picture_as_pdf 2014-09-16

JUZGADO FEDERAL


El Juez Federal a cargo del Juzgado Federal N° 1 de Rosario, Dr. Héctor Alberto Zucchi, Entre Ríos 730 de Rosario, Secretaria de la Dra. Mercedes Andrada, de conformidad por la Ley 346, texto 24.951,.hace saber que en el expediente Nº 2318/2014 el Sr. SEVERINO ADAD, JORGE EMILIO, nacido el 09.04.1953 en Santiago, Chile, D.N.I. N° 92.706.536, domiciliado en calle Forest N° 7530 Dpto. 1546 PB, de Rosario, Provincia de Santa Fe, tramita su ciudadanía argentina, así cualquier persona queda facultada para deducir oposición fundada contra la concesión del beneficio y hacer llegar las consideraciones que pudiesen obstar a su concesión.- Secretaría, 03 de Septiembre de 2014. Dra. Andrada, Secretaria.

$ 45 240556 Set.16

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JUZGADO LABORAL


Por disposición del Juzgado de Ira. Instancia de Distrito en lo Laboral de la 8va. Nominación de Rosario en los autos caratulados: “Giannini, Pablo R. c/Acindar S.A. y Ots. s/Cobro de Pesos Laboral”, Expte. Nro. 2012/10, se ha dispuesto citar al codemandado VADEMECUM S.A. por edictos en el BOLETIN OFICIAL para que comparezca a estar a derecho por el término y bajo los apercibimientos de ley (art. 45 C.P.L.). Se deja constancia que la presente publicación es Sin Cargo.Dr. Herrero. Secretario.

S/C 240570 Set.16 Set.18

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TRIBUNAL COLEGIADO


Por disposición de la Sra. Juez del Tribunal Colegiado de Familia No 5 de Rosario, Dra. Sabina Sansarricq, se hace saber que dentro de los autos caratulados: “ESCOBAR DANIELA c/BATTIATO FERNANDO s/DIVORCIO VINCULAR” (Expte. 93/10) se ha ordenado citar al demandado, Sr. FERNANDO BATTIATO, para que en el término de 20 días comparezca a estar a derecho, conteste demanda, ofrezca prueba, bajo apercibimiento de ley. Asimismo se le hace saber que el nuevo juez de trámite que va a entender en los presentes es la Dra. Sabina Sansarricq. Por último, no existiendo domicilio del demandado en autos, practíquese notificación edictal (art. 73 CPCCSF). Rosario, 09 de Septiembre de 2014. Dra. Ma. ADELAIDA ETCHEVERS. Secretaria.

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Por disposición de la Sra. Juez del Tribunal Colegiado de Familia Nº 7 de Rosario, Dra. Andrea M. Brunetti, se hace saber que dentro de los autos caratulados “GAUNA CARLA c. BOHE CESAR s. PERDIDA DE LA PATRIA POTESTAD”, Expte. 3111/12, se ha ordenado declarar rebelde al demandado, Sr. CESAR DAVID BOHE y proseguir el juicio sin su representación. Rosario, 21 de Agosto de 2014. Dra. Silvina L. Rubulotta. Secretoria Subrogante”.

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Por disposición del Sr. Juez del Tribunal Colegiado de Familia Nº 4, Secretaria de la Dra. M. Fernanda Barbiero, en los autos “Vallejos Perleche Jannet c/ Esquive! Jorge Luis s/Divorcio Vincular” Expte. 2075/10 , .se ha dispuesto “citar al demandado por el término de tres (3) días. El término vencerá cinco días después de la última publicación. (art. 73 CPC)“ Rosario, Prosecretaria. Dr. Menossi. Secretario.

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Por disposición del Tribunal Colegiado de Familia Nº. 7° Nominación, Secretaria de la Dra. Rubulotta de Rosario y dentro de los autos “ZDZYLOWSKI, EDUARDO JOSÉ C/ REARTE, MONICA BEATRIZ CARMEN S/ LIQUIDACIÓN DE SOCIEDAD CONYUGAL”EXPTE. 772/2014, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de MONICA BEATRIZ CARMEN REARTE, DNI 10.066.801, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de ley. Dra. Rubolotta. Secretaria.

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Por disposición del Tribunal Colegiado de Familia N° 3 de Rosario en los autos caratulados: “BOUVIER JAQUELINE c/MALO JOSÉ MARÍA s/Cuota Alimentaria” Expte. Nº. 2511/13 se ha dispuesto citar y emplazar al Sr. José María Malo por edictos en el BOLETIN OFICIAL y en el Hall de Tribunales para que en el término de 20 días comparezca a estar a derecho, conteste demanda y ofrezca prueba dentro del término y bajo los apercibimientos de ley. Secretaría. Dr. Pepio. Secretario.

$33.- 240567 Set.16 Set.18

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El señor Juez de Primera Instancia de Ejecución de Circuito Civil de la 1ra. Nominación de Rosario, dentro de los autos caratulados: EPE c/ TOURFINI LUCIANO A. s/JUICIO EJECUTIVO, Expte. 1571/10, ha citado y emplazado al demandado por el término de veinte días a comparecer a estar a derecho bajo apercibimiento de ley. Seguidamente se transcribe el Decreto que ordena la medida: “Rosario, 31 de Mayo de 2010. Por presentado, domiciliado, en el carácter invocado, a mérito del poder acompañado que por ser general se devuelve dejándose copia en autos. Por iniciada demanda ejecutiva, cítese y emplácese a la parte demandada para que dentro del plazo de 20 días comparezca a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Resérvese en Secretaría el sobre acompañado. Martes y viernes para notificaciones en la Oficina. Notifíquese por cédula. (Expte. Nº: 1571/10).- FDO: DR. AMSLER (Juez). Dra. Fabbro (Secretaria)“. Dra. Almará. Secretaria Subrogante.

S/C 240701 Set.16 Set.18

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Por disposición del Juzgado de Ira. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial N° 15 de Rosario en los autos caratulados: “San Cristóbal Caja Mutual c/Gómez María del Lujan s/Demanda Ejecutiva”, Expte. Nº 114/13 se ha dispuesto citar y emplazar a la Sra. María del Lujan Gómez por edictos en el BOLETIN OFICIAL, para que comparezcan a estar a derecho dentro del término y bajo los apercibimientos de rebeldía. Secretaría. 09 de Setiembre de 2014. Dr. Gutiérrez. Secretario.

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Por disposición del Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial N° 5 de Rosario en los autos caratulados: “San Cristóbal Caja Mutual c/Albil Franco J. s/Demanda Ejecutiva” Expte. Nº. 108/13 se ha dispuesto hacer saber por edictos en el BOLETIN OFICIAL la puesta de manifiesto en la Oficina por el término y bajo los apercibimientos de ley, la planilla practicada en autos la cual asciende a $10.782,15. Secretaría.09 de Septiembre de 2014. Dra. Jaime. Secretaria.

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Nº. 2420 - Rosario, 09 de Septiembre de 2014. Y VISTOS: Los presentes caratulados “Ramírez Hermenegildo s/Propia quiebra” Expte. Nº. 340/14, en trámite por ante este Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 4ta. Nominación de Rosario, en los que a fs. 39 la Sindicatura acepta el cargo y no se ha cumplimentado con la publicación de edictos correspondiente, constancias obrantes en autos y normas pertinentes.- RESUELVO: 1°) Disponiendo el dia 27 de Octubre de 2014, como fecha hasta la cual los acreedores del concursado deberán presentar sus pedidos de verificación al Sr. Sindico actuante CPN Carina Verónica Piñero, con domicilio en calle Córdoba 677 “PB” de esta ciudad de Rosario, cuyos días y horarios de atención son de lunes a viernes de 14 a 20hs. 2°) Fíjase el día 12 de Diciembre de 2014 como fecha para la presentación del Informe Individual. 3°) Fijase el dia 25 de febrero de 2015 como fecha para la presentación del Informe General. 4°) Publiquense edictos en el BOLETIN OFICIAL. Insértese, dése copia y hágase saber. Expte. Nº. 340/13. Dra. Jaime. Secretaria.

S/C 240568 Set.16 Set.22

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial 4° de la ciudad de Rosario se hace saber que dentro de los caratulados: “Ramírez Hermenegildo s/Propia Quiebra” Expte. Nº. 340/14, por Resolución de fecha 09/09/14 se ha dispuesto adecuar el monto del arancel establecido por el art. 32 de la L.C.Q. en la suma de $ 290 en relación a los créditos que se insinúen por un valor superior a los $5.000. Secretaría, Rosario. Dra. Jaime. Secretaria.

S/C 240569 Set.16 Set.22

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 18va. Nominación de Rosario, Secretaría de la Autorizante, se hace saber que en los autos caratulados: “Cellular City SRL s/ PEDIDO DE PROPIA Quiebra” Expte. Nº. 220/14, mediante Resolución N° 1695 de fecha 16/06/2014, se ha declarado la quiebra de CELLULAR CITY SRL, con domicilio en Entre Ríos Nº. 885 y legal en Calle Mitre Nº. 846 Piso 4 of. 406 ambos de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe. 2) Oficiando al Registro de Procesos Concursales a fin de comunicar la presente. 3) Oficiando al Registro General de la Propiedad, al Registro de la Propiedad del Automotor y/o que corresponda a los fines de anotar la inhibición general del fallido. 4) Intimando al deudor para que, dentro de las 24 hs., entregue al Síndico la documentación relacionada a su actividad, y en el término de 10 días cumplimente con lo proscripto en el Art. 86 ler. párrafo. 5) Prohibiendo hacer pagos al fallido, bajo apercibimiento de ser los mismos ineficaces. 6) Intimando a la fallida y a los terceros que tuvieren bienes y documentación de aquél en su poder, a ponerlos a disposición del Síndico a designar. 7) Ordenado la intercepción de la correspondencia dirigida al deudor, entregándose la misma al Síndico y oficiándose a sus efectos a Correos Argentinos y repartición que corresponda. 8) Librando los despachos que fueren menester a los fines de hacer efectivo el fuero de atracción dispuesto por el Art. 132 de la Ley Nº 24.522. 9) Haciendo saber al fallido y/o sus administradores que no podrá ausentarse del país sin previa autorización de este Juzgado y en las condiciones previstas por el Art. 103 de la Ley 24.522, efectuándose a tales fines las comunicaciones pertinentes, oficiándose a la Policía Federal (delegación Rosario), Dirección General de Migraciones y/o quien corresponda. 10) Desapoderar a la fallida de los bienes de su propiedad existentes a la fecha de declaración de esta quiebra y de los que adquiera hasta su rehabilitación (arts. 106 ss. Y concs. de la ley 24.522). 11) Procediendo a la realización de la totalidad de los bienes que integran el activo del deudor. Designando como funcionario incautador al Síndico que resultare sorteado a fin de que proceda a efectuar, dentro del término de 15 días de notificado, un inventario de la totalidad de los bienes de la fallida- que comprenderá sólo los rubros generales- y proceda a la incautación prevista por el Art. 177 de la Ley 24.522. A los efectos del cumplimiento de sus funciones se faculta al Síndico a allanar el domicilio del fallido, clausurar sus establecimientos, oficinas y demás lugares donde éste tenga bienes y documentos, solicitar el auxilio de la fuerza pública y utilizar los servicios de cerrajero, otorgándosele la credencial correspondiente. 12) Clasificando al proceso en la Categoría “B” a los fines de sorteo de Síndico a sus efectos designase la audiencia del día 25 de Junio de 2014 a las 10:00 Hs. La fecha para cumplimiento de lo prescripto en el Art. 88 última parte L.C.Q. se fijarán por auto ampliatorio de la presente aceptado que fuere el cargo por el Síndico sorteado. 13) Disponiendo la comunicación de la presente al Registro Público de Comercio, al A.P.I. (A los fines del Art. 23 del Código Fiscal) a la D.G.I. y a la Municipalidad de Rosario, y a quien corresponda oficiándose. 14) Ordenando la publicación de edictos conforme lo normado por el Art. 89 L.C.Q en el BOLETIN OFICIAL por el término de ley. 15) Difiriendo el sorteo del martillero una vez presentado el Informe General (Art. 39 L.C.Q 16) Martes y Viernes para notificaciones en la oficina. 17) Encomendando a la Sindicatura el pronto diligenciamiento de los despachos ordenados bajo responsabilidades de ley. Publíquense edictos durante cinco días, sin cargo conforme Arts. 89 y 182 L.C.Q. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL, Rosario, Secretaría. Dr. Menossi. Prosecretario.

S/C 240639 Set.16 Set.22

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Por disposición ‘del-“Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Tercera Nominación de Rosario se notifica la rebeldía de la Sra. Silvia Verónica Mosconi en los autos caratulados “AZUL S.A.T.A. c/MOSCONI, SILVIA V. s/Daños y perjuicios”, Expte. Nº 241/2013, a través del siguiente decreto: “Rosario, 06/08/2013. Informando verbalmente el Actuario que la parte demandada, Sra. Silvia Verónica Mosconi, no ha comparecido a estar a derecho declárasela rebelde y prosiga el juicio sin su representación. Notifíquese por cédula. Expte. Nº 241/2013. Fdo.: Dr. Armando Bonino, Juez - Dra. Gladys Giordano, Secretaria”.- Autos: “AZUL S.A.T.A. c/MOSCONI, SILVIA V. s/Daños y perjuicios”, Expte. Nº 241/2013. Rosario, 02 de Septiembre de 2014. Alejandra J. Martínez, Secretaria.

$ 33 240619 Set. 16 Set. 18

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La Sra. Juez de Distrito de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 4ta. Nominación de Rosario, Dra. Silvia Ana Cicuta, ha ordenado que se publique el siguiente edicto: “Rosario, 13 de Agosto de 2014. Por presentada, con domicilio ad litem constituido y en e! carácter invocado a mérito del poder especial acompañado. Por promovida la acción que expresa. Imprímase a la misma el trámite de juicio ordinario. Emplácese a los Sres. Dante Parmigiani y Esteban Parmigiani, titulares del inmueble cuya adquisición por prescripción se ha promovido, por edictos que se publicarán tres veces en el BOLETIN OFICIAL, venciendo el término de cinco días después de la última publicación, para que comparezcan a tomar la participación que les corresponda, bajo apercibimiento de rebeldía y de seguirse el juicio con el defensor de oficio que se le designará. Agréguese la documentación acompañada. Ofíciese al representante legal de la Nación, de la Provincia y de la Municipalidad para que informen si existe interés fiscal comprometido a los fines previstos por el inc. d) del Art. 24 de la Ley 14.159. Martes y Viernes para notificaciones en la Oficina. Notifique la Oficina respectiva (Expte. N° 502/13) Fdo: Dra. Silvia A. Cicuto (Juez); Dra. Daniela Jaime (Secretaria). Autos “GAY, FABIO H. c/PARMIGIANI, DANTE y Otro s/Daños y perjuicios” Expte. N° 502/13.- Rosario, 05 de Septiembre de 2014. Dra. Daniela Jaime, Secretaria.

$ 52,50 240725 Set. 16 Set. 18

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Distrito de la Séptima Nominación de la ciudad de Rosario, a cargo del Dr. Marcelo N. Quiroga, Secretaría de la Dra. Paula Valeria Bazano, dentro de los autos caratulados: “TALAMONTI, DARÍO HÉCTOR c/FERNÁNDEZ, JOSÉ EMANUEL y Otro s/Ejecución Hipotecaria”, Expte. Nro. 649/2014, se cita a los Sres. José Emanuel Fernández y José Marcos Fernández, terceros adquirentes, si los hubiere, sucesores o administrador provisorio de la herencia, o representante legítimo en caso de concurso, quiebra o incapacidad, por edictos que se publicarán en el “BOLETÍN OFICIAL” y en el hall de Tribunales, por el término de cinco días, a fin de que dentro de los cinco días subsiguientes a la última publicación, abonen el crédito que se reclama de u$s 30.000.- con más sus intereses y costas u opongan excepción legítima, bajo apercibimientos de dictar sentencia en rebeldía y darlos por notificados de cualquier resolución o providencia posterior, sin perjuicio de la citación por cédula. Rosario, 1 de Septiembre de 2014. Fdo. Dr. Marcelo N. Quiroga (Juez) y Dra. Paula Valeria Bazano (Secretaria).

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Numero 2399. Y VISTOS: Los autos caratulados “PASCUARELLA GRIZELDA OLGA s/Quiebra”, Expte. Nº 816/13 y las constancias de autos; Y Considerando: Que mediante auto Nro. 1599/14, se ha declarado su quiebra, y habiendo aceptado el Síndico GRACIELA BEATRIZ CARINO, corresponde fijar fechas conforme lo dispuesto por la ley concursal; Por lo que Resuelvo: Fijar fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar sus pedidos de verificación al sindico Miriam GRACIELA BEATRIZ CARINO con domicilio legal en calle Corrientes 791 Piso 2 Of. A de Rosario en el horario de lunes a viernes de 10 a 13 y de 15 a 18 hs. para el día 15/10/14, para la presentación del informe individual la del día 03/12/14 y la del informe general para el día 03/03/15. Insértese y publíquense los edictos de ley. Insértese y hágase saber. Dra. Gabriela Cossovich, Secretaria.

S/C 240560 Set. 16 Set. 22

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Por disposición del Sr. Juez de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 7ma. Nominación de Rosario, en los caratulados “ZARCO, MAURO FABIAN s/Concurso Preventivo”, Expte. Nº 238/12, se hace saber que por auto Nº 1569 de fecha 02.09.2014 se ha declarado la conclusión del Concurso Preventivo de Mauro Fabián Zarco, se ha ordenado la publicación de edictos, se ha dispuesto que el control del cumplimiento del acuerdo sea ejercido por la sindicatura y se ha ordenado el levantamiento de la inhibición concursal. Secretaría, 08 de Septiembre de 2014. Dra. Paula V. Bazano, Secretaria subrogante.

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Por disposición de la Señora Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 18va. Nominación de Rosario, Dra. Susana Silvina Gueiler, en autos: “TORIGGINO, JUAN MANUEL c/SERVITOR INMOBILIARIA CONSTRUCTORA Y FINANCIERA S.R.L. s/Medida preparatoria” Expte. Nro. 32/14, se hace saber a la demandada que por Resolución Nro. 2452 de fecha 20 de Agosto de 2014 se tiene por preparada la vía ordinaria. No habiendo concurrido la demandada a la audiencia designada, ni justificado en legal forma su inasistencia en autos, haciendo efectivo el apercibimiento oportunamente decretado, téngase por reconocida la documental en su contenido y firma. Martes y Viernes para notificaciones en la Oficina. Asimismo se hace saber que por Resolución Nro. 2595 de fecha 2 de setiembre de 2014 la resolución Nro. 2452/14 debe notificarse por edictos a la demandada. Secretaría, 8 de Setiembre de 2014. Dra. María Belén Baclini, Secretaria en suplencia.

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 6ta. Nominación de Rosario, y en autos: “GONZÁLEZ, MIGUEL ANGEL c/MASTANDREA, FRANCISCO y Otra s/Ejecución Hipotecaria” Expte. Nro. 283/13 se cita a los Sres. Francisco Mastandrea y Beatriz Vázquez y terceros adquirentes si los hubiere, a sus sucesores o administrador provisorio de la herencia, o al representante legítimo en caso de concurso, quiebra o incapacidad, a fin de que dentro de los cinco días subsiguientes a la última publicación abonen el crédito que se reclama de u$s 17.108 con más sus intereses y costas estimadas provisoriamente en la suma de $ 29.767 u oponga excepción legítima bajo apercibimiento de dictar sentencia en rebeldía y darla por notificada de cualquier resolución o providencia posterior, todo relacionado con el inmueble inscripto al T° 403 Folio 409 Nro. 119214 Departamento Rosario. Secretaría, 5 de Setiembre de 2014. Dra. María B. Baclini, Secretaria.

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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 6° Nominación Rosario, dentro de los autos “BANCO CREDICOOP C.L. c/ GRUPO PEDEMONTE Y SOLA S.R.L. s/Juicio Ejecutivo” Expte. 675/2013 se ha dictado. No 1676 Rosario, 21 de julio de 2014 Y VISTOS:... Y CONSIDERANDO:... FALLO: I) Ordenando llevar adelante la ejecución contra GRUPO PEDEMONTE Y SOLA S.R.L., hasta que la entidad actora perciba el importe íntegro del capital reclamado con más los intereses fijados en los considerandos de la presente e I.V.A. sobre los mismos si correspondiere. II) Imponiendo las costas a la demandad (Art. 521 C.P.C. y C.) III) Difiriendo la regulación de honorarios hasta tanto se practique planilla de capital e intereses. Insértese y hágase saber. Rosario, 5 de Septiembre de 2014. Dra. María Belén Baclini, Secretaria.

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