picture_as_pdf 2008-05-16

REGISTRADA BAJO EL N° 12859

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA

SANCIONA CON FUERZA DE LEY:

ARTICULO 1º- Declárase de interés general y sujeto a expropiación la fracción de terreno delimitada por las calles Risso, Padre Genesio, 1º de Mayo y Pasaje José Ingenieros, que constituyen la manzana Nº 7329 de la ciudad de Santa Fe, inscripto el dominio en el Registro General Santa Fe bajo Nº 15244, anotado en el Tomo 294 P - Folio 015244 - en fecha 09/08/1973, individualizada a los fines del Impuesto Inmobiliario bajo partida Nº 10-11-05-133251/0668.

ARTICULO 2º- El bien inmueble sujeto a expropiación será afectado a espacios verdes de dominio público de la Municipalidad de Santa Fe.

ARTICULO 3º- Las erogaciones provenientes de la aplicación de la presente ley, así como también los gastos que se deriven de la confección del plano de mensura correspondiente, serán financiados con los créditos de las partidas presupuestarias que destine la Municipalidad de Santa Fe.

ARTICULO 4º - Autorízase al Poder Ejecutivo a delegar en la Municipalidad de Santa Fe la acción expropiatoria, autorizándosela a llevarla adelante conforme la Ley Provincial Nº 7534.

ARTICULO 5º- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS DIECISIETE DIAS EL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL OCHO.

Dra. GRISELDA TESSIO

Presidenta

Cámara de Senadores

EDUARDO ALFREDO DI POLLINA

Presidente

Cámara de Diputados

Dr. DIEGO A. GIULIANO

Secretario Legislativo

Cámara de Senadores

Dr. LISANDRO RUDY ENRICO

Secretario Parlamentario

Cámara de Diputados

DECRETO N° 1161

Santa Fe, 5 de Mayo de 2008.

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

VISTO:

La aprobación de la Ley que antecede Nº 12.859 efectuada por la H. Legislatura;

DECRETA:

Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial, publíquese en el BOLETÍN OFICIAL, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.

BINNER

Dr. Antonio Juan Bonfatti

1303

__________________________________________