MINISTERIO DE JUSTICIA Y
DERECHOS HUMANOS
RESOLUCIÓN Nº 0184
SANTA FE, Cuna de la Constitución
Nacional, 05 JUN 2015
VISTO:
El expediente N° 02001-0026730-1 del registro del Sistema de Información. de Expedientes -Ministerio de Justicia y Derechos Humanos- mediante el cual se gestiona el dictado de una Resolución para dar inicio al Sistema de Mediación Previa Obligatoria establecido por la Ley N° 13.151, Y Decreto Reglamentario N° 1747/11, en relación a las causas a iniciarse por ante el Juzgado de Primera Instancia de Circuito N° 15 con asiento en la ciudad de Arroyo Seco, Provincia de Santa Fe; y
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Provincial N° 13.151 instituye la Mediación en todo el ámbito de la Provincia, con carácter de instancia previa obligatoria a la iniciación del proceso judicial, en los términos y para las causas que ella establece;
Que, el art. 42° segundo párrafo, expresa que su implementación no deberá exceder el plazo de tres años desde su promulgación y permite. hacerlo en forma gradual conforme las características de cada Sede Judicial;
Que, por Resolución N° 0484/11 se fijó el día 29 de noviembre de 2011 para dar inicio al Sistema de Mediación Prejudicial Obligatoria, en las causas a iniciarse en los Juzgados de Primera Instancia de Distrito en materia Civil y Comercial con asiento en las ciudades de Santa Fe y Rosario;
Que, en el artículo 3° de la Ley N° 13.151, crea el Registro de Mediadores y Comediadores que se constituye en la órbita de este Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia;
Que, la Resolución N° 0413/11 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos convocó a la inscripción en el Registro de Mediadores y Comediadores para la 1° y 2° Circunscripción Judicial, desde el día 6 de octubre al 4de noviembre del 2011; mediante Disposición N° 0002/12 se convocó a la inscripción en el Registro desde el día 13 de febrero al 16 de marzo de 2012; y por Disposición N° 0001/2013 y N° 0002/2013, desde el 25 de febrero al 05 de abril del 2013 y desde el 25 de febrero al 19 de abril del 2013, respectivamente;
Que, del informe presentado por la Sra. Directora Provincial de Desjudicialización de la Solución de Conflictos Interpersonales, surge que el número de causas susceptibles de ser mediadas, el Centro de mediación y, los mediadores matriculados, son suficientes para extender el trámite de mediación previa obligatoria al Juzgado de Primera Instancia de Circuito N° 15 con asiento en la ciudad de Arroyo Seco, Provincia de Santa Fe;
Que, en el mismo reporte se informa que se ha inspeccionado y habilitado un (1) Centro de Mediación;
Que, por todo esto se considera pertinente dar inicio al Sistema de Mediación Previa Obligatoria en las causas a iniciarse en el Juzgado de Primera Instancia de Circuito N° 15 con asiento en la ciudad de Arroyo Seco, Provincia de Santa Fe;
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado intervención mediante Dictamen N° 252 de fecha 4 de Junio de 2015, sin presentar objeciones al respecto;
Que, la presente se dicta en uso de las facultades conferidas en el Art. 42º de la Ley N° 13.151 y el Art. N° 2 del Decreto N° 1747/11;
POR ELLO:
EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
RESUELVE
ARTÍCULO 1°: Fíjese el día 8 de junio del corriente año, como fecha de inicio para la Implementación del Sistema de Mediación Previa Obligatoria Civil y Comercial, establecido en la Ley N° 13.151, en las causas a iniciarse en el Juzgado de Primera Instancia de Circuito N° 15 con asiento en la ciudad de Arroyo Seco, Provincia de Santa Fe.
ARTÍCULO 2º: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.-
Dr. JUAN T. LEWIS
Ministro de Justicia y
Derechos Humanos
S/C 13383 Jun. 16 Jun. 18
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MINISTERIO DE SALUD
RESOLUCION Nº 2115
VISTO:
El expediente Nº 00501-0090600-5, con agregados –por cuerda floja- Nros. 00501-0090592-5, 00501-0090589-9 y 00501-0090590-3 del S.I.E., relacionados con las presentaciones realizadas por diversas agentes con funciones en el Servicio de Anatomía Patológica del Hospital Escuela “Eva Perón” de Granadero Baigorria, con relación a lo dispuesto por Resolución Nº 421 de fecha 08/03/10; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el citado acto administrativo se rechazaron los reclamos interpuestos por las agentes Beatriz Alejandra Corona, Alicia Susana Peña, Marisa Gabriela Martínez y Josefina Juana Elena, tendientes al reconocimiento del suplemento por Riesgo y Tareas Peligrosas previsto en el artículo 60 del escalafón aprobado por Decreto-Acuerdo Nº 2695/83 (fs. 28/31);
Que de los escritos presentados surgen expresiones de disconformidad por parte de las nombradas, sin que ello implique técnicamente que estemos en el planteo de impugnación o recurso, por no reunir éstos los requisitos establecidos en los artículos 1º y 43º de la reglamentación aprobada por Decreto-Acuerdo Nº 10.204/58; además, resulta dificultoso determinar la temporalidad de cada presentación, dado que su notificación ha sido realizada en el Boletín Oficial el 11/02/11 (fs. 47);
Que, al respecto, es dable destacar que el procedimiento realizado y la citada resolución se expiden puntual y concretamente sobre el reclamo formulado por las nombradas, quienes al tomar conocimiento de la misma realizan las referidas presentaciones, las que en el supuesto de interpretarse como denuncias se constituyen en reclamo, el cual ha sido el objeto principal del contenido de dicho acto administrativo;
Que por lo expuesto se aconseja rechazar in límine las presentaciones realizadas, por manifiesta inadmisibilidad e improcedencia y carecer de fundamentos suficientes; en un todo de acuerdo con lo aconsejado por la Dirección General de Asuntos Jurídicos mediante Dictamen Nº 86.890/12 (fs. 92/93);
POR ELLO:
EL MINISTRO DE SALUD
Resuelve:
ARTICULO 1º.- Recházase in límine, por manifiesta inadmisibilidad e improcedencia, las presentaciones realizadas por las agentes BEATRIZ ALEJANDRA CORONA (M.I. Nº 16.535.997), ALICIA SUSANA PEÑA (M.I. Nº 5.700.509), MARISA GABRIELA MARTINEZ (M.I. Nº 23.940.966) y JOSEFINA JUANA ELENA (M.I. Nº 10.594.872), con funciones en el Servicio de Anatomía Patológica del Hospital Escuela “Eva Perón” de Granadero Baigorria, con relación a lo dispuesto por Resolución Nº 421 de fecha 08/03/10.-
ARTICULO 2º.- Regístrese, comuníquese y archívese.-
S/C. 13385 Jun. 16 Jun. 17
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RESOLUCION N° 0786
SANTA FE, “Cuna de la Constitución
Nacional”, 02 JUN 2015
VISTO:
El expediente N° 00501-0141718-0 del S.I.E. mediante el cual la Subsecretaría de Emergencia y Traslado gestiona la institucionalización de la estrategia de desarrollo de la Red de Emergencias y Traslados; y
CONSIDERANDO:
Que es responsabilidad indelegable del Estado garantizar el Derecho a la Salud de los ciudadanos y en ese sentido asegurar el acceso a los servicios en forma adecuada y oportuna;
Que con tal premisa este Ministerio viene desarrollando la reforma del Sistema de Salud, desde todas sus dimensiones, esto es, modelo de atención, de gestión y de organización;
Que con el objeto de garantizar la integralidad, universalidad y la equidad en el Sistema de Salud se impone la conformación de redes para la adscripción de la población con criterios de progresividad en el cuidado acorde a riesgos y necesidades de la misma;
Que la Red de Emergencias y Traslados es concebida tanto como red asistencial, de soporte y como instrumento de apoyo al re-ordenamiento propuesto;
Que las situaciones de emergencias sanitarias obligan a poner especial énfasis en el cumplimiento de tal responsabilidad, mediante acciones inmediatas en el territorio y la coordinación de recursos;
Que la Subsecretaría de Emergencia y Traslado viene
trabajando informalmente en la implementación de dispositivos territoriales que permiten gestionar la demanda de urgencias y emergencias, tanto en vía pública y domicilio como en efectores, en todo el territorio provincial;
Que estas intervenciones conducidas y coordinadas centralmente se han llevado a cabo respetando las particularidades propias de cada región y con participación de los actores locales bajo las directrices de Regionalización Sanitaria y la Descentralización Operativa de la Red de Emergencias y Traslados;
Que luego del diagnóstico de necesidades y análisis de viabilidad en el marco de ese proceso participativo se proyecta, en esta primera etapa, la creación de veintidós Centrales Micro-Regionales 107, cada una de las cuales recibirá el enrutamiento al Número gratuito #107 de todas las localidades comprendidas en su micro-región y administrará los recursos humanos y logísticos para resolver cada situación;
Que el avance sobre dicho proyecto exige la formal creación de veintidós Centrales Operativas Mico-Regionales del Sistema Integrado de Emergencias Sanitarias SIES 107, como así también la definición de sus funciones, competencias y atribuciones;
Que este Ministerio resulta competente para decidir en las presentes actuaciones, en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 11º, inciso b), parágrafos 8 y 10, y 22º de la Ley N° 12.817;
POR ELLO:
EL MINISTRO DE SALUD
Resuelve:
ARTICULO 1º.- Créase en el ámbito de la Subsecretaría de Emergencia y Traslado de esta Cartera, las Centrales Operativas Micro-Regionales del Sistema Integrado de Emergencias Sanitarias (SIES) #107, las cuales se localizarán de acuerdo al detalle obrante en el Anexo que se adjunta e integra la presente resolución.
ARTICULO 2º.- Encomiéndase a la Subsecretaría de Emergencia y Traslado en forma progresiva, la puesta en marcha de las Centrales creadas por el artículo precedentemente.
ARTICULO 3º.- Dispónese que las Centrales Micro-Regionales orientarán sus actividades a efectos de cumplir con las siguientes funciones:
- Optimizar la utilización de los recursos -humanos, técnicos y operativos- en pos de asegurar una adecuada respuesta a las necesidades de cuidados de la población, reduciendo vulnerabilidades locales y haciendo uso de las capacidades de la Red de Servicio de Salud de la Provincia de Santa Fe de manera solidaria y transversal.
- Identificar referentes locales e institucionales a efectos de procurar las articulaciones necesarias para el buen funcionamiento de las redes.
- Cumplir y hacer cumplir las normas legales, normativas internas y el reglamento operativo en vigencia.
- Optimizar la gestión de la flota de ambulancias en cada región para incrementar la capacidad operativa de los sistemas.
- Centralizar micro-regionalmente la logística de manera de optimizar los fondos relacionados a la adquisición de insumos, pago de viáticos, combustible, reparaciones, etc.
- Recepcionar y administrar la respuesta a la comunidad para casos de Urgencias y Emergencias Sanitarias, de manera adecuada y oportuna, desde un número único (107 durante las 24 horas del día).
- Recepcionar y administrar la respuesta para los efectores de salud en caso de urgencias y emergencias médicas, con el objeto de contribuir a la recepción adecuada de paciente, minimizando los tiempos asociados a la resolución de la demanda desde un número único las 24 horas del día.
- Recepcionar y administrar la respuesta por vía telefónica para la comunidad y los efectores de salud en solicitudes que no revistan carácter de emergencia. Las 24 hs. del día.
- Solicitar las acciones necesarias para la resolución de las situaciones que excedan las capacidades propias de la micro-región de su competencia a la Central Regional que correspondiere.
- Velar por el respeto del circuito de información definido garantizando el registro tanto de los datos relevados en vía pública o domicilio, como los asociados al despacho y la trazabilidad hospitalaria en los formularios correspondientes y su ingreso al software centralizado que permitirá la utilización de información para retroalimentar las políticas de resolución de la demanda, identificar problemas de salud emergentes a cada región y ajustar la respuesta y capacitación al respecto, y con ello fortalecer los procesos de planificación, programación y evaluación.
- Asegurar también la información suficiente y oportuna para el recupero de prestaciones a entes privados de financiamiento, ya sean empresas de medicina prepaga, de seguros, aseguradoras de riesgo de trabajo, de medicina laboral, mutuales y/u obras sociales o entidades análogas.
ARTICULO 4º.- Establécese que una vez constituidas las mismas se procederá a dar de alta en el registro del Sistema Integrado de Información Sanitaria Argentino (S.I.S.A.) en función de los requerimientos existentes para su habilitación.-
ARTICULO 5º.- Autorizase a la Subsecretaría de Emergencia y Traslado para que elabore, conforme los procedimientos correspondientes, manuales de procedimientos, instructivos y protocolos con misiones, funciones, incumbencias, atribuciones y ordenamiento para precisar los procesos de trabajo a efectos de procurar la unidad y sentido de red, facilitando el monitoreo y la evaluación permanente.-
ARTICULO 6º.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.-
Dr. MARIO DRISUN
Ministro de Salud
S/C 13384 Jun. 16 Jun. 17
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COORDINACIÓN EJECUTORA
PROVINCIAL PARA LA
REGULARIZACIÓN DOMINIAL
Citación
Por disposición de la Coordinación Ejecutora Provincial para la Regularización Dominial- Ley Nacional 24.374 y su modif.Dto. Prov.N°.1178/09 se cita, llama y emplaza para que comparezca/n por ante esta dependencia sita en calle 27 de febrero 2289 de la ciudad de Rosario, dentro del término de 30 días hábiles y bajo los apercibimientos de ley, a fín de que deduzcan formal oposición si correspondiere, en los términos del art.6 inc d) de la Ley mencionada, lo que se publica a sus efectos en los Diarios Locales de la ciudad de Rosario, en fecha 16 DE JUNIO DE 2015,y en el Boletín oficial por 3 (tres) a las siguientes personas:
REGION IV – NODO ROSARIO
DEPARTAMENTO SAN LORENZO - LOCALIDAD CAPITAN BERMUDEZ
1. Sr/a: JOSE HEFFES, ALBERTO JOLI, MOISES YADID, SANTIAGO JACOBO HASSE, INDOAMERICA S.A, MOISES DABUL Matrícula Individual DESCONOCIDA, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: ITALIA 45, de la ciudad de CAPITAN BERMUDEZ identificado como: Lote: 17 Manzana:21 Plano N°:30374/62 partida inmobiliaria N° 15-05-00 207206/0259 y cuyo dominio obra inscripto en Tomo 142 Folio 486 N° 90387 Departamento: SAN LORENZO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario, Expediente N°01502-0001528-4, Iniciador: ASTRADA OMAR ALFREDO .
REGION IV – NODO ROSARIO
DEPARTAMENTO SAN LORENZO – LOCALIDAD CAPITAN BERMUDEZ
2. Sr/a: CELULOSA ARGENTINA S.A Matrícula Individual DESCONOCIDA, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: EL CHOCON 324, de la ciudad de CAPITAN BERMUDEZ identificado como: Lote: 5 Manzana: B Plano N° 97649/78 partida inmobiliaria N° 15-05-00 207207/0189 y cuyo dominio obra inscripto en Tomo 60 Folio 88 N° 61078 Departamento: SAN LORENZO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario, Expediente N° 01502-0000604-6, Iniciador: DESIATI IRMA ANGELA.
REGION IV – NODO ROSARIO
DEPARTAMENTO SAN LORENZO – LOCALIDAD CAPITAN BERMUDEZ
3. Sr/a: NELLY ROSA GUEGLIO Y RIVARA DE ERREA, Matrícula Individual 1.350.476, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: GABOTO 344, de la ciudad de CAPITAN BERMUDEZ identificado como: Lote: 34 Manzana: 37 Plano N°: 47696/31 partida inmobiliaria N° 15-05-00-335305/0003-5 y cuyo dominio obra inscripto en Tomo 251C Folio 1932 N° 82278 Departamento: SAN LORENZO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario, Expediente N° 01502-0000596-6, Iniciador: ZAPATA HILARIO.
REGION VI – NODO ROSARIO
DEPARTAMENTO SAN LORENZO - LOCALIDAD CAPITAN BERMUDEZ
4. Sr/a: EDUARDO PECORINI Matrícula Individual LE 6.158.683, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: 13 DE MARZO 384 (ex mocoreta),de la ciudad de CAPITAN BERMUDEZ identificado como: Lote: 30 Manzana: 19 Plano N°:330374/62 partida inmobiliaria N° 15-05-00-207206/0231-8 y cuyo dominio obra inscripto en Tomo 256 Folio 158 N° 102807 Departamento: SAN LORENZO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario, Expediente N° 01502-0000182-3, Iniciador: LOBOS RAUL ANTONIO.
REGION VI – NODO ROSARIO
DEPARTAMENTO SAN LORENZO - LOCALIDAD CAPITAN BERMUDEZ
5. Sr/a: YOLISER SOCIEDAD EN COMANDITA POR ACCIONES Matrícula Individual DESCONOCIDA, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: VILLAGUAY 46,de la ciudad de CAPITAN BERMUDEZ identificado como: Lote: 4 Manzana: 21 Plano N°:30374/62 partida inmobiliaria N° 15-05-00-207206/0262-8 y cuyo dominio obra inscripto en Tomo 151 Folio 284 N° 66021 Departamento: SAN LORENZO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario, Expediente N° 01502-0001629-4, Iniciador: RIVARA HORACIO DANIEL.
REGION IV – NODO ROSARIO
DEPARTAMENTO GRAL LOPEZ – LOCALIDAD VENADO TUERTO
6. Sr/a: ANGEL MUÑOZ Matrícula Individual LE 1.024.093, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: LAVALLE 1648,de la ciudad de VENADO TUERTO identificado como: Lote: 3A Quinta:36 Plano N°: duplicado 1204-C2 partida inmobiliaria N° 17-13-05 358169/0000-1 y cuyo dominio obra inscripto en Tomo 160 Folio 195 N° 86355 Departamento: GRAL LOPEZ, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario, Expediente N° 01502-0001934-9, Iniciador: BUFFON BRUNO.
REGION IV – NODO ROSARIO
DEPARTAMENTO GRAL LOPEZ _ LOCALIDAD VENADO TUERTO
7. Sr/a: BEATRIZ ELENA ITURBIDE, EMMA MARGARITA ITURBIDE, EDUARDO JORGE ITURBIDE Matrículas Individuales DESCONOCIDAS, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: PJE PERU 354,de la ciudad de VENADO TUERTO identificado como: Lote: 6 Manzana: F Plano N°: 64697/71 partida inmobiliaria N° 17-13-00 360056/0146-5 y cuyo dominio obra inscripto en Tomo 212/384 Folio 122/468 N° 84555/317009 Tomo DH Departamento: GRAL LOPEZ, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario, Expediente N° 01502-0003975-6, Iniciador: RIOS GRACIELA ESTER
REGION IV – NODO ROSARIO
DEPARTAMENTO GRAL LOPEZ – LOCALIDAD VENADO TUERTO
8. Sr/a: FORTUNA ZABALA,ANA MARIA WOINAROWSKI,JUAN CARLOS WOINAROWSKI Matrícula Individual DESCONOCIDA, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: BASUALDO 380,de la ciudad de VENADO TUERTO identificado como: Lote: 20 Manzana: A Plano N°:66345/71 partida inmobiliaria N° 17-13-00 360397/0312 y cuyo dominio obra inscripto en Tomo 152/492 Folio 159/178 N° 65256/178635 Tomo TDH Departamento: GRAL LOPEZ, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario, Expediente N° 01502-0003976-7, Iniciador: LUCERO MARIA EVA.
REGION IV – NODO ROSARIO
DEPARTAMENTO ROSARIO – LOCALIDAD FUNES
9. Sr/a: JOSE RODRIGUEZ, JOSE JESUS RODRIGUEZ Matrícula Individual DESCONOCIDA, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: FIGHIERA 1698 BIS,de la ciudad de FUNES identificado como: Lote: 45 Manzana: 4 Plano N°: 51846/67 partida inmobiliaria N° 16-04-00-336673/0087 y cuyo dominio obra inscripto en Tomo 377B Folio 138 N° 177984 Departamento: ROSARIO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario, Expediente N° 01502-0004056-7, Iniciador: CABRERA MARIA DEL CARMEN.
REGION IV - NODO ROSARIO
DEPARTAMENTO SANTA FE LOCALIDAD ROSARIO
10. Sr/a: FUNDACION PRO VIVIENDA POLICIA DE ROSARIO Matrícula Individual DESCONOCIDA, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: PJE 13 DE AGOSTO 674,de la ciudad de ROSARIO identificado como: Lote: 109 Manzana: K Plano N°:112796/83 partida inmobiliaria N° 16-03-05-756018/0084-2 y cuyo dominio obra inscripto en Tomo 325 Folio 228 N° 173706 Departamento: SANTA FE, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario, Expediente N° 01502-0003950-5, Iniciador: GIMENEZ MARIA ALEJANDRA.
REGION VI – NODO ROSARIO
DEPARTAMENTO ROSARIO – LOCALIDAD PEREZ
11. Sr/a: INMOBILIARIA DEL PLATA S.R.L Matrícula Individual DESCONOCIDA, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: EL OMBU 525,de la ciudad de PEREZ identificado como: Lote: 3 Manzana: A Plano N°:45600/66 partida inmobiliaria N° 16-06-00-339565/0338-4 y cuyo dominio obra inscripto en Tomo 298B Folio 1219 N° 84546 Departamento: ROSARIO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario, Expediente N° 01502-0004073-0, Iniciador: ANGELINI STELLA.
S/C. 13381 Jun. 16 Jun. 18
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I.Se.P. ZONA CENTRO NORTE
NOTIFICACION
En relación con el Expediente Nro.: 274/12 R.Z.C.N. - I.Se.P., por medio de estos Edictos publicados en el Boletín Oficial, se Notifica a la Sra. ROCÍO SANTILLAN D.N.I. 33.105.341, referente a su recurso de revocatoria y apelación contra el resultado del examen de ingreso a la Carrera de Auxiliar en Seguridad Ciclo 2012-2013, de lo dispuesto por la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Seguridad, (Expte. 00201-0154238-4), que se deberá correr traslado al apelante por el término de diez días a fin de que exprese agravios y funde su impugnación (Art. 49 del Decreto 10.204/58 con la transcripción del Art. 19 conforme lo normado por el Art. 36 última parte ambos del texto legal aludido). Las actuaciones se encuentran a su disposición en la Oficina de Estudio de la Regencia Zona Centro Norte del Instituto de Seguridad Pública, sita en Ruta Nacional 11, Km. 482 de la ciudad de Recreo (ex Liceo Militar), de 09:00 a 13:00 hs., en días hábiles. Recreo I.Se.P., 08 de Junio de 2015.
S/C 263626 Jun. 16 Jun. 18
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