picture_as_pdf 2009-10-15

ADMINISTRACIÓN FEDERAL

DE INGRESOS PUBLICOS


REMATE POR

ZULMA FERREYRA SOSA


Por disposición de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP-DGI) y en ejercicio de las facultades conferidas por el art. 95 último párrafo de la Ley 11.683 (t.o. en 1998 y sus modificat.) texto según la Ley 25.239 se hace saber en autos: “FISCO NACIONAL c/ CAILLET BOIS SILVIA ESTELA (CUIT Nº 27­18499486-6) s/ Ejecución Fiscal (Expte. N° 60907/08), radicados en el Juzgado Federal N° 1 de Rosario, a cargo del Dr. Héctor Zucchi, Secretaría de la Dra. Adriana Netri, que se ha dispuesto que la Mart. Zulma Ferreyra Sosa (CUIT Nº 3-054687706-4), venda en pública subasta el día 22 de Octubre de 2009 a las 16 hs. en la Asociación de Martilleros de Rosario, sita en Entre Ríos 238 de Rosario, de resultar inhábil el día señalado, o por causa de fuerza mayor, se realizará el día hábil posterior, el siguiente inmueble: el 50% indiviso de un lote de terreno con todo lo en él edificado, clavado y plantado, situado en la ciudad de Carcarañá, dep. San Lorenzo, pcia. de Sta. Fe, que forma parte de la manzana número Cuarenta y Cinco del plano oficial de la ciudad, al Sud de la vía férrea, y que de acuerdo al plano archivado bajo el N° 98.632 en el año 1979, se designa como lote letra “A”, ubicado a los 56 mts. hacia el Sud, de la esquina formada por la Avda. La Plata y calle Salta, midiendo ocho metros de frente al este, por treinta y siete metros de fondo, lo que forma una superficie total de Doscientos noventa y seis metros cuadrados, lindando al Norte con propiedad de Adán Simón, por el Sud con lote “B” del mismo plano, por su frente al este con calle Salta y por el Oeste con propietario desconocido. - Inscripto el dominio: Tomo: 259-Folio: 23-N° 122360-Dep. San Lorenzo.” El bien saldrá a la venta en el estado de ocupación que surge del acta de constatación agregada a los autos (desocupado); con la Base de $ 407,38 (2/3 del 50% del A.I.I.) de no haber ofertas, seguidamente con la retasa del 25% o sea $ 305,53 y de persistir la falta de oferentes, se sacará de la venta.- El adquirente abonará en el acto de la subasta el 20% del precio de compra y a cuenta del mismo, con más el 3% de comisión a la martillera, más IVA sobre la misma, todo en dinero efectivo o cheque certificado; el saldo deberá abonarse a los cinco días de aprobada la subasta. Son a cargo del adquirente los impuestos y/o tasas adeudados, cuyos importes deberán ser informados por la martillera en el acto de la subasta. Copias de los títulos agregados al expediente, no admitiéndose reclamos posteriores por insuficiencias. Del informe del Registro de la Propiedad de Rosario surge que el dominio se encuentra anotado a nombre de la demandada (DNI. N° 18.499.486) en un 50%; que existen anotados los siguientes embargos: 1) T°116E Fº 5276 N° 379895­Fecha 07/09/2007 $ 13.378,34 “Fisco Nacional c/ Callet Bois Silvia Estela s/ Ejec. Fiscal” (Expte. N° 34380/2007) Juz. Fed. N° 2.- 2) T°116 E Fº 5277 N° 379896 Fecha 07/09/2007 $ 1.971,22. Fisco Nacional c/ Callet Bois Silvia Estela s/ Eje. Fiscal” Expte. 25780/2005, Juz. Fed. N° 2- Tº 117 E Fº 6565 N° 403092 fecha 03/11/2008 $ 5.299,42 que se ejecuta en los presentes autos. Inhibiciones: 1) Tº 120 I Fº 2350 N° 325906 fecha 26/03/2008 $ 23.041. Rolón Pablo A c/ Caillet Bois Silvia s/ Demanda Laboral” (Expte. 623/2007) Juzgado Civil, Comercial y Laboral N2 Cda. de Gómez.- 2) Tº 120 I Fº 10988 N° 404306 fecha 5/11/2008. $ 3006,54 “Fisco Nacional c/ Caillet Bois Silvia estela s/ Ejec. Fiscal” Expte. 52813/2006 Juz. Fed. N° 1 - 3) T°120I Fº 11419 N° 407533 fecha 13/11/2008 $ 18.719.50 Juz. Fed. N° 1. Fisco Nacional c/ Caillet Bois Silvia estela s/ Eje. Fiscal Expte. N° 55678/2007.- 4) Tº 120I Fº 10988 N° 404306 Fecha 5/11/2008 Fisco Nacional c/ Caillet Bois Silvia Estela s/ Ejec. Fiscal” Expte. N° 52813/2006 Juz. Fed. N° 1° 5) T°120I Fº 11419 N° 407533 fecha 13/11/2008 $ 18.719,50” Fisco Nacional c/ Caillet Bois Silvia estela s/ Eje. Fiscal” (Expte. 55678/2007 Juz. Fed. N° 1.- El bien podrá visitarse los dos días hábiles anteriores a la subasta. en el horario de 15 a 16 Hs. Todo lo que se hace saber a sus efectos. Rosario, 30 de septiembre de 2009. Fdo. Dra. María Guadalupe Figallo - Agente Fiscal-AFIP.

S/C 82102 Oct. 15 Oct. 21

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H. TRIBUNAL DE CUENTAS


RESOLUCION N° 0056.09


SANTA FE, 29 de setiembre de 2009

VISTO:

El expediente N° 00901-0040834-3 y agregado Nº 00901-0040851-6 del registro del Tribunal de Cuentas de la Provincia -SIE-; y,

CONSIDERANDO:

Que por expediente Nº 00901-0033016-7 TCP, las Fiscalías Generales Áreas I y II elevaron oportunamente el Programa Anual de Auditorías;

Que el Cuerpo Colegiado dictó la Resolución N° 044/08 TCP, por la cual dispuso la contratación de determinados profesionales para el desarrollo de tareas relacionadas con dicho Programa de Auditorías, aprobándose el modelo de contrato a suscribir;

Que, ante la necesidad de continuar con las tareas iniciadas y verificada la escasez de recursos humanos disponibles que reúnan la calificación profesional exigida por el artículo 198º de la Ley Nº 12.510 para llevar a cabo auditorías, por Resolución N° 008/09 TCP se convocó a concurso abierto para la incorporación a la Planta Permanente del Organismo de tres auxiliares profesionales;

Que, hasta tanto se designen los nuevos agentes de conformidad con el resultado del concurso, esta Presidencia remitió a consideración del Plenario la propuesta de renovar la contratación de la CPN Paula Ajun (DNI N° 30.961.609) y de contratar a los siguientes profesionales: CPN María Mercedes Scarafía (DNI N° 31.272.686) y CPN Angel Soriano (DNI N° 31.115.361) -en los términos de la Resolución N° 044/08 TCP-, todos a partir del 01/10/09;

Que los profesionales citados en último término, antes de la obtención del título de grado, fueron seleccionados y propuestos como pasantes por la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad Nacional del Litoral, en el marco del Convenio firmado con la citada Casa de Altos Estudios, habiendo demostrado en su desempeño en este Tribunal de Cuentas haber alcanzado los objetivos de la capacitación técnica específica de las tareas propias del Organismo conocimiento de los métodos, técnicas, pruebas y demás procedimientos de auditoría a aplicarse y desempeño diligente en su labor; todo ello, en conjunto, permite apreciar que cuentan con probada especialización técnica y la experiencia particular que justificaría contratarlos, transitoriamente, para incorporarlos a grupos de trabajo a fin de ejecutar el referido plan de auditorías, encomendándoles el examen de la documental, registros y otras evidencias, y la producción de un informe, recomendación u opinión sobre los mismos, que serán posteriormente evaluados por los Contadores Fiscales designados por las Fiscalías Generales o Secretarías de Sala como jefes de grupo o equipo, sirva como antecedente de la conclusión que se debe producir;

Que en Reunión Plenaria llevada a cabo el 18/09/09 y registrada en Acta N° 1237 (pto. 15), el Cuerpo Colegiado resolvió por unanimidad autorizar a la Presidencia a celebrar los contratos de locación de servicios con los referidos profesionales, en las condiciones establecidas en la Resolución N° 044/08 TCP;

Que la Dirección General de Administración informó que existe crédito en la partida presupuestaria específica, para atender el gasto que demandará la presente gestión;

Por ello, de conformidad con la autorización plenaria conferida y en ejercicio de las facultades otorgadas por el artículo 32°, incisos a) y b), del Reglamento Interno aprobado por la Resolución N° 005/73 TCP,

EL PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE

CUENTAS DE LA PROVINCIA

Resuelve:

Artículo 1°: Apruébase la contratación de los siguientes profesionales: CPN Paula Ajun (DNI N° 30.961.609), CPN María Mercedes Scarafía (DNI N° 31.272.686) y CPN Angel Soriano (DNI N° 31.115.361), todos a partir del 1/10/09 por el plazo de tres (3) meses, en los términos de la Resolución N° 044/08 TCP, para realizar los trabajos que, en el marco del Plan Plurianual de Auditorías a desarrollar por el Organismo le asignen las Fiscalías Generales o las Secretarías de Sala a las que sean afectados, produciendo el examen de la documental, registros y otras evidencias y la producción de un informe, recomendación u opinión sobre los mismos; el que, evaluado por los Contadores Fiscales, Fiscalía General o las Secretarías de Salas como Jefes de Grupo o Equipo, sirva como antecedente de la conclusión que debe producirse con relación a las actuaciones llevadas a cabo en la Jurisdicción auditada.

Artículo 2°: Autorízase a la Dirección General de Administración a liquidar y pagar a los profesionales nombrados en el artículo 1°, el importe de $ 6.000.- (Pesos seis mil) por la presentación del informe, recomendación u opinión final a que refiere el artículo anterior. La retribución por los servicios profesionales se reconocerá periódicamente en función de la medición del grado de avance que registren las respectivas auditorías a la finalización de cada mes calendario, certificado por los Secretarios de Sala, Contadores Fiscales y Fiscalía General, según el caso, abonándoseles la contraprestación respectiva entre los días 1 y 10 del mes inmediato siguiente al que refiere la medición.

Artículo 3°: Impútese el gasto que demande la presente a: Sector 1, Subsector 1, Carácter 1, Jurisdicción 1, Subjurisdicción 81, Programa 16, Subprograma 00, Proyecto 00, Actividad 2, Obra 00, Fuente de Financiamiento 111, Inciso 3, Partida Principal 4, Partida Parcial 9, Partida Subparcial 99, Ubicación Geográfica 82-63-0, Finalidad 1, Función 70 del Presupuesto vigente.

Artículo 4°: Regístrese, comuníquese a los interesados, publíquese en el Boletín Oficial y en la Página Web TCP y archívese.

Dr Mario C. Esquivel

Presidente

S/C 3739 Oct. 15 Oct. 16

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