DECRETO N° 1554
SANTA FE, "Cuna de la Constitución Nacional"
06 JUN 2017
VISTO:
El expediente N° 01501-0083862-2 del Registro del Sistema de Información de Expedientes, mediante el cual se gestiona la aprobación del Programa "DEPORTE PARA LA REINSERCION", conforme al ANEXO A que se acompaña y forma parte integrante del presente acto administrativo; y
CONSIDERANDO:
que dicho programa tiene como objetivo general crear, en el marco de las instituciones penitenciarias, espacios de práctica deportiva sistemática como una instancia en el proceso de reinserción social, generando un nuevo horizonte en la perspectiva de vida de los internos, fortaleciendo los lazos sociales y las relaciones de convivencia y de esta manera, a través del juego deportivo, fomentar valores comunes en la vida en sociedad que sirvan para su estadía en cumplimiento de una pena o medida de seguridad y en la transición hacia la libertad; que el mismo plantea un abordaje integral de las políticas públicas sociales, referidas en este caso en particular a políticas de reinserción social de la población carcelaria, teniendo como eje el deporte; que esta elección no es caprichosa, ya que en líneas generales su práctica promueve valores, generando actitudes integrales para la formación del sujeto, es así que en los deportes, la camaradería, el esfuerzo colectivo, la solidaridad entre los miembros del equipo, el respeto al adversario y a las decisiones del árbitro/juez son prácticas comunes que se aprenden junto a las técnicas específicas de cada deporte y es este aprendizaje lo que les posibilita apropiarse de un instrumento que les permitirá integrarse a la sociedad a través de un lenguaje universal;
que la experiencia mundial y en otros lugares de la Argentina, demuestra que el Deporte sirve para promover reglas y normas que permiten poner límites a las pulsiones violentas, construir lazos sociales en las instituciones y mejora el tránsito a la libertad, donde las estadísticas ponen de manifiesto que quienes pasaron por programas deportivos tienen menos índices de reincidencia; que en nuestra provincia se viene implementando en algunas unidades penitenciarias a modo de experiencia novedosa la práctica de deportes como el Rugby y la realización de determinadas actividades físicas deportivas con muy buenos resultados, esto motivó la decisión de tomarlo como una política pública con un objetivo programático claro de reinserción de los internos, por lo cual, se hace imperioso el desarrollo del presente; que a tales fines resulta necesario la creación de un marco jurídico específico para la implementación de este Proyecto innovador que se inicia y asimismo contar con los recursos correspondientes para cumplimentar con los objetivos propuestos; que para permitir su implementación es menester también aprobar el modelo de Convenio de Colaboración a suscribir con Organizaciones no Gubernamentales con fines deportivos, los que se adjuntan y forman parte del presente decisorio y delegar su suscripción;que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Desarrollo Social, mediante Dictamen N° 11301 de fecha 29 de mayo de 2017, ha tomado debida intervención; que por todo lo expuesto y en virtud de las disposiciones establecidas en el Artículo 72 de la Constitución Provincial;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°: Apruébase el programa "DEPORTE PARA LA REINSERCION", conforme al ANEXO A que se acompaña y forma parte integrante del presente acto administrativo.
ARTICULO 2°: Apruébase el modelo de Convenio de Colaboración a suscribir con
Organizaciones no Gubernamentales con fines deportivos, los que se adjuntan y forman parte del presente decisorio.
ARTICULO 3°: Delégase en el Ministerio de Desarrollo Social la suscripción de los
Convenios de Colaboración necesarios para el cumplimiento de los fines del presente, conforme al modelo del artículo precedente y previo acuerdo interministerial con los Ministerios de Seguridad y de Justicia y Derechos Humanos.
ARTICULO 4°: Facúltase al Ministerio de Desarrollo Social a dictar los actos administrativos tendientes a reglamentar los aspectos operativos no contemplados en la presente norma para el cumplimiento de los objetivos previstos en el Programa aprobado por el Artículo 1º; y a los Ministerios de Seguridad y de Justicia y Derechos Humanos, a dictar los actos administrativos respectivos a sus jurisdicciones que sirvan de complemento a la implementación de los objetivos establecidos por el Programa creado.
ARTICULO 5º: Refréndese por los Señores Ministros de Justicia y Derechos Humanos, de Seguridad y de Desarrollo Social.
ARTICULO 6º: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
LIFSCHITZ
Dr. RICARDO ISIDORO SILBERSTEIN
Lic. MAXIMILIANO NICOLAS PULLARO
C.P.N. JORGE MARIO ALVAREZ
ANEXO "A"
Programa "DEPORTE PARA LA REINSERCION"
1- FUNDAMENTACIÓN
Desde hace un tiempo, el Gobierno de la provincia viene generando un cambio de paradigma en las políticas carcelarias, iniciando un proceso de transformación de las condiciones de encierro en las unidades penitenciarias de todo el territorio provincial.
Este proceso tuvo que cumplir una primera etapa fundamental en donde se trasladó a las personas alojadas en las comisarías a los penales, aspirando en el 2017 a contar con el 90% de los internos en el servicio penitenciario.
Alcanzado este objetivo básico, en vía de resolución el problema del hacinamiento, en cumplimiento de los mandatos constitucionales, debemos marcar un horizonte desde una perspectiva ética, subordinada al principio de equidad y justicia social en donde realicemos un cambio cualitativo en las estrategias de reinserción social.
Este cambio de perspectiva parte de considerar al delito como un hecho social, en donde la Comunidad toda, junto con los organismos del Estado, debemos asumir el compromiso de intervenir positivamente en las personas en situaciones de encierro fomentando la reinserción social.
Esta visión, se debe materializar teniendo conciencia del contexto de desigualdad social y el análisis de las determinaciones sociales en la ocurrencia de la violencia, en donde las políticas de seguridad deben trabajarse en forma integradora con las políticas sociales y de justicia, generando políticas públicas coordinadas que puedan lograr una tendencia de disminución de la violencia y la criminalidad.
Con este criterio de impronta social y comunitaria, es que a partir de la experiencia e información que brinden los Ministerios de Seguridad y de Justicia y Derechos Humanos, desde el Ministerio de Desarrollo Social se deben generar acciones que sumen herramientas de desarrollo personal y colectivo a las personas que por diferentes causas se encuentren en situación de encierro en su transición hacia la libertad luego de una pena o medida de seguridad.
Por todo esto se necesita pensar estrategias diferentes e innovadoras para cada una de las situaciones que viven los sujetos vinculados al segmento penal y en este sentido los deportes, contenedores de una serie de valores centrales para la vida en sociedad, nos dan una oportunidad para lograr los objetivos de reinserción social que como Estado Provincial nos propusimos.
El Deporte como medio de reinserción social
La elección del deporte como medio educativo y de reinserción social no es caprichosa, ya que en líneas generales promueve valores, generando actitudes integrales para la formación del sujeto.
En este sentido la Ley N° 10554 de protección al deporte en su Artículo 2 dice:
"la protección del deporte en todas sus disciplinas y expresiones, sea federado, escolar o comunitario, y la utilización del deporte con fines educativos y coadyuvante a la formación integral del hombre y como recurso idóneo para la preservación de la salud."
En la práctica de los deportes, la camaradería, el esfuerzo colectivo, la solidaridad entre los miembros del equipo, el respeto al adversario y a las decisiones del árbitro/juez son prácticas comunes que se aprenden junto a las técnicas específicas de cada deporte.
El aprendizaje de las técnicas y fundamentos específicos posibilitan a los deportistas apropiarse de un instrumento que les permitirá integrarse a la sociedad a través de un lenguaje universal.
La experiencia mundial y en otros lugares de la Argentina demuestra que el Deporte sirve para promover reglas y normas que permiten poner límites a las pulsiones violentas, construir lazos sociales en las instituciones y mejora el tránsito a la libertad, donde las estadísticas ponen de manifiesto que quienes pasaron por programas deportivos tienen menos índices de reincidencia.
En nuestra provincia se viene implementando en algunas unidades penitenciaras a modo de experiencia novedosa, la práctica de deportes como el Rugby y la realización de determinadas actividades físicas deportivas con muy buenos resultados. Esto motivo la decisión de tomarlo como una política pública con un objetivo programático claro de reinserción de los internos, por lo cual, se hace imperioso el desarrollo del presente.
2-OBJETIVO GENERAL
Crear en el marco de las instituciones penitenciarias espacios de práctica deportiva sistemática como una instancia en el proceso de reinserción social, generando un nuevo horizonte en la perspectiva de vida de los internos, fortaleciendo los lazos sociales y las relaciones de convivencia.
De esta manera se pretende a través del juego deportivo, fomentar valores comunes en la vida en sociedad que sirvan para su estadía en cumplimiento de una pena o medida de seguridad y en la transición hacia la libertad.
3-OBJETIVOS ESPECÍFICOS
•Incorporar valores como el esfuerzo, el compañerismo, la solidaridad, el trabajo en equipo y fundamentalmente el apego a las reglas, contrarrestando de esta manera las conductas antisociales.
•Realizar actividades que contribuyan a que los internos, una vez en libertad, mejoren su reinserción social y no vuelvan a reincidir en el delito.
*Canalizar la agresividad lógica que se deriva de la privación de la libertad en la práctica de un deporte que exige esfuerzo físico e impone el respeto a las normas y reglas.
•A través del aprendizaje de las reglas las técnicas y los fundamentos del deporte introducir a las personas privadas de la libertad en un lenguaje universal que les permita acrecentar su capital cultural.
•Involucrar en esta tarea a las Organizaciones no Gubernamentales con fines deportivos para producir la interrelación de los internos con el afuera en pos de lograr sentirse parte de la sociedad a través de instituciones comunitarias y formar parte de redes que garanticen la contención de las personas una vez liberadas
•Generar identidad colectiva a través del deporte en equipo proponiendo la tarea de pensar su nombre, diseñar la camiseta y elegir los colores de la misma.
4-POBLACION DESTINATARIA
Grupos de jóvenes o adultos, hombres o mujeres, privados de la libertad, que por acuerdo interministerial se seleccione dentro de la población detenida de la provincia para la realización de una actividad deportiva sistemática en una de los espacios de detención.
5-AUTORIDAD DE APLICACIÓN
La autoridad de aplicación del presente será el Ministerio de Desarrollo Social, quien implementará el programa y concertará los Convenios con las Organizaciones no Gubernamentales con fines deportivos, previo acuerdo con los Ministerios de Seguridad y de Justicia y Derechos Humanos según el lugar donde se desarrolle.
La Secretaría de Desarrollo Territorial del Ministerio de Desarrollo Social coordinará con los equipos de la Secretaría de Asuntos Penitenciarios del Ministerio de Seguridad, y de la Subsecretaria de Asuntos Penales del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, la operatividad de las acciones.
La Secretaría de Desarrollo Deportivo del Ministerio de Desarrollo Social oficiará como organismo asesor para la aplicación del presente.
6-IMPLEMENTACIÓN
El Programa se crea con la idea de poder implementarse de acuerdo a los recursos disponibles, en todas las unidades penitenciarias de la provincia que cuenten con infraestructura adecuada para el desarrollo de actividades deportivas, según los requiera cada disciplina elegida.
Las disciplinas deportivas pueden ser colectivas o individuales y deben ser enseñadas de manera tal que su enfoque sea un vehículo para la reinserción de las personas privadas de libertad. La selección del Deporte se hará identificando la disciplina más adecuada para que dentro del objetivo general, cumpla con los fines específicos propuestos atento a la edad, motivos de la privación de la libertad, condiciones físicas, ámbito de aplicación y demás características del grupo de la población carcelaria que se determine trabajar en cada caso particular.
El formato de práctica y aprendizaje deberá plantearse respetando la lógica de cada una de las prácticas deportivas, tal cual como se desarrolla en cualquier club o institución deportiva de nuestra provincia.
De esta manera, según el proyecto deportivo a implementarse, se contará con los recursos humanos adecuados a la complejidad de la disciplina:
Coordinador Deportivo: es la figura del "Coordinador del programa", su tarea es llevar adelante toda la programación de actividades, conseguir los elementos necesarios y específicos para la práctica, fomentar la participación y la integración, como así también tomar todo lo que se deriva del contacto con cada uno de los internos o jóvenes (situaciones familiares, laborales, de educación, recreativas, etc.) para detectar las problemáticas de los mismos y activar los mecanismos del Estado necesarios para su resolución.
Entrenador/Director Técnico: es quien tiene la tarea de la práctica diaria, transmite las reglas, metodología y valores del juego. Enseña las técnicas propias del deporte
Su rol fundamental es consolidar al grupo como equipo generando identidad de todos los participantes, donde cada uno de sus integrantes es necesario para que la totalidad funcione.
Profesor/Preparador Físico: es quien lleva adelante los procesos de adecuación funcional y orgánica para la práctica activa y sistemática del deporte, velando no sólo por el máximo rendimiento físico y orgánico sino también por la práctica saludable de la actividad física.
Medico/kinesiólogo: servicio de asistencia médica presencial en el desarrollo de las prácticas de acuerdo a los riesgos de las disciplinas deportivas y posteriores en caso de que las situaciones lo requieran.
Los equipos interdisciplinarios de los Ministerios involucrados acompañarán el proceso, complementando la reinserción con las herramientas que ofrece el estado y con la articulación de otros actores sociales.
7- MODALIDAD DEL PROGRAMA
Los proyectos deportivos que se acuerde implementar podrán ejecutarse a través de dos tipos de modalidades:
a)Secretaría de Desarrollo Deportivo:
El proyecto deportivo se diseñará desde este organismo y se desarrollará con los recursos humanos disponibles en el Estado y/o se contratará gente calificada para la disciplina correspondiente, de acuerdo a los parámetros establecidos en el punto anterior.
b)Organizaciones No Gubernamentales con fines deportivos
El proyecto deportivo se elaborará desde el Estado o por iniciativa de actores sociales de la Comunidad, siendo su implementación según los parámetros establecidos en el punto anterior ejecutado total o parcial a cargo de un Club, Asociación, Fundación, Federación, Instituto de Formación en Educación Física, Agencia, etc con experiencia y capacidad en el deporte pertinente.
Los Convenios que se suscriban pueden cubrir la totalidad del servicio brindado, especificando el destino de los recursos, que pueden destinarse para el pago de haberes de profesores, gastos de las instituciones, seguros, traslados, ropa y calzado, implernentos, alimentos y toda inversión para el desarrollo de las actividades.
8- OPERATIVIDAD DEL PROGRAMA
La decisión de implementar una actividad deportiva en un ámbito determinado será en un todo de acuerdo entre las tres jurisdicciones involucradas: Ministerio de Desarrollo Social, de Seguridad y de Justicia y Derechos Humanos.
Sea cual fuere la modalidad elegida para llevar adelante el proyecto deportivo, el Ministerio de Seguridad designará un coordinador, funcionario o empleado de planta, que cumpla funciones en la unidad penitenciaria correspondiente al proyecto, que sirva de nexo con la Secretaría de Desarrollo Deportivo o la Organización No Gubernamental conveniada.
El procedimiento general para hacer efectivo el Programa constará de las siguientes etapas constitutivas, que puede variar o no realizarse alguna de ellas, de acuerdo a la menor o mayor complejidad del proyecto y la disciplina a llevarse a cabo:
-Etapa 1:
Diseño del programa deportivo donde especifique la unidad penitenciaria o institución, población carcelaria destinataria, tiempo de duración, objetivos propuestos, modalidad y toda otra característica que defina al mismo.
Acto administrativo que resuelva la implementación del proyecto por parte de la Secretaría de Desarrollo Deportivo o Convenio con la Organización No Gubernamental con fines deportivos
Designación del Coordinador responsable elegido por parte del Ministerio de Seguridad que articule en el Servicio Penitenciario.
-Etapa 2:
Presentación a la población penitenciaria del proyecto deportivo que permita a los internos conocer los alcances de la propuesta, sus normas, dinámica y funcionamiento; como así también las personas que lo van a llevar adelante.
Selección de los partícipes al proyecto deportivo, diagnóstico físico y psíquico y conversaciones grupales e individuales previas para que tomen conocimiento de la metodología de trabajo.
-Etapa 3:
Comienzo de las prácticas con una frecuencia semanal acorde a la disciplina deportiva, con equilibrio entre la preparación física, explicación de normas y tácticas, trabajos grupales y diferenciados, etc
El Coordinador junto con el equipo de entrenadores realizará tareas de entrevistas y conversaciones grupales periódicas que permitan ir haciendo un análisis de la evolución de trabajo.
-Etapa 4:
Encuentros deportivos amistosos con clubes o instituciones deportivas de la zona, encuentros con otras unidades penales de la provincia o el país que desarrollen la misma disciplina, traslados para ver partidos oficiales o competencias de la disciplina que se practique, visita de deportistas reconocidos que brinden charlas de estímulo y cualquier otra actividad social relacionada con el exterior.
-Etapa 5:
Inserción de los internos en instituciones propias del deporte, con seguimiento especial de la Dirección Provincial de Control y Asistencia Pos Penitenciaria del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.
9-RENDICIONES DE CUENTAS
Los fondos destinados al cumplimiento de los objetivos del presente Programa estarán sujetos a lo establecido en la Resolución N° 008/06 modificada por Resolución N° 021/07 del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia, Anexo III, Rendiciones de Cuenta.
10-ACOMPAÑAMIENTO EN LAS SALIDAS DE LOS INSTITUTOS PENITENCIARIOS
Este proceso final de inserción en instituciones deportivas debe considerarse dentro del Programa, a tal fin debe proponerse la vinculación con los clubes y entidades deportivas de todo tipo, fomentando desde la Secretaría de Desarrollo Deportivo un compromiso social de la Comunidad.
Deberá crearse un equipo interdisciplinario coordinado por la Dirección Provincial de Control y Asistencia Pos Penitenciaria del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que evalué y articule con otros actores interviniente las posibilidades de la Etapa 5.
11-MONITOREO Y ESTADÍSTICAS
Desde las jurisdicciones del Gobierno Provincial involucradas, se articularán mecanismos de seguimiento efectivos que permitan ver la evolución en los internos que sean participes de algún proyecto deportivo y su comportamiento ante los mismos. Este monitoreo permanente en plena ejecución permitirá analizar los avances y retrocesos, individuales y grupales y por ende la consideración de las disciplinas deportivas que más se adapten a los objetivos propuestos y la modificación de los procedimientos.
Estos seguimientos que se continuarán en caso de que se obtenga la libertad, busca mantener una base de datos estadísticos actualizada, que permita evaluar fehacientemente los beneficios reales de implementar estos dispositivos y su potencialidad a futuro.
12- CONSIDERACIONES FINALES
El Programa "DEPORTE PARA LA REINSERCION" no se agota en sí mismo, sino que forma .parte de una serie de dispositivos que tiene el Estado Provincial, compartiendo los mismos objetivos de "dar nuevas oportunidades" a sectores vulnerables de la población de la provincia. Este novedoso programa en la Provincia, con resultados exitosos en otras jurisdicciones, no es más que la posibilidad de generar un nuevo proceso de inclusión de sectores vulnerables, en este caso la población carcelaria. Algunos de ellos ponen el eje en el TRABAJO, LA CULTURA O LA EDUCACIÓN, siendo en este su eje el DEPORTE.
Dicho esto, en el marco de las políticas públicas sociales de abordaje integral que propiciamos, este Programa puede usarse complementariamente con otros, interrelacionando acciones y articulando esfuerzos para el fin último del desarrollo humano en una Comunidad justa e igualitaria al que aspiramos las fuerzas progresistas.
Entre el Ministerio de Desarrollo Social, representado en este acto por el C.P. Lic. Jorge Mario Alvarez, Matrícula Individual N° 12.230.665, con domicilio en Avenida Almirante Brown N° 6998 - 1er piso- de esta ciudad de Santa Fe -Departamento La Capital- en adelante EL MINISTERIO por una parte y por la otra la.................. con domicilio en calle........... N°.......... de la ciudad de …......-Departamento ….....- representada en este acto por el/la señor/a …........., Matrícula Individual N° ….........., en su carácter de Presidente y por el/la señor/a............ , Matrícula Individual N°.......... , en su carácter de Secretaria, en adelante LA INSTITUCIÓN DEPORTIVA, en virtud de la gestión obrante en Expediente N° …..................., se conviene lo siguiente:
El mismo se encuadra en lo establecido por el Decreto N° …....... de fecha …........
que aprueba el Programa Deporte para la Reinserción y se conviene en un todo de acuerdo a los términos y condiciones particulares que seguidamente se enuncian.
PRIMERO: EL MINISTERIO otorga a LA INSTITUCIÓN DEPORTIVA, la suma de PESOS …..............($....... ), destinada a la puesta en funcionamiento del Programa Deporte para la Reinserción, en la …...........(institución penitenciaria) que serán distruibuidos de la siguiente manera:
-pago haberes de profesor/preparador fisico: -seguros: $ ….............
-traslados: $ ….............
-ropa, calzado: $ …..........
-implementos deportivos: $ …..........
-alimentos: $ ….....................
-otros gastos varios: $ ….....................
SEGUNDO: La gestión que da origen al presente ha sido aprobada mediante Resolución N° …........de fecha ….............de …........201.., autorizando la inversión del dinero en los rubros mencionados.
TERCERO: EL MINISTERIO tendrá derecho a efectuar inspecciones en cualquier momento, para comprobar el destino de los fondos, a cuyo efecto tendrá acceso a los libros y documentación complementaria, que juzgue necesaria.
CUARTO: LA INSTITUCIÓN DEPORTIVA se compromete a desarrollar las actividades deportivas pertinentes en la........... (unidad penitenciaria o institucion) bajo la supervisión del Coordinador responsable designado por el Ministerio de Seguridad, llevando adelante las etapas descriptas en el punto 8) del Anexo "A" que aprueba el Programa Deporte para la Reinserción.
QUINTO: LA INSTITUCIÓN DEPORTIVA como responsable con la Administración Pública Provincial, deberá presentar la rendición de cuentas dentro de los noventa (90) días corridos contados a partir de la efectiva percepción de los fondos, prorrogable por sesenta (60) días más en caso y por causas que resullen perfectamente probadas y justificables conforme a la Resolución N° 008/06 y su rectificatoria N° 0021/07, ambas del Tribunal de Cuentas de la Provincia, Anexo III, Rendiciones de Cuentas, Capítulo I, apartado 2do., en un todo de acuerdo a las atribuciones conferidas por la Ley N° 12510 de Administración, Eficiencia y Control del Estado en su Artículo 8.
SEXTO: El incumplimiento de las obligaciones emergentes del presente convenio, dará derecho a EL MINISTERIO a declarar la caducidad de los fondos otorgados. Declarada la misma, EL MINISTERIO podrá demandar a LA INSTITUCIÓN DEPORTIVA por el reintegro de la suma acordada, dándosele a la acción, carácter de vía ejecutiva.
SÉPTIMO: La administración de los fondos que se entregan en el presente acto, queda bajo la exclusiva responsabilidad de LA INSTITUCIÓN DEPORTIVA.
OCTAVO: Ante conflictos suscitados entre las partes, para cualquier gestión judicial que emane del presente, las mismas se someterán a los Tribunales Ordinarios de la ciudad de Santa Fe, renunciando a todo fuero o jurisdicción.
En prueba de conformidad, previa lectura y ratificación, se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de Santa Fe, a los ...días del mes de …....del ario 201..
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