picture_as_pdf 2016-12-15

DECRETO N° 4200


SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional” 06 DIC 2016

VISTO:

La necesidad de profundizar las políticas públicas de desarrollo en los Departamentos Garay y San Javier de esta Provincia a través de la elaboración, puesta en marcha y gestión de “A TODA COSTÁ: un plan de desarrollo sustentable para Garay y San Javier”, y;

CONSIDERANDO:

Que la planificación provincial como política de Estado de esta gestión de gobierno constituye una herramienta fundamental para conocer, diagnosticar y gestionar estratégicamente el territorio provincial;

Que a fin de concretar una gestión integral, cercana y situada sobre las particulares características económicas, sociales y productivas de cada territorio, tendiente a la efectiva consolidación de la política de planificación para el desarrollo estratégico de aquel, resulta necesario avanzar en el diseño e implementación de políticas que apunten a promover y potenciar las capacidades, recursos y oportunidades de cada región, profundizando los proyectos delineados en el “Plan Estratégico provincial Visión 2030”, e incorporando nuevas iniciativas que atiendan a la satisfacción de necesidades y derechos ciudadanos a escala local, regional y departamental;

Que para contribuir al desarrollo integral y equilibrado de todo el territorio provincial que constituye la clave del bienestar de sus habitantes, es preciso llevar adelante un plan para los Departamentos Garay y San Javier, entendido como una herramienta para la promoción y el desarrollo sustentable en lo productivo, económico, turístico, social y ambiental;

Que, para ello, se prevé conformar espacios de diálogo en los que se debatan con diversos actores sociales tanto las iniciativas a implementar, como las pautas concretas de su aplicación, optimización y seguimiento.

Que la elaboración, -puesta en marcha y gestión del aludido Plan estará a cargo del Ministro de Gobierno y Reforma del Estado, el cual podrá convocar a los restantes Ministerios, Empresas y Entes descentralizados provinciales en los temas específicos de cada uno y podrá requerir colaboración de organismos nacionales o de provincias limítrofes, según corresponda;

Que la coordinación técnica quedará a cargo del Coordinador de la Región 3 de la Secretaría de Regiones, Municipios y Comunas, en articulación con la Secretaría de Coordinación y la Subsecretaría de Desarrollo Estratégico todas pertenecientes al Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado;

Que ha tomado intervención de su competencia la Dirección General de Asuntos Jurídicos a través de Dictamen N° 73/2016, sin observaciones que formular;

Que, el presente acto se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas a este Poder Ejecutivo como Jefe Superior de la Administración Pública Provincial por el artículo 72 (inciso 1) de la Constitución de la Provincia.

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°- Dispóngase la elaboración, puesta en marcha y gestión de “A TODA COSTA, un plan de desarrollo sustentable para Garay y San Javier”, destinado a estos dos departamentos, siendo la autoridad a cargo del mismo el Ministro de Gobierno y Reforma del Estado, el cual convocará a los restantes Ministerios, Empresas y Entes descentralizados de la Provincia en los temas específicos de cada uno y podrá también requerir información, opinión de organismos nacionales o de provincias limítrofes, según corresponda.

ARTÍCULO 2°- Establécese que la Coordinación Técnica del plan “A TODA COSTA” sea realizada por el Coordinador de la Región 3 de la Secretaría de Regiones, Municipios y Comunas, en articulación con la Secretaría de Coordinación y la Subsecretaría de Desarrollo Estratégico, todas pertenecientes al Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado.

ARTÍCULO 3°- Dispóngase que a los efectos de la elaboración, puesta en marcha y gestión del “Plan A TODA COSTA”, se convoque como organismos de participación y consulta, a:

a) Intendentes, Presidentes Comunales, Legisladores de aquellas localidades y departamentos que se encuentren involucrados.

b) Organizaciones Empresarias, Productivas y Sociales de ambos departamentos, que se consideren relevantes por su actividad o representación social o territorial.

ARTÍCULO 4°- Dispóngase que en el plazo máximo de ciento veinte (120) días contados desde la emisión del presente Decreto el Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado eleve una versión definitiva de A TODA COSTA, un plan de desarrollo sustentable para Garay y San Javier, que será luego sometido a la aprobación de autoridades locales y departamentales, organizaciones empresarias, productivas y sociales.

ARTÍCULO 5°- Regístrese, comuníquese y archívese.

LIFSCHITZ

Dr. Pablo Gustavo Farias

18567


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