DECRETO N°
2271
Santa Fe, 8 de Noviembre de 2004.
VISTO :
El expediente del registro del Sistema de Información de Expedientes N° 00201-0095675-7 (MINISTERIO DE GOBIERNO, JUSTICIA Y
CULTO), mediante el cual el Subsecretario de Emergencia, propicia la
modificación del Decreto N° 982, del 6 de mayo de
2003, adaptándolo a la Ley de Ministerios vigente, registrada bajo el N° 10.101, modificada por su similar N°
12.257; y
CONSIDERANDO:
Que por vía del Decreto N° 104, del 13 de febrero
de 1996, se procedió oportunamente a la constitución de la Junta Provincial de
Defensa Civil, y por los similares Nros. 515 del 14
de abril de 1997 y 729 del 20 de abril de 2001, se modificó su composición;
Que ante la extrema gravedad de la emergencia hídrica causada por la
crecida y desborde de las aguas del Río Salado, específicamente declarada por
Decreto 963/03, se dictó el Decreto N° 982, del 6 de
mayo de 2003, ampliando la lista de los funcionarios integrantes de la Junta
Provincial de Defensa Civil;
Que dichos cargos fueron formalizados de conformidad a lo establecido en la
Ley Provincial N° 8094/44 y su Decreto reglamentario N° 4401/78;
Que con posterioridad al dictado del Decreto 0982/03, se creó la
Subsecretaría de Emergencia (Dcto. 1314/03), y se
modificó la Ley de Ministerios -Ley 12.257-, creándose el Ministerio
Coordinador, el Ministerio de Asuntos Hídricos, la Secretaría de Estado de
Derechos Humanos, y otros;
Que se encuentra en proceso de elaboración el Plan Provincial de Defensa
Civil y, de aplicarse el mencionado Decreto para una convocatoria de la Junta,
no sólo estarían fuera de la misma los Ministerios recientemente creados, sino
que debiera convocarse a autoridades de nivel nacional, ya que en la coyuntura
de la elaboración del Decreto N° 0982/03, los
Ministros designados se encontraban prestando colaboración en el ámbito de la
Provincia, debido a la catástrofe sucedida el 29 de abril de 2003
Que conforme lo expuesto, y atento al dictamen N°
1589/04 de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de
Gobierno, Justicia y Culto, corresponde modificar el Decreto N° 0982/03, de conformidad a la Ley de Ministerio vigente N° 10.101, modificada por la N°
12.257;
POR ELLO,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°: Modifícase el artículo 1° del
Decreto N° 0982, del 6 de mayo de 2003, de
conformidad a la Ley de Ministerios N° 10.101,
modificada por la N° 12.257, el que quedará redactado
de la siguiente forma:
“ARTICULO 1°: Intégrase la JUNTA PROVINCIAL DE
DEFENSA CIVIL, de conformidad a lo determinado por los artículos 11° y 12° de
la Ley 8094 y artículos 7° 8° y 18° del Reglamento aprobado por decreto
4401/78, quedando compuesto en la siguiente forma:
PRESIDENTE: SEÑOR GOBERNADOR DE LA PROVINCIA O SEÑOR MINISTRO DE GOBIERNO,
JUSTICIA Y CULTO.
SECRETARIO: SUBSECRETARIO DE EMERGENCIA.
SECRETARIO ADJUNTO: DIRECTOR PROVINCIAL DE DEFENSA CIVIL
VOCALES:
- MINISTRO COORDINADOR
- MINISTRO DE ASUNTOS HIDRICOS
- MINISTRO DE LA PRODUCCION
- MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS
- MINISTRO DE EDUCACION
- MINISTRO DE SALUD
- MINISTRO DE OBRAS, SERVICIOS PUBLICOS Y VIVIENDA
-SECRETARIO DE ESTADO DE PROMOCION COMUNITARIA
- SECRETARIO DE ESTADO DE MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE
- SECRETARIO DE ESTADO DE DERECHOS HUMANOS
- SUBSECRETARIO DE MUNICIPIOS
- SUBSECRETARIO DE COMUNAS
- SUBSECRETARIO DE INFORMACION PUBLICA Y
COMUNICACION SOCIAL
- JEFE DE POLICIA DE LA PROVINCIA
- INTERVENTOR DE LA EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGIA
- REPRESENTANTE DEL EJÉRCITO ARGENTINO
- REPRESENTANTE DE GENDARMERIA NACIONAL
- REPRESENTANTE DE PREFECTURA NAVAL ARGENTINA
- REPRESENTANTE DE POLICIA FEDERAL ARGENTINA
- PRESIDENTE DE CRUZ ROJA ARGENTINA - FILIAL SANTA FE.
ARTICULO 2°: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
OBEID
Dr. Roberto Arnaldo Rosua.
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