picture_as_pdf 2010-09-15

REGISTRADA BAJO EL Nº 13.107

 

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA

CON FUERZA DE LEY:

 

ARTICULO 1°.- Apruébase el convenio marco de cooperación, suscripto en fecha 26 de octubre de 2009, por la Sindicatura General de la Provincia con la Asociación Argentina de Presupuesto y Administración Financiera Pública (ASAP) que actuará como Contratista de Asistencia Técnica y Transferencia Tecnológica en Finanzas y Políticas Públicas, con el objeto de regular la mutua colaboración.

El mencionado convenio que fuera inscripto en el Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales bajo el N° 3791, Folio 197, Tomo VII en fecha 06 de noviembre de 2009 y aprobado por el Poder Ejecutivo mediante Decreto N° 2376/09 se agrega como anexo y forma parte integrante de esta ley.

ARTICULO 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS DOCE DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIEZ.

Dra. GRISELDA TESSIO

Presidente

Cámara de Senadores

EDUARDO ALFREDO DI POLLINA

Presidente

Cámara de Diputados

Dr. RICARDO H. PAULICHENCO

Secretario Legislativo

Cámara de Senadores

Dr. LISANDRO RUDY ENRICO

Secretario Parlamentario

Cámara de Diputados

 

DECRETO Nº 1.579

 

SANTA FE, 31 de Agosto de 2010

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

VISTO:

La aprobación de la Ley que antecede Nro. 13.107 efectuada por la H. Legislatura;

DECRETA:

Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.-

BINNER

Dr. Antonio Juan Bonfatti

La presente Ley se publica sin la documentación anexa quedando a disposición de los interesados en la Dirección General de Técnica Legislativa - Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto - 3 de Febrero 2649 2º Piso - Santa Fe Tel. 0342-4506607 e-mail:ditecleg@arnetbiz.com.ar

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