EMPRESA
PROVINCIAL DE LA ENERGIA
REMATE OFICIAL
OBJETO: Remate oficial, mediante
subasta pública, por cuenta y orden de la Empresa Provincial de la Energía de
materiales y bienes fuera de uso compuesto por:
Rubro 1: chatarra de transformadores de
distintos tipos y potencias, aprox. 400 toneladas. Rubro II: diecisiete (17)
vehículos de distintos tipos y modelos (dados de baja), repuestos para
vehículos, conductores de cobre y aluminio, chatarra ferrosa variada y de
repuestos de medidores, seccionadores, herramientas
de mano varias, muebles y útiles de oficina, tableros de mando, instrumentos de
medición y control varios, accesorios de hierro galvanizado, etc.
Fecha: 26 de setiembre de 2003 a las
10,30 horas.
Lugar: en la sede del Colegio de
Martilleros de Rosario, Moreno 1546 de Rosario, Prov. de Santa Fe.
Exhibición: a partir del día 16 de
setiembre de 2003, de 8 a 13, en las Sucursales Rosario, Villa Constitución,
San Lorenzo y Sur (Firmat) y agencias (localidades de
Alvarez, Casilda y Venado Tuerto).
Informes: Almacenes Sucursal Rosario:
Catamarca 1051 - Tel. 0341-4210512 - Rosario.
Comisión Resolución n° 189/896, Urquiza
2463 - 1° Piso - Tel. 0342-4505566.- Santa Fe.
S/C 20896 Set. 15 Set. 17
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EMPRESA
PROVINCIAL DE LA ENERGIA
CONCURSO DE
PRECIOS N° 6260
Objeto: contratación de una camioneta
tipo Pick Up, modelo 1992
en adelante por un período aproximado de 3000 horas, con destino a San Carlos
Centro.
Apertura: 25/09/03 Hora: 9,30.
Consultas y Presentación de Ofertas:
Empresa Provincial de la Energía de Santa Fe Primera Junta 2558 1° Piso Of. 7
Santa Fe - Tel. 0342-4505849.
S/C 20895 Set. 15 Set. 17
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ADMINISTRACION
PROVINCIAL DE IMPUESTOS
RESOLUCION
N° 09/03 GRAL.
SANTA FE, 4 de septiembre de
2003.
V I S T O:
El Expediente N°
13301-0102622-9 del Sistema de Información de Expedientes, el Régimen de
Regularización Tributaria y facilidades de pago establecido por la Ley N° 12.118, el Decreto N° 2.340/03
y las disposiciones complementarias contenidas en la Resolución General N° 08/03 - API; y,
CONSIDERANDO:
Que resulta necesario contemplar, de
manera particular, las formalidades que deberán observar aquellos
contribuyentes obligados a presentar sus Declaraciones Juradas del Impuesto
sobre los Ingresos Brutos mediante la utilización del “Aplicativo Provincia de
Santa Fe”, según los términos de la Resolución General N°
02/01 - API;
Que a tal fin, es conveniente
establecer la utilización de dicho aplicativo para la presentación de las
Declaraciones Juradas del Impuesto sobre los Ingresos Brutos por aquellos
anticipos y períodos a partir de los cuales resultó obligatoria su utilización;
POR ELLO:
EL ADMINISTRADOR
PROVINCIAL DE IMPUESTOS
RESUELVE:
ARTICULO 1° - La regularización de
deudas del Impuesto sobre los Ingresos Brutos con acogimiento a los beneficios
de la Ley N° 12.118, cuando se trate de
contribuyentes o responsables obligados a la utilización del “Aplicativo Santa
Fe”, aprobado por Resolución General N° 02/01 - API,
deberá hacerse generando y presentado las respectivas Declaraciones Juradas
mediante dicho Aplicativo y con la metodología que resulta de práctica para tal
fin.
ARTICULO 2° - La obligatoriedad
establecida en el artículo anterior se extenderá solamente a aquellos anticipos
o períodos por los cuales los contribuyentes o responsables resultaron
obligados a la utilización del “Aplicativo Santa Fe”.
ARTICULO 3° - A los fines dispuestos en
la presente Resolución se deberá utilizar la opción “presentación sin pago” en
el item “Tipo de Presentación”, previsto en el
Aplicativo dentro del rubro “Declaración Jurada”.
ARTICULO 4° - Una vez formulada la
presentación de las Declaraciones Juradas por los anticipos y períodos que se
pretenden regularizar con acogimiento a la Ley N°
12.118, según lo establecido en los artículos anteriores, el procedimiento a
observar con tal propósito será el mismo que el previsto para los
contribuyentes y responsables no alcanzados por la obligatoriedad de
utilización del “Aplicativo Santa Fe”.
ARTICULO 5° - Regístrese, comuníquese,
publíquese y archívese.
C.P.N. David Essaya
Administrador Pcial.
de Impuestos
S/C
20821 Set.
15
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