MINISTERIO DE INNOVACIÓN
Y CULTURA
RESOLUCIÓN Nº 124.-
SANTA FE, “Cuna de la Constitución
Nacional”, 10 de abril de 2015.-
VISTO :
El Expediente Nº 01201-0007466-1, en cuyas actuaciones se dictó la Resolución Nº 088 del 16 de marzo de 2015 mediante la cual se convoca a concurso abierto para cubrir cinco cargos vacantes en la Orquesta Sinfónica Provincial de Santa Fe; y
CONSIDERANDO:
Que la Asociación de Trabajadores del Estado solicita la inclusión de un jurado como miembro suplente en lugar del señor Pablo López, lo que se estima procedente;
Que igualmente la Dirección Provincial de Organismos Estables solicita la inclusión de una obra para el concurso de 3er. Flauta - flautín, que no fuera contemplada por omisión involuntaria, así como algunas aclaraciones en lo que respecta a los números de orden de obras y pasajes en la Guía de Evaluación Técnica;
Que en virtud de ello se considerra igualmente pertinente extender el plazo de inscripción para esos instrumentos;
Que, además, se hace necesario rectificar el cuadro correspondiente a la guía de evaluación técnica para suplente solista timbal que se consigna en el Anexo I del mencionado instrumento legal;
Que el presente instrumento legal reviste el carácter de ordenatorio, ya que aún las etapas de evaluación de antecedentes y técnicas distan en el tiempo para su comienzo y para permitir la mejor preparación de los eventuales concursantes;
Atento a ello;
LA MINISTRA DE INNOVACIÓN
Y CULTURA
Resuelve :
ARTÍCULO 1º) Modificar, en la Resolución Nº 088/15, las Obras impuestas con acompañamiento de piano de 3º Flauta – Flautín – Categoría 5 – en la Etapa 1-Evaluación Técnica – 1º Instancia, estableciendo que las que corresponden son las siguientes:
W.A. Mozart : Concierto para Flauta en Sol Mayor K313 (1º y 2do. Movimiento)
A. Vivaldi: Concierto para Flautín en Do Mayor RV 443 (1º y 2do. Movimiento)
ARTÍCULO 2º) Extender el plazo de inscripción para los instrumentos flauta y flautín hasta el día 23 de abril inclusive.
ARTÍCULO 3º) En la Guía para la Evaluación Técnica – Suplente Solista Timbal: establecer que el cuadro correcto es el siguiente:
CARGO INSTANCIA PUNTAJE
MÁXIMO
Obra Impuesta 15%
Suplente Solista
de Timbal
Individuales 15%
Pasajes
Orquestales 85%
En la Orquesta 70%
En lo relativo a las características de la evaluación técnica, 1º instancia, el quinto párrafo de la hoja 2 quedará redactado de la siguiente manera:
“La 1ª instancia será eliminatoria si los postulantes no alcanzan el 70% del puntaje máximo factible de obtener determinado para la misma, con excepción de los concursos para los instrumentos de percusión”(Artículo 14º del Decreto Nº 516/10.-)
ARTÍCULO 4º) Dejar sin efecto la designación del señor Pablo López, Suplente de Concertino de la Orquesta Sinfónica de Córdoba, miembro suplente de los jurados correspondientes a los concursos de los instrumentos clarinete, flauta-flautín, corno y timbales y designar en su lugar, al señor Raúl Vallejos, Concertino Solista de la Orquesta Sinfónica Provincial de Santa Fe.
ARTÍCULO 5º) Hágase saber y archívese.-
María de los Ángeles González
Ministra de Innovación y Cultura
S/C. 13020 Ab. 16 Ab. 20
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MINISTERIO DE ECONOMIA
NOTIFICACION
DECRETO N° 5301— 30 DE DICIEMBRE DE 2014 - VISTO: El expediente N° 13301-0137027-8 del registro del Sistema de Información de Expedientes, donde obran las actuaciones en las que SANTIAGO RAUL PIROLA, con patrocinio letrado, interpone recurso de Apelación en subsidio contra la Resolución Nº 472/11- Ind. de la Administración Provincial de Impuestos que le denegó el recurso de Reconsideración previamente incoado; y CONSIDERANDO: ... ; POR ELLO EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA: ARTICULO 1°: Recházase el recurso de Apelación interpuesto por el señor SANTIAGO RAUL PIROLA (C.U.I.T. N° 20-06243280-3), con patrocinio letrado, con domicilio real en calle Marcial Candioti N° 3619 y con domicilio legal constituido en calle Obispo Gelabert N° 1673, ambos de la ciudad de Santo Tomé - Provincia de Santa Fe, contra la Resolución Nº 472/11- Ind. de la Administración Provincial de Impuestos, por las razones vertidas en los considerandos precedentes. ARTICULO 2°: Regístrese, comuníquese y archívese. Firmado: Dr. ANTONIO JUAN BONFATTI - C.P. ANGEL JOSE SCIARA.
Nota: Hágase saber que mediante el acto administrativo notificado se ha agotado la vía administrativa, asistiéndole el derecho de interponer el recurso contencioso administrativo previsto en la Ley N° 11.330 ante la Cámara en lo Contencioso Administrativo que corresponda, dentro de los treinta (30) días hábiles judiciales desde la presente notificación, de acuerdo a lo previsto en el artículo 9° de la citada Ley Nº 11.330.
s/c 13011 Ab. 16
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EMPRESA PROVINCIAL
DE LA ENERGIA
CONCURSO PUBLICO DE PRECIO
Nº 10044
Objeto: Contratación del servido de reparación de Chapa y Pintura en Móvil interno Nº 2061, Camión DC con grúa M. Benz 914 mod. 1998.
Apertura de Propuestas: día 04/05/15 Hora: 10,00
CONCURSO PUBLICO DE PRECIO
Nº 10045
Objeto: Contratación en alquiler de un vehículo tipo Pick Up doble cabina, modelo 2005 en adelante; por 1800 horas, para el servicio en sector Guardia Reclamos en Comuna de Sauce Viejo y alrededores dentro de un radio de 50 Kms.
Apertura de Propuestas: día 04/05/15 Hora: 10,30
Consultas Técnicas a: Movilidad y Transporte EPE - Tacuari 6151 - Santa Fe
Entrega de Pliego e Informes: Empresa Provincial de la Energía
Primera Junta 2558- 1er. Piso Of. 4
Santa Fe - Tel. 0342-4505849
S/C 13019 Ab. 16 Ab. 20
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CAJA DE ASISTENCIA SOCIAL
RESOLUCION DE DIRECCION GENERAL Nº 057
Ref.: APROBANDO LA PROGRAMACION DE CONCURSOS DEL JUEGO DEL “QUINI-6” PARA EL MES DE MAYO DE 2015.-
VISTO:
Las actuaciones obrantes en el Expte. N° 00302-0123766-6 del Sistema de Información de Expedientes, y;
CONSIDERANDO:
Que por las mismas el Departamento Quini-6 eleva para su aprobación la Programación de Concursos del mes de Mayo de 2015.
Que dicha Programación se ajusta a pautas de comercialización oportunamente establecidas.
Que la misma prevé la realización de los Concursos de QUINI-6 en sus modalidades “TRADICIONAL”, “REVANCHA” y “SIEMPRE SALE” Nros. 2250, 2251, 2252, 2253, 2254, 2255, 2256, 2257 y 2258 sortearse los días 03, 06, 10, 13, 17, 20, 24, 27 y 31 de MAYO de 2015, a las 21,15 horas.
Que el precio de venta al público de cada apuesta del “QUINI-6 TRADICIONAL” para todos los Concursos del mes de MAYO de 2015, se ha establecido en PESOS ONCE ($ 11.-), mientras que los adicionales optativos para participar con la misma apuesta en el “QUINI-6 REVANCHA” en PESOS CINCO ($ 5.-) y en el “QUINI-6 SIEMPRE SALE” se fija en PESOS CUATRO ($ 4.-).
Que se estima importante establecer la condición que el Primer Premio de las modalidades Quini-6 Tradicional (Primer Sorteo y La Segunda del Quini) otorgarán como mínimo un premio de Pesos Siete millones ($ 7.000.000.-) cada uno, mientras el Quini-6 (Revancha) otorgará como mínimo un Primer Premio de Pesos Seis millones ($ 6.000.000.-), cuando se registren ganadores con seis (6) aciertos, caso contrario, el Pozo para Premios seguirá la acumulación de acuerdo a los porcentajes correspondientes a la recaudación por venta de apuestas. El Premio Estímulo Agenciero seguirá el mismo tratamiento que el primer premio. La suma necesaria para alcanzar el monto mínimo para premios, será tomada del Fondo de Reserva para Premios Especiales del Quini-6.
Que se considera conveniente seguir otorgando en todos los concursos del mes de MAYO de 2015, un PREMIO EXTRA cuyo importe ascienda a la suma de Pesos Tres Millones ($ 3.000.000.-) de acuerdo a lo previsto en el artículo 30º del Reglamento del Juego.
Que en lo que respecta a la modalidad “BRINCO” se prevé la realización de los concursos Nros. 790, 791, 792, 793 y 794 cuyos sorteos se realizarán los días 03, 10, 17, 24 y 31 de MAYO de 2015 a las 21,00 horas.
Que el precio de venta al público de cada apuesta será de Pesos Diez ($ 10).
Que a fin de mantener el interés de los apostadores en esta modalidad, se estima conveniente asegurar como mínimo la suma de Pesos Cuatro millones ($ 4.000.000.-) para el Primer Premio, en el caso de registrarse ganador o ganadores con seis (6) aciertos, caso contrario, el Pozo para Premios seguirá la acumulación de acuerdo a los porcentajes correspondientes por venta de apuestas. Igual tratamiento seguirá el Premio Estímulo Agenciero. La suma necesaria para alcanzar el monto mínimo para premios, será tomada del Fondo de Reserva para Premios Especiales del Quini-6.
Que además, en esta modalidad denominada BRINCO se ha dispuesto otorgar en cada concurso del mes de MAYO de 2015, DIEZ (10) PREMIOS ADICIONALES ESPECIALES, que serán asignados mediante un sorteo electrónico a realizarse a continuación del sorteo habitual, en el que participarán todos aquellos tickets del respectivo concurso.
Que cada Premio Adicional Especial será de PESOS VEINTICUATRO MIL ($ 24.000.-), los que serán abonados a los ganadores en doce (12) cuotas mensuales y consecutivas de PESOS DOS MIL ($ 2.000.-) cada una, libre de los gravámenes establecidos por las Leyes Nros. 20.630, 23.351 y 24.800.
Que los fondos necesarios para el pago de los cincuenta (50) premios mencionados anteriormente, más los importes que correspondan a los gravámenes antes referidos, serán tomados del Fondo de Reserva para Premios Especiales del Quini-6.
Que la partida presupuestaria correspondiente cuenta con saldo suficiente para hacer frente a los premios establecidos en esta programación.
Por ello y atento a lo dispuesto por la Ley N° 8269 y modificatorias, como así también la Resolución de Vicepresidencia Ejecutiva ?134/2001 y sus modificatorias Nros. 045/2003 y 350/2005 aprobatoria del Reglamento del juego;
EL DIRECTOR GENERAL DE LA CAJA DE ASISTENCIA SOCIAL
RESUELVE:
ARTICULO 1°.- Aprobar la Programación de Concursos de “QUINI-6” en sus modalidades “TRADICIONAL”, “REVANCHA” y “SIEMPRE SALE” correspondiente al mes de MAYO de 2015, la que como ANEXO I forma parte integrante de la presente y que prevé la realización de los Concursos Nros. 2250, 2251, 2252, 2253, 2254, 2255, 2256, 2257 y 2258 a sortearse los días 03, 06, 10, 13, 17, 20, 24, 27 y 31 de MAYO de 2015, a las 21,15 horas.
ARTICULO 2°.- Establecer el precio de venta al público de cada apuesta para los Concursos cuya realización se aprueba en el artículo 1° en PESOS ONCE ($ 11.-) para participar del “QUINI-6 TRADICIONAL”, mientras que los adicionales para participar con la misma apuesta en el “QUINI-6 REVANCHA” en PESOS CINCO ($ 5.-) y en el “QUINI-6 SIEMPRE SALE” se fija en PESOS CUATRO ($ 4.-).
ARTICULO 3°.- Otorgar un PREMIO EXTRA de PESOS TRES MILLONES ($ 3.000.000.-) en cada uno de los concursos de QUINI-6 aprobados en el artículo 1° de la presente, de acuerdo a lo previsto en el artículo 30° del Reglamento del Juego.
ARTICULO 4°.-Asegurar en todos los concursos del mes de MAYO de 2015, como mínimo Pesos Siete Millones ($ 7.000.000.-) para el Primer Premio de las modalidades Quini-6 Tradicional (Primer Sorteo y La Segunda del Quini) y Pesos Seis Millones ($ 6.000.000.-) para el Primer Premio del Quini-6 Revancha, sólo en caso de registrarse ganador o ganadores con seis (6) aciertos, caso contrario, el Pozo para Premios seguirá la acumulación de acuerdo a los porcentajes de Recaudación por venta de apuestas. El Premio Estímulo Agenciero seguirá el mismo tratamiento en cuanto al aseguramiento de Pozo para Premios.
ARTICULO 5°.- Aprobar la Programación de Concursos de la modalidad “BRINCO”, la que como ANEXO II forma parte integrante de la presente y que prevé la realización de los Concursos Nros. 790, 791, 792, 793 y 794 a sortearse los días 03, 10, 17, 24 y 31 de MAYO de 2015 a las 21,00 horas.
ARTICULO 6°.- Establecer el precio de venta al público de cada apuesta para los concursos cuya realización se aprueba en el artículo anterior en PESOS DIEZ ($ 10.-).
ARTICULO 7°.- Asegurar en todos los concursos de BRINCO, como mínimo la suma de Pesos Cuatro Millones ($ 4.000.000.-), sólo en el caso de registrarse ganador o ganadores con seis (6) aciertos, caso contrario, el Pozo para Premios seguirá la acumulación correspondiente a los porcentajes establecidos por venta de apuestas. El Premio Estímulo Agenciero seguirá el mismo tratamiento en cuanto al aseguramiento del Pozo para Premios.
ARTICULO 8°.- Otorgar en cada Concurso de BRINCO del mes de MAYO de 2015, DIEZ (10) PREMIOS ADICIONALES ESPECIALES, que serán asignados mediante un sorteo electrónico a realizarse a continuación del sorteo habitual y en el que participarán todos los tickets de apuestas del respectivo concurso.
ARTICULO 9°.- Cada Premio Adicional Especial será de PESOS VEINTICUATRO MIL ($ 24.000.-), los que serán abonados a los ganadores en doce (12) cuotas mensuales y consecutivas de PESOS DOS MIL ($ 2.000.-) cada una, libre de los gravámenes establecidos por las Leyes Nros. 20.630, 23,351 y 24.800.
ARTICULO 10°.- La suma necesaria para alcanzar el mínimo para premios establecido en los artículos 4° y 7°, como los importes destinados para premios más Gravámenes a que refieren los artículos 8° y 9°, serán tomados del Fondo de Reserva para Premios Especiales del Quini-6.
ARTICULO 11°.- El gasto que demande la presente gestión deberá imputarse al Carácter 2 - Organismos Descentralizados, Jurisdicción 36 - Ministerio de Economía, institución 353 - Caja de Asistencia Social - Lotería, Programa 16, Actividad 04 - Art. 3° Ley Nacional 25917 - Ley Provincial N° 12.402, Fuente de Financiamiento 214, Finalidad 04, Función 07, Inciso 8 - Otros Gastos, Partida Principal 04 - Otras Pérdidas, Partida Parcial 06 - Pérdidas de Operación.
ARTICULO 12°.- Regístrese, comuníquese y archívese.
SANTA FE, 08 de Abril de 2015.-
ANEXO I
PROGRAMACION DE LAS MODALIDADES DE “QUINI-6” “TRADICIONAL” “REVANCHA” Y “SIEMPRE SALE”
MES: MAYO DE 2015
CONCURSO FECHA DE FECHA DE PRECIO DE APUESTAS
NUMERO SORTEO PRECRIP. TRADIC. CON CON S.
REVANCHA SALE
2250 03/05/15 18/05/15 $ 11 $ 16,00 $ 20,00
2251 06/05/15 21/05/15 $ 11 $ 16,00 $ 20,00
2252 10/05/15 26/05/15 $ 11 $ 16,00 $ 20,00
2253 13/05/15 28/05/15 $ 11 $ 16,00 $ 20,00
2254 17/05/15 01/06/15 $ 11 $ 16,00 $ 20,00
2255 20/05/15 04/06/15 $ 11 $ 16,00 $ 20,00
2256 24/05/15 08/06/15 $ 11 $ 16,00 $ 20,00
2257 27/05/15 11/06/15 $ 11 $ 16,00 $ 20,00
2258 31/05/15 15/06/15 $ 11 $ 16,00 $ 20,00
PREMIO EXTRA: En todos los concursos del mes de MAYO de 2015 se ha establecido otorgar un PREMIO EXTRA de PESOS TRES MILLONES ($ 3.000.000.-).
HORARIOS DE CIERRE DE RECEPCIÓN DE APUESTAS:
SORTEO DIAS MIERCOLES: MIERCOLES 19,30 horas.
SORTEO DIAS DOMINGO: SABADO 20,45 horas.
SANTA FE, 08 de Abril de 2015.-
ANEXO II
PROGRAMACION DE CONCURSOS DE LA MODALIDAD DE QUINI-6 “BRINCO”
MES: MAYO DE 2015
CONCURSO FECHA DE FECHA DE PRECIO DE APUESTA
NUMERO SORTEO PRESCRIP.
790 03/05/15 18/05/15 $ 10,00
791 10/05/15 26/05/15 $ 10,00
792 17/05/15 01/06/15 $ 10,00
793 24/05/15 08/06/15 $ 10,00
794 31/05/15 15/06/15 $ 10,00
En todos los Concursos del mes de MAYO de 2015 se otorgarán diez (10) Premios Adicionales Especiales (Sueldos) de PESOS VEINTICUATRO MIL ($24.000-) cada uno, los que se abonarán a los ganadores en doce (12) cuotas mensuales y consecutivas de PESOS DOS MIL ($ 2.000.-) cada una.
HORARIOS DE CIERRE DE RECEPCION DE APUESTAS:
SABADO 20,45 horas.
SANTA FE, 08 de Abril de 2015.-
Dra. MONICA CALDERON
Directora General
Caja de Asistencia Social
Lotería de Santa Fe
S/C 13007 Ab. 16
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