picture_as_pdf 2009-02-16

MINISTERIO DE ECONOMIA


COMUNICADO


Por la presente, se comunica al señor JOSEPH MARIA DE BOLOS - AUPE S.A., que atento a lo expresado por la Dirección General de Asesoría Letrada en Dictamen Nº 050689/08, Córrase Traslado al apelante para expresar agravios por el término de 15 (Quince) días, de conformidad a lo normado por el artículo 66º del Código Fiscal (t.o 1997). atentamente.

S/C 2659 Feb. 16

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HONORABLE TRIBUNAL

DE CUENTAS


NOTIFICACION


Por disposición de la Sala II del Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Santa Fe, se ha dispuesto publicar el presente edicto a los fines de hacer saber a la Sra. GRACIELA BEATRIZ SABATINI, DNI. 12.437.243, de la localidad de Sauce Viejo, que en los autos caratulados: expediente Nº 00901-0033271-8 del Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Fe, S/Subsidio otorgado por Decreto Nº 1226/07 por el importe de $ 2.000, que establece como destino “ ...la adquisición de ortodoncia”, se ha dictado al efecto la Resolución N° 1290 del 15 de Diciembre de 2008, la cual en su parte pertinente establece “VISTO:... CONSIDERANDO: ... RESUELVE: Artículo 1°: Emplazar a la responsable para que dentro de término de 15 (quince) hábiles, a contar desde la fecha de recepción de la presente, conteste por escrito los reparos formulados acompañando documentos y probanzas suficientes, bajo apercibimiento de dictar resolución definitiva formulando el cargo y oportunamente ejecutarlo. Artículo 2°: Regístrese, notifíquese, y resérvese hasta el vencimiento del término acordado”. Fdo. C.P.N. Horacio R. Alesandria, Presidente. CPN Nora R. Vallejos, Vocal, Dr. Mario C. Esquivel, Vocal, C.P.N. Sonia María Monteferrario. C.F. Secretaria de Sala II.

S/C 2662 Feb. 16 Feb. 17

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SECRETARIA DE TECNOLOGIA

PARA LA GESTION


RESOLUCION Nº 0010


SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”,

05 Feb. 2009

VISTO:

El Expediente Nº 00401-0184896-3 del registro del Sistema de Información de Expedientes, por el cual se gestiona para el Ministerio de Educación de la Provincia de Santa Fe la autorización para utilizar software propietario; y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Provincial Nº 12.360, referida al uso de software libre, expresa en su Título IV - Excepciones -, Artículo 4º “La Autoridad de Aplicación será el encargado de establecer los casos en que podrá utilizarse software propietario ...”, atribución que fuera encomendada al Ministerio de Hacienda y Finanzas en el Título III Autoridad de Aplicación Artículo 3º;

Que la ley Nº 12.817, en su artículo 17º incisos 30 y 31, asigna al Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado las competencias específicas de entender en la definición y gestión de los estándares tecnológicos, procesos y procedimiento aplicables a la mejora de la gestión y a la incorporación de las Nuevas Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones (TICS) y de entender en la formulación y desarrollo de políticas informáticas;

Que a los fines del desarrollo de las competencias que se le asignan al Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado se aprobó su organigrama funcional por Decreto Nº 0038/07, creándose diversos órganos interministeriales y entre ellos, la Secretaría de Tecnologías para la Gestión bajo la dependencia directa e inmediata de su titular;

Que el Decreto Nº 0205/07, en su Artículo 1º transfiere a la órbita de la Secretaría de Tecnologías para la Gestión del Ministerio de Gobierno y Reforma del estado a la Dirección General de Informática dependiente del ex Ministerio de Hacienda y Finanzas;

Que la autorización solicitada por el Ministerio de Educación de la Provincia está relacionada con la adquisición de dos (2) licencias de Oracle Database Enterprise cuya compra se tramita por Expediente Nº 00401-0183736-9;

Que esas licencias serán utilizadas en el Servidor de Bases de Datos destinado al Sistema SIGAE WEB, permitiendo su implementación en 1750 escuelas durante el ciclo lectivo 2009, brindando de esta forma servicios desde Internet y permitiendo el acceso a la información desde Intranet, estimándose una carga de trabajo para 2400 usuarios nominales en las escuelas, y manteniendo los niveles actuales de los aplicativos internos del Ministerio de Educación accesibles desde el Sistema iSieme;

Que Oracle es un motor de Base de Datos que permite satisfacer los requerimientos de los sistemas de gran complejidad, además de ser un manejador de bases de datos relacionales de gran porte para aplicaciones de gran volumen de información, con gran cantidad de usuarios y/o para sistemas complejos o de misión crítica, como es la aplicación citada, que es un sistema troncal de la informática educacional de la provincia;

Que el motor de base de datos de Oracle constituye un estándar adoptado por la Provincia y es el sugerido para los proyectos informáticos a gran escala, y a la fecha no se conocen en el mercado bases de datos que sean abiertas y/o gratuitas que alcancen a cubrir todas las funcionalidades que requiere un sistema como el SIGAE WEB, que se caracteriza por ser un sistema de misión crítica que requiere brindar un nivel de servicios con una alta disponibilidad, con un mínimo porcentaje de posibles fallas, y soportado en una plataforma tecnológica de trabajo segura que garantice en un 100% el resguardo de los datos;

Que respecto del software de base a utilizar, el Decreto 1820/2005 que reglamenta a la Ley 12360, establece en el Art. 4º inciso -a- “ cuando se trate de sistemas de misión crítica” y -b- “En aquellas situaciones que se trate de sistemas heredados”, que es el caso en el que se encuentra este pedido de excepción;

Que conforme a lo expuesto, se considera procedente autorizar al Ministerio de Educación de la Provincia, en carácter de excepción, a adquirir y utilizar el software propietario peticionado;

POR ELLO:

EL SECRETARIO DE TECNOLOGIAS PARA LA GESTION

RESUELVE:

1. Autorizar al Ministerio de Educación de la Provincia la compra e instalación del software propietario, tramitada su compra por Expediente Nº 00401-0183736-9, de conformidad al siguiente detalle:

dos (2) Licencias de Oracle Database Enterprise Edition

2. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

Ing. JAVIER ECHANIZ

Secretario de Tecnologías

Para la Gestión

S/C 2660 Feb. 16

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HONORABLE TRIBUNAL

DE CUENTAS


RESOLUCION Nº 001/09 PTCP


Santa Fe, 12 de enero de 2009

VISTO:

El expediente N° 00901-0036912-5 del registro de este Tribunal de Cuentas -SIE-; y,

CONSIDERANDO:

Que por Resolución N° 044/08 TCP se aprobó la contratación de profesionales por el término de 3 (tres) meses a partir del 01/10/08, autorizando al Sr. Presidente a suscribir los pertinentes contratos, para realizar trabajos en el marco del Plan Plurianual de Auditorias de este órgano de Control;

Que la cláusula SEGUNDA del contrato de locación de servicios firmado, prevé la opción de prórroga a exclusiva decisión del Tribunal, en las mismas condiciones de dicho contrato y por idéntico término;

Que, con el objeto de continuar con el desarrollo de Planes Plurianuales de Auditorias, el Cuerpo Colegiado, en Reunión Plenaria iniciada el 17/11/08 (c.i. del 22/12/08) y registrada en Acta N° 1219-Continuación I (pto. 21°), se pronunció unánimemente en hacer uso de la opción de prórroga prevista para renovar el contrato de locación de servicios de los profesionales CPN Diego Dipangrasio, DNI N° 28.074.700, CPN Leandro D. Yossen, DNI N° 22.308.882, CPN María J. Salas, DNI N° 28.219.815, CPN Analía Corazza, DNI N° 26.072.777 y CPN Patricia Re, DNI N° 30.489.314, autorizando a la Presidencia a dictar el acto administrativo que así lo disponga;

Que en orden a lo establecido por el Régimen de Licencias y Franquicias del Organismo (Resolución N° 021/93 TCP- Anexo V. Licencias por Feria S/Adhesión Reglamento Excma. Corte Suprema de Justicia - Feria Estival 2009), el funcionamiento ordinario del Tribunal de Cuentas se ve discontinuado durante el mes de enero, con lo cual la ejecución de las tareas relacionadas con los contratos a celebrarse, comenzarán a partir del 1° de febrero de 2009;

Que la Dirección General de Administración informa (fs 8) que Por ello, de acuerdo a la autorización Plenaria otorgada y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 32°, incisos a) y b), del Reglamento Interno aprobado por la Resolución N° 005/73 TCP,

EL VOCAL A CARGO DE LA PRESIDENCIA DEL TRIBUNAL DE CUENTAS

DE LA PROVINCIA

Resuelve:

Artículo 1°.- Apruébanse los contratos de locación de servicios con los profesionales CPN Diego Dipangrasio, DNI N° 28.074.700, CPN Leandro D. Yossen, DNI N° 22.308.882, CPN María J. Salas, DNI N° 28.219.815, CPN Analía Corazza, DNI N° 26.072.777 y CPN Patricia Re, DNI N° 30.489.314, por el término de 3 (tres) meses a partir del 1° de febrero de 2009, para realizar los trabajos que, en el marco del Plan de Auditoría a desarrollar por el Organismo, le asignen las Fiscalías Generales o las Secretarías de Sala a las que sean afectados, produciendo el examen de la documental, registros y otras evidencias y la producción de un informe, recomendación u opinión sobre los mismos; el que evaluado por los Contadores Fiscales designados por las Fiscalías Generales o las Secretarías de Salas como Jefes de Grupo o Equipo, sirva como antecedente de la conclusión que debe producirse con relación a las actuaciones llevadas a cabo en la Jurisdicción auditada.

Articulo 2°: Apruébase la fórmula de prórroga de contrato de locación de servicios que como Anexo forma parte de la presente.

Artículo 3°: Autorízase a la Dirección General de Administración a liquidar y pagar a los profesionales nombrados en el artículo 1°, el importe de $ 5.400, (Pesos cinco mil cuatrocientos) de acuerdo a lo establecido en la Cláusula SEPTIMA del contrato original, previa recepción de conformidad del servicio.

Artículo 4°: Impútese el gasto que demande la presente a: Sector 1, Subsector 1, Carácter 1, Jurisdicción 1, Subjurisdicción 81, Programa 16, Subprograma 00, Proyecto 00, Actividad 1, Obra 00, Fuente de Financiamiento 111, Inciso 3, Partida Principal 4, Partida Parcial 9, Partida Subparcial 99, Ubicación Geográfica 82-63-0, Finalidad 1, Función 70 del Presupuesto vigente.

Artículo 5°: Regístrese, comuníquese a los interesados, notifíquese a las Honorables Cámaras Legislativas, publíquese en el BOLETIN OFICIAL y en la Página Web TCP y archívese.

Dr. MARIO C. ESQUIVEL

Vocal a/c de la Presidencia

H. Tribunal de Cuentas de la Provincia.


ANEXO


FORMULA DE PRORROGA DE

CONTRATO LOCACION DE SERVICIOS


El Tribunal de Cuenta de la Provincia, con domicilio en calle San Martín 1725, representado en este acto por el Sr. en adelante “EL TRIBUNAL”, y......, M.I. N° ......., Clase......, CUIL/CUIT N°......., por la otra, en adelante “LA LOCADORA”, convienen en celebrar la presente renovación del contrato de locación de servicios, suscrito oportunamente y que fuera aprobado por Resolución N° 044/08 TCP, sujeto a las siguientes cláusulas:

Primera: El término del plazo de locación de servicios es de 3 (tres) meses, contado a partir del 1° de Febrero de 2009.

Segunda: Por lo demás, quedan subsistentes en todas sus partes, el total y cada una de las cláusulas del contrato de locación de servicios primigenio, no modificadas por la presente.

Para constancia de su cumplimiento, se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de Santa Fe, a los ... días del mes de ...... de dos mil nueve.

S/C 2661 Feb. 16 Feb. 17

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