picture_as_pdf 2010-02-16

DECRETO Nº 0118


SANTA FE, 5 de febrero de 2010

VISTO:

El Expediente N° 00703-0001805-6 del registro del Sistema de Información de Expedientes; y,

CONSIDERANDO:

Que Leonardo Miguel Lucero, D.N.I. N° 20.147.878, domiciliado en la localidad de Sancti Spiritu, solicita autorización para explotar un servicio de autotransporte de pasajeros, para vincular las localidades de Sancti Spiritu, San Eduardo y Venado Tuerto, transitando por la Ruta Provincial N° 4-s hasta llegar a la Ruta Nacional N° 8, con dos horarios de lunes a sábado, de ida y vuelta, y uno los domingos y feriados;

Que la gestión ha ido interpuesta conforme a las disposiciones del Artículo 7° de la Ley N° 2499, modificado por Ley N° 9172, cumplimentándose además con las exigencias de los Decretos N°s 11755/61 y 2041/81;

Que la modalidad de prestación propuesta corresponde a servicios con tráfico de intermedias, con la particularidad de transitar por la Ruta Provincial N° 4-s, no pavimentada, por lo que el servicio adquiere la característica de Servicio de Fomento;

Que en el tramo Venado Tuerto - Sancti Spíritu, prestó anteriormente servicios de autotransporte de pasajeros el Sr. Isidoro José Borgogelli, con el nombre de fantasía Empresa “Pipo”, Permiso Precario N° 55, el que fue declarado caduco por Decreto N° 281 del 26 de Febrero de 2007, siendo la causal la falta de matriculación del parque móvil;

Que en ese Decreto se preveía el arbitrio de medidas para asegurar la prestación de los servicios caducados, por parte del Ministerio de la Producción y la Subsecretaría de Transporte;

Que en virtud de lo antes expuesto, y sin tomar intervención el Ministerio de la Producción, la Subsecretaría de Transporte autorizó en forma experimental, precaria y revocable el inicio de los servicios al peticionante Leonardo Miguel Lucero, en fecha 12 de Junio de 2007;

Que realizadas las publicaciones de Edictos que establece el Decreto N° 05325/68, se presentaron las empresas Expreso Arito S.A. y Monticas S.A., esta última de Jurisdicción Nacional, que no presentaron impugnaciones al trámite tal como lo solicita el señor Leonardo Miguel Lucero;

Que también solicitó traslado del expediente, el señor Fernando Rubén Garay, quien tiene en trámite un período de línea regular en el mismo tramo, considerando la Dirección General de Transporte de Pasajeros de acuerdo a los informes de fojas 155-156, 226-227 y 244-245, que no deben considerarse sus objeciones pues no es prestador en la traza, sino un peticionante con una gestión en curso;

Que al señor Fernando Rubén Garay se le concedieron dos servicios de autotransporte de pasajeros con características de fomento, autorizados en otros trayectos mediante Decretos N°s 1217/08 y 2544/08, habiendo evaluado el área técnica que el corredor en cuestión no sería para dos empresas por las características propias de la zona;

Que esta propuesta se fundamenta en la inexistencia de un servicio de transporte público de pasajeros entre las cabeceras involucradas;

Que las Comunas de San Eduardo y Sancti Spíritu avalan el servicio peticionado considerándolo de vital importancia por razones de salud, trabajo y estudio;

Que de acuerdo a antecedentes en términos a la Legislación aplicable, no existen razones de índole jurídica que impidan encauzar el trámite tendiente a introducir en el mercado una propuesta técnica viable para el usuario;

Que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo 6° de la Ley N° 11.945 del Registro de Deudores Alimentarios Morosos y mismo número de su reglamentación aprobada por Decreto N° 1005/06;

Que la Dirección General de Transporte de Pasajeros y Coordinación de Asuntos Jurídicos de la Subsecretaría de Transporte se expiden favorablemente a lo solicitado en autos;

Que la gestión cuenta con Dictamen de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente;

Que el presente acto se dicta en uso de las facultades conferidas por la ley N° 12.004 y la Ley N° 12.817;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1° - Otórgase al Sr. Leonardo Miguel Lucero, D.N.I. N° 20.147.878, C.U.I.T. N° 20-20147878-3, con domicilio legal en calle Chile 355 de la localidad de Sancti Spíritu, Provincia de Santa Fe, el Permiso Precario N° 287 para explotar un Servicio de Autotransporte Público Regular de Pasajeros, con modalidad interurbana y régimen de intermedias entre la ciudad de Venado Tuerto y la Localidad de Sancti Spíritu, con paso por San Eduardo (todas localidades del Departamento General López) y viceversa, y tránsito por la Ruta Nacional N° 8 y Ruta Provincial N° 4-s, y con las características de “Servicios de Fomento” por las vías de circulación y zona de influencia involucradas.

ARTICULO 2° - Apruébanse para el Permiso Precario N° 287 el Cuadro Kilométrico y el Cuadro Horario que se presentan en Anexo Unico que se agrega y forma parte integrante del presente decreto.

ARTICULO 3°- La autorización otorgada por el presente decreto será notificada a las Autoridades Municipales y Comunales de las Localidades de la traza a servir.

ARTICULO 4° - El titular del permiso Precario deberá dar estricto cumplimiento a las disposiciones del Artículo 14° de la Ley N° 10.582 (teniendo presente la limitación temporal establecida por la Ley N° 11.387) y demás normas legales y reglamentarias que regulan la materia.

ARTICULO 5° - Este Permiso podrá ser revocado en cualquier momento por el Poder Ejecutivo cuando concurran circunstancias especiales que así lo aconsejen y obliguen, sin que la permisionaria tenga derecho a indemnización alguna.

ARTICULO 6° - La Subsecretaria de transporte velará por el fiel cumplimiento de lo dispuesto en este Decreto, estando facultada para modificar el actual nombre de Fantasía “R MARIANO” de ser necesario.

ARTICULO 7° - Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

BINNER

Arq. Antonio Roberto Ciancio


ANEXO UNICO

PERMISO PRECARIO N° 287

TITULAR: LEONARDO MIGUEL LUCERO

NOMBRE DE FANTASIA O COMERCIAL: R. MARIANO


SERVICIOS: Venado Tuerto a Sancti Spíritu y viceversa

MODALIDAD: Con régimen de intermedias

CARACTERíSTICAS: Servicio de Fomento


CUADRO KILOMETRICO, Distancia Total = 42 km

Tramo Transita por Distancia Tipo de

parcial calzada

Desde Terminal de Calles del ejido urbano de 1 km Pavimento

Venado Tuerto hasta la ciudad de Venado

Ruta Nacional N° 8 Tuerto

Desde Ruta Nacional N° Ruta Nacional N° 8 1 km Pavimento

8 hasta acceso a Ruta

Provincial N° 4-s

Desde acceso a Ruta Ruta Provincial N° 18 km Calzada Natural

Provincial N° 4-s hasta 4-s

San Eduardo

San Eduardo-Sancti Ruta Provincial N° 22 km Calzada Natural

Spiritu 4-s


CUADRO HORARIO

HORARIOS DE TEMPORADA DE INVIERNO


LUNES A SABADO


Sancti Spíritu Sale 6:45 Sale 14:20 Venado Tuerto Sale 11:30 Sale 18:50

San Eduardo Pasa 7:10 Pasa 14:45 San Eduardo Pasa 12:05 Pasa 19:15

Venado Llega 7:45 Llega 15:20 Sancti Spíritu Llega 12:30 Llega 19:50

Tuerto

DOMINGOS y FERIADOS


Sancti Spiritu Sale 17:15 Venado Tuerto Sale 18:50

San Eduardo Pasa 17:40 San Eduardo Pasa 19:15

Venado Llega 18:15 Sancti Spíritu Llega 19:50

Tuerto

ANEXO UNICO (CONTINUACION)


HORARIOS DE TEMPORADA DE VERANO


LUNES A SABADO


Sancti Spíritu Sale 6:45 Sale 15:00 Venado Tuerto Sale 11:30 Sale

19:30

San Eduardo Pasa 7:10 Pasa 15:25 San Eduardo Pasa 12:05 Pasa

20:05

Venado Llega 7:45 Llega 16:00 Sancti Spiritu Llega 12:30 Llega

Tuerto 20:30

DOMINGOS Y FERIADOS


Sancti Spíritu Sale 18:15 Venado Tuerto Sale 20:00

San Eduardo Pasa 18:40 San Eduardo Pasa 20:35

Venado Llega 19:15 Sancti Spíritu Llega 21 :00

Tuerto

4196

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