picture_as_pdf 2004-03-16

DECRETO 0231

 

SANTA FE, 05 DE MARZO DE 2004

VISTO:

El Convenio Marco suscripto entre el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, la Comisión Nacional para la Erradicación del Trabajo Infantil (CO.NA.E.TI) y el Consejo Federal del Trabajo, en fecha dos de julio de dos mil dos, y el Acta Complementaria suscripta con la Provincia de Santa Fe el veintitrés de agosto de dos mil dos; y

CONSIDERANDO:

Que la Comisión Nacional para la Erradicación del Trabajo Infantil -CO.NA.E.TI-, creada por Decreto Nacional 719/2000 tiene por función coordinar, evaluar y dar seguimiento a favor de la prevención y erradicación del trabajo infantil, en el marco de lo dispuesto por el art. 75, inc. 22) de la Constitución Nacional;

Que la Provincia de Santa Fe ha suscripto el Acta Complementaria del Convenio Marco oportunamente celebrado entre el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, el Consejo Federal del Trabajo y la CO.NA.E.TI, por la cual se ratifica lo en éste acordado;

Que en fecha 10 de julio de 2002, el señor Secretario de Estado de Trabajo y Seguridad Social de la Provincia de Santa Fe dictó la Resolución 065 por la que se crea la Unidad Ejecutora que tiene como objetivo la planificación y ejecución de proyectos tendientes a la prevención y erradicación del trabajo infantil, con facultad para actuar en todo el territorio, provincial y propender a la futura creación de una Comisión Provincial para la Erradicación del Trabajo Infantil;

Que desde dicha fecha, la Unidad Ejecutora viene desarrollando acciones en conjunto con la CO.NA.E.TI. en todo el territorio provincial;

Que en este marco, la Provincia de Santa Fe estima necesario la creación de una Comisión Provincial de Prevención y Erradicación Progresiva del Trabajo Infantil, la que tendrá por objetivo la planificación, coordinación y ejecución de las acciones y objetivos fijados en el aludido Convenio Marco y que absorberá las funciones desarrolladas hasta la fecha por la Unidad Ejecutora creada por Resolución 065/02 del señor Secretario de Estado de Trabajo y Seguridad Social;

Que, debido al amplio espectro que abarca la problemática social a satisfacer, se prevé la participación de diferentes Ministerios, Organismos Provinciales, Organizaciones Empresariales, Sindicales y no Gubernamentales;

Por ello:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1 - Créase la COMSION PROVINCIAL PARA LA PREVENCION Y ERRADICACION PROGRESIVA DEL TRABAJO INFANTIL, cuyas funciones serán las de coordinar, evaluar y dar seguimiento a las políticas y acciones que se desarrollen a favor de la prevención y erradicación progresiva y efectiva del trabajo infantil, en los términos establecidos en el Convenio Marco y Actas Complementarias suscriptos por la Provincia sobre el particular.

ARTICULO 2 - La COMISION PROVINCIAL PARA LA PREVENCION Y ERRADICACION PROGRESIVA DEL TRABAJO INFANTIL estará integrada por un representante de los Ministerios de Educación, Salud y de la Producción, de las Secretarías de Estado de Promoción Comunitaria, de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable y de Derechos Humanos, y de las Subsecretarías de Municipios y de Comunas. La Comisión será coordinada por el señor Secretario de Estado de Trabajo y Seguridad Social de la Provincia o el funcionario que éste designe.

ARTICULO 3 - Invítase a integrar la misma a un representante del Poder Judicial y de las Honorables Cámaras de Diputados y Senadores de la Provincia de Santa Fe.

ARTICULO 4 - La COMISION PROVINCIAL PARA LA PREVENCION Y ERRADICACION PROGRESIVA DEL TRABAJO INFANTIL podrá convocar a otros Organismos e Instituciones no Gubernamentales para el desarrollo de sus actividades, dictándose su propio reglamento el que deberá ser aprobado por resolución del señor Secretario de Estado de Trabajo y Seguridad Social.

ARTICULO 5 - Regístrese, comuníquese y archívese.

OBEID

Dr. Alberto Horacio Gianneschi

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