picture_as_pdf 2003-12-15

REGISTRADA BAJO EL Nº 12171

 

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE

SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y :

 

ARTÍCULO 1.- Autorizase al Poder Ejecutivo a través de la Dirección Provincial de Vialidad, a incluir en los Planes de Obras Públicas correspondiente al año 2004, el trazado, apertura y pavimentación de la RP Nº 15, tramo Cuatro Esquinas - RP Nº 93 (departamento Caseros), siguiendo una línea recta para la interconexión de ambos puntos.

ARTICULO 2.- Los costos que demande dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 1 de la presente ley serán tomados de Rentas Generales, y el Poder Ejecutivo será responsable de realizar las partidas presupuestarias en la jurisdicción correspondiente a los efectos de la posterior licitación y adjudicación de las obras.

ARTICULO 3.- Autorízase al Poder Ejecutivo Provincial a tomar los créditos necesarios para la ejecución de la obra.

ARTICULO 4º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS TREINTA DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL TRES.

Alberto Nazareno Hammerly

Presidente

Cámara de Diputados

Marcelo Muniagurria

Presidente

Cámara de Senadores

Avelino Lago

Secretario Parlamentario

Cámara de Diputados

Ricardo Paulichenco

Secretario Legislativo

Cámara de Senadores

SANTA FE, 04 de diciembre de 2003

De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el Boletín Oficial.

Carlos Alberto Reutemann

Gobernador de Santa Fe

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