un adecuado conocimiento e información general, estará disponible en la página web del I.Se.P. las causales excluyentes para el ingreso, las causales de no ingreso por razones médicas y psicológicas, las pruebas de aptitud física a ser exigidas, y el temario de las materias intelectuales a rendir.

Al entregar el total de documentación exigida para inscribirse, el postulante recibirá una constancia firmada y sellada por parte de la Oficina Reclutadora, en la que se consignará la fecha de recepción y el Número de Legajo de Inscripción, única documentación admitida a los efectos de acreditar el inicio de la gestión.

Todos los datos presentados por los postulantes tendrán carácter de Declaración Jurada.

Cualquier falsedad incurrida en ellos será causal inmediata de eliminación del Proceso de Selección.

La presentación de la solicitud de inscripción por parte del postulante, representa el pleno conocimiento y aceptación de las condiciones establecidas en el Proceso de Selección y de la modalidad de designación resultante.

3. EXAMEN PSICOLOGICO

Fechas y requisitos a confirmar en página web. En esta oportunidad, los postulantes voluntariamente podrán realizarse en el Instituto un diagnóstico antropométrico básico (estatura e IMC) a cargo de personal médico policial.

4. EXAMEN MEDICO

Fechas, requisitos y estudios a confirmar en página web.

5. EXAMEN DE APTITUD FISICA

Fechas, temario y requisitos a confirmar en página web.

6. EXAMEN INTELECTUAL

Fechas, exigencias y requisitos a confirmar en página web.

Orden de Mérito de Ingreso:

Incluirá solamente a los postulantes que hayan participado y aprobado todos los exámenes, hasta cubrir las vacantes correspondientes para cada sexo. Los resultados serán publicados en la página web del Instituto.

Notificaciones y recursos:

A lo largo de todo el Proceso de Selección se considerará notificación fehaciente y suficiente, la publicación en la página web del ISeP de listados, turnos de exámenes y calificaciones, de acuerdo al Número de Legajo de Inscripción, y en tableros y/o transparentes ubicados en lugares accesibles del ISeP, ambas regencias.

Los reclamos presentados deberán ser por escrito ante el Regente Zona Sur del ISeP, los que serán diligenciados concluidas todas y cada una de las etapas del Proceso de Selección.

Cursado:

Se desarrollará en el ISeP Zona Sur (Alem 2050 Rosario), comenzando en la fecha que oportunamente se hará saber mediante página web del ISeP.

S/C 9478 Nov. 16

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SECRETARIA DE

MEDIO AMBIENTE


RESOLUCION Nº 135


SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”, 7/NOV/2012

VISTO:

El expediente N° 02101-0012925-5 del registro del Sistema de Información de Expedientes; y

CONSIDERANDO:

Que conforme al artículo 1° Inciso 17) de la Resolución N° 83/08 ampliada por su similar N° 498/09, ambas emanadas del Ministerio de Aguas Servicios Públicos y Medio Ambiente, se delega en el Secretario de Medio Ambiente las facultades necesarias para la realización de la Audiencia Pública de Pesca;

Que según lo establecido en los artículos 12° y 13° de la Ley N° 11.717, y artículo 12° de su Decreto Reglamentario N° 1.292/04, se ordena a la ex Secretaría de Estado de Medio Ambiente, hoy Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente a través de su Secretaría de Medio Ambiente, la realización de la Audiencia Pública anual de Pesca;

Que mediante el Anexo I de la presente resolución, se establecen normas de procedimientos, a los efectos de la convocatoria y funcionamiento de la Audiencia Pública de Pesca;

Que conforme al Punto 2 del anexo mencionado en el considerando precedente, resulta necesaria la designación del Presidente, Secretaría de Actas y Moderadora de la Audiencia Pública de Pesca;

Que obran como antecedentes, la Resolución Nº 652 del 3 de noviembre de 2008, emanada del Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente, la Resolución Nº 0092 del 6 de noviembre de 2008, la Resolución N° 139 del 7 de diciembre de 2009 y su modificatoria Nº 148 del 30 de diciembre de 2009 y N° 103 de fecha 25 de octubre de 2011, todas emanadas de la Secretaría de Medio Ambiente;

Que la competencia en la materia surge de lo establecido en las Leyes N° 11.717 y N° 12.212, N° 12.817, su Decreto Reglamentario N° 0025/07 y artículo 1° inciso 17 de la Resolución N° 0083/08, ampliada por su similar N° 0498/09, ambas del Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente;

POR ELLO:

EL SECRETARIO DE MEDIO AMBIENTE

RESUELVE

ARTICULO 1°.- Convocar a la Audiencia Pública Anual de Pesca para el 06 de febrero de 2013 en el horario de 09.00 a 12.00 horas en el domicilio de la Universidad Católica de Santa Fe, sito en calle Echague N° 7150, de la ciudad de Santa Fe, Departamento La Capital, Provincia de Santa Fe.

ARTICULO 2°.- Aprobar las normas de procedimientos para la Audiencia Pública de Pesca que como Anexo I, forma parte de la presente.

ARTICULO 3°.- Designar como Presidente de la Audiencia Pública referida en el artículo primero del presente decisorio, al señor Subsecretario de Recursos Naturales. Lic. Néstor Ricardo Biasatti.

ARTICULO 4° - Designar como Secretaria de Actas de la Audiencia Pública referida en el artículo primero del presente decisorio a la señora Coordinadora General de Relaciones Institucionales a cargo de la Dirección General de Relaciones Institucionales de la Secretaría de Medio Ambiente, Lic. Nelvis Guadalupe Regalini.

ARTICULO 5° - Designar como Moderadora de la Audiencia Pública referida en el artículo primero de la presente a la señora Marcela Alejandra Vallejos de la Dirección General de Relaciones Institucionales de la Secretaría de Medio Ambiente.

ARTICULO 6° - Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

Ing. CESAR E. MACKLER

Secretario de Medio Ambiente


ANEXO I


CONVOCATORIA AUDIENCIA PUBLICA ANUAL DE PESCA


1.- DE LA CONVOCATORIA

- Se convoca a la Audiencia Pública Anual de Pesca, de acuerdo a lo establecido en la Ley Provincial N° 12.212, artículo 6°) y bajo las prescripciones de la Ley Provincial N° 11.717 y al solo efecto de abordar la problemática de la pesca en el contexto regional.

- La Audiencia reviste el carácter de obligatoria y no vinculante y se convoca en la ciudad de Santa Fe, Departamento La Capital, Provincia de Santa Fe, en fecha y lugar especificados en el artículo primero de la presente.

- La convocatoria a la Audiencia Pública, será difundida por la Secretaría de Medio Ambiente del Ministerio de Aguas, Servidos Públicos y Medio Ambiente, conforme a los artículos 11° y 12°, cuarto párrafo del Decreto N° 1.292/04.

- Los interesados deberán comunicar fehacientemente por escrito su intención de participar en la Audiencia Pública, consignando datos personales, domicilio, teléfono y/o mail e Institución a la que representan (si procede) a la Dirección General de Relaciones Institucionales de la Secretaría de Medio Ambiente de la Provincia de Santa Fe (Patricio Cullen N° 6161 de la dudad de Santa Fe, institucionales@santafe.gov.ar; TE 0342-4579215). El Registro de Participantes se habilitará entre los 30 (treinta) y los 5 (cinco) días corridos previos a la realización de la Audiencia, y la inscripción será libre y gratuita.

- Asimismo, quien además de participar desee hacer uso de la palabra, deberá consignarlo para ser incluido en el Registro de Oradores y entregar, en el momento de la registración, copia escrita de los fundamentos de la exposición, a los fines de evaluar su pertinencia.

- Quienes participen en representación de personas jurídicas, deberán acreditar haber sido designados para representarlos en esta Audiencia, para tales fines. De no ser así, se considerará como intervención de un particular.

- El Registro de Oradores, será conformado de acuerdo al artículo 11°, párrafos 4° y 5° del Decreto Nº 1.292/04.

2.- DEL DESARROLLO DE LA AUDIENCIA PUBLICA

- La Autoridad Convocante de la Audiencia, se reserva la potestad de resolver cualquier situación emergente de la misma que no haya sido considerada en estas normas de procedimientos y del Presidente de la Audiencia Pública, la potestad de resolver cualquier situación durante el desarrollo y no contemplada en la presente.

- Los participantes que se hayan registrado en el listado de oradores, podrán hacer uso del tiempo establecido para su exposición en forma oral, apoyada por material gráfico o audiovisual, sólo utilizado como accesorio o complementario del argumento oral. No se contempla la instancia de entrega de documentación o material escrito y/o gráfico, en cualquiera de sus variantes, sea a través de soporte papel o digital.

- Cada una de las partes intervinientes tiene el derecho de hacer uso de su tiempo para expresar fundadamente su opinión, pero no se contempla la instancia para el intercambio de opiniones ni el diálogo entre los distintos participantes. La Autoridad Convocante, deberá asegurar la provisión de los elementos y mecanismos necesarios para el normal funcionamiento de la Audiencia: Infraestructura adecuada al objetivo del evento, medios audiovisuales: micrófonos y PC con cañón para proyección de imágenes digitales, medios y personal afectados al registro de la información volcada en la Audiencia (filmación) y personal afectado a las tareas administrativas y asistencia a los expositores.

- La Autoridad Convocante tiene la obligación de recibir y registrar las diferentes opiniones de los participantes por medio de los mecanismos establecidos a tal efecto, pero no existe obligatoriedad alguna para acatar opiniones u objeciones vertidas en la Audiencia. Queda expresamente establecido que el ciudadano participa para que el presidente de la audiencia disponga de más información u opinión. La audiencia no habilita a los participantes a peticionar que los conceptos, iniciativas u opiniones volcadas durante la Audiencia sean adoptados para la posterior toma de decisiones, pero si que la Autoridad Convocante fundamente su decisión en caso de rechazo.

- Si existiera impedimento real que condicione la realización de la audiencia, la Autoridad Convocante deberá arbitrar los medios para asegurar la reprogramación de la misma en los términos y condiciones fijados en el presente marco procedimental, en todos los casos promoviendo y facilitando la mayor participación de los interesados.

- Los términos de las etapas de convocatoria y desarrollo de la Audiencia Pública, revisten el carácter de Normas de Regulación, en un todo de acuerdo con el Capítulo IV- Mecanismos de Participación Comunitaria del Decreto N° 1.292/04 (Reglamentación del Capítulo V- Artículos 12° y 13° de la Ley N° 11.717).

3.- DE LOS RESULTADOS DE LA AUDIENCIA PUBLICA:

- Se informará de los resultados de la Audiencia Pública, consignando fecha, hora, Presidente, Secretario, Oradores, participantes y se guardará copia de los registros:

Al Consejo Provincial Pesquero en las reuniones mensuales previa y próxima, por revestir el carácter de Audiencia Pública Anual en cumplimiento del artículo 6° de la Ley N° 12.212.

Se publicará en el BOLETIN OFICIAL y en la página Web de la Provincia.

Se publicará en los mismos medios donde fuera publicada su convocatoria.

4.- DEL ARCHIVO:

- Toda la documentación producida en las tres (3) etapas anteriores, será archivada en la Dirección General de Relaciones Institucionales de la Secretaría de Medio Ambiente.

5.- LA SECRETARIA Y SEDE ADMINISTRATIVA

- Será ejercida por la Dirección General de Relaciones Institucionales dependiente de la Secretaría de Medio Ambiente, quien tendrá la responsabilidad de las convocatorias, comunicaciones y resguardo de toda la documentación que demande el funcionamiento de la audiencia pública.

S/C 9480 Nov. 16

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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS


DISPOSICIÓN Nº 0095


SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional, 07/11/2012

V I S T O:

El Expediente Nº 02004-0001408-7 del Sistema de Información -MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS-, mediante el cual la Dra Julia Cardozo Villa gestiona la habilitación del Centro de Mediación “Mediando en Rosario” de la ciudad de Rosario;

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto Nº 1747/2011 se reglamenta la Ley Nº 13.151 de Mediación;

Que mediante Disposición Nº 0063/2011 -DPDSCI- se regula lo referido a Oficinas y Centros de Mediación

Que los artículos 3º, 4º, 5.º y 7º de la referida normativa establecen los requisitos con que deben contar los centros de mediación para su habilitación, aprueban los formularios de Croquis de Arquitectura -los que deberán presentarse con carácter de declaración jurada.

Que el artículo 6º establece que: “…el estado general, las dimensiones e instalaciones del inmueble que el croquis describa podrán ser verificadas por esta Dirección Provincial…la habilitación otorgada podrá ser revocada por esta Dirección Provincial en caso de que no se cumplan con los requisitos previstos en la presente disposición”;

Que, la Dra. Julia Cardozo Villa, en su carácter de Responsable del Centro de Mediación “Mediando en Rosario” presenta ante esta Dirección Provincial, documentación tendiente a obtener la habilitación de las instalaciones destinadas a Mediación

como Centro de Mediación “MEDIANDO EN ROSARIO” sito en calle Maipú 1095 piso 1º “A” de la ciudad de Rosario.

Que, así mismo se compromete a presentar la nomina de mediadores que constituyan domicilio en ese Centro de Mediación y a notificar las altas y bajas.

Que dichas instalaciones se ajustan a los parámetros establecidos en la disposición Nº 0063/2011 para su habilitación.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas en el art. 24º Inc. (4) del Anexo I del Decreto Nº 1747/2011;

POR ELLO:

LA DIRECTORA PROVINCIAL DE

DESJUDICIALIZACION

DE LA SOLUCION DE CONFLICTOS INTERPERSONALES

DISPONE

ARTICULO 1º: Habilítense las instalaciones destinadas a Mediación del Centro de Mediación “Mediando en Rosario“, ubicado en calle Maipú 1095 1º “A” de la ciudad de Rosario y expídase el correspondiente certificado de habilitación Nº 0019.

ARTICULO 2º: Establézcase que la habilitación otorgada en el art. 1º podrá ser revocada por la Dirección Provincial de Desjudicialización de la Solución de Conflictos Interpersonales en caso de que no se cumplan los requisitos previstos en la Disposición Nº 0063/2011-DPDSCI- o la norma vigente en la materia.

ARTICULO 3º: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

MARIA ELENORA AVILES TULIAN

Directora Provincial de Desjudicialización

de la Solución de los Conflictos Interpersonales

Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

S/C. 9485 Nov. 16

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ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS


REMATE POR

MIRTA ALICIA SCALCO


Por disposición de la Administración Federal de Ingresos Públicos (A.F.I.P.) y en ejercicios de las facultades otorgadas ley 25.239, y con intervención del Juzgado Federal de 1° Instancia N° “1” Secretaría “A”, a cargo de la Dr. Héctor Alberto Zucchi Juez, Secretaría a cargo de la Dra. Mercedes Andrada, se hace saber que en los autos caratulados: “FISCO NACIONAL A.F.I.P. - D.G.I. c/LUQUE HUGO ADAM (C.U.I.T. 20-06055553-3 s/Ejecución Fiscal (Expte. N° 81716 - B.D. 8226/11), se ha dispuesto que el martillero Mirta Alicia Scalco (CUIT N° 27-5.910.407-7), venda en pública subasta el día: 29 de noviembre del 2012 a las 11 hs. o el siguiente día hábil a la misma hora, lugar y condiciones, si aquel resultare inhábil, en las puertas del Juzgado de la localidad de Arroyo Seco, Pcia. Santa Fe. Los siguientes bienes inmueble Lotes: 10,11,18 y 19 Departamento: Rosario: Distrito: Arroyo Seco; Zona: Rural: Localidad: Arroyo Seco; Calle: Camino Público; Plano 67428/1971; Lote N° 10 Manzana: Q; Superficie: 360m2; Arranque A los 48 mts. de otro C Público en dirección Nord-Oeste; Medidas y Linderos: Mide 12 mts de frente por 30 m de fondo, lindando por su frente, al Nord-Este, camino público, al Sud-Este con lote U, al Sud-Oeste con lote 19 y al Nord-Oeste con lote 9. Lote Nº 11. Manzana: Q; Superficie: 360m2; Arranque: A los 36mts de otro C Público en dirección Nord-Oeste; Medidas y Linderos: Mide 12 mts de frente por 30 m de fondo, lindando por su frente, al Nord-Este, camino público, al Sud-Este con lote 12, al Sud-Oeste con lote 19 y al Nord-Oeste con lote 10. Lote Nº 18 Manzana: Q; Superficie: 360m2 ; Arranque:: A los 36 mts de otro C Público en dirección Nord-Oeste; Medidas y Linderos: Mide 12 mts de frente por 30 m de fondo, lindando por su frente, al Sud-Oeste, camino público, al Nor-Oeste con lote 19, al Nor-Este con lote 11 y al Sur-Este con lote 17. Lote N° 19. Manzana: Q; Superficie: 360m2 ; Arranque: A los 48 mts de otro C Público en dirección Nord-Oeste; Medidas y Linderos: Mide 12 mts de frente por 30 m de fondo, lindando por su frente, al Sud- Oeste, camino público, al Nor-Oeste lote 20 y al Nor-Este con lote 10 y al Sud-Este con el lote 18. Inscripto al T° 627 F° 83 N° 214368 Dto. Rosario. Los que saldrán a la venta individualmente.- inscripto al T° 627 F° 83 N° 214.36. Informa el Registro General de la Propiedad que el Dominio, está a nombre del demandado y consta con, los siguientes Embargos: 1°) Inscripto al T° 119 E F°216 Nº 310.733 Monto: $ 3.243,78 Fecha: 10/02/10; Autos: A.F.I.P. D.G.I. c/Luque Hugo Adam s/Ejecución Fiscal (Exp. 39.873); Juzgado Federal N° “2”. 2°) Inscripto al T° 121 E F° 682/683/684/685/ N°: 320.640/641/642/63; Monto: $ 2.155.48; Fecha: 14/03/12; Autos: A.F.I.P. - D.G.I. c/Luque Hugo Adam s/Ejecución Fiscal (Exp. 46.380); Juzgado Federal N° “2”. 3°) Inscripto: T° 121 E F° 1403/404/405/406 N° 335287/ 286/285/284 Monto $ 3.714,04 Fecha 03/05/12 Autos AFIP-DGI c/Luque Hugo Adam s/Ej. Fiscal Expte. 81716 el que ejecuta. 4°) Inscripto al T°121 E F°3827 Nº 385.262; Monto: $ 9.768,04 Fecha: 05/10/12; Autos: A.F.I.P. - D.G.I. c/Luque Hugo Adam s/Ejecución Fiscal (Exp. 66.853); Juzgado Federal N° “2. Inhibiciones: Inscripto al T° 122 I F° 3486 N° 329.734; Monto: $ 26.330,78; Fecha: 23/04/10 Autos AFI-DGI c/Luque Hugo Adam s/Ej. Fiscal Exp. 69.606; Juz. Federal Nº1 Sec. a Hipotecas: No Registra. Cada Lote Saldrá a la Venta con La Base de $ 40.000 en caso de no haber postores se ofrecerá seguidamente y en el mismo acto con la retasa del 25% menos $ 30.000 y de persistir la falta de oferentes la misma se declarara desierta adjudicándose al ultimo y mejor postor. El que resulte adquirente deberá abonar en el acto de remate el 20% del precio ofertado más el 3% de comisión de Ley al martillero, todo en dinero efectivo. El saldo de precio deberá ser depositado por el adquirente dentro de cinco días, una vez notificada la aprobación de subasta, bajo apercibimiento de los art. 580 y s.s., C.P.C.C.N. Se vende en las condiciones de ocupación según constancias obrantes en autos Desocupados. No se acepta la compra en comisión. Serán a cargo del comprador las deudas por Impuestos, Tasa, y/o Contribuciones adeudadas. Inmobiliario Partida N° 16-18-00 350769/ 0104/0105/106/0107 Municipal Cuentas N°:0006197/0006196/0006199/0006198/00.

Como así los impuestos que graven la venta, gastos de honorarios, gastos de transferencia y escrituración del inmueble e I.V.A. si correspondiere. Copias de títulos obran agregados a autos para ser revisados por los posibles interesados, con acta de constatación e informes de deudas, en el Jugado interviniente y/o en la oficina del Agente Fiscal, A.F.I.P. en calle San Lorenzo 1626, 1º Piso de la ciudad de Rosario, no aceptándose reclamos posteriores a la subasta por falta o insuficiencia de títulos. Para la ubicación del inmueble dirigirse al la Martillera Mirta Alicia Scalco, con tel.: (0341) 447-6115 Cel: 155-647255, con domicilio legal en calle Psjc. Rosales N° 85 de esta ciudad. Serán exhibido el día anterior a la subasta en horario de 9 hs. a 12.30. Todo lo que se hace saber en cuanto por derecho hubiere lugar. Rosario, 01 de Noviembre de 2012 Dr. Jorge E. Gaztañaga Administración Federal de Ingresos Públicos

S/C 184625 Nov. 16 Nov. 22

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MINISTERIO DE SALUD


ORDEN Nº 115


SANTA FE, 2 de Noviembre de 2012.

VISTO:

El expediente n° 00501-0004173-3 de Habilitación para funcionar conforme Ley Nº 9.847, modificatoria n° 10.169 y su reglamentación, del establecimiento de salud con internación “GERIATRICO RENACIMIENTO” de la ciudad de Santa Fe; y

CONSIDERANDO:

Que el geriátrico precitado Habilito para funcionar conforme Ley N° 9.847 por Resolución N° 13 del 06 de Enero de 1.995, bajo denominación e identificación de “Geriátrico Renacimiento”;

Que conforme surge de lo informado por el Nodo Santa Fe de la Auditoria en Terreno realizada en fecha 02 de Julio de 2.012 al establecimiento que nos ocupa ubicado en calle Buenos Aires n° 3.463 de la ciudad de Santa Fe habría cerrado y actualmente se encontraba funcionando un Centro Integral denominado CIGERR foja 190”

Que por lo expuesto deviene procedente disponer la Baja del “Geriátrico Renacer”;

Por ello, en virtud de las facultades conferidas a la Dirección General de Auditoria Médica por Resolución Ministerial Nº 848/96;

El Director General de Auditoria Médica

ORDENA:

1º. Dar de Baja al establecimiento de salud con internación “GERIATRICO RENACIMIENTO” ubicado en calle Buenos Aires n° 3.463 de la ciudad de Santa Fe, Dpto. La Capital, Provincia de Santa Fe, en razón, del cierre de dicha institución que fuera constatado e informado por el Auditor del Nodo Santa Fe.

2º. Dejar constancia en el expediente precitado de la medida adoptada precedentemente.

3°. Previa tramitación de estilo, archívese.

Dr. JORGE A. PRIETO

Director General

S/C 9486 Nov. 16 Nov. 19