REGISTRADA BAJO EL Nº
13.107
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA
CON FUERZA DE LEY:
ARTICULO 1°.-
Apruébase el convenio marco de cooperación, suscripto en fecha 26 de octubre de
2009, por la Sindicatura General de la Provincia con la Asociación Argentina de
Presupuesto y Administración Financiera Pública (ASAP) que actuará como
Contratista de Asistencia Técnica y Transferencia Tecnológica en Finanzas y
Políticas Públicas, con el objeto de regular la mutua colaboración.
El mencionado
convenio que fuera inscripto en el Registro de Tratados, Convenios y Contratos
Interjurisdiccionales bajo el N° 3791, Folio 197, Tomo VII en fecha 06 de
noviembre de 2009 y aprobado por el Poder Ejecutivo mediante Decreto N° 2376/09
se agrega como anexo y forma parte integrante de esta ley.
ARTICULO 2°.-
Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE
SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS DOCE DIAS DEL MES
DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIEZ.
Dra. GRISELDA TESSIO
Presidente
Cámara de Senadores
EDUARDO ALFREDO DI
POLLINA
Presidente
Cámara de Diputados
Dr. RICARDO H. PAULICHENCO
Secretario Legislativo
Cámara de Senadores
Dr. LISANDRO RUDY
ENRICO
Secretario
Parlamentario
Cámara de Diputados
DECRETO Nº 1.579
SANTA FE, 31 de Agosto de 2010
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
VISTO:
La aprobación de la
Ley que antecede Nro. 13.107 efectuada por la H. Legislatura;
DECRETA:
Promúlgase como Ley
del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial,
publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes corresponde
observarla y hacerla observar.-
BINNER
Dr. Antonio Juan Bonfatti
La presente Ley se
publica sin la documentación anexa quedando a disposición de los interesados en
la Dirección General de Técnica Legislativa - Ministerio de Gobierno, Justicia
y Culto - 3 de Febrero 2649 2º Piso - Santa Fe Tel. 0342-4506607
e-mail:ditecleg@arnetbiz.com.ar
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