MINISTERIO DE EDUCACIÓN
RESOLUCION Nº 0118
SANTA FE; 05 de marzo 2007
VISTO:
El Expediente Nº 00401-0164146-3 del registro de este Ministerio, mediante el cual la Dirección Provincial de Coordinación de Niveles y Modalidades dependiente de la Subsecretaría de Educación propicia la designación de los Coordinadores Generales de los concursos de ingreso a la docencia convocados por Resoluciones Nros.
061 y 062/07 para cubrir cargos de Maestros de Nivel Inicial y de Maestros de Año (Grado), respectivamente; y
CONSIDERANDO:
Que en el Capítulo II – Artículo 2º del Anexo Unico de ambas convocatorias se prevé la designación de un docente titular directivo o supervisor para actuar como Coordinador General de Concurso a los fines de facilitar la sustanciación de los mismos en los aspectos técnicos, logísticos y administrativos, a quien se le concederá la licencia prevista en el Artículo 28º del Anexo del Decreto Nº 4597/83;
Que a fojas 1 de autos la Dirección Provincial de Coordinación de Niveles y Modalidades, conjuntamente con sus Jefaturas de Departamento de Nivel Inicial y de Nivel E.G.B., propone a los agentes seleccionados;
Que ha tomado intervención la Dirección General de Recursos Humanos;
Que a fojas 14 la Subsecretaría de Educación avala la gestión en el sentido propuesto;
Atento a ello;
LA MINISTRA DE EDUCACION
RESUELVE:
1º) – Designar a los docentes que a continuación se consignan para actuar como Coordinadores Generales de Concurso en el marco de las convocatorias que se detallan:
Convocatoria Nombre y apellido Nº de documento Cargo y revista
Resolución Nº 061/07 María Teresa Massei D.N.I. Nº 5.819.784 Supervisora Educación
– Maestros de Nivel Inicial Pre-Primaria titular
Resolución Nº 062/07 Stela Maris Michalek D.N.I. Nº 5.989.797 Supervisora Educación
– Maestros de Año (Grado) Primaria titular
2º) - Los Coordinadores Generales de Concurso mencionados en el apartado precedente, actuarán en el marco de lo establecido en las Resoluciones Nros. 061 y 062/07 – Anexo Unico – Capítulo II – Artículo 2º de cada una de ellas, respectivamente.
3º) - Hágase saber y archívese.
Lic. Adriana Cantero
Ministra de Educación
S/C 4957 Mar. 16 Mar. 19
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RESOLUCION Nº 0117
SANTA FE, 05 de marzo 2007
VISTO:
La Resolución Nº 61/07 de este Ministerio, mediante la cual se convoca a Concurso de Ingreso, de oposición y antecedentes, para cubrir cargos de Maestros de Nivel Inicial de Establecimientos Educativos dependientes de la Dirección Provincial de Coordinación de Niveles y Modalidades de la Subsecretaría de Educación, de conformidad con las normas establecidas en la Ley N° 8927 y modificatorias, Decreto Reglamentario Nº 1311/82 y modificatorio Nº 0145/07 y las pautas establecidas en su Anexo Unico; y
CONSIDERANDO:
Que resulta necesario proceder a la modificación de dicho instrumento legal, en cuanto a la escuela que actuará de Sede 3 –Regiones III y VIII, para el funcionamiento del Jurado respectivo;
Que asimismo debe designarse a la señora Claudia Bergamín en lugar de la docente Liliana Rodríguez (Miembro titular con actuación en la citada Sede 3), en razón de que la misma ha renunciado a tal función por motivos de salud;
Que a fojas 69 y 68 obran notas suscriptas por las Señoras Directoras Regionales de las Regiones de Educación y Cultura Nros. III y VIII, respectivamente, instando en el sentido señalado precedentemente;
Que por otra parte las Direcciones Regionales de Educación y Cultura – Regiones II y VII, proponen la modificación de las sedes de funcionamiento de sus Jurados; agregando la segunda de ellas cambios en la integración de los miembros suplentes seleccionados;
Que a fojas 70 y 75 la Dirección Provincial de Coordinación de Niveles y Modalidades conjuntamente con su Jefatura de Departamento de Nivel Inicial propician las adecuaciones gestionadas;
Que la Subsecretaría de Educación a fojas 71 y 76 brinda su aval al trámite;
Atento a ello;
LA MINISTRA DE EDUCACIÓN
RESUELVE:
1º) - Modificar la Resolución Nº 061 del 20 de febrero de 2007, mediante la cual se convocó a Concurso de Ingreso, de oposición y antecedentes, para cubrir cargos de Maestros de Nivel Inicial de Establecimientos Educativos dependientes de la Dirección Provincial de Coordinación de Niveles y Modalidades de la Subsecretaría de Educación, de conformidad con las normas establecidas en la Ley N° 8927 y modificatorias, Decreto Reglamentario Nº 1311/82 y modificatorio Nº 0145/07 y las pautas establecidas en su Anexo Unico, de acuerdo con las siguientes especificaciones:
Anexo Unico – Capítulo III – Apartado 5º) – Item 5.2. Sede 2 (II):
? Respecto de la Sede de funcionamiento del Jurado:
Donde dice "Dirección Regional de Educación y Cultura – Región II - Mitre 1144 – Reconquista -Tel.: 03482-420281/420089/423098"
Debe decir "Jardín de Infantes Nº 159 – Habegger Nº 45 – Reconquista – Tel. 03482-429039"
Anexo Unico – Capítulo III – Apartado 5º) – Item 5.3. Sede 3 (III y VIII):
? Respecto de la Sede de funcionamiento del Jurado:
Donde dice "Escuela Nº 482 ‘General Belgrano’ – Pedro Avanthay 414 - Rafaela – Tel. 03492-425478 – Centrex 8320"
Debe decir "Jardín de Infantes Nº 102 ‘Alfredo Williner’ – Pasteur 461 – Rafaela – Tel. Nº 03492-431630".
? Respecto de los miembros titulares:
Donde dice "Rodríguez, Liliana – D.N.I. Nº 10.189.246 – Directora Jardín de Infantes Nº 166"
Debe decir "Bergamín, Claudia – D.N.I. Nº 17.171.102 – Directora Jardín de Infantes Nº 252".
Anexo Unico – Capítulo III – Apartado 5º) – Item 5.7. Sede 7 (VII):
? Respecto de la Sede de funcionamiento del Jurado:
Donde dice "Jardín de Infantes Nº 8 - 2 de Abril 460 – Venado Tuerto - Tel. 03462-422243"
Debe decir "Escuela Nº 496 ‘Mariano Moreno’ – Av. Casey 341 Venado Tuerto – Tel. 03462-421546 – Centrex 8409"
? Respecto de los miembros suplentes:
Donde dice:
"Ernst, Liliana, D.N.I. Nº 13.658.896, Directora Jardín de Infantes Nº 69,
Motta, Mabel, D.N.I. Nº 14.517.562, Directora Jardín de Infantes Nº 201,
Chávez, Tita Rita, D.N.I. Nº 17.920.495, Directora Jardín de Infantes Nº 197"
Debe decir:
"Gallo Mirta, D.N.I. Nº 14.374.818, Maestra Jardín de Infantes Nº 116,
Sánchez, Alicia, D.N.I. Nº 14.653.353, Maestra Jardín de Infantes Nº 50,
Viglianco, Raquel, D.N.I. Nº 12.660.015, Directora Jardín de Infantes Nº 50."
2º) – Hágase saber y archívese.
Lic. Adriana Cantero
Ministra de Educación
S/C 4956 Mar. 16 Mar. 19
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MINISTERIO DE LA PRODUCCION
RESOLUCIÓN N° 018
SANTA FE, 19 FEB 2007
VISTO:
El expediente N° 00701-0062853-8 del Sistema de Información de Expedientes mediante el cual la Municipalidad de Venado Tuerto solicita realizar controles de velocidad mediante la utilización de cinemómetros - radares sobre la Rutas Nacionales N° 8 y 33 en los tramos que atraviesan su ejido urbano y;
CONSIDERANDO:
Que la Municipalidad de Venado Tuerto ha manifestado su interés de efectuar el control de tránsito sobre las Rutas Nacionales N° 8 y 33, en los tramos que atraviesan su ejido urbano, correspondiente a las progresivas del km. 364 al km. 370 en la primera y desde el km. 630 al km. 633 en la segunda;
Que dichos controles serán efectuados por medio de la utilización del sistema cinemómetros - radares;
Que se ha reglamentado la Ley Provincial N° 12.217 por medio de la cual se implementa la utilización de cinemómetros - radares para el control de velocidad de tránsito en Rutas Nacionales o Provinciales que atraviesan el ejido urbano de Municipios y Comunas de la Provincia;
Que con fecha 22 de mayo de 2006 se procedió a la firma del convenio por el cual la Subsecretaria de Transporte autoriza a la Municipalidad de Venado Tuerto a efectuar el control de velocidad en las Rutas Nacionales N° 8 y 33, en los tramos que atraviesan su ejido urbano, correspondiente a las progresivas del km 364 al km 370 en la primera y desde el km. 630 al km. 633 en la segunda;
Que la Dirección General de Transporte de Pasajeros y Tránsito de la Subsecretaría de Transporte, por intermedio de su Area Tránsito y Seguridad Vial, a los fines de lo solicitado por la Municipalidad, han verificado el cumplimentado los requisitos establecidos en la Ley Provincial N° 12.217 y su Decreto Reglamentario N° 0082/05;
Que ha tomado intervención el Asesor Técnico Legal del Area Tránsito y Seguridad Vial de la Subsecretaría de Transporte de la Provincia, considerando factible esta gestión;
Que en virtud de las facultades conferidas por la Ley de Tránsito Provincial N° 11.583, su Decreto Reglamentario N° 2311/99, la Ley Provincial N° 12.217 y su Reglamentación es autoridad de aplicación y comprobación la Subsecretaria de Transporte;
Por ello;
EL SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°: Habilitar a la Municipalidad de Venado Tuerto a efectuar controles de velocidad sobre las Rutas Nacionales N° 8 y Nº 33, en los tramos que atraviesan su ejido urbano, correspondiente a las progresivas del km. 364 al km. 370 en la primera y desde el km. 630 al km. 633 en la segunda.
ARTÍCULO 2°: Dichos controles serán efectuados exclusivamente mediante la utilización de los cinemómetros:
- Marca MCVIAL; modelo V001; número de serie A001; disposición de aprobación de modelo 769/03; emplazado para su funcionamiento sobre la Ruta Nacional N° 8 y la esquina V. de Obligado, midiendo en el sentido de circulación Pergamino – Río Cuarto;
- Marca MCVIAL; modelo V001; número de serie A002; disposición de aprobación de modelo 769/03; emplazado para su funcionamiento sobre la Ruta Nacional N° 8 y la esquina G. Dimmer, midiendo en el sentido de circulación Río Cuarto - Pergamino;
- Marca BAVIAL; modelo MARVIC; número de serie B003; disposición de aprobación de modelo 768/03; emplazado para su funcionamiento sobre la Ruta Nacional N° 33, km 632,5, midiendo en el sentido de circulación Firmat - Rufino;
- Marca BAVIAL; modelo MARVIC; número de serie B004; disposición de aprobación de modelo 768/03; emplazado para su funcionamiento sobre la Ruta Nacional N° 8 (Av. Ovidio Lagos 1100), midiendo en el sentido de circulación Río Cuarto - Pergamino;
- Marca BAVIAL; modelo MARVIC; número de serie B008; disposición de aprobación de modelo 768/03; emplazado para su funcionamiento sobre la Ruta Nacional N° 8 (Av. Marcos Ciani 2300 esquina Dimmer), midiendo en sentido de circulación Pergamino – Río Cuarto;
- Marca BAVIAL; modelo MARVIC; número de serie B013; disposición de aprobación de modelo 768/03; emplazado para su funcionamiento sobre la Ruta Nacional N° 33, km 631,5, midiendo en el sentido de circulación Rufino - Firmat;
ARTÍCULO 3°: El período de habilitación para efectuar dichos controles tendrá vigencia hasta el día 21/12/07 para los cinemómetros número de serie A001, A002, B004 y B008 y hasta el 20/12/07 para los cinemómetros número de serie B003 y B013; fechas correspondientes a los vencimientos de los Certificados de Verificación Periódica de los mismos. La habilitación quedará automáticamente renovada con la presentación de los Certificados de Verificación Periódica otorgados por la Dirección Nacional de Comercio Interior. En caso de no presentar la documentación mencionada antes de la fecha establecida, la habilitación quedará nula, debiéndose emitir una nueva Resolución de rehabilitación para el ejercicio de los controles.
ARTÍCULO 4°: La Subsecretaría de Transporte se reserva la facultad de dejar sin efecto la presente en el/ los caso/ s de:
a) detectarse anomalías resultantes de auditorias técnicas realizadas al sistema;
b) incumplimientos en la aplicado del régimen de sanciones establecidos en la Ley Provincial N° 12.217, su Decreto Reglamentario N° 0082/05 y la Ordenanza Local Nº 3327/2006;
c) incumplimientos en las obligaciones asumidas de destinar como mínimo el 10% del monto recaudado en concepto de multas a Educación Vial y/ o su justificación trimestral.
d) cuando la Comuna y/ o la empresa prestataria del servicio, imposibilite y/ o entorpezca el normal de desarrollo de auditorias y/ o indagaciones administrativas llevadas a cabo por la Subsecretaria de Transporte en forma directa o por terceros.
ARTICULO 5°: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.-
Ing. Miguel Angel Latorre
Subsecretario de Transporte
S/C 4831 Mar. 16 Mar. 20
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RESOLUCIÓN N° 022
SANTA FE, 01 MAR 2007
VISTO:
El expediente N° 00703-000117-1 del Sistema de Información de Expedientes mediante el cual la Comuna de Sanford solicita realizar controles de velocidad mediante la utilización de cinemómetros-radares sobre la Ruta Nacional N° 33 en el tramo que atraviesa su ejido urbano y;
CONSIDERANDO:
Que la Comuna de Sanford ha manifestado su interés de efectuar el control de tránsito sobre la Ruta Nacional N° 33, en el tramo que atraviesa su ejido urbano, correspondiente a la progresiva del km. 726 al km. 728;
Que dichos controles serán efectuados por medio de la utilización del sistema cinemómetros - radares;
Que según nota del Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI) remitida a la Subsecretaria de Transporte de la Provincia, el Certificado de Verificación Primitiva de los cinemómetros extendido por la Dirección Nacional de Comercio Interior, tiene un año de vigencia a partir de la fecha de emisión, período por el cual el instrumento queda legalmente habilitado;
Que los Certificados de Verificación Primitiva de los cinemómetros a utilizar por la Comuna de Sanford fueron emitidos por la Dirección Nacional de Comercio Interior con fecha 12/10/2006;
Que se ha reglamentado la Ley Provincial N° 12.217 por medio de la cual se implementa la utilización de cinemómetros-radares para el control de velocidad de tránsito en Rutas Nacionales o Provinciales que atraviesan el ejido urbano de Municipios y Comunas de la Provincia;
Que con fecha 14 de febrero de 2007 se procedió a la firma del convenio por el cual la Subsecretaria de Transporte autoriza a la Comuna de Sanford a efectuar el control de velocidad en la Ruta Nacional N° 33, en el tramo comprendido entre el km. 726 y el km. 728, que atraviesa su ejido urbano;
Que la Dirección General de Transporte de Pasajeros y Tránsito de la Subsecretaría de Transporte, por intermedio de su Area Tránsito y Seguridad Vial, a los fines de lo solicitado por la Comuna, han verificado el cumplimentado de los requisitos establecidos en la Ley Provincial N° 12.217 y su Decreto Reglamentario N° 0082/05;
Que ha tomado intervención el Asesor Técnico Legal del Area de Tránsito y Seguridad Vial de la Subsecretaría de Transporte de la Provincia, considerando factible esta gestión;
Que en virtud de las facultades conferidas por la Ley de Tránsito Provincial N° 11.583, su Decreto Reglamentario N° 2311/99, la Ley Provincial N° 12.217 y su Reglamentación es autoridad de aplicación y comprobación la Subsecretaria de Transporte;
Por ello;
EL SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°: Habilitar a la Comuna de Sanford a efectuar controles de velocidad sobre la Ruta Nacional N° 33 en el tramo comprendido entre los km. 726 y km. 728, que atraviesa su ejido urbano.
ARTÍCULO 2°: Dichos controles serán efectuados exclusivamente mediante la utilización de los cinemómetros:
- Marca BAVIAL.; Modelo MARVIC; número de serie B011; disposición de aprobación de modelo 768/2003; emplazado para su funcionamiento sobre la Ruta Nacional N° 33 en el Km. 726,5 (esquina Güemes), midiendo en el sentido de circulación Chabás – Casilda y;
- Marca BAVIAL; Modelo MARVIC; número de serie B005; disposición de aprobación de modelo 768/2003; emplazado para su funcionamiento sobre la Ruta Nacional Nº 33 (Bv. España 699 esquina 25 de Mayo), midiendo en el sentido de circulación Casilda – Chabás o Chabás - Casilda y;
- Marca BAVIAL; Modelo MARVIC; Número de Serie B009; Disposición de Aprobación de Modelo Nº 768/2003; emplazado para su funcionamiento sobre la Ruta Nacional Nº 33 (Bv. España 699 esquina 25 de Mayo), midiendo en el sentido de circulación Casilda – Chabás o Chabás – Casilda.
ARTÍCULO 3°: El período de habilitación para efectuar dichos controles tendrá vigencia hasta el día 12/10/07 para todos los cinemómetros, fecha correspondiente al vencimiento de los Certificados de Verificación Primitiva de los mismos. La habilitación quedará automáticamente renovada con la presentación de las constancias de Verificación Periódica otorgadas por la Dirección Nacional de Comercio Interior. En caso de no presentar la documentación mencionada dentro del plazo establecido, la habilitación quedará nula, debiéndose emitir una nueva Resolución de rehabilitación para el ejercicio de los controles.
ARTÍCULO 4°: La Subsecretaría de Transporte se reserva la facultad de dejar sin efecto la presente en el/ los caso/ s de:
a) detectarse anomalías resultantes de auditorias técnicas realizadas al sistema;
b) incumplimientos en la aplicación del régimen de sanciones establecidos en la Ley Provincial N° 12.217, su Decreto Reglamentario N° 0082/05 y las Ordenanzas Locales Nº 24/2006 y 01/2007;
c) incumplimientos en las obligaciones asumidas de destinar como mínimo el 10% del monto recaudado en concepto de multas a Educación Vial y/ o su justificación trimestral.
d) cuando la Comuna y/ o la empresa prestataria del servicio, imposibilite y/ o entorpezca el normal de desarrollo de auditorias y/ o indagaciones administrativas llevadas a cabo por la Subsecretaria de Transporte en forma directa o por terceros.
ARTICULO 5º: La presente habilitación se complementará con la presentación del certificado de calibración definitivo, que en Anexo forma parte integrante de la presente.
ARTICULO 6°: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.-
Ing. Miguel Angel Latorre
Subsecretario de Transporte
S/C 4832 Mar. 16 Mar. 20
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SECRETARIA DE ESTADO DE PROMOCIÓN COMUNITARIA
DECRETO Nº 1853/06
BENEFICIARIOS DEL PROGRAMA DE REPARACIÓN
EMERGENCIA HÍDRICA Y PLUVIAL
La Secretaria de Estado de Promoción Comunitaria, Decreto N° 1853/06, atiende la reparación extraordinaria con destino a los menoscabos o pérdidas sufridos como consecuencia de la catástrofe hídrica producida por el desborde del Río Salado en los meses de abril y mayo del año 2003, prevista por la ley N° 12.183, su modificatoria N° 12.259 y Decreto reglamentario 39/04.Se comunica por este medio el listado de beneficiarios, a fin de su difusión general y eventuales impugnaciones o denuncias. Las mismas podrán formularse en el plazo de tres días hábiles posteriores a su publicación en calle Juan de Garay 3323 en el horario de 8 a 13 hs.
Los beneficiarios que no fueren objeto de impugnaciones o denuncias podrán concurrir con su documento de identidad y fotocopia de la 1era. y 2da. hoja del mismo, al Nuevo Banco de Santa Fe, sucursal que corresponda, según el lugar donde se efectúe el pago.
En caso que el beneficiario cuente con Apoderado Legal, éste deberá concurrir al Banco con la fotocopia del poder autorizante.
LOS BENEFICIARIOS QUE SE DETALLAN A CONTINUACIÓN, PERTENECEN
A LA LOCALIDAD DE SANTA FE Y RECREO, TODOS DEBERÁN PERCIBIR SU
COBRO EN LA LOCALIDAD DE SANTA FE.
DIRECCION NUEVO BANCO SANTA FE: CALLES 25 DE MAYO Y MENDOZA
FECHA DE PAGO: 27 DE MARZO DE 2007 (Horario: 8:15 a 9:15 hs.)
PADRÓN N° 304-DTO.0676/05 - SANTA FE
Nº APELLIDO Y NOMBRE MATRICULA INDIVIDUAL
1 AGUIRRE, Juana D.N.I. 2.749.522
2 AMARILLO, Juan Ramón D.N.I. 23.559.887
3 ARNAUDO, Maria del Valle D.N.I. 5.582.343
4 CUARANTA, Belkis L.C. 3.244.916
5 GOMEZ, Hilda Delia D.N.I. 10.863.751
6 OSURAK, Luis D.N.I. 7.446.233
7 PIEDRABUENA, Sonia Andrea D.N.I. 23.427.505
8 ZAPATA, Carlos Alberto D.N.I. 14.305.978
PADRÓN N° 292-DTO.0676/05 - RECREO
Nº APELLIDO Y NOMBRE MATRICULA INDIVIDUAL
1 BIRRI, Ruben Miguel D.N.I 14.202.615
PADRÓN N° 184-DTO.Nº 0731/05 -COMERCIO- SANTA FE
Nº APELLIDO Y NOMBRE MATRICULA INDIVIDUAL
1 BARQUERO, Juan Carlos D.N.I. 6.348.382
2 CARABALLO, Diego Gerardo D.N.I.27.793.614
3 DIAZ, Mauricio Matías D.N.I.32.370.530
4 FERNANDEZ, Roque D.N.I.17.007.477
5 GARCILAZO, Carlos D.N.I. 6.252.148
6 GUTIERREZ, Eduardo Martín D.N.I.26.860.152
7 MALENQUE, Ercilia Aurora D.N.I.11.263.007
8 SERRAT, Mirta Guadalupe D.N.I.26.924.426
DAÑOS ESTRUCTURALES
ART.11º-DTO.Nº039/04-ANEXOI-LEY PROV.Nº12.259-
SANTA FE
PADRON Nº APELLIDO Y NOMBRE MATRICULA INDIVIDUAL RESOL. Nº
223 RODRIGUEZ, EUGENIA DOLORES D.N.I. 06.369.575 1056/06
224 CALVO, Silvia Liliana D.N.I. 18.547.764 962/06
225 MEDINA, Beatriz Teresa D.N.I. 10.316.865 1062/06
225 MEDINA, Miguel Angel D.N.I. 06.244.298 1062/06
226 VILLAFAÑA, Beatriz Sarah Ramona D.N.I. 6.316.560 883/06
227 ARREDONDO, Luciano Armando D.N.I. 6.251.316 968/06
228 ALASIO, María Alejandra D.N.I. 14.113.891 862/06
233 MUÑOZ, Ricardo Clemente D.N.I. 16.573.102 1046/06
DAÑOS ESTRUCTURALES
ART.11º-DTO.Nº039/04-ANEXOI-LEY PROV.Nº12.259-
RECREO
PADRON Nº APELLIDO Y NOMBRE MATRICULA INDIVIDUAL RESOL. Nº
231 VILLAN, Ramon José D.N.I. 11.850.988 1058/06
PADRON Nº 232 - INTRUMENTOS MUSICALES -
SANTA FE
PADRON Nº APELLIDO Y NOMBRE MATRICULA INDIVIDUAL RESOL. Nº
1 BORRMANN, Hilda Susana D.N.I. 03.959.693 1139/06
PADRÓN N° 230- RESOL.Nº 0362/06 Y Art.11º del Anexo I de la Ley 12.259
PROFESIONALES-SANTA FE
PADRON Nº APELLIDO Y NOMBRE MATRICULA INDIVIDUAL RESOL. Nº
1 OCAMPO, Diego Javier D.N.I. 23.738.024 1039/06
PADRÓN N° 229-ART.11º-DTO.Nº 039/04-ANEXO I-LEY PROV.Nº 12.259
Modif.Ley 12.183 -Resol.Nº 502/05-
GALPONES y LEY-SANTA FE
PADRON Nº APELLIDO Y NOMBRE MATRICULA INDIVIDUAL RESOL. Nº
FRANCIONI, Ana María D.N.I. 05.116.660 1146/06
PADRÓN N° 15- DTO.Nº 0341/05 y Nº 0383/05-RESOL.Nº 63/06
MOTOVEHICULO-SANTA FE
Nº APELLIDO Y NOMBRE DNI
1 GAROFANO, Félix José 16.073.379
EDICTOS
"Cítense para que comparezcan ante el Programa de Reparación Emergencia Hídrica de la Secretaria de Estado de Promoción Comunitaria, sito en calle Juan de Garay Nº 3323, en el horario de 14 a 15 hs. y por el término de 10 días hábiles, en relación al pago de la reparación extraordinaria dispuesta por Ley 12.183, modificatoria y decreto reglamentario y de conformidad a lo dispuesto por el Art. 28 del Decreto 10204/58" A LAS SIGUIENTES PERSONAS:
1. Sra. GUILDA CELIA GRECO, D.N.I. Nº 4.487.570; Sra. MERY DEL VALLE ARENALES, D.N.I. Nº 4.470.744, en referencia al inmueble ubicado en calle PASAJE GALISTEO Nº 3027, PASAJE GALISTEO Nº 3025, de la ciudad de Santa Fe. Expediente Nº 00140-0015389-3/00140-0015390-7. Iniciador: GRECO, GUILDA C./ARENALES, MERY D. V.
2. Sr. JUSTINO OLIVERA; Sr. BALDOMERO LORENZO EDGARDO, D.N.I. Nº 11.823.064; Sra. MARIA CRISTINA BALCARCE, D.N.I. Nº 12.887.826, en referencia al inmueble ubicado en calle PJE. M. DE IRALA Nº 4234, de la ciudad de Santa Fe. Expediente Nº 00140-0003652-9/00140-0003924-9 Iniciador: RODRÍGUEZ, OSCAR./BALCARCE MARIA CRISTINA.
3. Sr. DANIEL ALBERTO PERIZZOTI; Sr. CARLOS REYNALDO STAIGER y/o TERCEROS INTERESADOS, en referencia al VEHÍCULO MOTO MARCA GILERA, MODELO 1967, DOMINIO LAB 5844 Expediente Nº 00140-0027571-5 Iniciador: VAZQUEZ, HUGO V.
4. Sr. JUAN CARLOS RODRÍGUEZ; Sr. PABLO MIGUEL FARIAS; Sr. GABRIEL BENVENUTTI; Sra. MONICA RAYA y/o TERCEROS INTERESADOS en referencia al VEHÍCULO MARCA KAWASAKI, MODELO 1980, DOMINIO LAB5549. Expediente Nº 00140-0057878-2. Iniciador: AGUIRRE, HUGO A.
5. Sra. CLARA LEGUIZAMON, en referencia al VEHICULO PICK UP, MARCA FORD FALCON RANCHERA, MODELO 1978, DOMINIO SPS 851. Expediente Nº 00140-0035200-3. Iniciador: SIMON ROBERTO.
6. Sr. MANUEL VENETZ, en referencia al VEHICULO PICK UP, MARCA RASTROJERO, MODELO 1956, DOMINIO UXM 726. Expediente Nº 00140-0047554-4. Iniciador: CAROZZA, MAXIMINO.
7. Sr. JAVIER ENRIQUE ALCIDES CIOLA, en referencia al VEHICULO RANCHERA, MARCA FORD FALCON, MODELO 1976, DOMINIO S0375007. Expediente Nº 00140-0044290-4. Iniciador: OCAMPO, ENRIQUE.
8. Sucesores, Herederos y/o Legatarios del Sr. ROBERTO RAMON SOSA, en referencia al inmueble ubicado en calle J.CIBILS Nº 2400 y/o PCA. S/N, L 13, de la ciudad de Santa Fe. Expediente Nº 00140-0044734-5/00140-0060677-5. Iniciador: SOSA NIDIA/GOMEZ OVIDIO.
9. Sra. CLARA ESTER BERGALLO, D.N.I. Nº 14.402.363, en referencia al inmueble ubicado en calle MONSEÑOR V. ZASPE Nº 3995, de la ciudad de Santa Fe. Expediente Nº 00140-0006172-1/00140-0061287-9. Iniciador: BERGALLO, CLARA ESTER.
10. REPRESENTANTE LEGAL DEL CLUB SOCIAL Y DEPORTIVO ATLETICO CABAÑA LEIVA; Sra. OTILIA LUCIA CASSUTTI, Sucesores, Herederos y/o Legatarios, en referencia al inmueble ubicado en calle M. GRANDOLI Nº 10100, esq. P. DE ESPINOSA Nº 5950, PARC. 7, de la ciudad de Santa Fe. Expediente Nº 00140-0062575-8.- Iniciador: CONTI, HUGO W.
11. Sr. JUAN PABLO PIROVANO y/o TERCEROS INTERESADOS, en referencia al VEHICULO MOTO MARCA SIAMBRETTA, MODELO 1963, DOMINIO LAB 2681. Expediente Nº 00140-0057899-9. Iniciador: REYNOSO, OSCAR A.
12. Sra. CARINA GRACIELA NAVARRO, D.N.I. Nº 24.275.437, en referencia al inmueble ubicado en calle GUEMES Nº 413, de la ciudad de RECREO.- Expediente Nº 00140-0044787-3/00140-0031887-0. Iniciador: BASTIA ELVIO R.
13. Sr. MARTIN VERCELLONE, D.N.I. Nº 28.148.123, DONDONI Y CIA S.R.L., al VEHICULO MOTO MARCA GILERA, MODELO 1960, DOMINIO LAA 5248.03. Expediente Nº 00140-0062471-5. Iniciador: ROMERA, MARIO F.
SE INFORMA QUE:
UNICAMENTE LAS PERSONAS QUE DEBÍAN PERCIBIR SU PAGO A PARTIR DEL DÍA 30 DE NOVIEMBRE DE 2006, Y NO LO HUBIERAN CONCRETADO, PUEDEN PRESENTARSE EN NUEVO BANCO SANTA FE: CALLES 25 DE MAYO Y MENDOZA EN EL HORARIO DE 8,15 A 9,15 HS. CADA VEZ QUE SE REALICEN PAGOS.
S/C 5230 Mar. 16
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