picture_as_pdf 2015-04-16

CROSS S.R.L.


MODIFICACION DE CONTRATO


Por disposición del Señor Juez del Registro Público de Comercio de la ciudad de Rafaela, Secretaría a cargo de la Dra. Marcela Zanutigh, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 10° inc. a) de la Ley de Sociedades Comerciales Nº 19.550, se hace saber de la modificación social de “CROSS S.R.L.” respecto a la duración establecida, prorrogándose por diez (10) años más la vigencia de la misma, siendo la presente una decisión unánime tomada por la totalidad del capital social, la cláusula tercera del Contrato Social deberá ser reemplazada por la que a continuación se transcribe: “Tercera: El plazo de duración de la sociedad es de treinta años contados a partir de la inscripción en el Registro Público de Comercio. El mismo podrá prorrogarse antes del vencimiento del presente Contrata, por decisión unánime de los socios y por el término que ellos determinen.” Rafaela, 08 de Abril de 2015. Fdo. Marcela H. Zanutigh, secretaria.

$ 45 257960 Ab. 16

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RAMONDA HNOS. S.R.L.


CONTRATO


Por estar así dispuesto en tos autos caratulados “Ramonda Hnos. S.R.L. s/Contrato” Expte. Nº 178 Año 2015 de trámite por ante el Registro Público de Comercio de Santa Fe, se hace saber que el señor Marcos Sebastián Ramonda, DNI Nº 30.693.150, comerciante, argentino, soltero, CUIT Nº 20-30693150-5, con domicilio en Pasaje 2 de Abril 488 de la ciudad de San Carlos Centro, pcia. de Santa Fe, nacido el 10-10-1984; el señor César Damián Ramonda, DNI 26.055.927, comerciante, argentino, casado, CUIT Nº 20-26055927-4, con domicilio en calle Pte. Perón 19 de la ciudad de San Carlos Centro, pcia. de Santa Fe, nacido el 16-09-1977, han resuelto de común acuerdo constituir una Sociedad de Responsabilidad Limitada con sujeción al siguiente: Fecha del Instrumento: 02-02-2015. Denominación: RAMONDA HNOS. S.R.L. Domicilio: Entre Ríos 831 de la ciudad de San Carlos Centro, pcia. de Santa Fe. Duración: 20 años. Objeto: I) Industrial: La fabricación, importación, exportación, comercialización al por mayor y por menor y distribución de: Productos químicos para el bombeo de hormigón elaborado, morteros químicos para la limpieza de tuberías de bombas de hormigón elaborado; fabricación de piezas de caucho, abrazaderas, curvas, codos, bridas, cañerías, reducciones metálicas y productos especiales utilizados en tuberías para bombas de hormigón elaborado; efectuado por cuenta propia, comisión, consignación y/o asociado a terceros. II) Comercial: La compra, venta, consignación y distribución referente a repuestos y productos varios afines a las bombas de hormigón elaborado. III) SERVICIOS: Servicio de Tornería, fresado y soldadura en general. Prensado de mangueras. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para realizar operaciones de importación y/o exportación; adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto. Capital: $ 150.000 representado por 1500 cuotas de $100.-cada una. Administración: a cargo de los señores Marcos Sebastián Ramonda y César Damián Ramonda, quienes asumirán en forma conjunta o indistinta el cargo de Socios Gerentes. Sede Social calle Entre Ríos 831 de la ciudad de San Carlos Centro, pcia. de Santa Fe.

Santa Fe, 07 de Abril de 2015.- Fdo. Jorge E. Freyre, secretario.

$ 66 257993 Ab. 16

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L.K.L. SERVICIOS S.R.L.


DESIGNACION DE AUTORIDADES


Por disposición del Sr. Juez a cargo del Registro Público de Comercio de la ciudad de Rosario, se hace saber lo siguiente: Por acuerdo de fecha 11 de febrero de 2015, los Sres. Cristian Gastón Luna, D.N.I. Nº 22.510.299, Rodolfo Alejandro Calabrese, D.N.I. Nº 18.024.789 y Gustavo Adolfo Ussai, D.N.I. Nº 24.677.078 acuerdan por unanimidad: a) Ratificar la designación como socio gerente de la sociedad del Sr. Cristian Gastón Luna, de nacionalidad argentino, de profesión comerciante, nacido el 22 de febrero de 1972, DNI Nº 22.510.299, CUIT 20-22510299-7, de estado civil soltero con domicilio en calle Fuhr 1367 de la ciudad de Rosario, Depto. Rosario, Pcia. de Santa Fe, quien actuará de acuerdo a lo dispuesto en la cláusula sexta del contrato social. b) Ampliar la designación anterior y designar también como socios-gerentes a Gustavo Adolfo Ussai, de nacionalidad argentina, de profesión comerciante, DNI n° 24.677.078, CUIT Nº 20-24677078-7, de estado civil soltero, con domicilio en calle Dorrego 221 de esta ciudad de Rosario, Depto. Rosario, Pcia. de Sta. Fe y a Rodolfo Alejandro Calabrese, de nacionalidad argentino, de profesión comerciante, DNI n°n 18.024789, CUIT n° 20-18024789-l, casada en primeras nupcias con Carmen Liliana Crisafulli, con domicilio en calle Av. Las Palmeras y Las Gaviotas S/N de la ciudad de Pérez, Dpto. Rosario, Pcia. de Santa Fe, quienes actuarán de acuerdo a lo dispuesto en la cláusula sexta del contrato social. Rosario, 07/04/2015.

$ 67 257946 Ab. 16

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CHAVARINI y CIA. S.R.L.


CESION DE CUOTAS


Por estar así dispuesto en los autos “Chavarini y Cia. S.R.L. s/Cesión de Cuotas, Mod. Art. 4, 2,12,13. Prórroga”, Expte. 1189 Folio 106 año 2014, que se tramitan ante el Registro Público de Comercio del juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 1ra. Nominación de Santa Fe, se hace saber que por instrumento privado de fecha 13/11/2014 ratificado en fecha 10/03/2015 el socio Julio Cesar Chavarini cede a) a favor de Marcelo Fabián Chavarini 1.700 (Mil Setecientas) cuotas sociales de Valor Nominal $1 cada una, del capital social que representan la suma de $ 1.700 (pesos Mil Setecientos): y b) a favor de Leandro Adrián Chavarini, 6800 (Seis Mil Ochocientas) cuotas sociales de Valor Nominal $ 1 cada una, que representan la suma de $ 6.800 (pesos Seis Mil Ochocientos) todas las cuotas representativas del capital social en la sociedad “CHAVARINI y CIA. S.R.L.”, inscripta en el Registro Público de Comercio bajo el Nº 220, Folio 107, del Libro 15 de S.R.L., de fecha 20/06/2001. Asimismo, se decidió la prórroga de la sociedad por un plazo de 60 años desde la inscripción de dicho documento. En consecuencia, se modificaron los artículos 2, 4, 12 y 13 del contrato constitutivo, los que quedaron redactados de la siguiente manera: “Segunda: Se establece al duración de la Sociedad en 60 años contados a partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio. Cuarta: “El capital social se fija en la suma de $ 20.400 (Pesos Veinte Mil cuatrocientos) representado en 20400 cuotas de $ 1 (Pesos Uno) valor nominal cada una, las que son suscriptas e integradas de la siguiente manera: a) El señor Julio cesar Chavarini suscribe 6800 cuotas de valor nominal $ 1.- cada una, lo que hace un total de $ 6800.- (Pesos Seis Mil Ochocientos); b) El señor Marcelo Chavarini suscribe 6800 cuotas de valor nominal $ 1.- cada una, lo que hace un total de $ 6800.- (Pesos Seis Mil Ochocientos); c) El señor Leandro Chavarini suscribe 6800 cuotas de valor nominal $ 1.- cada una, lo que nace un total de $ 6800.- (Pesos Seis Mil Ochocientos). Todas las cuelas se encuentran debidamente integradas”. Decimosegunda: En caso de fallecimiento de un socio, se producirá la resolución parcial de la sociedad. Los herederos del socio fallecido tendrán derecho a una suma de dinero que represente el valor de las cuotas del mismo. El valor de reembolso se establecerá de acuerdo al último balance realizado o que deba realizarse, previo al fallecimiento del socio. Su importe deberá pagarse a dentro del año de acreditado el fallecimiento. Decimotercera: Ningún socio podrá ceder total o parcialmente sus cuotas sociales a terceros extraños a la sociedad sin conformidad expresa de los demás socios. En el supuesto que un socio decida ceder a título gratuito u oneroso todas o parte de sus cuotas sociales, deberá notificar en forma fehaciente a los otros socios el nombre del interesado, y el precio de la cesión, y estos, en igualdad de condiciones, podían ejercer el derecho de preferencia que surge de la presente cláusula. La opción de compra y preferencia deberá, notificarse dentro de los quince días contados a partir de la comunicación a cada uno de los socios por el cedente y la falta de contestación en legal forma implicará la conformidad con la cesión y la caducidad del derecho de preferencia. Si se formalizare la cesión de cuotas entre socios, el cedente deberá transferir las respectivas cuotas sociales a los demás socios en proporción al capital suscripto por cada uno de éstos. Si alguno de los socios no ejerce su derecho de preferencia, los restantes socios tendrán derecho a acrecer en proporción al capital aportado a la sociedad por cada uno sobre la parte que le hubiera correspondido al o los socios renunciantes, dentro de los quince días contados a partir del vencimiento del plazo establecido en el último párrafo del artículo anterior. Si los socios, en forma individual, no ejercicio del derecho de preferencia y la impugnación del precio de las cuotas, las partes nombrar un tasador de común acuerdo que fije el real valor de las mismas, en un plazo de 30 días de notificador el ejercicio del derecho de preferencia y/o la impugnación del precio. Si no existiera acuerdo, se aplicará lo dispuesto en los artículos 154 y concordantes de la ley 19.550 en lo pertinente. Santa Fe, 07 de Abril de 2015. Fdo. Jorge E. Freyre, secretario.

$ 188,10 257959 Ab. 16

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ALFREDO RAPARO Y NELIDA MATEUCCI

SOCIEDAD DE HECHO


REGULARIZACION SOCIAL EN

RAPARO J.A.S. S.A.


Por estar así dispuesto en el Expediente del año 2015, tramitado por ante este Registro Público de Comercio de Venado Tuerto - a cargo de la Señora Jueza Dra. María Celeste

Rosso, y Secretaria Dra. María Julia Petracco, caratulado “RAPARO J.A.S.” S.A.

s/Regularización social de “ALFREDO RAPARO Y NELIDA MATEUCCI” Sociedad de Hecho, se hace saber lo siguiente:


1) Datos personales socios; Alfredo Raparo, D.N.I. Nº 06.106.266, C.U.I.T. Nº 20-06106266-2, argentino, nacido el 28 de marzo de 1930, estado civil casado en primeras nupcias con Nélida Vergagni, de profesión prestador de servicios de laboreo, domiciliado en calle Mitre Nº 871 de la localidad de San Gregorio; y Nélida Nazarena Mateucci, D.N.I. N° 0.902.676, C.U.I.T. N° 27-00902676-8, argentina, nacida el 17 de febrero de 1935, estado civil viuda; de profesión jubilada, domiciliada en calle Italia y San Martín s/N° de la localidad de Diego de Alvear.

2) Fecha del instrumento de regularización: 23/10/2014; y ratificación al acta de regularización social del 16/03/2015.

3) Denominación social: “ RAPARO J.A.S. “ S.A..

4) Domicilio v sede social: Italia N° 280, de Diego de Alvear.

5) Objeto social: La sociedad tendrá por Objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros, en el país o en el exterior, a las siguientes actividades: a) Agropecuarias y De Servicios; la explotación agrícola en todos sus aspectos y modalidades de contratación, la compra y venta de ganados, la cría e Invernada de los mismos, servicios de laboreo, acoplo-, transporte de cargas y toda otra actividad complementaria y afín; b) Importación y Exportación: de acuerdo a las reglamentaciones vigentes, directa o indirectamente, por representantes o en representación de cualquier entidad, de todo tipo de materiales, insumos, maquinarias, equipos, y productos relacionados con las actividades insertas en este artículo. A tales fines la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o este Estatuto.

6) Plazo de duración: 50 años a partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio de Rosario.

7) Capital social: es de $ 500.000.- (pesos quinientos mil), representados por 500.000 acciones ordinarias, nominativas no endosables, de $ 1.- (pesos uno) valor nominal cada una, clase A y de 5 votos por acción.

8) Administración y fiscalización; La administración de la sociedad está a cargo de un Directorio compuesto de un número de miembros que fije la Asamblea entre un mínimo de uno (1) y un máximo de ocho (8), quienes durarán en sus funciones tres (3) ejercicios, pudiendo ser reelegidos. La asamblea debe designar suplentes en igual o menor número que los titulares y por el mismo plazo.

El primer directorio se encuentra compuesto de la siguiente manera:

Director Titular:

Presidente: Sergio Néstor Raparo, argentino, D.N.I. Nº 20.603.552, CUIT N° 20-20603552-9, nacido el 25 de agosto de 1968, estado civil soltero, de profesión empleado, domiciliado en calle Italia y San Martín s/N° de la localidad de Diego de Alvear

Director Suplente; Alfredo Antonio Raparo, argentino, D.N.I. N° 16.267.936, CUIT N° 20-16267936-9, nacido el 22 de enero de 1963, estado civil casado en primeras nupcias con Marisa Belaustegui, de profesión agrimensor, domiciliado en calle Bartolomé Mitre N° 871 de la localidad de San Gregorio.

Se fija además el domicilio especial de los señores Directores en un todo de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 256 in fine de la Ley 19.550, en la misma sede social, sita en calle Italia N° 280, de Diego de Alvear.

La fiscalización queda a cargo de los señores accionistas de acuerdo a las disposiciones del artículo 55 de la Ley 19.550.

9) Representación legal: La representación legal de la sociedad corresponde al Presidente o al Vicepresidente del Directorio, en el caso de designarse un Directorio plural, o a quienes los reemplacen estatutariamente, con uso de la firma social en forma individual e indistinta cualesquiera de ellos.

10) Fecha de cierre del ejercicio: 31 de julio de cada año.

$ 120 258015 Ab. 16

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ESTABLECIMIENTO

DOÑA TERESA S.A.


ESCISION


En fecha 30 de marzo de 2.015, los accionistas de Establecimiento Doña Teresa S.A., con sede social en calle Saguier Nº 86 de la localidad de San Antonio, provincia de Santa Fe, inscripta al Nº 471 Fº 233 del Libro 3º de Estatutos de Sociedades Anónimas en fecha 23-03-1982; y modificado bajo el N° 405 Fº 204 del Libro 7º de Estatutos de Sociedades Anónimas en fecha 07-04-1994; y bajo el Nº 308 Fº 93 y 93 vto. del Libro I de Estatutos de Sociedades Anónimas en fecha 20-06-2000; resuelven la Escisión Parcial de la sociedad, suscribiendo el Acuerdo Previo de Escisión en fecha 30-03-2015. Conforme Art. 88 Inc. 4 se decide la publicación del presente edicto, haciéndose saber que: « La valuación del total de activos asciende a la suma de $ 8.172.014,04; del total pasivos a la suma de $ 4.192.704,53 y patrimonio neto a la suma de $ 3.979.309,51 según balance de fecha 31-12-2014. El cincuenta por ciento (50 %) de Patrimonio se destina a la constitución de una nueva sociedad que girará bajo la denominación DON NERI S.A., con domicilio legal en calle Las Fresias Nº 28 de la ciudad de Rafaela, cuyo patrimonio se conformará: Capital $ 150.000,00.-; Prima de Emisión por Escisión: $ 3.829.309,50.

Se recibirán los reclamos de ley en Bv. Santa Fe Nº 302 - 2º Piso de la ciudad de Rafaela, provincia de Santa Fe, República Argentina, en el horario de 08.00 a 10.00 horas y de 15.00 a 17.00 horas, por el plazo de 15 días a partir de la última publicación.

$ 135 257991 Ab. 16

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INSTITUTO DE SALUD MENTAL DE LOS ARROYOS S.R.L.


DESIGNACION DE GERENTE


En cumplimiento de lo dispuesto por el Art. 10 de la ley 19.550, se hace saber que se ha designado gerente de INSTITUTO DE SALUD MENTAL DE LOS ARROYOS S.R.L. al Sr. Ariel Colombo, DNI 22.194.282, con domicilio real en San José 162 de la ciudad de San Nicolás, Provincia de Buenos Aires, argentino, nacido en fecha 10.04.1972 y casado en primeras nupcias con María Gritti.

$ 45 258003 Ab. 16

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MADERO CONSTRUCCIONES S.R.L.


CONTRATO


Por designación del Juez a cargo del Registro Público de Comercio de Rosario, se hace saber la siguiente publicación de constitución de la sociedad MADERO CONSTRUCCIONES S.R.L.

Socios: Sr. Carlos Luis Siri de 57 años de edad, argentino, ocupación comerciante, domiciliado en Av. Alberdi 225 bis, Rosario, Provincia de Santa Fe, D.N.I 12788864, CUIT 20-12788864-8, nacido el 11 de Mayo de 1957, estado civil casado en primera nupcias con Martha Graciela Medinilla, D.N.I. 13643310, CUIT 27-13643310-0, nacida el 25 de Septiembre de 1957 en Pergamino, Provincia de Buenos Aires, de profesión Arquitecta; Sr Eugenio Siri, de 28 años de edad, argentino, de profesión Arquitecto, Domiciliado en Av. Alberdi 225 bis, Rosario, Provincia de Santa Fe, DNI. 32128933, CUIT 23-32128933-9, nacido el 08 de Febrero de 1986, estado civil soltero; Sra. Constanza Siri, de 27 años de edad, argentina, de profesión Contadora Publica, Domiciliada en Av. Alberdi 225 bis, Rosario, Provincia de Santa Fe, D.N.I. 33213758, CUIT 27-33213758-7, nacido el 22 de Septiembre de 1987, estado civil soltera; Sr Guido Siri, de 25 años de edad, argentino, de profesión Licenciado en Economía, Domiciliado en Av. Alberdi 225 bis, Rosario, Provincia de Santa Fe, D.N.I. 35.130.532, CUIT 20-35130532-1, nacido el 30 de Diciembre de 1989, estado civil soltero.

Organo de Administración y Fiscalización: La administración, representación legal y uso de la firma social estará a cargo de dos socios gerentes Sr. Carlos Luis Sin y Sra. Constanza Siri, actuando en forma indistinta cualquiera de ellos. La fiscalización de la sociedad estará a cargo de todos los socios conforme las estipulaciones del artículo 159 de la Ley de Sociedades Comerciales.

Representación Legal: Sr. Carlos Luis Siri de 57 años de edad, argentino, ocupación comerciante, domiciliado en Av. Alberdi 225 bis. Rosario, Provincia de Santa Fe, D.N.I. 12788864, CUIT 20-12788864-8, nacido el 11 de Mayo de 1957, estado civil casado en primera nupcias con Martha Graciela Medinilla, D.N.I. 13643310, CUIT 27-13643310-0, nacida el 25 de Septiembre de 1957 en Pergamino, Provincia de Buenos Aires, de profesión Arquitecta y Sra. Constanza Siri, de 27 años de edad, argentina, de profesión Contadora Pública, Domiciliada en Av. Alberdi 225 bis, Rosario, Provincia de Santa Fe, D.N.I. 33213758, CUIT 27-33213758-7, nacido el 22 de Septiembre de 1987, estado civil soltera Rosario, 10 de Abril de 2015.

$ 80 257981 Ab. 16

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PLUS MULTIMEDIOS S.A.


ESTATUTO


El Sr. Juez en Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Ciudad de Rosario, Pcia. de Santa Fe, a cargo del Registro Público de Comercio, hace saber de acuerdo a los dispuesto en el articulo 10° de la ley 19.550, que los Sres. Roberto Antonio Vignati, titular del Documento Nacional de Identidad N° 27.022.298, de nacionalidad argentino, nacido el 28/03/1979, de profesión empresario, soltero, domiciliado en calle Independencia n° 381 de la Localidad de Arteaga, Provincia de Santa Fe; María Isabel Vignati, titular del Documento Nacional de Identidad Nº 27.864.669, de nacionalidad argentina, nacida en fecha 09/09/1980, de profesión comerciante, con domicilio real en Independencia nº 381 de la Localidad de Arteaga, Santa Fe, soltera, y María Eugenia Vignati, de nacionalidad argentina, nacida en fecha 22/01/1985, titular del Documento” Nacional de Identidad Nº 31.196.153, de profesión Abogada, domiciliada en calle Luis Candido Carballo N° 230 Edificio 7 Piso 8 D de la ciudad de Rosario, Santa Fe, de estado civil soltera, hábiles para contratar, han resuelto constituir la sociedad “PLUS MULTIMEDIOS SOCIEDAD ANONIMA”.

Fecha Instrumento de Constitución: 17 de Octubre de 2.014.-

Domicilio Social: Rosario, Santa Fe. Sede social: Av. Madres de Plaza de Mayo Nº 3020 P. 7 Of. 5 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.

$ 57 257988 Abr. 16

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TRADING SUR S.A.


DESIGNACION DE AUTORIDADES


Se hace saber que la totalidad de accionistas de la firma TRADING SUR S.A. por acta de Asamblea General Ordinaria N° 19 de la fecha 23/10/2014, a raíz de la renuncia del presidente José Horacio Salbia, se procede al reemplazo de autoridades y en Acta de Directorio del 23/10/2014 se distribuyeron y se aceptaron los cargos, quedando el directorio compuesto de la siguiente manera: Presidente : Raúl Javier Bringas. Vicepresidente: Diego González de la Vega. Director Suplente: Débora Natasha Bringas. Los miembros del directorio constituyen domicilio especial art. 256 Ley 19.550 en la sede social ubicada en la calle Santa Fe 1183 Piso 9 of. 1 de Rosario.

$ 45 258037 Abr. 16

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LA REINA S.A.


DESIGNACION DE AUTORIDADES


El señor Juez de 1ra. Instancia en los autos Civil y Comercial de la ciudad de Rosario, Pcia. de Santa Fe, a cargo del Registro Público de Comercio, hace saber que con fecha 16 de Diciembre de 2011, en Asamblea General Ordinaria, los accionistas de LA REINA S.A., han resuelto la siguiente integración del Directorio Presidente: Carlos Rubén Solans, L.E. 6.048.830, CUIT 20-06048830-5 con domicilio en calle Dorrego 2056 de Rosario. Vicepresidente: Jorge Mario Garfinkel, DNI. 13.509.327, CUIT 20-13509327-1, con domicilio en Presidente Roca N° 916 - Piso 9, de Rosario.

$ 45 258023 Abr. 16

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CONSTRUCCIONES MIRASOLES S.A.


CAMBIO DE DOMICILIO


Se hace saber que en fecha 30/04/2013 se resolvió por Asamblea Extraordinaria trasladar la jurisdicción y sede social desde Rosario a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, reformando el Artículo Primero del Estatuto Social, de lo cual tomó razón la Inspección General de Justicia el 10/02/2015, bajo el N° 2196 del Libro 72 de Sociedades por Acciones, procediéndose a la cancelación de la inscripción registral de la sociedad ante el Registro Público de Comercio de Rosario, (publicar por un día).

$ 45 257971 Abr. 16

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PARANA METAL S.A.


AUMENTO DE CAPITAL, REFORMA

ESTATUTO SOCIAL Y NUEVO DIRECTORIO


Por disposición del Sr. Juez a cargo del Registro Público de Comercio de Rosario, se informa que por Asamblea General Extraordinaria de fecha 20/03/2014:

1) Ratificar los aumentos de capital social dispuestos por las Asambleas Generales Extraordinarias de fechas 01/11/2011, 02/11/2011, 17/12/2012 y 29/06/2013, elevándolo a la suma $ 174.015.116. El incremento de $ 167.880.076, se encuentra totalmente integrado.

2) Modificar el texto de los artículos cuarto, sexto, noveno, décimo, décimo primero y décimo tercero del estatuto social, los que quedan redactados del siguiente modo:

Capital: Artículo 4º: Capital Social. El Capital Social es de pesos ciento setenta y cuatro millones quince mil ciento dieciséis pesos ($ 174.015.116), representado por ciento setenta y cuatro millones quince mil ciento dieciséis (174.015.116) acciones ordinarias, nominativas, no-endosables, de $ 1 (un peso) de valor nominal cada una.

Artículo 6º: Las acciones serán de Clase “A”, Clase “B” y Clase “C”, y su poder de votos será: las de Clase “A”y”B”de UN (l)voto por acción mientras que las de Clase “C” serán de Dos (2) votos por acción. El capital puede ser aumentado por decisión de la asamblea ordinaria hasta el quintuplo de su monto, conforme lo determina el articulo 188 de la Ley N° 19.550. Las acciones emitidas por la sociedad conferirán a sus poseedores derecho de preferencia y de acrecer en los términos y con las excepciones de los artículos 194,197 y concordantes de la ley 19.550.

Administración y Representación: Artículo 9º; La administración de la sociedad está a cargo de un Directorio integrado por el número de miembros que determine la asamblea, entre un mínimo de uno (1) y un máximo de seis (6), los cuales podrán o no ser accionistas de la sociedad, y sus funciones durarán tres (3) ejercicios sociales.

Mientras la Sociedad se encuentre encuadrará en el régimen de Fiscalización estatal permanente el directorio se integrará por lo menos con tres directores. La asamblea puede designar suplentes en igual o menor número que los titulares y por el mismo plazo, con el fin de llenar las vacantes que se produjeren, en el orden de su elección. En su primera reunión, el Directorio designará un Presidente y un Vicepresidente, quien reemplazará al primero en caso de ausencia o impedimento. El Directorio deberá reunirse al menos una vez cada tres meses. Las reuniones del Directorio serán convocadas por el Presidente, o por el Vicepresidente en ausencia de éste, y sesionará válidamente con la mayoría absoluta de sus miembros y resuelve por mayoría de votos presentes. En caso de empate el Presidente debe volver a votar para desempatar. La Asamblea fija la remuneración del Directorio. Los Directores podrán desempeñar comisiones o funciones técnico-administrativas rentados, especiales o permanentes. En tal caso, el pago de las remuneraciones en exceso de lo dispuesto por la normativa vigente que deban percibir por tales funciones los Directores deberá ser tratado como uno de los puntos del Orden del Día y aprobada por la Asamblea de Accionistas. En garantía de sus gestiones, cada uno de los directores titulares depositarán en entidades financieras o cajas de valores a la orden de la sociedad, bonos, títulos públicos o sumas de moneda nacional o extranjera; o fianzas o avales bancarios o seguros de caución o de responsabilidad civil, a favor de la sociedad, cuyo valor no podrá ser inferior a la suma de diez mil pesos ($ 10.000) y/o el que fije la Autoridad de contralor. El Directorio tiene todas las facultades para administrar y disponer de los bienes, incluso aquellos para los cuales la Ley requiere especiales poderes conforme al artículo 1881 del Código Civil y el Art. 9 del Decreto Ley 5965/63, salvo para el caso de disponibilidad y/o afectación de derechos reales sobre bienes inmuebles, que deberá ser resuelto por una Asamblea Extraordinaria convocada al efecto. Puede en consecuencia celebrar en nombre de la sociedad toda clase de actos jurídicos que tiendan al cumplimiento del objeto social, entre ellos: operar con todas las instituciones de Créditos Oficiales y/o Privadas, existentes o a crearse, operar con todos los Organismos Públicos y/o Privados, tanto Nacionales como Internacionales referidos a la comercialización de lo previsto en su objeto social, entre ellos. Administración Federal de Ingresos Públicos, Dirección General de Aduanas, Ministerio de Economía de la Nación, en todas sus Reparticiones y Secciones, Ministerio de Economía de todas las Provincias en todas sus Reparticiones y Secciones; con todos los Organismos tanto Nacionales, Internacionales, Comunitarios o Regionales relacionados con los Mercados y Pactos creados o a crearse, tales como Mercosur, Pacto Andino, Aladi, y/o acuerdos o uniones binacionales, plurinacionales o comunitarios.; intervenir en licitaciones y/o concurso de precios públicos y/o privados; tomar o mantener participaciones en otra u otras sociedades en la medida que lo autorice la normativa vigente; podrá concretar operaciones de Joint Venturos, conformar Uniones Transitorias de Empresas, o Grupos de Colaboración Empresaria, otorgar y tomar leasing, así como importar y exportar todo lo necesario para el cumplimiento del objeto social. Se entiende qué este detalle no es limitativo sino simplemente enunciativo, pudiendo por ende actuar frente a todo organismo de cualquier orden o naturaleza que sea necesario para cumplimentar su objeto social, así como establecer agencias, sucursales u otra especie de representaciones, dentro o fuera del país. La representación social y el uso de la firma social estará a cargo del Presidente del Directorio, pudiendo el Directorio designar apoderados generales o especiales, sean miembros del Directorio o no, a quien conferirán facultades para firmar en forma individual o conjunta. El Presidente o el Vicepresidente en su caso, actuando en representación de la sociedad, obligan á ésta por todos los actos que no sean notoriamente extraños al objeto social, con el alcance y excepciones estipulados en el artículo 58 de la ley 19.550. Los actos notoriamente extraños al objeto social solo podrán efectuarse por resolución unánime del Directorio y, en su defecto, por autorización de una Asamblea General Extraordinaria de Accionistas convocada al efecto.

Fiscalización: Artículo 10°: La fiscalización de la sociedad estará a cargo de una sindicatura unipersonal o de una Comisión Fiscalizadora integrada por tres (3) síndicos titulares, según lo resuelva la Asamblea en cada oportunidad. Los síndicos durarán tres (3) ejercicios en sus funciones, debiendo elegir la Asamblea igual número de suplentes y por el mismo término. En su caso, la Comisión Fiscalizadora se reunirá cuando cualquiera de sus integrantes lo requiera y por lo menos una vez al año. Sesionará válidamente con la presencia de dos de susintegrantes y resolverá por mayoría de votos presentes, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 290 “in fine” de la Ley N° 19.550. La Comisión Fiscalizadora llevará un libro de actas. Al designar los suplentes de la Comisión Fiscalizadora, la Asamblea podrá optar entre (i) dejar establecido a qué síndico titular reemplaza cada suplente y (ii) establecer un orden de elección que, en primer término, será el de la cantidad de votos obtenidos por cada uno. En este caso asumirán funciones en el orden de su designación. El suplente se puede incorporar a las reuniones de la Comisión, en su caso, y del Directorio ante la mera ausencia de un sindico titular y, en su caso, en ausencia de los demás suplentes que lo preceden, en la cantidad de votos o en el orden de elección, si los hubiere, sin necesidad de autorización ni decisión del órgano. La actuación del síndico suplente se extenderá hasta que reasuma el titular al que reemplazó y, en caso de ausencia definitiva, hasta la próxima asamblea ordinaria en la que corresponda elegir síndico.

Asambleas: Artículo 11º: Asambleas: Las Asambleas de accionistas llamadas a considerar los asuntos establecidos en los artículos 234, 235 y 250 de la Ley Nº 19.550 podrán ser citadas simultáneamente en primera y segunda convocatoria en la forma establecida para la primera por el artículo 237 de la Ley Nº 19.550/sin perjuicio de lo allí dispuesto para el caso de asamblea unánime. Presidirá las Asambleas el presidente o vicepresidente del Directorio o en su defecto la persona que designe la Asamblea.

Representación de accionistas: Los accionistas pueden hacerse representar en las Asambleas, otorgando el mandato respectivo en instrumento privado con firma certificada en forma judicial, notarial o bancaria. Sin perjuicio de ello, la Asamblea de accionistas podrá admitir cualquier otra forma de mandato. Quórum y mayorías: Para el funcionamiento de las asambleas rigen el quórum y mayorías determinados por los artículos 243 y 244 de la Ley Nº 19.550, según la clase de asamblea, convocatoria y materia de que se trate

Liquidación: Artículo 13º: La liquidación de la sociedad será realizada por el Directorio, o por Cuatro (4) liquidadores designados por la Asamblea, en la misma proporción por los tenedores de acciones que se establece para la elección de Directores; bajo la vigilancia del Síndico. Cancelado el Pasivo y reembolsado el Capital, el remanente se distribuirá entre los accionistas conforme a sus integraciones.

3) Aprobar un texto ordenado del Estatuto Social

4) Fijar en tres el número de Directores Titulares y en uno el número de Directores suplente, designándose para ello a los señores: Directores Titulares: Carlos Fabián De Sousa, DNI: 18.533.636, CUIT 20-18533636-1, nacido el 7 de diciembre de 1967, divorciado, argentino, Contador Público, domiciliado en Montevideo 1787 P 7°, Comodoro Rivadavía, Pcia. de Chubut; Boleslaw Jerzy Miakota, D.N.I. 93.995.625, CUIT 24-93995625-1, nacido el 20/04/1953, casado, polaco, ingeniero, domiciliado en calle Mitre 116, San Antonio Oeste, Pcia. de Rio Negro; y Alfredo Rivarola Pena, D.N.I. 28.272.307, CUIT: 20-28272307-8, nacido el 15 de agosto de 1980, casado, argentino, Contador Público, domiciliado en José Bonifacio 1748 piso 1 “B”, Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Director Suplente: Cristóbal Nazareno López, D.N.I. 30.936.871, 20-30936871-2, soltero, argentino, empresario, domiciliado en Av. Roque Sáenz Peña 971, P° 8, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Todos constituyen domicilio especial en los términos del Art. 256 de la Ley de Sociedades en la Av. Córdoba 657, Piso 7 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

5) Designar como Síndico Titular al Sr. Alejandro Osvaldo Rodríguez, D.N.I. 11.486.779, CUIT 23-11486779-9, argentino, abogado, casado, nacido el 09/06/1955, con domicilio en Pedro Vargas Nº 632, Mendoza; y como Síndico Suplente a José Matías Tominc, D.N.I. 24.618.899, D.N.I. 20-24618899-9, argentino, Contador Público, soltero, nacido el 26/09/1975, domiciliado en Gorostiaga Nº 1771, Casa 36, Ituzaingó, Pcia. de Buenos Aires.

Finalmente, se informa que el Directorio en reunión del 20/03/2014 distribuyó los cargos del siguiente modo: Presidente: Carlos Fabián De Sousa; Vicepresidente: Boleslaw Jerzy Miakota, Director Titular: Alfredo Rivarola Pena; Director Suplente: Cristóbal Nazareno López.

$ 295 257985 Ab. 16

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