REGISTRADA BAJO EL Nº 13735
LA LEGISLATURA DE LA
PROVINCIA DE SANTA FE
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
ARTÍCULO 1 - Exímese del pago de impuestos, tasas, retributivas de servicios y contribuciones provinciales, correspondientes al inmueble en propiedad horizontal, sito en calle Laprida 972 de la ciudad de Rosario, y a sus propietarios/as, por el período comprendido desde el mes de febrero de 2016 hasta que la repartición competente de la Municipalidad de Rosario determine su habitabilidad.
ARTÍCULO 2 - Autorízase al Poder Ejecutivo a disponer las acciones necesarias a fin de suspender los cobros de facturas de la Empresa Provincial de la Energía y de Aguas Santafesinas durante el mismo período. Asimismo, se encomienda al Poder Ejecutivo gestionar ante la Empresa Litoral Gas S.A. idéntico beneficio tarifario.
ARTÍCULO 3 - Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, EL DÍA TREINTA DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.
C.P.N. CARLOS A. FASCENDINI
Presidente
Cámara de Senadores
ANTONIO JUAN BONFATTI
Presidente
Cámara de Diputados
D. FERNANDO DANIEL ASEGURADO
Subsecretario Legislativo
Cámara de Senadores
Dr. MARIO GONZALEZ RAIS
Secretario Parlamentario
Cámara de Diputados
SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional, 1 de Febrero de 2018.
De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el Boletín Oficial.
PABLO GUSTAVO FARIAS
Ministro de Gobierno
y Reforma del Estado.
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