picture_as_pdf 2009-10-16

REGISTRADA BAJO EL Nº 13005


LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:


ARTICULO 1º.- Apruébase el Acta de Adhesión - Complementaria N° 691 de fecha 22 de agosto de 2006, suscripta por el Ministerio de Educación de la Provincia de Santa Fe, representado por su entonces Titular, Prof. Adriana Cantero de Llanes, inscripta en el Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales -Decreto N° 1767/84-Dirección de Técnica Legislativa bajo N° 2986 en fecha 7 de diciembre de 2006, Fº 95, T VI y aprobada por Decreto N° 1676/08 del Poder Ejecutivo Provincial, mediante la cual se adhiere al Convenio Marco MEC y T N° 489/04, rubricado por diversas Carteras Ministeriales Nacionales, Organismos de la Nación y Federaciones y Asociaciones de Trabajadores de las Industrias del Cuero y del Calzado; para la implementación de una Red de Formación Profesional del sector de Cuero y Calzado (RED), potenciando, entre otras medidas, la capacitación de docentes y directivos y la optimización de recursos de las instituciones formadoras, favoreciendo la vinculación entre las instituciones de Formación Profesional, el sector del Cuero y del Calzado, los centros de desarrollo tecnológico del sector y los destinatarios de la formación profesional, cuya copia en una (1) foja, complementada con copia del Convenio Marco referido en cinco (5) fojas, forma parte de la presente.

ARTÍCULO 2º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS DIECISIETE DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL NUEVE.

Eduardo Alfredo Di Pollina

Presidente

Cámara de Diputados

Griselda Tessio

Presidenta

Cámara de Senadores

Lisandro Rudy Enrico

Secretario Parlamentario

Cámara de Diputados

Diego A. Giuliano

Secretario Legislativo

Cámara de Senadores


DECRETO Nº 1878


SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”,

07 10 2009

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

VISTO:

La aprobación de la Ley que antecede Nº 13.005 efectuada por la H. Legislatura;

DECRETA:

Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.-

Binner

Elida Elena Rasino

La presente Ley se publica sin la documentación anexa quedando a disposición de los interesados en la Dirección General de Técnica Legislativa - Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado - 3 de Febrero 2649- 2° Piso - Santa Fe - Tel. 0342-4506607 - e-mail:ditecleg@arnetbiz.com.ar

3757

________________________________________________________