picture_as_pdf 2016-06-16

REGISTRADA BAJO EL Nº 13536


LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:


ARTÍCULO 1.- Prorróganse por un año las designaciones de jueces subrogantes que hubiese realizado el Poder Ejecutivo, conforme lo dispuesto por el artículo 217 de la ley N° 10.160, a la fecha de la presente ley. Sin perjuicio de ello, el subrogante cesará en el cargo en caso de reintegrarse el subrogado o de asumir un nuevo titular designado para el cargo.

ARTICULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA- DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS DOS DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.

C.P.N. CARLOS A. FASCENDINI

Presidente

Cámara de Senadores

ANTONIO JUAN BONFATTI

Presidente

Cámara de Diputados

Dr. RICARDO H. PAULICHENCO

Secretario Legislativo

Cámara de Senadores

Dr. EDUARDO RUBEN NINI

Subsecretario

Cámara de Diputados


DECRETO N° 1260


SANTA FE, "Cuna de la Constitución Nacional"

09 de Junio de 2016

VISTO:

La aprobación de la Ley que antecede N° 13.536 efectuada por la H. Legislatura;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.-

LIFSCHITZ

Dr.. Ricardo Isidoro Silberstein

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