Registrada Bajo el Nº12964
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE
SANCIONA CON FUERZA DE
L E Y:
ARTICULO 1.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación el "uso temporal” del inmueble ubicado en la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, propiedad de Hipermercado TIGRE S.A., en los términos y condiciones establecidos en el Artículo 15 y concordantes de la Ley Provincial Nº 7534 y modificatorias, sito en la calle Tucumán 1349/71, plano aprobado por la Dirección de Catastro, Departamento de Topografia bajo el Nº 65.659/71 - Lote B y el Nº 56.659/71 - Lote A.- como asimismo, los bienes muebles necesarios y convenientes al fin principal y que se encuentren registrados en el inventario que obra glosado dentro de los autos caratulados "HIPERMERCADO TIGRE S.A., sobre CONCURSO PREVENTIVO - QUIEBRA" Expte. Nº 1877/98, que tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 14ª Nominación de la ciudad de Rosario.
ARTICULO 2.- Los bienes expropiados conforme lo dispuesto por el artículo anterior, serán adjudicados a favor de la Cooperativa de Trabajo "TRABAJADORES SOLIDARIOS EN LUCHA", inscripta en el Instituto Provincial de Acción Cooperativa bajo el Expediente nº 4390/02, siempre que sean destinados a la consecución de sus fines cooperativos. La cooperativa deberá cumplimentar los recaudos exigidos por la Ley Nº 7534 y sus modificatorias.
El Poder Ejecutivo iniciará las acciones administrativas y judiciales que resulten pertinentes, conforme lo dispuesto en la Ley Nº 12.167.
ARTICULO 3.- Autorízase al Poder Ejecutivo a efectuar en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos del ejercicio vigente, las adecuaciones presupuestarias que resulten necesarias para el cumplimiento de la presente.
ARTICULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la sala de sesiones de la Legislatura de la Provincia de Santa Fe, a los dieciocho dias del mes de diciembre del año dos mil ocho.
EDUARDO ALFREDO DI POLLINA
Presidente Cámara de Diputados
GRISELDA TESSIO
Presidenta Cámara de Senadores
LISANDRO RUDY ENRICO
Secretario Parlamentario Cámara de Diputados
DIEGO A. GIULIANO
Secretario Legislativo Cámara de Senadores
DECRETO Nº 0139
SANTA FE, 10 FEB 2009
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
VISTO:
La aprobación de la Ley que antecede Nº 12.964 efectuada por la H. Legislatura;
DECRETA:
Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.-
BINNER
Dr. ANTONIO JUAN BONFATTI
2665
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