picture_as_pdf 2003-09-15

EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGIA

 

REMATE OFICIAL

 

OBJETO: Remate oficial, mediante subasta pública, por cuenta y orden de la Empresa Provincial de la Energía de materiales y bienes fuera de uso compuesto por:

Rubro 1: chatarra de transformadores de distintos tipos y potencias, aprox. 400 toneladas. Rubro II: diecisiete (17) vehículos de distintos tipos y modelos (dados de baja), repuestos para vehículos, conductores de cobre y aluminio, chatarra ferrosa variada y de repuestos de medidores, seccionadores, herramientas de mano varias, muebles y útiles de oficina, tableros de mando, instrumentos de medición y control varios, accesorios de hierro galvanizado, etc.

Fecha: 26 de setiembre de 2003 a las 10,30 horas.

Lugar: en la sede del Colegio de Martilleros de Rosario, Moreno 1546 de Rosario, Prov. de Santa Fe.

Exhibición: a partir del día 16 de setiembre de 2003, de 8 a 13, en las Sucursales Rosario, Villa Constitución, San Lorenzo y Sur (Firmat) y agencias (localidades de Alvarez, Casilda y Venado Tuerto).

Informes: Almacenes Sucursal Rosario: Catamarca 1051 - Tel. 0341-4210512 - Rosario. Comisión Resolución 189/896, Urquiza 2463 - 1° Piso - Tel. 0342-4505566.- Santa Fe.

S/C         20896    Set. 15 Set. 17

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EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGIA

 

CONCURSO DE PRECIOS 6260

 

Objeto: contratación de una camioneta tipo Pick Up, modelo 1992 en adelante por un período aproximado de 3000 horas, con destino a San Carlos Centro.

Apertura: 25/09/03 Hora: 9,30.

Consultas y Presentación de Ofertas: Empresa Provincial de la Energía de Santa Fe Primera Junta 2558 1° Piso Of. 7 Santa Fe - Tel. 0342-4505849.

S/C         20895    Set. 15 Set. 17

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ADMINISTRACION PROVINCIAL DE IMPUESTOS

 

RESOLUCION 09/03 GRAL.

 

SANTA FE, 4 de septiembre de 2003.

 

V I S T O:

El Expediente 13301-0102622-9 del Sistema de Información de Expedientes, el Régimen de Regularización Tributaria y facilidades de pago establecido por la Ley 12.118, el Decreto 2.340/03 y las disposiciones complementarias contenidas en la Resolución General 08/03 - API; y,

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario contemplar, de manera particular, las formalidades que deberán observar aquellos contribuyentes obligados a presentar sus Declaraciones Juradas del Impuesto sobre los Ingresos Brutos mediante la utilización del “Aplicativo Provincia de Santa Fe”, según los términos de la Resolución General 02/01 - API;

Que a tal fin, es conveniente establecer la utilización de dicho aplicativo para la presentación de las Declaraciones Juradas del Impuesto sobre los Ingresos Brutos por aquellos anticipos y períodos a partir de los cuales resultó obligatoria su utilización;

POR ELLO:

EL ADMINISTRADOR PROVINCIAL DE IMPUESTOS

RESUELVE:

ARTICULO 1° - La regularización de deudas del Impuesto sobre los Ingresos Brutos con acogimiento a los beneficios de la Ley 12.118, cuando se trate de contribuyentes o responsables obligados a la utilización del “Aplicativo Santa Fe”, aprobado por Resolución General 02/01 - API, deberá hacerse generando y presentado las respectivas Declaraciones Juradas mediante dicho Aplicativo y con la metodología que resulta de práctica para tal fin.

ARTICULO 2° - La obligatoriedad establecida en el artículo anterior se extenderá solamente a aquellos anticipos o períodos por los cuales los contribuyentes o responsables resultaron obligados a la utilización del “Aplicativo Santa Fe”.

ARTICULO 3° - A los fines dispuestos en la presente Resolución se deberá utilizar la opción “presentación sin pago” en el item “Tipo de Presentación”, previsto en el Aplicativo dentro del rubro “Declaración Jurada”.

ARTICULO 4° - Una vez formulada la presentación de las Declaraciones Juradas por los anticipos y períodos que se pretenden regularizar con acogimiento a la Ley 12.118, según lo establecido en los artículos anteriores, el procedimiento a observar con tal propósito será el mismo que el previsto para los contribuyentes y responsables no alcanzados por la obligatoriedad de utilización del “Aplicativo Santa Fe”.

ARTICULO 5° - Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

C.P.N. David Essaya

Administrador Pcial. de Impuestos

S/C            20821 Set. 15

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