picture_as_pdf 2002-09-16

Registrada bajo el Nº 12031

 

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:

 

ARTICULO 1º - Ratifícase el Convenio de intercambio celebrado en fecha 17 de Mayo de 2001, entre el Ministerio de Salud y Medio Ambiente de la Provincia y el laboratorio de hemoderivados de la Universidad Nacional de Córdoba, cuyo objeto es el intercambio no lucrativo de materia prima y productos elaborados, de conformidad con lo establecido en la Ley Nacional de Sangre 22.990.

Dicho convenio fue aprobado ad-referéndum de esta Honorable Legislatura por Decreto del Poder Ejecutivo 2172/01 e Inscripto en el Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales el día 22 de Mayo de 2001, con el 1392, Folio 198, Tomo III, cuyo texto en cinco (5) folios se agrega e integra la presente.

ARTICULO 2º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS DIECIOCHO DÍAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DOS.

Alberto Nazareno Hammerly

Presidente

Cámara de Diputados

Ing.Marcelo  J. Muniagurria

Presidente

Cámara de Senadores

Avelino A. Lago

Secretario Parlamentario

Cámara de Diputados

Dr.Ricardo H. Paulichenco

Secretario Legislativo

Cámara de Senadores

 

SANTA FE, 09 de Setiembre de 2002

De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el Boletín Oficial.

Carlos Alberto Reutemann

Gobernador de Santa Fe

La presente Ley se publica sin la documentación anexa quedando a disposición de los interesados en la Dirección General de Técnica Legislativa - Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto - 3 de Febrero 2649 2° Piso - Santa Fe Tel.0342-4506607 - e-mail:ditecleg@arnet.com.ar

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