REGISTRADA BAJO EL Nº 13006
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1º.- Ratifícase el Convenio celebrado en fecha 28 de febrero de 2008 entre el titular del Ministerio de Salud, en representación del Gobierno de la provincia de Santa Fe, y el Ministerio de Salud de la Nación, con el objeto de brindar atención médica integral a los beneficiarios de Pensiones No Contributivas (PNC) afiliados al Programa Federal (PROFE), residentes en el ámbito de la Provincia. Dicho convenio fue aprobado "ad referéndum" de esta Honorable Legislatura por Decreto del Poder Ejecutivo N° 1998/08 e inscripto en el Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales el día 7 de julio de 2008, con el N° 3332, Folio 268, Tomo VI, cuyo texto en cincuenta y nueve (59) folios se agrega e integra la presente.
ARTÍCULO 2º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS DIECISIETE DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL NUEVE.
Eduardo Alfredo Di Pollina
Presidente
Cámara de Diputados
Griselda Tessio
Presidenta
Cámara de Senadores
Lisandro Rudy Enrico
Secretario Parlamentario
Cámara de Diputados
Diego A. Giuliano
Secretario Legislativo
Cámara de Senadores
DECRETO Nº 1879
SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”, 07 10 2009
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
VISTO:
La aprobación de la Ley que antecede Nº 13.006 efectuada por la H. Legislatura;
DECRETA:
Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.-
BINNER
Miguel Angel Capiello
La presente Ley se publica sin la documentación anexa quedando a disposición de los interesados en la Dirección General de Técnica Legislativa - Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado - 3 de Febrero 2649- 2° Piso - Santa Fe - Tel. 0342-4506607 -
e-mail:ditecleg@arnetbiz.com.ar
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