REGISTRADA BAJO EL Nº 12171
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE
SANCIONA CON FUERZA DE
L E Y :
ARTÍCULO 1.- Autorizase al Poder Ejecutivo a través de la Dirección
Provincial de Vialidad, a incluir en los Planes de Obras Públicas
correspondiente al año 2004, el trazado, apertura y pavimentación de la RP Nº
15, tramo Cuatro Esquinas - RP Nº 93 (departamento Caseros), siguiendo una
línea recta para la interconexión de ambos puntos.
ARTICULO 2.- Los costos que demande dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo
1 de la presente ley serán tomados de Rentas Generales, y el Poder Ejecutivo
será responsable de realizar las partidas presupuestarias en la jurisdicción
correspondiente a los efectos de la posterior licitación y adjudicación de las
obras.
ARTICULO 3.- Autorízase al Poder Ejecutivo
Provincial a tomar los créditos necesarios para la ejecución de la obra.
ARTICULO 4º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE,
A LOS TREINTA DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL TRES.
Alberto Nazareno Hammerly
Presidente
Cámara de Diputados
Marcelo Muniagurria
Presidente
Cámara de Senadores
Avelino Lago
Secretario Parlamentario
Cámara de Diputados
Ricardo Paulichenco
Secretario Legislativo
Cámara de Senadores
SANTA FE, 04 de diciembre de 2003
De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución
Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de
Leyes con el sello oficial y publíquese en el Boletín Oficial.
Carlos Alberto Reutemann
Gobernador de Santa Fe
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