picture_as_pdf 2009-10-16

REGISTRADA BAJO EL Nº 13006


LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:


ARTICULO 1º.- Ratifícase el Convenio celebrado en fecha 28 de febrero de 2008 entre el titular del Ministerio de Salud, en representación del Gobierno de la provincia de Santa Fe, y el Ministerio de Salud de la Nación, con el objeto de brindar atención médica integral a los beneficiarios de Pensiones No Contributivas (PNC) afiliados al Programa Federal (PROFE), residentes en el ámbito de la Provincia. Dicho convenio fue aprobado "ad referéndum" de esta Honorable Legislatura por Decreto del Poder Ejecutivo N° 1998/08 e inscripto en el Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales el día 7 de julio de 2008, con el N° 3332, Folio 268, Tomo VI, cuyo texto en cincuenta y nueve (59) folios se agrega e integra la presente.

ARTÍCULO 2º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS DIECISIETE DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL NUEVE.

Eduardo Alfredo Di Pollina

Presidente

Cámara de Diputados

Griselda Tessio

Presidenta

Cámara de Senadores

Lisandro Rudy Enrico

Secretario Parlamentario

Cámara de Diputados

Diego A. Giuliano

Secretario Legislativo

Cámara de Senadores


DECRETO Nº 1879


SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”, 07 10 2009

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

VISTO:

La aprobación de la Ley que antecede Nº 13.006 efectuada por la H. Legislatura;

DECRETA:

Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.-

BINNER

Miguel Angel Capiello

La presente Ley se publica sin la documentación anexa quedando a disposición de los interesados en la Dirección General de Técnica Legislativa - Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado - 3 de Febrero 2649- 2° Piso - Santa Fe - Tel. 0342-4506607 -

e-mail:ditecleg@arnetbiz.com.ar

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