JUZGADO DE PRIMERA
INSTANCIA
POR
MARCELO EDMUNDO POLIOTTI
Por disposición Sr.
Juez de 1ª. Inst. de Dist. Civ. y Com. de la 15ª. Nominación de Rosario,
Secretaría del autorizante se dispone en Autos: BANCO HIPOTECARIO S.A. c/Otra
s/Ejecución Hipotecaria, Expte. 1154/99, que el Martillero Marcelo Edmundo
Poliotti C.U.I.T 20-12112569-3, con oficina en la calle Corrientes 964 P.B. Of.
2 de Rosario, venda en pública subasta, el día 21 de Septiembre de 2010 a las
15 hs., en la Asociación de Martilleros, sito en la calle Entre Ríos 238 de
Rosario, el siguiente inmueble: Una Unidad de propiedad horizontal destinada a
vivienda que forma parte del Edificio calle Aurora números 3065/67/69/71
Rosario, con las partes de dominio exclusivo y la porción indivisa del terreno
y demás bienes comunes que proporcionalmente le corresponden de conformidad con
el Reglamento de Copropiedad y Administración y plano de división horizontal
respectivos. Dicha unidad esta señalada como Unidad 2, Parcela Cero Cero-Cero
Dos, ubicada en planta baja, con entrada general por la puerta del pasillo de
ingreso cubierto y no cubierto que lleva el N° municipal 3071, de la calle
Aurora. Se compone de: un dormitorio, cocina, comedor, galería, lavadero y
baño, todo de propiedad exclusiva; patio, escalera, que conduce a la terraza y
terraza propiamente dicha, bien común de uso exclusivo. Tiene una superficie de
propiedad exclusiva de 63,18m2; una superficie de bien común de 27,20m2 se le
asigna un valor proporcional del 23,5% con relación al conjunto del inmueble.
Dominio inscripto al T° 755 F° 375 N° 103892 Dpto. Rosario PH. La Base de la
subasta es de $ 12.840,52 (A.I.I.); Retasa 25% $ 9.630,39 última Base 20%
A.I.I. $ 2.568,10. Informe del Registro de la Propiedad: Dominio: consta el
dominio, Hipotecas: T° 382A F° 382 N° 103178 Fecha Inscr. 23/01/86. Fecha Carga
19/11/92 por Australes 8.500. Embargos: T° 117E F° 940 N° 321323 Fecha Inscr.
07/03/08 Fecha Carga 11/03/08. Por $ 2.500; Municipalidad de Rosario c/Otra
s/Apremio, Expte. 1697/95 oficio 686 fecha 29/02/08. Juz Ejec. C. Nom 1° de
Rosario. Inhibiciones: T° 117I F° 7745 N° 371617 del 30/08/05, por $ 886,15;
Sindicatura BID C.L. s/Quiebra c/Otra s/Prepara Vía Ejecutiva; Expte. 1565/00
Oficio 2640 fecha 10/08/05. Juzg. Circuito N° 3 de Venado Tuerto. El comprador
del inmueble deberá abonar en el acto del remate el 10% del precio de venta y
la comisión del martillero (3%), todo en dinero efectivo o cheque certificado
sobre Rosario, el saldo se completará una vez aprobada la subasta por el
Tribunal. Previo a la aprobación de la subasta deberé oficiarse al Registro
General, con copia certificada del acta de subasta a fin de que se tome razón
de la misma, sin que implique transferencia a favor del adquirente. Solo se
admitirá la compra en comisión, cuando se denunciare nombre, domicilio y N° de
documento del comitente en el acta de remate, los importes actualizados de las
deudas que el inmueble posea en concepto de tasas e impuestos, serán
íntegramente a cargo del comprador, juntamente con contribuciones de mejoras,
honorarios profesionales y gastos de escrituración. Además los gastos de
sellado y honorarios notariales producidos por la transferencia dominial del inmueble subastado, serán
exclusivamente a cargo del comprador en subasta, como así también los que
puedan resultar por nueva mensura, regularización de planos y/o medianerías en
su caso. El inmueble saldrá a la venta en el estado de ocupación que consta en
autos. El adquirente del inmueble subastado deberá acudir a escribano
público para confeccionar la escritura pública que instrumentará la
transferencia de dominio a su favor, consecuentemente se excluye en autos la
opción prevista en el art. 505 2° párrafo del CPCC. Se fijan los días 17 y 20
de septiembre de 2010, en el horario de 15:00 a 17 hs para la exhibición del
inmueble. Corresponde al demandado DNI N° 5.499.215. Todo lo que se hace saber
a sus efectos que por derecho hubiere lugar. Rosario, 10 de septiembre de 2010.
Hernán C. Gutiérrez, secretario subrogante.
$
163 111991 Set. 16 Set. 20
__________________________________________
POR
OSVALDO E. MANARESI
Por orden del Juzgado
de 1ª. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 8ª. Nominación de
Rosario, en autos: BESSO PIANETTO c/Otro (L.E. 02.269.232) s/Apremio. Expte. N°
562/08, el Martillero Público Osvaldo Emilio Manaresi, C.U.I.T. N°
20-12004243-3 subastará, según proveído de fecha 19/08/10, en el Juzgado
Comunal de Bustinza, sito en San Martín N° 784, el día 13 de Octubre de 2010 a
las 10 hs., o el día hábil inmediato siguiente a la misma hora, lugar y
condiciones, a saber: 1° de Orden: Por la base de $ 10.312,25 (100% A.l.I.), de
no haber posturas única retasa de 20% $ 8.505,57, de seguir la falta de interés
se retira de venta, el 100% del siguiente inmueble ubicado en calle Tucumán
s/n, que se describe, según título de dominio: Un lote de terreno, situado en
San Francisco de las Totoras Hoy Pueblo Bustinza, Depto Iriondo de esta Pcia.,
designado con el N° 64 de la manzana N° 26, ubicado a los 21,65 mts. de la
esquina formada por las calles San Martín y Tucumán hada el oeste; mide 21,65
mts. de frente al Norte, por 43,30 mts. de fondo, lindando por el Norte con
calle Tucumán, al Sur con el lote N° 67, al Este con el lote N° 65 y al Oeste
con Leguizamón y Chiassone. Se encuentra inscripto bajo nota dominial en el
Registro General de la Propiedad al T° 89 F° 261 N° 60.133 Depto Iriondo. De
Registro General de la Propiedad según certificado “C” N° 130522-0 del
17/05/10: Dominio: titularidad a nombre del demandado. Embargo: 1) Al T° 118 E
F° 512 N° 312047 Orden este Juzgado y para estos autos por $ 21.172, del
19/02/09. Hipoteca: No registra. A continuación acto seguido como, 2° de Orden:
Por la base de $ 6.787,45 (100% A.l.l.), de no haber ofertas única retasa 20% $
5.429,96 de seguir la falta de interés se retira de venta, el 100% del inmueble
sito en calle Tucumán esquina Entre Ríos, que se describe según título de
dominio: Un lote de terreno, situado en San Francisco de las Totoras, (Colonia
Bustinza), Depto Iriondo de la Pcia. de Santa Fe, designado con el N° 65 de la
Manzana N° 26 del plano respectivo, ubicado en la esquina Nord-Este de dicha
manzana, compuesto de 21,65 mts. de frente al Este, por 43,30 mts. de fondo al
Oeste, lindando al Norte y al Este con calles públicas, al Sur con el lote N°
66, al Oeste con el lote N° 64, ambos de los vendedores. Se encuentra inscripto
bajo nota dominial en el Registro General de la Propiedad al T° 36 F° 40 y N°
4.114 Depto Iriondo. De registro General de la Propiedad según certificado “C”
N° 130520-0 del 17/05/10: Dominio: titularidad a nombre del demandado. Embargo:
1) Al T° 118 E F° 511 N° 312047 Orden este Juzgado y para estos autos por $
21.172, del 19/02/09. Hipoteca: No registra. El demando no registra inhibición.
En ambos casos se subastará en estado de ocupación: desocupado. Condiciones: Pago
para ambos inmuebles, en el acto de subasta del 25% del precio alcanzado, más
3% de comisión de ley al martillero, o mínimo de Ley, todo en dinero efectivo o
cheque certificado. Los gastos por impuestos, tasas, contribuciones y demás
conceptos que adeude los inmuebles, son a cargo exclusivo del comprador, así
como los gastos e impuestos de transferencia, e I.V.A., si correspondiere.
Además los gastos, sellados y honorarios notariales producidos por la
transferencia dominial del inmueble subastado, impuestos que gravan el acto de
subasta, serán exclusivamente a cargo del comprador en subasta, como así
también los que puedan resultar por nuevas mensuras, regularización de planos
y/o medianerías en su caso. Entre los impuestos a cargo del comprador incluyese,
entre otros que corresponda, los siguientes: impuesto provincial sobre los
ingresos brutos en caso de corresponder su aplicación (art. 125 Inc. f. Código
Fiscal). Hágase saber a los interesados en el acto de la subasta que en el
supuesto de comprar en comisión se deberá indicar los datos del comitente. El
saldo de precio deberá ser depositado dentro de los cinco días de notificada la
aprobación de la subasta en cuenta judicial del Banco Municipal de Rosario
sucursal N° 80 Caja de Abogados y si intimado el adquirente no efectuare el
pago, se dejará sin efecto la misma, con el apercibimiento del Art. 497
C.P.C.C.. Hágase saber que previo a la transferencia deberán estar abonados los
impuestos que gravan el acto de subasta. El expediente permanecerá en el Juzgado
cinco días antes de la subasta a los fines de los Arts. 494 y 495 del C.P.C.C.
y permanecerá en Secretaría. Títulos, informes previos, constatación y demás
constancias de ley se encuentran agregados a autos para ser revisados por
interesados, no admitiéndose luego de realizada la subasta reclamos por falta o
insuficiencia de ellos. C.U.I.T. de actora N° 20-06185378-3 Exhibición e
informes: Coordinar con el martillero. Tel. 03471-422987. Edictos en el BOLETIN
OFICIAL y Hall de Tribunales. Rosario, 2 de setiembre de 2010. Mónica L.
Gesualdo, secretaria.
$
242 111767 Set. 16 Set. 20
__________________________________________
POR
FERNANDO HUGO SAPIA
Por disp. Sr. Juez de
Circuito de la 1° Nominación de Rosario, Secretaría Autorizante, hace saber en
autos: CONSORCIO BARRIO FOETRA 74 MONOB 1 al 9 c/Otro s/Apremio, Expte.
1866/06, que el martillero Fernando
Hugo Sapia, venda en pública subasta el día 22 de Setiembre de 2010, a las 17
horas, en la Sala de Remates de la Asociación de Martilleros y Corredores, sito
calle Entre Ríos 238, Rosario de
resultar inhábil o feriado el día fijado, el día hábil inmediato posterior
misma hora y lugar el inmueble ubicado en calle Pje. Blanco Encalada 2325, P.B.
Dto. “A”. de Rosario que a continuación se describe: Unidad Veintisiete,
Parcela Cero Cero - Veintisiete ubicada en el Edificio situado en esta ciudad
en el Pasaje Blanco Encalada 2309 y consta de entrada, estar comedor, tres
dormitorios, paso, baño, cocina y galería con una sup. de prop. Exclusiva de
81,13 m2, en bienes comunes una sup. De 77,93 m2. lo que hace un total general
de 159,06 m2. y se le asigna un valor proporciona! del 1,13% la parte
proporcional y pro indivisa del terreno
sobre el que se encuentra construido el edificio consiste según título en una
fracción de terreno situada en esta ciudad designada como manzana 8 en el plano
N° 63095/1970: mide 181,60 m. en cada uno de sus frentes al Norte y al Sud por
44 m. en cada uno de sus frentes Este y Oeste encerrando una sup. Total de
7990,40m2 y linda por su frente al Norte Pje. Proyectado N° 2, por su frente al
Sud con calle Gutiérrez al Este con calle Proyectada N° 2 y al Oeste con calle
Proyectada N° 1. De acuerdo al Plano de Mensura obrante en el plano de división
por el Reg. de Prop. Horizontal la fracción tiene las mismas superficies y
medidas siendo los linderos Norte Pje. Blanco Encalada y Sud calle Gutiérrez,
al Este calle Roberto Arlt y al Oeste calle Santiago. El dominio consta
inscripto al T° 876 F° 257 N° 238663. Dpto. Rosario. Consta al dominio:
Hipoteca: T° 403A F° 285 N° 238664 a favor Banco Hipotecario Nacional por
Escritura N° 27 de fecha 18/9/90. Cláusula de Inembargabilidad: si Por Resolución
N° 2181 F 58 de fecha 31/8/09 se declaró Inoponible la cláusula de
Inembargabilidad, Registro General tomo razón al T° 16 ME F° 507 N° 316571 de
Marginales. Embargos: T° 117E F° 461 N° 315316. del 19/2/08 por $ 3.600. Juzg. Ejec. Civil N° 2 Rosario Autos:
Consorcio Edificio Foetra 74 c/Otro s/Juicio Ejec. T° 115E F° 762 N° 315174.
del 23/2/06 por $ 1.529,64. Juzg. Circ. 1° Nom. Rosario Autos: Consorcio Barrio
Foetra 74 c/Otro s/Cobro de Pesos. Inhibiciones: No posee. Se ordena la venta
del inmueble individualizado en autos ( Unidad 27 parcela 00-27 ubicada en
Edificio de Calle Pje. Blanco Encalada N° 2325) con la Base de la $ 32.084,24
en el estado de ocupación en que se encuentre según, constancia de autos (fs.
121) y de no haber postores con una retasa del 25% y si no hubiere tampoco
oferentes sin base y al mejor postor, todo ello sucesivamente en un mismo y
único acto. En el acto de remate el comprador deberá pagar el 20% del precio en
efectivo, cheque certificado o cheque cancelatorio con más la comisión de ley
al martillero (3%). El saldo de precio deberá ser abonado por el adquirente al
aprobarse la subasta, caso contrario deberá abonarse por el retraso, en
concepto de intereses la tasa activa promedio mensual que percibe el Nuevo
Banco de Santa Fe S.A., desde la fecha de subasta hasta su efectivo pago todo
sin perjuicio de la aplicación en su caso del art. 497 del C.P.C.C. y si
intimado no efectúa el pago se dejará sin efecto la venta. Aprobar las
condiciones de pago en el acto de la venta y las fijadas para el saldo de
precio por quien resulte comprador, con expresa aplicación de los Arts. 497 y
499 del C.P.C.C. en caso de incumplimiento. Hace saber expresamente que estarán
a cargo del adquirente el pago de los impuestos, tasas, contribuciones,
expensas y demás gastos señalados que pesen sobre el inmueble y que se
adeudaren a la fecha de la subasta. Son a cargo del comprador todos los
tributos que derivaren de la transferencia en subasta y todas las erogaciones
que demanda la inscripción registral del dominio del inmueble. Ordenar que por
Secretaría se tome razón de la presente a los fines del cumplimiento estricto
del art. 493 del C.P.C.C. Poner de manifiesto en la Oficina los títulos de propiedad del inmueble durante los anuncios
del remate en las condiciones del art. 494 del CPC. Hacer saber que, ante una
eventual compra en comisión deberá individualizarse la persona para la cual se
efectúa la compra en el mismo acto. Asimismo, deberán hacerse constar sus datos
de identidad y domicilio real. Transcurrido el plazo de 10 días a partir de la
fecha de remate sin la ratificación correspondiente todos los efectos de la
subasta ss producirán respecto del adquirente que participo en el. Hacer saber
que el inmueble se subastará en las condiciones de ocupación que surgen del
acta de constatación obrante en autos a fs. 121. Ofíciese a los Juzgados que
hubieren ordenado medidas cautelares sobre el inmueble a subastar a fin de que
tomen conocimiento en las causas respectivas de la realización de la subasta con
la debida antelación debiendo acompañarse constancia del diligenciamiento antes
del acto de subasta, bajo apercibimientos de suspenderse la misma. Asimismo, y
ante la hipoteca existente sobre el inmueble a subastar ofíciese al Banco
Hipotecario Nacional a sus efectos. Previo a la aprobación de la cuenta de
gastos deberá oficiarse al Registro General con copia certificada del acta de
subasta a fin de que se tome razón marginal de la misma sin que implique
transferencia a favor dei adquirente, lo cual se efectivizará una vez reunidos
los requisitos correspondientes (saldo de precio, posesión, etc.). Publíquense
los edictos en el BOLETIN OFICIAL, Art. 67 C.P.C.C. modif. por Ley Pcial. N°
11287, los que deberán exhibirse en e!
hall de planta baja del edificio de estos Tribunales (Acuerdo Ordinario de la
Excma. Corte de la Pcia. de! 7/2/96 Acta N° 3). Copia de títulos obran
agregados en autos no aceptándose reclamos posteriores a la subasta por falta o
insuficiencia de los mismos. Todo lo que se hace saber en cuanto por derecho
hubiere lugar. Rosario, 10 de Setiembre
de 2010. Marcela N. Barró, secretaria.
$
205 111764 Set. 16 Set. 20
__________________________________________
MELINCUE
__________________________________________
JUZGADO, CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
POR
JOSE ALBERTO SOGNO
Por disposición del
Juzgado de 1° Instancia en lo Civil,
Comercial y Laboral del Distrito Nº 8 de Melincué, a cargo de la Dra. Analía
Irrazábal, Juez Subrogante; el Dr. Estanislao Surraco, Secretario Subrogante,
hace saber que en Autos: DIAZ MARTA ELENA c/DIAZ MAURICIO s/División de
Condominio (Expte. N° 289/09) se ha dispuesto que el Martillero José Alberto
Sogno C.U.I.T. N° 20-21907528-7, proceda a vender en subasta pública el día 24
de Setiembre del 2010, a las 11 hs. en la sede del Juzgado de 1° Inst. en lo
Civil y Comercial de Melincué, el inmueble que más adelante se describe con la
base de $ 5.438,45 (Avalúo Inmobiliario); haciéndose saber que para el supuesto
eventual de que si el día fijado para la subasta fuere inhábil, el remate se
efectuará el día siguiente hábil posterior, en el mismo lugar y a la misma
hora, subastándose el siguiente inmueble: Las 7/8 Partes Indivisas de Una
fracción de terreno, con todo lo edificado, clavado y plantado, situada en el
pueblo Elortondo, Depto General López, Pcia. de Santa Fe, parte de los lotes
“f” y “e”, de la manzana N° ciento diecisiete, del plano respectivo, y
designado de acuerdo al plano confeccionado por el Ingeniero Civil Raúl A. J.
Scazzina, archivado bajo el N° 42.759 año 1965, como Lote 2, compuesto de 12,57
metros de frente al Oeste, lindando con calle Libertad, debiendo comenzarse a
contar su ubicación a los 40,25 metros de la esquina Sud de la manzana, hacia
el Norte; el costado Norte está formado por una línea quebrada de tres tramos,
partiendo el primero del ángulo Oeste hacia el Oeste en una extensión de 29 m.
de su extremo parte el segundo tramo en dirección Sud a Norte que mide 7,33
metros, lindando en ambos rumbos con el lote 1 del mismo plano, y de su extremo
parte el tercer y último tramo de Oeste a Este que mide 6m, lindando con
propiedad de Pablo Caselli; el costado Este mide 19,90m. y linda con propiedad
de Silvio Zilli; y el costado Sud mide 35 metros, lindando con propiedad de
Juan Lombardi y Teresa Eyherabide y otros. Superficie Total: 483,90 metros
cuadrados. Dominio: Rosario. Octubre 13 de 1933. T°
52 F° 274v. N° 32847. Depto. Gral. López Rosario. 13-03-00. N°
320118. T° 512 F° 70. Depto. Gral. López. Dicho inmueble se encuentra inscripto
a nombre del demandado en la proporción de 2/8 partes indivisas y 5/8 a nombre
de la actora. Según informe expedido por el Registro General Rosario, no
registra gravámenes ni inhibiciones. La Comuna de Elortondo informa que dicho
inmueble adeuda en concepto de Tasa General de Inmuebles al día 15-5-10 $
21,50. Del informe de la A.P.I. se desprende que se adeuda por Impuesto
Inmobiliario la Cuota N° 3 del año 2010 por $ 10,22 al 25-8-10. Se deja expresa
constancia que lo adeudado por Impuesto Inmobiliario, Municipal y/o cualquier
otro impuesto nacional, provincial y/o municipal que gravare el inmueble y se
adeudare, serán a cargo del y/o de los compradores. Que obra glosado en autos
copias de las escrituras traslativas de dominio y declaratorias de herederos, a
disposición de los interesados en la Secretaría del Juzgado, en el mismo se
relaciona el título del inmueble a subastar previéndose alcances del Artículo
494 del C.P.C.C.; además todos los informes evacuados, no aceptándose reclamo
alguno después de la subasta por insuficiencia de los mismos. Del oficio de
constatación practicado, surge que el inmueble a subastar se encontraba
desocupado al día 30-06-10, su estado de conservación y que se efectuará la
subasta en carácter de desocupable (Art. 504 del C.P.C.C.). El y/o los
compradores abonarán en el acto del remate para el inmueble, el 10% del precio
de compra en dinero efectivo o cheque certificado, con más la Comisión de Ley
al Martillero e I.V.A. si correspondiere, el saldo lo depositarán judicialmente
aprobado el remate. Todo lo cual se hace saber a los efectos pertinentes a que
por derecho hubiere lugar. Melincué, Setiembre 9 de 2010. Estanislao Surraco,
secretario.
$ 250 111761 Set. 16 Set. 20
__________________________________________