picture_as_pdf 2009-03-16

RICARDO ARMANDO DIRUSCIO FUMIGACIONES AEREAS S.R.L.


MODIFICACION CONTRATO


Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial a cargo del Registro Público de Comercio, se hace saber que en Autos: “RICARDO y ARMANDO DIRUSCIO FUMIGACIONES AEREAS Sociedad Responsabilidad Limitada, año 2009, s/Modificación Arts. 1º Cambio de Domicilio, 4º Cesión de Cuotas Sociales y 6º Designación de Gerentes”, la mencionada Sociedad mediante Acta de fecha 12 de Enero de 2009, ha resuelto modificar su Contrato Social en la siguiente forma: a) Trasladar el domicilio legal y administración de la sociedad desde la localidad de Recreo (Santa Fe) a la localidad de Coronel Bogado (Santa Fe), emplazándolo en la calle Moreno Nº 618 de la misma.; b) El socio Félix Antonio Ampudia Figueroa procede a realizar la cesión de Ciento Cincuenta y Tres (153) cuotas de capital de Un Mil Pesos ($ 1.000.-) cada una, o sean Ciento Cincuenta y Tres Mil Pesos ($ 153.000.-), a favor de Laura Diruscio; y el socio Damián Andrés Montanarini procede a realizar la cesión de Ciento Ochenta y Siete (187) cuotas de capital de Un Mil Pesos ($ 1.000.-) cada una, o sean Ciento Ochenta y Siete Mil Pesos ($ 187.000.-), a favor de Rosalía Diruscio; y c) Reemplazar al Señor Juan Carlos Coquet como Gerente de la sociedad, designado en su reemplazo a la Señora Rosalía Diruscio, para ocupar dicho cargo. Como consecuencia los artículos pertinentes del Contrato Social que quedan así redactados: “Artículo Primero: La sociedad se denominará RICARDO Y ARMANDO DIRUSCIO FUMIGACIONES AEREAS S.R.L. tendrá su domicilio legal y administrativo en la localidad de Coronel Bogado, Departamento Rosario, Provincia de Santa Fe, pudiendo trasladarlo y establecer sucursales o agencias, locales de venta y depósitos en cualquier lugar del país o del exterior; Artículo Cuarto. El capital es de pesos Trescientos Cuarenta Mil ($ 340.000.-), dividido en trescientas cuarenta cuotas de pesos un mil ($ 1.000.-) cada una, integrado por los socios de la siguiente manera: La Sra. Rosalía Diruscio detentará la cantidad de Ciento Ochenta y Siete (187) cuotas de capital, y la Sra. Laura Diruscio poseerá la cantidad de Ciento Cincuenta y Tres (153) cuotas de capital; y Artículo Sexto: La Gerencia de la sociedad será ejercida por la Sra. Rosalía Diruscio. Tendrá todas las facultades para actuar libre y ampliamente en todos los negocios sociales. A estos fines podrá comprar, gravar, vender y locar toda clase de bienes muebles o inmuebles, operar con todos los bancos oficiales y privados, realizar operaciones con entes autárquicos o empresas del Estado. No puede comprometer a la sociedad en fianzas o garantías a favor de terceros en operaciones ajenas al objeto societario. Lo que se publica a sus efectos por el término de ley.

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ATLANTIK MAKIL S.A.


ESTATUTO


Por disposición del Juez a cargo del Registro Público de Comercio de Rafaela, Santa Fe, se hace saber por un día el siguiente edicto.

1) Socios: Los señores Soldano, Juan Luis; Documento Nacional de Identidad Nº 10.469.779, de apellido materno Seffino, domiciliado en calle Boulevard Lehmann número 826, de la ciudad de Rafaela, Provincia de Santa Fe, médico. Soldano, José María; Documento Nacional de Identidad Nº 6.299.836, de apellido materno Seffino, domiciliado en calle Hipólito Irigoyen número 368, de la ciudad de Rafaela, Provincia de Santa Fe, médico.

2) Constitución: 18 de diciembre de 1996.

3) Denominación: “ATLANTIK MAKIL S.A.” y es continuadora de la sociedad del mismo nombre constituida en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay inscripta en él Registro Público y General de Comercio de Montevideo al Nº 2420 Fº 2539 del Libro Nº 2 de Estatutos.

4) Domicilio: Hipólito Irigoyen 368 de la localidad de Rafaela, Departamento Castellanos, Provincia de Santa Fe.

5) Objeto Social: La sociedad tendrá por objeto realizar por cuenta propia y/o de terceros y/o asociada a terceros, las siguientes actividades: A) Inmobiliaria: Explotación, compraventa, arrendamiento comodato, administración sobre inmueble propio o de terceros, su subdivisión, fraccionamiento de tierras, urbanizaciones con fines de explotación, con exclusión de todo tipo de actividad prevista en el art. 299, inciso cuarto de la Ley 19550 de sociedades comerciales; B) Agropecuaria: mediante la administración y/o explotación de establecimientos agrícola ganadero mediante la cría e invernada de todo tipo de ganado, su reproducción, mestización y cruza en las distintas calidades y razas; el cultivo y cosecha de todo tipo de cereales, oleaginosas y forraje y la explotación de campos de pastoreo e invernada y semillero la explotación de tambos. C) Mandataria: El ejercicio de representaciones comerciales y civiles, mandatos, agencias comisiones y consignaciones. A tales fines sociales, la sociedad tendrá plena capacidad jurídica para celebrar toda clase de operaciones, actos y contratos que considere necesario y que no sean prohibidos por las leyes o, por este Estatuto.

6) Duración: 99 años.

7) Capital Social: $ 596.000 (Pesos quinientos noventa y seis Mil).

8) Administración y Representación: A cargo un Directorio, cuyo Mandato tiene una duración de 3 (tres) ejercicios: Primer Directorio: Director Titular: Presidente: José María Soldano; Director Suplente: Juan Luis Soldano.

9) Fecha de Cierre de Ejercicio: 30 de abril de cada año.

10) Fiscalización: Prescinde la sindicatura, art. 284 de la ley 1955.

Rafaela, 02 de marzo de 2009. Adriana Constantín de Abele, secretaria.

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EXPRESO AMTRAC S.A.


MODIFICACIÓN ESTATUTO


Por disposición del Señor Juez del Registro Público de Comercio de ciudad de Santa Fe, se ha ordenado la siguiente publicación en los autos: EXPRESO AMTRAC S.A. s/Modificación cambio de domicilio legal, prorroga, aumento de capital, modificación art. 2º) 3º) 5º) y l2º y texto ordenado del estatuto”, Expte. Nº 87 Folio Nº 297 - Año 2009, por resolución de Asamblea Extraordinaria del 27 de octubre de 2008:

1) La sociedad se denomina EXPRESO AMTRAC S.A. y tiene su domicilio legal en Bv. Lisandro de la Torre Nº 261 de la ciudad de San Jorge, Provincia de Santa Fe.

2) El plazo de duración de la sociedad es de 25 años desde la inscripción en el Registro Público de Comercio.

3) Objeto Social: La sociedad tendrá por objeto, por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros, de transporte de carga de mercaderías por vía terrestre en todo el territorio nacional y en el exterior del país, utilizando vehículos propios y/o de terceros, pudiendo financiar las actividades que realice con medios propios, solicitando las garantías necesarias. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer actos que no sean prohibidos por las leyes y/o este Estatuto.

4) Capital: El capital social se fija en la suma de Pesos Trescientos Doce Mil ($ 312.000.-) dividido en Tres Mil Ciento Veinte (3.120.-) acciones de Pesos Cien ($ 100.-) cada una. El capital puede ser aumentado por decisión de la Asamblea General Ordinaria hasta el quíntuplo de su monto, conforme el artículo 188 de la Ley 19550 y sus modificaciones.

5) Acciones: Las acciones en que se divide serán nominativas no endosables, ordinarias o preferidas. Estas últimas tienen derecho a un dividendo de pago preferente de carácter acumulativo o no, conforme a las condiciones de emisión. Puede también fijárseles una participación adicional en las ganancias. Cada acción ordinaria puede dar derecho de uno a cinco votos. Las acciones preferidas pueden emitirse con o si derecho a voto.

6) Garantía de los Directores: Los Directores deberá prestar la siguiente garantía, depositar en caución en la sociedad, cada uno de ellos la cantidad de Pesos Cinco Mil ($ 5.000.-) o su equivalente al valor nominal de acciones de otras sociedades o títulos del estado. Santa Fe, 6 de marzo de 2009. Fdo. Dra. Mercedes Kolov, secretaria.

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RURAL SANTA FE S.A.I.C.A


MODIFICACION DEL ESTATUTO


El Señor Juez de Primera Instancia de Distrito judicial 1 en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de Santa Fe, a cargo del Registro Público de Comercio, en expediente Nº 1277 Fº 293 Año 2008, hace saber que por decisión unánime tomada el 5 de diciembre de 2008 por los accionistas en asamblea ordinaria de RURAL SANTA FE S.A.I.C.A. inscripta en el Registro Público de Comercio con el número 110 folio 55 del libro II de estatutos de sociedades anónimos el 25 de setiembre de 1989, han sido elegidos para integrar el órgano de fiscalización por el tiempo que resta al vencimiento del plazo, que opera en el 2010, las siguientes personas Silvina Sadonio, DNI 16.645.139, casada, cuit 27-16645139-1, argentina, 44 años de edad, contadora pública, domiciliado en Pedro Centeno 2771, planta alta de Santa Fe, para síndica titular y a Silvia Adriana Alico, DNI l6.203.668, divorciado, cuit 27-16203668-3, argentina de 45 años de edad, contadora pública, domiciliada en Bv. Gálvez 956, piso 1 departamento A de Santa Fe, para síndica suplente, lo que se publica a los efectos establecidos en el artículo 10 de la Ley 19.550. Santa Fe, 25 de febrero de 2009 - Mercedes Kolev, Secretaria.

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CRUZMAR S.R.L.


CONTRATO


Por disposición de Señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación a cargo del Registro Público de Comercio, se ha dispuesto la publicación en el BOLETIN OFICIAL del Contrato de Sociedad de Responsabilidad Limitada, que bajo el nombre de CRUZMAR SRL se tramita ante ese Juzgado bajo Expte. Nro. 27/09, siendo sus características las siguientes:

1- Socios: Benz, María Inés, argentina, DNI 12.830.771, apellido materno Ghelfi, nacida el 19 de Abril de 1957, con domicilio en calle Av. Colonizadores 881 y Picone, Marcela Silvia, argentina, DNI 20.139.995, apellido materno Fascendini, divorciada, nacida el 27 de Marzo de 1968, con domicilio en calle Nicolás Schneider 2196, ambas de la ciudad de Esperanza, provincia de Santa Fe, comerciantes y hábiles para contratar.

II - Fecha del Instrumento de Constitución: 31 de Enero de 2009.

III - Denominación de la Sociedad: CRUZMAR S.R.L.

IV - Domicilio: Mitre 2167 - Esperanza, Provincia de Santa Fe.

V - Objeto Social: Empresa de Viajes y Turismo. Representaciones turísticas y conexas.

VI - Plazo de Duración: 5 años a partir de su inscripción ante el Registro Público de Comercio.

VII - Capital Social: Se fija en la suma de Pesos Veinte Mil, dividido en Dos Mil cuotas de Pesos Diez cada una.

VIII - Organo de Administración: a cargo de la socia Marcela Silvia Picone.

IX - Fecha de Cierre del Ejercicio: 31 de marzo de cada año.

Santa Fe, 6 de marzo de 2009 - Mercedes Kolev, Secretaria.

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AGRPECUARIA CULULU S.R.L.


PRORROGA - MODIFICACION ART. 2º - RECONDUCCION


Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 1ª- Nominación de Santa Fe a Cargo del Registro Público de Comercio, en autos caratulados: “AGROPECUARIA CULULU S.R.L. s/Prórroga. Modificació art. 2º-Reconducción” Expte. Nº 1272 Folio 293 año 2008, se hace saber que mediante Asamblea Extraordinaria, se votó por unanimidad la Prorroga por diez años de AGROPECUARIA CULULU SRL. Según acta que dice así: Acta Nº 12: En la localidad de Cululú a los 16 días del mes de octubre de 2008, siendo las diez horas del día de la fecha, se constituyen en el domicilio de Ruta Provincial Nº 4 km 32 de ésta localidad la presente asamblea extraordinaria auto convocada de la sociedad Agropecuaria Cululú S.R.L., presidida la misma por los señores Jorge Alberto Bertotti y Angel Ramón Butarelli. Se procede a la lectura de la Orden del Día: Prórroga del Contrato Social por el término de diez años contados desde la fecha de la inscripción en el Registro Público de Comercio. Encontrándose presentes la totalidad de los socios: Jorge Alberto Bertotti, L.E. Nº 6.221.697 y Angel Ramón Butarelli, L.E. Nº 5.531.589. Tras lectura del contrato social se decide por unanimidad de los socios la prórroga del contrato social por diez años más. Con lo cual se modifica el artículo segundo del Contrato Social de Agropecuaría Cululú S.R.L. de la siguiente forma. Artículo Segundo: La sociedad se constituye por el término de veinte años, contados desde la fecha de inscripción de ésta reconducción en el Registro Público de Comercio.

Santa Fe, 20 de Febrero de 2009. - Mercedes Kolev, secretaria.

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